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Requisitos Sanitarios de Acceso A La UE - Alimentos
Requisitos Sanitarios de Acceso A La UE - Alimentos
Requisitos Sanitarios de Acceso A La UE - Alimentos
Lista de pestes
reguladas
Directiva 2000/29/EC
http://eur-
lex.europa.eu/LexUriSer
v/LexUriServ.do?uri=CO
NSLEG:2000L0029:2010
0113:EN:PDF
ANEXO III
Vegetales, productos vegetales y otros objetos cuya introducción debe prohibirse en
todos los estados miembros
ANEXO IV
Requisitos especiales que deben establecer los estados miembros para la
introducción y el desplazamiento de vegetales, productos vegetales y otros objetos en
todos los estados miembros
ANEXO V
Vegetales, productos vegetales y otros objetos que deberán someterse a inspecciones
fitosanitarias, en su lugar de producción si son originarios de la comunidad antes de su
traslado dentro de la comunidad, o en su país de origen o de procedencia si no son
originarios de la comunidad, antes de recibir la autorización necesaria para ser
introducidos en la comunidad.
MARCO NORMATIVO NACIONAL
CONDICIONES DE ACCESO
Comisión Multisectorial Permanente - COMPIAL
Empresas SENASA/DIGESA
peruanas DG SANCO
/SANIPES
LA CERTIFICACION FITOSANITARIA EN EL CI
• Productos de la pesca
(Decisión de la Comisión 2006/766/EC)
PRODUCTOS QUE SE CERTIFICAN
CONGELADOS ESPECIES
CONSERVAS CURADOS
VIVAS
PRODUCTOS DE LA HARINA Y
ACUICULTURA ACEITE
ESTABLECIMIENTOS AUTORIZADOS POR LA UE
https://webgate.ec.europa.eu/sanco/traces/
output/non_eu_listsPerCountry_es.htm
REFERENCIAS NACIONALES
Decreto Supremo Nº 004-
2009-PRODUCE TUPA del
ITP, que aprueba los
requisitos y derechos de Reglamento de la Ley de
trámite de los Inocuidad de los
procedimientos y servicios D. S. Nº 025-2005- Alimentos, por el que se
del SANIPES PRODUCE, Reglamento establece las normas y
de la Ley del SANIPES. D. procedimientos generales
S. Nº 07-2004-PRODUCE, para la aplicación y
Norma Sanitaria de cumplimiento del D. L. Nº
Moluscos Bivalvos Vivos. 1062
Decreto Legislativo Nº 1062.
D. L. que aprueba la Ley de
Inocuidad de los Alimentos, R. M. Nº 591-2008/MINSA.
en concordancia con los D. S. Nº 07-2004- Norma Sanitaria que establece
Principios Generales de PRODUCE, Norma criterios microbiológicos de
Higiene de los Alimentos Sanitaria de calidad sanitaria e Inocuidad
del Codex Alimentarius. para alimentos y bebidas de
Moluscos Bivalvos
consumo humano.
Vivos.
D. S. Nº 040-2001-
Ley Nº 28559, Ley
PE, Norma Sanitaria Decreto Supremo Nº
del Servicio Nacional
para las Actividades
de Sanidad Pesquera 034-2008-AG
Pesqueras y
– SANIPES.
Acuícolas.
REFERENCIAS INTERNACIONALES
Por su parte, la Lic. Milagros Bailetti, directora ejecutiva de Higiene Alimentaria y Zoonosis,
señaló que con el Decreto Legislativo N° 1222 las micro y pequeñas empresas para
comercializar sus alimentos industrializados deberán contar con la Certificación de Principios
Generales de Higiene otorgada por la autoridad sanitaria a sus establecimientos.
Respecto a las medianas y grandes empresas, sostuvo que con la certificación de Validación
Técnica Oficial del Plan de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP), podrán
fabricar, importar o comercializar sus productos. Precisó que en este caso la validación
HACCP se entregará por línea de producto.
Finalmente, señaló que los Registros Sanitarios emitidos por la
Digesa, hasta antes que entre en vigencia el presente Decreto
Legislativo, mantendrán su validez hasta la fecha de su vencimiento.
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD AMBIENTAL – DIGESA
http://www.digesa.sld.pe/
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD AMBIENTAL – DIGESA
http://www.digesa.sld.pe/ - www.vuce.gob.pe
Certificado Sanitario Oficial de Exportación
SELLOS RESPECTIVOS DE
INSPECTOR OFICIAL AUTORIZADO
IMPORTANCIA PARA LAS PYMES
COMISIÓN EUROPEA
Puntos de Inspección
Evaluación de los sistemas de controle de Herramienta clave para
Fronterizos, lugares
Importación/Transito en los EM, y evaluación asegurar el seguimiento
donde se realizan
individual de los PIFs transfronterizo de información
revisiones sanitarias,
Inspecciones regulares a todos los PIFs basadas para reaccionar rápidamente
veterinarias y de
en el análisis de riesgo cuando se detectan riesgos
calidad
Responsabilidad de recomendar la aprobación para la salud pública en la
de un nuevo PIF cadena alimentaria es RASFF -
Evaluación de medidas para impedir Sistema de Alerta Rápida para
importaciones ilegales Alimentos y Piensos.
Focalizado en la auditoria de los sistemas de
controle I/T
Seguimiento de inspecciones anteriores
Misiones de evaluación en Países Candidatos
Cooperación con otras entidades involucradas
Ámbito de regulación- EFSA
Ejemplos:
ASAE ( Portugal) – Autoridad para la Seguridad Económica y Alimentar
AESAN (España) – Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición
LA RED DE ALERTA ALIMENTARIA EN ESPAÑA
SISTEMA COORDINADO DE INTERCAMBIO RAPIDO
DE INFORMACIÓN (S.C.I.R.I.)
Autoridades de Control – EM
ADUANA
Efectuar el control de las mercancías que se importan de terceros
países con destino a la UE.
http://ec.europa.eu/rasff
Tipo de Notificación
INFORMACIÓN
ALERTA
RESUMEN INFORME ANUAL
SEMANAL NOTICIA
ALERTA DE
FRONTERA
PAÍS TERCERO
PAÍS MIEMBRO EFTA EFSA
INVOLUCRADO
RASFF - Food and Feed Safety Alerts
RECHAZOS DE EXPORTACIONES PERUANAS
A LA UE
Agentes químicos utilizados en la fabricación: Pesticidas
Colorantes no certificados
Conservantes químicos (sulfitos, ácido benzoico)
Marcado y Etiquetado:
Declaración de identidad incorrecta (fotos no correspondientes al producto
ofrecido)
Etiquetado nutricional
Etiqueta no descrita en idioma de destino
Falta de declaración de alérgenos
Patógenos:
Bacterias: Salmonella, Listeria, Vibrio
Ingreso de alimentos considerados en la lista de Novel Foods
Exportaciones engañosas (ilegales, prohibitivas)
REPORTES Y PUBLICACIONES
http://ec.europa.eu/food/safety
/rasff/docs/rasff_annual_report
_2014.pdf
http://ec.europa.eu/food/safety/r
asff/reports_publications/index_e
n.htm
Normativa Europea
http://eur-
lex.europa.eu/summary/
chapter/food_safety.htm
l?root_default=SUM_1_C
ODED=30
MARCO ALIMENTARIO
Regulación (EC) 178/2002 – Ley General de alimentos
CONTROL DE CONTAMINANTES
Grado alcohólico en
El país de origen o
bebidas con > 1.2% La información
lugar de Modo de empleo
en volumen de nutricional
procedencia
alcohol
Artículo 2 - Definición de “legibilidad”
2 tipos:
- Grupo 1 1 tipo obligatorio
- Grupo 2
Se puede incluir
Se pueden incluir
otra información
otra información
adicional
adicional
(voluntaria)
Orden Orden
Sodio Sal
Colesterol Colesterol
«Ingesta de
referencia
de un adulto
medio
(8400kJ
/2000kcal)»
Deberá situarse
al lado de las
ingestas diarias
de referencia
(GDAs/CDOs)
Expresión por porción
Referidas a: energía,
grasas, AGS, HC,
azúcares, proteínas y sal
Se basan en:
Adultos sanos > 18 años
Con peso normal
Actividad sedentaria
Ingesta de 2000 kcal
En forma de tabla o en
FORMA DE GRÁFICO
Artículo 30.1
“Puede
“Contiene…” contener…”
“Trazas
de”
Anexo II
Definición de NANOMATERIAL:
Art. 2.2.t
http://ec.europa.eu/environment/chemicals/nanotech/i
ndex_en.htm
Nanotecnología y alimentos
• La fecha estará compuesta por la indicación, clara y en orden, del día, el mes y
el año.
• No obstante, en el caso de los productos alimenticios:
• cuya duración sea inferior a tres meses bastará indicar el día y el mes,
• cuya duración sea superior a tres meses, pero sin sobrepasar los dieciocho
meses, bastará indicar el mes y el año,
• cuya duración sea superior a dieciocho meses, bastará indicar el año.
Fecha de duración mínima o fecha de caducidad –
Alimentos Congelados
(1) DO
L 66 de 13.3.1999, p. 16. - http://eur-lex.europa.eu/legal-
content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32002D0840
Directiva 1999/2/CE - http://eur-
lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:1999L
0002:20081211:ES:PDF
Tratamiento de los productos alimenticios con
radiaciones ionizantes
http://eur-
lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2010:084:
0019:0022:ES:PDF
Productos orgánicos
REGLAMENTO (UE) No 271/2010 DE LA COMISIÓN de 24 de marzo de 2010 que modifica el
Reglamento (CE) no 889/2008 por el que se establecen disposiciones de aplicación del
Reglamento (CE) no 834/2007 del Consejo, en lo que atañe al logotipo de producción
ecológica de la Unión Europea
Los productos pueden ser etiquetados como “ecológicos” sólo si el 95% de sus ingredientes
agrícolas han sido producidos de manera ecológica.
En el Reglamento (CE) no 834/2007 se regula también los siguientes apartados: En el etiquetado,
la publicidad o los documentos comerciales pueden figurar los términos «eco» y «bio» para
caracterizar a un producto ecológico, sus ingredientes o las materias primas.
Productos orgánicos – Información –
Seguridad alimentaria
Síntesis de la legislación de la
Unión Europea.
http://ec.europa.eu/geninfo/quer
y/resultaction.jsp?QueryText=alim
entos&op=B%C3%BAsqueda&swla
ng=es&form_build_id=form-
zCYs66VygMeAwRIaWOwert4lAq5
hxtvHRZnudfF4Xec&form_id=next
europa_europa_search_search_fo
rm
Novel Foods
Los “Novel food" categorizan a un grupo de alimentos que no han sido
consumidos por el ser humano en un nivel significativo dentro de la UE
hasta antes del 15 de mayo de 1997. El concepto de novel food no se
aplica a los aditivos alimentarios, los aromas ni los disolventes de
extracción. Cabe resaltar que novel foods no es una certificación y que
para ingrese se debe iniciar un trámite con la Autoridad Sanitaria
Europea (EFSA). El Reglamento (CE) n° 258/97 establece normas
detalladas para la autorización de nuevos alimentos y nuevos
ingredientes alimentarios.
Las compañías que quieren poner un nuevo alimento en el mercado
de la UE deben presentar su solicitud de conformidad con la
Recomendación de la Comisión 97/618/EC que se refiere a la
información científica y la evaluación de seguridad requerido.
http://eur-lex.europa.eu/legal-
content/CS/TXT/?uri=CELEX%3A31997H0618
Novel Foods - autorizaciones
http://eur-lex.europa.eu/legal-
content/ES/TXT/?uri=celex:32001L0018
Registro de OMG autorizados de
la UE
http://ec.europa.eu/food/dyna/gm_register/index_en.cfm
PAÍS DE ORIGEN Y LUGAR DE PROCEDENCIA
http://exporthelp.europa.eu/thdapp/index.htm?
newLanguageId=ES
CONDICIONES DE ACCESO – EXPORT HELP DESK
CONDICIONES DE ACCESO – EXPORT HELP DESK
CONDICIONES DE ACCESO – EXPORT HELP DESK
Exportación a la UE con embalaje de Madera
Autoridad Competente en Materia de Regulación y permisos de salida del Perú
con embalaje o material de madera – SENASA
http://www.senasa.gob.pe/senasa/embalajes-de-madera/
https://www.ippc.int/static
/media/files/publications/e
s/2014/04/29/ispm_15_20
09_es_2014-04-28.pdf
http://www.senasa.gob.pe/senasa/wp-content/uploads/2014/12/EMPRESAS-
AUTORIZADAS-HT-AL-17-DE-JUNIO-2016.pdf
Modelo de
autorización -
NIMF -15
TIPOS DE PALLETS : MADERA – FIBRA DE
MADERA – COMBINADAS CON MADERA
Productos de madera: Tableros celulares, aglomerados y
contrachapados. representa entre el 90% y 95% del mercado de
pallets. Actualmente, la normativa internacional (NIMF 15) obliga
a tratar la madera que se destina a la exportación.
https://www.ippc.int/static/media/files/publications/es/2014
/04/29/ispm_15_2009_es_2014-04-28.pdf
NORMAS INTERNACIONALES
EMBALAJE DE MADERA UTILIZADO EN EL
COMERCIO INTERNACIONAL - NIMF 15
https://www.ippc.int/static/media/files/publications/es/2014
/04/29/ispm_15_2009_es_2014-04-28.pdf
Tratamiento Térmico (HT)
El embalaje de madera deberá calentarse conforme a una curva específica de
tiempo/temperatura, mediante la cual el centro de la madera alcance una
temperatura mínima de 56ºC durante un periodo mínimo de 30 minutos.