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Monografia Derecho, Justicia y Moral
Monografia Derecho, Justicia y Moral
Monografia Derecho, Justicia y Moral
FACULTAD DE DERECHO
MONOGRAFÍA
EL DERECHO, LA JUSTICIA Y LA MORAL
ESTUDIANTES:
Julio 2022
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN
El derecho, la justicia y la moral, aunque son conceptos con sus propias características,
están unidos, la moral crea la idea de justicia, moral y justicia son en conjunto formas
constitutivas del derecho, las tres son productos del ingenio humano y su constante
evolución, es imposible separar porque sería tonto como fragmentar la mente humana.
El derecho es un producto, la labor del instruido en tan bella materia no es cuestionar
si es justo o no, sino aplicarlo. Si intentas hacer derecho justo sería desde tu
perspectiva moralista de lo que debe ser, y en un mundo del ser donde existen tan
diversas morales, que, si bien tienen puntos de contacto, no son un sistema
armonizado, es pues derecho, justicia y moral, términos comunes a cada sociedad.
Cuando hablamos derecho es inherente la idea de justicia que invade el sentir de las
personas dotadas de práctica jurídica, hasta las personas menos instruidas en la materia
asocian a esto con la justicia, sin embargo, la realidad dista mucho de lo que nos han
vendido los defensores de los derechos humanos. Todo lo teórico se construye para dar
una explicación a lo práctico, lo existente, en el caso de la justicia es una construcción
abstracta para dar a entender un conjunto de ideas que para cierta parte de la sociedad
es aceptable moralmente.
La justicia no debe estar asociada al derecho, sencillamente porque no existe en el
mundo una idea de justicia que sea válida para todos. Por ejemplo; en los países de
una fe islámica las mujeres deben traer burka, y cubrirse el rostro, para los
occidentales esta práctica no es justa, sin embargo, para los habitantes de tales países
es justa porque su religión lo dicta. Son dos ideas de justicia totalmente opuestas.
La moral es un tema que frecuentemente se asocia al derecho, y es imposible
separarlos, puesto que el derecho es un ente abstracto, creado por el ser humano como
ente de contención de la conducta. Es decir que las acciones que realice una persona,
reflejan su moral, su sentir, las personas son las que catalogan si una acción es buena o
mala, si merece ser sancionada en una norma, la moral es resultado de las costumbres,
la familia, la religión, el entorno. Estos factores determinan el pensar del sujeto, y por
consiguiente su actuar, durante el existir del derecho, existen pensadores que
consideran que moral y derecho son cosas diferentes, o existen quienes piensan que
son conceptos unidos. (Gonzales, 2017)
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II. DERECHO
2.1 Definición
La palabra derecho deriva de la voz latina directum, que significa «lo que está
conforme a la regla, a la ley, a la norma»
Los juristas han elaborado numerosas definiciones del derecho a lo largo de los
siglos. Sin embargo, no existe una definición que goce de aceptación
generalizada. El derecho es un conjunto o sistema de normas jurídicas, de carácter
general, que se dictan para regir sobre toda la sociedad o sectores preestablecidos
por las necesidades de la regulación social, que se imponen de forma obligatoria a
los destinatarios y cuyo incumplimiento debe acarrear una sanción coactiva o la
respuesta del Estado a tales acciones. (Torres, 2019)
2.2. Clasificación
Son plenamente interdependientes hasta el punto que no puede haber sociedad sin
derecho. Es la sociedad civil (el pueblo) lo que crea el estado, el gobierno y no
estos a la sociedad civil. En las sociedades desarrolladas, la sociedad civil es la
protagonista de la historia; en cambio, en sociedades subdesarrolladas ese
protagonismo es el estado.
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Actualmente, los que se benefician con los logros de una comunidad, son unos
cuantos, mientras la clase social pobre o extremadamente pobre está privada de
los derechos fundamentales a la educación de calidad, a la salud, a la justicia, a
la seguridad ciudadana. (Torres, 2019).
Derecho y Estado constituyen una sola forma de vida, una sola realidad
cultural, constituyen único sistema normativo; sin embargo, difieren por
articularse cada uno según una modalidad diversa, una función existencial
distinta. Mientras el Derecho se patentiza estructurado como un orden
regulador del comportamiento humano social, el Estado se presenta como ese
mismo orden, pero en el cual el comportamiento humano determina la
estructura normativa (Torres, 2019).
III. JUSTICIA
III.1 Definición
La palabra justicia proviene del latín iustitia que significa “justo”, y deriva del
vocablo ius. La justicia es el conjunto de normas codificadas los cuales tiene que
basarse una sociedad y el Estado, a través de los organismos competentes, dicta,
hace cumplir y sanciona cuando no son respetados, suprimiendo la acción o
inacción que generó la afectación del bien común también podemos decir que la
justicia está sobre estos valores como el respeto, la equidad, la igualdad y la
libertad.
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aceptable pero estas costumbres van cambiando y lograr consenso es difícil. Por
ello luego de haber un marco más o menos común se procede a formalizar esta
visión común en las leyes.
El Derecho, en la sociedad rige las relaciones de los hombres entre sí, o sea son un
conjunto de normas que rigen a la sociedad, estas suponen la existencia de un
objeto (cosa o acto humano) pretendido por alguien (sujeto activo). Si este último
tiene razón suficiente que haga legítima su pretensión, el otro (sujeto pasivo) debe
darle lo que le corresponde. En esto consiste precisamente la justicia: dar a cada
uno lo suyo, lo que le corresponde por derecho, de esta forma el hombre da inicio a
la necesidad de exigir justicia, haciendo cumplir la norma.
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No se debe confundir derecho con justicia: el derecho es el medio necesario para
alcanzar el fin de justicia, de modo tal que aquél es la forma y ésta es el contenido,
siendo el derecho, el que fija las obligaciones y su cumplimiento efectivo es el acto
justo. (Drier 2018).
IV. LA MORAL
4.1 Definición
La moral forma parte de la vida concreta. Trata de la práctica real de las personas
que se expresan por costumbres, hábitos y valores aceptados. Una persona es
moral cuando obra conforme a las costumbres y valores establecidos.
Podemos entender que se denomina moral o moralidad al conjunto de creencias,
normas, valores o conducta de una persona o un grupo social determinado
sabiendo distinguir entre el bien y el mal entre lo correcto e incorrecto en relación
con la sociedad o consigo mismo. (Boff, 2003)
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individuo de salvación, de virtud, de bien o de felicidad, y que no puede
imponerse por medio del Derecho. Si una oferta de moral privada de una Iglesia
o de una escuela filosófica no puede convencer por sus propios valores, es
evidente que tampoco podrá, ni deberá hacerlo, por la fuerza. La ética privada es
la ética de las personas, la que conduce a la autonomía e independencia moral y
necesita ser asumida libremente; no es contenido de las normas jurídicas, es la
moral en sentido estricto y debe ser distinguida de la ética pública, que es la
ética del Derecho, es decir, la justicia, que se identifica con los fines u objetivos
que el Derecho debe realizar.
Se llama ética pública en sentido figurado, porque no establece obligaciones que
estén directamente dirigidas a la salvación, a la virtud, al bien o a la felicidad.
Sólo de manera indirecta afecta a estos objetivos últimos de la condición
humana, porque crea o debe crear las condiciones de la libertad y de la igualdad
para que cada persona alcance o pueda alcanzar sus objetivos de moralidad
personal y escoger sus planes de vida. Tras esta distinción, tiene poco sentido
hablar de moral en sentido unívoco, pues puede dificultar la comprensión del
problema.
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V. CONCLUSIÓN
finalizamos este análisis con la siguiente conclusión que la justicia forma parte de los
valores sociales, morales y democráticos, de allí deriva su importancia. La justicia es
una virtud que todos los individuos deben poner en práctica de manera coherente y en
busca tanto del bien propio como de la sociedad. La justicia es el destino normal del
derecho, el derecho apunta hacia la justicia, junto al derecho existe el amor a la paz,
que es un sustituto bondadoso de la justicia. Pero envolviendo todo eso, que rige la
convivencia existe la libertad, sin la cual no hay justicia ni derecho ni paz.
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VI. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
PARTICIPACIÓN