Government">
Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Los Presupuestos Procesales de Forma

Descargar como docx, pdf o txt
Descargar como docx, pdf o txt
Está en la página 1de 2

LOS PRESUPUESTOS PROCESALES DE FORMA:

Son elementos necesarios para que exista una relación jurídica procesal válida.

Para demostrar cómo actúan los presupuestos procesales de forma, lo ejemplificaremos de la


siguiente manera:

OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO

SUJETOS:

1. MDH S.A.C.
2. Compañía Minera San Ignacio de Morocha S.A.

Se plantea demanda de obligación de dar suma de dinero contra la compañía minera con la
finalidad de que se ordene a la demandada el pago de intereses legales por el importe de
veinticinco mil trescientos setenta y tres dólares americanos con setenta y siete céntimos
como consecuencia incurrida en el pago de la contraprestación contractual, al que se le deben
seguir sumando los intereses que se sigan acumulando hasta la total cancelación.

La empresa del demandante es especializada en servicios de perforación diamantina y que, en


su condición, prestó servicios a la demandada en el interior de la mina en el proyecto San
Ramón en abril y mayo del año 2002.

La capacidad procesal:

Los sujetos del proceso deben gozar de capacidad procesal para que los actos que ellos
realicen sean válidos dentro del proceso judicial. Pero, la capacidad que deben tener los
sujetos procesales en sí es la capacidad de ejercicio, más no la capacidad de goce, puesto a
que, un menor de edad tiene capacidad de goce y por tanto él vendría a ser titular de un
derecho, sin embargo, no cuenta con capacidad de ejercicio, por lo ende, no cuenta con
capacidad procesal.

En el presente caso, los sujetos procesales cuentan con capacidad de ejercicio, ya que ambas
empresas están representadas por una persona que es mayor de 18 años, como lo establece el
artículo 42 del código civil peruano, capacidad de ejercicio plena.

Entonces esta parte del presupuesto procesal está conforme, por tanto, se demuestra que se
tiene la capacidad procesal y por lo que sus actos procesales son válidos.

La competencia del juez.

Para que se demuestre la competencia del juez en este caso se ha evaluado distintos aspectos,
esto se ha hecho porque es la competencia del juez constituye el día de hoy es uno de los
elementos esenciales del debido proceso legal, ya que sin él no hay un proceso justo ni válido.

En este caso para la designación del juez competente se evalúa el territorio en el que tiene
competencia el juez, la demanda se interpone y el juez que le compete llevar a cabo el proceso
es el juez especializado en lo civil que tiene competencia en el territorio en que se interpuso la
demanda.

También se evaluó según la materia, y en este caso es competente un juez civil, ya que se trata
de una demanda de dar suma de dinero. Asimismo, se evaluó que el juez que lleve el caso sea
competente según la función que este realice, así que en primera instancia se le asignó el caso
a un juez de nivel jerárquico denominado juez especializado ya que le correspondía revisar el
caso por que el nivel de dificultad era apropiado para este juez.

Al este caso ser de competencia a un juez especializado, entonces, cuando este resolvió en
primera instancia, se podía apelar su sentencia, y por ese motivo pasaría al inmediato superior
en cuanto a jerarquía para que resuelva en segunda instancia la sala superior con un conjunto
de tres jueces, y en este caso no se encontraba de acuerdo las partes por lo tanto, se planteó
un recurso de casación, siendo así que finalmente la competencia del presente caso lo tendría
la sala superior de justicia quien sería la que resolvería definitivamente.

Los requisitos de la demanda.

Para que la demanda sea admitida se debe cumplir con los requisitos formales, sin embargo,
es necesario que se encuentre bien formulado el petitorio y los fundamentos de hecho, ya que
son temas de extrema importancia en el proceso y son protegidos por el principio de
congruencia procesal. Estos requisitos son los que están estipulados en los artículos 424 y425
del código procesal civil.

En este caso para que la demanda sea admitida se presentó por escrito y se cumplió
adecuadamente con todos los requisitos que los mencionados artículos estipulan, ya que la
demanda contenía el petitorio de forma clara y concisa y los fundamentos estaban detallados y
fundamentados de acuerdo a derecho. En cuanto a los requisitos se cumplió cabalmente con
todos los incisos de los artículos 424 y425 del código procesal civil en los que se establece que
la recurrente debe interponer su demanda por escrito y debe contener la designación del juez
ante quien se interpone, siendo en este caso el nombre del juez especializado que lleva el caso
en primera instancia, también se debe colocar el nombre, datos de identidad… todo lo
establecido en el inciso 2 y así sucesivamente se constató que la demanda procedía de modo
que se cumple con el presupuesto procesal de forma, en cuanto a los requisitos de la
demanda.

También podría gustarte