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Artículo de Opinión Sobre La División de Las Entidades Del Territorio y Sus Funciones

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TEMÁTICA:

Artículo de opinión sobre la división de las entidades del territorio y sus funciones.

CONSTITUCIÓN POLITICA

NOMBRE COMPLETO DE LOS ESTUDIANTES

Yehimy Carolina Lizarazo Vargas ID: 770867


Carolina Arévalo Quevedo ID: 757253
Andrés Guillermo Matona Camelo
Mónica Johanna Duran Sánchez
Sandra Milena Cárdenas Sierra

NRC: 40-3013.

DOCENTE: Karen Johanna Yate Suarez.

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO


DE DIOS – UNIMINUTO.
Rectoría UNIMINUTO Bogotá Virtual y Distancia
(RBVD)
BOGOTÁ. Abril del 2022.
INTRODUCCIÓN
Con la realización de este artículo pretendemos expresar nuestra opinión sobre las
organizaciones territoriales colombianas de acuerdo con la constitución política,
hablaremos analíticamente para entender y comprender su importancia y consecuencias
para cada ciudadano colombiano, principalmente para que la gente sepa sobre nosotros
todos los derechos que tenemos como ciudadanos para asegurar nuestro mejor bienestar y
asegurar que se implemente todo lo acordado y establecido en la constitución política.
Realizando una revisión de la constitución de las entidades territoriales que conforman el
país, sus funciones de forma analítica y como se encuentran jerarquizados, su
respectiva distribución y quien se encarga de su control en cada una de sus
decisiones y ejecución, Colombia está dividido por entidades territoriales para la
administración y ejecución del control sobre todos los habitantes y recursos que
componen cada territorio cada entidad puede ser dirigida por personas propias de la
región que son elegidas por sus habitantes mediante el voto popular, ellos se encargan de
establecer normas, impuestos, administrar y darles buen destino a los recursos obtenidos en
beneficio de la comunidad representadas e identifican por medio del libro de estudio de la
Constitución Política Colombiana las ideas principales y secundarias de las funciones de
cada una de las entidades del territorio, reconociendo la división del territorio colombiano
en diversas con el fin de plasmar dichas problemáticas que se observaran a medida
que se entre en detalle sobre las entidades del territorio.
ORGANIZACIÓN DE LOS ENTES TERRITORIALES EN
COLOMBIA
Según la constitución nacional de 1991, Colombia es una república unitaria. Sin embargo, posee
una descentralización administrativa como partes de la política de desarrollo llevadas a cabo por el
Gobierno Nacional, por esto parte de la administración del estado se divide entre las entidades
administrativos-territoriales de menor nivel.

Estas entidades son Departamentos y Municipios que confirman así los diferentes niveles de
organización territoriales de la República.

En la Constitución de 1991, se dispuso que Colombia fuera organizada en Republica unitaria,


descentralizada y con autonomía de sus entidades territoriales.

Con esto se intentó conciliar la lucha entre federalistas y centralistas. Sin embargo, para solucionar
este dilema se necesita más que la elección popular de alcaldes y gobernadores, lo que se requiere
es dinero. Pero el gobierno central fue a quien se le asignó la distribución de los recursos de las
rentas nacionales, esto en atención a que se consideró que eran recursos de fuente exógena de los
municipios, es así como el gobierno nacional ordena la ejecución de los recursos de forma
específica. En estos últimos años ha tomado gran fuerza el proceso de regionalización para otorgar
autonomía y contribuir a la descentralización, lo cierto es que hasta que no haya voluntad política
eso no será realizable y el gobierno central será quien dirija los destinos de las entidades
territoriales.

Régimen departamental:
Los departamentos son las unidades territoriales de primer nivel en Colombia, nuestro país
se divide administrativa y políticamente en 32 departamentos, los cuales son gobernados en
sus ciudades capitales.
Cada departamento es administrado por el gobernador provincial y una asamblea
representativa elegida por sufragio universal, que goza de autonomía administrativa y
presupuestaria, pudiendo ejercer también el control político sobre la administración del
departamento. Por su parte, el gobernador tiene completa autonomía para tratar los asuntos
relacionados con su jurisdicción y funciona como ente coordinador.
El artículo 303 C.P. dispone que “en cada departamento habrá un gobernador y que este
será de la administración seccional y representante legal del departamento; el gobernador
será agente del presidente de la República para el mantenimiento del orden público y para
la ejecución de la política económica general, así como para aquellos asuntos que mediante
convenios la Nación acuerde con el departamento. Los gobernadores serán elegidos
popularmente para periodos institucionales de cuatro (4) años y no podrán ser reelegidos
para el periodo siguiente”
Es por lo anterior que el régimen departamental tiene por objetivo la compilación de las
normas utilizadas en cada departamento la cual constituye la guía de las normas más
importantes o fundamentales de acuerdo con el tema del municipio ya que en el se
incorporan las normas relativas a la organización y el funcionamiento de la administración
departamental.
Régimen Municipal:
Los municipios corresponden a las divisiones administrativas secundarias de Colombia y se
agrupan en departamentos, existiendo 1.123 municipios registrados en el Dane.
Los municipios están dirigidos por alcaldes, quienes a su vez están dirigidos por concejales
elegidos a través de votaciones culturales. Los concejales son los encargados de ejercer el
control político sobre los alcaldes, aprobando o desaprobando sus proyectos.
Régimen Distrital:
Distritos especiales: son entidades con administración especial, por su debida importancia a
nivel nacional está conformado por las ciudades capitales tales como Bogotá, Cartagena,
Barranquilla, Santa Marta y Buenaventura
Territorios indígenas:
Estos territorios son gobernados por locales indígenas, estos territorios se encuentran
ubicados en muchos municipios, pero son llamados resguardos indígenas, de acuerdo con el
Artículo 329 “la conformación de las entidades de Ordenamiento Territorial, y su
delimitación se hará por el gobierno nacional, con participación de los representantes de las
comunidades indígenas, previo concepto de la comisión de Ordenamiento Territorial”.
Estos resguardos son de propiedad colectiva a su vez son gobernados por consejos
conformados y reglamentados según las costumbres de las comunidades.

IDEAS PRUNCIPALES DE LOS ENTES TERRITORIALES


Como bien hemos visto, se entiende por entes territoriales a todas las personas jurídicas y
de derechos públicos.
Las principales funciones de las entidades territoriales son:
 Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimento de
sus funciones, participar en las rentas Nacionales y ejercer competencias que les
corresponden por ley.
 A las autoridades distritales les corresponde garantizar el desarrollo armónico e
integrado y la eficiente prestación de los servicios a cargo del distrito.
 Al distrito lo representa el alcalde distrital o alcalde mayor que será designado por
el pueblo a través del voto popular y será este jefe administrativo seccional.
 La elección del alcalde Mayor, concejales distritales, y de ediles se hará en un
mismo período de cuatro años y el alcalde no podrá ser reelegido.
 Fortalecer las entidades territoriales, mediante el apoyo a la gestión y buen gobierno
local. Estrategia Plan Nacional de Desarrollo–PND: "VI. Soportes Transversales de
la Prosperidad Democrática. Apoyos transversales al desarrollo regional”
 Descentralizar e implementar la política pública de lucha contra la trata de personas
en las entidades territoriales. Estrategia Plan Nacional de Desarrollo–PND: "V.
Consolidación de la Paz – A. Seguridad –orden público y seguridad ciudadana.
 Apoyar a las entidades territoriales en el manejo del orden público, seguridad y
convivencia ciudadana. Estrategia Plan Nacional de Desarrollo–PND: "V.
Consolidación de la Paz – A. Seguridad –orden público y seguridad ciudadana.
 Implementar la Comisión Intersectorial de Alertas Tempranas - CIAT. Estrategia
Plan Nacional de Desarrollo–PND: "V. Consolidación de la Paz – A. Seguridad –
orden público y seguridad ciudadana.
 Apoyar la Coordinación Territorial en Materia de Política de Víctimas del Conflicto
Armado. Estrategia Plan Nacional de Desarrollo–PND: IV. Igualdad de
oportunidades para la prosperidad social”.
 Asesorar en la formulación y apoyar el seguimiento de la política de
descentralización política y administrativa, ordenamiento territorial, desarrollo
institucional y gestión pública territorial, y propender por la aplicación de los
principios en concurrencia, subsidiariedad y complementariedad entre la Nación, los
departamentos, distritos y municipios, según su capacidad administrativa y fiscal, de
conformidad con los requerimientos efectuados por éstos.
 Promover el desarrollo endógeno territorial y social de las entidades territoriales que
conduzca al fortalecimiento de los principios estructurales de la descentralización
política y administrativa y al afianzamiento de la gobernabilidad.
 Promover la cooperación entre las entidades territoriales y la Nación, así como los
procesos de desconcentración y delegación administrativa en coordinación con las
entidades competentes del orden nacional y territorial.
 Asesorar el diseño de la política pública para el fortalecimiento y desarrollo de las
capacidades de gobierno en las administraciones locales ubicados en zonas
fronterizas, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, el
Ministerio de Defensa Nacional de Planeación y el Departamento Administrativo de
la Función Pública.
 Coordinar y fortalecer acciones tendientes a la descentralización de la política
pública de la lucha contra la trata de personas.
 Promover y realizar los análisis, estudios e investigaciones en las materias de su
competencia y en relación con el componente territorial.
 Velar por el adecuado cumplimiento y desarrollo de las competencias asignadas por
la Constitución y la ley de las entidades territoriales y a las entidades
administrativas de integración territorial.
 Promover y liderar mediante procesos de concertación, la definición precisa de
ellas, y recibir la información de deslinde de las entidades territoriales que le remita
el Instituto Geográfico Agustín Codazzi o quien haga sus veces.
 Promover y hacer seguimiento al cumplimiento de las obligaciones constitucionales
y legales de los mandatarios seccionales y locales en materia de atención a la
población víctima de la violencia y la política pública correspondiente.
 Proponer proyectos de ley y actos legislativos, así como efectuar el análisis
normativo y jurisprudencial, en coordinación con la Dirección de Asuntos
Legislativos, en materia de su competencia.
 Formular e implementar estrategias de desarrollo y competitividad territorial que
atiendan la diversidad regional y articulen los procesos de planificación y
ordenamiento territorial.
 Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional
y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.
 Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.
 Las demás funciones asignadas que corresponden a la naturaleza de la dependencia.

DERECHOS HUMANOS

Se entiende por derechos humanos a todos los derechos que tenemos las personas por el
solo hecho de existir. El que se respeten esos derechos permiten las condiciones
indispensables para que los seres humanos podamos vivir dignamente en un entorno de
libertad, justicia y paz.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos DUDH, fue proclamada por la
Asamblea General de las Naciones en Paris en 1948, tras el impacto de la segunda guerra
mundial. Este documento sirve de plan de acción global para la libertad y la igualdad
protegiendo los derechos de todas las personas. Por primera vez el mundo tenía un
documento que señalaba que todos los seres humanos son libres e iguales con
independencia de su sexo, color, creencias, religión u otras características.
Los 30 derechos y libertades contenidas en el DUDH incluyen el derecho a la vida, a la
libertad, a no ser torturado, a la libertad de expresión, a la educación, a la vivienda, a la
participación política, a buscar asilo. También incluye derechos sociales, económicos y
culturales, como el derecho a la salud, seguridad social y a una vivienda digna.
Referencias

lorjuelav, 5/04/14 cancillería ministerio de relaciones exteriores” Respuesta del


Estado Colombiano a Cuestionario sobre “La administración local y los derechos
humanos”
https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/HRBodies/HRCouncil/
AdvisoryCom/LocalGvt/Colombia.pdf
http://www.secretariasenado.gov.co/constitucion-politica

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