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Bases AS 42022 - Residuos Solidos - 20220618 - 000816 - 506

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BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN

SIMPLIFICADA PARA LA CONTRATACIÓN DE


SERVICIOS EN GENERAL

Aprobado mediante Directiva Nº001-2019-OSCE/CD

SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA


ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
SIMBOLOGÍA UTILIZADA:

Nº Símbolo Descripción
La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser
1 [ABC] / […….] completada por la Entidad durante la elaboración de las bases.
Es una indicación, o información que deberá ser completada por la
Entidad con posterioridad al otorgamiento de la buena pro para el caso
2 [ABC] / […….] específico de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los
proveedores, en el caso de los ANEXOS de la oferta.
Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el órgano
3 encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda
y por los proveedores.
Se refiere a advertencias a tener en cuenta por el órgano encargado de
4 las contrataciones o comité de selección, según corresponda y por los
proveedores.
Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el órgano
5 encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda
y deben ser eliminadas una vez culminada la elaboración de las bases.

CARACTERÍSTICAS DEL DOCUMENTO:

Las bases estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes características:

Nº Características Parámetros
Superior : 2.5 cm Inferior: 2.5 cm
1 Márgenes
Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm
2 Fuente Arial
Normal: Para el contenido en general
3 Estilo de Fuente Cursiva: Para el encabezado y pie de página
Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)

Automático: Para el contenido en general


4 Color de Fuente
Azul : Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)

16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones General y Específica


11 : Para el nombre de los Capítulos.
10 : Para el cuerpo del documento en general
5 Tamaño de Letra
9 : Para el encabezado y pie de página
Para el contenido de los cuadros, pudiendo variar, según la necesidad
8 : Para las Notas al pie
Justificada: Para el contenido en general y notas al pie.
6 Alineación Centrada : Para la primera página, los títulos de las Secciones y nombres
de los Capítulos)
7 Interlineado Sencillo
Anterior : 0
8 Espaciado
Posterior : 0
Para los nombres de las Secciones y para resaltar o hacer hincapié en algún
9 Subrayado
concepto

INSTRUCCIONES DE USO:

1. Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá
quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.

2. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En el caso de la Sección
Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha nota.

Elaboradas en enero de 2019


Modificadas en marzo, junio y diciembre de 2019, julio 2020, julio y diciembre 2021y junio de 2022
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB – I CONVOCATORIA

BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA


PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN GENERAL

ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB


PRIMERA CONVOCATORIA

CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE DISPOSICION FINAL DE


RESIDUOS SOLIDOS PARA LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA

1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB – I CONVOCATORIA

DEBER DE COLABORACIÓN

La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor
y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de
Contrataciones del Estado.
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y a la Secretaría
Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI, en todo momento
según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión
y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y
demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión
de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas
que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N°
1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las
demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor
y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o a la Secretaría Técnica de
la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI el acceso a la información referida
a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones
que se requieran, entre otras formas de colaboración.

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ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB – I CONVOCATORIA

SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE


SELECCIÓN

(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

1.1. REFERENCIAS

Cuando en el presente documento se mencione la palabra Ley, se entiende que se está


haciendo referencia a la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y cuando se
mencione la palabra Reglamento, se entiende que se está haciendo referencia al Reglamento
de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

1.2. CONVOCATORIA

Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo


54 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección,
debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de participantes se realiza conforme al artículo 55 del Reglamento. En el caso de un


consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.

Importante
• Para registrarse como participante en un procedimiento de selección convocado por las
Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción
vigente y estar habilitados ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor
información, se puede ingresar a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

• Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su
Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones
señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico”
publicado en https://www2.seace.gob.pe/.

• En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren
inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE
restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su
participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo
establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o
quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado.

1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La formulación de consultas y observaciones a las bases se efectúa de conformidad con lo


establecido en los numerales 72.1 y 72.2 del artículo 72 del Reglamento, así como el literal a)
del artículo 89 del Reglamento.

1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS, OBSERVACIONES E INTEGRACIÓN DE BASES

La absolución de consultas, observaciones e integración de las bases se realizan conforme a


las disposiciones previstas en el numeral 72.4 del artículo 72 del Reglamento y el literal a) del
artículo 89 del Reglamento.

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Importante
• No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten en forma física.

• Cuando exista divergencia entre lo indicado en el pliego de absolución de consultas y


observaciones y la integración de bases, prevalece lo absuelto en el referido pliego; sin
perjuicio, del deslinde de responsabilidades correspondiente.

1.6. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS

Las ofertas se presentan conforme lo establecido en el artículo 59 y en el artículo 90 del


Reglamento.

Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la
oferta deben estar debidamente firmados por el postor (firma manuscrita o digital, según la Ley
Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales 1). Los demás documentos deben ser visados
por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o
mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado.
No se acepta el pegado de la imagen de una firma o visto. Las ofertas se presentan foliadas.

Importante

• Los formularios electrónicos que se encuentran en el SEACE y que los proveedores deben
llenar para presentar sus ofertas, tienen carácter de declaración jurada.

• En caso la información contenida en los documentos escaneados que conforman la oferta no


coincida con lo declarado a través del SEACE, prevalece la información declarada en los
documentos escaneados.

• No se tomarán en cuenta las ofertas que se presenten en físico a la Entidad.

1.7. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS

El participante presentará su oferta de manera electrónica a través del SEACE, desde las 00:01
horas hasta las 23:59 horas del día establecido para el efecto en el cronograma del
procedimiento; adjuntando el archivo digitalizado que contenga los documentos que conforman
la oferta de acuerdo a lo requerido en las bases.

El participante debe verificar antes de su envío, bajo su responsabilidad, que el archivo pueda
ser descargado y su contenido sea legible.

Importante
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un
consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de
procedimientos de selección según relación de ítems.

En la apertura electrónica de la oferta, el órgano encargado de las contrataciones o el comité


de selección, según corresponda, verifica la presentación de lo exigido en la sección específica
de las bases de conformidad con el numeral 73.2 del artículo 73 del Reglamento y determina
si las ofertas responden a las características y/o requisitos y condiciones de los Términos de
Referencia, detallados en la sección específica de las bases. De no cumplir con lo requerido,
la oferta se considera no admitida.

1
Para mayor información sobre la normativa de firmas y certificados digitales ingresar a:
https://www.indecopi.gob.pe/web/firmas-digitales/firmar-y-certificados-digitales

5
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1.8. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

La evaluación de las ofertas se realiza conforme a lo establecido en el numeral 74.1 y el literal


a) del numeral 74.2 del artículo 74 del Reglamento.

En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, la determinación del orden de prelación
de las ofertas empatadas se efectúa siguiendo estrictamente el orden establecido en el numeral
91.1 del artículo 91 del Reglamento.

El desempate mediante sorteo se realiza de manera electrónica a través del SEACE.

Importante
En el caso de contratación de servicios en general que se presten fuera de la provincia de Lima
y Callao, cuyo valor estimado no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), a solicitud del
postor se asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total
obtenido por los postores con domicilio en la provincia donde prestará el servicio, o en las
provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio
es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP 2. Lo mismo aplica en el caso de
procedimientos de selección por relación de ítems, cuando algún ítem no supera el monto
señalado anteriormente.

1.9. CALIFICACIÓN DE OFERTAS

La calificación de las ofertas se realiza conforme a lo establecido en los numerales 75.1 y 75.2
del artículo 75 del Reglamento.

1.10. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS

La subsanación de las ofertas se sujeta a lo establecido en el artículo 60 del Reglamento. El


plazo que se otorgue para la subsanación no puede ser inferior a un (1) día hábil

La solicitud de subsanación se realiza de manera electrónica a través del SEACE y será


remitida al correo electrónico consignado por el postor al momento de realizar su inscripción en
el RNP, siendo su responsabilidad el permanente seguimiento de las notificaciones a dicho
correo. La notificación de la solicitud se entiende efectuada el día de su envío al correo
electrónico.

La presentación de las subsanaciones se realiza a través del SEACE. No se tomará en cuenta


la subsanación que se presente en físico a la Entidad.

1.11. RECHAZO DE LAS OFERTAS

Previo al otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el comité


de selección, según corresponda, revisa las ofertas económicas que cumplen los requisitos de
calificación, de conformidad con lo establecido para el rechazo de ofertas, previsto en el artículo
68 del Reglamento, de ser el caso.

De rechazarse alguna de las ofertas calificadas, el órgano encargado de las contrataciones o


el comité de selección, según corresponda, revisa el cumplimiento de los requisitos de
calificación de los postores que siguen en el orden de prelación, en caso las hubiere.

2
La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:
www.rnp.gob.pe

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1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

Definida la oferta ganadora, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de


selección, según corresponda, otorga la buena pro mediante su publicación en el SEACE,
incluyendo el cuadro comparativo y las actas debidamente motivadas de los resultados de la
admisión, no admisión, evaluación, calificación, descalificación y el otorgamiento de la buena
pro.

1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se
produce a los cinco (5) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento, sin que
los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.

En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce
el mismo día de la notificación de su otorgamiento.

El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil


siguiente de producido.

Importante
Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones
o el órgano de la Entidad al que se haya asignado tal función realiza la verificación de la oferta
presentada por el postor ganador de la buena pro conforme lo establecido en el numeral 64.6 del
artículo 64 del Reglamento.

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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN

2.1. RECURSO DE APELACIÓN

A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo
del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.

El recurso de apelación se presenta ante la Entidad convocante, y es conocido y resuelto por


su Titular, cuando el valor estimado sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. Cuando el valor
estimado sea mayor a dicho monto, el recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por
el Tribunal de Contrataciones del Estado.

En los procedimientos de selección según relación de ítems, el valor estimado total del
procedimiento determina ante quién se presenta el recurso de apelación.

Los actos que declaren la nulidad de oficio, la cancelación del procedimiento de selección y
otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad de este, se impugnan
ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

Importante
• Una vez otorgada la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de
selección, según corresponda, está en la obligación de permitir el acceso de los participantes
y postores al expediente de contratación, salvo la información calificada como secreta,
confidencial o reservada por la normativa de la materia, a más tardar dentro del día siguiente
de haberse solicitado por escrito.

Luego de otorgada la buena pro no se da a conocer las ofertas cuyos requisitos de calificación
no fueron analizados y revisados por el órgano encargado de las contrataciones o el comité
de selección, según corresponda.

• A efectos de recoger la información de su interés, los postores pueden valerse de distintos


medios, tales como: (i) la lectura y/o toma de apuntes, (ii) la captura y almacenamiento de
imágenes, e incluso (iii) pueden solicitar copia de la documentación obrante en el expediente,
siendo que, en este último caso, la Entidad deberá entregar dicha documentación en el menor
tiempo posible, previo pago por tal concepto.

• El recurso de apelación se presenta ante la Mesa de Partes del Tribunal o ante las oficinas
desconcentradas del OSCE, o en la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad, según
corresponda.

2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN

La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad
a ella se interpone dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse notificado el
otorgamiento de la buena pro.

La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra
la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, se interpone
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que
se desea impugnar.

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CAPÍTULO III
DEL CONTRATO

3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Los plazos y el procedimiento para perfeccionar el contrato se realiza conforme a lo indicado en


el artículo 141 del Reglamento.

El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene, salvo en los contratos
cuyo monto del valor estimado no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), en los que se
puede perfeccionar con la recepción de la orden de servicios, conforme a lo previsto en la sección
específica de las bases.

En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, se puede perfeccionar el contrato


con la suscripción del documento o con la recepción de una orden de servicios, cuando el valor
estimado del ítem corresponda al parámetro establecido en el párrafo anterior.

Importante

El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, debe


consignar en la sección específica de las bases la forma en que se perfeccionará el contrato, sea
con la suscripción del contrato o la recepción de la orden de servicios. En caso la Entidad
perfeccione el contrato con la recepción de la orden de servicios no debe incluir la proforma del
contrato establecida en el Capítulo V de la sección específica de las bases.

Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos
señalados en el artículo 139 del Reglamento y los previstos en la sección específica de las bases.

3.2. GARANTÍAS

Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel
cumplimiento del contrato y por los adelantos.

3.2.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe


entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente
al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta se mantiene vigente hasta la
conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

3.2.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como


mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorga una garantía adicional por una
suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato de la prestación
accesoria, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de
las obligaciones garantizadas.

Importante

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• En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a doscientos mil Soles (S/ 200,000.00),
no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel
cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos
derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem
adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no superen el monto señalado
anteriormente, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 152 del Reglamento.

• En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades con
las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento
el diez por ciento (10%) del monto del contrato, porcentaje que es retenido por la Entidad durante
la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con
cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establecen los numerales 149.4 y
149.5 del artículo 149 del Reglamento y el numeral 151.2 del artículo 151 del Reglamento.

3.2.3. GARANTÍA POR ADELANTO

En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el


contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo
estipulado en el artículo 153 del Reglamento.

3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización
automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por
empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros
y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y que cuenten con clasificación de riesgo B
o superior. Asimismo, deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la
última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco
Central de Reserva del Perú.

Importante

Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena
pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual
ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan.

Advertencia
Los funcionarios de las Entidades no deben aceptar garantías emitidas bajo condiciones
distintas a las establecidas en el presente numeral, debiendo tener en cuenta lo siguiente:

1. La clasificadora de riesgo que asigna la clasificación a la empresa que emite la garantía


debe encontrarse listada en el portal web de la SBS (http://www.sbs.gob.pe/sistema-
financiero/clasificadoras-de-riesgo).

2. Se debe identificar en la página web de la clasificadora de riesgo respectiva, cuál es la


clasificación vigente de la empresa que emite la garantía, considerando la vigencia a la fecha
de emisión de la garantía.

3. Para fines de lo establecido en el artículo 148 del Reglamento, la clasificación de riesgo


B, incluye las clasificaciones B+ y B.

4. Si la empresa que otorga la garantía cuenta con más de una clasificación de riesgo emitida
por distintas empresas listadas en el portal web de la SBS, bastará que en una de ellas
cumpla con la clasificación mínima establecida en el Reglamento.

En caso exista alguna duda sobre la clasificación de riesgo asignada a la empresa emisora
de la garantía, se deberá consultar a la clasificadora de riesgos respectiva.

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ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB – I CONVOCATORIA

De otro lado, además de cumplir con el requisito referido a la clasificación de riesgo, a efectos
de verificar si la empresa emisora se encuentra autorizada por la SBS para emitir garantías,
debe revisarse el portal web de dicha Entidad (http://www.sbs.gob.pe/sistema-
financiero/relacion-de-empresas-que-se-encuentran-autorizadas-a-emitir-cartas-fianza).

Los funcionarios competentes deben verificar la autenticidad de la garantía a través de los


mecanismos establecidos (consulta web, teléfono u otros) por la empresa emisora.

3.4. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados
en el artículo 155 del Reglamento.

3.5. ADELANTOS

La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en
conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido
previsto en la sección específica de las bases.

3.6. PENALIDADES

3.6.1. PENALIDAD POR MORA EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN

En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto


del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día
de atraso, de conformidad con el artículo 162 del Reglamento.

3.6.2. OTRAS PENALIDADES

La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral


precedente, según lo previsto en el artículo 163 del Reglamento y lo indicado en la sección
específica de las bases.

Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar


cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato
vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.

3.7. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de
la Ley y 164 del Reglamento.

3.8. PAGOS

El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos


a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato.

La Entidad paga las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los diez (10)
días calendario siguientes de otorgada la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen
las condiciones establecidas en el contrato para ello, bajo responsabilidad del funcionario
competente.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB – I CONVOCATORIA

La conformidad se emite en un plazo máximo de siete (7) días de producida la recepción salvo
que se requiera efectuar pruebas que permitan verificar el cumplimiento de la obligación, en cuyo
caso la conformidad se emite en un plazo máximo de quince (15) días, bajo responsabilidad del
funcionario que debe emitir la conformidad.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo
que se indique en el contrato de consorcio.

Advertencia
En caso de retraso en los pagos a cuenta o pago final por parte de la Entidad, salvo que se
deba a caso fortuito o fuerza mayor, esta reconoce al contratista los intereses legales
correspondientes, de conformidad con el artículo 39 de la Ley y 171 del Reglamento,
debiendo repetir contra los responsables de la demora injustificada.

3.9. DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán
supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB – I CONVOCATORIA

SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE


SELECCIÓN

(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS
INSTRUCCIONES INDICADAS)

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB – I CONVOCATORIA

CAPÍTULO I
GENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : MUNICIPALIDAD DISTRIAL DE SAN JUAN BAUTISTA


RUC Nº : 20451440625

Domicilio legal : AV. ABELARDO QUIÑONES Nº 2371 KM 4.5., SAN JUAN


BAUTISTA-MAYNAS-LORETO
Teléfono: : 999569187
Correo electrónico: : sglogistica@munisanjuan.gob.pe

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación del SERVICIO DE


DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS SOLIDOS PARA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SAN JUAN BAUTISTA.

1.3. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

El expediente de contratación fue aprobado mediante Memorando Nº 2818-2022-GM-MDSJB el


16/06/2022.

1.4. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

5 07 Fondo de Compensación Municipal

Importante

La fuente de financiamiento debe corresponder a aquella prevista en la Ley de Equilibrio Financiero


del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el procedimiento de
selección.

1.5. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El presente procedimiento se rige por el sistema de Precios Unitarios, de acuerdo con lo


establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.6. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.

1.7. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de 12 meses, en


concordancia con lo establecido en el expediente de contratación.

1.8. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES

14
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB – I CONVOCATORIA

Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo
efecto deben cancelar el monto de S/ 5.00, en caja de la Entidad, sito en Av. Abelardo Quiñones
Nº 2371 KM 4.5 y recabar las bases en la Sub Gerencia de Logística.

Importante

El costo de entrega de un ejemplar de las bases no puede exceder el costo de su reproducción.

1.9. BASE LEGAL

- Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022.
- Ley Nº 31366 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal
2022.
- Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley 27444,
aprobado por el D.S. N° 004- 2019-JUS.
- Resolución Ministerial 1275-2021/MINSA, Disposiciones para la vigilancia, prevención y
control de la salud de los trabajadores con riesgo por exposición a SARS-CoV-2.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

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CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

Según el cronograma de la ficha de selección de la convocatoria publicada en el SEACE.

Importante
De conformidad con la vigesimosegunda Disposición Complementaria Final del Reglamento, en
caso la Entidad (Ministerios y sus organismos públicos, programas o proyectos adscritos) haya
difundido el requerimiento a través del SEACE siguiendo el procedimiento establecido en dicha
disposición, no procede formular consultas u observaciones al requerimiento.

2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS

La oferta contendrá, además de un índice de documentos 3, la siguiente documentación:

2.2.1. Documentación de presentación obligatoria

2.2.1.1. Documentos para la admisión de la oferta

a) Declaración jurada de datos del postor. (Anexo Nº 1)

b) Documento que acredite la representación de quien suscribe la oferta.

En caso de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del


representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto.

En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o


documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona
natural, del apoderado o mandatario, según corresponda.

En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de
los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según
corresponda.

Advertencia
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están
prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan
obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2
y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la
Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE4 y siempre que el servicio web
se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no
corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de
identidad.

3
La omisión del índice no determina la no admisión de la oferta.

4 Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del
Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace https://www.gobiernodigital.gob.pe/interoperabilidad/

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c) Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento


(Anexo N°2)

d) Declaración jurada de cumplimiento de los Términos de Referencia contenidos en


el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3)

e) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio. (Anexo Nº 4)5

f) Promesa de consorcio con firmas legalizadas, de ser el caso, en la que se


consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las
obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio
así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 5)

g) El precio de la oferta en soles. Adjuntar obligatoriamente el Anexo N° 6.

El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen son expresados con
dos (2) decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos
(2) decimales.

Importante
• El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según
corresponda, verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir
con lo requerido, la oferta se considera no admitida.

• En caso de requerir estructura de costos o análisis de precios, esta se presenta para


el perfeccionamiento del contrato.

2.2.1.2. Documentos para acreditar los requisitos de calificación

Incorporar en la oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Calificación”


que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección de las bases.
2.2.2. Documentación de presentación facultativa:

a) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con


discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por estas
empresas, deben presentar la constancia o certificado con el cual acredite su
inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con
Discapacidad6.

b) Solicitud de bonificación por tener la condición de micro y pequeña empresa. (Anexo


N° 11)

5
En caso de considerar como factor de evaluación la mejora del plazo de prestación del servicio, el plazo ofertado en dicho
anexo servirá también para acreditar este factor.
6
Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento.

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c) Incorporar en la oferta los documentos que acreditan los “Factores de Evaluación”


establecidos en el Capítulo IV de la presente sección de las bases, a efectos de obtener
el puntaje previsto en dicho Capítulo para cada factor.

d) Los postores que apliquen el beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº
27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, deben presentar la Declaración
Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV
(Anexo Nº 7).

e) Los postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio, o en las


provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región,
pueden presentar la solicitud de bonificación por servicios prestados fuera de la provincia
de Lima y Callao, según Anexo Nº 10.

Advertencia
El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, no
podrá exigir al postor la presentación de documentos que no hayan sido indicados en los
acápites “Documentos para la admisión de la oferta”, “Requisitos de calificación” y “Factores
de evaluación”.

2.3. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO

El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar
el contrato:

a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato.


b) Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso.
c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas ante Notario de cada uno de los integrantes,
de ser el caso.
d) Código de cuenta interbancaria (CCI) o, en el caso de proveedores no domiciliados, el
número de su cuenta bancaria y la entidad bancaria en el exterior.
e) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que
cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
f) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso
de persona jurídica.

Advertencia
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de
exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante
la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa
medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE7 y
siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma,
no corresponderá exigir los documentos previstos en los literales e) y f).

g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.


h) Detalle de los precios unitarios del precio ofertado8.
i) Estructura de costos9.

7 Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del
Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace https://www.gobiernodigital.gob.pe/interoperabilidad/

8
Incluir solo en caso de la contratación bajo el sistema a suma alzada.

9
Incluir solo cuando resulte necesario para la ejecución contractual, identificar los costos de cada uno de los rubros que
comprenden la oferta.

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j) Detalle del precio de la oferta de cada uno de los servicios que conforman el paquete10.
k) Correo electrónico para efectos de notificación durante la ejecución del contrato.
l) Copia de Ficha RUC

Importante
• En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente
este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de
ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley
y en el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el nombre completo o
la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados,
de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes
indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto
en la Directiva Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.

• En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades
con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel
cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato, porcentaje que es retenido por
la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma
prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo
establece el numeral 149.4 del artículo 149 y el numeral 151.2 del artículo 151 del
Reglamento. Para dicho efecto los postores deben encontrarse registrados en el REMYPE,
consignando en la Declaración Jurada de Datos del Postor (Anexo N° 1) o en la solicitud de
retención de la garantía durante el perfeccionamiento del contrato, que tienen la condición
de MYPE, lo cual será verificado por la Entidad en el link
http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2 opción consulta de empresas acreditadas
en el REMYPE.

• En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a doscientos mil Soles (S/
200,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía
de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los
contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto
del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el
monto señalado anteriormente, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 152 del
Reglamento.

Importante

• Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la
buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual
ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que
correspondan.

• De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N°
076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan
validez en el Perú, deben estar legalizados por los funcionarios consulares peruanos y
refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que se trate de
documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en
cuyo caso bastará con que estos cuenten con la Apostilla de la Haya11.
• La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente
numeral para el perfeccionamiento del contrato.

2.4. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto

10
Incluir solo en caso de contrataciones por paquete.

11
Según lo previsto en la Opinión N° 009-2016/DTN.

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el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el artículo 141 del Reglamento,
debe presentar la documentación requerida en la Sub Gerencia de Logística de la Municipalidad
Distrital de San Juan Bautista, ubicado en Av. Abelardo Quiñones Nº 2371 KM 4.5., Distrito de
San Juan Bautista- Provincia de Maynas-Departamento de Loreto.

2.5. ADELANTOS12

“No corresponde”.

2.6. FORMA DE PAGO

La Entidad realizará el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en forma Mensual
luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente según lo establecido
en el artículo 171° del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado.

Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe
contar con la siguiente documentación:

- Informe del funcionario responsable de la Gerencia de Gestión de Residuos Sólidos, emitiendo


la conformidad de la prestación efectuada.
- Comprobante de pago.
- Boletas de pesaje original de cada vehículo.
- acta de conformidad del servicio, suscrita por el responsable del área usuaria
- Resumen general del control de pesaje del periodo a facturar.
- Factura con el monto establecido para la cancelación correspondiente.
- Copia de la última calibración de la balanza industrial de pesaje.
- Copia de la autorización de DIGESA o el registro autoritativo emitido por el MINAM.
- Copia del documento de contrato de bienes y servicios suscrito.
- Dichos documentos serán recepcionados por el área usuaria y luego de calificar y verificar los
documentos presentados, procederá a otorgar la conformidad del servicio.

Dicha documentación se debe presentar en la Gerencia de Gestión de Residuos Sólidos de la


Municipalidad Distrital de San Juan Bautista, ubicado en Av. Abelardo Quiñones Nº 2371 KM
4.5., Distrito de San Juan Bautista- Provincia de Maynas-Departamento de Loreto.

12
Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, debe prever el plazo en el cual el contratista debe solicitar el adelanto, así
como el plazo de entrega del mismo, conforme a lo previsto en el artículo 156 del Reglamento.

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CAPÍTULO III
REQUERIMIENTO

Importante
De conformidad con el numeral 29.8 del artículo 29 del Reglamento, el área usuaria es responsable
de la adecuada formulación del requerimiento, debiendo asegurar la calidad técnica y reducir la
necesidad de su reformulación por errores o deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de
contratación.

3.1. TERMINOS DE REFERENCIA

TERMINO DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACION DE SERVICIOS EN GENERAL

DENOMINACION DE LA CONTRATACION:

SERVICIO DE DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS SOLIDOS PARA LA MUNICIPALIDAD


DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA.

FINALIDAD PÚBLICA:

La finalidad es la contratación del Servicio de Disposición final de Residuos Sólidos para la


Municipalidad Distrital de San Juan Bautista, es contribuir de manera directa en el bienestar de la
población en general del Distrito.

ANTECEDENTES:

Que, el artículo 44 de la Constitución prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena
vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y
promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado
de la Nación.

Que, los artículos II, VI y XII del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establecen
que la protección de la salud es de interés público y que es responsabilidad del Estado regularla,
vigilarla y promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud
de la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad, siendo
irrenunciable la responsabilidad del Estado en la provisión de servicios de salud pública. El Estado
interviene en la provisión de servicios de atención médica con arreglo al principio de equidad, siendo
posible establecer limitaciones al ejercicio del derecho a la propiedad, a la inviolabilidad del domicilio,
al libre tránsito, a la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria, así como al ejercicio del derecho
de reunión en resguardo de la salud pública.

Que, con fecha 11 de marzo del 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha calificado el brote
de la COVID-19 como una pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera
simultánea. Asimismo, dicha Organización ha informado que la variante del SARS-CoV-2 de Reino
Unido se ha detectado en otros 40 países, territorios y áreas en cinco de las seis regiones de la OMS,
siendo que, con fecha 08 de enero de 2021, se ha confirmado la identificación de dicha nueva variante
del virus en el Perú. Respecto a la variante P.1 de la COVID-19 (Variante Brasilera), con fecha 04 de
febrero, el Instituto Nacional de Salud informó que dicha variante se ha identificado en los
departamentos de Loreto, Huánuco y Lima.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2021-SA, prorroga la emergencia sanitaria declarada por
Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-
2020-SA, Nº 031-2020-SA y Nº 009-2021-SA.

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De conformidad con el artículo 22° del Decreto Legislativo N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos
Sólidos, “las municipalidades provinciales y, las municipalidades distritales son responsables de la
gestión de los residuos sólidos de origen domiciliario, especiales y similares, en el ámbito de su
jurisdicción”.

Del mismo modo, el artículo 21° del Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, Reglamento de la Ley Nº
1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, especifica que las municipalidades son
responsables de brindar el servicio de limpieza pública en el ámbito de su jurisdicción, el cual
comprende las actividades de barrido, limpieza y almacenamiento en espacios públicos, la recolección,
el transporte, la transferencia, valorización y disposición final de los residuos sólidos. Estos servicios
tienen calidad de prioritaria necesidad, utilidad pública, cuyo fin supremo es asegurar la salud de los
pobladores.

La Entidad al no contar con su relleno sanitario para la disposición final de residuos sólidos, viene
contratando todos los años el servicio y es necesario continuar con una nueva contratación para evitar
la propagación de epidemias que ocasiona la basura y contribuir de manera directa en el bienestar de
la población en general del Distrito.

Finalmente, de conformidad con el Manual de Organización y Funciones de esta Entidad corresponde


a la Gerencia de Gestión de Residuos Salidos, supervisar a la Empresa encargada de la Disposición
Final de los Residuos Sólidos, para que esté de acuerdo a la Normatividad vigente.

Del mismo modo, corresponde a la Sub Gerencia de Limpieza Pública supervisar el cumplimiento de la
prestación de los Servicios Públicos de Limpieza Pública en la jurisdicción del distrito de San Juan
Bautista.

Los Términos de Referencia para la Contratación del Servicio, se basa en el diagnóstico efectuado y a
las necesidades propias del servicio, generando cambios y mejoras en su ejecución.

OBJETIVO DE LA CONTRATACION:

Contar con los servicios de una empresa legalmente constituida, registrada y autorizada por el
Ministerio del Ambiente y demás entes competentes de ser el caso, para que preste el servicio de
disposición final de los residuos sólidos generados en la zona urbana y peri urbana del Distrito de San
Juan Bautista.

ALCANCE Y DESCRIPCION DEL SERVICIO A CONTRATAR:

El servicio consiste en la provisión para la recolección de residuos sólidos y transporte de residuos


sólidos al relleno por 36,000.00; el siguiente cuadro detalla el servicio requerido.

UNIDAD DE
ITEM DESCRIPCIÓN CANTIDAD
MEDIDA

SERVICIO DE DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS


1 SOLIDOS PARA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TONELADA 36,000.00
SAN JUAN BAUTISTA

El vehículo deberá presentarse en el Hangar de maquinaria ubicado en la calle Los Ángeles con
intersección de la calle Circular Los Lirios distrito de San Juan Bautista, según se requiere, El proveedor
debe indicar un número de teléfono para comunicarse.

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Es preciso hacer mención, que de acuerdo a las taras (pesaje) del año 2021 que obra en los archivos
de la Gerencia de Gestión de Residuos Salidos, el promedio diario de disposición final de los residuos
sólidos Municipales del Distrito de San Juan Bautista es de 100 toneladas, pudiendo variar en mayor o
menor cantidad dependiendo del día o periodo de recolección. Por tanto, si tomamos este pesaje como
línea de base, la disposición final total estimada de los residuos sólidos, por un periodo de 365 días
calendarios o 01 año es de 36,000.00 TN, cuyo detalle se indica a continuación:

ITEM CANTIDAD UNIDAD DE DESCRIPCIÓN


DIARIA MEDIDA

SERVICIO DE DISPOSICION FINAL DE


RESIDUOS SOLIDOS PARA LA
1 100 TONELADA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN
JUAN BAUTISTA

La cantidad de la disposición final de los residuos sólidos, podrán variar diariamente y mensualmente
los mismos que estarán en función a lo que realmente se pese en la balanza de plataforma, producto
de la recolección diaria de los residuos sólidos según la balanza electrónica de la EO-RS

a) Tipo de residuos a Disponer.

• Residuos sólidos municipales.


• Residuo comercial.
• Residuos de limpieza de espacios públicos y del barrido de calles, Instituciones Educativas y
mercados.
• Podas, desmonte.
• De aquellas actividades que generen residuos similares a estos.

b) Procedimiento del servicio.

• Las unidades recolectoras deben ingresar a la plataforma para su pesaje; dicho pesaje será
plasmado en el ticket de pesaje, el mismo que será entregado al operador del Camión
Compactador y/o supervisor de la municipalidad.
• Para efectos de medición, al inicio del servicio contratado con la empresa contratista, se
pesarán las unidades completamente vacías, además se dejará la constancia de pesaje
referencial mediante acta suscrito por representante de la Municipalidad y representante de la
Empresa contratista (en el cual se adjuntarán los Tickets de la Balanza y/o pesaje).
• El pesaje de la unidad cargada será de manera diaria cada vez que los vehículos recolectores
terminen la recolección de los residuos sólidos, pudiendo la entidad efectuar visita inopinada
durante el pesaje de los vehículos, en la instalación del Contratista.
• Concluida esta operación en el relleno sanitario, procede a la descarga de los residuos sólidos
siguiendo las directivas del caso, inmediatamente procede a retirarse, registrando la hora de
ingreso y salida del relleno sanitario mediante acta suscrita por ambas partes.
• La Entidad contará con un personal permanente que será el encargado de supervisar el pesaje
en el relleno sanitario de disposición final de residuos sólidos de la Empresa Contratista.

FRECUENCIA DEL SERVICIO

El servicio de disposición final de residuos sólidos se realizará diariamente de lunes a domingo incluido
los feriados en el horario establecido en turnos diurnos y nocturnos, siempre y cuando no esté en
funcionamiento el relleno sanitario Municipal.

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REGLAMENTOS TÉCNICOS, NORMAS LEGALES

Los términos de referencia cumplen con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1278, Ley de
Gestión Integral de Residuos Sólidos y el Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, Reglamento de la
Ley N° 1278 – Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

REQUERIMIENTOS DEL PROVEEDOR Y DE SU PERSONAL

a) Perfil del Proveedor o contratista

• La empresa deberá estar registrada como Empresa Operadora de Residuos Sólidos (EO-
RS) ante el Ministerio del Ambiente.

• Deberá acreditar experiencia en la prestación del servicio de disposición final de residuos


sólidos. La EO-RS deberá contar con personal idóneo y capacitado para realizar dicha labor,
equipos, sistemas y/o maquinarias adecuadas, suficientes y en estado óptimo de uso, a fin
de desarrollar la labor dentro de la normativa legal aplicable y los presentes Términos de
Referencia.

• Cualquier pago por concepto de uso del relleno por entidades particulares, estará a cargo
de la Entidad que lo genere quedando en libertad de tratar con la Gerencia de Gestión de
Residuos Salidos de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista.

b) Perfil del Personal Propuesto

• La EO-RS deberá contar para la dirección de sus operaciones con un Ingeniero sanitario,
civil o ambiental colegiado u otro profesional afín a la rama de ingeniería, con una
experiencia mínima de dos años, adjuntando Currículum Vitae y documentación que
acrediten su especialidad y experiencia profesional.

• La empresa deberá asignar para el servicio cuando menos, un supervisor por turno,
calificados para la supervisión del servicio prestado.

• El personal operario que se requiere para la ejecución del servicio deberá ser calificado y
permanentemente evaluado para su reemplazo en caso de incumplimiento.

• El Contratista se obliga a contratar y administrar por su cuenta y costo al personal necesario


para la eficiente prestación del servicio contratado, quedando entendido que asume el pago
de todas las remuneraciones, pago de los beneficios sociales, compensación por tiempo de
servicio, vacaciones, seguro contra accidentes de trabajo y responsabilidad civil contra
terceros y demás obligaciones laborales y/o tributarias; no teniendo este personal vínculo
laboral con la Municipalidad.

• El postor deberá contar con las condiciones de trabajo necesarios para salvaguardar la
salud de sus trabajadores durante el desarrollo de las actividades, debiendo contar sus
respectivas vacunaciones periódicas.

• La Empresa podrá realizar mejoras en el servicio siempre que estas no signifiquen un costo
adicional para el Municipio, estas deberán ser coordinadas con la Municipalidad.

PROGRAMA Y MÉTODOLOGIA DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

La empresa contratista entregará el ticket de pesaje a la municipalidad en forma diaria.

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El ticket de pesaje tendrá información sobre el código de la ruta y los vehículos de recolección que
ingresaron al área de disposición final. Complementariamente, la empresa contratista utilizará el ticket,
en donde diariamente se consignará la información:

• Vehículo de recolección indicando placa.


• Chofer del vehículo de recolección.
• Código de ruta.
• Información de desempeño:
➢ Peso de los residuos del vehículo en el primer viaje (Tara).
➢ Hora de ingreso y salida del relleno sanitario.
➢ Anotación de ocurrencias en el servicio.

Una copia del Ticket de pesaje diario del servicio será reportada a la municipalidad para la finalización
del servicio. La boleta y/o ticket, deberá ser suscrita por el chofer y el encargado del control de balanza
del contratista y un representante por parte de la Municipalidad (Coordinador y/o supervisor).

PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El plazo de prestación del servicio a ser contratado es de 12 meses, contados a partir del día siguiente
de suscrito el contrato.

La Entidad solo usará el relleno sanitario del Contratista cuan no se tenga acceso o no pueda funcionar
el relleno sanitario Municipal.

El Contratista no podrá reclamar o exigir a la Entidad el uso diario de su relleno sanitario.

El Contratista no podrá reclamar la culminación del contrato, en caso la Entidad le comunique la


resolución del contrato, al contar con el acceso habilitado del relleno sanitario Municipal.

SISTEMA DE CONTRATACION

Precios Unitarios. Si bien es cierto se estima la cantidad a contratar; esta es referencial ya que la
cantidad real a suministrarse se determinará durante la ejecución contractual, y el pago se realizará en
función de la cantidad consumida.

SUB CONTRATACIÓN

No procede que el proveedor subcontrate parte de las prestaciones a su cargo.

MEDIDAS DE CONTROL DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL

Estará a cargo de la Sub Gerencia de Limpieza Pública adscrita a la Gerencia de Gestión de Residuos
Salidos con su personal a designar:

▪ La entidad realizará visitas de supervisión inopinadas, como medidas de control durante el


desarrollo del servicio, las medidas de control tienen por finalidad verificar el cumplimiento de las
condiciones establecidas en el contrato.

▪ La conformidad del servicio es responsable del área usuaria del servicio (Gerencia de Gestión de
Residuos Salidos), debiendo tener presente que el área usuaria es responsable de la existencia,
estado y condiciones de los servicios.

• PLAN COVID-19
El postor ganador deberá declarar que cuenta con un plan de bioseguridad e implementación de
las medidas para la prevención y control frente a la propagación del COVID-19 para la producción,
almacenaje y distribución de sus productos, en conformidad a la Resolución Ministerial N° 972-
2020- MINSA “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la salud de los trabajadores
con riesgo de exposición a COVID-19” en el ámbito laboral en el marco del regreso e incorporación
al trabajo presencial y otras normas afines. Debiendo acreditar con una declaración jurada que
cuenta con el protocolo aprobado por el MINSA.

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FORMA DE PAGO

La MUNICIPALIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Soles en forma


Mensual luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente según lo
establecido en el artículo 171° del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado.

Asimismo, el monto para el pago mensual, se obtendrá por multiplicar la cantidad de residuos
dispuestos en el área de disposición final por el precio unitario ofertado, para cuyo cálculo se debe
aplicar la siguiente fórmula:

M= PM x PT

Donde:

M = monto mensual a pagar.


PM = Pesa mensual de los residuos sólidos.
PT = Precio por Tonelada.

El CONTRATISTA deberá emitir un informe de servicio, adjuntando las actas de pesaje de ingreso y
salida al relleno sanitario por cada vehículo recolector suscrito por un representante de la empresa
prestadora y su representante por parte de la municipalidad, y la correspondiente factura, adjuntando,
además, un cuadro resumen por día y mensual de todos los pesajes realizados en el mes.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo
que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos.

La MUNICIPALIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al
otorgamiento de la conformidad respectiva siempre que se verifiquen las demás condiciones
establecidas en el contrato.

FORMULA DE REAJUSTE

No se aplicará reajuste.

DE LAS PENALIDADES Y OTRAS

Las penalidades por incumplimiento del servicio se regulan en el Decreto Legislativo N° 1278, Ley de
Gestión Integral de Residuos Sólidos, así como por el Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, los mismos que serán incluidos en el Contrato.

LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso, de acuerdo a
la siguiente fórmula:

0.10 x monto vigente


Penalidad Diaria =
F x plazo vigente en días

Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días.

Para efectos de las penalidades se ha considerado solo aquellas actividades que tienen incidencia
directa en la prestación del servicio de disposición final, dejando como compromiso de obligatorio

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cumplimiento a aquellas acciones accesorias que corresponden a uniformes, identificación del personal
y comportamiento del personal.

a) Procedimiento de Aplicación de Sanciones

• La Municipalidad a través de la Gerencia de Gestión de Residuos Salidos y la Sub Gerencia


de Limpieza Pública, realizará diariamente la tarea de supervisión del servicio, mediante
inspecciones de campo en las diferentes etapas de ejecución del servicio.

• Los casos de incumplimiento por parte de La Empresa Operadora de Residuos Sólidos (EO-
RS) están definidos en el Cuadro de Penalidades por casos de inobservancia del debido
cumplimiento del servicio. Para las sanciones se emplea como patrón de referencia la
Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y están definidas en soles moneda oficial peruana.

• Todas las ocurrencias en el servicio serán registradas y firmadas por el Supervisor de la


Ruta y el Chofer en el Acta de Inspección correspondiente. Los mismos que se harán de
conocimiento al Supervisor General de Ruta y al Supervisor de la Empresa Prestadora del
Servicio, para que en un plazo razonable de (12) horas de recepcionado la notificación.

• El Acta de ocurrencia tendrá adjunto copia del ticket de pesaje, que contenga las ocurrencias
del día, anotando también las ocurrencias que han merecido Sanción, las mismas que serán
entregada al término de la jornada de trabajo, al Supervisor General de Ruta y al Supervisor
de la Empresa Prestadora de Servicios de Disposición final de Residuos Sólidos y el original
será entregada a la Gerencia de Gestión de Residuos Salidos.

• Sobre el particular cabe recalcar que la entidad ha considerado prudente que se otorgue
doce (12) horas, para que la empresa levante las deficiencias encontradas.

b) Establecer las siguientes precisiones:

1. Solo en casos y por razones no previstas (Inclemencias climáticas, Accidentes, y otros


similares), nuestros Supervisores realizarán la comunicación de tal o cual acontecimiento
detectado, al Supervisor General de Ruta de la Municipalidad y al Supervisor de la Empresa
Prestadora del Servicio; debiendo esta última dar cuenta de los hechos en un plazo
razonable de doce (12) horas. Contados a partir del término del acontecimiento.

2. Nuestros Supervisores realizan una labor de Control diario en salvaguarda del fiel
cumplimiento del Servicio tal y como deberá de constar en el compromiso contractual.

c) Cuadro de otras penalidades:

Se ha considerado el valor o factor de la penalidad en 1.0% de la UIT vigente, concordante con


el promedio nacional en materia de penalidades.

Factor K = 1.0% de la UIT


RESPUESTA A LA CONSULTA/OBSERVACIONES N° 01, FORMULADO POR EL
PARTICITICIPANTE “BRUNNER CONSULTORES & SERVICIOS S.A.C.”

Nº DESCRIPCIÓN PENALIDAD
Disposición Final:
1 Por no dejar ingresar a los vehículos de recolección
autorizados por la municipalidad, al área de 10 x K
disposición final. La penalidad será por cada caso.

2 Por demorar (Retraso injustificado-más de 30


minutos) en dejar descargar los residuos sólidos en el 5xK
área de disposición final. La penalidad será por cada
caso.

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3 Por no remitir la información (boletas y/o tickets) de la


hora de entrada, salida, peso y otros datos a la 10 x K
municipalidad. Esta información será remitida
diariamente. La penalidad será por cada día de
ocurrencia.

Estos dos (2) tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al
diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente.

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para
otras penalidades, de ser el caso, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento .

d) Condiciones de los consorcios

De conformidad con el numeral 49.5 del artículo 49 del Reglamento, el área usuaria incluye lo
siguiente:

1) El número máximo de consorciados es de dos (2).

Importante
Para determinar que los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, el
órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, incorpora los
requisitos de calificación previstos por el área usuaria en el requerimiento, no pudiendo incluirse requisitos
adicionales, ni distintos a los siguientes:

3.2. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN

Importante para la Entidad

Los requisitos de calificación que la Entidad debe adoptar son los siguientes:

Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases.

A CAPACIDAD LEGAL
HABILITACIÓN
Requisitos:

Registro vigente como Empresa Prestadora de Servicios de Residuos Sólidos (EO-RS) de las
Actividades de Disposición Final de Residuos Sólidos, otorgado por la autoridad competente (MINAM).
En la que se precise el ámbito para el que ha sido concedido la Autorización, debiendo ser para este
caso necesariamente de Ámbito Municipal.

Importante
De conformidad con la Opinión N° 186-2016/DTN, la habilitación de un postor, está relacionada
con cierta atribución con la cual debe contar el proveedor para poder llevar a cabo la actividad
materia de contratación, este es el caso de las actividades reguladas por normas en las cuales
se establecen determinados requisitos que las empresas deben cumplir a efectos de estar
habilitadas para la ejecución de determinado servicio o estar autorizadas para la
comercialización de ciertos bienes en el mercado.

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Acreditación:
Copia del Registro vigente como Empresa Prestadora de Servicios de Residuos Sólidos (EO-RS) de
las Actividades de Disposición Final de Residuos Sólidos, otorgado por la autoridad competente
(MINAM). En la que se precise el ámbito para el que ha sido concedido la Autorización, debiendo ser
para este caso necesariamente de Ámbito Municipal.

B CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL


B.1 EQUIPAMIENTO ESTRATÉGICO
Requisitos:

[Resolución de Aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del lugar donde se realizará la
Disposición Final de los Residuos Sólidos.

Indique el grado de tenencia del lugar de la Disposición Final.

Acreditación:

Copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler
u otro documento que acredite la disponibilidad del equipamiento estratégico requerido.

Importante

En el caso que el postor sea un consorcio los documentos de acreditación de este requisito
pueden estar a nombre del consorcio o de uno de sus integrantes.
C EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD
Requisitos:

El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente S/ 2,142,000,00 (Dos millones ciento
cuarenta y dos mil y 00/100 Soles), por la contratación de servicios iguales o similares al objeto de la
convocatoria, durante los ocho (8) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se
computarán desde la fecha de la conformidad o emisión del comprobante de pago, según corresponda.

Se consideran servicios similares a los siguientes: Servicios de transporte y/o recolección y/o disposición
final de residuos sólidos municipales.

Acreditación:

La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia simple de (i) contratos u órdenes de
servicios, y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o (ii) comprobantes de pago cuya
cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, nota de abono, reporte
de estado de cuenta, cualquier otro documento emitido por Entidad del sistema financiero que acredite
el abono o mediante cancelación en el mismo comprobante de pago 13, correspondientes a un máximo
de veinte (20) contrataciones.

13 Cabe precisar que, de acuerdo con la Resolución N° 0065-2018-TCE-S1 del Tribunal de Contrataciones del Estado:

“… el solo sello de cancelado en el comprobante, cuando ha sido colocado por el propio postor, no puede ser
considerado como una acreditación que produzca fehaciencia en relación a que se encuentra cancelado. Admitir ello
equivaldría a considerar como válida la sola declaración del postor afirmando que el comprobante de pago ha sido
cancelado”
(…)
“Situación diferente se suscita ante el sello colocado por el cliente del postor [sea utilizando el término “cancelado” o
“pagado”] supuesto en el cual sí se contaría con la declaración de un tercero que brinde certeza, ante la cual debiera
reconocerse la validez de la experiencia”.

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En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se
debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes
acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las
veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en
la Especialidad

En el caso de servicios de ejecución periódica o continuada, solo se considera como experiencia la parte
del contrato que haya sido ejecutada durante los ocho (8) años anteriores a la fecha de presentación de
ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos
comprobantes de pago cancelados.

En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de
consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las
obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia
proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del
20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores
en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las
obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de
consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se
presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en


caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo acompañar la
documentación sustentatoria correspondiente.

Si el postor acredita experiencia de otra persona jurídica como consecuencia de una reorganización
societaria, debe presentar adicionalmente el Anexo N° 9.

Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre
expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de
emisión de la orden de servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia
del Postor en la Especialidad

Importante
• Al calificar la experiencia del postor, se debe valorar de manera integral los documentos
presentados por el postor para acreditar dicha experiencia. En tal sentido, aun cuando en
los documentos presentados la denominación del objeto contractual no coincida
literalmente con el previsto en las bases, se deberá validar la experiencia si las actividades
que ejecutó el postor corresponden a la experiencia requerida.

• En el caso de consorcios, solo se considera la experiencia de aquellos integrantes que se


hayan comprometido, según la promesa de consorcio, a ejecutar el objeto materia de la
convocatoria, conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las
Contrataciones del Estado”.

Importante
• Si como resultado de una consulta u observación corresponde precisarse o ajustarse el
requerimiento, se solicita la autorización del área usuaria y se pone de conocimiento de tal hecho
a la dependencia que aprobó el expediente de contratación, de conformidad con el numeral 72.3
del artículo 72 del Reglamento.

• El cumplimiento de los Términos de Referencia se realiza mediante la presentación de una


declaración jurada. De ser el caso, adicionalmente la Entidad puede solicitar documentación que
acredite el cumplimiento del algún componente de estos. Para dicho efecto, consignará de manera
detallada los documentos que deben presentar los postores en el literal e) del numeral 2.2.1.1 de
esta sección de las bases.

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• Los requisitos de calificación determinan si los postores cuentan con las capacidades necesarias
para ejecutar el contrato, lo que debe ser acreditado documentalmente, y no mediante declaración
jurada.

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CAPÍTULO IV
FACTORES DE EVALUACIÓN

La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos.

Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera
lo siguiente:

PUNTAJE / METODOLOGÍA
FACTOR DE EVALUACIÓN
PARA SU ASIGNACIÓN
A. PRECIO
Evaluación: La evaluación consistirá en
otorgar el máximo puntaje a la
Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. oferta de precio más bajo y
otorgar a las demás ofertas
Acreditación: puntajes inversamente
proporcionales a sus respectivos
Se acreditará mediante el documento que contiene el precio de la oferta precios, según la siguiente
(Anexo Nº 6). fórmula:

Pi = Om x PMP
Oi

i= Oferta
Pi= Puntaje de la oferta a evaluar
Oi=Precio i
Om= Precio de la oferta más baja
PMP=Puntaje máximo del precio

100 puntos
Importante
Los factores de evaluación elaborados por el órgano encargado de las contrataciones o el comité de
selección, según corresponda, son objetivos y guardan vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con
el objeto de la contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los
Términos de Referencia ni los requisitos de calificación.

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CAPÍTULO V
PROFORMA DEL CONTRATO

Importante

Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, puede incluirse cláusulas adicionales
o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden
contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.

Conste por el presente documento, la contratación del servicio de[CONSIGNAR LA


DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE
DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………],
representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte
[……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en
[……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......]
del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por
su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder
inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la
ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y
condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES


Con fecha [………………..], el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección,
según corresponda, adjudicó la buena pro de la ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN] para la
contratación de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR
NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los
documentos integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO


El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN].

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL


El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye
todos los impuestos de Ley.

Este monto comprende el costo del servicio, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones,
pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier
otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución del servicio materia del presente
contrato.

CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO14


LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA],
en [INDICAR SI SE TRATA DE PAGO ÚNICO, PAGOS PARCIALES O PAGOS PERIÓDICOS],
luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido
en el artículo 171 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un


plazo que no excederá de los siete (7) días de producida la recepción, salvo que se requiera
efectuar pruebas que permitan verificar el cumplimiento de la obligación, en cuyo caso la
conformidad se emite en un plazo máximo de quince (15) días, bajo responsabilidad de dicho
funcionario.

LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los diez (10) días calendario siguientes de otorgada
la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el

14
En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente
a efectos de generar el pago.

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contrato para ello, bajo responsabilidad del funcionario competente.

En caso de retraso en el pago por parte de LA ENTIDAD, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza
mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido
en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 171 de su Reglamento, los
que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN


El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..], el mismo que se computa desde
[CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO,
DESDE LA FECHA QUE SE ESTABLEZCA EN EL CONTRATO O DESDE LA FECHA EN QUE
SE CUMPLAN LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL CONTRATO PARA EL INICIO DE LA
EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LAS MISMAS EN ESTE ULTIMO CASO].

Importante para la Entidad

De preverse en los Términos de Referencia la ejecución de actividades de instalación, implementación


u otros que deban realizarse de manera previa al inicio del plazo de ejecución, se debe consignar lo
siguiente:
“El plazo para la [CONSIGNAR LAS ACTIVIDADES PREVIAS PREVISTAS EN LOS TÉRMINOS DE
REFERENCIA] es de [……...…], el mismo que se computa desde [INDICAR CONDICIÓN CON LA
QUE DICHAS ACTIVIDADES SE INICIAN].”
Incorporar a las bases o eliminar, según corresponda.

Importante para la Entidad


En el caso de contratación de prestaciones accesorias, se puede incluir la siguiente cláusula:

CLÁUSULA …: PRESTACIONES ACCESORIAS15

“Las prestaciones accesorias tienen por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LAS PRESTACIONES
ACCESORIAS].

El monto de las prestaciones accesorias asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye
todos los impuestos de Ley.

El plazo de ejecución de las prestaciones accesorias es de [……..], el mismo que se computa desde
[CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DEL CUMPLIMIENTO DE LAS PRESTACIONES
PRINCIPALES, DESDE LA FECHA QUE SE ESTABLEZCA EN EL CONTRATO O DESDE LA FECHA
EN QUE SE CUMPLAN LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL CONTRATO PARA EL INICIO DE
LA EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES ACCESORIAS, DEBIENDO INDICAR LAS MISMAS EN
ESTE ULTIMO CASO].

[DE SER EL CASO, INCLUIR OTROS ASPECTOS RELACIONADOS A LA EJECUCIÓN DE LAS


PRESTACIONES ACCESORIAS].”

Incorporar a las bases o eliminar, según corresponda

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO


El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora, así como los
documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las
partes.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS


EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional,
solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA
ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes:

15
De conformidad con la Directiva sobre prestaciones accesorias, los contratos relativos al cumplimiento de la(s) prestación(es)
principal(es) y de la(s) prestación(es) accesoria(s), pueden estar contenidos en uno o dos documentos. En el supuesto que
ambas prestaciones estén contenidas en un mismo documento, estas deben estar claramente diferenciadas, debiendo
indicarse entre otros aspectos, el precio y plazo de cada prestación.

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• De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO


DE GARANTÍA PRESENTADA] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por
[SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que es equivalente al diez por ciento (10%) del
monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la
recepción de la prestación.

Importante

Al amparo de lo dispuesto en el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de prestación de servicios en general,
si el postor ganador de la buena pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del monto del
contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente:

“De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe
efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma
prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

• Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias: [CONSIGNAR EL MONTO], a través


de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA PRESENTADA] N° [INDICAR NÚMERO DEL
DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe
mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.

Importante
Al amparo de lo dispuesto en el numeral 151.2 del artículo 151 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención del diez por
ciento (10%) del monto del contrato de la prestación accesoria como garantía de fiel cumplimiento
de prestaciones accesorias, debe consignarse lo siguiente:

“De fiel cumplimiento por prestaciones accesorias: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la


retención que debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a
realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”

Importante

De conformidad con el artículo 152 del Reglamento, no se constituirá garantía de fiel cumplimiento del
contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en contratos cuyos montos sean
iguales o menores a doscientos mil Soles (S/ 200,000.00). Dicha excepción también aplica a los
contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem
adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado
anteriormente.

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN


LA ENTIDAD puede solicitar la ejecución de las garantías cuando EL CONTRATISTA no las hubiere
renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto en el literal a) del numeral
155.1 del artículo 155 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Importante para la Entidad


Sólo en el caso que la Entidad hubiese previsto otorgar adelanto, se debe incluir la siguiente cláusula:

CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO

“LA ENTIDAD otorgará [CONSIGNAR NÚMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos


directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 30% DEL MONTO DEL
CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato original.

EL CONTRATISTA debe solicitar los adelantos dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD


PARA LA SOLICITUD], adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos mediante carta fianza o

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póliza de caución acompañada del comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no
procederá la solicitud.

LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO] siguientes a la


presentación de la solicitud del contratista.”

Incorporar a las bases o eliminar, según corresponda.

CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO


La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 168 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por
[CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD] en el
plazo máximo de [CONSIGNAR SIETE (7) DÍAS O MÁXIMO QUINCE (15) DÍAS, EN CASO SE
REQUIERA EFECTUAR PRUEBAS QUE PERMITAN VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LA
OBLIGACIÓN] días de producida la recepción.

De existir observaciones, LA ENTIDAD las comunica al CONTRATISTA, indicando claramente el


sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de dos (2) ni mayor de ocho (8)
días. Dependiendo de la complejidad o sofisticación de las subsanaciones a realizar el plazo para
subsanar no puede ser menor de cinco (5) ni mayor de quince (15) días. Si pese al plazo otorgado,
EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede otorgar al
CONTRATISTA periodos adicionales para las correcciones pertinentes. En este supuesto
corresponde aplicar la penalidad por mora desde el vencimiento del plazo para subsanar.

Este procedimiento no resulta aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las
características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad,
debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose la penalidad que corresponda
por cada día de atraso.

CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA


EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones
derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado
en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS


La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar
posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley
de Contrataciones del Estado y 173 de su Reglamento.

El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO


MENOR DE UN (1) AÑO] año(s) contado a partir de la conformidad otorgada por LA ENTIDAD.

CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: PENALIDADES


Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del
contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso,
de acuerdo a la siguiente fórmula:

0.10 x monto vigente


Penalidad Diaria =
F x plazo vigente en días

Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;


F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.

El retraso se justifica a través de la solicitud de ampliación de plazo debidamente aprobado.


Adicionalmente, se considera justificado el retraso y en consecuencia no se aplica penalidad,
cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo
transcurrido no le resulta imputable. En este último caso la calificación del retraso como justificado
por parte de LA ENTIDAD no da lugar al pago de gastos generales ni costos directos de ningún
tipo, conforme el numeral 162.5 del artículo 162 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado.

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Importante

De haberse previsto establecer penalidades distintas a la penalidad por mora, incluir dichas
penalidades, los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada
supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar, conforme el artículo
163 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si
fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.

Estos dos (2) tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez
por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para otras
penalidades, de ser el caso, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.

CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO


Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con el numeral 32.3 del artículo
32 y artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 164 de su Reglamento. De
darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 165 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los
daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la
aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere
lugar, en el caso que éstas correspondan.

Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás
obligaciones previstas en el presente contrato.

CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: ANTICORRUPCIÓN

EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una


persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados,
representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo
7 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, ofrecido, negociado o efectuado,
cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato.

Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del


contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de
corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas,
integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios,
asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 7 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.

Además, EL CONTRATISTA se compromete a i) comunicar a las autoridades competentes, de


manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera
conocimiento; y ii) adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar
los referidos actos o prácticas.

Finalmente, EL CONTRATISTA se compromete a no colocar a los funcionarios públicos con los


que deba interactuar, en situaciones reñidas con la ética. En tal sentido, reconoce y acepta la
prohibición de ofrecerles a éstos cualquier tipo de obsequio, donación, beneficio y/o gratificación,
ya sea de bienes o servicios, cualquiera sea la finalidad con la que se lo haga.

CLÁUSULA DÉCIMA SÉTIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO


Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento,
en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de
aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y

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demás normas de derecho privado.

CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS16


Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven
mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias
dentro del plazo de caducidad previsto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del
plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 224 del Reglamento de la
Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un
acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del
contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de
su notificación, según lo previsto en el numeral 45.21 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones
del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos
los gastos que demande esta formalidad.

CLÁUSULA VIGÉSIMA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL


Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante
la ejecución del presente contrato:

DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [...........................]

DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR


GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO]

La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra
parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes
lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR
FECHA].

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

Importante

Este documento puede firmarse digitalmente si ambas partes cuentan con firma digital, según la
Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales 17.

16
De acuerdo con el numeral 225.3 del artículo 225 del Reglamento, las partes pueden recurrir al arbitraje ad hoc cuando las
controversias deriven de procedimientos de selección cuyo valor estimado sea menor o igual a cinco millones con 00/100
soles (S/ 5 000 000,00).
17
Para mayor información sobre la normativa de firmas y certificados digitales ingresar a:
https://www.indecopi.gob.pe/web/firmas-digitales/firmar-y-certificados-digitales

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ANEXOS

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ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB
Presente.-

El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N°
[CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de
[CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE
SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA
JURÍDICA],DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:

Nombre, Denominación o
Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono(s) :
MYPE18 Sí No
Correo electrónico :

Autorización de notificación por correo electrónico:

… [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes
actuaciones:

1. Solicitud de la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de la oferta.


2. Solicitud de subsanación de los requisitos para perfeccionar el contrato.
3. Solicitud al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para presentar los
documentos para perfeccionar el contrato.
4. Respuesta a la solicitud de acceso al expediente de contratación.
5. Notificación de la orden de servicios19
Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días
hábiles de recibida la comunicación.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda

Importante
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente
efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción.

18 Esta información será verificada por la Entidad en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la
sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/ y se
tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del monto
del contrato, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, en los contratos periódicos de prestación de servicios, según lo
señalado en el numeral 149.4 del artículo 149 y numeral 151.2 del artículo 151 del Reglamento. Asimismo, dicha información
se tendrá en cuenta en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento.
19 Cuando el monto del valor estimado del procedimiento o del ítem no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), en
caso se haya optado por perfeccionar el contrato con una orden de servicios.

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Importante
Cuando se trate de consorcios, la declaración jurada es la siguiente:

ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB
Presente.-

El que se suscribe, [……………..], representante común del consorcio [CONSIGNAR EL NOMBRE DEL
CONSORCIO], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N°
[CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], DECLARO BAJO JURAMENTO que la
siguiente información se sujeta a la verdad:

Datos del consorciado 1


Nombre, Denominación o
Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono(s) :
MYPE20 Sí No
Correo electrónico :

Datos del consorciado 2


Nombre, Denominación o
Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono(s) :
MYPE21 Sí No
Correo electrónico :

Datos del consorciado …


Nombre, Denominación o
Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono(s) :
MYPE22 Sí No
Correo electrónico :

Autorización de notificación por correo electrónico:

Correo electrónico del consorcio:

20 En los contratos periódicos de prestación de servicios, esta información será verificada por la Entidad en la página web del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link
http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/ y se tendrá en consideración, en caso el consorcio ganador de la buena
pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según
lo señalado en el numeral 149.4 del artículo 149 y numeral 151.2 del artículo 151 del Reglamento. Asimismo, dicha
información se tendrá en cuenta en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento. Para dichos
efectos, todos los integrantes del consorcio deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa.
21 Ibídem.

22 Ibídem.

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… [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes
actuaciones:

1. Solicitud de la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de la oferta.


2. Solicitud de subsanación de los requisitos para perfeccionar el contrato.
3. Solicitud al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para presentar los
documentos para perfeccionar el contrato.
4. Respuesta a la solicitud de acceso al expediente de contratación.
5. Notificación de la orden de servicios23

Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días
hábiles de recibida la comunicación.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del representante
común del consorcio

Importante
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente
efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción.

23 Cuando el monto del valor estimado del procedimiento o del ítem no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), en
caso se haya optado por perfeccionar el contrato con una orden de servicios.

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ANEXO Nº 2

DECLARACIÓN JURADA
(ART. 52 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB
Presente.-

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:

i. No haber incurrido y me obligo a no incurrir en actos de corrupción, así como a respetar el


principio de integridad.

ii. No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el
Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.

iii. Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así
como las disposiciones aplicables de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General.

iv. Participar en el presente proceso de contratación en forma independiente sin mediar consulta,
comunicación, acuerdo, arreglo o convenio con ningún proveedor; y, conocer las disposiciones
del Decreto Legislativo Nº 1034, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Represión de
Conductas Anticompetitivas.

v. Conocer, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de selección.

vi. Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente
procedimiento de selección.

vii. Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a


perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda

Importante
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea
presentada por el representante común del consorcio.

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ANEXO Nº 3

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA

Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB
Presente.-

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y
demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las
condiciones detalladas en dichos documentos, el postor que suscribe ofrece el servicio de
[CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con los Términos de Referencia
que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos
del procedimiento.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda

Importante
Adicionalmente, puede requerirse la presentación de documentación que acredite el cumplimiento
de los términos de referencia, conforme a lo indicado en el acápite relacionado al contenido de las
ofertas de la presente sección de las bases.

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ANEXO Nº 4

DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB
Presente.-

Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del
procedimiento de la referencia, me comprometo a prestar el servicio objeto del presente procedimiento
de selección en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO].

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda

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ANEXO Nº 5

PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB
Presente.-

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso
que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta a la ADJUDICACIÓN
SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB

Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio,
de conformidad con lo establecido por el artículo 140 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, bajo las siguientes condiciones:
a) Integrantes del consorcio

1. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1].


2. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2].

b) Designamos a [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE COMÚN],


identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR
NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para
efectos de participar en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y
ejecución del contrato correspondiente con [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD].

Asimismo, declaramos que el representante común del consorcio no se encuentra impedido,


inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado.

c) Fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].

d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes:

OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL


1. [ % ] 24
CONSORCIADO 1]

[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 1]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL


2. [ % ] 25
CONSORCIADO 2]

[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 2]

TOTAL OBLIGACIONES 100%26

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

24
Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
25
Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
26
Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.

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..…………………………………………. ..…………………………………………..
Consorciado 1 Consorciado 2
Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2
o de su Representante Legal o de su Representante Legal
Tipo y N° de Documento de Identidad Tipo y N° de Documento de Identidad

Importante
De conformidad con el artículo 52 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio
deben ser legalizadas.

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ANEXO Nº 6

PRECIO DE LA OFERTA

Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB
Presente.-

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es
la siguiente:

CONCEPTO CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL

TOTAL

El precio de la oferta [CONSIGNAR LA MONEDA DE LA CONVOCATORIA] incluye todos los tributos,


seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la
legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del
servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no
incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda

Importante
• El postor que goce de alguna exoneración legal, debe indicar que su oferta no incluye el tributo
materia de la exoneración, debiendo incluir el siguiente texto:

“Mi oferta no incluye [CONSIGNAR EL TRIBUTO MATERIA DE LA EXONERACIÓN]”.

Importante para la Entidad


▪ En caso de procedimientos según relación de ítems, consignar lo siguiente:
“El postor puede presentar el precio de su oferta en un solo documento o documentos
independientes, en los ítems que se presente”.

▪ En caso de contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, consignar lo


siguiente:
“El postor debe detallar en el precio de su oferta, el monto correspondiente a la prestación
principal y las prestaciones accesorias”.

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ANEXO Nº 7
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA
APLICACIÓN DE LA EXONERACIÓN DEL IGV

Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB
Presente.-

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV
previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con
las condiciones siguientes:

1.- Que el domicilio fiscal de la empresa27 se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el lugar
establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad);

2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso
de personas jurídicas);

3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la
Amazonía; y

4.- Que la empresa no presta servicios fuera de la Amazonía.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda

Importante

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los
integrantes del consorcio, salvo que se trate de consorcios con contabilidad independiente, en cuyo
caso debe ser suscrita por el representante común, debiendo indicar su condición de consorcio con
contabilidad independiente y el número de RUC del consorcio.

27
En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la
Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas
consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras de rentas de tercera categoría, ubicadas en la
Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto
a la Renta.”

49
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ANEXO Nº 8

EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD

Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB
Presente.-

Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD:

FECHA DEL FECHA DE LA MONTO


N° CONTRATO / O/S / TIPO DE
OBJETO DEL CONTRATO CONFORMIDAD EXPERIENCIA FACTURADO
Nº CLIENTE COMPROBANTE DE MONEDA IMPORTE31 CAMBIO
CONTRATO O CP 28 DE SER EL PROVENIENTE30 DE: ACUMULADO
PAGO VENTA32
CASO29 33

1
2
3
4

28
Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
29
Únicamente, cuando la fecha del perfeccionamiento del contrato, sea previa a los ocho (8) años anteriores a la fecha de presentación de ofertas, caso en el cual el postor debe acreditar que la
conformidad se emitió dentro de dicho periodo.
30
Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo
acompañar la documentación sustentatoria correspondiente. Al respecto, según la Opinión N° 216-2017/DTN “Considerando que la sociedad matriz y la sucursal constituyen la misma persona jurídica,
la sucursal puede acreditar como suya la experiencia de su matriz”. Del mismo modo, según lo previsto en la Opinión N° 010-2013/DTN, “… en una operación de reorganización societaria que
comprende tanto una fusión como una escisión, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad incorporada o absorbida, que se extingue producto de la fusión;
asimismo, si en virtud de la escisión se transfiere un bloque patrimonial consistente en una línea de negocio completa, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad
escindida, correspondiente a la línea de negocio transmitida. De esta manera, la sociedad resultante podrá emplear la experiencia transmitida, como consecuencia de la reorganización societaria
antes descrita, en los futuros procesos de selección en los que participe”.
31
Se refiere al monto del contrato ejecutado incluido adicionales y reducciones, de ser el caso.
32
El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante
de pago, según corresponda.
33
Consignar en la moneda establecida en las bases.

50
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB – I CONVOCATORIA

FECHA DEL FECHA DE LA MONTO


N° CONTRATO / O/S / TIPO DE
OBJETO DEL CONTRATO CONFORMIDAD EXPERIENCIA FACTURADO
Nº CLIENTE COMPROBANTE DE MONEDA IMPORTE31 CAMBIO
CONTRATO O CP 28 DE SER EL PROVENIENTE30 DE: ACUMULADO
PAGO VENTA32
CASO29 33

5
6
7
8
9
10

20
TOTAL

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda

51
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB – I CONVOCATORIA

ANEXO Nº 9
DECLARACIÓN JURADA
(NUMERAL 49.4 DEL ARTÍCULO 49 DEL REGLAMENTO)

Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB
Presente.-

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], declaro que la experiencia que acredito de la empresa [CONSIGNAR LA
DENOMINACIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA] como consecuencia de una reorganización societaria,
no se encuentra en el supuesto establecido en el numeral 49.4 del artículo 49 del Reglamento.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda

Importante

A efectos de cautelar la veracidad de esta declaración, el postor puede verificar la información de


la Relación de Proveedores Sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado con Sanción
Vigente en http://portal.osce.gob.pe/rnp/content/relación-de-proveedores-sancionados.
También le asiste dicha facultad al órgano encargado de las contrataciones o al órgano de la
Entidad al que se le haya asignado la función de verificación de la oferta presentada por el postor
ganador de la buena pro.

52
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA

ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB – I CONVOCATORIA

ANEXO Nº 10

SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR SERVICIOS PRESTADOS
FUERA DE LA PROVINCIA DE LIMA Y CALLAO
(DE SER EL CASO, SOLO PRESENTAR ESTA SOLICITUD EN EL ITEM [CONSIGNAR EL N° DEL
ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR ESTIMADO NO SUPERA LOS DOSCIENTOS MIL SOLES (S/
200,000.00])

Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB
Presente.-

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], solicito la asignación de la bonificación del diez por ciento (10%) sobre el
puntaje total en [CONSIGNAR EL ÍTEM O ITEMS, SEGÚN CORRESPONDA, EN LOS QUE SE
SOLICITA LA BONIFICACIÓN] debido a que el domicilio de mi representada se encuentra ubicado en
la provincia o provincia colindante donde se ejecuta la prestación.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda

Importante
• Para asignar la bonificación, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección,
según corresponda, verifica el domicilio consignado por el postor en el Registro Nacional de
Proveedores (RNP).

• Para que el postor pueda acceder a la bonificación, debe cumplir con las condiciones
establecidas en el literal f) del artículo 50 del Reglamento.

Importante
Cuando se trate de consorcios, la declaración jurada es la siguiente:

53
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB – I CONVOCATORIA

ANEXO Nº 10

SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR SERVICIOS PRESTADOS
FUERA DE LA PROVINCIA DE LIMA Y CALLAO
(DE SER EL CASO, SOLO PRESENTAR ESTA SOLICITUD EN EL ITEM [CONSIGNAR EL N° DEL
ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR ESTIMADO NO SUPERA LOS DOSCIENTOS MIL SOLES (S/
200,000.00])

Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB
Presente.-

Mediante el presente el que se suscribe, [……………..], representante común del consorcio


[CONSIGNAR EL NOMBRE DEL CONSORCIO], solicito la asignación de la bonificación del diez por
ciento (10%) sobre el puntaje total en [CONSIGNAR EL ÍTEM O ITEMS, SEGÚN CORRESPONDA, EN
LOS QUE SE SOLICITA LA BONIFICACIÓN] debido a que los domicilios de todos los integrantes del
consorcio se encuentran ubicados en la provincia o provincias colindantes donde se ejecuta la
prestación.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del representante
común del consorcio

Importante

• Para asignar la bonificación, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección,


según corresponda, verifica el domicilio consignado de los integrantes del consorcio, en el
Registro Nacional de Proveedores (RNP).

• Para que un consorcio pueda acceder a la bonificación, cada uno de sus integrantes debe
cumplir con las condiciones establecidas en el literal f) del artículo 50 del Reglamento.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA

ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB – I CONVOCATORIA

ANEXO Nº 11

SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL CINCO POR CIENTO (5%) POR TENER LA CONDICIÓN DE
MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA

Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 004-2022-CS-MDSJB
Presente.-

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], solicito la asignación de la bonificación del cinco por ciento (5%) sobre el
puntaje total obtenido, debido a que mi representada cuenta con la condición de micro y pequeña
empresa.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda

Importante

• Para asignar la bonificación, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección,


según corresponda, verifica la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en
la sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link
http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/.

• Para que un consorcio pueda acceder a la bonificación, cada uno de sus integrantes debe
cumplir con la condición de micro y pequeña empresa.

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