Reglamento Agrario
Reglamento Agrario
Reglamento Agrario
Alcalde Provincial: Juan de Len. Subtenientes: Raimundo Gonzlez, Prez y Manuel Durn. 4 - Cada uno puede instituir Jueces Pedneos para ayudarse. 5 - Lnea jerrquica: Gobierno de Alcalde Provincial Subteniente 1 Subteniente 2
Len
Subteniente 3
6 - Inspeccin de la Jurisdiccin (a cada autoridad) para ver tierras disponibles y personas interesadas (que los ms infelices sern los ms privilegiados) Orden de prioridad: Negros libres Zambos Indios Criollos pobres. 7 - Contina el orden de prioridades: Viudas pobres Casados Solteros Extranjeros 8 - Una vez elegido el terreno, el agraciado va personalmente a una de las autoridades competentes que informa siguiendo la lnea de autoridad hasta ser autorizado por el Gobierno de Montevideo que le asigna una marca. 9 - El Cabildo de Montevideo debe llevar un buen registro de los donatarios y de sus marcas (a cargo del Regidor de los PROPIOS). 10 - Una vez hecha la denuncia a la autoridad competente se puede ocupar la suerte de estancia. 11 - En dos meses: 1 rancho y 2 corrales, con un mes de prrroga, si no cumplen las tierras son entregadas a otro donatario. 12 - A repartir tierras de: emigrados; malos europeos y peores americanos (que no hayan sido indultados por el Jefe de la Provincia). 13 - Se repartirn todos los terrenos donados o vendidos por el Gobierno de Montevideo entre 1810 y 1815 (cuando era gobierno espaolista), con excepcin de que los compradores hayan sido patriotas (esta clusula fue agregada luego, no figura en el documento original). 14 - Continuacin del tem anterior: so la tierra haba sido dada a un oriental, ahora se le da a cambio una suerte de estancia. Si es extranjero no se le da nada. 15 - Europeos y malos americanos: a los solteros no se les da nada; a los casados con hijos se les da lo suficiente para la manutencin de sus hijos, el resto se le expropia.
16 - Medidas de las suertes de estancia: 1 legua de frente por 2 leguas de fondo (a tener en cuenta: 1 legua = 5,154km). La suerte era de aproximadamente 7,731km o sea 7969 hectreas (79,69km2). Estas medidas eran ms o menos extensibles segn la localidad, siempre se deban incluir aguadas y en lo posible linderos fijos. Se debe tener en cuenta que estas suertes de estancia son 4 veces ms grandes que las que se daban en la poca de la colonia, y que de estas se pueden producir unos 390 cueros por ao. 17 - No se pueden acumular las suertes (si las suertes de chacra). Se pueden permutar por mudanza. 18 - Se mantienen en su totalidad para la Provincia Oriental, los rincones de Pan de Azcar y del Cerro de Montevideo. El de Rosario solo para mantener 5 o 6 mil cabezas de ganado (el resto se reparte). 19 - No se pueden vender hasta el arreglo de la Provincia. 20 - El cabildo debe informar a Artigas. 21 - Los terrenos ya repartidos (por Otorgus y Lavalleja en Colonia y Maldonado) entran en el rgimen de este Reglamento. 22 - Se debe repartir igualmente el ganado de las tierras expropiadas. Hay que evitar arreadas y corambre. Son entregados para amansarlos, caparlos y sujetarlos a rodeo. 23 - No se pueden hacer matanzas si el ganado no tiene su marca. El ganado sin marca se decomisa para la Provincia Oriental. 24 - Por la escasez de ganado, est prohibido arrear a Portugal y no se pueden cuerear hembras. 25 - Seguridad (Polica de la Campaa). Al Alcalde se le dan 8 hombres y 1 Sargento, y a cada Subteniente 4 soldados y 1 Cabo. El Cabildo va a decidir si son rentados o vecinos rotando en la actividad. 26 - Los tenientes no entienden sobre demandas, pero s lo hace el Alcalde Provincial. 27 - Los hacendados deben dar boleta de conchavo a las personas que emplean, el que no posee boleta va preso y es utilizado para el servicio de armas (en Purificacin o Montevideo). 28 - Los desertores van a Purificacin.
29 - Los homicidas y ladrones son enviados al Alcalde y de ste al gobierno de Montevideo con 1 informe.
CLASIFICACIN DE LOS ARTCULOS SEGN EL HISTORIADOR W. REYES ABADIE 1 al 5: organizacin administrativa y judicial. 6 al 22: plan de distribucin de tierras. 23 al 29: polica de la campaa. Sobre la formacin del Reglamento: no surge de la nada, hubo una junta de hacendados que luego fue a Purificacin a discutir los temas con Artigas (11/8/1815). Aplicacin del Reglamento: Se propone solucionar los problemas urgentes (coexisten disposiciones transitorias y otras ms profundas). Este es el programa econmico social de la Revolucin artiguista: castiga a los traidores y protege a los desamparados. -El Reglamento crea 1 los rganos y los funcionarios ejecutores de todo el plan, sus disposiciones as como las jurisdicciones y facultades de que eran portadores. -Se caracteriza por tomar medidas rpidas y justas para el otorgamiento as como para el agraciado (debe hacer 1 rancho y dos corrales en 2 meses y tiene 1 mes ms de prrroga). -No se confiscan todos los grandes latifundios (no era ni tctico ni necesario). -Los hacendados reclaman a Artigas terminar con las partidas de hombres sueltos. -El Cabildo de Montevideo demora la aplicacin del Reglamento.