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Organigrama General Del Hotel

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Organigrama de la empresa HOTEL LAS ESTRELLAS S.R.

L
Organigrama de Jefe de Recepción

Jefe de Recepción

Segundo Jefe Segundo Jefe


de Recepción de Recepción

Recepcionista Mano Ayudante de Reservas


Corriente Recepción

Back Office
Ayudante de
Recepcionista

Mostrador Front
Office
Empresa HOTEL LAS ESTRELLAS S.R.L

VISION:
Proveer un servicio integral de hotelería de calidad, calidez a todos nuestros huéspedes
y clientes haciendo de la excelencia nuestra carta de presentación.

MSION:
Lograr la preferencia y satisfacción de nuestros clientes  excediendo sus expectativas de
buen servicio.
OBJETIVOS:
 Tener en todo momento la mejor disposición para atender a nuestros clientes.
 Demostrar la responsabilidad, limpieza y respeto que se merecen nuestros
clientes.
 Proporcionar una de la mejores instalaciones que se encuentran en la ciudad de
talara que nos asegure su regreso.
 Ofrecerle la tranquilidad y el descanso para toda persona que se hospede en el
nuestro hotel.
 Organizar reuniones, congresos y exposiciones en beneficio de la hotelería
organizada.
POLITICAS:
 En todas las fases de la operación del hotel deben establecerse ciertas políticas y
buscar su perfecta adopción, particularmente
 En el área de ventas, ya que el proceso de vender debe hacerse considerando
ciertas políticas. Las políticas de ventas deben establecerse por lo siguiente:
 Las tarifas para futuras reservaciones tratase de grupos, convenciones,
agencies de viajes, individuos o banquetes.
 Capacidad de los grupos que serán aceptados en ciertas épocas del año
según las distintas temporadas.
 Importes de los depósitos por anticipados que se obtendrán y que
intervalos.
 Pagos de comisiones.
 Requisitos, como lista de alojamiento, pre etiquetado del equipo, pre
asignación de habitaciones y trámites generales.
 Numero de cuarto gratuitos que se darán a los grupos.
 asignación general de las habitaciones, entre grupos e individuos.
 Las políticas establecidas en relación con cada uno de estos puntos deben
ser de tal forma que produzcan el máximo ingreso para el hotel.

SERVICIOS:

Detalle del establecimiento

 Quince (15) habitaciones dobles; de las cuales siete son standard (C),
cinco superior (B) y tres de lujo (A)
 Diez (10) habitaciones twins; de las cuales cinco son standard (C),
cuatro superior (B) y una de lujo (A)
 Tres (3) habitaciones singles, todas standard (C)
 Siete (7) habitaciones triples; de las cuales cuatro son standard (C) y
tres superior (B)
 Cinco (5) suites

Descripción general del establecimiento

Tipos de habitación:

 Standard (C): Habitaciones de tamaño regular y con la tarifa más baja


del hotel. Su vista es la menos atractiva y su ubicación es la menos
cómoda del hotel. Las habitaciones de este tipo se ofrecen como singles
(con una cama sola), dobles (con cama matrimonial), twins (con dos
camas individuales), y triples (con tres camas individuales).
 Superior (B): Su tarifa es moderada y están ubicadas en la plata baja del
hotel, con una vista aceptable. Además este tipo de habitaciones
cuentan con televisión. Sus distintas opciones son dobles (con cama
matrimonial) y twins (con dos camas individuales).
 De lujo (A): Representa la tarifa máxima del hotel para habitaciones de
tamaño regular y ofrece una excelente ubicación dentro del
establecimiento, así como también una de las vistas más agradables.
Cuenta con el nivel más elevado de comodidad, mobiliario y decoración.
Además tienen televisión, refrigerador abastecido, y sus camas son de
un mayor tamaño que las regulares. Este tipo de habitación se ofrece en
dobles (con cama matrimonial) y twins (con dos camas individuales).
 Suite (SU): Consta de dos habitaciones: una sala y un dormitorio,
llegando así a convertirse en la opción más espaciosa y costosa del
hotel. Cuenta con el nivel más elevado de comodidad, mobiliario y
decoración. Además tienen televisión, refrigerador y bar abastecidos, y
la mejor ubicación del hotel, así como también la vista más agradable, y
balcón. Sus camas son las más grandes y confortables que se ofrecen
en el hotel.

Oferta de servicios

 Restaurante: El Restaurante dispensa una gran luminosidad natural


debido a sus ventanales que ofrecen, hacia el frente, la estupenda vista
panorámica de las playas y el mar. Este espacioso y bello Salón
Restaurante, climatizado y con música funcional, permite ubicar
cómodamente 100 comensales en las mesas dispuestas para atención
diaria. Su realización arquitectónica destaca la calidad de los elementos
empleados. En sus paredes y columnas, obras pictóricas de autores
argentinos decoran el ambiente con distinción. Brindan iluminación
artificial vías luminosas fluorescentes y numerosos spots. La Carta del
Restaurante ofrece una variedad de platos para la degustación del buen
paladar, acompañada de las más selectas marcas de vinos argentinos.
 Confitería: Con vista a la piscina se ubica la Confitería, realzada por su
magnífica barra. El servicio de Bar se ofrece durante todo el día y buena
parte de la noche, y aquí los huéspedes disponen de mesas, butacas y
sillones, televisión y música funcional con ambiente climatizado, con
gran luminosidad natural y vista panorámica.
 Desayuno: Diariamente se sirve el desayuno, incluido en el costo del
alojamiento (Plan continental). Nuestro huésped encontrará en este
servicio un desayuno estilo continental, una extensa variedad de
alimentos, desde el clásico café con leche y té y pasando por el jugo de
naranjas, hasta el jamón, queso, masas, facturas, galletitas y frutas.

Publicidad:

En el área del Restaurante y Confitería, como en Conserjería en Planta Baja,


existen ambientes y salas de estar a disposición de los huéspedes, donde la
lectura y las reuniones informales tienen confortable acogida.

Tarifas y Promociones:

Individual:
 Standard: $150
Dobles/ twin:
 Standard: $120 (por persona base doble)
 Superior: $200
 De lujo: $250
Triples:
 Standard: $110
 Superior: $180
 De lujo: $200
Suites:
 Para 3 o 4 personas. $520 por día (base triple o cuádruple)
 
Servicios incluidos en tarifa
 Desayuno buffet
 TV
 Aire acondicionado y calefacción
 Piscina y gimnasio
 Estacionamiento
 Reservas de traslados desde y hacia terminales de micros y aeropuertos
Servicios adicionales
 Restaurante
 Menú ejecutivo
 Servicio de habitacion
 Tintorería y lavandería
 Caja de seguridad
 Frigobar
 Spa
 Llamadas telefónicas
 MAP Opcional $ 17.00 por persona (sin bebidas ni postre)
Tarifas promocionales
Tarifas especiales de lunes a jueves 3 noches/ 4 días, un 40% de descuento
base habitación doble.
Fin se semanas largos:
Tarifa: 3 días/2 noches en Hotel con media pensión, baño termal y piscina
termal cubierta, gimnasio y cochera: $ 234 por persona.
(Demás servicios prestados por el Spa no se incluyen en la tarifa)
Spa/Tarifas
Tratamientos corporales:
 Tratamientos para la piel : 30 minutos $35
 Masajes de relax: 35 minutos $40
 Terapia integral (masajes estético-relajantes e hidratación y
mineralización de la piel del cuerpo con Mouse de algas): 50 minutos
$50
 Fangoterapia:60 minutos $70
 Algaterapia: 50 minutos $60
 Venodescongestivo: ( tratamiento para piernas con problemas de
pesadez y varices) : 40 minutos $ 40
 Drenaje linfático: 60 minutos $ 60
Tratamientos faciales
 Higiene profunda: 45 minutos $45
 Tratamiento de hidratación: 45 minutos $50
 Shock revitalizante: 50 minutos $70
 Cura Anti tiempo; 60 minutos $120
(Precios expresados en pesos argentinos).
Tarifas grupales
 Grupos menores de 10 personas: 20 % de descuento de tarifa rack base
doble
 Grupos mayores de 10 y menores de 20 : 30% de descuento tarifa rack
base doble
 Grupos de hasta 30 personas: %35 de descuento de tarifa rack base
doble
CONSTITUCION SRL

Denominada

LAS ESTRELLAS SRL

Fundadores:

Anali Margarita Ramírez Tapullima, Diana Puescas y


Cynthia Ponce Aldana

Nª 0430
FS 0952vta
Bienio 2008/2009
B010730

INTRODUCCION

En Talara (Piura) capital de mi función notarial a las 12:30 horas de hoy martes treinta de junio del año dos mil nueve, ante mi
LUCIO JORGE FLORES BARR, notario de Talara con registro Nª 022 del Colegio de Notario de Piura y Tumbes en mi estudio
Notarial de Av. Bolognesi 430, comparecen =============================================================

Doña Anali M. Ramírez Tapullima, con DNI Nª 41884830, cuya


fotocopia se inserta al costado como testimonio de su
presentación en este acto en cumplimiento del Art. 2 de la Ley nª
28580 de cuyo documento de identidad consta ser de
Nacionalidad Peruana Soltera, residente en Villa Hermosa A-12
Negritos, Distrito La Brea , Provincia de Talara, Departamento
de Piura, según refiere Contadora y proceder por propio derecho
como Fundadora

Doña Cynthia Ponce Aldana, con DNI Nª 42365475, cuya


fotocopia se inserta al costado como testimonio de su
presentación en este acto en cumplimiento del Art. 2 de la Ley nª
28580 de cuyo documento de identidad consta ser de
Nacionalidad Peruana Soltera, residente en Los Pinos S/N,
Distrito La Brea , Provincia de Talara, Departamento de Piura,
según refiere Contadora y proceder por propio derecho como
Fundadora

Doña Diana Puescas Valladolid, con DNI Nª 41283830, cuya


fotocopia se inserta al costado como testimonio de su
presentación en este acto en cumplimiento del Art. 2 de la Ley no
28580 de cuyo documento de identidad consta ser de
Nacionalidad Peruana Soltera, residente en San Cristóbal
Negritos, Distrito La Brea , Provincia de Talara, Departamento
de Piura, según refiere Contadora y proceder por propio derecho
como Fundadora

PRIMERO
Los otorgantes han decidido constituir, como en efecto lo hacen por el presente instrumento, una sociedad comercial de
responsabilidad limitada con la denominación social de HOTEL LAS ESTRELLAS SRL; que se regirá por su estatuto social y por
las disposiciones de la Ley general de Sociedades.

SEGUNDO
La sociedad se constituye con un capital de S/ 500,000.00 (Quinientos Mil y 00/100 Nuevos Soles), íntegramente suscrito y pagado,
representado por 500 mil participaciones iguales, acumulables e indivisibles de un valor nominal de S/ 1.00 (Un Nuevo Sol) cada
una, gozando todas ellas de los mismos derechos y prerrogativas.

El capital se suscribe y se paga de la siguiente manera:


_ Anali Ramírez Tapullima, suscribe y paga 250 mil participaciones que representan el 50% del capital social, abonando la cantidad
de S/ 250,000.00 en efectivo.
_ Cynthia Ponce Aldana, suscribe y paga 150 mil participaciones que representan el 30% del capital social, abonando la cantidad de
S/ 150,000.00 en efectivo.
_ Diana Puescas Valladolid, suscribe y paga 100 mil participaciones que representan el 20% del capital social, abonando la cantidad
de S/ 100,000.00 en efectivo.
TERCERO
La sociedad así constituida se regirá por el siguiente estatuto social:

TITULO PRIMERO
DENOMINACION, DOMICILIO, OBJETO, DURACION Y CONVENIOS
DE SOCIOS

ARTICULO PRIMERO.-
Bajo la denominación de HOTEL LAS ESTRELLAS SRL; se constituye una sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio
en la ciudad de talara, que podrá establecer sucursales y agencias en otros lugares del país o del extranjero.

ARTICULO SEGUNDO.-
La sociedad tiene por objeto dedicarse a los siguientes fines:
Brindar servicios de alojamiento, restaurante y otros servicios adicionales que complementan el giro del negocio.
Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todo tipo de actividades comerciales sin ninguna restricción o
limitación; estando autorizada a suscribir todo tipo de contratos con el estado o con particulares, y a realizar todo tipo de actos
permitidos por la ley peruana, o por la ley del lugar donde estos se suscriban o ejecuten, con la posibilidad de modificar su objeto
conforme a resolución adoptada por el órgano social competente.

ARTICULO TERCERO.-
El plazo de duración de la sociedad es indefinido, iniciando sus actividades en la fecha de otorgamiento de la minuta de constitución
social.

ARTICULO CUARTO.-
La sociedad reconocerá, respetara, cumplirá y hará cumplir la validez de los convenios o pactos de los socios o entre estos y terceros
que sean depositados en ella, sea a través de la constitución y por convenios o pactos futuros.

TITULO SEGUNDO

DEL CAPITAL SOCIAL Y SUS PARTICIPACIONES

ARTICULO QUINTO.-
El capital suscrito y pagado de la sociedad es la suma de S/ 500,000.00 (Quinientos mil y 00/100 Nuevos Soles), representado por
500,000 participaciones de un valor nominal de S/ 1.00 (Un Nuevo Sol) cada una, íntegramente suscritas y pagadas, gozando todas
de iguales derechos y prerrogativas.

TITULO TERCERO
ORGANOS Y ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD

ARTÍCULO SEXTO.- Son órganos de la sociedad:


1.- La junta general de socios
2.- La Gerencia General
La administración de la sociedad esta a cargo del Gerente General.

TITULO CUARTO
DE LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS

ARTICULO SEPTIMO.-
La Junta General de socios es el órgano supremo de la sociedad y esta constituida por todos los socios participacionistas. Los socios
constituidos en Junta General debidamente convocada, y con el quórum correspondiente, deciden por la mayoría que establece estos
estatutos los asuntos propios de su competencia. Todos los socios, incluso los disidentes y los que no hubieran participado en la
reunión, quedan sometidos a los acuerdos legítimamente adoptados por la junta general.

ARTICULO OCTAVO.-
Las Juntas Generales deben ser convocadas por el Gerente General mediante esquelas con cargo de recepción, facsímil, correo
electrónico u otro medio de comunicación que permita obtener constancia de recepción, dirigidas al domicilio o a la dirección
designada por el socio a este efecto. La esquela deberá contener la indicación del dia, la hora, el lugar de la reunión y los asuntos a
tratar.
ARTICULO NOVENO.-
Las Juntas Generales serán presididas por el Presidente de la misma, elegido por los socios concurrentes a la Junta, y actuara como
secretario, el Gerente Genera. En ausencia de este, desempeñara tal función el socio concurrente elegido al efecto por la Junta.

ARTICULO DECIMO.-
La sesión de Junta General y los acuerdos adoptados en ella deberán constar en un libro de actas legalizado conforme a ley.

TITULO QUINTO
DE LA GERENCIA

ARTICULO DECIMO PRIMERO.-


La sociedad tendrá un Gerente General. Pudiendo tener adicionalmente uno o mas gerentes que podrán ser nombrados por la Junta
General de Socios.
El Gerente General es el ejecutor de las Resoluciones de la Junta General de Socios y esta investido, en consecuencia, de la
representación judicial y administrativa de la sociedad.

ARTICULO DECIMO SEGUNDO.-


Sin perjuicio de los poderes que en cada caso le otorgue la Junta General de Socios, las principales atribuciones y obligaciones del
Gerente General son las siguientes:
1.- Ejercer y cumplir las funciones establecidas en la Ley General de Sociedades para el Directorio de sociedades.
2.- Dirigir las operaciones de la sociedad.
3.- Representar a la sociedad judicial y extrajudicialmente, ante cualquier autoridad administrativa, judicial, militar, policial,
aduanera y fiscal, sea nacional, regional o municipal de la República o del extranjero.
4.- Organizar la administración interna de la sociedad.
5.- Examinar los libros, documentos, operaciones de la sociedad y dar las ordenes necesarias para su propio funcionamiento.
6.- Rendir cuentas a la Junta General de Socios de las condiciones y progreso de los negocios y operaciones de la sociedad y de las
cobranzas, inversiones y fondos disponibles.
7.- Otras que se dictaminen.

ARTICULO DECIMO TERCERO.-


El Gerente General responde ante la sociedad, los socios y terceros, por los daños y perjuicios que ocasione por el incumplimiento
de sus obligaciones, dolo, abuso de facultades y negligencia grave.

TITULO SEXTO
DE LA MODIFICACION DEL ESTATUTO Y DEL AUMENTO Y REDUCCION DEL CAPITAL SOCIAL

ARTICULO DECIMO CUARTO.-


La modificación del estatuto se acuerda por Junta General de Socios. Para cualquier modificación del estatuto se requiere:
1.-Expresar en la esquela de convocatoria de la junta general, con toda claridad y precisión, los asuntos cuya modificación se
someterá a la Junta; y,
2.- Que el acuerdo sea adoptado por la Junta General de conformidad por estos estatutos.

ARTICULO DECIMO QUINTO.-


Las modificaciones de los estatutos que importan nuevas obligaciones de carácter económico para los socios, no rigen para quienes
no prestaron su aprobación.

ARTICULO DECIMO SEXTO:-


Todos los acuerdos relativos al aumento o disminución del capital social, o de modificación del estatuto, se adoptaran con los
requisitos que señalan estos estatutos y se sujetaran a lo dispuesto por la Ley General de Sociedades.
TITULO SEPTIMO
DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y LA APLICACIÓN DE UTILIDADES

ARTICULO DECIMO SEPTIMO.-


Finalizado el ejercicio, el Gerente General en el plazo máximo de ochenta días contados a partir del cierre del ejercicio social, esta
obligado a formular la memoria, los estados financieros y la propuesta de aplicación de utilidades. El ejercicio social será el mismo
que el del año calendario.

ARTICULO DECIMO OCTAVO.-


La memoria y los estados financieros de la sociedad se formularan de acuerdo a lo previsto por la Ley General de Sociedades,
respectivamente.

ARTICULO DECIMO NOVENO.-


Solo podrán declararse dividendos en razón de utilidades realmente obtenidas o de reservas en efectivo de libre disposición, siempre
que el patrimonio neto no sea inferior al capital pagado. Para la distribución de dividendos se observaran las reglas de los artículos
230º y 231º de la Ley General de Sociedades.

TITULO OCTAVO
DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION

ARTICULO VIGESIMO.-
La sociedad procederá a su disolución y liquidación en los casos previstos por la Ley General de Sociedades y cuando lo resuelva la
Junta General convocada con ese objeto. Acordada su disolución, la sociedad conservara su personalidad jurídica mientras se
realiza la liquidación y hasta que se inscriba su extinción en el registro. Al declarar la disolución de la sociedad, la Junta General
nombrara a los liquidadores quienes ejercerán su función de acuerdo con las disposiciones del articulo 414º de la Ley General de
Sociedades.

TITULO NOVENO
DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO VIGESIMO PRIMERO.-


En todo lo no previsto por estos estatutos, la sociedad se regirá por las disposiciones de la Ley General de Sociedades.

ARTICULO VIGESIMO SEGUNDO.-


De conformidad con lo dispuesto por el artículo 54º de la Ley General de Sociedades, queda nombrado como primer Gerente
General de la sociedad el señor:
a) José Gutiérrez Rodríguez, identificado con DNI Nº 03857928, con domicilio en calle el placer Nº 315,
Distrito de Miraflores, provincia y departamento de Piura, quien gozara de las facultades previstas para su
cargo en estos estatutos.

Agregue usted, señor NOTARIO, las clausulas de ley, inserte el comprobante de deposito en una institución de crédito que acredita
el pago del aporte en efectivo del capital, y curse partes al Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Piura para la
inscripción de la sociedad.

PIURA 06 DE AGOSTO DEL 2009

ANALI RAMIREZ TAPULLIMA CYNTHIA PONCE ALDANA DIANA PUESCAS VALLADOLID

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