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Declaración Jurada Renap
Declaración Jurada Renap
Declaración Jurada Renap
oficina del registro Nacional de las Personas del municipio de Ixcán, departamento de
Quiché, soy requerido por unas personas que indican ser de los siguientes datos de
agricultor, guatemalteco de este domicilio, se identifica por medio de los testigos que indican
ser de los siguientes datos personales: DAVID REYES BARRONDO, de treinta y seis años
treinta y nueve mil veinte espacio un mil cuatrocientos veinte (1886 39020 1420), extendido
OSBELY LUIS CORNELIO, de treinta y dos años de edad, soltero, Abogado y Notario,
número Un mil novecientos noventa y dos espacio ochenta y dos mil setenta y dos espacio
un mil cuatrocientos veinte (1992 82072 1420), extendido por el Registro Nacional de las
señor CRISTOBAL REYES ROMÁN, de ochenta y cinco años de edad, casado, agricultor,
número Dos mil cuatrocientos cincuenta espacio noventa y dos mil seiscientos nueve
espacio un mil cuatrocientos quince (2450 92609 1415), extendido por el Registro Nacional
seiscientos veintisiete espacio ochenta y cuatro mil trescientos noventa y dos espacio un mil
quinientos cuatro (1627 84392 1504), extendido por el Registro Nacional de las Personas de
del delito de perjurio en caso de no hacerlo así, seguidamente aseguran hallarse en el libre
ejercicio de sus derechos civiles, ser de los datos personales de identificación anotados y
PRIMERO: Manifiesta el señor DESIDERIO REYES ORTIZ, que nació el tres de mayo de
mil novecientos ochenta y cuatro (03/05/1984), a las veintidós horas con treinta minutos, en
Aldea San Juan la Quince, del municipio de Ixcán, departamento de Quiché, en parto
normal simple eutócico, sin asistencia médica, ni de comadrona, pesó siete libras. Que
extemporánea con los datos de nacimiento aportados, como hijo de CRISTOBAL REYES
ROMÁN y de JUANA ORTIZ VEGA DE REYES, quienes bajo juramento de ley declaran
que son padres biológicos de DESIDERIO REYES ORTIZ, que por ser de escasos recursos
con la ley y previamente enterados de las penas relativas al delito de perjurio y falso
motivo por el cual no fue inscrito el nacimiento del mismo. Como Notario Doy fe: a) Que tuve
a la vista los documentos de identificación personal relacionados; y, b) Que les advertí a los
inicio quince minutos después, contenida en dos hojas de papel bond tamaño oficio, la que
previa lectura realizada por el Infrascrito Notario a los requirentes, quienes, enterados de su
contenido, objeto, validez y demás efectos legales, así como de la obligación de ratificar su
declaración en el Registro correspondiente, la aceptan, ratifican y firman; también firma el