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Adecuaciones 2022
Adecuaciones 2022
Adecuaciones 2022
COMUNICACIÓN DE ADECUACIÓN
Señor (a)
ANGELO FABIAN RODRIGUEZ VALLEJOS
PASAJE ESPERANZA 124 PALOMARES
CONCEPCION
ANGELO.RODRIGUEZ.V@GMAIL.COM
PR
Debido a lo anterior y después de dos años en que se han mantenido congelados los precios base de
los planes de salud, con el fin de mantener la viabilidad financiera que permita continuar entregando
la cobertura para prestaciones de salud a sus afiliados, Isapre Cruz Blanca S.A. aplicará un alza al
precio base de sus planes de salud, la que se efectuará de conformidad a la nueva normativa vigente.
En junio de 2021 entró en vigencia la Ley 21.350, que reguló el nuevo procedimiento de adecuación
de precios base de los planes de salud de las isapres y dejó sin efecto los ajustes en los precios de
los planes de salud informados para las anualidades 2020-2021 y 2021-2022.
Acorde con lo dispuesto por la mencionada Ley 21.350, el 30 de diciembre de 2021 la
Superintendencia de Salud dictó la Circular IF/N° 401, que imparte instrucciones sobre el
procedimiento de adecuación de los precios base de los planes de salud.
Conforme al procedimiento establecido en la referida normativa legal y reglamentaria, el
Superintendente de Salud dictó la Resolución Exenta SS/N°352 de fecha 2 de marzo de 2022, por la
que fijó el índice de variación porcentual máximo que se debe considerar en la adecuación de los
precios base de los planes de salud. Dicha resolución fue publicada en el Diario Oficial con fecha 10
de marzo de 2022 y además, se encuentra disponible en la página web de la Superintendencia de
Salud1. Según lo establecen las normas mencionadas, este índice se entenderá justificado para todos
los efectos legales.
1
www.supersalud.gob.cl/
0207-27890
En cumplimiento de tales normas y dentro del plazo legal, Isapre Cruz Blanca S.A. ha informado a la
Superintendencia de Salud su decisión de aplicar al precio base de todos sus planes de salud afectos
a adecuación un alza de un 7.6%, ajustándose al porcentaje fijado por la Superintendencia de Salud.
Tal como está previsto la Isapre ha proporcionado todos los antecedentes técnicos que avalan su
decisión, los cuales, incluso sobre la base de la metodología de cálculo publicada por dicha
Superintendencia, aplicada a los datos de Isapre Cruz Blanca S.A., arrojan un porcentaje mayor a
aquel fijado por aquella. No obstante, y cumpliendo con la nueva normativa, la Isapre se ha ajustado a
lo exigido.
Para mantenerte correctamente informado, se ha dispuesto en el sitio web de la Isapre2 los
antecedentes proporcionados a la Superintendencia de Salud.
En conformidad con la mencionada Circular IF/N° 401, Isapre CruzBlanca S.A. ha hecho difusión del
porcentaje de alza que aplicará al precio base de sus planes de salud, en el Diario Oficial y en el
Diario Las Ultimas Noticias, junto con avisos destacados en todas sus sucursales y puntos de
atención y en su página web www.cruzblanca.cl/.
Por lo tanto, te informamos que el precio base de tu plan VIVO + SUR 6000 (3VS60E0E17), para el
proceso de adecuación 2022, experimentará un alza de un 7.6% lo que en pesos representará un
monto adicional de $ 5,711 a tu cotización pactada mensual.
Según lo dispuesto por la Superintendencia de Salud, tienes opciones y derechos ante este proceso,
los que te informamos a continuación:
1. Mantener tu plan actual VIVO + SUR 6000 (código 3VS60E0E17), con todas las coberturas
que ya conoces, agregando a tu cotización actual un monto de $ 5,711 mensuales.
2. Optar por un plan alternativo (código V+28000322) cuyo precio base es similar al de tu plan
actual, pero con diferentes coberturas.
En la tabla siguiente te indicamos las opciones entre las que podrás elegir:
Plan Alternativo
según
Plan Adecuado
Adecuación Plan Actual (UF) disposición
(UF)
Superintendencia
(UF)(*)
(1) Precio Base Plan de Salud 1.32 1.42 1.84
(2) Suma de Factores Grupo
1.73 1.73 1.90
Familiar
(3)=(1)*(2) Precio Plan 2.28 2.46 3.50
(4) Precio GES 1.026 1.026 1.026
(5) Precio Beneficios Adicionales 0.00 0.00 0.00
(6) Precio CAEC 0.00 0.00 0.00
(7)=(3)+(4)+(5)+(6) Total
Cotización Pactada en UF (lo 3.306 3.486 4.526
que debes pagar por tu plan)
Total a Pagar en $
(valor UF $31,727.74 al $104,892 $110,603 $143,600
31/03/2022)
Fuente: Elaboración propia basada en información reportada a la Superintendencia.
(*) En caso que optes por el plan alternativo ofrecido, conforme con la regulación vigente, regirá la
suma de los factores del grupo familiar que sea menor entre la que actualmente se aplica para el
mismo grupo familiar y aquella indicada en el cuadro para el plan alternativo.
2
www.cruzblanca.cl/adecuacion2022
0307-27890
De acuerdo a la normativa vigente si estimas que el plan alternativo ofrecido no reúne las condiciones
de equivalencia antes indicadas, podrás reclamar de ello a la Superintendencia de Salud.
La adecuación propuesta se entenderá aceptada si no manifiestas lo contrario antes del último día del
mes de mayo de 2022, y regirá a contar de la remuneración o renta de junio de 2022. Si no optas por
alguna de las alternativas presentadas en esta comunicación, ni tampoco quieres evaluar una opción
distinta, puedes desafiliarte de la Isapre hasta el último día del mes de mayo de 2022.
Te recordamos que la ley establece que, si no optas expresamente por alguna de las opciones
descritas, se entiende que aceptas el nuevo valor de tu plan.
Para mayor información, puedes contactarte con nosotros llamando al Fono CruzBlanca 600 818
0000.
Te saluda cordialmente,
Jacqueline Lara
Gerente de Operaciones
Isapre CruzBlanca
0407-27890
1.a.1.2) Prestador Derivado ISA Región Metropolitana : Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, Florida, Tobalaba, Maipú, Estación Central y Puente Alto.
El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de
hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.
La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de
Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo
letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud.
La cobertura preferente hospitalaria aplica, si la internación se realiza en el tipo de habitación definida para cada prestador de la Red del Plan . Esta cobertura es sólo a través de órdenes de atención y no es aplicable en hospitalizaciones fuera del territorio nacional, Psiquiatría o en Clínicas de
Recuperación.
RED DE PRESTADORES RED SUR 8:
Clínica Lircay, Clínica del Maule, Clínica de Chillán, Clínica Bío-Bío, Clínica Los Andes (Los Ángeles), Clínica Universitaria de Concepción, Hospital Clínico del Sur, Clínica de la Mujer.
Prestador derivado Región Metropolitana. El beneficiario recibirá en estos casos, la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario. Tratándose de Honorarios Médicos hospitalarios de procedimientos o quirúrgicos, sólo corresponderá para estos ítems, la cobertura de Libre Elección.
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Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A Firma Contratante Huella Dactilar
Nombre : Nombre : Contratante
Rut: