Informe Final Terminado.
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Informe Final Terminado.
POLÍTICA
ASESORA
HUARAZ – PERÚ
2021
1. TÍTULO DE LA TESIS
ii
2.EQUIPO DE TRABAJO
AUTOR
GRANADOS CACHA, MARILU BRISEYDA
ORCID: 0000-0002-8146-9438
Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote, Estudiante de Pregrado,
Huaraz, Perú
ASESOR
Valero Palomino, Fiorella Rocío
ORCID: 0000-0002-5520-5359
Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote, Facultad de Derecho y
Ciencia Política, Escuela Profesional de Derecho, Ayacucho, Perú
JURADOS
Ciro Rodolfo Trejo Zuloaga (presidente)
ORCID: 0000-0001-9824-4131
Manuel Benjamín Gonzales Pisfil (Miembro)
ORCID: 0000-0002-1816-9539
Franklin Gregorio Giraldo Norabuena (Miembro)
ORCID: 0000-0003-0201-2657
iii
3. CONTENIDO
1.TÍTULO DE LA TESIS............................................................................................2
2. EQUIPO DE TRABAJO..........................................................................................
3. CONTENIDO..........................................................................................................
4. INTRODUCCIÓN...................................................................................................
5. PLANEAMIENTO DE LA INVESTIGACIÓN......................................................
6.1. Antecedentes........................................................................................................12
6.2. Bases teóricas de la investigación........................................................................14
6.2.1. el delito………………………………………………………………………..14
6.2.1.1. concepto…………………………………………………………………….
14
6.2.1.2. Elementos del delito….…………..………………………………………... 15
6.2.1.2.1. Tipicidad………………………………………………………………… 15
6.2.1.2.2. Antijuricidad…………………………………………………………….. 15
6.2.1.2.3. Culpabilidad …………………………………………………………….. 15
6.2.1.2.4 Grados de desarrollo del delito………………………………………… 16
a) Consumación …………………………………………………………………… 16
b) Tentativa……………………………………………………………………….... 16
c) Penalidad…………………………………………………………………………16
6.2.1.3. el delito e lesiones graves………………………………………………….. 17
6.2.1.3.1. identificacion del delito investigado……………………………………... 17
6.2.1.4. ubicación del delito de homicidio………………………………………….. 18
6.2.1.4.1. el delito de homicidio simple…………………………………………….. 19
iv
6.2.1.5. Daño o lesión en el cuerpo………………………………………………… 20
6.2.1.5.1. Tipicidad objetiva…………………………………………………………21
a) bien jurídico protegido………………………………………………………..21
b) Sujeto activo…………………………………………………………………..21
c) Sujeto Pasivo………………………………………………………………… 21
6.2.1.5.2. la Reparación Civil……………………………………………………… 22
6.2.1.5.3. Tentativa en el homicidio simple……………………………………….. 23
6.2.1.5.4. La pena privativa de libertad…………………………………………… 24
6.2.1.5.5. La pena en el homicidio simple………………………………………… 25
7. METODOLOGÍA………………………………………………………………..27
ANEXOS....................................................................................................................35
Anexo 2: Presupuesto.................................................................................................37
Anexo 3: Instrumento de recolección de datos...........................................................38
Anexo 5: Pre-evidencia del objeto de estudio............................................................39
v
4. INTRODUCCIÓN
cuerpo y la salud, En la modalidad de homicidio simple, según el artículo 106 del código
En lo cual tendrá como base los marcos legales que están establecidos por la
Uno de los crímenes con consecuencias más graves para la sociedad que implica la
pérdida de vidas humanas , recalcamos que es uno de los delitos más comunes que se
comete en la sociedad y que consta en que alguien le causa la muerte a otro individuo,
por lo tanto se concreta cuando una persona con dolo u intención, pone fin a la otra pero
vi
no hay circunstancias alrededor de ese crimen que la ley considere para ya sea atenuar o
agravar la figura, está caracterizado por que hay una intención de matar, de acuerdo
urbanas del Perú consideran que el próximo año podrían ser víctima de algún hecho
directivo .
es de 7.7 por cada 100 mil habitantes en el 2016, se encuentra por debajo de la del
promedio de los países de la región 22.3 y no se comparan con la de aquellos que tienen
vii
5. PLANEAMIENTO DE LA INVESTIGACIÓN
106 del código penal nacional. Se ha determinado que el homicidio está presente en
todas partes del mundo, y que es uno de los grandes problemas que aqueja a la
población en la actualidad. “El diario internacional el país”. Público a inicios del 2021,
que Honduras encabeza la tabla, con el mayor porcentaje de homicidios con 9.4 por
cada 100 mil habitantes. A esto se le suma la venta ilegal de armas de fuego, el alcohol
y el consumo descontrolado de drogas alucino génicas como parte de los tantos factores
el 2018 que el número de muertes por homicidio descendió a 2452 con respecto del
2017 que eran de 2487, siendo así que la tasa de homicidios por cada 100 mil habitantes
fue de 7,6. Cabe resaltar que en nuestro país vemos y escuchamos a diario mediante los
del código penal, como en el resto de las regiones del país se hace presente de muchas
podemos verificar un caso bastante peculiar, esposo estaba cegado por la ambición del
dinero de su esposa razón por la cual decidió matarla para lo cual contrato un asesino y
viii
así llevar acabo su terrible plan para finalmente quedarse con la millonaria herencia de
mucho valor, el día donde ocurrió el incidente la esposa realizaba trabajos de siembra de
asesino contratado por su esposo quien le disparo en varias ocasiones hasta causarle la
muerte.
¿Cuáles son las características del delito contra la vida, el cuerpo y la salud?, en
la modalidad de homicidio simple según el artículo 106 del código penal vigente del
Perú, 2021.
salud, en la modalidad de homicidio simple, en el artículo 106 del código penal vigente
modalidad de homicidio simple, en el artículo 106 del código penal vigente en el Perú
2021.
modalidad de homicidio simple, en el artículo 106 del código penal vigente en el Perú
2021.
ix
5.3. Justificación de la investigación
homicidio simple en el artículo 106 del código penal vigente del Perú, 2021. uno de los
características desconocidas del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, para informar
relacionados con la familia o la pareja son las mujeres, por ende esta investigación será
información que será de mucha ayuda para los estudiantes de derecho y población
vanen aumento.
x
6. MARCO TEÓRICO Y CONCEPTUAL
6.1. Antecedentes
En el nivel internacional
presentada en la universidad central del ecuador para optar el título de abogado. tuvo
como objetivo dar a conocer mediante unas perspectivas jurídicas y sociales y las
incidencias que tienen los delitos ya sea homicidios o asesinatos en las convivencias
sociales poniendo las nuevas es penal ecuatorianas. para lo cual siguió como
actitudes y respetos integrales por las vidas ajenas que seguramente no sean eliminadas
con las imposiciones de la pena. De dicha investigación podemos resaltar que su estado
ecuatoriano debe de cumplir con las obligaciones de velar por la tranquilidad, sus
seguridades integrales y su bienestar del ciudadano para los cuales deben garantizarles y
hacer respetar el derecho a la vida de las personas ya que la vida nos pertenece y esos
En el ámbito nacional
distrito judicial del santa – Chimbote, 2019”. tesis presentada en la universidad católica
los ángeles de Chimbote para optar el título profesional de abogado. Tuvo como
xi
homicidio simple según los parámetros normativos, doctrinarios y jurisprudenciales
demuestra unas claras deficiencias hacia el punto que en la cual el ciudadano intento
de Privada Antonio Guillermo Urrelo de Cajamarca para optar el título de abogado, tuvo
el dos mil dieciocho y dos mil diecinueve, para lo cual tuvo como metodología un
lógica, los cuales se basan o se fundamentan en encontrar las razones del por qué
de homicidio calificado.
xii
Luna, (2018) en su tesis titulada. “Despenalización del homicidio piadoso en la fase
terminal de pacientes con sida”. Tesis presentada en la universidad andina del cusco de
puerto Maldonado. Para optar el título profesional de abogado, tuvo como objetivo
Determinar si existe alguna razón que justifica las propuestas legislativas para legalizar
nuestra normativa penal vigente, esto se encuentra en el artículo 112 del Código Penal
realicen la eutanasia en el paciente con enfermedad en todas sus fases y entre ellos
aceptar la eutanasia que vendrían a ser las aceptaciones de la última voluntad del
enfermo, está claro que estos serán previos tramites y cumplimientos de cierto requisito
Chimbote para optar el título de Abogado, tuvo como objetivo generar unos aportes
importantes para los estudios del derecho penal. para lo cual tuvo como metodología un
que deben de tener los sujetos activos en estos tipos de delitos así mismo hacer conocer
porque al ser delitos de resultados asimismo se admiten los grados de tentativa y por
qué las tentativas son castigadas penalmente. De dicha investigación podemos acotar
que el homicidio y entre otros delitos son productos de una sociedad que está llena de
violencias, intolerantes con faltas de valores, así mismo que para poner un alto a estos
xiii
delitos son necesarios acatar responsabilidades no solo del estado también de nuestra
educativo.
En el ámbito local
Alejos, (2020) en su tesis titulada “La Despenalización del Homicidio Piadoso para
con lo cual se buscó desarrollar el análisis en todos los extremos a los derechos
primordiales como la vida ,que van a justificar las regulaciones de la eutanasia, tuvo
términos deben ser entendidos como aquellas decisiones de todo paciente terminal de
poder decidir en qué momento desean que culminen sus vidas debido al intolerable
dolor que padecen por las cuales deben respetar sus decisiones que de maneras
suma importancia que el homicidio piadoso salga de nuestro cuerpo normativo ya que
estas figuras no satisfacen la necesidad actual que tiene nuestra sociedad y más a lo
contrario sancionan con una pena al tercero que cometa este acto.
6.2.1. El delito.
6.2.1.1. Concepto.
xiv
Según salinas, (2013) define al concepto de delito como aquella acción u
omisión penada por la ley, así también podemos desurque es una conducta o hecho
impugne se destruye la sociedad, para que no ocurriera tal cosa, la sociedad y el derecho
El autor Cabrera, (2011) señala que el delito puede ser concebido desde una
delictivos aparecen como producto de las diversas formas de interacción social que se
franceso carrara, señala que son infracciones de la ley del estado promulgado
para proteger su seguridad de los ciudadanos, resultantes del acto externo del hombre,
6.2.1.2.1. Tipicidad
Por otro parte Bustos, (2008) menciona que la tipicidad son descripciones de
situaciones determinadas en las cuales se dan las relaciones sociales, seleccionan sus
xv
dentro de los ámbitos situacionales y luego que el acontecimiento concreto el juez es
Según Navas, (2003) señala que por las cuales el legislador estableció una
definida solución o sanción causal de aplicaciones del poder punitivo, para unas
determinadas formas de actuar que resultan lesivas para las sociedades para que el
individuo de las sociedades puedan adecuarse su actuar acorde a los exigidos por los
ordenamientos jurídicos, tener cargo para tales efectos, explicar en formas claras,
abstractas.
6.2.1.2.2. Antijuricidad
comportamiento está justificado por la ley equivale a decir que el autor de la acción
típica dispuso de un permiso legal para obrar como lo hizo por lo tanto su acción es
Define García (2006) el desvalor de una conducta típica que es reprochada por el
derecho penal por que es contraria al derecho para decir que una conducta es
consecutiva de delito no basta con que este escrita en la ley penal como delito es decir
que sea una conducta típica, sino que además dicha conducta descrita debe ser contraria
al derecho o en otras palabras reprochada por la ley penal. Entonces cuando podemos
decir que estamos frente a una conducta contraria a derecho o es reprochada por la ley
xvi
preciso por que las partes de los ordenamientos jurídicos son material ya que implican
diferencias de la cual suceden con otra categoría de las teorías del delito, la antijuricidad
no son conceptos específicos del derecho penal, sino conceptos unitarios válidos para
lo mismo.
6.2.1.2.3. Culpabilidad
Para Urtecho (2008) culpabilidad son como las situaciones en que las personas
culpabilidad es un juicio de reproche que se dirige en contra del sujeto activo del delito
contra los delincuentes por cometer actos ilícitos pese que de haber podido actuar
conforme a derechos, su objetivo del reproche son las actitudes incorrecticas del autor
ante la exigencia del orden jurídico, actitudes que se concretan en el injusto penal
contrario a la ley pudiendo haberse conducido de manera distinta es decir sin provocar
algún ilícito.
Define hurtado, (2005) en los conceptos normativos las culpas se llegan imponer
xvii
cuidados o diligencias debidas, Estos son rasgos desfavorables que tornan desfavorables
para evitarlos. pero los sujetos cumplen con las reglas de diligencias o de cuidados y no
a) Consumación
delictivos, que éstos se hayan llevado a cabo. La consumación en el tipo penal, como ya
xviii
b) Tentativa
tipo subjetivo o dolo, es decir, la voluntad del sujeto de querer realizar el tipo objetivo.
Podemos por ello confirmar que posee la misma estructura que el delito consumado
Afirma Salinas, (1997) que la tentativa lo cual está plasmado en el código penal
actividad con la cual el agente según el plan delictivo se coloca en relaciones inmediatas
con las realizaciones de tipos delictivos. De modo que al ser el homicidio simple un
posible.
c) Penalidad
El autor Salinas (2013) menciona que el autor será merecedor a una pena
segundo supuesto, óseas lesiones simples seguidos de resultado letal así también el
años.
hermenéuticas, a los sujetos activos se les impondrá la pena privativa de sus libertades
no menor de seis ni mayor de veinte años. Las penas variaran de cien acuerdos con las
xix
6.2.1.3. El delito de lesiones graves
Para Salinas, (2007) señala que las lesiones graves se configuran cuando el
agente por acción u omisión impropia causan, producen u originan daños graves en la
Con respecto a las lesiones graves podemos acotar que existirán delitos de
causan, producen u originan daños graves o leves en las integridades corporales o salud
concepto de vida humana, la cual solo se ocupan de protegerlas como objetos materiales
de delito que atenta contra el interviniendo con distintas intensidades, en todos los
humanas y los respetos de sus dignidades, son los fines supremos de las sociedades y
del estado.
Por lo cual los objetos de protecciones de los delitos que constituye la forma de
Por lo cual debemos señalar que a menos desde el punto de vista odontológicos
biológicos, las vidas mismas son el bien jurídico tutelados por este delito.
xx
en el artículo 106 determina que los que matan a otros serán reprimidos con una
señala carnigni, que el homicidio es una muerte del ser humano realizada
injustamente por otro ser humano. Significan los sujetos actúan en contra de acciones de
los ordenamientos jurídicos de las normas del derecho, ya que existen unas normas de
caracteres prohibitivas, pero aclaremos de que si uno actúa por legítimas defensas no
Recalcamos que estos tipos de delitos contra las vidas son los más antiguos, por
otra parte, debemos determinar que personas jurídicas no cometen estos delitos, lo
comete su representante.
circunscriben las hipótesis de la muerte acusada a otra, sin las concurrencias de expresa
condición especial de atenuaciones o agravaciones que sirve a las leyes sustantivas para
humano a otro ser humano. En ese sentido común se puede mencionar que la ley general
de salud en semejanza con el código civil plantea que la muerte pone fin a la persona, a
actividades
la muerte de una persona que es causada por otro no deja de desconocer esa
verdad y señalamos también que el tipo o figura del homicidio consiste solo en la
xxi
Menciona strabón, (2001) si en el tipo penal no se hace referencia a la forma de
anonadar la vida de otra, entendemos que podría ser por acción u omisión y en este
último supuesto será de aplicación el artículo 13 del Código Penal que pone la omisión
impropia.
En tal sentido todo ser humano tenemos derecho a la vida, así como lo
cual decimos que un homicidio es un delito que atenta contra la vida del ser humano.
Según Hurtado, (1995) señala que el código penal no nos da una definición
exacta sobre el tema de homicidio, en cambio describe la acción constitutiva del hecho,
Menciona Donna, (2003). Que por daños los cuerpos podemos entender a toda
alteración en las estructuras físicas los organismos. Se afectan la anatomía del cuerpo
externa. Los delitos consisten en alterar las integridades físicas de las propias víctimas,
habiendo irrelevantes que, en los casos concretos, se mejoran los organismos. Que
o miembros, ya que aún siguen junto alos cuerpos, por lo que son suficientes con que
las inutilidades sean tal que prácticamente sus funciones sean nulas o casi nula.
xxii
6.2.1.5.1. Tipicidad objetiva
entendidas desde las perspectivas naturales y biológicas, siendo así que los que se
pretenden proteger son las vidas de las personas, las mismas que comprenden según
nuestras sistemáticas desde el momento del parto hasta la muerte de aquella. Con el fin
de evitar confusión, cabe precisar que cuestión diferente son los bienes jurídicos y los
objetos materiales sobre las cuales recaen las acciones delictivas del agente. En efectos
en el homicidio simple los bienes jurídicos son las vidas humanas independientes en
tanto que los objetos materiales del ilícito son las personas humanas naturalmente con
vidas contra las que se dirigen el ataque y se producen los resultados letales.
vida humana independiente, en tanto que el objeto material del ilícito es la persona
humana naturalmente con vida contra la que se dirige el ataque y se produce el resultado
letal.
desde las perspectivas naturales y biológicas, que se pretenden cuidar las vidas de las
personas.
b) Sujeto activo.
ya que puede ser cometido por cualquier persona, estos tipos de delitos son validados
xxiii
Para Salinas, (2015) En los casos de omisión impropia, el sujeto activo solo
puede ser quien está en posición de garante respecto del bien jurídico lesionado. Si en el
caso concreto no puede determinarse que el sujeto tenía la posición de garante sobre el
señalando el que de esos modos se desprenden o interpretan que autor del homicidio
Así mismo Castillo, (2000) dice que es la persona natural que cuando realiza una
Menciona Hurtado, (1995) que los casos de homicidios simple el sujeto activo
adoptivo, conyugues o concubino puesto que en estos casos estaríamos al frente a las
c) Sujeto Pasivo.
Según Cabrera, (2002). Podemos señalar que es un titular del buen jurídico
protegido, es conciso que se trate de una persona que está viva y a su vez coincide con
Entendemos que los sujetos pasivos pueden ser también cualquier persona
natural y con vida desde su momento del parto hasta su fallecimiento debidamente
determinadas.
xxiv
Según Roy, (1997) indica que es la persona natural o jurídica que de forma
directa o indirecta se van a ver perjudicadas y afectadas con su accionar del sujeto
activo.
Cabe recalcar que los que procuran la muerte de un cadáver creyéndolos vivos,
Menciona Salinas, (2015) que los sujetos pasivos pueden ser también cualquier
debidamente determinadas la persona tendrá que ser un ser humano con vida. Los que
procuran la muerte de un muerto creyendo que está vivo, de ninguna manera podrán ser
imputados.
como menciona García, (2019). Son las reparaciones del bien o la indemnización por
los daños y perjuicios causados, están dirigidas a resarcir el daño también llamados
en otras palabras, podemos acotar que es aquella suma de dinero que permitirá
vea compensada.
Para Rioja (2002). Las reparaciones son aquellas que permite a las personas
afectadas por los daños pueden reparar materialmente las cosas al estado precedente a
las vulneraciones o se vean compensadas si eso fueran posibles tal como los pagos
valor protegido por las sociedades, el que seguirá siendo afectado mientras el sujeto no
cumpla.
xxv
El autor Villavicencio, (2010) menciona que la reparación civil no es una
fundamentan en el campo del castigo y en las prevenciones, sirviendo para cumplir con
los fines del derecho penal en los ámbitos de la prevención como sanciones económicas
Para Bramont, (2005) el define que las reparaciones civiles es las instituciones
jurídicas que buscan compensar a las personas que sufrieron un daño producto de las
comisiones de delitos por algunas otras personas, siendo sus fundamentos en haber
actividades con la que el agente según sus planes delictivos se coloca en relaciones
Acorde al artículo 16 de nuestro código penal, hay tentativas cuando los agentes
empiezan las ejecuciones de delitos que decide cometerlo sin consumarlo. de tal manera
tentativa es posible.
El autor Gálvez, (2012) menciona que solo resultan relevantes cuando los delitos
concretarse los resultados o si se llegan a consumar el delito las tentativas pierden toda
xxvi
Para Villavicencio, (1997) se tratan del acto realizado desde que se comienza las
tipos hasta la consumación de los delitos. En realidad, la tentativa solo resulta relevantes
toda importancia por los cuales se distinguen la tentativa con las interrupciones de los
Para Peña, (2017) Son aquellas sanciones punitivas, que suponen, la privación
cadena perpetua en el primer caso tendrá una duración de mínima de 2 días y una
máxima de 35 años.
xxvii
6.2.1.5.5. la pena en el homicidio simple
acuerdo con los tipos penales en las hermenéuticas a los sujetos activos se le impondrán
pena variará de acuerdo con las formas, modos, circunstancia y grados de culpabilidades
que procede el autor, todo esto serán probado durante los debidos procesos penales.
causado por el delito, es una especie de justicia penal compensatoria, mediante la cual el
justificada por el valor moral de la ley penal infringida por el culpable y el castigo que
sujeto». Según de este postulado es justo que el individuo sufra un mal a la medida de
su culpabilidad, en tanto que la pena refuerza el valor ético social del derecho atacado o
Determinación de la pena
deben de poner a la persona que comete una infracción de la ley, su criterio básico
era lo de las gravedades de los delitos cometidos el alcance de los mismos hechos y
xxviii
afectan de maneras directas o indirectas a los delincuentes, con el transcurrir del
individualización de la pena.
elemento que afecta al estudio que el juez utiliza, para poner la pena o algunas otras
sanciones que a su juicio merece la persona que está siendo juzgada. Por lo antes
7.1. El imputado
acusado. Deduce a ser aquella que por medio sus conductas penalmente antijurídicas
cometió un delito y hasta que exista una sentencia por parte del juez no se le puede
acusar.
7.2. La víctima
Acorde con el autor peña cabrera, (2018) que son aquellas personas donde las
cuales recaen el efecto nocivo del delito como titular de los bienes jurídicos
lesiones.
xxix
Los agraviados en principios son personas físicas, vivas quienes se han visto
7.3. La prueba
Como menciona peña cabrera (2018), las pruebas constituyen las bases
medulares del proceso penal, soportes informativos que llevan a los tribunales a
decidir las causas penales en ciertos sentidos ya que sin prueba de cargo que pueden
sostener las resoluciones de condena, no cabe más que remitir al acusado por más
proceso penal a las medidas del Estado de Derecho, en la cual la pena, solo pueden
procedimientos si estas no son así no cabe más remedio que absolver a los
Podemos acotar que la prueba son los instrumentos sustanciales dentro del
proceso penal en las cuales las partes en los juicios orales y contradictorios, enfrenta
Arma de fuego.
Es un dispositivo que promueve uno o varios disparos mediante las presiones generadas
Entonces entendemos que por aquellas armas que para lanzar balas no explosivo o
proyectil explosivo utilizan las fuerzas de expansiones de los gases producido por las
xxx
Homicidio. El homicidio es matar a otro ser humano es decir una acción condenada por
falsedades del hecho controvertido en los procesos sea cual fuese su naturaleza.
deduciendo párrafos y alegando oportunamente las referencias con las normas Apa.
armamentos que se hacen ilícitamente, sin licencias o permisos por la cual es parte de
los agentes.
xxxi
7. METODOLOGÍA
& Bautista (2018). Señala que “en el momento que la investigación describe las
xxxii
No experimental: es aquella que se realizan sin manipular deliberadamente
variables, que se basa fundamentalmente en las observaciones del fenómeno tal y como
se dan en el contexto natural para luego analizarlos. Hernández, Fernández & Batista,
padecimientos. Leal, (2009). Señala que “La totalidad de las acotaciones retrospectivas
fenómeno”.
tiempos sobre población subconjunto predefinida. (Mann, 2003). Señala que “utilizan
uno o más equipos de participantes los cuales son puestos a prueba en un intervalo de
transversal para luego evaluarla retrospectivamente Es obvio que, como resultado del
xxxiii
7.4. Unidad de análisis
análisis estará integrada por los propios documentos: las normas que regulan al artículo
concepto en cuestión”.
xxxiv
Para el recojo de datos se ha previsto diversos medios se podrán usar: fichas,
Será por etapas, cabe hacer énfasis en que las actividades de recolección y
orientada por los objetivos y la revisión permanente de las bases teóricas para
xxxv
natural a la primera revisión la intención no será precisamente recoger datos; sino,
revisión de la literatura.
planteamiento sobre el tema. Jacinto Arroyo (2018). señala que “Es una estrategia
contextuada participado por columnas y filas. Lo cual abre camino a la evaluación del
grado de coherencia y conexión lógica entre el título, el problema, los objetivos, las
xxxvi
TÍTULO: caracterización de delitos contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de homicidio simple, según el artículo 106 del
código penal vigente en el Perú, 2021.
ENUNCIADO DEL
OBJETIVOS VARIABLE METODOLOGÍA
PROBLEMA
Entonces la iniciativa
de la investigación Tipo:
surge de la necesidad OBJETIVO GENERAL:
Básica, puro o fundamental.
de responder esta Analizar y describir las características del delito
interrogante. Enfoque:
contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad
Cualitativo
de homicidio simple, en el artículo 106 del código
¿Cuáles son las penal vigente del Perú 2021. Nivel:
características y las Descriptivo.
relaciones inéditas de OBJETIVOS ESPECÍFICOS: caracterización del delito contra la
los casos de Diseño:
vida, el cuerpo y la salud, en la
homicidio en el Perú, No experimental, transversal o
Especificar las características descubiertas del delito modalidad de homicidio simple, según
con el delito contra la transaccional.
contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad el artículo 106 del código penal vigente
vida, el cuerpo y la de homicidio simple, en el artículo 106 del código en el Perú, 2021. Unidad de análisis:
salud?, en la penal vigente del Perú 2021. articulo106 del código penal
modalidad de Técnica:
homicidio simple Explicar y esclarecer las características de las Observación.
según el artículo 106 relaciones de homicidio en el Perú con el delito
del código penal Instrumento:
contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad
vigente del Perú, Fichas bibliográficas
de homicidio simple, en el artículo 106 del código
2021.5.2. Objetivos Mapas mentales
penal vigente del Perú 2021.
de la investigación. Cuadros sinópticos
37
7.9. Principios Éticos
juzgador aplica respetando todos los valores morales y éticos de forma equilibrada
investigación rigurosa que resulte confianza, sobre los conflictos de interés, sean
daños o riesgos que puedan acarrear para quienes se hallan en este proceso”. (p.4)
38
8. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
http://repositorio.upagu.edu.pe/bitstream/handle/UPAGU/1488/Tesis%20Casta
%c3%b1eda-%20Regalado..pdf?sequence=1&isAllowed=y
39
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Investigación. 5ta. Edición. México: Editorial Mc Graw Hill
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Lima: Ediciones Juris.
Mann, C. J. (2003). Observational research methods. Research design II: cohort,
cross-sectional and case-control studies. Emergency Medical Journal, 20, 54-
60. [ Links ]
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PERUANA DE LAS AMÉRICAS” lima, recuperado de:
http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/bitstream/handle/upa/371/.pdf?
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Stefani, D. y Feldberg, C. (2006). Estrés y estilos de afrontamiento en la vejez: un
estudio comparativo en senescentes argentinos institucionalizados y no
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Salinas Siccha, R. (2010). Derecho Penal: Parte Especial. (Vol. I). Lima: Grijley.
Salinas Siccha , R. (2015). Derecho Penal (Quinta Edicion Ed., Vol. I). Lima:
Justitia Sac,.
40
41
ANEXOS
42
Anexo 1: Cronograma de actividades
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
2021 2022
N° Actividades I semestre II semestre I semestre II semestre
1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4
8 Resultados de la investigación
9 Conclusiones y recomendaciones
43
Anexo 2: Presupuesto
Presupuesto desembolsable
(Estudiante)
Categoría Base Número Total (S/.)
Suministros (*)
Impresiones
Fotocopias
Empastado
Papel bond A-4 (500 hojas) 20.00 2 40.00
Lapiceros 30.00 2 60.00
Servicios
Uso de Turnitin 50.00 4 200.00
Sub total
Gastos de viaje
Pasajes para recolectar información
Sub total
Total de presupuesto desembolsable 300.00
Presupuesto no desembolsable
(Universidad)
Total
Categoría Base Número
(S/.)
Servicios
Uso de Internet (Laboratorio de Aprendizaje Digital -
30.00 4 120.00
LAD)
Búsqueda de información en base de datos 35.00 2 70.00
Soporte informático (Módulo de Investigación del
ERP University - 40.00 4 160.00
MOIC)
Publicación de artículo en repositorio institucional 50.00 1 50.00
Sub total 400.00
Recurso humano
Asesoría personalizada (5 horas por
63.00 4 252.00
semana)
Sub total 252.00
Total, de presupuesto no desembolsable 652.00
Total (S/.)
44
Anexo 3: Instrumento de recolección de datos
Ejemplo de Ficha
Concepto
Doctrina
………………………
Referencia
(Cita) bibliográfica de la
fuente citada
………………………Cita Referencia
bibliográfica de la
fuente citada
45
Anexo 5: Declaración de compromiso ético
proceso judicial en estudio, por lo tanto, se conoció los hechos e identidad de los
______________________________
Marilu Briseyda Granados Cacha
DNI N°76161347
46