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Reglamento Interno 72374 Ninantaya 2022

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REGLAMENTO

INTERNO 2022

Director: Lic. LUIS GERARDO MAMANI CUEVA

NINANTAYA – MOHO – PUNO - PERÚ


“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”

Ninantaya, 31 de diciembre del 2021.

Resolución Directoral Nº 09-2021-MED- DREP-DUGELM-DIEP. N°


72374-N.

Visto EL REGLAMENTO INTERNO de la Institución


Educativa Primaria No. 72374 de Ninantaya, UGEL Moho.

CONSIDERANDO:

Que, el presente Reglamento Interno tiene la finalidad de normar las


funciones y responsabilidades que regula la convivencia escolar de la Institución, para
mejora de los aprendizajes y el logro de las metas previstas en los compromisos de
gestión escolar.
De conformidad a la Ley General de Educación No. 28044-ED y de
acuerdo DS No.013-2004-ED. Reglamento de Educación Básica Regular, RM N° 714-
2018- MINEDU normas que orienta el desarrollo del año escolar 2019 y demás
disposiciones vigentes.

SE RESUELVE:
Art. 01, Aprobar el Reglamento Interno de la Institución Educativa Primaria
No. 72 374 de Ninantaya, correspondiente al año lectivo 2022.

Art. 2, Comunicar a las instancias educativas competentes para los fines


consiguientes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE

FIRMA ORIGINAL
……………………………….
Prof. Luis Gerardo Mamani Cueva
DIRECTOR.

LGMC/DIEPM
Cc. Arch.

INTRODUCCIÓN
El presente Reglamento Interno de la Institución Educativa Primaria N°
72374 de Ninantaya, es un documento normativo que permitirá la organización
y funcionamiento del la institución educativa, que norma funciones y
procedimientos que regulan el funcionamiento de la institución. En él establece
los derechos y deberes del personal, los criterios de administración y manejo
de recursos en el desarrollo de las actividades académicas y administrativas, el
régimen económico y disciplinario entre otros.

Por consiguiente, el personal docente, administrativo, estudiantil y padres


de familia, deberán regirse estrictamente con el presente reglamento,
fomentando la responsabilidad, la puntualidad, el espíritu de trabajo y la
práctica de valores; para mejorar el nivel de aprendizaje de los estudiantes y la
gestión de la institución.

No obstante, puede carecer de algunos vacíos imprevistos, lo cual debe


ser mejorado cada año con el apoyo de las normas y con la sugerencia de los
actores y agentes educativos.

Ninantaya, diciembre del 2021.

I.- BASE LEGALES:


 Ley Nº 28044, Ley General de Educación y sus
modificatorias las Leyes Nº 27950 y Nº 28139.
 R. S. N°011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de
Educación, Ley Nº 28044.
 R.S. 001-2007-ED. Aprobación del Proyecto Educativo
Nacional.
 R.M. Nº 0516-2007-ED, Lineamientos para el proceso de
matrícula escolar en las Instituciones Educativas Públicas
de Educación Básica.
 R.M. Nº 0440-2008-ED, que aprueba el Diseño Curricular
Nacional de Educación Básica Regular, como resultado del
proceso de revisión, actualización y mejoramiento.
 R.M. Nº 0069-2008-ED, Aprueba Directiva “Normas para la
matrícula de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en
los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo
en el marco de la Educación Inclusiva.
 R.M. Nº 0401-2008-ED, Aprueban Normas y
procedimientos para la Gestión del Banco de Libro de
Educación Básica Regular.
 Decreto Supremo Nº 004-2006-ED, que aprueba el
Reglamento de la Ley Nº 28628, que regula la participación
de las Asociaciones de Padres de Familia en las
Instituciones.
 RVM Nº 038-2009-ED, que aprueba los “Lineamientos y
Estrategias Generales para la Supervisión Pedagógica”.
 RM N° 199-2015-MINEDU, que Modifica el Diseño
Curricular Nacional de la Educación Básica Regular.
 R.M. Nº 657-2017-MINEDU, Aprueba las “Normas y
Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2018 en
la Educación Básica”.
 RM N° 281-2016-MINEDU, que aprueba el Currículo
Nacional de la Educación Básica.

PRINCIPIOS:
 Normar la organización y funcionamiento de la institución
educativa
 Brindar una educación integral a los estudiantes de acuerdo a los
intereses, necesidades, aspiraciones y potencialidades.
 Estimular la capacidad de creación, orientación vocacional,
hábitos de seguridad, responsabilidad, cooperación, higiene,
orden y valores.
 Cumplir con los fines y principios de la educación peruana y con
los objetivos de educación primaria.
 Propiciar conocimiento, práctica de valores éticos y morales,
cívico patriótico y religiosas.
 Promover y organizar la participación de los actores y agentes
educativos.
 Brindar una formación integral para la vida.

OBLIGATORIEDAD:

 La responsabilidad está a cargo de todos los agentes y actores


educativos de la comunidad de Mililaya.
 Director del plantel
 Plana docente.
 Personal de servicio.
 Padres de familia.
 Consejo Educativo Institucional CONEI.
 Consejo Directivo de APAFA.
 Autoridades locales.
 La comunidad.

MODIFICACIONES:
 El presente reglamento interno será revisado y modificado
anualmente para mejorar y adecuar la organización de la
institución educativa.
 El director está autorizado para modificar en cuanto sea
necesario en función a las normas vigentes.

SANCIONES AL PERSONAL.
Las sanciones que se aplicará a personal de la institución
serán de acuerdo a las normas vigentes, a cargo de la dirección del plantel en
forma documentada al órgano inmediato superior.
 Llamada de atención verbal.
 Llamada de atención escrita.
 Aplicación de multas establecidas.
 Suspensión en el ejercicio de sus funciones, previo proceso
administrativo.
 Separación definitiva de la institución, previo resolución
administrativa.

FALTA DE LOS ESTUDIANTES:


 Realizar actividades ajenas a su función dentro del horario de
trabajo en la institución
 Pedir compensación a sus compañeros por facilitar materiales,
útiles escolares, trabajos encargados, etc.
 Poner sobrenombres a sus compañeros o al personal del plantel.
 Salir de la institución sin autorización del personal o dirección.
 Hacer mal uso de los ambientes y materiales de la institución.
 Apropiarse de objetos ajenos que no lo pertenece.
 Hacer obsequios a los docentes a cambio de notas.
 Realizar comercio personal dentro de la institución.
 Rayar, escribir, ensuciar, romper las paredes, vidrios y el patio de
honor.
 Tener mal comportamiento y participar en actos contra la moral,
las buenas costumbres dentro o fuera de la institución.
 Inasistir injustificadamente en forma constante a la institución.
 Agredir o maltratar físicamente o de palabra a sus compañeros.

SANCIONES PARA LOS ESTUDIANTES:


 Llamada de atención verbal de manera personal.
 Llamada de atención escrita, comunicando a sus padres.
 Suspensión de labores escolares no mayor de 1 a 5 días, según
la gravedad de falta
 Separación de la institución previa informe final de la
superioridad.

ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES:


 Los estudiantes que destaquen en sus acciones educativas
serán estimulados con diplomas de honor o resoluciones de
felicitación por parte de la dirección del plantel.
CAPAITULO II

DEBERES Y DERECHOS

DEBERES Y DERECHOS DEL DIRECTOR DE LA INSTITUCIÓN


EDUCATIVA:

El Director, es la primera autoridad de Institución Educativa, responsable del


plantel, asumiendo responsabilidades frente al Ministerio de Educación
responsable de la programación, organización, conducción, desarrollo, supervisión
y control de todas las acciones técnico - pedagógicas y administrativas de los
diferentes servicios que brinda a Instigación Educativa. El Director es titular y
cumple las siguientes funciones:

1. Representar legalmente a la institución.


2. Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el Plan Anual de
Trabajo, con la participación del personal docente y la colaboración de
Padres de familia.
3. Velar por el cumplimiento de los objetivos de la institución Educativa y
por el buen trato de los educandos dentro y fuera del plantel.
4. Supervisar y evaluar las actividades administrativas y
pedagógicas en asamblea.
5. Realizar supervisión y/o monitoreo de las acciones Técnicos -
Pedagógicas en forma trimestral al personal a su cargo.
6. Convocar y dirigir las reuniones del persona1 decente y padres de
familia a nivel de la institución Educativa
7. Autorizar visitas de estudio y/o excursiones dentro del ámbito
Provincial o Departamental, de acuerdo a las normas específicas.
8. Organizar el proceso de matricula, autorizar traslados, pruebas de
ubicación de los educandos.
9. Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los educandos
en los documentos pedagógicos oficiales, de acuerdo a las normas
educativas.
10. Expedir Certificado de estudios de acuerdo a las normas vigentes.
11. Estimular y/o sancionar, según el caso, a los alumnos y al personal a
su cargo del Plantel de conformidad a las normas vigentes y al
Reglamento.
12. Coordinar, dirigir, controlar y evaluar la labor que realizan el persona] a
su cargo.
13. Otorgar permisos al personal docente a su cargo hasta por (03)
días no consecutivos al año por causas justificadas.
14. Firmar en representación del empleador las fichas de atención de
seguro integral u oirás.
15. Llamar la atención verbal y/o por escrito al personal a su
cargo, por incumplimiento de sus funciones, en caso de reincidencia o
gravedad de las faltas se informará por escrito a la superioridad.
16. Formular el presupuesto de la Institución Educativa, coordinar con la
APAFA y velar por la correcta administración de los recursos
recaudados, incluyendo los recursos propios. Asesorar y supervisar para
su uso correcto uso del movimiento económico de la APAFA.
17. Promover la cooperación de instituciones locales y regionales para
mejorar los servicios educativos.
18. Administrar la documentación de la Institución Educativa y coordinar con
la UGEL.
19. Administrar la estadística educativa y llevar el inventario de bienes y
enseres en orden.
20. Coordinar acciones de capacitación para los docentes con la UGEL.
21. Establecer el horario de trabajo, conforme a las disposiciones legales.
22. Delegar la función del Director al profesor de tumo en caso de ausencia
de la Institución Educativa y/o al Docente más antiguo.
23. Innovar y ejecutar acciones permanentes; de mantenimiento y
mejoramiento de la infraestructura de 'a Institución Educativa.
24. Dar cumplimiento a las normas legales y disposiciones
emanadas de la superioridad, adecuando a la realidad.
25. Promulgar en la Institución Educativa, los documentos normativos que
orienten la vida de la Institución Educativa y que estén en concordancia
con las normas oficiales vigentes.
26. Elaborar y Ejecutar los instrumentos de gestión de la Institución
Educativa, de acuerdo a los instructivos impartidos y derivar a los
escalones superiores.
27. Estudiar, analizar e Interpretar los dispositivos legales y documentos
técnico pedagógicos.
28. Velar por la disciplina y el orden del personal y alumnado dentro y fuera
del plantel.
29. Otorgar licencias cuando la licencia sea de (30) a más días; seleccionar
y proponer al docente titulado reemplazante, por el tiempo que dure la
licencia del titular comunicando oportunamente al órgano intermedio o
UGEL.'
30. Estimular al personal a su cargo por acciones extraordinarias tanto
en el cumplimiento de sus funciones como en otras que redunden en-
beneficio del plantel y la comunidad, proponer a la UGEL para su
reconocimiento con.
Resolución u oficio de felicitación.
31. Promover la formación se comités de responsabilidad del persona! y
fomentar el cumplimiento de sus funciones.
32. Controlar la asistencia y el cumplimiento de sus funciones del personal
a su cargo.
33. Aprobar bajo Resolución Directoral, las Nóminas, Actas, PAT, R.I , y
otros documentos de la Institución Educativa.
34. Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento Interno durante su
vigencia.

DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE:

El personal docente que labora en la Institución Educativa Primaria No. 72 374


de Ninantaya, tiene los mismos deberes y derechos normados por la Ley de
Educación, Ley del Profesorado y su modificatoria y otras normas laborales
correspondientes al sector Educación.

1. El horario de trabajo del personal docente es discontinuo: entrada 8:30


am y salida 2:00 p.m.
2. Participar en al elaboración, ejecución y evaluación de los Instrumentos
de gestión, de la Institución Educativa.
3. Realizar la labor educativa dentro y fuera del plantel educativo.
4. Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares del grado a
cargo, así como las actividades de Tutoría. Y las de Promoción
Educativa comunal; informando su avance oportunamente a la Dirección.
5. Organizar y ambientar el aula, preparar material educativo cotila
colaboración de los educandos y padres de familia.
6. Evaluar el aprendizaje de los educandos de acuerdo a las normas,
evaluativos, informando de sus resultados a los padres de familia ya la
Dirección.
7. Elaborar y mantener actualizada su carpeta Técnico -
Pedagógica y administrativa del grado a su cargo.
8. Entregar informes de la labor académica al final del año a la Dirección.
9. Participar en acciones programadas de investigación y
experimentación de nuevos métodos y técnicas de trabajo
educativo, así como en eventos actualización profesional por la
Institución Educativa y/o por las instancias superiores.
10. Realizar acciones de recuperación Pedagógica de sus educandos a su
cargo.
11. Atender a los educandos y velar por su seguridad .durante el-tiempo
que permanezcan en el plantel; Incluyendo las horas de recreo, higiene y
alimentación
12. Velar por el buen estado de conservación de bienes y ambientes de la
Institución Educativa.
13. Coordinar y mantener comunicación permanente con 'os padres de familia
sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y del
comportamiento de los alumnos.
14. Demostrar puntualidad en sus horas de clase.
15. Asistir y participar a las reuniones cada vez que convoque el Director del
Plantel.
16. Firmar el registro de Asistencia en forma diaria, entrada al entrar y salida al
salir de la Institución Educativa.
17. Estar presente en la hora de formación al frente se sus alumnos.
18. Cuando por razones necesarias desea trabajar fuera del Plantel, debe
comunicar a la Dirección.
19. Entregar los informes de progreso en forma trimestral a los alumnos o
padres de familia.
20. Ingresar al Plantel por lo menos 10 minutos antes de la formación.
21. Cumplir con las disposiciones recibidas por la Dirección y/o instancias
superiores.
22. No inmiscuirse en funciones administrativas, ni dar solución cualesquiera,
que solo son funciones del Director de la Institución Educativa.
23. Cumplir con el turno semanal, programado por el Director del plantel.
24. Participar activamente en los trabajos, para beneficio de la Institución
Educativa.
25. Proporcional a 'a Dirección del Plantel, los datos requeridos u otros.
26. Controlar la asistencia diaria de sus alumnos (a! ingresar al aula ).
27. Llevar actualizado el inventario de bienes y materiales de su aula.
28. Llevar al día el registro auxiliar y oficial de evaluación de los educandos.
29. Portar papeleta de salida con registro en el cuaderno correspondiente.
30. Dirigir en los juegos deportivos a los niños de la Institución Educativa.

DEBERES DEL PROFESOR DE TURNO:

1. Representar al Director en su ausencia.


2. Desempeñar el turno semanal de lunes a viernes.
3. Dirigir el desarrollo de las actividades permanentes
4. Organizar y conducir las actividades del Calendario Cívico Escolar,
etc.
5. Controlar la higiene y la disciplina de los educandos del plantel.
6. Dar cuenta a la Dirección sobre las incidencias conductuales
negativas o positivas de los agentes educativos.
7. Coordinar y evaluar las acciones que cumplen el personal de servicio
durante-el turno semanal, con cargo e informe a la Dirección del plantel.
8. El profesor de turno deberá llegar con una anticipación de 15
minutos, antes de la formación de los educandos.

DEBERES DEL PERSONAL DE SERVICIO:

1. Cumplir sus funciones con puntualidad y responsabilidad en horario


establecido.
2. Desempeñar la función de portería y vigilancia del plantel tanto diurno como
nocturno.
3. Realizar la limpieza de aulas, patios, servicios higiénicos, conservación de
todos los ambientes de la institución
4. Asumir el cuidado y control de salida e ingreso de los bienes y enseres de
la Institución Educativa bajo responsabilidad.
5. Almacenar y distribuir los alimentos del desayuno escolar diariamente a
la comisión de cocina y a los alumnos del plantel, debiendo registrar la
entrada y salida de los alimentos, en coordinación con el comité encargado
y dar informe a la Dirección del Plantel.
6. Asistir a las reuniones y cumplir otras funciones que asigne el Director. ;
7. Distribuir interna y externamente los documentos que encargue el Director.
8. Realizar arreglo y repintado del local escolar, mobiliarios, etc. Con
participación de los Padres de familia.
9. Organizar los archivos del plantel en coordinación con la Dirección.
10. Participar activamente en el mejoramiento de la infraestructura educativa
de la Institución Educativa, con la participación de padres de familia.
11. Tocar el timbre para la hora de entrada, salida y los recreos
correspondientes.
12. Cumplir las tareas asignadas o encomendadas por la Dirección y
de los profesores de turno semanal
13. Debe ofrecer un trato respetuoso al Director, Profesores, alumnos y Padres
de familia.
14. Reemplazar al profesor de aula ausente, por motivos de salud u otros
justificados de su inasistencia.
15. Informar a la Dirección detalladamente sobre los daños y/o desperfectos de
las instalaciones y mobiliarios indicados a las personas responsables,
fecha y circunstancia del hecho. .
16. En caso de pérdida de bienes o enseres de la Institución Educativa deberá
asumir bajo responsabilidad según sea el caso

DEBERES DE LOS COMITES DE AULA:

1. Planificar, programar, ejecutar y evaluar, las actividades relacionadas


a sus comités.
2. Fomentar la participación de les alumnos, padres de familia y la
comunidad en el desarrollo de las actividades programadas.
3. Coordinar sus acciones con la Dirección y e! personal .del plantel. .
4. Conformar equipos de trabajo para el desarrollo de las acciones
específicas.
5. Desarrollar actividades relacionados a su comité en provecho del.
plantel.
6. Informar a la Dirección, sobre los resultados de la actividad en forma
oportuna.
DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO:

1. Tener estabilidad y percibir una remuneración por el trabajo realizado.


2. Gozar de vacaciones, permisos y licencias conforme a
las normas correspondientes del sector educación,
3. Participar en toda actividad cultural, social, económica y política que se
desarrolla en beneficio del plantel.
4. No ser discriminado por razón de sexo, raza, religión o idioma.
5. Ser reconocido por la Dirección, autoridades, padres de familia por una
labor destacada realizada a favor de los educandos y del plantel.
6. A todos los derechos estipulados en la Ley N° 24029 y su
modificatoria Ley N° 25212 y su Reglamento D.S. N° 019-90-ED.
7. Los derechos del personal de servicio están en D.L. N° 276-84 - ED.

DEBERES DE LA POLICÍA ESCOLAR:

1. Apoyar al profesor de turno en la formación y control de la


disciplina.
2. Colaborar en el control de la puntualidad de los educandos.
3. Apoyar a sus compañeros en mantener las buenas costumbres
y el buen comportamiento.
4. Colaborar con el cuidado y conservación de la infraestructura,
mobiliario y materiales educativos.
5. Participe: activamente en al formación, desplazamiento y en el
desarrollo de las actividades del calendario Cívico Escolar.
6. Ingresar a la Institución Educativa antes que sus compañeros
y retirarse al último, dando ejemplo de puntualidad y buen
comportamiento.

DEBERES DE LOS EDUCANDOS:

Los educandos también tienen deberes y derechos los más


resaltantes son las siguientes:

1. Asistir puntualmente, aseados y con todos sus útiles escolares a sus labores.
2. Asumir con responsabilidad su aprendizaje, comisiones o cargo que se le
asigne.
3. Velar por el prestigio de la Institución Educativa, representando en
toda competencia educativa.
4. Cuidar y conservar el mobiliario, material didáctico e infraestructura del aula y
de la Institución Educativa.
5. Practicar los valores como respeto mutuo, el compañerismo, la solidaridad, la
cooperación y la participación activa con sus compañeros y maestros.
6. Participar activamente en el desarrollo de actividades culturales,
deportivas, recreativas del calendario cívico escolar y otros ' pertinentes al
que hacer educativo.
7. Cumplir responsablemente con las tareas y trabajos que le asigna su profesor,
para ampliar su aprendizaje.
8. Observar buena conducta dentro y fuera de la institución Educativa.
9. Cultivar en buen lenguaje desterrando las expresiones vulgares.
10. Justificar su inasistencia mediante excusa verbal o escrito del padre de familia
o apoderado.
11. Responsabilizarse de los daños o desperfectos de local como mobiliario y
otros.
12. Ser aceptado y recibir una formación integral en cada grado de estudios dentro
de un ambiente que le brinde seguridad moral y física, así como los servicios
de OBE.
13. Ser tratado con dignidad y respeto son discriminación por sexo, raza, condición
y ser informado oportunamente.
14. Recibir estímulos por sus méritos obtenidos por cumplimiento de sus labores
in forma resaltante.
15. Hacer uso adecuado y oportuno de las instalaciones de la Institución
Educativa.
16. Acatar normas establecidas en el aula y el Reglamento Interno de la Institución
Educativa.

DEBERES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE APAFA:

La Directiva de APAFA, es la institución que representa a la comunidad de


padres de familia y apoderado de los alumnos matriculados de la institución
Educativa tienen los siguientes deberes:

1. Participar e intervenir en las acciones de planificación corno


organización, ejecución y evaluación del proceso educativo.
2. Velar por la gestión, mejoramiento y conservación de la infraestructura de la
Institución Educativa.
3. Formular el presupuesto de la APAFA anualmente.
4. Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo y el Reglamento
Interno de la institución Educativa.
5. Respetar y proponer estímulos para los profesores y alumnos
sobresalientes en el que hacer educativo y comunal.

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA:

1. Enviar a sus hijos a la Institución Educativa en forma oportuna y con sus


respectivos útiles escolares.
2. Cumplir con los acuerdos tomados en reuniones y las cuotas de APAFA.
3. Apoyar en las acciones educativas que se realiza en la Institución
Educativa.
4. Prestar apoyo moral y material a sus hijos velando por el cumplimiento
de sus deberes y obligaciones.
5. Estimular el buen aprovechamiento de sus hijos y la buena labor de
los Profesores.
6. Respetar el desarrollo académico que realiza el docente.
7. Acudir puntualmente a las reuniones fijados por el profesor, Director
APAFA.
8. Elegir y ser elegido para los comités de aula o Directivos de APAFA.
9. Participar en acciones que impliquen la obtención de fondos para el
mejoramiento de la infraestructura, la adquisición de mobiliarios y
material educativo y bibliográfico.
10. Realizar visita a la Institución Educativa sin interrumpir el trabajo del
profesor para informarse de sus hijos y si el caso se da, responder por los
daños que ocasionen sus
11. hijos en la Institución Educativa. .
12. Justificar la inasistencia de sus hijos a la Institución Educativa sea en forma
verbal o escrito.
13. Ser partícipe de las acciones de control al personal de la Institución
Educativa conforme a lo normado por la R.M. 708 - 2000 - ED.
14. Cumplir con lo establecido en el presente reglamento, los acuerdos
tomados en reuniones y establecidos en el Reglamento de APAFAS.

CAPITULO III

RÉGIMEN ACADÉMICO

1. El horario de trabajo se establece de acuerdo al contexto local y


regional siendo lo establecido para la institución Educativa: entrada
8:30 a.m. y salida 2:00 p.m.
2. El año escolar tendrá una duración mínima de 40 semanas, 1100 horas
efectivas de clase divididas en 3 semestres; La fecha de inicio es el
15 de Marzo y termina el 17 de Diciembre.
3. El equipo de docentes y actores educativos planifican las acciones
pedagógicas en el meses de diciembre del cada año para el siguiente año
lectivo con son: PEI, PCE, PCA, PAT, RI, y otros documentos de cada
aula, siendo responsabilidad de cada profesor de aula en coordinación
con la Dirección.
4. El cumplimiento de las acciones pedagógicas serán supervisadas por e,
Director del Plantel, conforme a las normas correspondientes.
5. El progreso de los alumnos serán evaluadas por los docentes de aula en
forma permanente y cualitativamente, conforme al Nuevo Enfoque
Pedagógico, de lo cual informarán en forma oportuna a los padres de
familia y a ¡a Dirección.
6. La distribución de grados, aulas, mobiliarios y materiales educativos se
realizará en el mes de marzo para garantizar las acciones pedagógicas en
la Institución Educativa en forma coordinada entre todos los agentes
educativos.
7. El Ministerio de Educación norma los planes de estudió y los programas
curriculares básicos se adecuaran de acuerdo a la realidad, en
base al análisis del medio circundante.

CAPITULO IV

RÉGIMEN ADMINISTRATIVO

1. Los documentos oficiales de la institución educativa son:


 Constitución Política del Estado.
 Normas emanadas por el MED, DREP Y UGEL
 PDI, PCE, PAT, Rl, Nóminas, Actas de evaluación, informes de asistencia del
personal, fichas de supervisión interna Libro de actas, inventario, libro de caja,
padrón de padres de familia, ficha de matrícula de los alumnos, registros de
evaluación, estadística y otros.
2. El calendario cívico escolar y comunal se cumplirá a nivel de aula e Institución
Educativa en forma oportuna y coordinada con participación de los agentes
educativos.
3. El periodo de las vacaciones será de forma semestral a medio año lectivo.
4. Las matrículas para el Primer grado se realizará para los niños que hayan
cumplido 06 años al 31 de marzo del año en curso y en caso que el niño haya
asistido a nivel inicial o PRONOEIS hasta el mes de julio previa presentación
de su partida de nacimiento o boletas y otros.
5. Las matrículas y ratificaciones procederán en forma automática.
6. Los traslados de matrícula procederán previa presentación de la
respectiva constancia de vacante y hasta tercer periodo.
7.- Las nóminas de matrícula, actas de evaluación serán aprobadas por la
Dirección de l
8.- La evaluación de los alumnos serán en forma integra, flexible y permanente en
forma cualitativa utilizando los códigos AD-A-B-C.
9.- Las pruebas de ubicación procederán a solicitud del padre de familia y/o
apoderado a la Dirección. El Director autorizará bajo R.D. conforme a las normas
vigentes de evaluación.
10.- Al final del año se otorgará certificado de estudio a los alumnos que egresan
en forma satisfactoria de Educación Primaria, la-misma que estará a cargo de!
Director del Plantel conforme a las Normas oficiales.
11.- Las evaluaciones de recuperación se efectuarán conforme a ¡as normas, en
el mes de Marzo de' año siguiente a excepción del sexto grado que deberá ser en
mes
12.- La Dirección de la Institución Educativa conjuntamente con el persona!
aplicará las normas vigentes sobre evaluación de los educandos emanados por el
MED, DREP y UGEL

CAPITULO V

RÉGIMEN ECONÓMICO

1. Los recursos económicos son obtenidos por cuotas ordinarias de APAFA,


cuya economía sirve para el mantenimiento y conservación de la
infraestructura y la renovación de! mobiliario escolar del plantel
2. No se cuenta con recursos propios.
3. Los ingresos y egresos de la economía serán registrados en el Libro de Caja
de la Institución Educativa, previa sustentación con las boletas, declaraciones
juradas y otros documentos legales y aprobado por la asamblea de docentes y
padres de familia.
4. Con la participación de los agentes educativos se podrá organizar
actividades diversas para obtener fondos económicos en beneficio del plantel
educativo.
5. La perspectiva información se entregará a fin de cada año a la UGEL para su
revisión y visación de libro de caja de la Institución Educativa.
6. Coordinar con la asociación He padres de familia. el uso de los fondos que ella
recaude, teniendo en cuenta los requerimientos de acuerdo a! Plan Anua! de
Trabajo la priorización de gastos para !os requerimientos pedagógicos y de
participación cultural y deportiva.

CAPITULO VI

RÉCURSOS MATERIALES

1. Son recursos materiales de la Institución Educativa todos los bienes que


posee, las mismas que están registrados en el Libro de Inventario de Bienes,
que es actualizada cada fin de año.
2. Son materiales educativos, los textos, cuadernos, guías y otros recibidos por el
MED y de otras instituciones, la misma que se deben distribuirse a los
diferentes grados para su uso respectivo.
3. Será de responsabilidad deja Dirección y el comité respectivo, seguir buscando
mayor cantidad de materiales para la Institución Educativa.

CAPITULO VII
ESTIMULOS FALTAS Y SANCIONES
 El personal de la Institución Educativa, tiene derecho a ser estimulado
mediante una Resolución Directoral, u Oficio de felicitación, por cumplir
una acción destacable dentro de sus funciones.

Se consideran prohibiciones del personal:

1. Realizar acciones distintas a su función, dentro del horario establecido por la


Dirección.
2. Recibir una retribución de parte de padres de familia y alumnos, por realizar
acciones favorables hacia el alumno.
3. Realizar actividades políticos partidarios en la Institución Educativa y en
horario de trabajo.
4. Realizar actividades en beneficio personal con participación de los alumnos.
5. Realizar actividades o celebrar contratos sin conocimiento o autorización de la
Dirección.
6. Extraer documentos del Plantel sin autorización del director del Plantel.

Se considera faltas del personal:

1. El incumplimiento de las normas establecidas en las leyes, normas vigentes y


el Reglamento interno de la Institución Educativa.
2. Incurrir en actos de violencia, indisciplina, inmoralidad o falta de palabras el
superior y/o a sus compañeros de trabajo.
3. Utilizar los bienes de la institución Educativa en beneficio personal.
4. Concurrir a su Centro de Trabajo en estado de embriaguez o etílico.
5. Abuso de autoridad con los alumnos y padres de familia.
6. Llegar tarde a su Centro de Trabajo.
7. Ausentarse injustificadamente por: 03 días consecutivos, 05 días no
consecutivos en 30 días, 15 días no consecutivos en 180 días. La misma que
serán sancionados e informados a los escalones superiores por la dirección.
8. Abandonarla Institución Educativa, en horas de labor sin permiso, ni
justificación alguna.
9. Dedicarse en horas de trabajo a otras labores ajenas a su función
10. Emplear a los alumnos para servicios personales.
11. Solicitar cuotas de dinero a los alumnos y/o padres de familia sin la
autorización de la Dirección.
12. Realizar reuniones sin autorización y conocimiento de la Dirección.
13. Someter castigos corporales a sus alumnos.
14. Simular reiteradas enfermedades.
15. Sacar fuera del plantel los materiales, mobiliarios u otros sin autorización de la
Dirección.
16. Acosar de negligencia en el desempeño de funciones al Director.
17. Firmar el registro de control de asistencia, por otro o por firmar en forma
adelantada.
18. Divulgar informaciones que solo es competencia del Director del Plantel.
19. No podrá fomentar o realizar actos qua atenten contra el amoral y desprestigio
de la imagen de la Institución Educativa.
20. No fomentar conflictos, actitudes de rebeldía y/o faltamiento de autoridad.
21. Incumplir las normas del presente Reglamento.

CAPITULO VIII.

RELACIONES Y COORDINACIONES:
 La institución educativa debe tener relación con la UGEL, DREP
y MED.
 La dirección solicitará asesoría al equipo de especialistas de la
UGEL, DREP, MED para profundizar temas pedagógicos y de
gestión.
 La institución mantendrá relaciones multisectoriales con
entidades públicas y privadas.
 Constante coordinación con los agentes y actores educativos de
la comunidad y local.
 Coordina para actividades culturales: deportivo, artístico, paseos,
visitas, intercambio de experiencias.

DISPOSICIONES FINALES :

 PRIMERO.- Los aspectos no contemplados en el presente


reglamento será absueltos en reunión de los actores y agentes
educativos.
 SEGUNDO.-Los aspectos normativos no contemplados en el
presente reglamento se regirán conforme a las normas legales.
 TERCERO.- El presente reglamento será aprobado por
asamblea de docentes en coordinación con la dirección del
plantel.
 CUARTO.- El presente reglamento interno tendrá vigencia en el
presente año lectivo, sujeto a modificaciones y actualizaciones
cada año.
 QUINTO.- Debe ser aprobado en virtud a una resolución
directoral de la institución educativa.
 SEXTO.- Entra en vigencia a partir Marzo del 2021.
LGMC/DEIPM
Cc.arch.

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