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Reglamento de La Brigada de San Diego
Reglamento de La Brigada de San Diego
Reglamento de La Brigada de San Diego
ESTADO CARABOBO
CUERPO DE BOMBEROS (AS)
Y ADMINISTRACION DE EMERGENCIA DE CARÁCTER CIVIL
BRIGADA DE BOMBEROS INFANTIL Y JUVENIL
DEL MUNICIPIO SAN DIEGO
DISPOSICIONES GENERALES
DE LA DENOMINACIÓN DE LA BRIGADA.
DEL PERSONAL
OBJETO
Artículo 3: El presente reglamento tiene por objeto, regular la competencia, formación, organización,
funcionamiento, centralización, supervisión, control y manejo de la BRIGADA DE BOMBEROS
INFANTIL Y JUVENIL DE SAN DIEGO.
Artículo 4: La Brigada, tendrá su sede principal para el desarrollo de las actividades, en la Estación
del Cuerpo de Bomberos (as) DE SAN DIEGO, ubicada en la Urbanización Valle Verde, Av. 69,
Parque Metropolitano de San Diego, 3ra Etapa. Y de igual forma se creara otras sedes de cuerdo a
las necesidades o expansión
Artículo 5: La Brigada, realizara las actividades normales los días sábados en el horario
comprendido de 08:00 a.m. hasta las 04:00 p.m. y domingos, cuándo sea necesaria en un horario
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comprendido de 09:30 a.m. hasta las 12:30 p.m., sin menoscabo de las otras actividades que le sean
requeridas en otros horarios.
FINALIDAD
1. Crear un programa de apoyo para el desarrollo integral de los niños, niño y adolecente, para
apoyar e la educación de los mismos.
2. Afianzar y continuar el proceso de desarrollo intelectual de los niños, niño y adolecente que la
integran.
3. Contribuir al mejoramiento moral y físico, mediante las enseñanzas que se impartan, como
proceso continuo, conforme a las técnicas de enseñanzas.
4. Suministrar a los cadetes, los conocimientos básicos, necesarios para ayudar y colaborar con
la comunidad.
5. Preparar la inteligencia, la sensibilidad y la voluntad de los integrantes.
6. Cooperar en la preparación de los futuros ciudadanos, al fin de que alcancen una adecuada
valoración de la vida, para lograr su incorporación y participación social activa.
7. Preparar a los cadetes para el trabajo de bomberos en prevención a su ascenso a la categoría
de bomberos voluntarios cuando cuenten con la edad reglamentaria
Artículo 8: El servicio de la Brigada es un servicio público prestado en todo el territorio municipal
por el Cuerpos de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil, del
Municipio SAN DIEGO, como órganos de seguridad ciudadana, en condiciones permanente, de
actuación inmediata y primaria de las emergencias, con eficiencia, eficacia y efectividad, dirigido a la
protección de los niños y el adolecentes, a objeto de cumplir con las Ley Orgánica de los Cuerpos
de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 10: A los efectos del presente reglamento, se define al brigadista o cadete como un niño o
joven con vocación de estudio, preparado física, psíquica, somática y técnicamente, que inicia su
línea de profesionalización, a través de un Programa de Formación Único para Brigada,
contribuyendo al cumplimiento de la misión de los Cuerpos de Bomberos y Bomberas.
VALORES Y PRINCIPIOS
Artículo 12: Las brigadas de bomberos infantil y juvenil son órganos de prevención y seguridad
ciudadana, conforme a lo establecido en la ley orgánica Cuerpos de Bomberos y Bomberas y
Administración de Emergencias de Carácter Civil, y por su finalidad y atribuciones establecidas en
este reglamento; son instituciones uniformadas y jerarquizadas, sin militancia política, cuya misión es
la de intervenir oportunamente como primera respuesta en la atención de las emergencias, para
salvaguardar la vida y bienes en todo el territorio municipal y actuarán de manera coordinada con los
bomberos profesionales, producto de amenazas, eventos o calamidades naturales, socionaturales,
antrópicos o de otro origen.
Artículo 13: La brigada de Bomberos infantil y juvenil DE SAN DIEGO, actúan dentro de su ámbito
territorial municipal y podrán prestarse apoyo recíproco, cuando sea solicitada su colaboración por el
Coordinador de la brigada que tenga bajo su responsabilidad el mando de las brigada previa
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autorización de los Primeros o Primeras Comandantes, o en su ausencia, por la línea de mando
establecida por la Comandancia General de las Instituciones Bomberiles Involucradas.
Artículo 14: La admisión de los alumnos correspondientes a la Brigada y para ingresar a ella se
debe cumplir con los siguientes requisitos:
A) El aspirante debe acreditar haber cumplido los 8 a 17 años la edad correspondiente
establecida en este reglamento interno al momento de solicitar su ingreso o haber estado
cursando 4togrado.
B) El aspirante presentara solicitud escrita a los encargados de la brigada en un formulario
especial que le será facilitado por esta institución.
C) Para presentar la solicitud deberá concurrir acompañado de sus padres, tutor, o apoderado y
traer los siguientes documentos en una carpeta oficio marrana:
1).Partida de nacimiento.
2).Constancia de estudios
3).Copia del boletín actualizada
4).Constancias de buena conducta del plantel de estudia
5).Constancia de residencia y buena conducta emanada por el consejo comunal
6).Copia de la cedula de identidad del alumno
7).Copias de la cedula del representante
8). (3) fotos del alumno fondo azul con su nombre y apellido 2x2
9). (2) fotos del representante con nombre y apellido 2x2
10).Constancia de niño sano
11) Permiso Notarial o por el representante para pertenecer a la Brigada Infantil y Juvenil DE SAN
DIEGO.
12).Los alumnos mayores de 15 años de edad presentar certificado de salud
13).Síntesis curricular de ambos padres.
IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONAL
Artículo 15: La brigada de bomberos infantil y juvenil DE SAN DIEGO, es el nombre exclusivo para
identificar a esta brigada de niños y jóvenes al final de éste. Adicionalmente, se identificará con:
1. Una misión única: Salvar vidas y bienes;
2. Un lema único: Disciplina y Estudio;
3. Un Código de Ética del brigadista o cadete;
4. Un Himno propio de la brigada DE SAN DIEGO, y uno por cada brigada que se funde en el
municipio;
5. Un estandarte principal y uno por cada brigada fundada;
6. Un escudo único y por cada brigada fundada;
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7. Uniformes reglamentados en color azul marino o azul cielo predominante y rojo carmesí, con
características propias e insignias;
8. Credencial de identificación única, expedida por cada Institución Bomberil;
9. Un régimen disciplinario propio;
10. Un instrumento normativo sobre orden cerrado;
11. Un reglamento de ceremonial y protocolo;
12. Un Día de la fundación de la brigada;
LEMA DE LA BRIGADA
Artículo 16: Estudios disciplina la mejor brigada de Bomberos infantil y juvenil de SAN DIEGO
DEL COMPROMISO.
Artículo 17: este se ara al ingresar el aspirante el cual haya pasado el periodo de adaptación y otro
cuando sea la graduación de cadete tomando del siguiente ceremonial:
Artículo 19: La BRIGADA DE BOMBEROS INFANTIL Y JUVENIL DE SAN DIEGO, estará adscrita
al Cuerpo de Bomberos y Bomberas del Municipio S AN DIEGO, al mando de quien ejerza las
funciones de Comandante de la Misma. Y estará organizada jerárquicamente de la siguiente manera:
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1. La Dirección.(1ro comandante o en su defecto 2do comandante)
2. La Coordinación.(bombero(a) asignado por la comandancia)
3. Subcoordinador (bombero(a) asignado por la coordinación )
4. Instructores (bomberos(a) asignada por la coordinación )
5. Departamento de educación.
6. Los y las Cadetes en los niveles jerárquicos siguientes:
Alférez General
Alférez Mayor
Alférez Auxiliar
Brigadier Mayor
Primera Brigadier
Brigadier
Sub-Brigadier
Distinguido.
Guía Mayor
Guía de Primera
Guía de Segunda
7. Directiva de representante.
8. Colaboradores (personal debidamente certificado y acreditados para el trabajo asignado
por la coordinación).
ESTRUCTURA INTERNA
Artículo 20: Las brigadas de bomberos infantiles y juvenil DE SAN DIEGO, disponen de una
estructura organizativa que responde a la misión Bomberil, que será ajustada según las
necesidades, atendiendo al cumplimiento de sus metas y objetivos. La estructura organizativa está
constituida jerárquicamente por los siguientes niveles:
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Nivel de Funcionamiento: Corresponde a los niveles de planificación, ejecución y funcionamiento
interno de las brigadas de bomberos infantiles y juveniles; comprenden las siguientes:
1. Jefe de la brigada general.
2. Jefe auxiliar de la brigada general.
3. Jefe de la brigada infantil.
4. Jefe de la brigada juvenil.
5. Jefe de pelotón.
6. Jefe de patrulla.
La estructura organizativa también estará integrada por cualquier otra que por razones de necesidad
se requiera crear, suprimir o integrar a otra área administrativa u operativa que se trate, durante su
formación de alumno su cargo interno es: DELEGAO Y DELEGADO AUXILIAR.
CORDONES DE MANDOS
Artículo 21: Estos son cordones de diferentes colores que representaran a los líderes de la brigada
la cual serán usado en el lado izquierdo de la parte superior del hombro, esto serán asignado por el
coordinador a los cadetes o brigadista que ejerzan los siguientes cargos dentro de la brigada tale
como:
1 – Cordón Tricolor (será tejido con tres colores: amarillo, azul, rojo) al Jefe de Brigada General.
2 – Cordón Amarillo al Jefe Auxiliar de la Brigada General.
3 – Cordón Azul al Jefe de la Brigada Infantil.
4 – Cordón Rojo al Jefe de la Brigada Juvenil.
5 – Cordón Blanco al Jefe del Pelotón de los Aspirante o nuevo.
6 – Cordón Rosado al Jefe del Pelotón de la Femenina.
7 – Cordón Negro al Jefe del Pelotón Maulino.
Serán asignado otros cordones con sus correspondientes colores a la necesidad de la brigada.
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10. Organizar y mantener los archivos y los expedientes de los integrantes de la Brigada.
11. Presentar trimestralmente ante el Comandante, las estadísticas de la Brigada.
12. Impartir adiestramientos, cuando se requieran.
13. Tramitar los recursos que sean necesarios para el desarrollo de las actividades.
14. Revisar y aprobar la planificación de las actividades a realizar mensualmente.
15. Firmar la correspondencia oficial y demás documentos propios de la Brigada.
16. Velar por el buen desempeño de las funciones de los coordinadores (as), Instructores (as),
Colaboradores (as) y demás integrantes de la Brigada.
17. Notificar al Comandante, todas las actividades a ser realizadas por la Brigada.
18. Tramitar todos los documentos legales correspondientes a la Brigada.
19. Imponer sanciones a los cadetes y alumnos (as) en los niveles jerárquicos.
20. Dar instrucciones de mando a los cadetes y alumnos (as), Coordinadores (as), Instructores
(as), y colaboradores y vigilar que se cumplan.
21. Revisar las propuestas para los ascensos y aprobarlas previa discusión en el Comandante.
22. Recibir las donaciones hechas a la Brigada.
23. Administrar y usar adecuadamente los recursos económicos y materiales, pertenecientes a la
Brigada.
24. Proponer las normas de funcionamiento de la Brigada.
25. Conservar, cuidar y mantener, las instalaciones, mobiliarios, equipos, instrumentos y
materiales didácticos, correspondientes a la brigada y al Cuerpo de Bomberos y Bomberas, y
demás instalaciones donde se realicen actividades de la brigada.
26. Solicitar trimestralmente, a los alumnos (as) y cadetes, la boleta de evaluación de la
institución donde cursan estudios y revisarla.
27. Cumplir y velar por el cumplimiento de todas las normas, reglamentos y leyes que rigen la
institución.
28. Las demás que le sean atribuidas por la comandancia.
1. Representar a la Brigada en todo los actos públicos, en donde no sea posible la presencia del
Directo o Directora y hacer sus veces.
2. Firmar la correspondencia oficial y demás documentos propios de la Brigada, previa
autorización del director o directora, cuando se requiera.
3. Tomar decisiones, en asuntos concernientes a la brigada, previa notificación a la dirección y/o
al Comandante, cuando se requiera.
4. Coordinar todas las actividades de la Brigada.
5. Recibir y coordinar, todas las solicitudes de servicios, y notificarlas a la dirección.
6. Solicitar los documentos de ingreso a los aspirantes a ingresar a la Brigada.
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7. Notificar y dar lista y parte, al jefe de grupo, o en su defecto al receptor del Cuerpo de
Bomberos y Bomberas de SAN DIEGO, cuando se va a realizar una actividad fuera de la
institución, informar el tipo de vehículo que realizara el traslado, al lugar donde se dirige la
Brigada, y el número de personas que lo integran.
8. Realizar periódicamente, la revisión a los alumnos (as) y cadetes, con el fin de verificar el
cumplimiento del uso del uniforme y a la apariencia personal.
9. Imponer las sanciones a los cadetes y alumnos (as).
10. Elaborar las solicitudes de permisos.
11. Tramitar los requisitos necesarios para viajar fuera del Municipio o del Estado Carabobo.
12. Elabora y ejecutar mensualmente el programa de formación de los cadetes y demás
miembros de la Brigada.
13. Impartir los adiestramientos cuando se requiera.
14. Elaborar trimestralmente, las estadísticas correspondientes a las actividades realizadas por la
Brigada, y entregarlas oportunamente a la Dirección.
15. Autorizar o rechazar los permisos de los cadetes y alumnos (as).
16. Evaluar el desempeño de los cadetes y alumnos (as) y proponer los candidatos al momento
de otorgar los ascensos.
17. Dar instrucciones de mando a los cadetes, alumnos (as), instructores y colaboradores y
vigilar que se cumplan.
18. Conservar, cuidar y mantener, las instalaciones, mobiliarios, equipos, instrumentos y
materiales didácticos, correspondiente a la Brigada y al Cuerpo de Bomberos y Bomberas, y
demás instalaciones donde se realcen actividades de la Brigada.
19. Cumplir y velar por el cumplimiento de todas las normas, reglamentos y leyes que rigen la
institución.
20. Las demás que le sean atribuidas, por la Dirección y/o la Comandancia.
1. Representar a la Brigada en todo los actos públicos, en donde no sea posible la presencia del
Coordinador y hacer sus veces.
2. Tomar decisiones, en asuntos concernientes a la brigada, previa notificación a la Coordinador,
cuando se requiera.
3. Coordinar todas las actividades de la Brigada.
4. Recibir y coordinar, todas las solicitudes de servicios, y notificarlas de la Coordinación.
5. Solicitar los documentos de ingreso a los aspirantes a ingresar a la Brigada.
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6. Notificar y dar lista y parte, al Coordinador, al jefe de grupo, o en su defecto al receptor del
Cuerpo de Bomberos y Bomberas de SAN DIEGO, cuando se va a realizar una actividad fuera
de la institución, informar el tipo de vehículo que realizara el traslado, al lugar donde se dirige
la Brigada, y el número de personas que lo integran.
7. Realizar periódicamente, la revisión a los alumnos (as) y cadetes, con el fin de verificar el
cumplimiento del uso del uniforme y a la apariencia personal.
8. Imponer las sanciones a los cadetes y alumnos (as).
9. Elaborar las solicitudes de permisos.
10. Elabora y ejecutar mensualmente el programa de formación de los cadetes y demás
miembros de la Brigada.
11. Impartir los adiestramientos cuando se requiera.
12. Elaborar trimestralmente, las estadísticas correspondientes a las actividades realizadas por la
Brigada, y entregarlas oportunamente al Coordinador.
13. Autorizar o rechazar los permisos de los cadetes y alumnos (as).
14. Evaluar el desempeño de los cadetes y alumnos (as) y proponer los candidatos al momento
de otorgar los ascensos.
15. Dar instrucciones de mando a los cadetes, alumnos (as), instructores y colaboradores y
vigilar que se cumplan.
16. Conservar, cuidar y mantener, las instalaciones, mobiliarios, equipos, instrumentos y
materiales didácticos, correspondiente a la Brigada y al Cuerpo de Bomberos y Bomberas, y
demás instalaciones donde se realcen actividades de la Brigada.
17. Cumplir y velar por el cumplimiento de todas las normas, reglamentos y leyes que rigen la
institución.
18. Las demás que le sean atribuidas, por la Dirección y/o la Comandancia.
Artículo 25: Se considera instructores (as), a todas aquellas personas encargadas de impartir algún
adiestramiento a los integrantes de la BRIGADA DE BOMBEROS INFANTIL Y JUVENIL DE SAN
DIEGO, los mismos pueden ser internos y/o externos quienes tendrán las siguientes atribuciones y
responsabilidades:
1. Impartir adecuadamente los adiestramientos, que lesean requeridos, y cumplir con los
horarios establecidos.
2. Evaluar el desempeño de los participantes.
3. Asistir puntualmente a todas las reuniones que le sean convocadas por la coordinación y/o la
dirección.
4. Conservar, cuidar y mantener, las instalaciones, mobiliarios, equipos, instrumentos y
materiales didácticos, correspondientes a la Brigada y al Cuerpo de Bomberos y Bomberas, y
demás instalaciones donde se realicen actividades donde realicen actividades la Brigada.
5. Los instructores internos, deberán portar adecuadamente el uniforme establecido, cuando se
les requiera, y podrán impartir instrucciones de mando a los cadetes y alumnos (as), de
acuerdo a su nivel jerárquico.
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6. Cumplir y velar por el cumplimiento de todas las normas, reglamentos y leyes que rigen la
institución.
7. Las demás que sean atribuidas, por la coordinación, dirección y/o comandancia.
8. Los instructores que por algún motivo incumplan lo establecido en este reglamento, serán
objeto de retiro de la institución, previa decisión de la coordinación, dirección y/o
comandancia.
DERECHOS
Artículo 26: Los cadetes y alumnos (as) que formen parte de la BRIGADA DE BOMBEROS
INFANTIL Y JUVENIL DE SAN DIEGO, tendrán derecho a:
DEBERES
Artículo 27: Los cadetes y alumnos (as) que formen parte de la BRIGADA DE BOMBEROS
INFANTIL Y JUVENIL DE SAN DIEGO, tendrán los siguientes deberes;
1. Entrar y salir por la puerta principal de la Estación del Cuerpo de Bomberos y Bomberas DE
SAN DIEGO.
2. Estar cinco (5) minutos antes de la hora de entrada a la formación, portando su respectivo
uniforme.
3. Atender todos los llamados y voces de mando de sus superiores.
4. Incorporarse debidamente a la formación.
5. Ejecutar todas las actividades que le sean requeridas, de acuerdo a su nivel de desarrollo.
6. Asistir con puntualidad a todas las actividades que se les requiera.
7. Respetar y mantener un buen trato, tanto con sus superiores, y demás compañeros, así como
con personal del Cuerpo de Bomberos y Bomberas, instructores, Coordinadores,
colaboradores, personal administrativo, y demás personas que integren la Brigada.
8. Traer los útiles, materiales y/o equipos que le sean requeridos, para la realización de las
actividades.
9. Mantener en el salón de clases y respetar las normas de uso del mismo.
10. Respetar en todo momento la cadena de mando.
11. Abstenerse de permanecer en las vareas de la Estación del Cuerpo de Bomberos y
Bomberas, ajenas a la Brigada (Cuadra de Bomberos y Bomberas, Receptoría, oficinas, Salas
de espera, entre otros), mientras no se les requiera.
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12. Cumplir con los requisitos exigidos para el ingreso a la Brigada.
13. Guardar respeto al uniforme y evitar el uso del mismo en otras actividades ajenas a la
Brigada.
14. Abstenerse de usar teléfonos celulares y audífonos, durante la realización de las actividades.
15. Colaborar, en ocasiones con el Cuerpo de Bomberos y Bomberas, cuando se requieran para
alguna actividad, previa notificación a la coordinación y/o la dirección.
16. Conservar, cuidar y mantener, las instalaciones, mobiliarios, equipos, instrumentos y
materiales didácticos, correspondientes a la Brigada y al Cuerpo de Bomberos y Bomberas
DE SAN DIEGO, y demás instalaciones donde se realicen actividades de la Brigada.
17. Las demás que se le sean atribuidas por la coordinación, dirección y/o comandancia.
18. Cumplir las normas establecidas en este reglamento y las leyes que rigen la institución.
Artículo 28: El Jefe de la Brigada será cubierto por el Cadete o alumno de mayor jerarquía o mayor
antigüedad es el primero al mando de la misma y como tal persona legal ante esta organización son
sus deberes y atribuciones:
1. Dirigir en todo orden los asusto de la Brigada.
2. Velar por el carreta disciplina de la brigada, administración y el buen nombre de la Brigada
inculcar al Cadete o Alumno el respeto por la institución el espíritu de estudio y servicio, los
sentimiento de compañerismo y de respeto a su superiores.
3. Representar a la Brigada donde le corresponda.
4. Dirigir la parte operática de la brigada.
5. Asegurar el cumplimiento del reglamento, régimen, normas, resoluciones, procedimientos y
disposiciones de la institución.
6. Solicitar a la dependencia y la integrante de la Brigada el informe que estime conveniente.
7. Presentar informes semanales, mensuales y trimestrales de las actividades de la Brigada.
8. Remitir LA Coordinación todos los informen que se le soliciten.
9. Velar por la conservación de todos los libros de la Brigada
10. Proponer a la coordinación para el asenso de rango inmediato superior a los aspirante
Artículo29: Sin menoscabo de los demás derechos y deberes, los cadetes con jerarquía, tendrán las
siguientes responsabilidades y atribuciones:
1. Imponer las sanciones de llamado de atención y de actividades físicas a los demás cadetes y
alumnos (as), que incurran en falta leve.
2. Informar a la coordinación y/o la dirección, todas las novedades ocurridas durante la ejecución
de las actividades.
3. Llevar adecuadamente el control de asistencia, en cada actividad que se realice, previa
asignación.
4. Impartir instrucciones de mando a los demás cadetes y alumnos (as).
5. Para el momento de la formación, el cadete de mayor jerarquía, deberá llevar la voz de mando
y dar parte al superior, que represente la Brigada para ese momento.
6. Cumplir y velar por el cumplimiento de todas las normas, reglamentos y leyes que rigen la
institución.
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DE LA APARIECIA PERSONAL
Artículo 30: Los cadetes y alumnos (as), deberán mantener en todo momento, una apariencia
personal adecuada. En consecuencia, no se permitirá la permanencia en las actividades de cadetes
y alumnos (as), con una apariencia personal impropia; entre tanto, queda prohibido para los Varones:
el uso de cabellos largos, peinados extraños, prendas (excepto relojes moderados) pirceng, uñas
largas, short, chancletas, franelillas y pantalones ajustados, durante la realización de las actividades.
Y para las Hembras: cabellos largos sueltos y teñidos en colores extravagantes, peinados extraños,
maquillajes excesivos, prendas (excepto relojes y zarcillos moderados) pirceng, tatuajes, uñas largas
y pintadas en colores extravagantes, short, chancletas, descotes, franelillas, minifaldas, pantalones y
franelas ajustadas.
DEL UNIFORME
Artículo 32: El uniforme, será de uso obligatorio durante la permanencia en las actividades de la
brigada y estará establecido de acuerdo a la siguiente clasificación:
a- De Gala: Pantalón de gabardina (Toscana) azul marino con vivo rojo, cuatro bolsillos, camisa
blanca manga larga, guerrera manga azul marino con vivo rojo, cuatro bolsillo y botones
plateados, medias azul marino, correa militar negra con hebilla plateada, zapatos negros
patentes, quepí azul marino con vivo rojo, corbata azul marino, guantes blancos y accesorios.
b- De clase: Pantalón de gabardina azul marino con vivo rojo, cuatro bolsillos rectos, camisa azul
clara con vivo rojo, dos bolsillos o chemis azul clara, franela blanca, medias azul marino,
correa militar negra con hebilla plateada, zapatos negros patente, cristina azul marino con vivo
rojo y accesorios.
c- De Deporte: Mono azul marino con vivo rojo, franela blanca, medias azul marino, zapatos
deportivos negros, gorra azul marino, los cadetes con jerarquía portaran franela azul marino y
los instructores, coordinadores y directivos portaran franela negra, cuando se les requiera.
d- De Paseo: El uniforme de paseo se establecerá, según la actividad y el lugar donde se vaya a
realizar.
Artículo 33: Los integrantes de la brigada, no deberán colocarse, ni despojarse de las prendas del
uniforme en la vía publica. Así mismo deberán abstenerse en todo momento de usar el uniforme de
gala y de clase incompleto. Y para el caso de las bailarinas de la banda Show, estas deberán
abstenerse de usar la falda en la vía pública, salvo el momento de realizar actividad.
Artículo 34: Los integrantes de la brigada, no deberán ingresar o permanecer en lugares donde
expendan bebidas alcohólicas (Bares y licorerías), portando el uniforme correspondiente a la
brigada. Quedan exceptuados de este artículo. Los lugares de comida (Tascas de ambiente familiar
y Restaurantes).
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Artículo 35: Los cadetes y alumnos, que requieran retirarse de las actividades de la brigada, antes
de la hora de salida, deberán traer previamente la autorización del representante inmediato y
entregársele al coordinador y/o superior de guardia.
Artículo 36: Los cadetes y alumnos, que por alguna razón, requieran faltar a las actividades,
deberán solicitar previamente el permiso ante la coordinación y/o la dirección, verbalmente o por
escrito y estos tendrán la facultad para autorizarlo y/o rechazarlos.
DE LAS INASISTENCIAS
Artículo 37: Las faltas a las actividades, deberán ser justificadas por el representante inmediato del
cadete o alumno, por escrito. Dicho justificativo, deberá contener la firma, numero de cedula y huella
dactilar del representante inmediato. Si es por causa de enfermedad, deberá consignar el justificativo
medico. En consecuencia, las faltan que no sean justificadas, serán consideradas inasistencias.
DE LAS FALTAS
Artículo 38: Se entiende por falta el no cumplimiento de una norma preestablecida, en este
reglamento, que tente contra la moral, el decoro, la buena costumbre y la ética indispensable para el
desempeño de la función de la brigada.
CLASIFICACIONES
Artículo 39: las faltas se clasifican en MUY LEVE, LEVES, GRAVES Y MUY GRAVES, de acuerdo
con la naturaleza o magnitud de las mismas y el daño o el perjuicio ocasionado.
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g- Causar daños o deterioros a las instalaciones, equipos, instrumentos, materiales y útiles
didácticos, correspondientes a la brigada y/o al cuerpo de bomberos y bomberas y demás
instalaciones donde se realicen actividades de la brigada.
h- Participar en escándalos y riñas, tanto durante las actividades de la brigada, como en la vía
publica.
i- Faltar a la moral y las buenas costumbres
j- Infringir las leyes
k- Entrar o permanecer en sitios de consumo o expendio de bebidas alcohólicas (Bares y
licorerías), portando el uniforme de la brigada.
l- Despojarse de las prendas del uniforme en la vía publica y usar las prendas incompletas
m- Tener bajo rendimiento académico
n- Mantener mal comportamiento en el hogar y en la comunidad donde reside
DE LAS SANCIONES
Artículo 44: Las sanciones se aplicaran con la intensión de recuperar la conducta normal de los
cadetes y alumnos, y para promover un cambio de conducta negativa a positiva. Las mismas se
aplicaran de la siguiente manera, respetando siempre la dignidad del ser humano:
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1. Llamado de atención: De tipo particular o colectivo, verbal o escrito, sobre una conducta
irregular; y se hará con el debido respecto a la integridad física, psíquica y moral, y puede
estar acompañado de una sanción proporcional a la falta y de carácter constructivo.
2. Actividades Físicas: Consiste en la realización de las actividades físicas establecidas dentro
de la disciplina premilitar (Orden cerrado y deporte), de acuerdo al nivel de desarrollo de los
cadetes y alumnos.
3. Trabajos de Investigación: Conviene en realizar trabajos de investigación, particulares o
colectivos, sobre un tema especifico.
4. Citación de Representante: Es una convocatoria escrita, dirigida al representante inmediato,
con el propósito de exponer alguna conducta de su representado.
5. Suspensión temporal: Es un correctivo que se aplica para denotar la importancia o gravedad
de la conducta y del perjuicio que con ello se ocasiona. constara de cuatro días actividades
normales de de brigada (dos fines de semana).
6. Suspensión de Jerarquía: Sera aplicable a todos aquellos o aquellas cadetes con jerarquía,
que incumplan incurran en falta leve o grave, previa decisión de la coordinación, la dirección
y/o Comandancia. así mismo, se aplicara a aquellos cadetes con jerarquía, que por algún
motivo se retiren de la brigada. en este caso, si el mismo desea volver a ingresar, mantendrá
la jerarquía suspendida hasta por un lapso de tres a seis meses. la misma será otorgada
nuevamente, previa evaluación de desempeño.
7. Al cadete se le podrá suspender el acenso inmediato correspondiente para que se atenga de
incurrir en falta grabes.
Artículo 45: Las sanciones establecidas en los numerales 1 y 2, podrán ser aplicadas por los
cadetes con niveles jerárquicos superiores. Y las sanciones establecidas en los numerales 3, 4, 5 6 y
7, solo podrán ser aplicables por la coordinación, dirección y/o comandancia.
Artículo 46: Esto se otorgará a lo s alumno o cadetes que se destaquen dentro de su formación en
la brigada de bomberos DE SAN DIEGO, tales como: por ASISTENCIA, DISCIPLINA Y
ANEGACION, ESPIRITUD DE TRABAJO, ESPIRITUD DEPORTIVO, ESPIRITUD BOMBERL,
ESPIRITUD RELIGIOSO HONOR AL MERITO u otros que sean necesarios para incentivar .
DE LAS JERARQUIAS
Artículo 47: La estructura orgánica Interna de las Brigadas determina un orden jerárquico, el que es
reconocido como principio básico de la disciplina en la institución.
El órden jerárquico de pende de los siguientes niveles:
A) Brigada Infantil; en esta etapa se otorgaran las siguientes jerarquías :
1°= Guía: usa capona de color rojas sin franjas. (Edad aproximada para obtener la jerarquía
es de 8 años)
2°= Guía de Segunda: usa caponas de color rojas con una franja dorada centrada. (Edad
aproximada para obtener la jerarquía es de 9 años)
3°= Guía de Primera: usa caponas de color rojas con dos franjas doradas centradas. (Edad
aproximada para obtener la jerarquía es de 10 años)
4°= Guía Mayor: usa caponas de color rojas con tres franjas doradas centradas. (Edad
aproximada para obtener la jerarquía es de11 años)
5°= Distinguido de Brigada: usa jinetas de color rojas y caponas de color rojas, con cuatro
franjas doradas. (Edad aproximada para obtener la jerarquía es de 12 años).
B) Brigada Juvenil; en esta etapa se otorgaran las siguientes jerarquías:
1°= Sub-Brigadier: usa jinetas de color rojas con una franja dorada en ella centrada y unas
caponas rojas con cuatros franjas doradas centradas, (Edad aproximada para obtener la
jerarquía es de 13 años).
2°= Brigadier: usa jinetas color rojas con dos franjas doras en ella y caponas rojas con cuatros
franjas doradas, (Edad aproximada para obtener la jerarquía es de 14 años)
3°= Brigadier de Primera: usa jinetas de color rojas con tres franjas doradas en ella y caponas
rojas con cuatros franjas doradas centradas, (Edad aproximada para obtener la jerarquía es
de15 años).
4°= Brigadier Mayor: usa jinetas de color rojas con cuatros franjas doradas en ella y caponas
rojas con cuatros franjas doradas centradas, (Edad aproximada para obtener la jerarquía es
de16 años).
5°= Alteré: usa un botón de Bombero del uniforme de gala de color plateado en ambas manga
de la camisa y caponas de color rojas con cinco franjas doradas, (Edad aproximada para
obtener la jerarquía es de 17 años).
C) El Coordinador de la Brigada, podrá solicitar al Comandante de la Institución la
apertura de nuevos grados jerárquicos en la categoría de alfaré, que serian los
siguientes grados:
1°= Alferé Auxiliar: usa dos botones de Bomberos de color plateados en ambas mangas de la
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camisa uno al lado del otro y caponas rojas con cinco franjas doradas.
2°= Alfaré Mayor: usa tres botones de Bomberos de color plateados en ambas mangas de la
camisa en forma triangular y caponas de color rojas con cinco franjas doradas.
3°= Alfaré General: usa un botón de Bombero del uniforme de gala de oficial de color
DORADO en ambas manga de la camisa y caponas de color rojas con seis franjas doradas.
DE LOS ASCENSOS
Artículo 48: Ascender es subir de jerarquía al grado superior inmediato. Los ascensos se otorgaran
por merito, durante un determinado periodo, implicando esto, la asignación de mas
responsabilidades en el desempeño de la funciones.
Artículo 49: Los ascensos se realizaran en un periodo de seis meses, preferiblemente en los meses
de junio, julio, agosto y diciembre. Y se otorgaran a los cadetes y alumnos más destacados durante
cada periodo, previa evaluación de desempeño.
DE LOS REPRESENTANTES
Artículo 53: Los representantes son todas aquellas personas parientes por consanguinidad y/o
afinidad de los cadetes y alumnos integrantes de la Brigada de Bomberitos y Bomberitas DE SAN
DIEGO. Entre tanto, los representantes deberán:
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13. Respetar en todo momento los derechos de los niños, niños y adolecentes,
establecidos en la ley orgánica de protección de niños, niñas y adolecentes, y
enseñarles sus deberes. sin menoscabo de los derechos que le atribuyen las otras
leyes.
14. Mantener en todo momento una conducta adecuada, el respeto hacia la institución y
abstenerse de tomar decisiones en asuntos concernientes a la brigada.
DE LOS COLABORADORES
Artículo 54: Se considera colaborador a toda aquella persona que por razones de logística ayuden o
participen en la ejecución de las actividades de la brigada. Entre tanto, colaboradores deberán:
Artículo 56: Programa de formación infantil dirigido a niños niñas con edades comprendida entre 08
a 11 años:
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Facilitador: La coordinación de la brigada de bomberitos, personal Bomberil y la colaboración de
personal especializado en educación inicial
Artículo 57: Programa de formación juvenil dirigido a niños niñas y adolescentes con edades
comprendida entre 12 a 17 años
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1-Bombero insertado en la sociedad.
2-Formacion de brigadas de emergencia.
3-Prevencion de Riego.
4-Plan de emergencia.
5-Incendio Forestales y vegetación.
6-Norma de seguridad.
7-Agua como recurso natural.
8-Labor social.
9-Manejo de grupo.
10-Inducion a la universidad.
11-Psicologia de la emergencia.
12-Investigacion de incendio.
13-Rescste vehicular y vertical.
14-Electronica Básica.
15-Eres lo que Enseñas.
16-Tirolineas para rescate vertical.
17-Virus inmunodeficiencia humana (VIH).
18-Drogadicion.
19-Busqueda y localización
20-Deveres y derecho de los niños(a) y jóvenes.
DISPÒSICIONES FINALES
Artículo 60: Queda prohibido, tanto el consumo de cigarrillos, bebidas alcohólicas, sustancias
estupefacientes o psicotrópicos, así como el uso de armas, pornografía, apodos, juegos de evite y
azar, Videos que inciten a la violencia, a la discriminación y al consumo de drogas, por parte de los
cadetes, Coordinadores, Instructores, colaboradores, Directivos y demás personas que integren la
BRIGADA DE BOMBERITOS Y BOMBERITAS, DE SAN DIEGO durante la realización de las
actividades.
Artículo 61: Este reglamento entrara en vigencia por la Junta Directiva. En-----------, a la fecha de su
aprobación.
ELABORADO POR EL
Sargento Primero (B) Lic. Jarvi Román
PROPUERTO
Cabo Primero (B) Jhonnys Gil
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