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CAPÍTULO I

LA DELICUENCIA

1.1. ¿QUÉ ES LA DELINCUENCIA?

La delincuencia no es un fenómeno espontáneo. Siempre existen


factores que la causan o la desencadenan. La exacerbación delictiva puede
considerarse como la expresión de un serio y complicado malestar social con
repercusiones en la ley penal. En todos los países del mundo y en todas las
épocas de la historia ha habido crímenes. La delincuencia es una conducta
exclusivamente humana que no se observa en otros seres vivos, en los que la
agresión se limita a la necesaria para alimentarse y defender a la especie y el
territorio.

Jurídicamente puede definirse como “la conducta humana reprimida por


la ley penal. Sociológicamente se trata de un verdadero fenómeno social,
manifestado por la comisión de actos no solo sancionados por la ley, sino que,
además implica transgresiones a los valores éticos reinantes en la sociedad”1

Conjunto de actos delictivos, ya en general, ya referidos a un país, época


o especialidad en ellos.

1.2. TIPOS DE DELINCUENCIA

Es necesario precisar que, el delito cometido por el delincuente no es del


todo espontáneo, sino que puede ser premeditado y programado. Sin embargo,

1
OSORIO, Manuel. Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y sociales. Editorial Heliasta. Argentina, 1979.p210
dependiendo del número de personas que lo cometan y ejecuten, de los
procedimientos que siga, de los recursos que utilice, y de los objetivos que
persiga, podrá haber básicamente dos tipos de delincuencia:

a) Delincuencia menor.
b) Delincuencia organizada.

Así se define la delincuencia menor como la cometida por un individuo o


en pandilla, y que tiene por objetivo la comisión de un delito que podría ir desde
una falta menor hasta una grave y calificada, pero que no trasciende su escala
y proporciones, es decir, no son cometidos por bandas, no hay una gran
planeación de los hechos delictivos o no se pretende operar permanentemente
a gran escala, ya que su fin no es más que delinquir con la finalidad de obtener
dinero, para repartirlo entre sus miembros y gastarlo en drogas, no cuenta con
una organización, códigos, estructura, capital financiero.

En la delincuencia menor se puede incluir, algunos carteristas, asaltantes


de autobuses, estafadores. Esa es la delincuencia más común, más popular, la
que vemos, a la que tenemos miedo. Entonces los ciudadanos comunes
piensan que es un problema cuando transitan por determinadas zonas en las
que pueden ser asaltados, y la población asocia inseguridad con esto, la
delincuencia callejera la más común es:

1) Asalto a transeúntes
2) Carterismo.
3) Violación.
4) Robo de bienes y artículos menores
5) Robo a casa habitación
6) Robo de vehículos.
7) Vandalismo.
8) Grafiti, pinta de muros y monumentos.

Ahora bien, estos y otros delitos pueden ser cometidos en grandes


proporciones por muchos individuos, con lo cual ya se convierte en una
delincuencia organizada, tanto de nivel intermedio, como mayor, cuando se
llega a esta escala se dice que se convierte en la industria del robo, del
secuestro, del robo de vehículos, etcétera. Por supuesto la delincuencia menor
tiene las siguientes características:

1. El asaltante puede apelar o no a dos recursos para lograr sus


objetivos:
a) Una precisión técnico-manual elevada y precisa para cometer el ilícito
con rapidez, astucia y disimulo.
b) El uso de la fuerza con apoyo en ventajas físicas e incluso el empleo de
armas.

2. Normalmente existen compradores de bienes robados, que son


quienes los adquieren de conformidad, con tarifas ya existentes en el
mercado negro, mismas que son fijadas por la oferta y la demanda,
así como la situación del entorno local, nacional o internacional.

3. Regularmente los delincuentes operan con el apoyo de una red de


corrupción de autoridades intermedias (jueces calificadores, agentes
del ministerio público del fuero común) y corporaciones de seguridad
pública desde sus mandos y efectivos elementales, hasta sus
mandos medios (jefes de policías, jefes de sector, etcétera.)

Ahora bien, de manera general la delincuencia organizada significa un


mecanismo de acumulación, robo y distribución de capital propio de la
economía informal, que también llega a formar parte de la economía formal
local, nacional y global.

Es característica de la delincuencia organizada su permanencia; pues


requiere que sus integrantes operen en el desarrollo de un delito de manera
permanente, es decir que “la participación no es de una sola persona, sino de
varias que se reúnen y se estructuran asociándose en forma permanente para
la comisión de los delitos “2

El crimen organizado se puede definir como “la delincuencia colectiva


que instrumentaliza racionalmente la violencia institucional de la vida privada y
pública, al servicio de ganancias empresariales con rapidez; necesariamente
vincula jerarquía de la burocracia política y judicial mediante la corrupción y la
impunidad”

Las características concretas de la delincuencia organizada o crimen


organizado, como también se le denomina son:

1.- Opera bajo la disciplina y códigos de comportamiento de mafioso.

2.- Actúa con la finalidad de obtener, en la forma de prácticas sociales


recurrentes-enraizadas en la estructura del trabajo, a nivel local, nacional e
internacional- ganancias rápidas sin inversión previa de capital, de origen
ilegítimo e ilegal, mediante la apropiación de objetos de uso privado y de
propiedad ajena.

3.- En otras ocasiones, recurriendo en las mismas prácticas, se


comercializa con bienes, productos y servicios de origen ilegítimo e ilegal con
poca o ninguna inversión de capital.

4.- La delincuencia organizada actúa de manera impune en la


clandestinidad protegida y a veces también dirigida y operada por autoridades
corruptas, delincuentes de alto nivel de especialización y jerarquía, y posee
capacidad para utilizar la fuerza en aras de lograr sus objetivos.

5.- Con respecto a los bienes, productos y servicios ofertados por la


delincuencia organizada, una vez que estos se ponen en circulación, “ quedan
definidos sus precios por las condiciones del mercado regional o mundial”

2
ANDRADE Sánchez Eduardo. Instrumentos jurídicos contra el crimen organizado. Instituto de investigaciones
jurídicas. UNAM. México 1996. p. 15.
denominado coloquialmente, mercado negro, siendo el mercado escenario de la
criminalidad organizada.

Como resultado del histórico esfuerzo de la humanidad por su supervivencia


surgió el capitalismo, el cual representa una doble dimensión dialéctica en sus
formas de acumulación de capital que no necesariamente se implican desde el
punto de vista de las relaciones jurídicas, aunque sí desde el punto de vista
económico como son:

I.- La acumulación de capital basada en el ahorro y trabajo personal, de


origen legítimo y legal.

II.- La acumulación de capital basado en actividades dotadas de


legalidad (falsa) con ilegitimarían obtenida para los efectos jurídicos de sus
métodos de generación y concentración de riqueza históricamente empleados:
formas del crimen organizado.

Sin embargo, al constituir una actividad (o actividades) ilegales, aún


cuando pudieran parecer ilícitas, caen de ipso en el campo del derecho penal y,
por ende merecen especial estudio y análisis, a efecto de detectar, controlar,
contrarrestar, disminuir y erradicar la acción y efectos de esta o estas, así
como a los individuos o grupos que la llevan a cabo.

El concepto "delincuencia organizada" fue empleado por primera vez por


el criminólogo norteamericano John Ladesco en 1929, para designar a las
operaciones delictivas provenientes de la mafia. En México 1993 al reformarse
el artículo 16 constitucional, se introduce por primera vez el concepto de
“delincuencia organizada”; el primero de febrero de 1994, entran en vigor
importantes reformas al Código Penal Federal y a los Códigos de
Procedimientos Penales Federal y del Distrito Federal, en los que también se
hace referencia a este concepto.

Este tipo de delincuencia fue designada con la palabra "organizada", ya


que se refiere a la asociación, a la sociedad, a la corporación, al grupo,
sindicato, a la liga, al gremio, a la coalición, en sí a la unión, como forma de
conjuntar esfuerzos en grupo; y con el empleo de la violencia, soborno,
intimidación y fuerza, los delincuentes llevaban a cabo sus actividades ilegales.

La fuerza de la delincuencia organizada radica en el establecimiento de


"alianzas y vínculos" que logra en todos los niveles, incluyendo el político y el
militar, con la ayuda de actos de corrupción logran su impunidad.

Ahora bien, es bastante común referirse a la delincuencia


organizada bajo el sinónimo de mafia, y a los delincuentes en gran escala se les
denomina mafiosos o gánster; este término se utilizó por primera vez en un
texto Siciliano de 1958, pero su uso se extendió y se hizo común en toda Italia
hasta el siglo XIX, posteriormente para el resto del mundo.

La delincuencia organizada, sin embargo, parece ser algo más antiguo que el
capitalismo, como tal y se inicia desde las formas y prácticas del imperialismo
occidental y puede ser que en las formas imperialistas de la cultura humana en
general.

En un principio se dieron las prácticas del saqueo y el tráfico de


aborígenes en América y África, procesos de despojos de medios de vida y
trabajo y de la expropiación de tierras que usufructuaba consuetudinariamente
la población campesina; y el robo o esclavización de niños para talleres
manufactureros.

Por supuesto, el saqueo, el tráfico de personas, el robo y otro tipo de


delincuencia ya existían desde el origen de la civilización misma: recuérdense
las hordas de bárbaros que asolaban Europa Central y Asia en tiempos del
imperio romano, Aila y los Hunos es un ejemplo.

“El fenómeno llamado delincuencia organizada bajo los caracteres que


ahora la distinguen forman parte de esa criminalidad evolucionada o moderna,
lo cual no implica desconocer que en todo tiempo hubo unión entre personas-
algunas o muchas- para la comisión de los delitos de diversos géneros. En
realidad, la historia de la organización delictuosa va paralela al desarrollo de las
formas de organización deliberada; esto implica que nos hallamos ante
fenómenos milenarios, que poseen rasgos característicos en los tiempos
actuales”.3

En la era de la incomunicación el crimen se contrajo a un apretado


territorio en el que se enfrentaba el delincuente y el ofendido, y el efecto no
salía de éste, ni pasaba de ellos mismo ni de su círculo de allegados. El avance
en la comunicación amplió las relaciones entre los individuos, y los pueblos,
pero también amplió el espacio para la comunicación de los delitos y la
obtención de los propósitos perseguidos por los delincuentes. Así el delito se
convirtió de un delito localizado en un delito trascendente.

Por ello se observan los siguientes tipos de delincuencia organizada:

a) Delincuencia organizada local,


b) Delincuencia organizada nacional, y
c) Delincuencia organizada transnacional.

Por deducción la delincuencia organizada local se puede definir como la


delincuencia consistente en una banda o varias bandas vinculadas que operan
en una escala territorial menor, ya sea una comunidad, municipio o Estado, que
generalmente opera en esa demarcación y rara vez fuera de ella.

Delincuencia organizada nacional, como la anterior puede consistir en una


sola banda de grandes proporciones o varias bandas asociadas, que operan
dentro de una escala relativamente mayor, y se le reconoce como una
delincuencia mayor, pues actúa en varias ciudades, provincias y Estados,
potencialmente puede llegar a tener nexos con otras bandas nacionales e
internacionales.

Delincuencia Organizada Transnacional. Cuando la delincuencia organizada


construye conexiones, organizaciones similares, formando redes en todo el

3
GARCÍA Ramírez, Sergio. Delincuencia Organizada. Editorial Porrúa.4° edición. México 2005.p1
mundo, organización de las naciones unidas, la identifica como delincuencia
organizada transnacional. También se le denomina delincuencia organizada
transfronteriza, como le denomina la Comisión Europea. Así las organizaciones
dedicadas a la delincuencia organizada emprenden operaciones ilegales de tipo
financiero, mercantil, bancario, bursátil, o comercial, acciones de soborno,
extorción; ofrecimiento de servicios de protección, ocultación de servicios
fraudulentos y ganancias ilegales; adquisiciones ilegítimas como de centros de
juegos ilegales y centros de prostitución.

Como podemos darnos cuenta la delincuencia organizada es un


problema que ha crecido y se ha extendido a nivel mundial, y ha acumulado una
gran riqueza la cual la ha obtenido realizando principalmente los siguientes
delitos:

1. Terrorismo.
2. Delitos Contra la Salud, (solo en sus tipos de narcotráfico y posesión).
3. Falsificación o alteración de moneda.
4. Operaciones con recursos de procedencia ilícita.
5. Acopio y tráfico de armas.
6. Tráfico de indocumentados.
7. Tráfico de órganos.
8. Asalto, Secuestro.
9. Tráfico de Menores.
10. Robo de vehículos.

Como se puede ver solo son algunos de los muchos delitos que se cometen
por estas organizaciones criminales tanto a nivel nacional como internacional,
los cuales explicaré más detalladamente en el siguiente capítulo.
1.3. CONCEPTO DE DELINCUENCIA ORGANIZADA.

Antes de poder llegar a un concepto definitivo sobre delincuencia


organizada, se tenían varios criterios por parte de las comisiones del congreso
uno de ellos es el siguiente concepto legal: “la permanencia en las actividades
delictivas que realicen, su carácter lucrativo, el grado de complejidad en la
organización de dichos grupos, el que la finalidad asociativa sea la comisión de
delitos que afecten bienes fundamentales del individuo y de la colectividad, y
que a su vez alteren seriamente a la salud o seguridad públicas".

Después de varios estudios, foros, discusiones y debates, por parte de


doctrinarios y jurisconsultos, dan a conocer a la comunidad jurídica nacional,
tanto críticos como académicos, investigadores y servidores públicos la
intención de crear una Ley Federal sobre la Delincuencia Organizada.
Realizándose así un sin número de reformas para satisfacer esta necesidad.

La Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada en su artículo


segundo nos da el siguiente concepto:

“Artículo 2o.- Cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar,
en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen
como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán
sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia
organizada:

I. Terrorismo, previsto en los artículos 139 al 139 Ter y terrorismo


internacional previsto en los artículos 148 Bis al 148 Quáter; contra la salud,
previsto en los artículos 194 y 195, párrafo primero; falsificación o alteración de
moneda, previstos en los artículos 234, 236 y 237; operaciones con recursos de
procedencia ilícita, previsto en el artículo 400 Bis; y el previsto en el artículo 424
Bis, todos del Código Penal Federal;

II. Acopio y tráfico de armas, previstos en los artículos 83 bis y 84 de la Ley


Federal de Armas de Fuego y Explosivos;
III. Tráfico de indocumentados, previsto en el artículo 138 de la Ley General
de Población;

IV. Tráfico de órganos previsto en los artículos 461, 462 y 462 bis de la Ley
General de Salud;

V. Corrupción de personas menores de dieciocho años de edad o de


personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o
de personas que no tienen capacidad para resistirlo previsto en el artículo 201;
Pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas
que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de
personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 202;
Turismo sexual en contra de personas menores de dieciocho años de edad o de
personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o
de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en los artículos
203 y 203 Bis; Lenocinio de personas menores de dieciocho años de edad o de
personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o
de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 204;
asalto, previsto en los artículos 286 y 287; secuestro, previsto en el artículo 366;
tráfico de menores o personas que no tiene capacidad para comprender el
significado del hecho, previsto en el artículo 366 ter, y robo de vehículos,
previsto en los artículos 376 Bis y 377 del Código Penal Federal, o en las
disposiciones correspondientes de las legislaciones penales Estatales o del
Distrito Federal, y

VI. Trata de personas, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 de la Ley


para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.

Por otra parte Eduardo Andrade Sánchez la define como “La


delincuencia colectiva que instrumentaliza racionalmente la violencia
institucional de la vida privada y pública, al servicio de ganancias empresariales
con rapidez; necesariamente vincula jerarquía de la burocracia política y judicial
mediante la corrupción y la impunidad”.4

Diversa acepción es la que propone la Corporación Euro-americana de


Seguridad con sede en España, indica que: “se entiende por delincuencia
organizada cuando más de tres personas acuerdan organizarse para realizar,
en forma permanente o reiterada conductas que por sí o unidas a otra tiene
como fin o resultado cometer alguno de los delitos penados por las leyes
nacionales e internacionales”.

El doctor Sergio García Ramírez comenta que la exposición de motivos


de la Ley Federal Contra La Delincuencia Organizada entiende a esta forma de
delincuencia como una organización permanente con estructura jerárquica
respetada, compuesta por individuos disciplinados que se agrupan para
cometer delitos.5

Por otra parte, un diverso concepto de delincuencia organizada es el


siguiente: delincuencia colectiva que instrumentaliza racionalmente la violencia
institucional de la vida privada y pública, al servicio de ganancias empresariales
con rapidez. Necesariamente vincula jerarquías de la burocracia política y
judicial mediante la corrupción y la impunidad.

4
ANDRADE Sánchez Eduardo. Instrumentos Jurídicos Contra el Crimen Organizado. Instituto de Investigaciones
Jurídicas de la UNAM. México, 1996.p.
5
GARCIA Ramírez Sergio. Delincuencia Organizada. México 2005.p 103

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