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Practico Letra de Cambio
Practico Letra de Cambio
Practico Letra de Cambio
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a) El girador, librador (acreedor).- Es el que manda y ordena que se page y suscribe la letra
de cambio con su firma y rubrica por haber prestado dinero o por vender mercaderías a
crédito.
b) El girado, librado (deudor).- Es el que debe por préstamo de dinero o por compra de
mercaderías a crédito, es el principal responsable y debe pagar la letra a su vencimiento sin
necesidad de previo aviso aun cuando el acreedor hubiera fallecido.
Si una letra es firmada el 25 de febrero del 2020, a 60 días vista y aceptada el 01 de marzo
2020, su conteo iniciara a partir del 01 de marzo del 2020, de igual manera si fuera 2 meses
vistan los casos de meses vista. Art. 545, 564 cc.
En este caso la fecha de vencimiento se debe computar conforme al año civil, o sea los días.
Art. 545, 564 cc.
d) a fecha fija.- De Forma expresa se debe especificar el día, mes y año, que será pagada.
Art. 545, 564 cc.
Ejercicios
Bs. 150.000
2502
A la vista
N° 2501
28 de enero
cambio
N°05298
¿Quién es el beneficiario?(Girador)
N°01123
5 meses de vista
5. El 07 de julio del 2020, la librería ABC de la Sra. Carla Lorena Vaca Silva, realiza la compra
de materiales escolares por un importe de Bs. 150.000, a la Empresa “MADEPA SA.”,
según factura N° 0073738 y contra aceptación una letra de cambio N° 070700, a la vista.
N°070700
A la vista
6. El 15 de abril, el sr. Mario López Moreno, vende mercaderías al Sr. Jorge Romero Salas,
por un monto de Bs. 75.000, según factura N° 077466, contra aceptación de una letra
de cambio N° 00777, con vencimiento a 60 dias fecha.
N° 00777
A 60 dias
N° 6647
Dos meses
N° 6656
N° 55
¿Cuál es el lugar y fecha de emisión?
En fecha 20 de junio
90 dias
10. En fecha 30 de Marzo, Jessica Sandoval Mendez, Como parte de una garantía de
cumplimiento para la ejecución de una obra, giro la letra de cambio N°555, a la orden
de la Honorable Alcaldía Municipal, por el importe de Bs. 200.000, con vencimiento 20
de mayo
N° 555
20 de mayo