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Diciembre 2021 Informacion Fitosanitaria 6-2021

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INFORMACIÓN

FITOSANITARIA
CEN
TRO D
E S A
7
N
1
ID
3
AD Y CERTIF
1
ICACIÓN VEGETAL
2021
1 63 85 • AVDA. MONTA
25 / 976 7 cscv.agri@aragon.es ÑANA, 930 • 500
59 ZAR
. 97 6
T EL S AGOZA

DICIEMBRE 2021 CENTRO DE SANIDAD Y CERTIFICACIÓN VEGETAL www.aragon.es

USO SOSTENIBLE DE LOS PRODUCTOS FITOSANITARIOS

EL REGISTRO DE LOS TRATAMIENTOS


FITOSANITARIOS
Todas las explotaciones agrarias deben mantener permanentemente
actualizado un registro de los tratamientos fitosanitarios realizados en
la explotación, este documento recibe el nombre de “Cuaderno de Ex-
plotación”.
Este registro tiene diferentes apartados:
• Hoja A: información general donde deben hacerse constar entre
otros, los datos identificativos de la explotación, de los aplicadores
que realizan los tratamientos fitosanitarios, de los equipos utiliza-
dos para ello, y de la posible existencia de zonas específicas o
captaciones de agua potable en el entorno inmediato de la explo-
tación.
Serán válidos otros tipos de cuadernos de explotación que ya se utili-
En este mismo apartado, debe existir un listado de las parcelas que cen, por practicar la agricultura ecológica, integrada u otros protocolos
componen la explotación, indicando las referencias SIGPAC, las es- de sistemas voluntarios de certificación, siempre que contengan al me-
pecies vegetales que se cultivan, el sistema de riego y la posible cu- nos, toda la información indicada con anterioridad y que está recogida
bierta si procede, y en el caso de los cultivos leñosos también deben en el artículo 16 del Real Decreto 1311/2012.
declararse las variedades implantadas
En el caso de que, por las características de la explotación, la misma
• Hoja B: En este apartado, debe quedar constancia de todos los tra- tenga que contar con un asesor en gestión integrada de plagas, este
tamientos fitosanitarios que se aplican en cada una de las parcelas, deberá ratificar o no con su firma, que las intervenciones fitosanitarias
además de la fecha y los lugares donde se lleva a cabo el tratamiento, que se recogen en los apartados correspondientes se ajustan a sus
debe indicarse la plaga a controlar, el aplicador y la máquina que recomendaciones.
lo efectuó, la superficie tratada, el nombre comercial del producto
fitosanitario utilizado, su número de registro, la cantidad de producto El titular de la explotación es el responsable de la cumplimentación
utilizado y la eficacia lograda. del Cuaderno de Explotación, que deberá ser conservado durante al
menos tres años, junto con la documentación relativa al asesoramien-
• Hoja C: En esta hoja deben quedar reflejados los tratamientos apli- to, los certificados de inspección de los equipos de tratamiento, los
cados en la postcosecha, en los locales de almacenamiento o en los contratos con las empresas de aplicación, las facturas de compra de
medios de transporte. fitosanitarios y, en su caso, los resultados de los análisis de residuos de
• Hoja D: Donde se anotará el registro de salidas de producto vegetal productos fitosanitarios que hayan sido realizados sobre sus cultivos y
de la explotación. producciones.

FRUTALES
Muchas enfermedades que producen daños en los frutales, generan 3. Eliminar de manera radical, las partes dañadas de los frutales por
en la madera lesiones o chancros que pueden producir la muerte de ra- plagas o enfermedades hasta alcanzar una parte sana.
mas o brotes y son un importante lugar de acumulación y diseminación
del inoculo, que es conveniente eliminar durante las tareas de poda para 4. R ealizar cortes limpios, evitando los desgarros y hacerlos de
reducir los daños posteriores. En el momento de efectuar la poda de los manera inclinada u oblicua en sentido contrario a la yema más
frutales es recomendable realizar una serie de acciones para favorecer próxima.
el buen estado sanitario de las plantaciones. Son las siguientes:
5. Tras los cortes, debe aplicarse sobre los de mayor diámetro, produc-
1. Siempre que sea posible, la poda debe llevarse a cabo en la época tos desinfectantes y sellantes.
del reposo invernal.
6. Desinfectar las herramientas de poda con asiduidad, así como al ini-
2. Podar en último lugar los árboles afectados por cualquier enfermedad. ciar los trabajos en cada parcela.
-1-
7. En las parcelas afectadas por enfermedades como el fuego bacte-
riano, quemar la madera con síntomas lo antes posible tras su poda,
respetando siempre la normativa en vigor acerca del empleo del fue-
go en zonas agrícolas.
Es necesario recordar que en las parcelas en las que no se llevan a
cabo las debidas labores culturales pueden proliferar plagas y enfer-
medades, llegando en algunas ocasiones a producir daños en cultivos
colindantes. La Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal,
y la Orden de 15 de enero de 2007 (BOA nº 9), por la que se establecen
medidas de aplicación en materia de sanidad vegetal para plantaciones
frutales, pueden aplicarse en caso de encontrarse parcelas de frutales
en estado de abandono. Para ello, es necesario informar de la exis-
Chancro de fuego bacteriano en rama de peral tencia de dichas parcelas en la Oficina Comarcal Agroambiental que
corresponda.

OLIVO
Las heridas causadas por la recolección, la poda, así como piedra, he-
ladas y viento, son la vía de entrada de enfermedades como Tubercu­
losis (Pseudomonas savastanoi) y Verticilium (Verticillium dalhiae).
Al no existir medios curativos para el control de estas enfermedades,
debemos realizar medidas culturales y preventivas para evitar su ex-
pansión.

Tuberculosis en rama

MÉTODOS CULTURALES PARA MITIGAR


ESTAS ENFERMEDADES
 Señalar los árboles afectados y realizar las labores en último lugar.
 Eliminar las ramas afectadas lo antes posible, sacarlas de la parcela,
a ser posible quemarlas. No picar la madera de los arboles dañados.
 Realizar tratamientos con cobre o derivados después de la recolec-
ción y poda.
 Desinfectar los utensilios de poda, arados y otros que estén en con-
tacto con la plantación afectada.
 Reducir los laboreos.
Olivo afectado por Verticilium
 Realizar un riego deficitario sobre los árboles afectados.

MICROMAMÍFEROS
TOPILLOS
(Microtus duodecimcostatus y Microtus arvalis)

La especie Microtus duodecimcostatus (topillo mediterráneo) es la que


ocasiona mayores daños. Su actividad se concentra en los meses de
otoño-invierno.

Los daños económicos más relevantes se presentan en los cultivos


forrajeros y especies leñosas.

Sus hábitos de vida son subterráneos, causando daños en bulbos,


tubérculos y raíces del cultivo.

Realizar determinadas prácticas agroambientales y de manejo del cul-


tivo, favorecen la disminución de poblaciones en las parcelas: facilitar la
presencia de enemigos naturales como rapaces, instalando posaderos
de aves y cajas nidos, realizar labores profundas y cruzadas en el suelo
e inundar las parcelas. Ejemplar de Microtus duodecimcostatus saliendo de la galería
-2-
Actualmente no hay productos rodenticidas anticoagulantes auto- El fosfuro de aluminio y el fosfuro de Zinc son los únicos productos
rizados en el ámbito agrícola. Éstos productos están considerados fitosanitarios autorizados en la actualidad para el control de topillos en
como biocidas, y por tanto no se pueden utilizar en parcelas agrí- campo. La aplicación de estos productos está condicionada a los requi-
colas. sitos que se indican en la hoja de registro.

REAL DECRETO 285/2021 – NUEVOS REQUISITOS DE ALMACENAMIENTO

El 10 de noviembre de 2021 entra en vigor el Real Decreto 285/2021, - Los productos se mantendrán en sus envases de origen, cerrados,
de 20 de abril, por el que se establecen las condiciones de almacena- en posición vertical con el cierre hacia arraiga y la etiqueta original
miento, comercialización, importación o exportación, control oficial y integra y legible. Si no se usa todo su contenido, el resto se man-
autorización de ensayos con productos fitosanitarios, y se modifica el tendrá en el mismo envase, con el tapón cerrado y la etiqueta ori-
Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre por el que se establece ginal.
el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los produc-
- Los productos se guardarán en armarios, cuartos o partes debida-
tos fitosanitarios. mente identificadas de los locales, ventilados y provistos de cerra-
dura.
CONDICIONES GENERALES DE - Los envases vacíos, una vez realizado el triple enjuagado, podrán
ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS ser entregados por los agricultores y serán gestionados conforme a
la normativa sobre envases y residuos de envases.
FITOSANITARIOS
Tanto los operadores del sector suministrador, como usuarios profe-
sionales y las empresas de tratamiento, no podrán almacenar produc- REGISTRO ELECTRÓNICO DE
tos fitosanitarios con fines de ensayo, productos fitosanitarios caduca- TRANSACIONES Y OPERACIONES CON
dos, retirados o cuya comercialización, importación o exportación o uso PRODUCTOS FITOSANITARIOS (RETO)
no esté autorizado conforme a la normativa vigente.
Según lo establecido en el artículo 15 del Real Decreto 285/2021,
Condiciones generales de locales de almacenamiento de pro­ los operadores inscritos del sector suministrador y tratamientos del
ductos fitosanitarios de uso profesional: ROPO, están obligados a llevar un registro actualizado de todas las
- Estarán construidos con materiales no combustibles y protegidos operaciones de compra y entrega a un tercero en el caso de las
de temperaturas extremas y de humedad. empresas del sector suministrador, así como de todas las operacio-
nes, de adquisición y aplicación de productos fitosanitarios en el
- Separados por pared de obra de cualquier local habitado, estar do- caso de las empresas de tratamientos. La información que deben
tados de ventilación natural o forzada, con salida al exterior. incluir en el registro está especificada en el anexo I del Real Decreto
- No estarán ubicados en lugares próximos a masas de agua superfi- 285/2021.
cial o pozos de extracción de agua, ni en zonas en que se prevea
que puedan inundarse.
- Dispondrán de medios adecuados para recoger derrames acciden-
tales.
- Dispondrán de contenedores para almacenar de manera separada
los envases dañados y los envases vacíos. Para facilitar las labores de control y registro de las transacciones
de productos fitosanitarios, el Ministerio de Agricultura Pesca y Ali-
- Dispondrán de un sistema de contención para productos líquidos.
mentación ha desarrollado una aplicación informática denominada
- Se tendrán a la vista los consejos de seguridad y los procedimientos Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones con productos
de emergencia. fitosanitarios (RETO). Para poder utilizarlo las empresas tienen que
darse de alta en dicha aplicación, a la que deben acceder mediante
Almacenamiento de productos fitosanitarios de uso profesional
certificado digital, a través de la siguiente dirección:
en explotaciones agrarias:
https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/pro-
Además de lo indicado en el apartado anterior, deberán cumplir lo
ductos-fitosanitarios/reto/
siguiente:

En todo momento, puede consultar el Boletín y las Informaciones Fitosanitarias,


en la página web del Gobierno de Aragón: aragon.es - sanidad y certificación vegetal.

, V .
s
ar agon.e
csc v.agri@
ico:
Direcció C or reo electrón
n de Internet: http://www.aragon.es -

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