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Diciembre 2021 Informacion Fitosanitaria 6-2021
Diciembre 2021 Informacion Fitosanitaria 6-2021
Diciembre 2021 Informacion Fitosanitaria 6-2021
FITOSANITARIA
CEN
TRO D
E S A
7
N
1
ID
3
AD Y CERTIF
1
ICACIÓN VEGETAL
2021
1 63 85 • AVDA. MONTA
25 / 976 7 cscv.agri@aragon.es ÑANA, 930 • 500
59 ZAR
. 97 6
T EL S AGOZA
FRUTALES
Muchas enfermedades que producen daños en los frutales, generan 3. Eliminar de manera radical, las partes dañadas de los frutales por
en la madera lesiones o chancros que pueden producir la muerte de ra- plagas o enfermedades hasta alcanzar una parte sana.
mas o brotes y son un importante lugar de acumulación y diseminación
del inoculo, que es conveniente eliminar durante las tareas de poda para 4. R ealizar cortes limpios, evitando los desgarros y hacerlos de
reducir los daños posteriores. En el momento de efectuar la poda de los manera inclinada u oblicua en sentido contrario a la yema más
frutales es recomendable realizar una serie de acciones para favorecer próxima.
el buen estado sanitario de las plantaciones. Son las siguientes:
5. Tras los cortes, debe aplicarse sobre los de mayor diámetro, produc-
1. Siempre que sea posible, la poda debe llevarse a cabo en la época tos desinfectantes y sellantes.
del reposo invernal.
6. Desinfectar las herramientas de poda con asiduidad, así como al ini-
2. Podar en último lugar los árboles afectados por cualquier enfermedad. ciar los trabajos en cada parcela.
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7. En las parcelas afectadas por enfermedades como el fuego bacte-
riano, quemar la madera con síntomas lo antes posible tras su poda,
respetando siempre la normativa en vigor acerca del empleo del fue-
go en zonas agrícolas.
Es necesario recordar que en las parcelas en las que no se llevan a
cabo las debidas labores culturales pueden proliferar plagas y enfer-
medades, llegando en algunas ocasiones a producir daños en cultivos
colindantes. La Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal,
y la Orden de 15 de enero de 2007 (BOA nº 9), por la que se establecen
medidas de aplicación en materia de sanidad vegetal para plantaciones
frutales, pueden aplicarse en caso de encontrarse parcelas de frutales
en estado de abandono. Para ello, es necesario informar de la exis-
Chancro de fuego bacteriano en rama de peral tencia de dichas parcelas en la Oficina Comarcal Agroambiental que
corresponda.
OLIVO
Las heridas causadas por la recolección, la poda, así como piedra, he-
ladas y viento, son la vía de entrada de enfermedades como Tubercu
losis (Pseudomonas savastanoi) y Verticilium (Verticillium dalhiae).
Al no existir medios curativos para el control de estas enfermedades,
debemos realizar medidas culturales y preventivas para evitar su ex-
pansión.
Tuberculosis en rama
MICROMAMÍFEROS
TOPILLOS
(Microtus duodecimcostatus y Microtus arvalis)
El 10 de noviembre de 2021 entra en vigor el Real Decreto 285/2021, - Los productos se mantendrán en sus envases de origen, cerrados,
de 20 de abril, por el que se establecen las condiciones de almacena- en posición vertical con el cierre hacia arraiga y la etiqueta original
miento, comercialización, importación o exportación, control oficial y integra y legible. Si no se usa todo su contenido, el resto se man-
autorización de ensayos con productos fitosanitarios, y se modifica el tendrá en el mismo envase, con el tapón cerrado y la etiqueta ori-
Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre por el que se establece ginal.
el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los produc-
- Los productos se guardarán en armarios, cuartos o partes debida-
tos fitosanitarios. mente identificadas de los locales, ventilados y provistos de cerra-
dura.
CONDICIONES GENERALES DE - Los envases vacíos, una vez realizado el triple enjuagado, podrán
ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS ser entregados por los agricultores y serán gestionados conforme a
la normativa sobre envases y residuos de envases.
FITOSANITARIOS
Tanto los operadores del sector suministrador, como usuarios profe-
sionales y las empresas de tratamiento, no podrán almacenar produc- REGISTRO ELECTRÓNICO DE
tos fitosanitarios con fines de ensayo, productos fitosanitarios caduca- TRANSACIONES Y OPERACIONES CON
dos, retirados o cuya comercialización, importación o exportación o uso PRODUCTOS FITOSANITARIOS (RETO)
no esté autorizado conforme a la normativa vigente.
Según lo establecido en el artículo 15 del Real Decreto 285/2021,
Condiciones generales de locales de almacenamiento de pro los operadores inscritos del sector suministrador y tratamientos del
ductos fitosanitarios de uso profesional: ROPO, están obligados a llevar un registro actualizado de todas las
- Estarán construidos con materiales no combustibles y protegidos operaciones de compra y entrega a un tercero en el caso de las
de temperaturas extremas y de humedad. empresas del sector suministrador, así como de todas las operacio-
nes, de adquisición y aplicación de productos fitosanitarios en el
- Separados por pared de obra de cualquier local habitado, estar do- caso de las empresas de tratamientos. La información que deben
tados de ventilación natural o forzada, con salida al exterior. incluir en el registro está especificada en el anexo I del Real Decreto
- No estarán ubicados en lugares próximos a masas de agua superfi- 285/2021.
cial o pozos de extracción de agua, ni en zonas en que se prevea
que puedan inundarse.
- Dispondrán de medios adecuados para recoger derrames acciden-
tales.
- Dispondrán de contenedores para almacenar de manera separada
los envases dañados y los envases vacíos. Para facilitar las labores de control y registro de las transacciones
de productos fitosanitarios, el Ministerio de Agricultura Pesca y Ali-
- Dispondrán de un sistema de contención para productos líquidos.
mentación ha desarrollado una aplicación informática denominada
- Se tendrán a la vista los consejos de seguridad y los procedimientos Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones con productos
de emergencia. fitosanitarios (RETO). Para poder utilizarlo las empresas tienen que
darse de alta en dicha aplicación, a la que deben acceder mediante
Almacenamiento de productos fitosanitarios de uso profesional
certificado digital, a través de la siguiente dirección:
en explotaciones agrarias:
https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/pro-
Además de lo indicado en el apartado anterior, deberán cumplir lo
ductos-fitosanitarios/reto/
siguiente:
, V .
s
ar agon.e
csc v.agri@
ico:
Direcció C or reo electrón
n de Internet: http://www.aragon.es -
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