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REPUBLICA DE COLOMBIA

DEPARTAMENTO DEL CHOCÓ


MUNICIPIO EL CANTÓN DEL SAN PABLO
SECRETARÍA DE PLANEACION
Nit. 800.239.414 – 5

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS

OBJETO: COSTRUCCIÓN DEL PALACIO MUNICIPAL EN MANAGRÚ CABECERA MUNICIPAL DE


CANTÓN DE SAN PABLO, CHOCÓ.

MARCO LEGAL

En desarrollo de lo señalado en el numeral 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, en


concordancia con el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 del 26 de mayo de 2015, se procede a
realizar el estudio para analizar la conveniencia y oportunidad para celebrar el contrato cuyo
objeto es: “COSTRUCCIÓN DEL PALACIO MUNICIPAL EN MANAGRÚ CABECERA MUNICIPAL DE
CANTÓN DE SAN PABLO, CHOCÓ”.

En aplicación de lo anterior, se tiene que de acuerdo con el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082
del 26 de mayo de 2015, en concordancia con el numeral 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993,
para la selección objetiva y celebración de los contratos, se deben elaborar los estudios y
1
documentos previos. Los estudios y documentos previos son el soporte para elaborar el proyecto
de pliegos, los pliegos de condiciones, y el contrato. Deben permanecer a disposición del público
durante el desarrollo del Proceso de Contratación y contener como mínimo los siguientes
elementos:

1. La descripción de la necesidad que la Entidad Estatal pretende satisfacer con el Proceso de


Contratación.

2. El objeto a contratar, con sus especificaciones, las autorizaciones, permisos y licencias


requeridos para su ejecución, y cuando el contrato incluye diseño y construcción, los documentos
técnicos para el desarrollo del proyecto.

3. La modalidad de selección del contratista y su justificación, incluyendo los fundamentos


jurídicos.

4. El valor estimado del contrato y la justificación del mismo. Cuando el valor del contrato esté
determinado por precios unitarios, la Entidad Estatal debe incluir la forma como los calculó y
soportar sus cálculos de presupuesto en la estimación de aquellos. La Entidad Estatal no debe
publicar las variables utilizadas para calcular el valor estimado del contrato cuando la modalidad

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de selección del contratista sea en concurso de méritos. Si el contrato es de concesión, la Entidad


Estatal no debe publicar el modelo financiero utilizado en su estructuración.

5. Los criterios para seleccionar la oferta más favorable.

6. El análisis de riesgo y la forma de mitigarlo.

7. Las garantías que la Entidad Estatal contempla exigir en el Proceso de Contratación.

8. La indicación de si la contratación respectiva está cobijada por un Acuerdo Internacional o un


Tratado de Libre Comercio vigente para el Estado Colombiano en los términos del artículo
2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015.

DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACION.

En el municipio del Cantón de San pablo la mayoría de las instituciones que brindan servicio a la
población han cumplido su vida útil, por lo que la población resulta afectada al no poder contar
con los servicios adecuadamente; así mismo los trabajadores de dichas instituciones se ven 2
forzados a brindar los servicios en aglomeración, ya que en ciertos casos existen varias
dependencias de la misma institución en un solo espacio físico.

El Cantón de San pablo en los últimos años ha presentado un desarrollo económico y crecimiento
poblacional, lo cual hace que para atender sus necesidades se deban desarrollar edificios públicos
que estén acorde con la arquitectura de hoy en día; ya que está a tomado parte importante
de nuestra vida cotidiana y de nuestra historia y que no solo aparte de brindarnos lugares
estéticos nos brindan una necesidad para realizar nuestras actividades del día a día de una forma
más cómoda; entre las necesidades de nuevos edificios públicos está la demanda de un nuevo
Palacio Municipal, ya que en la actualidad tal entidad no se encuentra en óptimas
condiciones tanto para la atención a los usuarios, como para su propio funcionamiento
presentando daños y deterioro en su infraestructura y sistemas; sumándose a esto la
desordenada relación de las áreas de trabajo lo que ha traído como consecuencia un crecimiento
desordenado del edificio dificultando la atención y causando molestias a las personas que
laboran en el edificio así como también a los usuarios que llegan para ser atendidos.

Uno de los problemas más evidentes en el cantón del san Pablo es el crecimiento
poblacional debido a diferentes factores que van desde el conflicto, el desplazamiento,
migraciones, aumento en la tasa de natalidad y al mismo tiempo su perímetro urbano; esto ha
traído una mayor demanda de servicios hacia la alcaldía, manifestándose así la insuficiencia
de una infraestructura adecuada para la prestación de todos sus servicios lo cual conlleva
ocasionando ineficiencia, atraso, como también falta de desarrollo social y cultural de la ciudad.

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2. LA DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR CON SUS ESPECIFICACIONES

2.1 DEFINICIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR

El objeto a contratar es: COSTRUCCIÓN DEL PALACIO MUNICIPAL EN MANAGRÚ CABECERA


MUNICIPAL DE CANTÓN DE SAN PABLO, CHOCÓ

2.2 ESPECIFICACIONES DEL OBJETO A CONTRATAR

Las actividades se ejecutarán de acuerdo con los ítems y cantidades del presupuesto oficial
realizado por el municipio.
Adicionalmente hay que considerar las siguientes especificaciones:

✓ Normas técnicas colombianas (NTC)


✓ Normas ASTM
✓ RAS 2000
✓ NSR 10
✓ Especificaciones técnicas del proyecto 3

2.3. CLASIFICACIÓN UNSPSC

El objeto contractual se clasifica en los siguientes códigos del Clasificador de Bienes y Servicios:

Segmento Familia Clase Producto


72 10 15 00
72 10 29 00
72 10 33 00
81 10 15 00
95 12 19 00
95 12 21 00

2.4. PRESUPUESTO

Para lograr los resultados esperados de la infraestructura a construir es necesario llevar a cabo el
desarrollo de las siguientes actividades:

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PRESUPUESTO DE OBRA
VALOR
ITEM DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD VALOR TOTAL
UNITARIO
1 PRELIMINARES
Cerramiento en Polisombra de 2,10
1.1 ML 336.54 14,609
metros de altura.
1.2 Descapote y Limpieza M2 755.78 5,314
1.3 Localización y Replanteo M2 755.78 5,859

2 CIMENTACIÓN Y ESTRUCTURAS EN CONCRETO


2.1 Excavaciones Manuales M3 415.53 58,595
2.2 Lleno en Material Seleccionado M3 302.31 137,533
2.3 Retiro de material sobrante M3 306 67,302
Concreto para solado de 2000 PSI -
2.4 M3 13.21 735,763
para Cimientos.
Concreto de 3000 PSI - Vigas de
2.5 ML 100.02 101,101
cimientos para materas (0,20x0,20). 4
2.6 Concreto de 240 kg/cm² (3500 PSI). M3 95.49 1,035,302
2.7 Vigas aéreas en concreto de 3500 Psi M3 36.49 1,147,550
Vigas de Remate en Concreto de 3500
2.8 M3 35.54 1,147,550
PSI
2.9 Columnas en Concreto de 3500 PSI M3 50.58 1,112,270
Placa contrapiso de 0,10 m concreto de
2.10 3000 Psi (incluye malla electrosoldada M2 732.36 153,980
D= 6.0 mm).
rampa y Escalera en Concreto de 3000
2.11 m3 8.90 925,666
Psi
Tanque subterráneo para
2.12 M3 10.50 1,076,990
almacenamiento de agua.
Acero de refuerzo (Incluye alambre
2.13 KG 68743.13 $9,084
negro y figuración)
Losa para tanques en concreto de 3000
2.14 M2 11.19 $191,208
Psi.
Losa en Metaldeck 2" calibre 22 en
2.15 M2 349.32 $215,159
concreto de 3000 Psi.
2.16 Concreto de 3000 PSI - para materas m3 8.40 1,064,705

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3 MAMPOSTERIA
3.1 Mampostería en bloque N°5 M2 1101.82 57,839
Pañete liso interior 1:4 incluye filos y
3.2 M2 1,434.95 34,855
dilataciones.
Pañete liso exterior impermeabilizado
3.3 M2 686.32 53,125
1:4 incluye filos y dilataciones.

4 ESTRUCTURAS PARA CUBIERTA


4.1 Vigas Metálicas para Cubierta ML 104.40 136,618
4.2 Correas metálicas para Cubierta UN 60.00 144,192
4.3 Cubierta en Teja Arquitectónica M2 487.37 79,207
Cubierta en Lamina Alveolar poligal
4.4 M2 29.40 84,457
translucida.

5 INSTALACIONES ELECTRICAS
5.1 Acometida Eléctrica ML 90.00 1,031,639 5
5.2 Salida de iluminación Bombillo 60w UN 15.00 407,992
5.3 Salida de iluminación Lámparas 2X 32W UN 58.00 533,090
5.4 Salida de interruptores Sencillos UN 31.00 339,586
5.5 Salida de interruptores Doble UN 40.00 341,686
5.6 Salida de interruptores Triples UN 4.00 297,272
5.7 Breakers UN 8.00 52,892
5.8 Breakers Totalizador 2 X 160 Amperios UN 1.00 512,003
5.9 Salida toma corriente Doble UN 74.00 505,162
5.10 Salida toma Interruptor UN 2.00 505,162
5.11 Medidor 220 Voltios UN 1.00 1,123,533
5.12 Tablero para 12 Circuitos UN 2.00 289,014
5.13 Instalacion red de media tensión. UN 1.00 15,167,192
5.14 instalacion transformador un 1.00 14,663,220
5.15 instalacion para aire acondicionado ml 50.00 56,148
5.16 Puesta a Tierra UN 4.00 591,829

6 INSTALACIONES HIDROSANITARIAS
6.1 Acometida agua potable PVC – Pres. ML 18.60 50,120
¾”, incluye excavación y relleno.

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6.2 Medidor de agua 1/2", incluye caja UN 1.00 547,969


Tubería pvc-pres. Diámetro 3/4".
6.3 ML 44.92 54,583
Incluye soportes y accesorios.
Tubería pvc-pres. Diámetro 2 1/2".
6.4 ML 1.60 50,978
Incluye soportes y accesorios.
Tubería PVC-pres. Diámetro 1". Incluye
6.5 ML 50.36 54,408
soportes y accesorios
Tubería PVC-pres. Diámetro 1 1/2".
6.6 ML 40.51 56,053
Incluye soportes y accesorios
Tubería PVC-pres. Diámetro 2". Incluye
6.7 ML 13.91 39,078
soportes y accesorios
Punto hidráulico para aparato.
6.8 UN 41.00 57,575
Diámetro 3/4".
6.9 Tuberías de PVC sanitarias ø 2” ML 41.56 62,003
Bajante en PVC sanitaria para aguas
6.10 ML 79.82 42,500
pluviales ø 3”.
6
6.11 Tuberías de PVC sanitarias ø 4”. ML 91.23 71,103
6.12 Tuberías de PVC sanitarias ø 6” ML 34.07 92,173
6.13 Punto sanitario de 4". UN 20.00 130,953
Punto sanitario de 2" (lavamanos,
6.14 UN 20.00 129,828
lavaplatos, sifón duchas, sifones)
6.15 Caja de inspección 1,0 x 1,0 metros M3 1.20 1,034,456
Bomba Pedrollo Monofásica de
6.16 UN 1.00 691,163
referencia CP60
Tanque 1000 litros, incluye flotador,
6.17 UN 2.00 355,163
válvulas y accesorio
6.18 Contador publico UN 1.00 334,163

7 ELEMENTOS NO ESTRUCTURALES
7.1 Dintel en concreto 3000 psi para muros ML 153.32 64,350
Concreto de 210 kg/cm² 3000 psi.
7.2 ML 295.88 145,253
Incluye acero
7.3 Viga canal metálica ML 117.37 120,421

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Acero de refuerzo (Incluye alambre


7.4 KG 3154.51 7,847
negro y figuración).

8 ACABADO DE PISOS Y BAÑOS


8.1 baldosa cerámica 0.458m x 0.458m M2 266.75 103,161
color Viana.

8.2 Guarda escoba en Baldosa cerámica ML 299.20 11,269


Viana.
8.3 baldosa cerámica 0.56m x 0.56m color M2 366.57 106,311
Crema Marfil.
8.4 Guarda escoba en Baldosa cerámica ML 671.28 24,190
Crema Marfil
8.5 Baldosa cerámica 0.25m x 0.25m natal M2 174.95 73,761
Blanco Piso baños.
8.6 baldosa cerámica .205 m x .305 m Jaya M2 196.56 87,652
Blanca muros baños. 7
8.7 Suministro e Instalación de adoquín M2 165.07 181,102

9 PINTURAS
9.1 Estuco + pintura biocida muros M2 1434.95 46,169
internos incluye filos y dilataciones.
9.2 Pintura exterior de alta resistencia en la M2 686.32 27,535
interperie incluye filos y dilataciones.

10 APARATOS SANITARIOS Y ACCESORIOS


10.1 Lavamanos de colgar línea institucional, UN 17.00 194,005
color blanco Incluye Grifería mono
control.
10.2 Sanitario de tanque, color blanco UN 20.00 279,005
Incluye accesorios y grifería para el
correcto funcionamiento.
10.3 Poceta en acero inoxidable. Incluye UN 1.00 184,170
accesorios y grifería para el correcto
funcionamiento.

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10.4 Elementos de seguridad baño para UN 1.00 224,502


personas en condición de discapacidad
en acero Inox. Dia. 1 y 1/2".
10.5 Rejillas piso con sosco incluye UN 5.00 31,668
instalacion
10.6 Llave terminal tipo jardín pesada UN 2.00 54,502

11 CARPINTERIA y CERRAJERIA
11.1 Ventanas en Aluminio Tipo 1 m2 37.50 234,909
11.2 Ventanas en Aluminio Tipo 2 m2 19.30 573,358
11.3 Puerta Tipo 1. UN 25.00 437,960

11.4 Puerta Tipo 2. UN 2.00 1,860,710

11.5 Puerta Tipo 3. UN 3.00 2,039,210


11.6 Rejillas Superior. Incluye vidrio UN 3.00 217,460 8
11.7 Divisiones en acero inoxidable M2 14.00 765,717
Espejo en cristal 4mm flotado y
11.8 UN 4.00 518,502
biselado.
11.9 Barandas en acero galvanizado y negro ML 31.00 103,928
11.10 Cielo Raso en PVC (incluye estructura) M2 778.67 67,792
11.11 Barrera en Listones ecowood M2 336.00 79,654

12 PAISAJISMO $4,027,900

12.1 Plantado de francesina de 0.40 metros UN 20.00 29,483


de altura.
12.2 Plantado de mani forrajero UN 300.00 10,558
12.3 Plantado de Croto UN 20.00 13,542

13 AIRE ACONDICIONADO
suministro e instalación de Unidad de
aire acondicionado tipo paquete
13.1 condensada por aire 15TR eficiencia UN 2.00
35,998,588
SEER 20. 220V Trifásica. Incluyen
protección térmica y de

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sobretensiones. Puertas removibles


distribución de redes de aire
13.2 m2 53.00 362,426
acondicionado.
13.3 Rejillas 0,4x0,16 m UN 33.00 117,258

13.4 Rejillas 0,4x0,2 m UN 31.00 121,458

13.5 EXTRACTOR BAÑOS S&P SILENT UN 9.00 221,807


300M3/H / 120V.
13.6 Base en concreto m2 22.23 164,231

13.7 Cerramiento en malla eslabonada ML 11.79 513,448

14 REDES VOZ Y DATO


14.1 Suministro e instalacion de SWITCHS UN 2.00 6,598,932
TP-LINK T1600G-52PS (TL-SG2452P)
V4Switch Smart JetStream Gigabit PoE+
de 48 Puertos con 4 Ranuras SFP.
9
14.2 Suministro e instalacion de SWITCHS UN 2.00 3,994,346
TP-LINK 1- switch T1600G-52TS (TL-
SG2452) Switch Smart de 48 Puertos
Gigabit con 4 Ranuras SFP
14.3 suministro e instalacion de RACK UN 2.00 6,912,929
ABIERTO (FRONTAL Y POSTERIOR)
INCLUIDAS 2 REGLETAS HORIZONTALES
DE 12 SALIDAS ELECTRICAS.
14.4 suministro e instalacion de UPS On Line UN 1.00 14,735,035
Powest Titan Bifasica 6Kva.
14.5 suministro e instalacion de GABINETE UN 2.00 12,136,157
METALICO FABICADO EN ACERO
LAMINADO EN FRIO.
14.6 Suministro e instalacion de PACH CORD UN 118.00 54,543
DE 5 PIES CAT 6A F/UTP.
14.7 Suministro e instalacion de TOMA UN 118.00 98,695
SENCILLO CATEGORIA 6A F/UTP.
Suministro e instalacion de PATCH
14.8 PANEL DE 24 PUERTOS ANGULADO CAT UN 8.00 1,476,399
6ª.
Suministro e instalacion de PACH CORD
14.9 UN 118.00 49,807
DE 3 PIES CAT 6A F/UTP.

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14.10 PUNTO CABLE UTP CAT 6A UN 59.00 658,339


14.11 Suministro e instalacion de polo a tierra UN 1.00 7,970,841
14.12 Suministro e instalacion de FIBRA ml 12.00 18,702
OPTICA, PARA CABLEADO VERTICAL.
14.13 suministro e instalacion de CABLO FIL ml 26.12 545,456
DE 400 CON ACCESORIOS.
14.14 Suministro e instalacion de CABLO FIL ml 42.89 425,715
DE 200 CON ACCESORIOS.
14.15 Suministro e instalacion de CABLO FIL ml 46.60 330,423
DE 50 CON ACCESORIOS.
14.16 Suministro e instalacion de DUCTO DLP ml 58.00 305,131
150 X 50 CON DIVISION Y ACCESORIOS.
14.17 Suministro e instalacion de AIRE UN 2.00 5,212,370
ACONDICIONADO LG Inv. 9btu
Vm092c8 220v Blanco.
14.18 CERTIFICACION DE LOS PUNTOS DE RED UN 118.00 25,324

15 RED CONTRA INCENDIO 10


Suministro e instalación de extintor UN 6.00 909,246
15.1
tipo 2A:10B:C 20 libras
Suministro e instalación de extintor UN 1.00 1,664,000
15.2
tipo K 20 libras.

16 ASEO GENERAL
16.1 Limpieza y Aseo General UN 1105.10 3,535
COSTOS DIRECTOS

ADMINISTRACCION % 23.00%
IMPREVISTOS % 2.00%
UTILIDADES % 5.00%

AIU % 30.00%

CERTIFICACION RETIE % 1.00%

CERTIFICACION RETILAP % 1.50%

PLAN DE INVERSION AMBIENTAL 2.00%

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COSTO TOTAL $ 3,322,458,597

2.5. EQUIPO DE TRABAJO MÍNIMO

El proponente es libre de proveer o vincular el personal que requiera para la ejecución del objeto
del contrato, de acuerdo con la organización que adopte para tal efecto. Sin embargo, deberá
garantizar un equipo de trabajo mínimo de profesionales o expertos, capacitados que permita la
adecuada ejecución de la obra, cuya formación académica y experiencia mínima se definen en el
numeral 5.2.

2.6. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR

De conformidad con la tipificación de los contratos que en desarrollo del estatuto contractual y en
la búsqueda de la consecución de sus fines a través de particulares celebran las entidades sujetas
al Estatuto General de Contratación Pública, y el objeto contractual que se persigue, la entidad
suscribirá un contrato de obra civil el cual se regula por las disposiciones contenidas en la Ley 80
de 1993, 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015 y demás normas que rigen la materia.
11

3. LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN, INCLUYENDO LOS


FUNDAMENTOS JURÍDICOS.

El Contrato de obra que se pretende celebrar, se regula por las disposiciones contenidas en la Ley
80 de 1993, 1150 de 2007, el Decreto 1082 del 26 de mayo de 2015 y demás normas que rigen la
materia, por lo tanto para el trámite del presente proceso procede la aplicación de lo ordenado en
ellas, mediante la modalidad de Licitación Pública, definido en el artículo 2 Numeral 1 (modificado
por el Decreto 019 de 2012) de la Ley 1150 de 2007 y el Capítulo 2: Disposiciones especiales del
sistema de compras y contratación pública; Sección 1: Modalidades de selección; Subsección 1:
Licitación Pública del Decreto 1082 del 26 de mayo de 2015.

De la selección objetiva. Es objetiva la selección en la cual la escogencia se haga al ofrecimiento


más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, sin tener en consideración factores
de afecto o de interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva. En consecuencia, los
factores de escogencia y calificación que establezcan las entidades en los pliegos de condiciones
o sus equivalentes, tendrán en cuenta los siguientes criterios:

1. La capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización


de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes
para la participación en el proceso de selección, con excepción de lo previsto en el numeral 4

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del presente artículo. La exigencia de tales condiciones debe ser adecuada y proporcional a la
naturaleza del contrato a suscribir y a su valor. La verificación documental de las condiciones
antes señaladas será efectuada por las Cámaras de Comercio de conformidad con lo establecido
en el artículo 6° de la presente ley, de acuerdo con lo cual se expedirá la respectiva certificación.

2. La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y
económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenida en los
pliegos de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que
la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos. En los
contratos de licitación pública, la oferta más ventajosa será la que resulte de aplicar alguna de
las siguientes alternativas:

a) La ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas


señaladas en el pliego de condiciones;

b) La ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de


costo-beneficio para la entidad, para lo cual el pliego de condiciones establecerá:

I. Las condiciones técnicas y económicas mínimas de la oferta. 12

II. Las condiciones técnicas adicionales que para la entidad representen ventajas de calidad o de
funcionamiento. Dichas condiciones podrán consistir en aspectos tales como el uso de
tecnología o materiales que generen mayor eficiencia, rendimiento o duración del bien, obra
o servicio.

III. Las condiciones económicas adicionales que para la entidad representen ventajas
cuantificables en términos monetarios, como por ejemplo la forma de pago, descuentos por
adjudicación de varios lotes, descuentos por variaciones en programas de entregas, valor o
existencia del anticipo, mayor garantía del bien o servicio respecto de la mínima requerida,
impacto económico sobre las condiciones preexistentes en la entidad directamente
relacionadas con el objeto a contratar, mayor asunción de riesgos previsibles identificados,
servicios o bienes adicionales a los presupuestados por la entidad y que representen un
mayor grado de satisfacción para la entidad, entre otras.

IV. Los valores monetarios que se asignarán a cada ofrecimiento técnico o económico adicional,
de manera que permitan la ponderación de las ofertas presentadas. En ese sentido, cada
variable se cuantificará monetariamente, según el valor que represente el beneficio a recibir de
conformidad con lo establecido en los estudios previos. .

La adjudicación recaerá en el proponente que haya presentado la oferta con la mejor relación
costo-beneficio. El contrato se suscribirá por el precio total ofrecido.

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Por otra parte, en su parágrafo Primero se establece: “…La ausencia de requisitos o la falta
de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la
comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los
ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no
afecten la asignación de puntaje, podrán ser solicitados por las entidades en cualquier
momento, hasta la adjudicación. No obstante, lo anterior, en aquellos procesos de selección en
los que se utilice el mecanismo de subasta, deberán ser solicitados hasta el momento previo a su
realización…” Según lo señalado en la disposición trascrita, se analiza que la escogencia de los
futuros contratistas que ejecutarán los mencionados proyectos se adelantará a través de la
modalidad de selección conocida como LICITACIÓN PUBLICA, a que se refiere el artículo 2º de la
Ley 1150 de 2007.

En consecuencia, el marco normativo que debe regir el presente proceso de selección está
conformado por la Constitución Política, la Ley 80 de 1.993, la Ley 1150 de 2007 y el decreto
1082 de 2015

Con el fin de determinar las cuantías que han de ser tenidas en cuenta al momento de adelantar
procesos de selección, cuando estos lo requieran, de acuerdo al presupuesto del Municipio 13
del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020.

CONCLUSIÓN

Una vez analizadas las modalidades de selección contenidas en la Ley 1150 de 2007, se
concluye que la selección del contratista se realizará mediante LICITACIÓN PÚBLICA
NACIONAL, modalidad mediante la cual se adelantará el presente proceso de selección.

El MUNICPIO EL CANTON DE SAN PABLO financiará el valor del contrato con cargo a recursos del
presupuesto de la actual vigencia fiscal, hasta por un valor de TRES MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS
MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS
($3.322.458.597 COP).

4.1 FORMA DE PAGO

La Entidad cancelará al Contratista el valor del contrato mediante Cuatro (4) pagos parciales todos
posteriores a la ejecución de las obras, así: 1. El primer pago será el equivalente al Cuarenta por
Ciento (40%) del valor del contrato, y se hará cuando el Contratista haya ejecutado cuando menos
el Cuarenta por Ciento (40%) del valor del total del contrato suscrito; 2. El segundo pago será el
equivalente al Treinta por Ciento (30%) del valor del contrato y se efectuará cuando el Contratista
haya ejecutado cuando menos el Setenta por Ciento (70%) del valor total del contrato; 3. Un
tercer pago se hará por el valor del Quince por Ciento (15%) del valor total del contrato de obra y

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se hará cuando el contratista haya ejecutado cuando menos el Ochenta y Cinco por Ciento (85%)
del valor total del contrato; 4. Un último pago equivalente al Quince por Ciento (15%) restante del
valor del contrato, que se pagará contra liquidación del contrato.

NOTA 1: El oferente seleccionado deberá constituir ante un banco o entidad financiera, una Carta
de Crédito Limpia por cuenta y orden del solicitante por el Diez (10%) del Valor del Contrato.

4.2. El análisis técnico y económico que soporta el valor estimado del contrato, indicando con
precisión las variables consideradas para calcular el presupuesto de la respectiva contratación, así
como su monto y el de los costos para la Entidad asociados a la realización del proceso de
selección y la ejecución del contrato.

✓ Costos directos (prestaciones sociales).


✓ Costos indirectos, entre los que se incluye:
- Personal administrativo no facturable.
- Asesoría legal y tributaria.
- Costos oficina (arrendamiento, administración y servicios públicos.
- Papelería de oficina.
- Equipos de oficina para usos del proyecto.
14
- Seguridad industrial y ocupacional.
- Pólizas.
- Gastos e intereses bancarios (4/1000).

5. LOS CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE.

El procedimiento de selección del contratista está sometido a los principios de transparencia,


selección objetiva e igualdad de derechos oportunidades de los que se deriva la obligación de
someter a todos los oferentes a las mismas condiciones definidas en la ley y en el pliego de
condiciones.

Cabe recordar que los pliegos de condiciones forman parte esencial del contrato; son la fuente
de derechos y obligaciones de las partes y elemento fundamental para su interpretación e
integración, pues contienen la voluntad de la administración a la que se someten los
proponentes durante el proceso de licitación pública y el oferente favorecido durante el mismo
lapso y, más allá, durante la vigencia del contrato.

REQUISITOS HABILITANTES

La Entidad Estatal contratante debe verificar que los Proponentes cumplan con los requisitos
habilitantes establecidos con el RUP.

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A. Capacidad Jurídica

En el presente Proceso de Contratación pueden participar (i) personas jurídicas, nacionales o


extranjeras; (ii) personas naturales que tengan capacidad para obligarse por sí mismas; y (iii)
consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura conformados por las personas
naturales o jurídicas en las condiciones previstas anteriormente, cuyo objeto social les permita
cumplir con el objeto del Contrato. Las personas jurídicas o proponentes plurales deben tener una
duración por lo menos igual a la vigencia del Contrato y un año más.

El municipio de El Cantón de San Pablo, revisará que los proponentes no se encuentren en


causales de inhabilidad o incompatibilidad para presentar la Oferta, celebrar o ejecutar el
Contrato. Para ello, revisará entre otros, el boletín de responsables fiscales, el certificado de
antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales y el RUP.

Las personas jurídicas extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con el
documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio no anterior a
tres (3) meses desde la fecha de presentación de la Oferta, en el cual conste que el representante
legal no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la persona jurídica, o
aportando la autorización o documento correspondiente del órgano social directo que lo faculta.
15

➢ Carta de presentación de la propuesta

De acuerdo con el FORMATO, suministrado por el municipio de El Cantón de San Pablo, la carta de
presentación de la propuesta debe estar suscrita por la persona natural o por el representante
legal de la persona jurídica o por el representante designado por los miembros del consorcio o de
la unión temporal, y avalada por un Ingeniero Civil y/o arquitecto. Se deberá anexar copia de la
cédula de ciudadanía de quien suscribe la oferta y de quien la avala, al igual que copia de la
matrícula o tarjeta profesional de este último.

Cuando el proponente o su representante tengan la condición de Ingeniero Civil y/o arquitecto, no


será necesario el aval de otra persona con igual profesión. Quien suscriba la carta de presentación
de la oferta deberá:

a. Persona jurídica: Tener la calidad de representante legal o apoderado del proponente, con
facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. En este último caso, la facultad
de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de
resultar adjudicatario) y liquidarlo. Si la presentación de la propuesta implica la trasgresión del
deber establecido en el numeral 7º del artículo 23 de la ley 222 de 1995, el proponente individual
o el integrante de la propuesta conjunta deberá, además, allegar autorización de la junta de socios
o asamblea general de accionistas, según corresponda.

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b. Consorcio o unión temporal: Tener la calidad de representante del consorcio o unión temporal,
con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de
representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de
resultar adjudicatarios) y liquidarlo.

➢ Acreditación de la existencia y la representación legal

Los proponentes que tengan la calidad de personas jurídicas deberán presentar el certificado de
existencia y representación legal, o sus documentos equivalentes en caso de personas jurídicas
extranjeras, expedido dentro del mes anterior a la fecha señalada para el cierre del término para
presentar propuestas, donde evidencie que el objeto social permite presentar la propuesta
respectiva, celebrar, ejecutar y liquidar el contrato objeto del presente proceso de selección. Así
mismo, en tal documento deberá constar que la duración de la sociedad no es inferior a la
duración del contrato objeto del presente proceso de selección y un (1) año más. Deberá
adjuntarse fotocopia del documento de identificación del representante legal de la persona
jurídica.

Los proponentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su
documento de identificación. Las propuestas presentadas por personas naturales de origen
16
extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización
correspondiente, expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes.

Las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar que cuentan con un
apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para
representarlas judicial o extrajudicialmente hasta la constitución de la sucursal en Colombia, en
caso de resultar aceptada su propuesta, de conformidad con lo señalado en el título VIII del Libro II
del Código de Comercio Colombiano.

Los proponentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el certificado de


existencia y representación legal de las personas jurídicas y/o la fotocopia de la cédula de
ciudadanía de las personas naturales que los conforman. En caso de que uno o varios de los
integrantes de la forma conjunta sea una persona natural de origen extranjero o una sociedad
extranjera sin sucursal en Colombia, la propuesta deberá acompañarse de los documentos
indicados en los dos párrafos precedentes, según corresponda.

➢ Documento de constitución del consorcio o unión temporal

El proponente, con la oferta, deberá anexar un documento suscrito por los integrantes de la forma
asociativa escogida, o por sus representantes debidamente facultados, en el que conste la
constitución de la unión temporal o el consorcio, según corresponda, en el cual se exprese lo
siguiente:

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a. Identificación de cada uno de sus integrantes: Nombre o razón social, tipo y número del
documento de identificación y domicilio.

b. Designación del representante: Deberán constar su identificación y las facultades de


representación, entre ellas, la de presentar la oferta correspondiente al presente proceso de
selección y las de celebrar, modificar y liquidar el contrato en caso de resultar adjudicatario, así
como la de suscribir la totalidad de los documentos contractuales que resulten necesarios.

c. Indicación de los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del


contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa, así como las reglas básicas que
regularán sus relaciones.

d. Indicación de la participación porcentual de cada uno de los integrantes en la forma asociativa


correspondiente.

e. Duración de la forma de asociación escogida, la cual no podrá ser inferior al lapso comprendido
entre la fecha de entrega de la propuesta y un (1) año después de finalizado el contrato objeto del
presente proceso de selección.
17
f. El documento deberá ir acompañado de aquellos otros que acrediten que quienes lo suscriben
tienen la representación y capacidad necesarias para dicha constitución y para adquirir las
obligaciones solidarias derivadas de la propuesta y del contrato resultante.

En todo caso, dentro del ciento por ciento de la participación, uno de los integrantes de un
consorcio o unión temporal deberá tener una participación mínima del cincuenta por ciento (50%)
y ninguno podrá tener una participación inferior al veinte por ciento (20%) de lo contrario, la
propuesta no será tenida en cuenta para la evaluación.

El proponente deberá tener en cuenta que después de la presentación de la propuesta, no podrá


modificar los literales a y d del presente numeral, ni tampoco alguno de los integrantes podrá
desistir o ser excluido en la participación, so pena de aplicar el numeral 2.9.3.5 (Causales de
rechazo).

➢ Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes parafiscales

Para personas Jurídicas:

De conformidad con lo establecido por el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el proponente deberá
suministrar con la oferta la certificación expedida por el Revisor Fiscal o en su defecto por el
Representante Legal de la entidad de los pagos del sistema de Salud, riesgos Profesionales,
Pensiones, Aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar

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Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, para los seis (6) meses anteriores al cierre del
presente proceso de selección.

La certificación requerida deberá ser expedida dentro de los treinta días calendario, anteriores al
cierre del presente proceso de selección. Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra
forma asociativa que se presente, cada uno de sus integrantes deberá aportar la respectiva
certificación.

En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras, respecto de alguna de las
obligaciones mencionadas, deberá manifestar que existe acuerdo de pago y que se encuentra al
día en el cumplimiento del mismo. En este evento, el oferente deberá anexar certificación
expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago.

Para Personas Naturales

Las personas naturales deberán acreditar la afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral
conforme a la Ley 100 de 1993, Artículo 4°, Ley 797 de 2003 y el Decreto Ley 2150 de 1995. Si
tienen trabajadores a su servicio deberán acreditar, además, el pago de dichos aportes y los
parafiscales en los casos que se requiera de conformidad con la normatividad vigente.
18

➢ Garantía de seriedad de la propuesta

Conforme a lo establecido en el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del decreto 1082 de 2015 Garantía de los
riesgos derivados del incumplimiento de la oferta, debe cubrir la sanción derivada del
incumplimiento de la oferta, en los siguientes eventos: 1. La no ampliación de la vigencia de la
garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la Adjudicación o para suscribir el contrato
es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses. 2. El retiro de la oferta
después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas. 3. La no suscripción del
contrato sin justa causa por parte del adjudicatario. 4. La falta de otorgamiento por parte del
proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.

En base al artículo 2.2.1.2.3.1.9 Suficiencia de la garantía de seriedad de la oferta. Donde se


establece que: La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la presentación de la
oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato y su valor debe ser de por
lo menos el diez por ciento (10%) del valor de la oferta.

Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la póliza deberá tomarse a


nombre de sus integrantes, y no a nombre de sus representantes legales; si es presentada por una
persona jurídica, la póliza o garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el
Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, y no solo
con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse
de esa manera.

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Con la póliza de seriedad, el proponente garantiza: Que mantendrá la propuesta sin modificarla,
desde la fecha de cierre de la licitación y durante el periodo de validez de la misma. Que firmará el
Contrato en caso de serle adjudicado y ejecutará los demás actos requeridos para la legalización y
el perfeccionamiento del mismo, dentro de los plazos previstos en este pliego de condiciones. Que
constituirá las garantías exigidas para el cumplimiento del Contrato, dentro de la oportunidad
requerida. El valor asegurado quedara a favor del Municipio cuando el proponente incumpla con
alguno de los casos citados. Es entendido que la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta
no exonera al proponente de las acciones jurídicas legales conducentes al reconocimiento de los
perjuicios causados al Municipio, no cubiertos por el valor de la citada garantía. En el evento de
que el proponente favorecido no suscriba el Contrato, el Municipio podrá adjudicarlo, dentro de
los quince (15) días hábiles siguientes, al proponente clasificado en segundo lugar, sin perjuicio de
hacer efectivas las sanciones mencionadas a quien haya incumplido. De conformidad con lo
previsto en el literal e), numeral 1°del artículo 8 de la Ley 80 de 1993, quienes sin justa causa se
abstengan de suscribir el Contrato estatal adjudicado incurrirán en la causal de inhabilidad e
incompatibilidad señalada. La garantía de seriedad le será devuelta al proponente que lo solicite,
una vez haya sido perfeccionado y legalizado el Contrato respectivo.

➢ Compromiso de Transparencia
19

Se utilizará el FORMATO, suministrado por el municipio de El Cantón de San Pablo, debidamente


diligenciado y suscrito por el proponente, su representante legal o apoderado.

➢ Certificado de Antecedentes fiscales de la Contraloría General de la república

De conformidad con lo consagrado en el artículo 60 Ley 610 de 2000 y el parágrafo primero del
artículo 38 de la Ley 734 de 2002, ningún proponente ni los integrantes de consorcios o uniones
temporales, podrá estar registrado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría
General de la República vigente a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
Igual requisito deberá acreditar el representante legal de las personas jurídicas proponentes o
integrantes de proponentes plurales. En caso que el proponente o su representante legal
aparezcan reportados en el boletín de responsables fiscales de, su propuesta será rechazada.

Tratándose de interesados extranjeros sin cedula de extranjería o sin sucursal en Colombia y en


cuyo de país de origen no existe Boletín de Responsables Fiscales o su equivalente, deberá indicar
esta circunstancia, en documento suscrito bajo la gravedad de juramento por el proponente
persona natural o representante legal de la persona jurídica, como proponente individual o
integrante del proponente plural.

➢ Certificado de antecedentes Disciplinarios Procuraduría General de la Nación

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Ningún proponente, ni los integrantes de consorcios o uniones temporales, podrán presentar


antecedentes disciplinarios vigentes que impliquen inhabilidad para contratar con el estado, a la
fecha establecida para el cierre del presente proceso de selección, de conformidad con lo
establecido en 1238 de 2008.

Igual requisito deberá acreditar el representante legal de las personas jurídicas proponentes o
integrantes de proponentes plurales.

En caso que en el certificado de antecedentes disciplinarios conste que el proponente o su


representante legal presente antecedentes disciplinarios vigentes que impliquen inhabilidad para
contratar con el Estado, su propuesta será rechazada.

Tratándose de interesados extranjeros sin cedula de extranjería o sin sucursal en Colombia y en


cuyo de país de origen no exista Ente Estatal que certifique la ausencia de antecedentes
disciplinarios, se deberá indicar esta circunstancia así como la declaración de no contar con
antecedentes disciplinarios que impliquen inhabilidad para contratar en documento suscrito bajo
la gravedad de juramento por el proponente persona natural o representante legal de la persona
jurídica, como proponente individual o integrante del proponente plural.
20
➢ Certificación de no estar incurso en prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades
para contratar con el Estado

Certificación en donde se indique bajo la gravedad de juramento y firmada por el proponente si es


persona natural o por el representante legal si es persona jurídica, que el proponente no se
encuentra incurso en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para celebrar contratos
con el Estado, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8 de Ley 80 de 1993 y que
adicionalmente no ha sido declarado responsable judicialmente por la comisión de delitos de
peculado, concusión, cohecho, prevaricato en todas sus modalidades y soborno transnacional, así
como sus equivalentes en otras jurisdicciones, de conformidad con los dispuesto en el Artículo 18
de la Ley 1150 de 2007 literal j), y las demás disposiciones constitucionales y legales vigentes
aplicables.

➢ Relación de Multas o Sanciones

La información sobre multas o sanciones será obtenida del Registro Único de Proponentes de la
Cámara de Comercio o de cualquier otra información de la que tenga conocimiento la Secretaría
de Planeación e Infraestructura Física del municipio de El Cantón de San Pablo, o que sea
suministrada por los oferentes, relacionada con actos administrativos debidamente ejecutoriados
respecto de algún participante en el proceso.

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➢ Fotocopia de la Matrícula Profesional y Certificado de Vigencia, del profesional que avala


la propuesta.

En el caso de personas jurídicas o de consorcios o uniones temporales, que tengan al menos una
persona jurídica como integrante y cuyo representante legal no sea profesional del alcance de la
actividad(es), éstas deberán presentar la propuesta avalada por profesional(es) de la(s)
especialidad(es) del objeto a contratar, acompañada de la fotocopia de la(s) respectiva(s)
matrícula(s) profesional(es) y certificado(s) de vigencia de la(s) misma(s).

Las personas naturales que actúen como proponentes individuales o integrantes de cualquier
modalidad de asociación deben estar debidamente matriculadas y deben anexar fotocopia de la
respectiva matrícula y certificado de vigencia actualizado de la misma, expedidos por el respectivo
Consejo Profesional, para efectos de verificar que no tengan restricciones a su ejercicio
profesional.

Si se trata de personas jurídicas, cuyo representante legal no sea profesional, el proponente


deberá avalar la propuesta por profesional (es) del(as) área(s) de la(s) especialidad(es).

Si se trata de persona natural, deberá acreditar ser profesional en el alcance de la actividad para
21
la(s) especialidad(es). En el caso de propuestas presentadas por persona natural, no se aceptará el
aval de la propuesta.

Los certificados de vigencia profesional, se someterán a las reglas definidas en la ley.

➢ Registro Único de Proponentes (RUP)

Este documento deberá ser presentado por todos los proponentes, salvo los que sean personas
naturales extranjeras sin domicilio en el país o personas jurídicas extranjeras sin sucursal en
Colombia. Los proponentes extranjeros deben tener en cuenta lo indicado para ellos en el acápite
“Inscripción de personas extranjeras” del presente numeral.

Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá
adjuntar la información.

Los proponentes que sean personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o personas
jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia no deben inscribirse en el RUP.

Todos los proponentes salvo las personas indicadas en el párrafo anterior, deberán presentar
certificado de inscripción, en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, el
mismo debe estar vigente y el certificado deberá haber sido expedido con fecha no mayor a
treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de este proceso de selección. Si se
prorroga dicha fecha, esta certificación valdrá con la fecha inicial de cierre.

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La omisión de anexar el certificado de inscripción en el RUP será subsanable. En caso que este
certificado haya sido suministrado al municipio por el proponente en otro expediente, valdrá la
copia que el municipio le tome y anexe al expediente de este proceso, siempre y cuando el
proponente indique EN SU PROPUESTA, de manera expresa y clara, en qué expediente se
encuentra y que los requisitos exigidos para este concurso se cumplan.

La no inscripción del proponente a la fecha de cierre de este proceso, y la información contenida


en el certificado, no serán subsanables en ningún caso. Cuando se subsane la fecha de expedición,
no se tendrán en cuenta las modificaciones realizadas sobre el mismo, con posterioridad a la
fecha de cierre. Cuando se subsane la omisión del certificado, tampoco se tendrán en cuenta las
modificaciones realizadas en la inscripción con posterioridad a la fecha precitada.

➢ Fotocopia de la cedula de ciudadanía

Del proponente si es persona natural, del Representante Legal de proponente si es persona


jurídica, de los miembros del Consorcio o Unión Temporal, y de su Representante Legal.

Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de


copia de su pasaporte, y si se encuentra residenciado en Colombia, mediante la presentación de
22
copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad competente.

➢ Registro Único Tributario (R.U.T)

Del proponente si es persona natural o del Representante Legal de la empresa si es persona


jurídica.

➢ Certificado de asistencia a la audiencia de aclaración de pliegos de condiciones (si


alguien lo solicita) y riesgos previsibles.

De conformidad con el artículo 220 del decreto ley 019 de 2012 y el decreto 1082 de 2015; en el
día y hora previamente establecido por el municipio en el cronograma en la oficina de la Secretaría
de Planeación e Infraestructura Física del municipio El Cantón de San Pablo, ubicada en el palacio
municipal de El Cantón de San Pablo, se llevará a cabo la Audiencia de Aclaración de Pliegos y
Distribución de riesgos, la cual de conformidad con el Título I, Capítulo I, decreto 1082 de 2015
tiene por objeto:

a) Revisar, tanto por los posibles oferentes como por la entidad, la asignación de riesgos con el fin
de establecer su distribución en el pliego de condiciones.

b) Precisar el contenido y el alcance del pliego de condiciones (si es necesario ya que esto depende
de la solicitud de algún interesado).

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De esta audiencia se levantará la respectiva acta que suscriban los asistentes, como resultado de
lo debatido, la cual contendrá los temas y acuerdos tratados por los asistentes.

En la audiencia y cuando resulte conveniente, la entidad expedirá las modificaciones pertinentes a


la estimación inicial y prórroga, si fuere necesario.
La presentación de las ofertas implica una aceptación por parte del proponente respecto de la
distribución de riesgos efectuada por el Municipio en el pliego de condiciones definitivo. En
consecuencia, el contratista no podrá alegar la ocurrencia de un riesgo previsible que no fue
puesto a consideración de la entidad en el momento oportuno

La oferta más favorable para el Municipio será aquella que obtenga el más alto puntaje como
resultado de la ponderación de los factores que se relacionan a continuación, de acuerdo con el
contenido del Sobre Nº 1 de las propuestas que resulten habilitadas.

5.1. EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL PROPONENTE

5.1.1. EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE

El proponente debe acreditar tener una experiencia general no menor a doce (12) años en el
23
ejercicio profesional de la Ingeniería Civil. Para las personas naturales se tomará a partir de la
fecha de expedición de la tarjeta profesional la cual se presentará acompañada de copia del
certificado de vigencia y antecedentes disciplinarios expedido por COPNIA u organismo
competente y para las personas jurídicas a partir de la fecha de constituida o registrada la
sociedad en la cámara de comercio. En el caso de (personas jurídicas, uniones temporales y
consorcios), la experiencia podrá ser aportada por los integrantes o socios.

5.1.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE

La experiencia específica mínima de los proponentes (personas naturales) que deseen participar
en la presente modalidad de selección, se medirá teniendo en cuenta la participación como
constructor o director de obra en la ejecución de dos (02) contratos ejecutados con entidades
públicas, cuyo objeto contemple la construcción, remodelación, ampliación, adecuación y/o
mejoramiento de infraestructura pública destinada a Sede Administrativas municipales.
Certificados por el contratante, por lo menos una de las certificaciones presentadas deberá ser
mayor o igual al 20% del presupuesto oficial expresado en SMMLV.

La exigencia aquí señalada se hace en concordancia con la ley 1150 de 2007, la cual dispone “que
las entidades estatales en los procesos de contratación no podrán exigir, ni los proponentes
aportar documentación que deba utilizarse para efectuar la inscripción en el Registro Único de
Proponentes, ya que La certificación expedida por la Cámara de Comercio es plena prueba de la
calificación y clasificación del proponente y de los requisitos habilitantes que en ella constan según
la Ley precitada”.

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Para demostrar la experiencia especifica el proponente debe presentar con su propuesta el


Formato de experiencia debidamente diligenciado e indicando en él toda la información allí
solicitada. Así mismo, debe anexar la documentación adecuada y pertinente, que acredite clara y
verazmente la realización de los contratos relacionados.

Si el Proponente es plural, su experiencia corresponde a la suma de la experiencia que acredite


cada uno de sus integrantes. Si un Proponente adquiere experiencia en un contrato como
integrante de un Proponente plural, la experiencia derivada de ese contrato corresponde a la
ponderación del valor del Contrato por el porcentaje de participación.

Nota 1: En caso de que el proponente presente más certificaciones y/o contratos de los
establecidos anteriormente, el municipio de El Cantón de San Pablo considerará las primeras que
se relacionen en el ANEXO No. 4, de acuerdo con el número máximo de certificaciones y/o
contratos permitidos.

Nota 2: Para efectos de la acreditación de la experiencia requerida en el presente proceso, no se


aceptarán SUBCONTRATOS.
24
Nota 3: En caso de que una certificación incluya varios contratos, se contabilizará cada contrato
certificado de manera individual.

Nota 4: Para los contratos en los cuales se ejecutaron las etapas de Estudios Técnicos, Diseños y
Construcción o Adecuación o Rehabilitación o Mantenimiento, entre otras, se deberá desagregar
el valor correspondiente a la etapa o etapas con las que se vaya acreditar la experiencia, de la tal
forma que se pueda obtener la información requerida para poder analizar dicha experiencia.

Nota 5: No se aceptará la experiencia de contratos suscritos bajo la modalidad de administración


delegada.

Nota 6: Será válido que uno solo de los integrantes del consorcio o unión temporal aporte la
experiencia requerida, siempre que la misma cumpla CON TODAS Y CADA UNA DE LAS EXIGENCIAS
HECHAS EN ESTOS PLIEGOS DE CONDICIONES.

Nota 7: El valor de los contratos ejecutados en consorcio o unión temporal, será tenido en cuenta
en la misma proporción en la que el proponente del presente proceso de selección participó en
dicho consorcio o unión temporal, excepto cuando los miembros del consorcio o unión temporal
que ejecutaron el contrato son exactamente los mismos que presentan oferta para el presente
proceso, caso en el cual se tendrá en cuenta el 100% del valor de la experiencia acreditada.

NOTA 8: Para el caso de ofertas presentadas en consorcios o uniones temporales, no se


considerará su porcentaje de participación para el cálculo de experiencia.

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Nota 9: Para las obras realizadas bajo la modalidad de oferta mercantil la certificación es el único
documento válido para acreditar la experiencia solicitada, por consiguiente, el mencionado
documento debe contener la totalidad de la información solicitada, en los términos previstos para
la acreditación de la experiencia. Adicionalmente la certificación deberá relacionar el nombre del
oferente y el nombre de la persona natural o jurídica que ejecutó la obra.

Nota 10: En el evento que las obras objeto del contrato a certificar correspondan a una obra
propia o que sea producto de un contrato del régimen privado, que no corresponda a la ejecución
de una obra pública, su ejecución deberá acreditarse, con certificación expedida bajo la gravedad
de juramento por la persona (natural o jurídica) dueña del proyecto, representante Legal,
Contador Público o Revisor Fiscal cuando se esté obligado a contar con este, anexando además
copia de la respectiva licencia de construcción. En caso contrario la certificación no será tenida en
cuenta.

NOTA 11: Adicional a la inscripción y la clasificación de la experiencia en el RUP, de las


certificaciones aportadas por el proponente, el municipio de El Cantón de San Pablo desea poder
obtener la información que se requiere para acreditar la experiencia solicitada, así:

• Entidad contratante, teléfono y dirección.


25
• Número del Contrato (en caso de que exista).
• Nombre del contratista. (Si se ejecutó en unión temporal o consorcio identificar los
integrantes y su porcentaje de participación).
• Objeto o actividades realizadas en la ejecución del contrato las cuales deben corresponder
a las solicitadas en los presentes pliegos, en el evento de que el objeto no contenga la
información necesaria para acreditar la experiencia.
• Que la experiencia acreditada se adquirió en el período solicitado, es decir, que los
trabajos se iniciaron, ejecutaron y terminaron, dentro de dicho período. Esta condición
podrá acreditarse con: a) Fecha de iniciación (día, mes y año) y plazo o b) Fecha de
terminación (día, mes y año) y plazo o c) Fecha de iniciación y terminación (día, mes y
año).
• Valor final del contrato.
• Área en m2 construida.
• Nombre y firma de la persona que por parte del contratante es la facultada para expedir el
documento con el que se acredita la experiencia.

Las certificaciones deberán estar firmadas por el ordenador del gasto de la entidad contratante o
el funcionario competente.

No se aceptarán certificaciones suscritas por supervisores externos a la Entidad contratante.

En el evento en que el proponente no cuente con una certificación o contrato con toda la
información anteriormente descrita, podrá adjuntar entre otros la siguiente documentación:

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• Si el contrato se suscribió en consorcio o en unión temporal se podrá acreditar el


porcentaje de participación mediante copia del acuerdo de consorcio o de unión temporal.
• La fecha de iniciación de la ejecución del contrato se podrá acreditar con la copia del acta
de iniciación, de la orden o con el documento previsto en el contrato. (Basta con indicar el
año y el mes)
• La fecha de terminación de la ejecución del contrato, se podrá acreditar con copia del acta
de recibo definitivo, acta de liquidación o con el documento previsto en el contrato. (Basta
con indicar el año y el mes)
• El valor final del contrato se podrá acreditar con copia del acta de liquidación (o el
documento que haga sus veces) o el acta de recibo final a satisfacción cuando el contrato
se encuentre terminado y en proceso de liquidación.
• Los servicios prestados, con el acta de recibo final a satisfacción o el documento que haga
sus veces o con copia del acta de liquidación o Cualquier otro documento idóneo que
permita a la Entidad obtener la información para su análisis o verificación.

EL MUNICIPIO DE EL CANTÓN DE SAN PABLO se reserva el derecho de verificar durante la


evaluación y hasta la adjudicación la información aportada por el proponente y solicitar los
soportes que considere convenientes tales como: certificaciones, copias de los contratos, facturas,
actas suscritas de terminación, actas de liquidación, estados financieros, copia de pago de
26
impuestos o cualquier otro documento que soporte los requerimientos.

A los proponentes que cumplan con este requisito se les asignará la calificación de HABILITADO, a
los demás se les asignará la calificación de NO HABILITADO.

Para efectos de la calificación se determina un puntaje máximo de Mil (1000) puntos, el cual
comprende la suma de los puntajes parciales de los siguientes factores:

Factores de Calificación de las Ofertas


Aspecto profesional y Técnico del Equipo de Trabajo. 490 puntos

Valor de la propuesta económica Máximo 400 puntos


Apoyo a la Industria Nacional 100 puntos
Vinculación de personas con discapacidad 10 puntos
TOTAL, PUNTOS 1000 puntos

5.2. EXPERIENCIA Y FORMACIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO

Conformada por la Hoja de Vida, con sus correspondientes soportes, del siguiente personal
profesional mínimo para la ejecución del proyecto como requisito habilitante:

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Profesional Ofrecido para el Requisitos de Experiencia Requisitos de Experiencia


Cargo General Específica
1 Director de Obra Ingeniero Experiencia profesional acreditar como contratista
Civil, según certificado general mínima de doce (12) principal o director de obra en
expedido por el COPNIA. años como Ingeniero Civil con máximo dos (02) contratos
especialización en cualquier ejecutados con entidades
área, Esta se contará a partir públicas, cuyo objeto
de la expedición de la contemple la construcción,
matricula profesional y para remodelación, ampliación,
acreditarla deberá anexar adecuación y/o mejoramiento
fotocopia de la matricula de infraestructura pública.
profesional y certificado de
vigencia y antecedentes
disciplinarios de dicha
matricula expedida por
COPNIA u organismo
competente.
1 Residente de Obra Ingeniero Experiencia profesional Acreditar como contratista
Civil, según certificado general mínima de doce (12) principal o residente de obra 27
expedido por el COPNIA. años como Ingeniero Civil con en máximo dos (02) contratos
especialización en cualquier ejecutados con entidades
área, Esta se contará a partir públicas, cuyo objeto
de la expedición de la contemple la construcción,
matricula profesional y para remodelación, ampliación,
acreditarla deberá anexar adecuación y/o mejoramiento
fotocopia de la matricula de infraestructura pública.
profesional y certificado de
vigencia y antecedentes
disciplinarios de dicha
matricula expedida por
COPNIA u organismo
competente.
1 Arquitecto, según certificado Experiencia general mínima: acreditar haberse
expedido por el CPAA Debe acreditar una desempeñado como arquitecto
experiencia no menor a en el diseño de por lo menos 2
proyectos de obras civiles.
cuatro (4) años en el
ejercicio profesional de la
Arquitectura a partir de la
fecha de expedición de la

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Profesional Ofrecido para el Requisitos de Experiencia Requisitos de Experiencia


Cargo General Específica
matrícula profesional por el

1 ingeniero civil (especialista Ingeniero civil con experiencia Experiencia especifica en por lo
estructural) general no menor a 15 años menos 2 proyectos en
contados a partir de la fecha mejoramiento, ampliación,
de expedición de la tarjeta construcción de obras civiles.
profesional, con
especialización en estructuras.
1 Ingeniero civil especialista en Ingeniero Sanitario o Ingeniero Experiencia específica: Deberá
Hidrología o Manejo de los Sanitario con especialización o acreditar tres (3) contratos
Recursos Hídricos magister en Hidrología o como contratista principal o
Manejo de los Recursos asesor en proyectos de
Hídricos. Con experiencia no construcción de obra civil.
menor a ocho (8) años en el
ejercicio.
Asesor eléctrico, ingeniero experiencia general no menor Como experiencia especifica
eléctrico. de Tres (3) años, contada entre deberá presentar o acreditar 28
la fecha de expedición de la como contratista principal y/o
matricula profesional y la fecha asesor eléctrico en máximo
de cierre del plazo de la dos (02) contratos iniciados y
presente licitación verificado terminados y/o liquidación; en
con la certificación de la los últimos cuatro (04) años,
vigencia de la tarjeta cuyo objeto contemple,
profesional. Construcción, Reconstrucción,
Ampliación, Terminación o
Mejoramiento De Obras
Civiles.
1 Trabajador Social Certificar mínimo dos (2) años Presentar Mínimo dos (2)
de experiencia general certificaciones y/o contratos
contados entre la fecha de como TRABAJADOR SOCIAL
expedición de la matrícula en contratos de Interventoría o
profesional y la fecha de cierre Construcción o Remodelación
del plazo del presente proceso o Adecuación en obras civiles,
de selección, con especialidad con entidades públicas o
en gerencia de servicios privadas.
sociales y presentar diploma o
acta de grado de la
especialidad requerida.

Los profesionales ofrecidos deberán presentar la siguiente documentación:

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• Hoja de vida
• Fotocopia de la Matrícula profesional.
• Acta de Grado como profesional.
• Carta de compromiso por la cual el profesional se compromete a realizar las actividades
asignadas dentro de la ejecución de la obra.
• Una experiencia general contada a partir de la fecha de grado como profesional.
• Certificado de vigencia de la tarjeta profesional
• Certificación de experiencia especifica

5.3. ESTÍMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL COLOMBIANA (100 PUNTOS)

De conformidad con lo consagrado en el artículo 2.2.1.2.4.2.1 del Decreto 1082 de 2015, en


concordancia con el artículo 51 del Decreto-Ley 019 de 2012 y, la Ley 816 de 2003, se asignará el
respectivo puntaje a los Proponentes que acrediten, mediante certificación suscrita por la persona
natural o por el representante legal para personas jurídicas, que su propuesta oferta bienes y
servicios de origen nacional. En caso de Consorcio, uniones temporales u otra forma de asociación,
el representante deberá suscribir la certificación. El puntaje se asignará de acuerdo con el 29
siguiente procedimiento:

1. Cuando la propuesta válida oferte el 100% de los servicios nacionales, en lo referente al objeto
de este proceso de selección, se le asignarán cien (100) puntos.

2. Cuando la propuesta válida oferte bienes o servicios extranjeros, se asignarán cincuenta


(50) puntos, si incorpora componente colombiano de bienes y servicios profesionales, técnicos y
operativos en un porcentaje mayor o igual al 50% del total requerido.

3. Cuando la propuesta válida oferte bienes o servicios extranjeros, e incorpora componente


colombiano de bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos en un porcentaje inferior al
50% del total requerido, se asignará cero (0) puntos por este criterio.

4. Por la no presentación de la certificación requerida para acreditar este requisito, se le asignarán


0 puntos.

5.4. PERSONAL CON DISCAPACIDAD

De conformidad con lo establecido en el artículo 1º 392 de 2018, que adiciona la subsección 2 de


la sección 4 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015:

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“Articulo 2.2.1.2.4.2.6. Puntaje adicional para proponentes con trabajadores con discapacidad. En
los procesos de licitaciones públicas y concursos de méritos, para incentivar el sistema de
preferencias a favor de las personas con discapacidad, las entidades estatales deberán otorgar el
uno por ciento (1%) del total de los puntos establecidos en el pliego de condiciones, a los
proponentes que acrediten la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de
personal”:

Se asignará el uno por ciento (1%) equivalente a 10 puntos quien acredite el número mínimo de
trabajadores con discapacidad, señalados en dicho decreto.

En el pliego de condiciones se definirá de manera precisa la forma en que los proponentes deben
acreditar el requisito y como se realizará la asignación de puntaje.

En el evento que más de un (1) proponente obtenga calificación ADMISIBLE en la evaluación, El


valor total de la propuesta, tendrá una asignación de Mil (1000) puntos como MÁXIMO.

Para efectos de calificación de la propuesta económica, se asignarán Cuatrocientos (400) Puntos,


los cuales serán ponderados con base en la siguiente fórmula:
Se calcula la media geométrica (MG) con los valores totales corregidos de todas las propuestas
30
hábiles cuyo valor corregido este comprendido entre el 80% y el 100% del presupuesto oficial,
incluyendo el presupuesto oficial una vez.

Entre las propuestas que califican económicamente se le otorgará un puntaje económico de 400
puntos a la propuesta que esté más cerca de la media geométrica (MG), por encima o por debajo.

La asignación de puntajes a las propuestas se hará teniendo en cuenta la siguiente distribución:


Se calculará la diferencia (Dn) entre cada propuesta y la media geométrica (MG).
Dn = [Yn – MG].
Las demás propuestas recibirán cada un 10 punto menos que la anterior, a medida que se aleje de
la media geométrica, por abajo o por encima de ésta, en todo caso la menor calificación del
aspecto económico será de 10 puntos.

6. CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL

Ver REQUISITOS HABILITANTES.

Para la verificación de los indicadores financieros solicitados, los proponentes deberán aportar el
Registro Único de Proponentes (RUP) en firme.

En caso de ser oferente plural (consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura), cada
uno de sus integrantes deberá aportar el documento anteriormente descrito.

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La Entidad evaluará los siguientes indicadores de conformidad con lo reportado en el RUP


actualizado inscrito en la cámara de comercio a corte del 31 de diciembre de 2020 así:

Indicador Fórmula
Activo Corriente
–––––––––––––– ≥ 100
Liquidez Pasivo Corriente

Pasivo Total
Nivel de ––––––––––– ≤ 0,03
Endeudamiento Activo Total

Utilidad Operacional
Razón de Cobertura de –––––––––––––––– ≥ 100
Intereses Gastos Interés

• CAPITAL DE TRABAJO: No podrá ser inferior al 20% del valor del presupuesto oficial.

Capital de Trabajo = Activo Corriente - Pasivo Corriente. 31

Indicador Fórmula
Rentabilidad Sobre Patrimonio Utilidad Operacional
(Roe) –––––––––––––––––– ≥ 0,50
Patrimonio

Rentabilidad del Activo (Roa) Utilidad Operacional


–––––––––––––––––– ≥ 0,50
Patrimonio

En caso que, por la naturaleza de algunos indicadores, se tenga denominador cero (0), la división
daría una indeterminación y no habría un indicador lógico. El Municipio de El Cantón de San Pablo
realizará el análisis respectivo, con el fin de verificar el cumplimiento del requisito.

Para el indicador de razón de cobertura de intereses, los oferentes cuyos gastos de intereses sean
cero (0), no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso el
oferente cumple el indicador, salvo que su utilidad operacional sea negativa o pérdida, caso en el
cual no cumple con dicho indicador.

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Para garantizar la participación de las Personas Extranjeras no inscritas en el Registro Único de


Proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país, a estas no se les podrá exigir el requisito
de inscripción en el Registro Único de Proponentes. En consecuencia, los citados oferentes
deberán aportar la información antes solicitada (indicadores) para verificar su capacidad
financiera. Las personas extranjeras deberán presentar la certificación firmada por el
Representante Legal, acompañada de traducción simple al idioma español, con los valores re-
expresados a la moneda funcional colombiana (peso colombiano), a la tasa de cambio de la fecha
de cierre de los mismos, avalados con la firma de un Contador Público con Tarjeta Profesional
expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia y certificado de vigencia de inscripción y
antecedentes disciplinarios.

El Municipio del El Cantón de San Pablo se reserva la facultad de solicitar información adicional,
con el fin de verificar y/o aclarar los datos reportados en los certificados requeridos.

Para las propuestas en Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, cada uno de los
integrantes del proponente plural deberá aportar el indicador solicitado independiente de su
porcentaje de participación en el proponente plural. 32

7. INDICADORES ADICIONALES

Capacidad financiera y de organización proponente extranjero:

Para garantizar la participación de las Personas Extranjeras no inscritas en el Registro Único de


Proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país, a éstas no se les podrá exigir el requisito
de inscripción en el Registro Único de Proponentes según la Ley 1150 de 2007. En consecuencia,
los citados oferentes deberán aportar la siguiente información: Estados Financieros Certificados
por el Representante Legal y Contador Público (Balance General y Estado de Resultados a la fecha
de corte establecida en los países de origen o en sus estatutos sociales, para este proceso se
solicita el consolidado del año 2018), además deberá adjuntar el Formulario Información
Financiera Extranjeros, certificado por el Representante Legal, Contador Público O Revisor Fiscal el
cual deberá estar avalado con Tarjeta Profesional expedida por la Junta Central de Contadores de
Colombia y Certificado vigente de Antecedentes Disciplinario.

El Municipio de El Cantón de San Pablo si lo considera necesario, se reserva la facultad de solicitar


información adicional, con el fin de verificar y/o aclarar los datos reportados en los certificados
requeridos.

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8. EL ANÁLISIS DE RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO.

(VER ANEXO – MATRIZ DEL RIESGO)

9. LAS GARANTÍAS QUE LA ENTIDAD ESTATAL CONTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DE


CONTRATACIÓN.

Por los contratos de seguro que amparan la responsabilidad civil extracontractual no debe ser
inferior a cuatrocientos (400) SMMLV, de conformidad con el Artículo 2.2.1.2.3.1.17 del decreto
1082 de 2015.

RIESGO GARANTIA VALOR (%) DURACION


Incumplimiento de la oferta Seriedad de la oferta 10% Noventa (90) días
presentada (no suscribir el (Este requisito no es calendario contados a
contrato). subsanable). partir de la fecha de
cierre del plazo para
presentar ofertas.
Incumplimiento imputable al Cumplimiento 10% La del contrato y cuatro
contratista de las (4) meses más. 33
obligaciones emanadas del
contrato garantizado.
Falta de cumplimiento de las Pago de salarios, 10% La del contrato y tres (3)
obligaciones laborales prestaciones sociales e años más.
contraídas con el personal indemnizaciones del
que haya de utilizar para la personal que haya de
debida ejecución del utilizar.
contrato.

Bajo esta cobertura se Estabilidad y Calidad de 10% del valor final Tres (3) años contados a
protege a la Entidad Estatal la Obra. de la obra. partir de suscripción del
por los perjuicios que sufra acta de recibo definitivo
como consecuencia de de las obras.
cualquier daño o deterioro
que presente la obra
entregada, por razones
imputables al contratista.
Este riesgo ampara cualquier Póliza de Seguro de 400 SMMLV La duración del contrato,
daño causado a terceros Responsabilidad Civil con una vigencia igual al
como consecuencia de la Extracontractual. plazo de ejecución del
ejecución del proyecto, contrato y tres (3) meses
dentro o fuera de la zona de más.

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trabajo. Este riesgo deberá


constituirse a partir de la
fecha de suscripción del
contrato.

El cumplimiento de las obligaciones surgidas en favor de las Entidades Estatales con ocasión de: (i)
la presentación de las ofertas; (ii) los contratos y su liquidación; y (iii) los Riesgos a los que se
encuentran expuestas las Entidades Estatales, derivados de la responsabilidad extracontractual
que pueda surgir por las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistas y subcontratistas,
deben estar garantizadas en los términos de la ley.

Las garantías que los oferentes o contratistas pueden otorgar para asegurar el cumplimiento de
sus obligaciones son:

1. Contrato de seguro contenido en una póliza.


2. Patrimonio autónomo.
3. Garantía Bancaria.

11. LA INDICACIÓN DE SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADO POR UN 34


ACUERDO COMERCIAL.

Los Acuerdos Comerciales son tratados internacionales vigentes celebrados por el Estado
colombiano, que contienen derechos y obligaciones en materia de compras públicas, en los cuales
existe como mínimo el compromiso de trato nacional para; (i) los bienes y servicios de origen
colombiano y (ii) los proveedores colombianos. Colombia ha suscrito los siguientes Acuerdos
Internacionales con los siguientes estados, los cuales están vigentes:

A NIVEL MUNICIPAL:

A. Entidades Estatales obligadas:

Las alcaldías están obligadas por los Acuerdos Comerciales con la Alianza Pacífico (únicamente con
Chile y Perú), Chile, Costa Rica, los Estados AELC, el Triángulo Norte (únicamente con Guatemala),
la Unión Europea; y la Decisión 439 de 1998 de la Secretaría de la CAN.

B. Valores:

El Acuerdo Comercial con Alianza Pacífico (únicamente con Chile y Perú) es aplicable a los Procesos
de Contratación de las Entidades Estatales del nivel municipal obligadas para: (i) adquirir bienes y
servicios a partir de $655’366.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de
$16.384’153.000.

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El Acuerdo Comercial con Chile es aplicable a los Procesos de Contratación de las Entidades
Estatales del nivel municipal obligadas para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de $643’264.000;
y (ii) para servicios de construcción a partir de $16.081’602.000.

El Acuerdo Comercial con Costa Rica es aplicable a los Procesos de Contratación de las Entidades
Estatales del nivel municipal obligadas para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de
$1.162’733.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de $16.389’628.000.

El Acuerdo Comercial con los Estados AELC es aplicable a los Procesos de Contratación de las
Entidades Estatales del nivel municipal obligadas para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de
$852’074.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de $21.301’857.000.

El valor para el Acuerdo Comercial con el Triángulo Norte (únicamente con El Salvador y
Guatemala) corresponde al valor de la menor cuantía de la Entidad Estatal.

El Acuerdo Comercial con la Unión Europea es aplicable a los Procesos de Contratación de las
Entidades Estatales del nivel municipal obligadas para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de 35
$859’752.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de $21.493’810.000.

La Decisión 439 de 1998 de la Secretaría de la CAN es aplicable a todos los Procesos de


Contratación de las Entidades Estatales del nivel municipal obligadas, independientemente del
valor del Proceso de Contratación.

APLICACIÓN DE LOS ACUERDOS COMERCIALES PARA ENTIDADES ESTATALES DEL NIVEL


MUNICIPAL.

Valor a partir del cual el Excepciones


Acuerdo Comercial
Acuerdo Comercial es aplicable
1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 12, 14, 15,
Alianza Chile Bienes y servicios $655’366.000 16,
Pacifico Servicios de construcción 17, 19, 28, 29, 32, 35, 37, 55,
$16.384’153.000. 62.
Perú
1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 12, 14, 15,
Bienes y servicios $643’264.000
Chile 16,
Servicios de construcción
17, 18,19, 28, 29, 32, 33, 34,
$16.081’602.000.
35,
36, 37, 47.

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1, 3, 4, 5, 6 ,7, 9, 12, 14, 15,


Bienes y servicios $1.162’733.000
Costa Rica 16,
Servicios de construcción
17, 19, 28, 29, 32, 35, 37, 57,
$16.389’628.000.
59,
62.
1, 4, 5, 6, 7, 10, 11, 12, 14, 15,
Estados AELC Bienes y servicios $852’074.000
16,
(Asociación Europea de Libre Servicios de construcción
17, 19, 28, 29, 30, 31, 32, 33,
Comercio). $21.301’857.000.
34,
35, 36, 37.
1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 14, 20, 21,
50,
Guatemala 51, 52, 53, 60.
TriánguloNorte
Valor de la menor cuantía de la
Entidad Estatal. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 14, 20, 38,
48,
El Salvador 49, 60

1, 4, 5, 6, 7,10, 11, 12, 13, 14,


Bienes y servicios $859’752.000 36
Unión Europea 15,
Servicios de construcción
16, 17,19, 23, 28, 29, 32, 34,
$21.493’810.000.
35,
37, 57

CUADRO COMPARATIVO

PRESUPUESTO DEL EXCEPCIÓN PROCESO DE


ENTIDAD PROCESO DE APLICABLE AL CONTRATACIÓN
ACUERDO COMERCIAL ESTATAL CONTRATACIÓN PROCESO CUBIERTO
INCLUIDA SUPERIOR AL VALOR DE POR EL ACUERDO
DEL ACUERDO CONTRATACIÓN COMERCIAL
COMERCIAL
Alianza Chile si NO Si, excepción 14 NO
Pacifico Perú NO
si NO Si, excepción 14 NO
Chile

Corea si NO Si, excepción 14

Costa rica si NO Si, excepción 14 NO

Estados AELC (Asociación si NO Si, excepción 14 NO


Europea de Libre
Comercio)

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Triángulo Guatemala si NO Si, excepción 14 NO


Norte
El Salvador NO Si, excepción 14 NO
si NO Si, excepción 14 NO
Unión Europea

ANÁLISIS DE LA ENTIDAD RESPECTO A LA APLICACIÓN DE LOS ACUERDOS COMERCIALES EN EL


PROCESO DE CONTRATACIÓN

Hecho el análisis respectivo, se infiere que el proceso que adelanta el municipio, está cobijado por
acuerdo comercial vigente suscrito con el triángulo norte y el Estado Colombiano, excepto si se
limita a Mipymes (excepción 14).

12. OBLIGACIONES DEL MUNICIPIO

1. Suministrar las especificaciones técnicas o actividades requeridas para el desarrollo del objeto
contractual.

2. Cumplir con lo estipulado en la forma de pago.


37
3. Cumplir con lo estipulado por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015.

4. Ejercer la Coordinación del contrato.

13. RESPONSABLES

Son responsables en la celebración y ejecución del presente contrato las siguientes personas:

• El Contratista
• El Ordenador del Gasto y a quienes este delegue
• La Secretaría de Planeación y Obras Públicas.

El Cantón de San Pablo, diciembre 23 de 2021.

WILLIAN FERNEY HURTADO HURTADO


Secretario de Planeación Municipal
Coordinador del Proceso de Convocatoria.

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