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ACTIVIDAD 1.

 (1 punto).
A. Ordena jerárquicamente las normas laborales aplicables en tu sector profesional.
1. Normas internacionales:
Derecho comunitario de la Unión Europea y Tratados internacionales.

2. Normas estatales:
Leyes de Cortes Generales
Reglamentos del Gobierno
Convenios colectivos
Contrato de trabajo
Costumbres locales y profesionales
Principios generales del Derecho

B. Explica con un ejemplo el significado del principio de norma más favorable:


En caso de conflicto entre dos o más normas laborales, tanto estatales como pactadas,este
se resolverá mediante la aplicación de la más favorable para el
trabajador,independientemente de su jerarquía.
Por ejemplo, si el estatuto y el contrato del trabajador establecen 30 días de vacaciones, pero
el convenio especifica un mínimo de 35 días, el trabajador tendrá derecho a lo estipulado en
el convenio, por ser la norma que más le favorece.

C. Describe el significado del principio jurídico "pro operario".


Cuando una norma admita dos o más posibles interpretaciones, se interpretará en el sentido
que resulte más beneficiosa para el trabajador
D. ¿Qué entiendes por derechos adquiridos?
Mejoras de las condiciones laborales que, aunque inicialmente no estarían tipificadas como un
derecho, finalmente por costumbre y duración se convierten en derechos adquiridos.

ACTIVIDAD 2. (1 punto).


En relación a los siguientes derechos y deberes laborales, indica su contenido básico y si el
trabajador o trabajadora puede o no renunciar a los mismos mediante pacto en el contrato de
trabajo.
A. Libre sindicación individual y colectiva.
El trabajador tiene derecho a afiliarse o no a un sindicato laboral o incluso a formar uno. No
puede renunciar a este derecho por contrato.
B. Derecho a la ocupación efectiva.
El trabajador tiene derecho y obligación al trabajo, y debe de existir la tarea para la que se
contrata.
No se puede renunciar a este derecho por contrato.
C. Derecho a no discriminación para el empleo.
Toda la población tiene derecho a trabajar, independientemente del sexo, país o religión que
procese.
No se puede renunciar a este derecho por contrato.
D. Derecho a la integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
Cada empresa, sea del sector que sea, estará obligada a cuidar de la salud de cada uno de
sus trabajadores, así como formarles en los posibles riesgos y peligros que conlleve el trabajo
en cada empresa.
No se puede renunciar por contrato.
E. Derecho al respeto de la intimidad y a la consideración debida a su dignidad.
Protección frente al ascoso por razones de sexo, orientación sexual, raza, religión,
discapacidad, edad.
No se puede renunciar por contrato.

ACTIVIDAD 3. (2 puntos).


Indica el tipo de contrato de trabajo que corresponda en cada caso.
FOLEM S.L., una empresa líder en instalaciones y servicios informáticos con centros de
trabajo distribuidos en diferentes provincias, necesita cubrir diferentes puestos, lo que hace
preciso determinar la modalidad y condiciones de contratación. Los puestos a cubrir son:
A. Un puesto de analista a jornada completa cuya titular se haya de baja por riesgo durante el
embarazo, y una vez agotado el descanso por maternidad quedará en situación de
excedencia por cuidado de hijos durante un año.
Contrato temporal de interinidad
B. Se contratará por tiempo indefinido a un vigilante a jornada completa de 27 años de edad
actualmente en desempleo.
Contrato indefinido ordinario
C. Un puesto de administrativo o administrativa a tiempo parcial, siendo el perfil requerido una
persona recién titulada en formación profesional de la familia de Administración de Empresas.
Contrato en practicas
D. Con el fin de actualizar la base de datos e implantar una aplicación informática se contrata
temporalmente a un programador que prestará servicios hasta su puesta en marcha.
Contrato temporal de obra o servicio determinado
E. Durante los tres meses de verano se contratará a un operador de ordenador con el fin de
reforzar la plantilla al existir un volumen mayor de actividad.
Contrato temporal eventual por circunstancias de la producción
F. Tras la jubilación parcial de la supervisora a los 60 años de edad, quien ha reducido su
jornada a 3 días a la semana, se contratará a un técnico superior titulado en Formación
Profesional que cubrirá la parte de jornada vacante.
Contrato a tiempo parcial ordinario
G. Durante los periodos vacacionales de los trabajadores y trabajadoras fijos de plantilla la
empresa se ve obligada a cubrir los puestos con sustitutos.
Contrato temporal por circunstancias de la producción
H. Junto jefe de segunda prestará servicios un trabajador de 19 años no titulado al que se le
facilitará la formación teórica precisa.
Contrato formativo: contrato para la formación
I. La Dirección de la empresa es asumida por el socio principal, quien además forma parte del
Consejo de Administración.
Contrato indefinido ordinario
J. El servicio de limpieza es desarrollado por personal suministrado por una empresa externa
contratada al efecto.
Contrato laboral de obra o servicio determinado

ACTIVIDAD 4. (1 punto).


Consultando el Convenio Colectivo alguno de los Convenios Colectivos vigentes aplicables en
tu sector profesional vigente, contesta a las siguientes cuestiones:
A. Indica cuál es la jornada máxima anual establecida por el Convenio y pon un ejemplo de
jornada a tiempo parcial. ¿Tienen derecho a una pausa durante la jornada diaria. Se
considera este descanso tiempo de trabajo efectivo?
Jornada máxima anual: 1800 horas
Jornada a tiempo parcial: 9:00 a 13:00 de Lunes a sábado
Al no superar las 6 horas no habría derecho a la descanso.
B. ¿Permite el convenio la realización de cualquier tipo de horas extraordinarias? ¿Está
obligado a realizaras el trabajador o trabajadora? ¿Cuántas horas extraordinarias puede
realizar en un día, y en un año?
Se permiten las horas extraordinarias, pero sólo en caso de que sean exigidas por
la necesidad de reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, en
caso de pérdida de materias primas, o necesarias por períodos puntales de producción,
ausencias imprevistas, cambios de turno u otras circunstancias de carácter estructural
derivadas de la naturaleza de la actividad de que se trate.
En esos casos el trabajador sí está obligado a realizaras.
El límite de horas extraordinarias diarias vendrá dado por el derecho del
trabajador a un descanso mínimo de 12 horas entre una jornada y la siguiente.
El estatuto de los trabajadores lo fija en 80 horas anuales.

C. ¿Qué duración podrá tener el periodo de prueba? ¿Es posible pactar un periodo de prueba
con cualquier trabajador o trabajadora?
El periodo de prueba será el pactado en el contrato, pero no podrá superar la duración de seis
meses para los técnicos titulados, ni de tres meses para los demás
trabajadores, excepto para los no cualificados, en cuyo caso la duración máxima será de
quince días laborables.
No se puede pactar con cualquier trabajador.
Por ejemplo, nunca se podrá pactar con un trabajador que ya haya desempeñado las mismas
funciones con anterioridad en la empresa con contratos anteriores

D. ¿Cuál será la duración de las vacaciones de un trabajador o una trabajadora a jornada


completa y de un empleado o empleada a tiempo parcial que han prestado servicios un año
completo? ¿Puede la empresa fijar unilateral mente la fecha de disfrute de las vacaciones?
23 días laborables de vacaciones retribuidas anuales es la duración que establece el
convenio.
Se aplicaba tanto a trabajadores empleados a tiempo completo o a
tiempo parcial. La empresa puede fijar las fechas unilateral mente si establece un
periodo fijo anual para las vacaciones de la totalidad de sus trabajadores.

ACTIVIDAD 5. (0,5 puntos).


En relación a los supuestos planteados y aplicando el Estatuto de los Trabajadores, indica la
duración y si se trata de un permiso retribuido o de una suspensión de contrato no retribuida.
A. Matrimonio del trabajador o la trabajadora: 15 días naturales de permiso retribuido.
B. Fallecimiento de un abuelo: Permiso retribuido, de duración 2 días si el fallecimiento ocurre
dentro de la provincia o 4 días si se necesita desplazar fuera de la provincia.
C. Baja médica de 20 días: Incapacidad temporal, por lo que supone una suspensión del
contrato con una prestación económica de un porcentaje sobre su salario.
D. Traslado de domicilio: 1 día de permiso retribuido .
E. Asistencia a un curso de formación o perfeccionamiento profesional: 20 horas al año
durante un periodo máximo de 3 años siempre que se tenga una antigüedad mínima de un
año. Este tiempo es un permiso retribuido.
6F. Descanso por paternidad: 13 días ininterrumpidos ampliables a 20 días si se produce en
una familia numerosa o en la familia hay una persona con discapacidad. Estos periodos se
ampliarán en dos días más por cada hijo a partir del segundo o cuando se trate de un hijo
discapacitado.
G. Asistencia a juicio como testigo de parte: El tiempo indispensable para el cumplimiento. Se
trata de un permiso retribuido, por un deber inexcusable, de carácter público y personal.
H. Realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto: Permiso retribuido
por el tiempo indispensable .
I. Excedencia por cuidado de hijos menores de 3 años: Es una suspensión con reserva de
puesto de trabajo, durante un máximo de 3 años.
J. La huelga: Suspensión de contrato no retribuida por duración de la huelga .

ACTIVIDAD 6. (0,5 puntos).


Indica tres casos en los que se contemple la posibilidad de que el trabajador o la trabajadora
pueda exigir a la empresa una reducción de jornada.
1. Cuidado directo de un menor de ocho años
2. Cuidado directo de personas discapacitadas.
3. Trabajadora víctima de violencia de género

ACTIVIDAD 7. (1,5 puntos).


Calcula el salario neto y la cantidad a embargar partiendo de los datos siguientes:
A. Categoría profesional: programador de ordenador.
B. Contrato indefinido a tiempo completo.
C. Grupo de cotización 2º.
Retribución pactada en el contrato:
•Salario base: 1.300,00 €.
•Plus voluntario: 180,50 €.
•Dos pagas extraordinarias de cuantía igual al salario base (junio y diciembre).
•Plus transporte: 60,00 €.
•En el mes de junio ha realizado horas extraordinarias, por lo que le abonan 178,00 €.

La empresa debe descontarle este mes por orden judicial en concepto de embargo por
impago de una multa de tráfico 130 €.
El tipo de retención por IRPF es de un 8 %.
Base de contingencias comunes = salario base + plus voluntario + prorrata pagas extras
1300 + 180,5 + (1300*2/12) = 1697.17€
Las contingencias comunes serían un 4.7% de la base anterior:
4.7 * 1697.17/100 = 79.77 €
Base de contingencias profesionales = salario base + plus voluntario + prorrata de pagas
extra + horas extraordinarias
1300 + 180,5 + (1300*2/12) + 178 = 1875.17€
Sobre esa base calculamos el 1,6% de desempleo y el 0,1% de formación profesional:
Desempleo = 1875.17 * 1.6% = 30€
FP = 1875.17 * 0.1% = 1.88 €
IRPF, que es el 8% sobre el salario base + plus voluntario + plus de
transporte + horas extras, con lo que tenemos:
IRPF = (1300 + 180,5 + 60 + 178)*(8/100) = 137.48 €
El salario bruto sería el salario base + plus voluntario + plus de transporte + horas
extraordinarias
1300 + 180.5 + 60 + 178 = 1718.5 €
El salario neto sería el salario bruto menos las deducciones, siendo estas últimas las
contingencias comunes, el desempleo, la formación profesional y el IRPF:
Neto = 1718.5 - (79,77 + 30 + 1.88 + 137.48) = 1469.37 €
El salario neto serían entonces 1469.37 €
Dado que el salario neto supera el SMI, es posible realizar el embargo de 130 € del
salario neto del trabajador, le quedaría entonces:
EMBARGO = 130 €
SALARIO NETO = 1339.37 €

ACTIVIDAD 8. (0,5 puntos).


Manejando un Convenio colectivo vigente aplicable en tu sector, describe 5 incumplimientos
laborales tipificados en el convenio, y especifica si la falta es leve, grave o muy grave, así
como las sanciones previstas para cada una de ellas. ¿Cabe la posibilidad de sancionar estas
faltas en cualquier momento posterior a su comisión?
1. Faltar al trabajo un día al mes sin causa justificada.
Falta leve.
2. Simular la presencia de otro trabajador, valiéndose de su ficha, firma, tarjeta o
medio de control.
Falta grave.
3. El abandono del trabajo sin causa justificada.
Falta grave.
4. El hurto y el robo tanto a los demás trabajadores como a la empresa.
Falta muy grave.
5. La simulación comprobada de enfermedad.
Falta muy grave.

ACTIVIDAD 9. (1 punto).


Indica a continuación en relación a cada caso concreto de extinción, los derechos económicos
(indemnización y finiquito) del trabajador o la trabajadora y si se halla o no en situación legal
de desempleo.
A. La incapacidad permanente total del trabajador o trabajadora: No produce indemnización ni
se produce situación de desempleo.
B. Dimisión del trabajador o trabajadora: No produce indemnización ni se produce situación de
desempleo .
C. Agotamiento del plazo pactado en un contrato eventual por circunstancias de la producción:
8 días de salario por año de servicio ampliable a partir de este año en un día más hasta llegar
a los 12 días por año trabajado a partir de 2015
D. Muerte del empresario o de la empresaria sin que los herederos y/o herederas continúen
con la actividad empresarial: Un mes de salario, y sí se produce situación legal de desempleo.
E. Por cierre del negocio siendo la empresa una sociedad mercantil: 20 días de salario por
año de servicio con un máximo de 12 mensualidades, sí se produce situación de desempleo.
F. Por quiebra de la empresa: 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 12
mensualidades, sí se produce situación de desempleo.
G. Despido disciplinario del trabajador o de la trabajadora por malos tratos verbales a un
compañero o compañera: Si es procedente no hay derecho a indemnización pero sí a
desempleo. Si es improcedente, el empresario tendría 5 días para readmitirlo o extinguir el
contrato con una indemnización de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24
mensualidades.

ACTIVIDAD 10 (1 punto)


De forma esquematizada, explica las actuaciones a seguir y las cantidades a las que pudiera
tener derecho un trabajador o una trabajadora con antigüedad en su empresa desde el 1 de
marzo de 2000, que recibe una carta de despido con efectos desde el 31 de marzo de 2014, y
la impugna ante el órgano de la Administración pública encargado de las funciones de
mediación, arbitraje y conciliación, teniendo lugar el acto de conciliación el 28 de abril de
2014. La empresa reconoce la improcedencia del despido tras el acto de conciliación
administrativa, depositando la indemnización legal en el Juzgado Social el día 19 de mayo.
Los datos laborales del trabajador o trabajadora son:
1.Salario base: 1.345 €/mes.
2.Plus Convenio: 275 €/mes.
3.Antigüedad: 200 €/mes.
4.Plus transporte: 115 €/mes.
5.Tiene dos pagas extras de 1.545 € cada una.

(1345 + 275 +200 +115) * 12 + (1545 * 2) = 26310 €


Dividimos esa base entre 360 días y nos sale un salario de 73.08 € diarios.
Hasta Febrero de 2012 a este tipo de indemnizaciones les corresponderían 45 días de
salario por año trabajado, a partir de esa fecha le corresponderán 33.
De modo que en este caso tenemos.
01/03/2000 al 01/03/2010 = 73.08 * 45 * 10 años = 32886 €
01/03/2010 al 31/03/2010 = 73.08 * 45 * 0.08 años = 263.09 €
La indemnización total correspondiente sería entonces: 33149.09 €
Al no superar las 24 mensualidades será la cantidad que perciba el trabajador.

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