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Contrato de Locación Del Personal Técnico
Contrato de Locación Del Personal Técnico
Contrato de Locación Del Personal Técnico
Conste por el presente documento que celebran, de una parte, el Núcleo Ejecutor del Proyecto
denominado.” MEJORAMIENTO DE VIVIENDA RURAL EN LOS CC.PP. DE YOROHOCO A,
YOROHOCO B Y OTROS- DISTRITO DE HUACULLANI PROVINCIA DE CHUCUITO-
DEPARTAMENTO DE PUNO”, debidamente representado por su Presidente Glicerio Pérez Luna,
identificado con DNI N° 01778070, con domicilio real para estos efectos en el centro poblado de
Yorohoco A , distrito de Huacullani, provincia de Chucuito, departamento de Puno, Tesorero
señor Eustaquio Mamani Loza, identificado con DNI N° 01868410, con domicilio legal para estos
efectos en el centro poblado de Yorohoco B, distrito de Huacullani, provincia de Chucuito,
departamento de Puno, secretaria señora Soledad Almanza Centella, identificado con DNI N°
40434425, con domicilio real para estos efectos en el centro poblado de Yorohoco A distrito de
Huacullani, provincia de Chucuito, departamento de Puno, y Fiscal señor Ignacio Gutiérrez
Morales, identificado con DNI N° 41226874, con domicilio real para estos efectos en el centro
poblado de Yorohoco A, distrito de Huacullani, provincia de Chucuito, departamento de Puno, a
quien en adelante se le denominará EL NÚCLEO EJECUTOR y de la otra parte el/la señor (a) :
BELIA BETZABE ROQUE MENDOZA, identificado con DNI. N°01345667, RUC N° 10013456670,
e mail: betzy.romen@gmail.com, celular N° 988011065 y con domicilio legal en Jr. Velasco Astete
N° 145, provincia de Puno departamento de Puno; a quien se le denominará EL ASISTENTE
ADMINISTRATIVO, bajo los términos y condiciones siguientes:
MARCO LEGAL.
Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.
Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2015.
No corresponde efectuar pagos por períodos en que no se hayan presentado los informes
mensuales requeridos, o cuando no demuestre su permanencia efectiva en la obra.
Las funciones del Asistente Administrativo se encuentran estipuladas en los términos de referencia
del presente contrato, siendo complementadas, entre otros, con lo siguiente:
b) Verificar que la documentación que acredite los gastos cumpla con las normas legales
vigentes (Reglamento de Comprobantes de Pago SUNAT).
d) Permanecer 01 día por semana en la oficinas de la ciudad de Puno del Programa Nacional
de Viviendas Rurales
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PRESIDENTE N.E. TESORERO N.E.
Glicerio Pérez Luna Eustaquio Mamani Loza
DNI: 01778070 DNI: 01868410
____________________________________ _______________________________________
SECRETARIO N.E. FISCAL N.E.
Soledad Almanza Centella Ignacio Gutiérrez Morales
DNI: 40434425 DNI: 41226874
____________________________________________
ASISTENTE ADMINISTRATIVO
Belia Betzabé Roque Mendoza
DNI: 01345667
TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
DEL ASISTENTE ADMINISTRATIVO
1. OBJETO
• Coordinar con los RNE y el Residente para la elaboración y revisión de las rendiciones de
cuenta mensuales y final, con la documentación prevista en la Guía de Ejecución y
Liquidación de Proyectos del Programa Nacional de Vivienda Rural bajo la modalidad de
Núcleos Ejecutores y demás normativas de PNVR aplicables.
• Verificar que la documentación sustentatoria de gastos cumpla con las normas legales
vigentes (Reglamento de Comprobantes de Pago SUNAT) y con los requisitos
establecidos por el PNVR en la Guía de Ejecución y Liquidación de Proyectos del
Programa Nacional de Vivienda Rural bajo la modalidad de Núcleos Ejecutores, demás
normativas de PNVR aplicables.
5. LUGAR DE PRESTACIÓN
Los trabajos se prestarán en el ámbito geográfico donde se ejecutará el proyecto asignado.
Los reportes de los trabajos se entregarán en la sede institucional del PNVR ubicada en la Av.
Alfredo Benavides 395 – Miraflores, Lima, y/o donde el PNVR indique en su versión física y
electrónica al correo electrónico que se le indique.
Los actos de notificación que se realicen vía correo electrónico para poner en
conocimiento del interesado el contenido de las comunicaciones y/o observaciones
pertinentes a su servicio tendrán validez desde el reporte técnico que acredite su envío a
la dirección electrónica señalada en la Declaración Jurada.
El monto total del servicio es de S/ 18,000.00 (dieciocho mil con 00/100 Soles) por todo
concepto.
MARCO LEGAL.
Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.
Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2015.
No corresponde efectuar pagos por períodos en que no se hayan presentado los informes
mensuales requeridos, o cuando no demuestre su permanencia efectiva en la obra.
b) Recabar información para la elaboración de las pre liquidaciones y/o informes mensuales
de la obra.
d) Verificar la asistencia del personal obrero, elaborar las hojas de tareo con la debida
anticipación para sustento de planillas de obra.
Ambas partes declaran estar de acuerdo con el contenido del presente contrato, en virtud del cual
lo suscriben a los 22 días del mes de mayo del año 2017.
_____________________________________ ______________________________________
PRESIDENTE N.E. TESORERO N.E.
Glicerio Pérez Luna Eustaquio Mamani Loza
DNI: 01778070 DNI: 01868410
____________________________________ _______________________________________
SECRETARIO N.E. FISCAL N.E.
Soledad Almanza Centella Ignacio Gutiérrez Morales
DNI: 40434425 DNI: 41226874
____________________________________________
ASISTENTE TÉCNICO
DENIS IVAN QUISPE PANCA
DNI: 72074501
TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
DEL ASISTENTE TECNICO
1. OBJETO
Establecer las condiciones y características para desempeñar funciones de Asistente Técnico
en las obras ejecutadas bajo la modalidad de Núcleos Ejecutores del Programa Nacional
Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, materia del Contrato
de Locación de Servicios. Los presentes términos de referencia se complementan con la guía
de ejecución correspondiente.
Revisar y cumplir con lo señalado en los términos del Convenio de Cooperación para el
financiamiento de la fase de inversión del proyecto, del Expediente Técnico, la Guía de
Ejecución y Liquidación y demás instrumentos relacionados a la función a desarrollar.
Junto al residente cautelar que el personal que labora en el proyecto, sea en el número y
especialidad previstos en el expediente técnico.
Los actos de notificación que se realicen vía correo electrónico para poner en
conocimiento del interesado el contenido de las comunicaciones y/o observaciones
pertinentes a su servicio tendrán validez desde el reporte técnico que acredite su envío a
la dirección electrónica señalada en la Declaración Jurada.
6. LUGAR DE PRESTACION
Los trabajos se prestarán en la región donde se realiza el proyecto, “MEJORAMIENTO DE
VIVIENDA RURAL EN LOS CENTROS POBLADOS TICAPARQUI Y QUEQUERANA
AKARANI - DISTRITO DE MOHO - PROVINCIA DE MOHO - DEPARTAMENTO DE PUNO”
Conste por el presente documento que celebran, de una parte, el Núcleo Ejecutor del Proyecto
denominado.” MEJORAMIENTO DE VIVIENDA RURAL EN LOS CC.PP. DE YOROHOCO A,
YOROHOCO B Y OTROS- DISTRITO DE HUACULLANI PROVINCIA DE CHUCUITO-
DEPARTAMENTO DE PUNO”, debidamente representado por su Presidente Glicerio Pérez Luna,
identificado con DNI N° 01778070, con domicilio real para estos efectos en el centro poblado de
Yorohoco A , distrito de Huacullani, provincia de Chucuito, departamento de Puno, Tesorero
señor Eustaquio Mamani Loza, identificado con DNI N° 01868410, con domicilio legal para estos
efectos en el centro poblado de Yorohoco B, distrito de Huacullani, provincia de Chucuito,
departamento de Puno, secretaria señora Soledad Almanza Centella, identificado con DNI N°
40434425, con domicilio real para estos efectos en el centro poblado de Yorohoco A distrito de
Huacullani, provincia de Chucuito, departamento de Puno, y Fiscal señor Ignacio Gutierrez
Morales, identificado con DNI N° 41226874, con domicilio real para estos efectos en el centro
poblado de Yorohoco A, distrito de Huacullani, provincia de Chucuito, departamento de Puno, a
quien en adelante se le denominará EL NÚCLEO EJECUTOR y de la otra parte el/la señor (a) :
NELSON QUISPE TAPIA, identificado(a) con DNI N° 01772878, con RUC: 10017728780 e mail:
nelson.9t@outlook.com y con domicilio Lte. distrito de Puno, provincia de Puno, departamento de
Puno, a quién en adelante se le denominará MAESTRO DE OBRA, bajo los términos y
condiciones siguientes:
MARCO LEGAL.
Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.
Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015.
- La conformidad de los servicios prestados por EL MAESTRO DE OBRA, será otorgada por el
Residente de Obra.
- Los pagos respectivos, con la conformidad antes señalada, serán efectuados por EL NÚCLEO
EJECUTOR
CONTRATO
Los servicios objeto del presente Contrato serán prestados por el MAESTRO DE OBRA bajo su
propia dirección y responsabilidad, teniendo presente las características y condiciones del servicio
que se indican en los respectivos Términos de Referencia.
b) Cumplir y hacer cumplir los lineamientos de seguridad en obra bajo el asesoramiento del
Residente de Obra.
d) Asistir a todas las reuniones necesarias para la buena gestión de los proyectos y
promover la participación de los beneficiarios.
Ambas partes declaran estar de acuerdo con el contenido del presente contrato, en virtud del cual
lo suscriben a los 22 días del mes de mayo del año 2017.
_____________________________________ ______________________________________
PRESIDENTE N.E. TESORERO N.E.
Glicerio Pérez Luna Eustaquio Mamani Loza
DNI: 01778070 DNI: 01868410
____________________________________ _______________________________________
SECRETARIO N.E. FISCAL N.E.
Soledad Almanza Centella Ignacio Gutiérrez Morales
DNI: 40434425 DNI: 41226874
____________________________________________
MAESTRO DE OBRA
NELSON QUISPE TAPIA
DNI: 017722878
TÉRMINOS DE REFERENCIA EL CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS DEL MAESTRO
DE OBRA
1. OBJETO
Establecer las condiciones y características que tienen por objeto definir los alcances y
condiciones bajo los cuales se efectuaran la prestación del servicio para el cargo de
Maestro de obra para ejecución del Proyecto en coordinación directa con el Ing. Residente
de Núcleos Ejecutores del Programa Nacional vivienda Rural, del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, materia del Contrato de Locación de Servicios.
El puesto de Maestro de Obra será desempeñado por la persona que conozcan la lectura
de planos de ser el caso a quien, en adelante se desempeñara como MAESTRO DE
OBRA, y que acredite los siguientes requisitos:
Poseer experiencia en la ejecución de obras en general, con mínima de un (01) año
como Maestro de Obras, que deberá justificar en la entrevista personal que realizará el
Residente y el Supervisor.
Gozar de Buena salud física y mental (No ser hipertenso, y tener condiciones físicas
para vencer los trabajos de obra). Declaración Jurada
Manejo de personal a su cargo, sepa realizar metrados.
7. LUGAR DE PRESTACIÓN
El monto del servicio es de S/ 13,500.00 (Trece mil quinientos con 00/100 soles) por
todo concepto.
La retribución económica se abonará, previa conformidad del residente, de acuerdo al
avance físico de obra en forma proporcional al porcentaje de avance físico mensual.
No se realizara ningún pago en caso de que el MAESTRO DE OBRA no se encuentre
en la obra realizado las actividades encomendadas.
.
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS N° -2017-NE CONVENIO Nº 033-
2016-PUN/VMVU/PNVR.
DEL MAESTRO DE OBRA. 2
Conste por el presente documento que celebran, de una parte, el Núcleo Ejecutor del Proyecto
denominado.” MEJORAMIENTO DE VIVIENDA RURAL EN LOS CC.PP. DE YOROHOCO A,
YOROHOCO B Y OTROS- DISTRITO DE HUACULLANI PROVINCIA DE CHUCUITO-
DEPARTAMENTO DE PUNO”, debidamente representado por su Presidente Glicerio Pérez Luna,
identificado con DNI N° 01778070, con domicilio real para estos efectos en el centro poblado de
Yorohoco A , distrito de Huacullani, provincia de Chucuito, departamento de Puno, Tesorero
señor Eustaquio Mamani Loza, identificado con DNI N° 01868410, con domicilio legal para estos
efectos en el centro poblado de Yorohoco B, distrito de Huacullani, provincia de Chucuito,
departamento de Puno, secretaria señora Soledad Almanza Centella, identificado con DNI N°
40434425, con domicilio real para estos efectos en el centro poblado de Yorohoco A distrito de
Huacullani, provincia de Chucuito, departamento de Puno, y Fiscal señor Ignacio Gutierrez
Morales, identificado con DNI N° 41226874, con domicilio real para estos efectos en el centro
poblado de Yorohoco A, distrito de Huacullani, provincia de Chucuito, departamento de Puno, a
quien en adelante se le denominará EL NÚCLEO EJECUTOR y de la otra parte el/la señor (a) :
ORTEGA JINEZ BENJANIN, identificado(a) con DNI N° 01240790, con RUC: 10012407900, e
mail: benjamínortega66@gmail.com , N° de celular 971469145y con domicilio legal en CC.
Quenafaja, distrito de Acora, provincia de Puno, departamento de Puno, a quién en adelante se le
denominará MAESTRO DE OBRA, bajo los términos y condiciones siguientes:
MARCO LEGAL.
Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.
Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015.
- La conformidad de los servicios prestados por EL MAESTRO DE OBRA, será otorgada por el
Residente de Obra.
- Los pagos respectivos, con la conformidad antes señalada, serán efectuados por EL NÚCLEO
EJECUTOR
CONTRATO
Los servicios objeto del presente Contrato serán prestados por el MAESTRO DE OBRA bajo su
propia dirección y responsabilidad, teniendo presente las características y condiciones del servicio
que se indican en los respectivos Términos de Referencia.
f) Cumplir y hacer cumplir los lineamientos de seguridad en obra bajo el asesoramiento del
Residente de Obra.
h) Asistir a todas las reuniones necesarias para la buena gestión de los proyectos y
promover la participación de los beneficiarios.
Ambas partes declaran estar de acuerdo con el contenido del prek sente contrato, en virtud del
cual lo suscriben a los 01 días del mes de julio del año 2017.
_____________________________________ ______________________________________
PRESIDENTE N.E. TESORERO N.E.
Glicerio Pérez Luna Eustaquio Mamani Loza
DNI: 01778070 DNI: 01868410
____________________________________ _______________________________________
SECRETARIO N.E. FISCAL N.E.
Soledad Almanza Centella Ignacio Gutiérrez Morales
DNI: 40434425 DNI: 41226874
____________________________________________
MAESTRO DE OBRA
BENJAMIN ORTEGA JINEZ
DNI: 01240790
Establecer las condiciones y características que tienen por objeto definir los alcances y
condiciones bajo los cuales se efectuaran la prestación del servicio para el cargo de
Maestro de obra para ejecución del Proyecto en coordinación directa con el Ing. Residente
de Núcleos Ejecutores del Programa Nacional vivienda Rural, del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, materia del Contrato de Locación de Servicios.
El puesto de Maestro de Obra será desempeñado por la persona que conozcan la lectura
de planos de ser el caso a quien, en adelante se desempeñara como MAESTRO DE
OBRA, y que acredite los siguientes requisitos:
Poseer experiencia en la ejecución de obras en general, con mínima de un (01) año
como Maestro de Obras, que deberá justificar en la entrevista personal que realizará el
Residente y el Supervisor.
Gozar de Buena salud física y mental (No ser hipertenso, y tener condiciones físicas
para vencer los trabajos de obra). Declaración Jurada
Manejo de personal a su cargo, sepa realizar metrados.
7. LUGAR DE PRESTACIÓN
Los trabajos se prestarán en la región donde se realiza el proyecto. Los reportes de los
trabajos se entregarán al Residente de obra y al PNVR de ser el caso.
El monto del servicio es de S/ 7,800.00 (siete mil ochocientos con 00/100 soles) por
todo concepto.
La retribución económica se abonará, previa conformidad del residente, de acuerdo al
avance físico de obra en forma proporcional al 85% de avance reportado en el mes (S/
6,630.00), el saldo correspondiente del 15% del total de los gastos del maestro de
obra (S/ 1170.00), serán pagados a la conformidad de la Liquidación del proyecto.
MARCO LEGAL.
Decreto Legislativo N° 295, Código Civil del Perú.
Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.
Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2015.
Decreto Supremo N° 015-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 004-
2015-VIVIENDA, aprobó las Normas Reglamentarias para la Implementación de la
Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
Resolución de Secretaría General N° 033-2014-VIVIENDA-SG, Resolución que aprueba la
Directiva N° 003-2014-VIVIENDA denominada Normas y Procedimientos para el desarrollo
de proyectos que se ejecutan a través de Núcleos Ejecutores por los Programas del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Decreto Supremo N° 001-2012-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 016-
2013-VIVIENDA, que crea el Programa Nacional de Vivienda Rural.
Resolución Directoral N° 001-VIVIENDA-VMVU/PNVR, emitida por Programa Nacional de
Vivienda Rural, que aprobó el “Instructivo para la Asignación del Personal Externo para la
Ejecución de Proyectos bajo la Modalidad de Núcleos Ejecutores PNVR-VMVU” y sus
anexos.
Resolución Directoral N° 002-VIVIENDA-VMVU/PNVR, emitida por Programa Nacional de
Vivienda Rural, que aprobó la “Guía de Ejecución y Liquidación de Proyectos del
Programa Nacional de Vivienda Rural bajo la Modalidad de Núcleos Ejecutores”, y sus
anexos.
Las funciones del Almacenero y Guardián se encuentran estipuladas en los términos de referencia del
presente contrato, siendo complementadas, entre otros, con lo siguiente:
Para el cumplimiento de estas responsabilidades EL ALMACERO Y GUARDIAN deberá adoptar
los sistemas de control establecido por la Ley, pleno conocimiento del proyecto, la zona, guías,
manuales e instructivos que el PNVR haya emitido para la ejecución de los proyectos bajo la
modalidad de Núcleos Ejecutores.
CLAÚSULA NOVENA: DEL COMPROMISO DEL NÚCLEO
EL NÚCLEO EJECUTOR, brindará todo el apoyo necesario al ALMACENERO Y GUARDIÁN
para el cumplimiento a cabalidad del presente contrato, así mismo podrá rescindir el presente
contrato a titulo unilateral por incumplimiento de contrato, infidencia por incompatibilidad de
funciones y otros actos que dañen la imagen de EL ALMACENERO Y GUARDIÁN.
CLAÚSULA DECIMA: DE LA RESPONSABILIDAD
EL ALMACENERO Y GUARDIÁN deberá dar cumplimiento a las funciones
encomendadas de acuerdo a los Término de Referencia, de incumplir se sujetara a la
aplicación de las normas del Código Civil en vigor.
EL ALMACENERO Y GUARDIÁN, deberá ceñir sus funciones a la normatividad vinculada
que garantiza la custodia de los recursos públicos del Estado.
EL ALMACENERO Y GUARDIÁN, es responsable de los errores, omisiones y las
consecuencias derivadas, que fueran cometidas por él en el ejercicio de sus funciones.
_____________________________________ ______________________________________
PRESIDENTE N.E. TESORERO N.E.
Glicerio Pérez Luna Eustaquio Mamani Loza
DNI: 01778070 DNI: 01868410
____________________________________ _______________________________________
SECRETARIO N.E. FISCAL N.E.
Soledad Almanza Centella Ignacio Gutiérrez Morales
DNI: 40434425 DNI: 41226874
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ALMACENERO Y GUARDIAN
VERÓNICA LIPA VEGA
DNI: 40287529
TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
DEL ALMACENERO Y GUARDIÁN
9. OBJETO
Establecer las condiciones y características para desempeñar funciones del Almacenero y
Guardián en los proyectos a ejecutar bajo la modalidad de Núcleos Ejecutores del Programa
Nacional Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, materia del
Contrato de Locación de Servicios.
10. PERFIL DEL ASISTENTE ADMINISTRATIVO
Verificar la calidad de los equipos y materiales a efectos que cumplan con las
especificaciones técnicas según términos de referencia con conocimiento del residente y
la supervisión de la obra.
Son responsables de verificar que los equipos nuevos adquiridos deben tener su
codificación previa control.
Realizar inventarios físicos en forma semanal, a fin de verificar las existencias físicas y los
stock correspondientes.