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TARCO - VACA - STEEVEN - DEBER5 - Marco Regulatorio para Ciclovías - S8P2
TARCO - VACA - STEEVEN - DEBER5 - Marco Regulatorio para Ciclovías - S8P2
TARCO - VACA - STEEVEN - DEBER5 - Marco Regulatorio para Ciclovías - S8P2
NIVEL OCTAVO
PARALELO IC8-2
TEMA:
ALUMNO:
FECHA ENTREGA:
La ley orgánica de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, son leyes descritas en
Según el:
con el fin de proteger a las personas y bienes que se trasladan de un lugar a otro por la red
vial del territorio ecuatoriano, y a las personas y lugares expuestos a las contingencias de
derecho a la vida, al libre tránsito y la movilidad, la formalización del sector lucha contra
Vial, 2014)
TITULO II
DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE
Art. 63: Los terminales terrestres, estaciones de trolebús, metro vía y similares,
plazas, parques, centros educativos de todo nivel y en los de los de las instituciones
2014)
Los organismos seccionales exigirán como requisito obligatorio para otorgar permisos
bicicletas en el lugar más próximo a la entrada principal, en número suficiente y con bases
metálicas para que puedan ser aseguradas con cadenas, en todo nuevo proyecto de
Art. 138: Las contravenciones de tránsito, son leves, graves y muy grave, y se
Art. 140: Incurren en contravención leve de segunda clase y serán sancionados con
multa equivalente al diez por ciento de la remuneración básica unificada del trabajador
Art. 141: Incurren en contravención leve de tercera clase y serán sancionados con
multa equivalente al quince por ciento de la remuneración básica unificada del trabajador
2014)
transportar a los ciclistas con sus bicicletas, siempre que el vehículo se encuentre
a) Transitar por todas las vías públicas del país, con respeto y seguridad, excepto en
pasos a desnivel sin carril para ciclistas, en los que se deberá adecuar espacios para
interprovincial, sin ningún costo adicional. Para facilitar este derecho, y sin perjuicio de
paseos ciudadanos.
expedir la regulación sobre señalización vial para el tránsito, que se ejecutará a nivel
nacional.
Art. 209: Toda vía a ser construida, rehabilitada o mantenida deberá contar en los
de las obras.
con una anchura que no deberá ser inferior a los dos metros por cada vía unidireccional.
Las entidades municipales deberán hacer estudios para incorporar en el casco urbano
su Reglamento.
Art. 138: Las contravenciones de tránsito, son leves, graves y muy grave, y se
Art. 139: Incurren en contravención leve de primera clase y serán sancionados con
multa equivalente al cinco por ciento de la remuneración básica unificada del trabajador
o) Los ciclistas y motociclistas que circulen por sitios en los que no esté permitida su
circulación.
Art. 1411: Incurren en contravención leve de tercera clase y serán sancionados con
multa equivalente al quince por ciento de la remuneración básica unificada del trabajador
de conducir:
transportar a los ciclistas con sus bicicletas, siempre que el vehículo se encuentre
u) Los conductores que no respeten el derecho preferente de los ciclistas en los desvíos
y avenidas y carreteras, cruce de caminos, intersecciones no señalizadas y ciclovías
Conclusiones:
dejarlos.
• Pese a que los conductores de transporte publico según el artículo 141 se los
• El ciclista tiene derecho a transitar por todas las vías públicas del país, pero en
muchos de los casos no existen espacios adecuados para hacerlo por lo que la
hará que en los sitios urbanos exista mayor congestión y por ende la mayoría
de la población opte por otro medio de transporte como lo es el uso de la
bicicleta, se debe hacer conciencia y respetar las leyes que están estipuladas
para los ciclistas. Y a su vez generar más rutas de circulación para este medio,
Bibliografía: