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Demanda Andres Martines

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FOLIO: BAZVDM8731

BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE


BANCA MÚLTIPLE
VS
ANDRES MARTINEZ HERNANDEZ

MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO


EJECUTIVO MERCANTIL

ESCRITO INICIAL

C. JUEZ CIVIL DE CUANTIA MENOR


EN LA CIUDAD DE MEXICO EN TURNO

PRESENTE

BANCO AZTECA, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE,


por conducto de su APODERADO LEGAL CÉSAR JUAN HUERTA tal y como se
acredita con la copia debidamente certificada del Instrumento Notarial Numero
141,678 pasada ante la fe del Notario Público Número 135 del Distrito Federal
LICENCIADO EDUARDO GARDUÑO GARCÍA VILLALOBOS (Anexo 1), solicitando
se reconozca la personalidad con la que me ostento y se tenga por señalando como
domicilio para oír recibir todo tipo de notificaciones, documentos y valores el ubicado
en CALLE BELISARIO DOMINGUEZ, NÚMERO, 170 COLONIA DEL CARMEN,
ALCALDIA COYOACAN, CÓDIGO POSTAL 04100, CIUDAD DE MEXICO, asimismo
autorizando en los términos más amplios del ARTÍCULO 1069 PÁRRAFO TERCERO DEL
CÓDIGO DE COMERCIO a los LICENCIADOS EN DERECHO IRMA ESQUIVEL LOPEZ,
MARIA MARISELA GONZALEZ PALMA, PATRICIA GUADALUPE ANGUIANO
CAHUE, RUBEN RIVERO REYES, ERICKA ROXANA SILVA SANCHEZ, NANCY
AZUCENA SANCHEZ CASTILLA, GASPAR VAZQUEZ FLORENTINO, ROCIO LOPEZ
MORENO, JESSICA VIDAL GONZALEZ, VICTORIA EUGENIA DOLORES
CARRILLO DE ALBORNOZ GARCIA, RAQUEL GONZALEZ ARTEAGA, SOFIA
SARAY GIL AVILES , VIRIDIANA MERA PACHECO y GRISELDA TORIBIO MOTA
con Cedulas Profesionales Números 4196375, 4196376, 3290143, 5442804, 7671127,
9699153, 9703224, 6871391, 9010591, 1014467, 7922857,11592665 y 8856278
respectivamente otorgadas a favor de cada uno de los profesionistas mencionados por
la Dirección General de Profesiones de la Secretaria de Educación Pública, para que se
impongan de los autos y puedan interponer recursos, ofrecer y desahogar audiencias,
desahogar pruebas y ejecutar todas las acciones necesarias para la defensa de los
interés de mi poderdante; así como a los C.C. MIGUEL ALEJANDRO GARCIA
CENTENO, BLANCA GONZALEZ PALMA, ELIZABETH MAGDALENA RAMIREZ
MORALES para que oigan y reciban todo tipo de notificaciones, documentos y valores,
asimismo se solicita autorización a este H. JUZGADO a efecto de que el
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expediente al rubro citado pueda ser consultado en SICOR DE FORMA


ELECTRONICA, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito vengo a interponer MEDIOS PREPARATORIOS A
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL en contra de ANDRES MARTINEZ HERNANDEZ
en su carácter de OBLIGADO PRINCIPAL, en los términos establecidos por los
artículos 1151,1152, 1158, 1159, 1160, 1161, 1162 al 1164, y demás correlativos y
aplicables del Código de Comercio Vigente, y en su momento EJERCER ACCIÓN
EJECUTIVA DE PAGO, al tenor de lo dispuesto por el artículo 1152 del ordenamiento
citado, quien puede ser notificado y requerido en el domicilio ubicado en Calle
Degollado, Numero 196, interior A2, Colonia Buenavista, C.P. 06300,
Cuauhtemoc, Distrito Federal.

De quien solicito la CONFESION JUDICIAL BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD


donde reconozca el adeudo a favor de mi poderdante por la cantidad de $ 22,308
( VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS OCHO 00/100 pesos M.N.) MONTO Y ORIGEN
DEL ADEUDO, QUE A SU VEZ SEA CIERTO, LÍQUIDO Y EXIGIBLE al PRESUNTO
DEMANDADO, así como el RECONOCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
CONTRAÍDAS CON MI PODERDANTE CON MOTIVO DEL EJERCICIO DEL
CRÉDITO OTORGADO y EJERCIDO, para ello y en preparación del JUICIO
EJECUTIVO MERCANTIL adjunto PLIEGO DE POSICIONES que en sobre cerrado al
presente se acompaña (ANEXO 2) con EL APERCIBIMIENTO DE QUE PARA EL
CASO DE NO COMPARECER SIN JUSTA CAUSA, SE LE TENDRÁ POR
RECONOCIDOS EL ADEUDO DE LAS PRESTACIONES QUE SE LE RECLAMAN ASÍ
COMO LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS A LA FIRMA DEL CRÉDITO EJERCIDO,
por lo que se pretende el siguientes LITIGIO A SEGUIR:

PROCEDIMIENTO EJECUTIVO MERCANTIL

A. El reconocimiento de adeudo y obligación de pago a favor de mi representada por la


cantidad cierta, liquida, exigible de $ 13,620 (TRECE MIL SEISCIENTOS VEINTE
00/100 pesos M.N) por concepto de SUERTE PRINCIPAL.

B. El reconocimiento de adeudo y obligación de pago a favor de mi representada de


INTERESES ORDINARIOS generados hasta la total liquidación crédito ejercido, los cuales
fueron pactaron por las partes de los presentes medios preparatorios se calcularían sobre
saldos globales del crédito a una tasa fija de interés anual, establecida en los tickets
correspondiente, calculados multiplicando el saldo capital del crédito por la tasa fija; el
resultado así obtenido se divide entre 360 (trescientos sesenta) y se multiplicar por los días
que corresponda al plazo establecido en los tickets correspondientes. Determinación de
intereses ordinarios que será materia de cuantificación en ejecución de sentencia del juicio
que hoy se prepara.

C. El reconocimiento de adeudo y obligación de pago a favor de mi representada del


IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) sobre el monto de INTERES ORDINARIOS

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generados hasta la total liquidación crédito ejercido, y no cubiertos por la presunta deudora.
Monto que se cuantificará desde la fecha del otorgamiento del crédito y hasta la total
liquidación del mismo que será materia de cuantificación en ejecución de sentencia del
juicio que hoy se prepara.

D. El reconocimiento de adeudo y obligación de pago a favor de mi poderdante del interés


moratorio a razón de $ 8,688 (OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS
M.N) sobre el saldo total adeudado derivado del incumplimiento al pago de Suerte principal
y como consecuencia del vencimiento anticipado del crédito pactado.

E. El reconocimiento de adeudo y obligación de pago del interés moratorio que se siga


generando hasta la total liquidación del adeudo a favor de mi poderdante calculados a una
tasa de 2.0380 % SEMANAL con motivo del incumplimiento al pago del crédito ejercido, y
como consecuencia del vencimiento anticipado del crédito pactado, los cuales fueron
pactaron por las partes de los presentes medios preparatorios al ejercicio del crédito
otorgado por mi poderdante.

F. El reconocimiento de adeudo y obligación de pago del IMPUESTO DE VALOR AGREGADO


(IVA) por concepto de Intereses Ordinarios y Moratorios generados y que se sigan
generando. Monto que se cuantificará que será materia de cuantificación en ejecución de
sentencia del juicio que hoy se prepara, desde la fecha del otorgamiento del crédito, hasta
la total liquidación del mismo.

G. El reconocimiento de obligación de pago de gastos de cobranza a favor de mi


representada generados por las gestiones extrajudiciales realizadas por mi poderdante
con motivo del incumplimiento de pago en que se ha constituido la hoy presunta
deudora, y que corresponden al 6% sobre el saldo total del adeudo que hoy se reclama
su reconocimiento.

H. El reconocimiento de obligación de pago a favor de mi representada del pago de gastos y


costas a favor de la acreedora financiera, y que se originan con motivo de los presentes
medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil que hoy se entablan en su contra.

Sirve de sustento la diligencia de medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil, las


siguientes consideraciones de Hecho y de Derechos:

HECHOS

1.- BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE es una Institución de


Crédito constituida como una Sociedad Mercantil conforme a la Legislación Mexicana
que tiene por objeto, entre otras actividades, la prestación del servicio de banca y
crédito en los términos de la Ley de Instituciones de Crédito; Financiera que cuenta
con las autorizaciones, necesarias para operar como Institución de Banca Múltiple.

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2.- BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE entre sus políticas para
desarrollar los servicios financieros que tiene por objeto sus estatutos, realiza las
gestiones necesarias y otorga préstamos bancarios a sus clientes, atreves de una línea
de crédito en forma de tarjeta de crédito (Tarjeta azteca) productos que favorecen a la
economía del país, a través de préstamos personales y al consumo.

3.- En fecha 11 de julio de 2012 ANDRES MARTINEZ HERNANDEZ acudió a la


sucursal bancaria número 2080 Ubicado en: Avenida Ribera De San Cosme, Calle
Doctor Atl C.P. 06400 Ref. entre Calle Doctor Enrique González Martínez, Calle Amado
Nervo de BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE solicitando un
crédito a por la cantidad $ 16,154 (DIECISEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO
PESOS 00/100 M.N.).

4.- En fecha 11 de julio de 2012 la parte demanda ANDRES MARTINEZ


HERNANDEZ acudió a las instalaciones de mi poderdante, derivado a que la solicitud
citada en el hecho con antelación detallado fue autorizada por la Financiera acreedora,
lo que originó que le fuera otorgado el crédito solicitado con número de CLIENTE 1-1-
2080-29452 por la cantidad $ 13,620 (TRECE MIL SEISCIENTOS VEINTE 00/100
M.N.), ejerciendo y disponiendo en esta misma fecha y a su entera satisfacción
mediante el depósito bancario que realizó mi poderdante en la CUENTA BANCARIA
Numero 1-2080-164787-8 de la Institución Financiera BANCO AZTECA S.A.
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE de la cual es TITULAR la obligada ANDRES
MARTINEZ HERNANDEZ.

5.- En fecha 11 de julio de 2012 ANDRES MARTINEZ HERNANDEZ prometió


incondicionalmente pagar a BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE
en un PLAZO de 78 semanas la cantidad ejercida $ 13,620 (TRECE MIL
SEISCIENTOS VEINTE 00/100 M.N.), así como el pago de Intereses Ordinarios que
generara el crédito ejercido, y el pago de Impuesto Valor Agregado (IVA) que generan
los intereses ordinarios pactados.

6.- El obligado ANDRES MARTINEZ HERNANDEZ en la misma fecha pactó con mi


poderdante que los pagos pactados en el hecho anterior citado, SE HICIERAN EN
FORMA SEMANAL esto es, cada SÉPTIMO DÍA NATURAL; por lo que el deudor se
obligó a pagar el capital del crédito y sus respectivos intereses ordinarios, así como el
pago de Impuesto Valor Agregado (IVA) generados por el incumplimiento del pago
SEMANAL PACTADO ENTRE LAS PARTES.

7.- El obligado ANDRES MARTINEZ HERNANDEZ en la misma fecha antes citada,


pactó con mi poderdante el pago de INTERESES ORDINARIOS calculados sobre saldos
globales del crédito a una tasa fija de interés anual, establecida en los tickets
correspondiente.

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Haciendo la aclaración para todos los efectos legales a que haya lugar, que los
intereses Ordinarios que hoy se reclama el reconocimiento de adeudo, serán calculados
en ejecución de sentencia del juicio ejecutivo mercantil que hoy se prepara.

8.- Mi poderdante también pactó con el obligado, que el crédito ejercido generaría una
tasa de INTERÉS MORATORIO de 2.038 % SEMANAL para el caso de que el deudor
se constituyera en mora, pactando ambas partes, que a falta de pago oportuno de una
o más amortizaciones SEMANAL pactadas, el crédito se daría por vencido
anticipadamente sin necesidad de declaración judicial o requerimiento de pago
personal, haciendo exigible la liquidación del capital más sus accesorios, así como
intereses ordinarios y moratorios en forma inmediata y sobre el saldo total adeudado,
y su respectivo impuesto al valor agregado (IVA), y gastos de cobranza
extrajudicial correspondiente al 6% sobre el total del adeudo que se hubiese
generado y que hoy se reclama su reconocimiento.

9.- Ambas partes pactaron que en el caso extraordinario que el obligado omitiera
cubrir las obligaciones de pago contraídas con mi poderdante, BANCO AZTECA S.A.
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE cobraría en adición a la suerte principal y
accesorios pactados, el pago de GASTOS DE COBRANZA EXTRAJUDICIAL
correspondiente al 6% sobre el total del adeudo que se hubiese generado sobre el
saldo total del adeudo que hoy se reclama su reconocimiento.

10.- Las partes acordaron que el lugar de pago para dar cumplimiento al crédito
adquirido por el obligado ANDRES MARTINEZ HERNANDEZ en la sucursal bancaria
donde solicito el crédito identificada como sucursal número 2080 Ubicado en: Avenida
Ribera De San Cosme, Calle Doctor Atl C.P. 06400
Ref. entre Calle Doctor Enrique González Martínez, Calle Amado Nervo o bien en
cualquier sucursal bancaria de BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE
dentro de la República Mexicana, o bien, en el domicilio fiscal de la acreedora ubicado
en INSURGENTES SUR 3579, TORRE 3, PH, COLONIA TLALPAN LA JOYA, ALCALDIA
TLALPAN, CIUDAD DE MEXICO, MEXICO.

11.- No obstante, lo anterior el obligado ANDRES MARTINEZ HERNANDEZ de


manera continua dejó de cubrir sus obligaciones de pago contraídas con mi
poderdante, omitiendo cubrir los pagos a que se obligó desde el día 29 de diciembre
de 2012 a la fecha.

En tal virtud se hace exigible el pago total que comprende la suerte principal, el pago
de los intereses ordinarios, el Impuesto al valor agregado (IVA) que generan los
intereses ordinarios por el plazo que se les había concedido, más intereses moratorios
generados, siendo que la cantidad que se exige por el pago total es de:

$ 13,620 (TRECE MIL SEISCIENTOS VEINTE 00/100 pesos M.N.) como suerte
principal.

$ 8,688 (OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS M.N.) intereses


moratorios
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Es Total: $ 22,308 (VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS OCHO 00/100 pesos M.N. )
al SIETE DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020

Más los Intereses ordinarios y Moratorios que se sigan generando con su


correspondiente Impuesto al valor agregado (IVA) mismo que se cuantificarán en el
juicio correspondiente, ello en atención de que no forman parte de deuda liquida y
cuantificable en el presente medio preparatorio.

12.- Derivado de la deuda que hoy sostiene el deudor con mi poderdante, BANCO
AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE le ha realizado múltiples gestiones
extrajudiciales por conducto de sus gestores jurídicos a ANDRES MARTINEZ
HERNANDEZ, sin que se haya logrado pago alguno; motivo por el cual manifiesto a su
Señoría BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que la última gestión realizada para
lograr el cobro del adeudo fue realizada por mi poderdante el pasado SIETE DE
DICIEMBRE DEL AÑO 2020 fecha en la cual mi representada hizo del conocimiento
mediante notificación personal y extra judicial de la terminación y vencimiento
anticipado del crédito otorgándole diez días hábiles siguientes a la notificación
para que liquidara su adeudo Total, indicando que los pagos debería ser realizados
en la sucursal bancaria número 2080 Ubicado en: Avenida Ribera De San Cosme, Calle
Doctor Atl C.P. 06400
Ref. entre Calle Doctor Enrique González Martínez, Calle Amado Nervo de BANCO
AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, en cualquier otra de sus sucursales o
bien, en el domicilio fiscal de la acreedora ubicado en INSURGENTES SUR 3579, TORRE
3, PH, COLONIA TLALPAN LA JOYA, ALCALDIA TLALPAN, CIUDAD DE MEXICO, MEXICO.

A la fecha ha transcurrido con exceso el termino concedido, sin que la parte obligada
principal, constituyéndose omisa al cumplimiento de pago, lo que genera que la deuda
se haga exigible por el pago de la CANTIDAD Total: $ 22,308 (VEINTIDOS MIL
TRESCIENTOS OCHO 00/100 pesos M.N. ) generada al día SIETE DE
DICIEMBRE DEL AÑO 2020, más los intereses ordinarios, moratorios e impuestos al
valor agregado que se sigan generando y cuantificables en el juicio, debiéndose incluir
desde luego el pago de gastos de cobranza generados al 6% del adeudo total.

13.- A la fecha del otorgamiento de crédito el obligado ANDRES MARTINEZ


HERNANDEZ, pactó con mi poderdante que en caso de controversia se sujetarían a la
jurisdicción de la CIUDAD DE MEXICO, o bien al que corresponda en la sucursal en la
cual se otorgó y ejerció el crédito, dando la libre decisión de jurisdicción a la acreedora
financiera.

14.- A pesar de los múltiples requerimientos extrajudiciales que se le han hecho a


obligado, ha existido la omisión y negativa de realizar el pago del crédito ejercido,
razones suficientes para que mi representada acuda en esta vía y procedimiento para
preparar EL JUCIO EJECUTIVO MERCANTIL respectivo a efecto de que su Señoría cite
al obligado ANDRES MARTINEZ HERNANDEZ, quien deberá comparecer
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PERSONALMENTE Y NO POR CONDUCTO DE APODERADO LEGAL para absolver


posiciones BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, el día y hora que su Señoría señale
para el desahogo de la diligencia, apercibiéndole que para el caso de no asistir sin
justa causa justificada, será declarado confeso de todas y cada una de la posiciones
que sean calificadas de legales, al tenor del pliego de posiciones que se adjunta al
presente ocurso como ANEXO 2, toda vez que, como ya ha quedado de manifiesto, se
surten en la especie, los supuestos jurídicos necesarios para decretar dicha
declaratoria, las cuales consisten en el incumplimiento por parte del presunto deudor
de las obligaciones a su cargo contraídas con mi Poderdante.

Motivo por el cual, en términos de lo dispuesto por los artículos 1162 y 1164 del
Código de Comercio, solicito la declaración BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD de:

a) LA CONFESIONAL a cargo de ANDRES MARTINEZ HERNANDEZ quien


deberá de comparecer PERSONALMENTE Y NO POR CONDUCTO DE APODERADO LEGAL
para absolver posiciones BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, el día y hora que su
Señoría señale para el desahogo de la presente prueba, apercibiéndolo que en caso de
no asistir sin justa causa justificada será declarado confeso de todas y cada una de las
posiciones que se declaren como legales, al tenor del pliego de posiciones que se
exhibe y anexa al presente escrito.

Esta prueba la relaciono con los hechos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de


los MEDIOS PREPARATORIOS AL EJECUTIVO MERCANTIL.

La razón por la que se oferta la presente prueba es que con ella se acredita la relación
jurídica existente entre mi poderdante y el obligado principal ANDRES MARTINEZ
HERNANDEZ, el ejercicio y disposición del crédito, la forma y términos en que el
deudor se obligó devolver el crédito ejercido, el lugar de celebración del préstamo y la
fecha del mismo, la existencia de un crédito cierto, líquido y exigible a cargo de la
parte presunta demandada, las consecuencias jurídicas que acarrea el incumplimiento
en tiempo del pago del crédito ejercido, y desde luego que la deudora ha sido
notificada y requerida de pago en forma extrajudicial en múltiples ocasiones, y a la
fecha ha sido notificada otorgándole el plazo improrrogable de diez días para realizar el
pago total del adeudo, sin haber logrado el mismo.

En este orden de ideas, una vez desahogada la confesional ofertada, quedará


acreditado el vínculo jurídico que existe entre el presunto demandado con mi
mandante, así como las obligaciones contraídas, esto es: Causa de la relación jurídica,
crédito ejercido, fecha de inicio de relación jurídica, lugar de pago, forma de pago,
modos de pago y por ultimo fechas de pago, además se acredita la certeza del
incumplimiento de pago al crédito de reconocimiento de adeudo y el requerimiento
hecho a los mismos.

CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 1061 DEL CODIGO DE COMERCIO

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1.- Se exhibe como anexo 1 PODER NOTARIAL con el cual el suscrito acredita su personalidad.

2.- Se exhibe anexo 2, PLIEGO DE POSICIONES que deberá absolver el citado en el Desahogo de
la prueba confesional ofertada.

3.- Para efectos legales de dar cumplimiento a lo establecido en la FRACCIÓN V DEL NUMERAL
1061 DEL CÓDIGO DE COMERCIO:

 Se exhibe copia simple del Registro Federal de Contribuyentes de mi poderdante


como ANEXO 4.
 Así mismo, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que no cuento con cedula
de identificación fiscal del deudor Principal toda vez que la misma es un trámite
personalísimo que se obtiene a través del órgano de gobierno servicio de administración
tributaria, sin embargo, señalo que el REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES
(RFC) respectivamente es MAHA880222.

 Desde este momento y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD manifiesto que mi


representada no cuenta con la CLAVE UNICA DE REGISTRO POBLACIONAL ya que
no fue proporcionada por la parte deudora lo que genera la imposibilidad para la
obtención de la misma dada la naturaleza de la información solicitada para la tramitación
de la misma.

 Se exhibe anexo 5, en copia simple de credencial para votar expedida por el INSTITUTO
NACIONAL ELECTORAL (INE), IDENTIFICACIÓN OFICIAL de la parte demandada.

De importancia resulta resaltar a su Señoría y en términos de lo establecido por el


artículo 1380 Último Párrafo del Código de Comercio, que la falta de exhibición de las
documentales que BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD he manifestado no cuenta la
acreedora Financiera, no debe de generar la desestimación del presente libelo, lo cual
queda fortalecido con el siguiente criterio emitido por la AUTORIDAD FEDERAL
REGISTRO DIGITAL: 2016096.

DERECHO

En cuanto al fondo del asunto son aplicables las disposiciones contenidas en los
artículos 1,2,4 y demás de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito en vigor
y las diversas 4, 75 fracciones XXIV y demás relativos y aplicables del Código de
Comercio.

El procedimiento se rige por las disposiciones contenidas en los Artículos del 1049,
1063, 1152, 1162, 1163, 1164 y 1391 y demás relativos y aplicables del Código de
Comercio en vigor.

Así como los siguientes criterios emitido por la Autoridad Federal bajo los
REGISTROS DIGITALES VISIBLE EN LA PAGINA DE LA SUPREMA CORTE
DEJUSTICIA DE LA NACION: 2011963 y 2004429.

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En cuanto que su Señoría es competente para conocer de los presentes medios


preparatorios a juicio de conformidad con lo señalado por los artículos 1092, 1093,
1151 fracción I, 1162,1163, 1164 1288,1391 Fracción III, y demás relativos y
aplicables del Código de Comercio en vigor; así mismo se sustenta competencia, así
como el siguiente criterio emitido por la Autoridad Federal bajo el REGISTRO
DIGITALES VISIBLE EN LA PAGINA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACION 164576.

Por lo expuesto y fundado,

A USTED C. JUEZ, atentamente solicito se sirva:

PRIMERO. - Reconocer la personalidad del suscrito, misma que acredito en términos


del instrumento notarial que se exhibe como anexo 1, así como tener por presentado
en los términos del presente escrito, promoviendo medios preparatorios a JUICIO
EJECUTIVO MERCANTIL para el logro de la ejecución del pago del crédito adeudado a
mi poderdante.

SEGUNDO. - Solicito se señale día y hora para que tenga verificativo el desahogo de la
prueba confesional ofertada, teniendo por exhibido el pliego de posiciones que
acompaño al presente libelo.

TERCERO. - Tener por señalado el domicilio que se indica para oír y recibir
notificaciones y por AUTORIZADOS A LOS PROFESIONISTAS que menciono para que
en nombre y representación de mi poderdante puedan fungir como mandatarios, con
las facultades amplias que se refiere el ARTÍCULO 1069 PÁRRAFO TERCERO DEL
CÓDIGO DE COMERCIO y para los efectos que se enuncian se me tenga por
autorizados a las demás personas que se citan, autorizando a mi poderdante que
el expediente al rubro citado pueda ser consultado en SICOR DE FORMA
ELECTRONICA.

CUARTO. Con las copias simples que se acompañan, solicito se corra traslado a la
obligada deudora de mi poderdante a fin de ser debidamente notificada, apercibiendo a
la buscada que en caso de no comparecer sin justa causa el día y hora se tendrá por
confesa de las posiciones calificadas previamente de ilegales, así como tener por
expresado el juicio que se pretende seguir, con el propósito de obtener a liquidación
del adeudo que se tiene con mi poderdante.

QUINTO. -Tener por exhibida las documentales, que exhibo adjuntas al presente
ocurso, las cuales deberán formar parte integrante de los presentes medios
preparatorios.

SEXTO. Una vez realizada la notificación y desahogo de las posiciones expedir a mi


costa, copia certificada de todo lo actuado.
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PROTESTO LO NECESARIO

CIUDAD DE MEXICO, A TRES DE FEBRERO DEL DOS MIL VEINTIUNO


BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE

_____________________________________
LIC. CÉSAR JUAN HUERTA

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PLIEGO DE POSICIONES AL TENOR DEL CUAL SE DESAHOGARÁ LA PRUEBA


CONFESIONAL ADMITIDA A CARGO DE ANDRES MARTINEZ HERNANDEZ,
OFRECIDA POR BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, EN LOS
MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, RADICADO ANTE ESTE H.
JUZGADO Y EN EL EXPEDIENTE EN QUE SE ACTUA.

Previo sus generales, dirá el absolvente si es cierto como lo es:

1) Que usted en fecha 11 de julio de 2012 acudió a la Sucursal Bancaria Número


2080 Ubicado en: Avenida Ribera De San Cosme, Calle Doctor Atl C.P. 06400
Ref. entre Calle Doctor Enrique González Martínez, Calle Amado Nervo de BANCO
AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE solicitando un crédito.

2) Que el monto del crédito que usted solicito a BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN
DE BANCA MÚLTIPLE fue la cantidad de $ 16,154 (DIECISEIS MIL CIENTO CINCUENTA
Y CUATRO 00/100 pesos M.N.).

3) Que BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE le otorgó a usted


un crédito por la cantidad de $ 13,620 (TRECE MIL SEISCIENTOS VEINTE 00/100
pesos M.N.).

4) Que BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE identifico el


crédito que le fue a usted otorgado con el número de CLIENTE 1-1-2080-29452.

5) Que usted en fecha 11 de julio de 2012 se constituyó en parte deudora de


BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE. derivado a que la solicitud de
crédito fue aprobada.

6) Que usted el 11 de julio de 2012 ejerció a su entera satisfacción el crédito


que le fue otorgado por BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE

7) Que usted es titular de la CUENTA BANCARIA Numero 1-2080-164787-8 de la


Institución Financiera BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE.

8) Que el banco acreedor que represento, le realizó a usted el depósito del monto
del crédito que le fue otorgado en la CUENTA BANCARIA Numero 1-2080-164787-8
de la Institución Financiera BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE.

9) Que usted prometió incondicionalmente pagar a BANCO AZTECA S.A.


INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE el crédito que usted ejerció.
BUFETE JURÍDICO GRUPO GABSSA
CALLE BELISARIO DOMINGUEZ 170, COLONIA DEL CARMEN,
ALCALDIA COYOACAN, CIUDAD DE MEXICO, C.P. 04100
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10) Que usted pacto con BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE
pagar el crédito ejercido en un plazo de 78 semanas.

11) Que usted pacto pagar a BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA
MÚLTIPLE el CAPITAL, INTERES ORDINARIOS y el IMPUESTO VALOR AGREGADO (IVA)
que generan los Intereses ordinarios estipulados.

12) Que usted pactó con mi poderdante que los pagos pactados se hicieran en
forma SEMANAL esto es, cada SÉPTIMO DÍA NATURAL.

13) Que usted pactó con mi poderdante que el crédito otorgado y ejercido
generaría una tasa de intereses ordinarios calculados sobre saldos globales del crédito a
una tasa fija de interés anual.

14) Que usted pactó con BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE,
que el crédito ejercido generaría una tasa de INTERÉS MORATORIO de 2.038 %
SEMANAL en caso de constituirse en mora.

15) Que usted pacto con la financiera acreedora, que a falta de pago oportuno de
una o más amortizaciones SEMANAL pactadas, el crédito se daría por vencido
anticipadamente sin necesidad de declaración judicial o requerimiento de pago
personal.

16) Que al momento de darse por vencido anticipadamente el pago del crédito,
usted pactó con BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, se haría
exigible la liquidación del capital más sus accesorios, así como intereses ordinarios y
moratorios en forma inmediata, sobre el saldo total adeudado, y su respectivo
impuesto al valor agregado (IVA).

17) Que usted se obligó con BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA
MÚLTIPLE a cubrir gastos de cobranza extrajudicial correspondiente al 6% sobre el
total del adeudo que se hubiese generado, en caso de constituirse en mora.

18) Que usted conoce el domicilio de su acreedora financiera BANCO AZTECA S.A.
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE.

19) Que conoce el lugar de pago para cubrir el crédito ejercido por usted.

20) Que usted estableció con la acreedora financiera que, como lugares de pago
para cumplir el pago del crédito ejercido, la Sucursal Bancaria Número 2080 Ubicado
en: Avenida Ribera De San Cosme, Calle Doctor Atl C.P. 06400
Ref. entre Calle Doctor Enrique González Martínez, Calle Amado Nervo o en cualquier
otra sucursal bancaria de BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, o
en el domicilio ubicado en INSURGENTES SUR 3579, TORRE 3, PH, COLONIA TLALPALN
LA JOYA, ALCALDIA TLALPAN, CIUDAD DE MEXICO, MEXICO.

21) Que usted desde el día 29 de diciembre de 2012 a la presente fecha ha


dejado de cubrir los pagos a que se obligó con BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE
BANCA MÚLTIPLE.
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CALLE BELISARIO DOMINGUEZ 170, COLONIA DEL CARMEN,
ALCALDIA COYOACAN, CIUDAD DE MEXICO, C.P. 04100
13

22) Que usted reconoce adeudar a BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA
MÚLTIPLE la cantidad de $ 13,620 (TRECE MIL SEISCIENTOS VEINTE 00/100 pesos
M.N.), como suerte principal.

23) Que usted reconoce adeudar a BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA
MÚLTIPLE el pago de INTERESES ORDINARIOS calculados sobre saldos globales del
crédito a una tasa fija de interés anual, establecida en los tickets correspondiente.

24) Que usted reconoce haber pactado con BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE
BANCA MÚLTIPLE el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) causado por los
intereses ordinarios generados al SIETE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL VEINTE.

25) Que usted reconoce adeudar a BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA
MÚLTIPLE $ 8,688 (OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS M.N.) por
concepto de intereses moratorios.

26) Que usted a la fecha reconoce adeudar a BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE
BANCA MÚLTIPLE el SALDO TOTAL de $ 22,308 (VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS
OCHO 00/100 pesos M.N.).

27) Que usted se obligó a cubrir a la financiera acreedora, los Intereses ordinarios y
Moratorios generados con su correspondiente Impuesto al valor agregado (IVA) hasta
la total liquidación del adeudo.

28) Que BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE ha realizado


múltiples requerimientos de pago para el logro del pago que usted a la fecha adeuda.

29) Que en fecha 07 DE DICIEMBRE DE 2020 BANCO AZTECA S.A. INSTITUCION


DE BANCA MULTIPLE le notificó personal y extra judicialmente la terminación y
vencimiento anticipado del crédito.

30) Que a usted ha omitido cubrir a BANCO AZTECA S.A. INSTITUICION DE BANCA
MULTIPLE el pago requerido en fecha 07 DE DICIEMBRE DE 2020

31) Que BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE le otorgó un plazo
de diez días hábiles siguientes al 07 DE DICIEMBRE DE 2020 para que liquidara su
adeudo Total.

32) Que a la fecha usted a la firma del otorgamiento de crédito pactó con mi
poderdante que en caso de controversia se sujetarían a la jurisdicción de la CIUDAD
DE MEXICO, o bien al que corresponda en la sucursal en la cual se otorgó y ejerció el
crédito, dando la libre decisión de jurisdicción a la acreedora.

ME RESERVO EL DERECHO DE FORMULAR POSICIONES VERBALES

PROTESTO LO NECESARIO
BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE

BUFETE JURÍDICO GRUPO GABSSA


CALLE BELISARIO DOMINGUEZ 170, COLONIA DEL CARMEN,
ALCALDIA COYOACAN, CIUDAD DE MEXICO, C.P. 04100
14

________________________________________
LICENCIADO CÉSAR JUAN HUERTA

BUFETE JURÍDICO GRUPO GABSSA


CALLE BELISARIO DOMINGUEZ 170, COLONIA DEL CARMEN,
ALCALDIA COYOACAN, CIUDAD DE MEXICO, C.P. 04100

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