Fsu6625 1634858869
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1020-7.10
LA SECRETARIA DE GOBIERNO MUNICIPAL DE ACACÍAS – META
En virtud de lo previsto en el artículo 315 de la Constitución Política, el articulo 29 literal f numeral 6 de la Ley 1551 de 2012,
los artículos 2.3.2.3.2 del Decreto 1158 de 2019 pormedio del cual se adiciona el capítulo 3 al título 2 de la parte 3 del libro 2
del decreto 1066 de 2015, los alcaldes municipales son las únicas autoridades competentes para expedir los certificados de
residencia, en las áreas de influencia de los proyectos de exploración y explotación petrolera y minera, que aspiren acceder a
labores como mano de obra no calificada. Los alcaldes expedirán dichos certificados con base en: Censo electoral, Sistema de
identificación de potenciales beneficiarios de programas sociales Sisben y libros de afiliados a juntas de acción comunal,
debidamente registrados ante el ente de control y vigilancia, siempre y cuando el ciudadano lleve más de un año inscrito en los
mismos. Que conforme a lo expuesto anteriormente procede el Alcalde Municipal bajo el Decreto No. 209 de 03 de noviembre
de 2020, delegar a la Secretaria de Gobierno Doctora LICET BAUTISTA MORALES, expedir los certificados de residencia del
Municipio de Acacías, concordante con el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 92 de la Ley 136 de
1994 modificado por el artículo 30 de la Ley 1551 de 2012.
CERTIFICA
Que, Luz Marina Villarraga Melo identificado con Cédula de ciudadanía No 40270500 expedida en Mesetas, con dirección de
residencia FINCA VILLA LUZ del barrio / vereda LA ESMERALDA - Zona Rural.
Certificado válido
La presente certificación se expide a solicitud escrita del interesado (a)
Dada en Acacías Meta a los 25 días de 10 de 2021
Vigencia: 25 de 10 de 2021 hasta el 25 de 04 de 2022
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Vo. Licet Bautista Morales
Secretario de gobierno