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Manual de Radioaficionado

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MANUAL SOBRE

SERVICIOS DE AFICIONADOS Y
SERVICIOS DE AFICIONADOS
Unión Internacional de Telecomunicaciones
División de Ventas y Comercialización
ISBN978-92-61-14663-4
ISBN 978-92-61-14663-4SAP id
39094
POR SATÉLITE
Place des Nations
CH-1211 Ginebra 20
Suiza 9 789261 146634
Fax: +41 22 730 5194 Precio: 57 CHF
Tel.: +41 22 730 6141 Impreso en Suiza
E-mail: sales@itu.int Ginebra, 2014
E d i c i ó n d e 2 0 1 4
Web: www.itu.int/publications Derechos de las fotografías: UIT
Oficina de Radiocomunicaciones
Manual sobre
servicios de aficionados y
servicios de aficionados
por satélite

Edición de 2014
O fic in a de R ad io com uni ca c ion es
Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite iii

Prólogo

Este Manual contiene información general sobre los servicios de aficionados y de aficionados por
satélite. Incluye también un compendio de los textos actuales de la UIT que revisten interés para
dichos servicios.
El servicio de aficionados es el servicio de radiocomunicaciones más antiguo y es anterior a la
reglamentación de las radiocomunicaciones. En 1912, los aficionados podían utilizar cualquier
frecuencia por encima de 1,5 MHz, puesto que se consideraba que esas frecuencias «carecían de valor
para las comunicaciones marítimas, gubernamentales y comerciales» o eran «indeseables y de escasa
calidad». En 1924 los aficionados hicieron espacio para otros servicios en bandas por encima de
1,5 MHz. Actualmente, el servicio de aficionados funciona con relativamente pocas atribuciones a
través del espectro.
La Conferencia Administrativa Mundial de Radiocomunicaciones (CAMR) de 1963 estableció la
nota 284A, que dice: «En la banda 144-146 MHz, el servicio de aficionados puede utilizar los satélites
artificiales». Se creó el servicio de aficionados por satélite y se le dio atribuciones de frecuencia en
la CAMR espacial de 1971. Desde entonces, los radioaficionados han diseñado, construido y
explotado un gran número de satélites de aficionados. Además, las comunicaciones de
radioaficionados se han utilizado a bordo de estaciones espaciales tripuladas tales como la MIR y la
Estación Espacial Internacional. La mayoría de los astronautas y cosmonautas poseen una licencia de
operador de radioaficionado.
La instrucción individual es un objetivo importante de los servicios de aficionados, como queda
determinado en la definición de servicio de aficionados del número 1.56 del Reglamento de
Radiocomunicaciones (RR).
Los radioaficionados han hecho contribuciones técnicas de importancia en campos tales como la
propagación de las ondas radioeléctricas, la radiotelefonía en banda lateral única en ondas
decamétricas, las comunicaciones de datos en ondas decamétricas, los protocolos de
radiocomunicaciones por paquetes y el diseño de satélites de comunicaciones.
El número 25.9A del RR alienta a las administraciones a que permitan a las estaciones de aficionados
participar en las comunicaciones necesarias en apoyo de las operaciones de socorro. Los
radioaficionados continúan proporcionando radiocomunicaciones básicas, especialmente en los
primeros instantes tras una catástrofe que ha provocado la interrupción o la sobrecarga de las redes
normales de telecomunicaciones.
La finalidad de este Manual es presentar a las administraciones y a las organizaciones de
radioaficionados información sobre los servicios de aficionados, en un solo documento.
Este trabajo no hubiera sido posible sin los esfuerzos llevados a cabo por muchos voluntarios y
delegados a lo largo de un cierto número de años y por ello cabe agradecer estos esfuerzos.

Dale HUGUES
Presidente,
Grupo de Trabajo 5A de Radiocomunicaciones
(Grupo de Trabajo 1 – Servicios de aficionados)
Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite v

ÍNDICE

Página

CAPÍTULO 1 – LOS SERVICIOS DE AFICIONADOS ...................................................... 1


1.1 Naturaleza de los servicios de aficionados ......................................................... 1
1.2 Formación ........................................................................................................... 1
1.3 Reconocimiento mutuo de las licencias de radioaficionado ............................... 2
1.3.1 Recomendación T/R 61-01 de la CEPT ............................................... 2
1.3.2 Permiso de Radioaficionado Internacional (IARP) de la OEA ............ 2
1.4 Cualificaciones normalizadas del operador ........................................................ 2
1.4.1 Recomendación UIT-R M.1544 ........................................................... 2
1.4.2 Certificado armonizado del examen para radioaficionados de la CEPT
(HAREC) ............................................................................................. 2
1.5 Clasificación de las licencias de radioaficionado ............................................... 2
1.5.1 Licencia de radioaficionado individual ................................................ 3
1.5.2 Club de estaciones ................................................................................ 3
1.5.3 Estaciones de eventos especiales ......................................................... 3
1.6 Características técnicas de las estaciones ........................................................... 3

CAPÍTULO 2 – SERVICIOS DE AFICIONADOS ............................................................... 5


2.1 Aplicaciones de bandas atribuidas al servicio de aficionados ............................ 5
2.2 Planes de bandas para radioaficionados ............................................................. 9
2.3 Operaciones del servicio de aficionados y formación del operador ................... 9
2.3.1 Operaciones típicas .............................................................................. 9
2.3.2 Actividades de explotación .................................................................. 9
2.3.3 Radiodeporte ........................................................................................ 9
2.4 Cometido del servicio de aficionados en las telecomunicaciones de
emergencia .......................................................................................................... 11
2.4.1 Redes de aficionados disponibles para telecomunicaciones de
emergencia ........................................................................................... 11
vi Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

Página
2.5 Sistemas de aficionados ...................................................................................... 12
2.5.1 Sistemas de telegrafía ........................................................................... 12
2.5.2 Sistemas de comunicaciones de datos .................................................. 12
2.5.3 Interfuncionamiento ............................................................................. 13
2.5.4 Sistemas de telefonía ............................................................................ 13
2.5.5 Sistemas de comunicaciones de imagen .............................................. 13
2.5.6 Sistemas multimedios .......................................................................... 14
2.6 Experimentación en el servicio de aficionados .................................................. 14
2.6.1 Desarrollo del sistema .......................................................................... 14
2.6.2 Diseño de la antena .............................................................................. 14
2.6.3 Ordenadores personales ....................................................................... 14
2.6.4 Investigación sobre la propagación ...................................................... 14
2.6.5 Procesamiento digital de la señal ......................................................... 15

CAPÍTULO 3 – SERVICIO DE AFICIONADOS POR SATÉLITE..................................... 17


3.1 Aplicaciones de las bandas atribuidas al servicio de aficionados por satélite .... 17
3.2 Antecedentes ....................................................................................................... 18
3.3 Satélites de aficionados operacionales ................................................................ 18
3.4 Estaciones terrenas de aficionados ..................................................................... 20
3.5 Experimentación en el servicio de aficionados por satélite ................................ 20
3.6 Coordinacion de frecuencias en el servicio de aficionados por satélite ............. 20

CAPÍTULO 4 – EXTRACTOS DEL REGLAMENTO DE RADIOCOMUNICACIONES


(EDICIÓN DE 2012) ...................................................................................................... 21

ARTÍCULO 1 – Términos y definiciones ..................................................................... 21

ARTÍCULO 5 – Atribuciones de frecuencia ................................................................. 22

ARTÍCULO 19 – Identificación de las estaciones ........................................................ 49

ARTÍCULO 25 – Servicios de aficionados ................................................................... 51

APÉNDICE 42 (Rev.CMR-12) – Cuadro de atribución de series internacionales de


distintivos de llamada ............................................................................................ 53

RESOLUCIÓN 641 (Rev.HFBC-87) – Utilización de la banda de frecuencias


7 000-7 100 kHz .................................................................................................... 60
Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite vii

Página

RESOLUCIÓN 642 – Relativa a la puesta en servicio de estaciones terrenas


del servicio de aficionados por satélite ................................................................. 61

RESOLUCIÓN 644 (Rev.CMR-12) – Recursos de radiocomunicaciones para la alerta


temprana, la mitigación de los efectos de las catástrofes y las operaciones de
socorro ................................................................................................................... 62

CAPÍTULO 5 – CUESTIONES DEL UIT-R RELATIVAS A LOS SERVICIOS DE


AFICIONADOS ............................................................................................................. 64

CUESTIÓN UIT-R 48-6/5 – Técnicas y utilización de frecuencias en los servicios de


aficionados y aficionados por satélite ................................................................... 64

CUESTIÓN UIT-R 209-4/5 – Utilización de los servicios móviles, de aficionados y


de aficionados por satélite para facilitar las radiocomunicaciones en casos de
catástrofe ............................................................................................................... 64

CAPÍTULO 6 – RECOMENDACIONES DEL UIT-R RELATIVAS A LOS SERVICIOS


DE AFICIONADOS ....................................................................................................... 65

RECOMENDACIÓN UIT-R M.1041-2 – Futuros sistemas de radiocomunicaciones


de aficionados........................................................................................................ 65

RECOMENDACIÓN UIT-R M.1042-3 – Comunicaciones de los servicios de


aficionados y aficionados por satélite en situaciones de catástrofe ...................... 65

RECOMENDACIÓN UIT-R M.1043-2 – Utilización de los servicios de aficionados


y de aficionados por satélite en los países en desarrollo ....................................... 66

RECOMENDACIÓN UIT-R M.1044-2 – Criterios de compartición de frecuencias


en los servicios de aficionados y de aficionados por satélite ............................... 66

RECOMENDACIÓN UIT-R M.1172 – Abreviaturas y señales diversas que habrán


de utilizarse para las radiocomunicaciones en el servicio móvil marítimo ........... 66

RECOMENDACIÓN UIT-R M.1544 – Calificaciones mínimas de los


radioaficionados .................................................................................................... 67

RECOMENDACIÓN UIT-R M.1677-1 – Código Morse Internacional ..................... 67

RECOMENDACIÓN UIT-R M.1732-1 – Características de los sistemas que


funcionan en el servicio de aficionados y de aficionados por satélite para
utilizarlas en estudios de compartición ................................................................. 67

RECOMENDACIÓN UIT-R M.2034 – Alfabeto telegráfico para comunicaciones de


datos mediante modulación por desplazamiento de fase a 31 baudios en los
servicios de aficionados y de aficionados por satélite .......................................... 68
viii Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

Página

CAPÍTULO 7 – INFORMES DEL UIT-R RELATIVOS A LOS SERVICIOS DE


AFICIONADOS ............................................................................................................. 69

INFORME UIT-R M.2085-1 – Cometido de los servicios de aficionados y de


aficionados por satélite en la reducción de los efectos de las catástrofes y las
operaciones de socorro en caso de catástrofe ........................................................ 69

INFORME UIT-R M.2117-1 – Equipo radioeléctrico especificado por Software en los


servicios móvil terrestre, de radioaficonados y de radioaficionados por satélite . 69

INFORME UIT-R M.2200 – Características de las estaciones de radioaficionados en


la gama de frecuencias 415-526,5 kHz para estudios de compartición ............... 69

INFORME UIT-R M.2203 – Compatibilidad de las estaciones del servicio de


aficionados con los servicios existentes en la banda 415-526,5 kHz ................... 70

INFORME UIT -R M.2226 – Descripción del servicio de aficionados y su


funcionamiento experimental entre 415 y 526,5 kHz en algunos países ............. 70

CAPÍTULO 8 – RECOMENDACIONES DEL UIT-D Y MANUALES RELATIVOS A


LOS SERVICIOS DE AFICIONADOS......................................................................... 71
Capítulo 1 1

CAPÍTULO 1

LOS SERVICIOS DE AFICIONADOS

1.1 Naturaleza de los servicios de aficionados


El servicio de aficionados es el servicio de radiocomunicaciones más antiguo, anterior incluso a la
regulación de las radiocomunicaciones. La regulación del espectro fue motivada originalmente por la
necesidad de mejorar la seguridad marítima y asegurar que las estaciones costeras podían
comunicarse con todos los barcos y no sólo con aquellos que utilizan equipos de la misma empresa.
En 1912, los aficionados podían utilizar cualquier frecuencia por encima de 1,5 MHz debido a que se
consideraba que dichas frecuencias «carecían de valor para las comunicaciones marítimas,
gubernamentales y comerciales». Sin embargo, a lo largo de los años 20 se pudo constatar el valor de
las frecuencias más elevadas. Hoy en día, el servicio de aficionados ocupa bandas relativamente
estrechas dispersas en la totalidad del espectro radioeléctrico. Estas bandas presentan la gama íntegra
de los mecanismos de propagación de las ondas radioeléctricas y, mediante la experimentación, los
aficionados han contribuido a su comprensión.
Los radioaficionados han realizado importantes contribuciones técnicas en los campos de la
propagación de las ondas radioeléctricas, las radiocomunicaciones en banda lateral única en ondas
decamétricas, los sistemas de comunicaciones de datos en ondas decamétricas, los protocolos de
radiocomunicaciones digitales y el diseño de las comunicaciones por satélite.
El radioaficionado continúa desempeñando un papel importante en las comunicaciones en caso de
catástrofe. Tiene la capacidad singular de proporcionar servicios de radiocomunicaciones
independientemente de la red telefónica o de otros servicios de radio, en particular durante los
primeros días después de la catástrofe y antes de que los organismos de socorro lleguen al lugar de
los hechos y monten servicios de telecomunicaciones para casos de emergencia.
Un objetivo importante de los servicios de aficionados es la autoformación, incluyendo la
capacitación de los jóvenes en las telecomunicaciones. Los radioaficionados tienen la oportunidad de
planificar, diseñar, construir, explotar y mantener una estación de radio completa, lo que contribuye
a la formación de los recursos humanos de un país en materia de telecomunicaciones.
La Unión Internacional de Radioaficionados (IARU) es la Federación de las asociaciones nacionales
de radioaficionados que existen en numerosos países. Representa a los servicios de aficionados y de
aficionados por satélite en la UIT y en las organizaciones de telecomunicaciones regionales y es
Miembro de Sector de los Sectores de Radiocomunicaciones y de Desarrollo de las
Telecomunicaciones de la UIT.

1.2 Formación
Algunas sociedades de radioaficionados nacionales han diseñado uno o más cursos de formación y
han elaborado publicaciones destinadas a personas que se están preparando para realizar los exámenes
que les permitan obtener la licencia de radioaficionado. Algunas ofrecen cursos de formación
continuos en una cierta variedad de temas, incluidos los cursos sobre preparación para casos de
emergencia.
2 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

1.3 Reconocimiento mutuo de las licencias de radioaficionado


Los radioaficionados a veces visitan otros países y desean hacer uso de sus estaciones de radio. Los
tipos de autorización recíproca de funcionamiento son:
– Recomendación T/R 61-01 de la CEPT.
– Permiso Internacional de Radioaficionado.
– Acuerdo mutuo y, en algunos casos,
– licencia de visitante emitida por una administración contra la presentación de una licencia
válida del país de origen del operador.
1.3.1 Recomendación T/R 61-01 de la CEPT
El Comité de Comunicaciones Electrónicas (ECC) de la Conferencia Europea de Administraciones
de Correos y Telecomunicaciones (CEPT) adoptó la Recomendación T/R 61-01 (revisada en Nicosia
en 2003), Licencia de Radioaficionado de la CEPT, para que los radioaficionados de países de la
CEPT pudiesen operar durante breves visitas a otros países de la CEPT sin necesidad de obtener una
licencia temporal del país de la CEPT visitado. La Recomendación permite participar en este sistema
de licencias a países ajenos a la CEPT.
1.3.2 Permiso de Radioaficionado Internacional (IARP) de la OEA
El IARP fue creado por la Organización de Estados Americanos (OEA) por recomendación de la
Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL). Permite a los aficionados de los países
signatarios de las Américas operar en otros países signatarios de esta región sin necesidad de obtener
una licencia o un permiso especial distinto al IARP.

1.4 Cualificaciones normalizadas del operador


1.4.1 Recomendación UIT-R M.1544
Esta Recomendación establece unas cualificaciones mínimas para los radioaficionados. HAREC es
un programa con un temario más detallado aplicable a los países de la CEPT y a otros países que lo
han adoptado por conveniencia. Otros países han desarrollado su propio programa de estudios así
como un conjunto de preguntas de examen. Las sociedades nacionales son conscientes de los sistemas
utilizados en otros países y hay una tendencia hacia la uniformidad de los métodos.
1.4.2 Certificado armonizado del examen para radioaficionados de la CEPT (HAREC)
La Recomendación T/R 61-02 de la CEPT hace posible que las administraciones de la CEPT emitan
un Certificado armonizado del examen para radioaficionados (HAREC), que es un documento que
demuestra que se ha pasado con éxito las pruebas de radioaficionado adaptadas al programa de
examen para el HAREC. Facilita la emisión de una licencia individual a los radioaficionados que
permanecen en un país durante más tiempo que el mencionado en la Recomendación T/R 61-01 de la
CEPT. También facilita la emisión de una licencia individual a un radioaficionado que regresa a su
país de origen mostrando el HAREC emitido por la administración extranjera. La Recomendación
tiene una disposición por la que se permite participar en este sistema a los países ajenos a la CEPT.

1.5 Clasificación de las licencias de radioaficionado


Aunque varía de un país a otro, puede haber dos clases de licencias:
– licencia de operador y
– licencia de estación.
La licencia de operador es un permiso concedido a una persona para explotar una estación de
aficionado. La licencia de operador puede ser válida durante un número específico de años pero
Capítulo 1 3

algunas administraciones emiten licencias de operador que duran toda la vida. Las licencias de
estación normalmente se emiten para un cierto número de años a fin de permitir a la administración
mantener una base de datos actualizada de las estaciones de aficionados.
1.5.1 Licencia de radioaficionado individual
La mayoría de las licencias de radioaficionado se emiten a operadores individuales. Los privilegios
que concede una licencia no pueden transferirse a otras personas pero un radioaficionado con licencia
puede permitir a otra persona que opere su estación de aficionado siempre que el titular de la licencia
tenga el control directo de las transmisiones.
1.5.2 Club de estaciones
Las administraciones pueden emitir licencias de club de estaciones a una organización de
radioaficionados. Normalmente, la licencia se emite a un depositario que es normalmente un operador
con licencia y es responsable del funcionamiento adecuado del club de estaciones. Estas estaciones
son especialmente interesantes a efectos educativos.
El primer ejemplo de un club de radio es el Club Internacional de Radioaficionados (IARU) que
utiliza el distintivo de llamada 4U1ITU y está situado en el edificio de la UIT de Varembé. Está
disponible para su utilización por los delegados de la UIT con licencia de radioaficionado tras la
emisión de una licencia de visitante.
1.5.3 Estaciones de eventos especiales
Algunas administraciones emiten licencias temporales para eventos especiales, tales como la
conmemoración de un aniversario nacional. Estas licencias pueden emitirse a una persona o a un club.

1.6 Características técnicas de las estaciones


El número 25.7 del RR indica que «Las administraciones interesadas fijarán la potencia máxima de
las estaciones de aficionado». Aunque la forma de regular la potencia del transmisor varía entre las
administraciones, normalmente se especifica como la salida de potencia en la cresta de la envolvente.
La máxima potencia generalmente se ajusta entre 26 dBW y 33 dBW para los operadores más
cualificados, estableciendo unos límites inferiores para ciertas bandas de frecuencia y clases de
licencia de operador.
Capítulo 2 5

CAPÍTULO 2

SERVICIOS DE AFICIONADOS

2.1 Aplicaciones de bandas atribuidas al servicio de aficionados


El siguiente cuadro describe aplicaciones típicas de bandas de frecuencia disponibles para el servicio
de aficionados. Véase en el Artículo 5 del Reglamento de Radiocomunicaciones (RR) la categoría
específica de la atribución en cada banda. Para atribuciones concretas consúltese la reglamentación
nacional, puesto que puede variar de un país a otro.

Banda de frecuencia
Longitud
(kHz) Aplicación
de onda
(R = Región)
2 200 m 135,7-137,8 La propagación en esta banda permite comunicaciones de corto alcance
(secundario) durante las horas diurnas y comunicaciones de mayor alcance a través de la
Las restricciones geográfi- refracción ionosférica durante la noche, cuando se debilita la absorción de
cas se indican en los la capa D. La potencia de salida se limita a 1 W de p.i.r.e., que es suficiente
números 5.67A y 5.67B del para las transmisiones transcontinentales y transoceánicas por la noche.
RR
630 m 472-479 La propagación en esta banda permite comunicaciones de corto alcance
(secundario) durante las horas diurnas y comunicaciones de mayor alcance a través de la
Las restricciones geográfi- refracción ionosférica durante la noche, cuando se debilita la absorción de
cas y técnicas se indican en la capa D. La potencia de salida se limita a 1 W o 5 W de p.i.r.e.,
los números 5.82, 5.80A y dependiendo del emplazamiento de las estaciones (véanse los números
5.80B del RR 5.80A y 5.80B del RR).
160 m 1 810-1 850 R1 Sus características de propagación permiten comunicaciones de corto
(utilización a título alcance durante las horas diurnas y comunicaciones de medio y gran
igualmente primario con alcance en las horas nocturnas. Esta banda es especialmente útil durante los
otros servicios) episodios de valores mínimos de las manchas solares cuando la máxima
Números 5.98, 5.99, 5.100, frecuencia utilizable (MUF) se encuentra por debajo de 3 500 kHz.
5.101 y 5.103 del RR)
1 800-1 850 R2
1 800-2 000 R2, R3
(utilización a título
igualmente primario con
otros servicios)
Número 5.102 del RR
6 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

Banda de frecuencia
Longitud de
(kHz) Aplicación
onda
(R = Región)
80 m 3 500-3 800 R1 Esta banda se utiliza para establecer contactos a distancias de hasta
(utilización a título 500 km durante el día y a distancias de 2 000 km o más durante la
igualmente primario con noche. Es intensamente utilizada por las comunicaciones de
otros servicios) emergencia.
Número 5.92 del RR
80 m 3 500-3 750 R2
(primario)
Número 5.119 del RR)
3 500-3 900 R3
(utilización a título
igualmente primario con
otros servicios)
3 750-4 000 R2
(utilización a título
igualmente primario con
otros servicios)
Números 5.122 y 5.125 del
RR
40 m 7 000-7 200 R1, R3 La banda de 7 MHz es muy utilizada las 24 horas del día, todos los
(primario) días. Durante las horas diurnas la banda cursa la mayoría de las
Números 5.40, 5.141, comunicaciones de aficionados por onda ionosferica a distancias
5.141A, 5.142 del RR inferiores a 1 300 km.

7 000-7 300 R2
(primario)
Número 5.142 del RR

30 m 10 100-10 150 Esta banda se usa las 24 horas del día y actúa como puente entre las
(secundario) bandas de 7 MHz y 14 MHz.
20 m 14 000-14 250 Se trata de la banda más popular para comunicaciones internacionales.
(primario)
14 250-14 350
(las condiciones de
utilización a título
igualmente primario con
otros servicios en un cierto
número de países aparecen
en el número 5.152 del RR)
17 m 18 068-18 168 La banda se utiliza como alternativa a la banda de 14 MHz, que a
(las condiciones de menudo está congestionada por el tráfico.
utilización a título
igualmente primario con
otros servicios en un cierto
número de países aparecen
en el número 5.154 del RR)
15 m 21 000-21 450 Estas bandas se emplean especialmente durante las horas diurnas y
(primario) cuando la actividad solar es elevada.
12 m 24 890-24 990
(primario)
10 m 28 000-29 700
(primario)
Capítulo 2 7

Banda de frecuencia
Longitud de
(kHz) Aplicación
onda
(R = Región)
6m 50-54 R1 Esta banda se utiliza para comunicaciones locales en todo instante,
(Sólo atribuida en 11 países de mediante repetidores. El uso de esta banda por los radioaficionados
la Región Africana a título también puede incluir el telemando de objetos tales como modelos.
primario). Número 5.169 del La banda puede emplearse igualmente en ocasiones para establecer
RR comunicaciones a distancias de hasta 2 000 km por onda
50-54 R2, R3 ionosférica, dispersión troposférica, Tierra-Luna-Tierra (EME),
(las restricciones geográficas reflexión esporádica en la capa E de la ionosfera (Es) y dispersión
se indican en los números por estelas ionizadas de meteoros (MS).
5.162A, 5.166, 5.167, 5.167A,
5.158, 5.170 del RR)
2m 144-146 R1 Esta banda es intensamente utilizada en todo el mundo para
(primario) comunicaciones de corto alcance, incluido el uso de repetidores.
144-148 R2, R3 La banda es muy utilizada para comunicaciones Tierra-Luna-
(las condiciones de utilización Tierra (EME) empleando técnicas de modulación analógica y
a título igualmente primario digital, para diferentes tipos de propagación de ondas
con otros servicios en un radioeléctricas – dispersión troposférica y superrefracción
cierto número de países (TROPO), dispersión por irregularidades en la capa más baja de la
aparecen en el número 5.217 ionosfera (FAI), dispersión por las estelas ionizadas de los
del RR) meteoros (MS) y dispersión ionosférica en las regiones
circumpolares durante las tormentas polares (AURORA), haciendo
posible la comunicación, mediante técnicas de modulación
analógica y digital, a distancias de hasta 2 000-3 000 km.
Esta banda es ampliamente utilizada para comunicaciones locales
en casos de catástrofe. También se usa para establecer contacto con
los repetidores a bordo de satélites de aficionados.
1,25 m 220-225 R2 Cuando se atribuye, esta banda sirve como alternativa a la banda
de 144 MHz para comunicaciones de corto alcance.
70 cm 430-440 Esta banda se emplea para comunicaciones de corto alcance
(utilización a título igualmente incluidos los repetidores para televisión de aficionados analógica y
primario con otros servicios digital. También se utiliza para comunicaciones Tierra-Luna-
en la Región 1) Tierra (EME) empleando técnicas de modulación analógica y
Números 5.138, 5.271, 5.272, digital. La dispersión troposférica y la superrefracción (TROPO)
5.273, 5.274, 5.275, 5.276, hacen posible establecer contacto a distancias de hasta 1 000 km.
5.277, 5.279A, 5.280, 5.281, También se usa para establecer contacto con los repetidores a
5.282, 5.283 del RR bordo de satélites de aficionados.
420-430 y 440-450 en varios
países.
R2, R3 a título secundario
Número 5.270 del RR
430-440 R2, R3
(secundario)

33 cm 902-928 R2 Esta banda está atribuida al servicio de aficionados sólo en la


(secundario) Región 2.
Número 5.150 del RR
8 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

Banda de frecuencia
Longitud de
(kHz) Aplicación
onda
(R = Región)
23 cm 1 240-1 300 Esta banda se utiliza para comunicaciones que emplean técnicas de
(secundario) modulación analógica y digital, así como para televisión
digital y redes de repetidores. La dispersión troposférica
y la superrefracción (TROPO) hacen posible establecer
comunicaciones a distancias superiores a 1 000 km.
Esta banda es la más popular para las comunicaciones
Tierra-Luna-Tierra (EME) que utilizan técnicas de modulación
analógica y digital. Además, esta banda se emplea para contactos
a bordo de satélites de aficionados.
13 cm 2 300-2 450 Esta banda se emplea para las comunicaciones de banda estrecha
(secundario) de datos y de televisión y para la experimentación. También se
utiliza para las comunicaciones Tierra-Luna-Tierra (EME) y para
establecer contacto utilizando repetidores a bordo de satélites de
aficionados (principlamente espacio-Tierra).
9 cm 3 300-3 500 R2, Esta banda se utiliza para comunicaciones de banda estrecha,
(secundario en la Región 3) enlaces de datos y comunicaciones Tierra-Luna-Tierra (EME)
utilizando técnicas de modulación analógica y digital.
5 cm 5 650-5 850 R1, R3 Esta banda se utiliza para comunicaciones de banda estrecha,
5 650-5 925 R2 enlaces de datos y comunicaciones Tierra-Luna-Tierra (EME)
(secundario en las tres utilizando técnicas de modulación analógica y digital.
regiones)
Banda de frecuencias
(GHz)
3 cm 10-10,5 (secundario) Esta banda se utiliza para comunicaciones de banda estrecha,
comunicaciones de banda amplia de corto alcance, televisión
(incluidos los repetidores) y comunicaciones Tierra-Luna-Tierra
(EME) utilizando técnicas de modulación analógica y digital.
Es la banda más popular por encima de 1,3 GHz.
Algunas condiciones de propagación tales como TROPO y
DISPERSIÓN POR LLUVIA pueden favorecer comunicaciones a
distancias superiores a 1 000 km.
1,2 cm 24-24,05 (primario) Esta bandas (a 24 GHz, 47 GHz y 76 GHz) son ampliamente
24,05-24,25 (secundario) utilizadas para comunicaciones de banda estrecha y para
experimentación, y también en las comunicaciones
Número 5.150 del RR
Tierra-Luna-Tierra (EME).
6 mm 47-47,2 (primario)
4 mm 76-77,5 (secundario)
77,5-78 (primario)
78-81,5 (secundario)
2,5 mm 122,25-123 (secundario)
2 mm 134-136 (primario)
1 mm 136-141 (secundario) Las bandas de 122 GHz y frecuencias superiores son muy
241-248 (secundario) utilizadas para comunicaciones de banda estrecha y
experimentación.
248-250 (primario)
NOTA – Algunas administraciones permiten la experimentación a los aficionados en frecuencias por encima de 275 GHz,
en coherencia con el número 5.565 del RR (CMR-12).
Capítulo 2 9

2.2 Planes de bandas para radioaficionados


Las atribuciones de bandas de frecuencia del servicio de aficionados las realiza la UIT y quedan
reflejadas en la reglamentación nacional. Las aplicaciones específicas para partes de estas
atribuciones se recomiendan mediante «planes de bandas». Cada organización regional de la IARU
elabora un plan de bandas regional sobre la utilización de las frecuencias. Se trata de orientaciones
generales que puede que no tengan en cuenta las variaciones en la reglamentación de cada país de la
región. Por este motivo, algunas sociedades nacionales desarrollan planes de bandas nacionales que
cumplen la reglamentación nacional y son compatibles en la medida de lo posible con el plan de
bandas regional.

2.3 Operaciones del servicio de aficionados y formación del operador


2.3.1 Operaciones típicas
Las operaciones típicas del servicio de aficionados consisten en establecer contactos entre dos o más
estaciones de aficionado que, como señala el número 1.56 del RR, «tienen por objeto la instrucción
individual, la intercomunicación y los estudios técnicos efectuados por aficionados».
El funcionamiento normal incluye el diálogo entre operadores sobre una variedad de temas incluidos
los debates técnicos. También se produce un intercambio de mensajes formales e informales
normalmente transmitidos en la actualidad mediante modos de comunicaciones de datos. Se llevan a
cabo algunos concursos para demostrar el nivel de destreza, poner a prueba y elevar el nivel de
formación del operador, demostrar las capacidades de la estación de aficionado y conmemorar
eventos especiales.
2.3.2 Actividades de explotación
Los radioaficionados utilizan sus estaciones en una amplia variedad de modos de funcionamiento.
Muchos aficionados pasan mucho tiempo escuchando otras estaciones de aficionados estableciendo
un contacto bidireccional (conocido como «QSO» – un código Q quiere decir «Puedo comunicarme
con…»). Pueden incorporarse al contacto y tomar parte en la conversación en curso. Los contactos
pueden durar hasta una hora pero generalmente son muy breves, simplemente un intercambio de
distintivos de llamada, informes de señal, nombres y emplazamientos. Los contactos breves son
comunes en las estaciones de aficionados que funcionan desde emplazamientos (países o prefijos de
distintivo de llamada) que raramente están en el aire.
Otro modo de funcionamiento es la llamada CQ (que significa «Llamada general a todas las
estaciones») invitando a cualquier otra estación a entrar en contacto. Si en un contacto están
implicadas más de dos estaciones, puede llamarse una «mesa redonda». Un contacto de grupo
efectuado regularmente (el mismo día de la semana, a la misma hora y con la misma frecuencia) se
denomina una «red». Las redes existen para diversos objetivos tales como el intercambio de mensajes
relativos a emergencias, información sobre salud y bienestar, condiciones meteorológicas y otros.
2.3.3 Radiodeporte
Radiodeporte es el término empleado para describir una variedad de actividades competitivas de los
radioaficionados. Algunas están patrocinadas por la IARU, otras por las sociedades nacionales de
radioaficionados o revistas de radioaficionados y unas cuantas tienen su origen en programas
deportivos patrocinados por el estado. Estas actividades tienen reglas formales publicadas por los
patrocinadores, cuentan con sistemas de medición para calibrar la pericia y los logros de los
radioaficionados y normalmente se publican los resultados y se emite un certificado o diploma.
10 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

2.3.3.1 Concurso
El concurso es una actividad competitiva que normalmente supone un intento para alcanzar un
objetivo, por ejemplo establecer contacto con el mayor número de estaciones de aficionado posible
durante un determinado periodo de tiempo en ciertas frecuencias y dentro de unas zonas geográficas
especificadas. Estos concursos se realizan a lo largo de todo el año, especialmente durante los fines
de semana.
Un ejemplo de concurso es el «Concurso CQ-M Internacional DX» patrocinado por la sociedad
nacional de radioaficionados de Rusia – Soyuz Radiolyubitelei Rosii (SRR). El objetivo de este
concurso es «unir a las personas en una coexistencia pacífica, promover el mutuo entendimiento e
impulsar la deportividad y la cooperación entre los radioaficionados». Normalmente se lleva a cabo
durante todo el segundo fin de semana de mayo de cada año en las bandas del servicio de aficionados
de 1,8; 3,5; 7; 14; 21 y 28 MHz.
2.3.3.2 Programas de premios
En reconocimiento a las comunicaciones internacionales de radioaficionados bidireccionales, la
IARU emite un certificado de funcionamiento en todos los continentes
(Worked-All-Continents (WAC)) a las estaciones de radioaficionados del mundo. La cualificación
para el reconocimiento WAC se basa en una comprobación realizada por la Secretaría Internacional,
o un miembro de la sociedad, de la IARU del número de tarjetas QSL («Estoy acusando recibo») que
el solicitante ha recibido de otras estaciones de aficionados de cada uno de los seis continentes.
DXCC es un reconocimiento emitido por la American Radio Relay League (ARRL) como prueba de
que una estación ha establecido contacto con estaciones de al menos 100 países distintos.
Islas en el aire (IOTA), patrocinado por la Sociedad de Radio de Gran Bretaña (GSBR) tiene por
objeto alentar los contactos con estaciones de aficionados en islas de todo el mundo.
Muchas sociedades nacionales de radioaficionados emiten certificados o diplomas por haber
establecido contacto con un cierto número de estaciones de aficionados en sus territorios bajo
condiciones específicas.
2.3.3.3 DXpediciones
Las expediciones DX (que significa «larga distancia»), «DXpediciones», se organizan para poner en
el aire durante un periodo de tiempo limitado emplazamientos raros (países o lugares remotos con
pocas o ninguna estación de aficionado en funcionamiento). Proporcionan a las estaciones de
aficionados la oportunidad de establecer contacto con estos emplazamientos raros e intercambiar
tarjetas QSL como demostración de que ha habido contacto.
2.3.3.4 Radiogoniometría con radioaficionados
La radiogoniometría con radioaficionados (ARDF) denominada a veces «orientación» o «caza de
conejos» es una carrera limitada en el tiempo para demostrar las habilidades en la búsqueda y
localización de transmisores de radio. Se utilizan normalmente las bandas del servicio de aficionados
de 3,5 MHz y 144 MHz. ARDF comenzó en el norte y el este de Europa pero se ha extendido por
todo el mundo, especialmente en el Hemisferio Septentrional. En un cierto número de países que
funcionan bajo las reglas de la IARU se llevan a cabo actividades anuales de ARDF. La IARU
patrocina los Campeonatos del Mundo.
2.3.3.5 Telegrafía de alta velocidad
La telegrafía de alta velocidad (HST) es un reto dirigido a los operadores para que copien
correctamente el código Morse a la mayor velocidad posible. Los campeonatos mundiales
internacionales están patrocinados por la IARU.
Capítulo 2 11

2.4 Cometido del servicio de aficionados en las telecomunicaciones de emergencia


La amplia gama de actividades y las habilidades de los operadores radioaficionados hacen del servicio
de aficionados un activo de gran valor en las telecomunicaciones de emergencia. Existe un gran
número de estaciones de aficionados operacionales en casi todos los países del mundo, lo que
proporciona una red robusta independiente de cualquier otra. En muchos casos esta red ha
proporcionado el primer, y a veces el único, enlace al exterior de la zona afectada por una catástrofe.
El servicio de aficionados cuenta con programas de formación y ejercicios de simulación de
emergencia desarrollados por algunas de las sociedades nacionales de radioaficionados.
Entre las situaciones típicas en las que el servicio de aficionados puede complementar a las
comunicaciones de emergencia pueden citarse:
– Las alertas de emergencia inicial pueden proceder de estaciones de aficionados individuales
para señalar un incidente a la atención de los servicios de emergencia institucionales
competentes.
– En las operaciones de búsqueda y salvamento, las estaciones de aficionado pueden reforzar
a los equipos profesionales aumentando sus capacidades de comunicación e informando
sobre el incidente.
– Los hospitales y los establecimientos similares pueden quedarse sin comunicaciones tras una
catástrofe. Los grupos de emergencia de radioaficionados locales están preparados de
antemano para prestar la debida asistencia.
– La fuga de materiales peligrosos y otros incidentes pueden exigir la evacuación de los
residentes y la coordinación entre el lugar donde se ha producido la catástrofe y los
emplazamientos o refugios de evacuación. Puede solicitarse a las estaciones de aficionados
de emergencia que establezcan comunicaciones con tales instituciones.
2.4.1 Redes de aficionados disponibles para telecomunicaciones de emergencia
2.4.1.1 Redes de corto alcance
Las redes de aficionados de corto alcance proporcionan comunicaciones operacionales o tácticas en
el lugar donde se ha producido la catástrofe y en las zonas circundantes. Pueden incluir equipos fijos,
móviles y nómadas que normalmente utilizan las frecuencias de las bandas 50-54 MHz, 144-148 MHz
y 420-450 MHz, aunque cabe señalar que existen diferencias a nivel regional y nacional en estas
gamas de frecuencia.
Las estaciones repetidoras se utilizan para ampliar la gama de comunicaciones de las estaciones en
ondas métricas y decimétricas. Situadas en posiciones elevadas, permiten la comunicación entre
estaciones de aficionados fijas y móviles separadas por obstrucciones tales como montañas o edificios
altos cuando funcionan en un entorno urbano. Una estación repetidora recibe en un canal y transmite
en una frecuencia distinta, generalmente en la misma banda de frecuencias.
2.4.1.2 Redes de alcance medio
Las redes de aficionados de alcance medio por lo general proporcionan comunicaciones desde el lugar
donde se ha producido la catástrofe hasta los centros administrativos y orgánicos situados fuera de la
zona afectada, o con las sedes de los organismos ubicadas en países vecinos que realizan las
correspondientes operaciones. También garantizan las comunicaciones con vehículos, barcos y
aviones que se encuentran fuera de la cobertura de las redes de ondas métricas y decimétricas
disponibles. Se pueden establecer comunicaciones a distancias medias de hasta 500 km mediante la
propagación de ondas ionosféricas con incidencia casi vertical (NVIS) en la parte inferior de las
bandas de ondas hectométricas/decamétricas 1 800-2 000 kHz, 3 500-4 000 kHz y 7 000-7 300 kHz,
observando que existen diferencias regionales y nacionales en estas bandas. Además, varias
12 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

administraciones nacionales han designado frecuencias específicas (canales) para el tráfico de


emergencia de radioaficionados y la capacitación correspondiente.
2.4.1.3 Redes de largo alcance
Las redes de aficionados de largo alcance proporcionan comunicaciones con la sede de organismos
internacionales que prestan socorro en caso de emergencias y catástrofes. Sirven de conexiones de
reserva entre las oficinas de dichas instituciones en varios países o en diferentes continentes. Las
estaciones de aficionado pueden establecer comunicaciones a larga distancia que normalmente
superan los 500 km, utilizando la propagación por ondas ionosféricas de incidencia oblicua en bandas
que van desde los 3 500 kHz hasta los 29,7 MHz.

2.5 Sistemas de aficionados


A efectos de los estudios de compartición, las características de los sistemas de aficionados típicos
aparecen documentadas en la Recomendación UIT-R M.1732.
2.5.1 Sistemas de telegrafía
Código Morse – De conformidad con la Recomendación UIT-R M.1677 el código Morse
Internacional continúa utilizándose en el servicio de aficionados a pesar de que la CMR-03 suprimió
del Artículo 25 del RR el requisito obligatorio de demostrar la pericia en Morse. Algunas
administraciones han discontinuado la utilización del Morse y otras han mantenido un examen de 5
palabras por minuto para ciertas clases de licencias de aficionados. La telegrafía de código Morse no
requiere un equipo complejo y es un modo robusto capaz de funcionar con señales débiles en
condiciones desfavorables.
Radioteletipo – Conocido como RTTY en el servicio de aficionados, este modo supone la existencia
de teleimpresoras en cada extremo del circuito radioeléctrico. Continúa habiendo un funcionamiento
RTTY con desplazamiento de frecuencia y arranque-parada a 45 baudios e impresión directa de banda
estrecha (IDBE) utilizando una variante de la Recomendación UIT-R M.476 (conocida como
AMTOR) en las bandas de ondas decamétricas del servicio de aficionados. La tendencia es hacia la
sustitución de estos modos por sistemas con MDP de banda estrecha tales como MDP31 y varios
modos de comunicaciones de datos.
PSK31 – PSK31 es un modo de comunicaciones digitales destinado al funcionamiento de teclado
interactivo entre ordenadores personales y un transceptor de aficionados en banda lateral única
(BLU). Su velocidad de transmisión de datos es de 31,25 baudios (unas 30 palabras por minuto) y su
símbolo de emisión es 60H0J2B. Se implementa haciendo uso de software escrito para tarjetas de
sonido de ordenadores personales.
2.5.2 Sistemas de comunicaciones de datos
PACTOR-II – PACTOR-II es un sistema de comunicaciones de datos adaptativo que hace uso de
diferentes métodos de modulación y codificación dependiendo de la calidad del canal. Utiliza
modulación por desplazamiento de fase diferencial de dos tonos (MDP-2). Con compresión de datos,
su caudal efectivo es de 1 200 bit/s. Su símbolo de emisión es 375HJ2D.
PACTOR-III – Este y otros sistemas de comunicaciones de datos con anchura de banda de
frecuencias vocales cada vez son más utilizados en el servicio de aficionados. Se trata de una mejora
del software de los módems PACTOR-II existentes. Aplicando compresión, se logran caudales de
hasta 5 200 bit/s. Su símbolo de emisión es 2K20J2D.
CLOVER 2000 – La compresión de datos permite caudales de hasta 5 200 bit/s. Su símbolo de
emisión es 2K00J2D.
Capítulo 2 13

MFSK16 – Es una sistema de comunicaciones de datos que utiliza modulación por desplazamiento
de frecuencias de 16 tonos, logrando una velocidad de transmisión de datos de 3 000 bit/s. Su símbolo
de emisión es 316HJ2D.
APRS – En el servicio de aficionados funciona un sistema de informe de posición automático
(APRS). Las unidades móviles individuales obtienen sus emplazamientos mediante satélites de
determinación de posición a nivel mundial e informan sobre el seguimiento, la correspondencia y los
datos relacionados a las estaciones de aficionados a través de radiocomunicaciones de aficionados
por paquetes en ondas decamétricas o métricas.
2.5.3 Interfuncionamiento
Internet se utiliza como una interconexión entre las redes del servicio de aficionados. Se han
desarrollado varios métodos.
WinLink 2000 – Este método permite una transferencia automática de mensajes entre Internet y las
estaciones de aficionados remotas.
IRLP – El proyecto de enlace de radio Internet (IRLP) utiliza Voz sobre Protocolo Internet (VoIP)
para la interconexión de las estaciones de aficionados mediante Internet.
EchoLink – Este sistema enlaza un ordenador personal a una estación de aficionado a través de
Internet.
2.5.4 Sistemas de telefonía
BLU – La telefonía con portadora suprimida en banda lateral única de aficionados ha sustituido
virtualmente a la telefonía con modulación de amplitud y doble banda lateral en el servicio de
aficionados. El símbolo de emisión es 2K70J3E, aunque se utilizan en cierta medida anchuras de
banda más estrechas y más anchas. La BLU se emplea en frecuencias desde 1,8 MHz hasta 47,2 GHz.
Voz digital – La voz digital se ha utilizado en el servicio de aficionados desde 2000. Se han empleado
dos tecnologías de multiplexión por división de frecuencias ortogonal (OMDF), una basada en el
codificador-decodificador AMBE y la otra es una variante de Digital Radio Mondiale (DRM)
modificada para incluirla en una anchura de banda de 2,7 kHz. Las primeras aplicaciones se han
realizado en pruebas transatlánticas con ondas decamétricas. Cabe esperar que aumente el uso en las
bandas de ondas métricas/decimétricas/de microondas.
Voz con modulación de frecuencia – La voz con FM, cuyos símbolos de emisión son 11K0F3E y
16K0F3E, se utiliza desde 29 MHz hasta 47,2 GHz. Es habitual la utilización de repetidores para
ampliar el alcance.
2.5.5 Sistemas de comunicaciones de imagen
SSTV – Los aficionados hacen uso de sistemas de TV de barrido lento (SSTV) que actualmente
emplean cámaras y ordenadores personales con software especial para transmisiones lentas de
imágenes en color en anchuras de banda de frecuencia vocal.
FSTV – La mayoría de los dispositivos de TV de exploración rápida de aficionado, que utilizan los
sistemas NTSC o PAL, suponen el empleo de repetidores para ampliar el alcance. Los sistemas FSTV
funcionan en frecuencias por encima de 420 MHz.
DATV – Los radioaficionados han desarrollado una televisión digital de movimiento completo que
utiliza técnicas de compresión digital en anchuras de banda de 1,5 Mbit/s a 2 Mbit/s en frecuencias
por encima de 420 MHz.
14 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

2.5.6 Sistemas multimedios


Se está investigando continuamente sobre sistemas de aficionados capaces de combinar
comunicaciones de datos, voz e imagen. Se hace un cierto uso de equipos inalámbricos normalizados
en la banda 2 400-2 450 MHz, de conformidad con las limitaciones de las licencias de aficionados
domésticas, para lograr más alcance.
D-Star – Se trata de un sistema digital de voz y datos desarrollado por la Japan Amateur Radio League
(JARL) en cooperación con la administración y la industria. Está diseñado para el acceso del usuario
a las bandas de ondas métricas. Soporta señales de voz/audio digitalizadas y mensajes de datos breves.
Los métodos de modulación empleados son: GMSK, MDP-4 y MDF-4, a una velocidad de datos de
4,8 kbit/s. El método de codificación vocal es AMBE (2020) a 2,4 kbit/s en una anchura de banda de
6 kHz. Para los datos, la velocidad de transmisión es 128 kbit/s en una anchura de banda de 150 kHz.
Soporta comunicaciones entre repetidores que contienen señales de voz/audio digitalizadas
multiplexadas, datos de usuario y señales de datos de control de enlace a 10 Mbit/s en una anchura
de banda de 10,5 MHz.
2.6 Experimentación en el servicio de aficionados
El servicio de aficionados es, al menos en parte, un servicio experimental que ofrece la posibilidad
de comprobar el comportamiento de nuevas tecnologías.
2.6.1 Desarrollo del sistema
Los esfuerzos de los radioaficionados se centran ahora en la transmisión digital avanzada de
información de datos y multimedios.
2.6.2 Diseño de la antena
Las estaciones de aficionados típicas están situadas en residencias o en vehículos privados. En ambos
casos, la instalación de la antena presenta restricciones y es necesario diseñar constantemente
sistemas de antenas innovadores.
2.6.3 Ordenadores personales
Los ordenadores personales (PC) forman parte actualmente de casi todas las estaciones de
aficionados. No obstante, es necesario elaborar software para la realización de funciones llevadas a
cabo hasta ahora por el hardware. Además de los programas implementados haciendo uso del
procesador central del PC, se presta atención al software a fin de explotar las capacidades de las
tarjetas de sonido del PC para funciones tales como la de los módems.
2.6.4 Investigación sobre la propagación
En los primeros días de la radio, los radioaficionados tenían el mérito de descubrir y explotar los
modos de propagación. Si bien otros servicios de comunicaciones estaban interesados en una
propagación fiable para transmitir la señal necesaria, los aficionados estaban además motivados para
encontrar mecanismos de propagación inusuales.
Los radioaficionados explotan un sistema de radiobalizas mundial de ondas decamétricas conocido
como proyecto de Radiobaliza IARU, http://www.ncdxf.org/beacons.html. Además, en muchos
países existen radiobalizas en ondas decamétricas, métricas, decimétricas y milimétricas que
proporcionan señales en tiempo real para indicar un trayecto de propagación.
Capítulo 2 15

2.6.5 Procesamiento digital de la señal


Se está trabajando en implementaciones de filtros y módems para el procesamiento digital de la señal
(DSP). Los radioaficionados han desarrollado algoritmos de DSP para reducir o suprimir el ruido
atmosférico (estático), el ruido de la línea de alimentación de energía eléctrica y ciertos tipos de
señales interferentes. Estas técnicas se han implantado en productos comerciales y continúa la
experimentación al respecto.
Capítulo 3 17

CAPÍTULO 3

SERVICIO DE AFICIONADOS POR SATÉLITE

3.1 Aplicaciones de las bandas atribuidas al servicio de aficionados por satélite


El siguiente cuadro describe aplicaciones típicas de bandas de frecuencia disponibles para el servicio
de aficionados por satélite. En el Artículo 5 del RR aparece la categoría específica de atribución de
cada banda.

Banda de frecuencia
Longitud de
(kHz) Aplicaciones
onda
(R = Región)
40 m 7 000-7 100 (primario) Estas bandas están identificadas sólo para aplicaciones de satélites
20 m 14 000-14 250 (primario) limitadas, tales como la investigación ionosférica, debido a la posible
interferencia causada a los usuarios terrenales y recibida de los mismos.
17 m 18 068-18 168 Por ejemplo, está previsto que el sistema Cubesat ZACube-1 de Sudáfrica
(las condiciones de funcione en 14 MHz para soportar la investigación auroral.
utilización a título
igualmente primario con
otros servicios en un cierto
número de países aparecen
en el número 5.154 del
RR)
15 m 21 000-21 450 (primario)
12 m 24 890-24 990 (primario)
10 m 28 000-29 700 (primario) Esta banda se emplea fundamentalmente junto con una entrada y salida en
la banda de 144 MHz.
Banda de frecuencias
(MHz)
2m 144-146 (primario) Estas bandas son ampliamente utilizadas por numerosos satélites de
70 cm 435-438 (secundario) aficionados para entradas y salidas.
Número 5.282 del RR
23 cm 1 260-1 270 (secundario) Estas bandas se utilizan como alternativa a las bandas de 144 MHz y
Tierra-espacio únicamente 435 MHz cuando hay congestión.
Número 5.282 del RR
13 cm 2 400-2 450 (secundario)
Número 5.282 del RR
9 cm 3 400-3 410 (secundario)
Regiones 2 y 3
únicamente
Número 5.282 del RR
5 cm 5 650-5 670 (secundario) Estas bandas se utilizan en los satélites de aficionados experimentales.
Tierra-espacio únicamente
Número 5.282 del RR
5 830-5 850 (secundario)
Espacio-tierra únicamente
18 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

Banda de frecuencia
Longitud de
(kHz) Aplicaciones
onda
(R = Región)
3 cm 10,45-10,5 (secundario) Estas bandas se utilizan para las comunicaciones por satélite de aficionados
1,2 cm 24-24,05 (primario) experimentales.

6 mm 47-47,2 (primario) Estas bandas se utilizan en los satélites de aficionados experimentales.


4 mm 76-77,5 (secundario)
77,5-78 (primario)
78-81 (secundario)
2 mm 134-136 (primario)
2 mm 136-141 (secundario)
1 mm 241-248 (secundario)
1 mm 248-250 (primario)

3.2 Antecedentes

El programa de satélites de aficionados comenzó en 1961 con el diseño y lanzamiento de OSCAR (el
primer satélite que utilizó el acrónimo Orbiting Satellite Carrying Amateur Radio (satélite en órbita
que cursa comunicaciones de radioaficionados)). El grupo del Proyecto OSCAR original era
responsable de los 4 primeros satélites de aficionados. En 1969 se creó en EE.UU. la Radio Amateur
Satellite corporation (AMSAT), seguida por el establecimiento de organizaciones en otros países
incluida Argentina, Australia, Brasil, Chile, Dinamarca, Alemania, Italia, India, Japón, República de
Corea, Malasia, Nueva Zelanda, Portugal, la República Rusa (y la antigua Unión Soviética), la
República de Sudáfrica, España, Suecia, Turquía, y Reino Unido. Con algunas excepciones, estos
satélites fueron construidos por radioaficionados con licencia, incluidos estudiantes universitarios.
Los recientes desarrollos en los nano y pico satélites (tales como el Cubesat) se han traducido en un
considerable incremento en la aparición de grupos universitarios y de otro tipo que diseñan y lanzan
satélites de aficionados además de los grupos AMSAT originales.

La mayoría de los satélites han sido del tipo de órbita terrestre baja (LEO). Algunos se han diseñado
para órbitas muy elípticas (HEO). Debido a su elevado coste no existen satélites de aficionados en la
órbita de los satélites geoestacionarios (OSG). La tecnología desarrollada en el servicio de
aficionados por satélite se ha aplicado directamente a los sistemas de satélites LEO comerciales y el
servicio de aficionados por satélite ha servido de campo de entrenamiento para los ingenieros de
diseño.

3.3 Satélites de aficionados operacionales

El siguiente cuadro se presenta sólo a efectos ilustrativos y no incluye todos los servicios de
aficionados con nano y pico satélites. Obsérvese que no existe el requisito de asignar un número
OSCAR a un satélite para que éste sea legítimamente reconocido y utilizado en el servicio de
aficionados por satélite.
Capítulo 3 19

Satélite Lanzamiento Observaciones


AMSAT-OSCAR 7 1974 Transpondedor lineal, radiobalizas (horas de luz solar)
UoSat-OSCAR 11 1984 Radiobaliza de telemedida
AMRAD-OSCAR 27 1993 Repetidor vocal en FM, telemedida de paquetes
Fuji-OSCAR 29 1996 Almacenamiento y retransmisión a 9 600-baudios, transpondedor
lineal, radiobaliza, «digitalker»
Gurwin-OSCAR 32 1998 Cartelera electrónica a 9 600 baudios
SEDSat-OSCAR 33 1998 Repetidor de paquetes a 9 600 baudios
Navy-OSCAR 44 2001 Repetidor digital de almacenamiento y retransmisión a 1 200 baudios
Saudi-OSCAR 50 2002 Repetidor en FM y varios experimentos
RS-22 2003 Radiobaliza de telemedida
VUSat-OSCAR 52 2005 Transpondedor lineal radiobaliza en onda continua Morse
CubeSat-OSCAR 55 2003 Radiobaliza de telemedida
CubeSat-OSCAR 57 2003 Radiobaliza y telemedida
CubeSat-OSCAR 58 2005 Radiobaliza y telemedida
GeneSat-1 2006 Radiobaliza de telemedida a 1 200 baudios
Delfi-OSCAR 64 2008 Radiobaliza de telemedida a 1 200 baudios
Cubesat OSCAR 65 2008 Radiobaliza de telemedida a 1 200 baudios, repetidor digital a 9 600
baudios
Cubesat OSCAR 66 2008 Radiobaliza en onda continua Morse, repetidor de paquetes en FM,
«digitalker»
COMPASS-1 2008 Radiobaliza en onda continua Morse
RS-30 2008 Radiobaliza en onda continua Morse
PRISM 2009 Radiobaliza en onda continua Morse, Radiobalizas de telemedida a
1 200 baudios y 9 600 baudios
KKS-1 2009 Radiobaliza en onda continua Morse, enlace descendente digital
STARS 2009 Radiobaliza en onda continua Morse, enlace descendente de paquetes
a 1 200 baudios
SwissCube 2009 Radiobaliza en onda continua Morse, Radiobalizas de telemedida a
1 200 baudios
ITUpSAT1 2009 Radiobaliza en onda continua Morse, Radiobalizas de telemedida a
19 200 baudios
UWE-2 2009 Radiobaliza de telemedida a 9 600 baudios
BEESAT 2009 Radiobaliza en onda continua Morse, radiobalizas de telemedida a
4 800 y 9 600 baudios
Hope OSCAR 68 2009 Radiobaliza en onda continua Morse
Fastrac OSCAR 69 2010 Radiobaliza de telemedida a 1 200 baudios
Fastrac OSCAR 70 2010 Radiobaliza de telemedida a 1 200 baudios
O/OREOS 2010 Radiobaliza de telemedida a 1 200 baudios
SRMSAT 2011 Radiobaliza en onda continua Morse
JUNGU 2011 Radiobaliza en onda continua Morse
SRMSAT 2011 Radiobaliza en onda continua Morse
Explorer 1 Prime Unit 2 2011 Radiobaliza de telemedida a 1 200 baudios
MCubed 2011 Radiobaliza de telemedida a 9 600 baudios
RAX-2 2011 Radiobaliza de telemedida a 9 600 baudios
AO-71 2011 Radiobaliza en onda continua Morse
PW-Sat 2012 Radiobaliza en onda continua Morse
MO-72 2012 Radiobaliza de telemedida a 625 baudios y 1 250 baudios
ARISS En curso Las actividades de los radioaficionados en la Estación Espacial
Internacional (ARISS) incluyen comunicaciones vocales,
radiocomunicaciones por paquetes, TV digital y varios
experimentos.
NOTA – En http://www.amsat.org aparece información adicional.
20 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

3.4 Estaciones terrenas de aficionados

Las estaciones terrenas de aficionados del servicio de aficionados por satélite pertenecen a dos tipos:
telemando y usuarios.

Las estaciones de telemando situadas en todo el mundo tienen derecho a activar o desactivar los
satélites de aficionados y modificar su funcionamiento de conformidad con el número 25.11 del RR.

Las estaciones de usuario son estaciones de aficionado con licencia que cuentan esencialmente con
el mismo equipo utilizado para las operaciones de aficionados terrenales. Las diferencias
fundamentales son las antenas y los transmisores-receptores optimizados para su funcionamiento con
satélites de aficionados.

Una práctica cada vez más extendida es la de que múltiples estaciones de aficionados reciben señales
de telemedida que cargan automáticamente en la estación de telemando a través de Internet para
proporcionar una mayor cobertura orbital.

3.5 Experimentación en el servicio de aficionados por satélite

El servicio de aficionados por satélite es altamente experimental. Esto no era así al principio del
programa OSCAR cuando pequeños grupos de aficionados podían diseñar satélites, disponer su
lanzamiento, obtener suficientes recursos financieros y gestionar los satélites en órbita. Estos temas
se resolvían positivamente en los primeros años del programa. Cada satélite suponía nuevos retos que
superaban con éxito los aficionados con licencia.

Como los recursos eran escasos y estaban dispersos por numerosos países, fue necesario utilizar
«ingeniería distribuida» para llevar a cabo el diseño, la construcción y la prueba de los satélites de
aficionados. El correo-e por Internet, las conferencias a través de satélites de aficionados y las
comunicaciones de los radioaficionados fueron elementos fundamentales en la coordinación.

Además de resolver los retos de diseño de «radio», se aprendieron muchas lecciones relativas al
diseño físico y térmico del vehículo espacial, el control de actitud, la gestión del sistema de potencia
y la mecánica orbital. El servicio de aficionados por satélite ha demostrado ser un buen terreno de
entrenamiento para las tecnologías de satélite.

3.6 Coordinacion de frecuencias en el servicio de aficionados por satélite

La Unión Internacional de Radioaficionados (IARU) ofrece asesoría y coordinación de frecuencias


para ayudar a los actuales y futuros constructores de satélites de aficionados. En
http://www.iaru.org/satellite.html aparece más información al respecto.
Capítulo 4 21

CAPÍTULO 4

EXTRACTOS DEL REGLAMENTO DE RADIOCOMUNICACIONES


(EDICIÓN DE 2012)

ARTÍCULO 1

Términos y definiciones

Sección III – Servicios radioeléctricos

1.56 servicio de aficionados: Servicio de radiocomunicación que tiene por objeto


la instrucción individual, la intercomunicación y los estudios técnicos, efectuado por aficionados,
esto es, por personas debidamente autorizadas que se interesan en la radiotecnia con carácter
exclusivamente personal y sin fines de lucro.

1.57 servicio de aficionados por satélite: Servicio de radiocomunicación que


utiliza estaciones espaciales situadas en satélites de la Tierra para los mismos fines que el servicio
de aficionados.
22 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

ARTÍCULO 5

Atribuciones de frecuencia

Sección I – Regiones y Zonas

5.2 Desde el punto de vista de la atribución de las bandas de frecuencias, se ha


dividido el mundo en tres Regiones1 indicadas en el siguiente mapa y descritas en los números 5.3
a 5.9:

La parte sombreada representa la Zona Tropical definida en los números 5.16 a 5.20 y 5.21.

5.3 Región 1: La Región 1 comprende la zona limitada al este por la línea A (más
adelante se definen las líneas A, B y C), y al oeste por la línea B, excepto el territorio de la
República Islámica del Irán situado dentro de estos límites. Comprende también la totalidad de los
territorios de Armenia, Azerbaiyán, Federación de Rusia, Georgia, Kazajstán, Mongolia,
Uzbekistán, Kirguistán, Tayikistán, Turkmenistán, Turquía, y Ucrania y la zona al norte de la
Federación de Rusia que se encuentra entre las líneas A y C.
5.4 Región 2: La Región 2 comprende la zona limitada al este por la línea B y al
oeste por la línea C.
5.5 Región 3: La Región 3 comprende la zona limitada al este por la línea C y al
oeste por la línea A, excepto el territorio de Armenia, Azerbaiyán, Federación de Rusia, Georgia,
Kazajstán, Mongolia, Uzbekistán, Kirguistán, Tayikistán, Turkmenistán, Turquía, Ucrania y la

1
5.2.1 Debe tenerse en cuenta que cuando, en el presente Reglamento, las palabras «región» y «regional» van
escritas con minúscula, no se refieren a las tres Regiones aquí definidas para los efectos de la atribución de bandas de
frecuencias.
Capítulo 4 23

zona al norte de la Federación de Rusia. Comprende, asimismo, la parte del territorio de la


República Islámica del Irán situada fuera de estos límites.
5.6 Las líneas A, B y C se definen en la forma siguiente:
5.7 Línea A: La línea A parte del Polo Norte; sigue el meridiano 40° Este de
Greenwich hasta el paralelo 40° Norte; continúa después por un arco de círculo máximo hasta el
punto de intersección del meridiano 60° Este con el Trópico de Cáncer, y, finalmente, por el
meridiano 60° Este hasta el Polo Sur.
5.8 Línea B: La línea B parte del Polo Norte; sigue el meridiano 10° Oeste de
Greenwich hasta su intersección con el paralelo 72° Norte; continúa después por un arco de círculo
máximo hasta el punto de intersección del meridiano 50° Oeste con el paralelo 40° Norte; sigue
de nuevo un arco de círculo máximo hasta el punto de intersección del meridiano 20° Oeste con el
paralelo 10° Sur, y, finalmente, por el meridiano 20° Oeste hasta el Polo Sur.
5.9 Línea C: La línea C parte del Polo Norte; sigue el arco de círculo máximo
hasta el punto de intersección del paralelo 65° 30' Norte con el límite internacional en el estrecho
de Bering; continúa por un arco de círculo máximo hasta el punto de intersección del meridiano
165° Este de Greenwich con el paralelo 50° Norte; sigue de nuevo un arco de círculo máximo
hasta el punto de intersección del meridiano 170° Oeste con el paralelo 10° Norte; continúa por el
paralelo 10° Norte hasta su intersección con el meridiano 120° Oeste, y, finalmente, por el
meridiano 120° Oeste hasta el Polo Sur.
5.10 A los efectos de la aplicación del presente Reglamento, por «Zona Africana de
Radiodifusión» se entiende:
5.11 a) los países, partes de países, territorios y grupos de territorios africanos situados
entre los paralelos 40° Sur y 30° Norte;
5.12 b) las islas del Océano Índico al oeste del meridiano 60° Este de Greenwich,
situadas entre el paralelo 40° Sur y el arco de círculo máximo que pasa por los puntos
de coordenadas 45° Este, 11° 30' Norte y 60° Este, 15° Norte;
5.13 c) las islas del Océano Atlántico al este de la línea B definida en el número 5.8
del presente Reglamento, situadas entre los paralelos 40° Sur y 30° Norte.
5.14 La «Zona Europea de Radiodifusión» está limitada: al oeste, por el límite Oeste
de la Región 1; al este, por el meridiano 40° Este de Greenwich y, al sur, por el paralelo 30° Norte,
de modo que incluya la parte septentrional de Arabia Saudita y las partes de los países que bordean
el Mediterráneo comprendidas en dichos límites. Asimismo, Armenia, Azerbaiyán, Georgia, y las
partes de los territorios de Iraq, Jordania, República Árabe Siria, Turquía y Ucrania situadas fuera
de los límites mencionados están incluidos en la Zona Europea de Radiodifusión. (CMR-07)
5.15 La «Zona Marítima Europea» está limitada al norte por una línea que sigue a
lo largo del paralelo 72° Norte, desde su intersección con el meridiano 55° Este de Greenwich
hasta su intersección con el meridiano 5° Oeste; sigue luego por este meridiano hasta su
intersección con el paralelo 67° Norte y, por último continúa a lo largo de dicho paralelo hasta su
intersección con el meridiano 32° Oeste; al oeste por una línea que se extiende a lo largo del
meridiano 32° Oeste hasta su intersección con el paralelo 30° Norte; al sur, por una línea que sigue
a lo largo del paralelo 30° Norte hasta su intersección con el meridiano 43° Este; al este, por una
línea que se extiende a lo largo del meridiano 43° Este hasta su intersección con el paralelo
60° Norte, siguiendo luego por este paralelo hasta su intersección con el meridiano 55° Este y
continúa por este último meridiano hasta su intersección con el paralelo 72° Norte.
5.16 1) La «Zona Tropical» (véase el mapa en el número 5.2) comprende:
5.17 a) en la Región 2, toda la zona que se extiende entre los trópicos de Cáncer y
Capricornio;
24 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

5.18 b) en las Regiones 1 y 3, la zona que se extiende entre los paralelos 30° Norte y
35° Sur incluyendo, además:
5.19 i) la zona comprendida entre los meridianos 40° Este y 80° Este de
Greenwich y los paralelos 30° Norte y 40° Norte;
5.20 ii) la parte de Libia situada al norte del paralelo 30° Norte.
5.21 2) En la Región 2, la Zona Tropical podrá extenderse hasta el paralelo
33° Norte por acuerdos especiales concluidos entre los países interesados de esta Región (véase el
Artículo 6).
5.22 Una subregión es una zona formada por dos o más países de una misma
Región.

Sección II – Categoría de los servicios y de las atribuciones

5.23 Servicios primarios y secundarios


5.24 1) Cuando, en una casilla del Cuadro que figura en la Sección IV de este
Artículo, una banda de frecuencias se atribuye a varios servicios, ya sea en todo el mundo ya en
una Región, estos servicios se enumeran en el siguiente orden:
5.25 a) servicios cuyo nombre está impreso en el Cuadro en «mayúsculas» (ejemplo:
FIJO); éstos se denominan servicios «primarios»;
5.26 b) servicios cuyo nombre está impreso en el Cuadro en «caracteres normales»
(ejemplo: Móvil); éstos se denominan servicios «secundarios» (véanse los
números 5.28 a 5.31).
5.27 2) Las observaciones complementarias deben indicarse en caracteres
normales (ejemplo: MÓVIL salvo móvil aeronáutico).
5.28 3) Las estaciones de un servicio secundario:
5.29 a) no deben causar interferencia perjudicial a las estaciones de un servicio
primario a las que se les hayan asignado frecuencias con anterioridad o se les puedan
asignar en el futuro;
5.30 b) no pueden reclamar protección contra interferencias perjudiciales causadas por
estaciones de un servicio primario a las que se les hayan asignado frecuencias con
anterioridad o se les puedan asignar en el futuro;
5.31 c) pero tienen derecho a la protección contra interferencias perjudiciales causadas
por estaciones del mismo servicio o de otros servicios secundarios a las que se les
asignen frecuencias ulteriormente.
5.32 4) Cuando en una nota del Cuadro se indica que una banda está atribuida a
un servicio «a título secundario» en una zona menos extensa que una Región o en un país
determinado, se trata de un servicio secundario (véanse los números 5.28 a 5.31).
5.33 5) Cuando en una nota del Cuadro se indica que una banda está atribuida a
un servicio «a título primario» en una zona menos extensa que una Región o en un país
determinado, se trata de un servicio primario en dicha zona o en dicho país únicamente.
5.34 Atribuciones adicionales
5.35 1) Cuando en una nota del Cuadro se indica que una banda está «también
atribuida» a un servicio en una zona menos extensa que una Región o en un país determinado, se
Capítulo 4 25

trata de una atribución «adicional», es decir, de una atribución que se agrega en esta zona o en este
país al servicio o a los servicios indicados en el Cuadro (véase el número 5.36).

5.36 2) Si la nota del Cuadro no impone ninguna restricción al servicio o servicios


en cuestión, excepto la obligación de funcionar en una zona o en un país determinado, las
estaciones de este servicio o servicios funcionan sobre la base de igualdad de derechos con las
estaciones del otro o de los otros servicios primarios indicados en el Cuadro.

5.37 3) Si a una atribución adicional se le imponen otras restricciones, además de


la de funcionar en una zona o en un país determinado, se hacen constar tales restricciones en la
correspondiente nota del Cuadro.

5.38 Atribuciones sustitutivas

5.39 1) Cuando en una nota del Cuadro se indica que una banda está «atribuida» a
un servicio en una zona menos extensa que una Región o en un país determinado, se trata de una
atribución «sustitutiva», es decir, de una atribución que reemplaza en esta zona o en este país a la
atribución que se indica en el Cuadro (véase el número 5.40).

5.40 2) Si la nota del Cuadro no impone ninguna restricción a las estaciones del
servicio o de los servicios en cuestión, excepto la obligación de funcionar en una zona o en un país
determinado, las estaciones de este servicio o servicios funcionan sobre la base de igualdad de
derechos con las estaciones de los otros servicios primarios indicados en el Cuadro y a los cuales
está atribuida la banda en otras zonas o en otros países.

5.41 3) Si a las estaciones de un servicio que es objeto de una atribución sustitutiva


se les imponen ciertas restricciones, además de la de funcionar únicamente en una zona o en un
país determinados, se hacen constar tales restricciones en la correspondiente nota del Cuadro.

5.42 Disposiciones varias

5.43 1) Cuando en el presente Reglamento se indica que un servicio o estaciones


de un servicio pueden funcionar en una banda de frecuencias a reserva de no causar interferencia
perjudicial a otro servicio o estación del mismo servicio ello implica, además, que el servicio que
está condicionado a no causar interferencia perjudicial no puede reclamar protección contra
interferencias perjudiciales causadas por este otro servicio u otras estaciones del mismo servicio.
(CMR-2000)

5.43A 1bis) Cuando en el presente Reglamento se indica que un servicio o estaciones


de un servicio pueden funcionar en una banda de frecuencias a reserva de no reclamar protección
frente a otro servicio u otra estación del mismo servicio, ello implica también que el servicio que
está condicionado a no reclamar protección no puede causar interferencia perjudicial a este otro
servicio u otras estaciones en el mismo servicio. (CMR-2000)

5.44 2) El término «servicio fijo», cuando figura en la Sección IV de este Artículo,


no incluye los sistemas que utilizan la propagación por dispersión ionosférica, excepto si se
dispone lo contrario en una nota del Cuadro.
26 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

Sección IV – Cuadro de atribución de bandas de frecuencias

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


kHz
135,7-137,8 135,7-137,8 135,7-137,8
FIJO FIJO FIJO
MÓVIL MARÍTIMO MÓVIL MARÍTIMO MÓVIL MARÍTIMO
Aficionados 5.67A Aficionados 5.67A RADIONAVEGACIÓN
Aficionados 5.67A
5.64 5.67 5.67B 5.64 5.64 5.67B
472-479
MÓVIL MARÍTIMO 5.79
Aficionados 5.80A
Radionavegación aeronáutica 5.77 5.80
5.80B 5.82
1 800-1 810 1 800-1 850 1 800-2 000
RADIOLOCALIZACIÓN AFICIONADOS AFICIONADOS
5.93 FIJO
1 810-1 850 MÓVIL salvo móvil aeronáutico
AFICIONADOS RADIONAVEGACIÓN
5.98 5.99 5.100 5.101 Radiolocalización
1 850-2 000 1 850-2 000
FIJO AFICIONADOS
MÓVIL salvo móvil aeronáutico FIJO
MÓVIL salvo móvil aeronáutico
RADIOLOCALIZACIÓN
RADIONAVEGACIÓN
5.92 5.96 5.103 5.102 5.97

5.64 Las emisiones de las clases A1A o F1B, A2C, A3C, F1C o F3C son las únicas
autorizadas para las estaciones del servicio fijo en las bandas atribuidas a este servicio entre 90 kHz
y 160 kHz (148,5 kHz en la Región 1) y para las estaciones del servicio móvil marítimo en las
bandas atribuidas a este servicio entre 110 kHz y 160 kHz (148,5 kHz en la Región 1).
Excepcionalmente, las estaciones del servicio móvil marítimo podrán también utilizar las clases
de emisión J2B o J7B en las bandas entre 110 kHz y 160 kHz (148,5 kHz en la Región 1).

5.67 Atribución adicional: en Mongolia, Kirguistán y Turkmenistán, la banda


130-148,5 kHz está también atribuida, a título secundario, al servicio de radionavegación. En el
interior de estos países, y entre ellos, el citado servicio funciona sobre la base de igualdad de
derechos. (CMR-07)

5.67A Las estaciones del servicio de aficionados que utilicen frecuencias en la


banda 135,7-137,8 kHz no superarán la potencia radiada máxima de 1 W (p.i.r.e.) ni causarán
interferencia perjudicial a las estaciones del servicio de radionavegación de los países indicados
en el número 5.67. (CMR-07)
Capítulo 4 27

5.67B La utilización de la banda 135,7-137,8 kHz en Argelia, Egipto, Irán (República


Islámica del), Iraq, Líbano, República Árabe Siria, Sudán, Sudán del Sur y Túnez se limita a los
servicios fijo y móvil marítimo. El servicio de aficionados no deberá utilizar la
banda 135,7-137,8 kHz en los países citados y los países que autoricen tal utilización deberán tener
en cuenta dicha restricción. (CMR-12)

5.77 Categoría de servicio diferente: en Australia, China, departamentos franceses de


ultramar de la Región 3, Corea (Rep. de), India, Irán (República Islámica del), Japón, Pakistán,
Papua Nueva Guinea y Sri Lanka la atribución de la banda de frecuencias 415-495 kHz al servicio
de radionavegación aeronáutica es a título primario. En Armenia, Azerbaiyán, Belarús, Federación
de Rusia, Kazajstán, Letonia, Uzbekistán y Kirguistán, la atribución de la banda 435-495 kHz al
servicio de radionavegación aeronáutica es a título primario. Las administraciones de todos los
países mencionados adoptarán todas las medidas necesarias para asegurar que las estaciones de
radionavegación aeronáutica que funcionan en la banda de frecuencias 435-495 kHz no causen
interferencia a las estaciones costeras en la recepción de transmisiones procedentes de estaciones
de barco en frecuencias designadas con carácter mundial para estaciones de barco. (CMR-12)

5.79 El uso de las bandas 415-495 kHz y 505-526,5 kHz (505-510 kHz en la Región 2) por
el servicio móvil marítimo está limitado a la radiotelegrafía.

5.80A La máxima potencia isotrópica radiada equivalente (p.i.r.e.) de las estaciones del
servicio de aficionados que utilicen frecuencias de la banda 472-479 kHz no rebasará 1 W. Las
Administraciones pueden aumentar este límite de la p.i.r.e. hasta 5 W en partes de su territorio
distanciadas más de 800 km de las fronteras de Argelia, Arabia Saudita, Azerbaiyán, Bahrein,
Belarús, China, Comoras, Djibouti, Egipto, los Emiratos Árabes Unidos, Federación de Rusia, Irán
(República Islámica del), Iraq, Jordania, Kazajstán, Kuwait, Líbano, Libia, Marruecos, Mauritania,
Omán, Uzbekistán, Qatar, República Árabe Siria, Kirguistán, Somalia, Sudán, Túnez, Ucrania y
Yemen. En esta banda de frecuencias, las estaciones del servicio de aficionados no causarán
interferencia perjudicial a las estaciones del servicio de radionavegación aeronáutica, ni
reclamarán protección contra las mismas. (CMR-12)

5.80B La utilización de la banda de frecuencias 472-479 kHz en Argelia, Arabia Saudita,


Azerbaiyán, Bahrein, Belarús, China, Comoras, Djibouti, Egipto, los Emiratos Árabes Unidos,
Federación de Rusia, Iraq, Jordania, Kazajstán, Kuwait, Líbano, Libia, Mauritania, Omán,
Uzbekistán, Qatar, República Árabe Siria, Kirguistán, Somalia, Sudán, Túnez y Yemen queda
limitada a los servicios móvil marítimo y de radionavegación aeronáutica. El servicio de
aficionados no se utilizará en esta banda de frecuencias en los países antes mencionados, lo que
habrá de tener en cuenta los países que autoricen dicha utilización. (CMR-12)

5.82 En el servicio móvil marítimo, la frecuencia 490 kHz deberá utilizarse exclusivamente
para la transmisión por estaciones costeras de avisos a los navegantes, boletines meteorológicos e
información urgente con destino a barcos, por medio de telegrafía de impresión directa de banda
estrecha. Las condiciones de utilización de la frecuencia 490 kHz figuran en los Artículos 31 y 52.
Se ruega a las administraciones que, al utilizar la banda de frecuencias 415-495 kHz para el
servicio de radionavegación aeronáutica, se aseguren de que no se cause interferencia perjudicial
a la frecuencia 490 kHz. Al utilizar la banda de frecuencias 472-479 kHz para el servicio de
aficionados, las administraciones velarán por que no se cause interferencia perjudicial a la
frecuencia 490 kHz. (CMR-12)

5.92 Algunos países de la Región 1 utilizan sistemas de radiodeterminación en las bandas


1 606,5-1 625 kHz, 1 635-1 800 kHz, 1 850-2 160 kHz, 2 194-2 300 kHz, 2 502-2 850 kHz y
3 500-3 800 kHz, a reserva de obtener el acuerdo indicado en el número 9.21. La potencia media
radiada por estas estaciones no superará los 50 W.
28 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

5.93 Atribución adicional: en Angola, Armenia, Azerbaiyán, Belarús, Federación de


Rusia, Georgia, Hungría, Kazajstán, Letonia, Lituania, Mongolia, Nigeria, Uzbekistán, Polonia,
Kirguistán, Eslovaquia, Tayikistán, Chad, Turkmenistán y Ucrania, las bandas 1 625-1 635 kHz,
1 800-1 810 kHz y 2 160-2 170 kHz están también atribuidas, a título primario, a los servicios fijo
y móvil terrestre, a reserva de obtener el acuerdo indicado en el número 9.21. (CMR-12)

5.96 En Alemania, Armenia, Austria, Azerbaiyán, Belarús, Dinamarca, Estonia, Federación


de Rusia, Finlandia, Georgia, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Kazajstán, Letonia, Liechtenstein,
Lituania, Malta, Moldova, Noruega, Uzbekistán, Polonia, Kirguistán, Eslovaquia, Rep. Checa,
Reino Unido, Suecia, Suiza, Tayikistán, Turkmenistán y Ucrania, las administraciones podrán
atribuir hasta 200 kHz al servicio de aficionados en las bandas 1 715-1 800 kHz y 1 850-2 000
kHz. Sin embargo, al proceder a tales atribuciones en estas bandas, las administraciones, después
de consultar con las de los países vecinos, deberán tomar las medidas eventualmente necesarias
para evitar que su servicio de aficionados cause interferencias perjudiciales a los servicios fijo y
móvil de los demás países. La potencia media de toda estación de aficionado no podrá ser superior
a 10 W. (CMR-03)

5.97 En la Región 3, la frecuencia de trabajo del sistema Loran es 1 850 kHz o bien
1 950 kHz; las bandas ocupadas son, respectivamente, 1 825-1 875 kHz y 1 925-1 975 kHz. Los
demás servicios a los que está atribuida la banda 1 800-2 000 kHz pueden emplear cualquier
frecuencia de esta banda, a condición de que no causen interferencia perjudicial al sistema Loran
que funcione en la frecuencia de 1 850 kHz o en la de 1 950 kHz.

5.98 Atribución sustitutiva: en Angola, Armenia, Azerbaiyán, Belarús, Bélgica, Camerún,


Congo (Rep. del), Dinamarca, Egipto, Eritrea, España, Etiopía, Federación de Rusia, Georgia,
Grecia, Italia, Kazajstán, Líbano, Lituania, República Árabe Siria, Kirguistán, Somalia,
Tayikistán, Túnez, Turkmenistán, Turquía y Ucrania, la banda 1 810-1 830 kHz está atribuida, a
título primario, a los servicios fijo y móvil, salvo móvil aeronáutico. (CMR-12)

5.99 Atribución adicional: en Arabia Saudita, Austria, Iraq, Libia, Uzbekistán,


Eslovaquia, Rumania, Eslovenia, Chad y Togo, la banda 1 810-1 830 kHz está también atribuida,
a título primario, a los servicios fijo y móvil, salvo móvil aeronáutico. (CMR-12)

5.100 En la Región 1, no deberá concederse autorización al servicio de aficionados para


utilizar la banda 1 810-1 830 kHz en los países situados total o parcialmente al norte del paralelo
40° N, sin consulta previa con los países indicados en los números 5.98 y 5.99, a fin de determinar
las medidas necesarias que deben tomarse para evitar las interferencias perjudiciales entre las
estaciones de aficionado y las estaciones de los demás servicios que funcionen de acuerdo con los
números 5.98 y 5.99.

5.102 Atribución sustitutiva: en Bolivia, Chile, México, Paraguay, Perú y Uruguay, la banda
1 850-2 000 kHz está atribuida, a título primario, a los servicios fijo, móvil, salvo móvil
aeronáutico, de radiolocalización y de radionavegación. (CMR-07)

5.103 En la Región 1, al hacer asignaciones a las estaciones de los servicios fijo y móvil en
las bandas 1 850-2 045 kHz, 2 194-2 498 kHz, 2 502-2 625 kHz y 2 650-2 850 kHz, las
administraciones deberán tener en cuenta las necesidades particulares del servicio móvil marítimo.
Capítulo 4 29

3 230-5 003 kHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


3 500-3 800 3 500-3 750 3 500-3 900
AFICIONADOS AFICIONADOS AFICIONADOS
FIJO FIJO
MÓVIL salvo móvil aeronáutico 5.119 MÓVIL
5.92 3 750-4 000
3 800-3 900 AFICIONADOS
FIJO FIJO
MÓVIL AERONÁUTICO (OR) MÓVIL salvo móvil
MÓVIL TERRESTRE aeronáutico (R)
3 900-3 950 3 900-3 950
MÓVIL AERONÁUTICO (OR) MÓVIL AERONÁUTICO
5.123 RADIODIFUSIÓN
3 950-4 000 3 950-4 000
FIJO FIJO
RADIODIFUSIÓN RADIODIFUSIÓN
5.122 5.125 5.126

5.119 Atribución adicional: en Honduras, México y Perú, la banda 3 500-3 750 kHz está
también atribuida, a título primario, a los servicios fijo y móvil. (CMR-07)

5.122 Atribución sustitutiva: en Bolivia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú y Uruguay, la


banda 3 750-4 000 kHz está atribuida, a título primario, a los servicios fijo y móvil, salvo móvil
aeronáutico. (CMR-07)

5.123 Atribución adicional: en Botswana, Lesotho, Malawi, Mozambique, Namibia,


Sudafricana (Rep.), Swazilandia, Zambia y Zimbabwe, la banda 3 900-3 950 kHz está también
atribuida, a título primario, al servicio de radiodifusión, a reserva de obtener el acuerdo indicado
en el número 9.21.

5.125 Atribución adicional: en Groenlandia, la banda 3 950-4 000 kHz está también
atribuida, a título primario, al servicio de radiodifusión. La potencia de las estaciones de
radiodifusión que funcionen en esta banda no deberá rebasar el valor necesario para asegurar un
servicio nacional, y en ningún caso podrá sobrepasar los 5 kW.

5.126 En la Región 3, las estaciones de los servicios a los que se atribuye la


banda 3 995-4 005 kHz podrán transmitir frecuencias patrón y señales horarias.
30 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

5 003-7 450 kHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


7 000-7 100 AFICIONADOS
AFICIONADOS POR SATÉLITE
5.140 5.141 5.141A
7 100-7 200 AFICIONADOS
5.141A 5.141B
7 200-7 300 7 200-7 300 7 200-7 300
RADIODIFUSIÓN AFICIONADOS RADIODIFUSIÓN
5.142
7 300-7 400 RADIODIFUSIÓN 5.134
5.143 5.143A 5.143B 5.143C 5.143D
7 400-7 450 7 400-7 450 7 400-7 450
RADIODIFUSIÓN FIJO RADIODIFUSIÓN
MÓVIL salvo móvil
5.143B 5.143C aeronáutico (R) 5.143A 5.143C

5.138 Las bandas:


6 765-6 795 kHz (frecuencia central 6 780 kHz),
433,05-434,79 MHz (frecuencia central 433,92 MHz) en la Región 1,
excepto en los países mencionados en el número 5.280,
61-61,5 GHz (frecuencia central 61,25 GHz),
122-123 GHz (frecuencia central 122,5 GHz), y
244-246 GHz (frecuencia central 245 GHz)
están designadas para aplicaciones industriales, científicas y médicas (ICM). La utilización de
estas bandas para las aplicaciones ICM está sujeta a una autorización especial concedida por la
administración interesada de acuerdo con las otras administraciones cuyos servicios de
radiocomunicación puedan resultar afectados. Al aplicar esta disposición, las administraciones
tendrán debidamente en cuenta las últimas Recomendaciones UIT-R pertinentes.
5.140 Atribución adicional: en Angola, Iraq, Kenya, Somalia y Togo, la
banda 7 000-7 050 kHz está también atribuida, a título primario, al servicio fijo. (CMR-12)

5.141 Atribución sustitutiva: en Egipto, Eritrea, Etiopía, Guinea, Libia, Madagascar y


Níger, la banda 7 000-7 050 kHz está atribuida, a título primario, al servicio fijo. (CMR-12)
5.141A Atribución adicional: en Uzbekistán y Kirguistán, las bandas 7 000-7 100 kHz y
7 100-7 200 kHz están también atribuidas, a título secundario, a los servicios fijo y móvil
terrestre. (CMR-03)
5.141B Atribución adicional: en Argelia, Arabia Saudita, Australia, Bahrein, Botswana,
Brunei Darussalam, China, Comoras, Corea (Rep. de), Diego García, Djibouti, Egipto, Emiratos
Árabes Unidos, Eritrea, Indonesia, Irán (República Islámica del), Japón, Jordania, Kuwait, Libia,
Marruecos, Mauritania, Níger, Nueva Zelandia, Omán, Papua Nueva Guinea, Qatar, República
Árabe Siria, Singapur, Sudán, Sudán del Sur, Túnez, Viet Nam y Yemen, la banda 7 100-7 200
kHz también estará atribuida a título primario a los servicios fijo y móvil salvo móvil
aeronáutico (R). (CMR-12)
5.141C (SUP - CMR-12)
Capítulo 4 31

5.142 La utilización de la banda 7 200-7 300 kHz en la Región 2 por el servicio de


radioaficionados no deberá imponer limitaciones al servicio de radiodifusión destinado a utilizarse
en la Región 1 y en la Región 3. (CMR-12)

5.143 Atribución adicional: las estaciones del servicio fijo y el servicio móvil terrestre
podrán utilizar las frecuencias de la banda 7 300-7 350 kHz sólo para la comunicación dentro del
país en que están situadas, a condición de que no se cause interferencia perjudicial al servicio de
radiodifusión. Cuando utilicen frecuencias para estos servicios, se insta a las administraciones a
emplear la mínima potencia necesaria y a tener en cuenta la utilización estacional de frecuencias
por el servicio de radiodifusión publicada de conformidad con el Reglamento de
Radiocomunicaciones. (CMR-07)

5.143A En la Región 3, las frecuencias de la banda 7 350 -7 450 kHz podrán ser utilizadas a
título primario por estaciones del servicio fijo y a título secundario por estaciones del servicio
móvil terrestre, para comunicar únicamente dentro de las fronteras del país en el cual estén
situadas, a condición de que no se cause interferencia perjudicial al servicio de radiodifusión.
Cuando utilicen frecuencias para estos servicios, se insta a las administraciones a utilizar la mínima
potencia necesaria y a tener en cuenta la utilización estacional de frecuencias por el servicio de
radiodifusión publicada de conformidad con el Reglamento de Radiocomunicaciones. (CMR-12)

5.143B En la Región 1, las frecuencias de la banda 7 350-7 450 kHz podrán ser utilizadas por
estaciones de los servicios fijo y móvil terrestre, para comunicar únicamente dentro de las fronteras
del país en el cual estén situadas, a condición de que no se cause interferencia perjudicial al servicio
de radiodifusión. La potencia radiada total de cada estación no será superior a 24 dBW. (CMR-12)

5.143C Atribución adicional: las bandas 7 350-7 400 kHz y 7 400-7 450 kHz estarán también
atribuidas, a título primario, al servicio fijo en Argelia, Arabia Saudita, Bahrein, Comoras,
Djibouti, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Irán (República Islámica del), Jordania, Kuwait, Libia,
Marruecos, Mauritania, Níger, Omán, Qatar, República Árabe Siria, Sudán, Sudán del Sur, Túnez
y Yemen. (CMR-12)

5.143D En la Región 2, la banda 7 350-7 400 kHz podrá ser utilizada por estaciones de los
servicios fijo y móvil terrestre, para comunicar únicamente dentro de las fronteras del país en el
cual estén situadas, a condición de que no se cause interferencia perjudicial al servicio de
radiodifusión. Cuando utilicen frecuencias para estos servicios, se insta a las administraciones a
utilizar la mínima potencia necesaria y a tener en cuenta la utilización estacional de frecuencias
por el servicio de radiodifusión publicada de conformidad con el Reglamento de
Radiocomunicaciones. (CMR-12)

7 450-13 360 kHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


10 100-10 150 FIJO
Aficionados
32 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

13 360-18 030 kHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


14 000-14 250 AFICIONADOS
AFICIONADOS POR SATÉLITE
14 250-14 350 AFICIONADOS
5.152

5.149 Se insta a las administraciones a que, al hacer asignaciones a estaciones de otros servicios
a los que están atribuidas las bandas:
13 360-13 410 kHz, 4 950-4 990 MHz, 102-109,5 GHz,
25 550-25 670 kHz, 4 990-5 000 MHz, 111,8-114,25 GHz,
37,5-38,25 MHz, 6 650-6 675,2 MHz, 128,33-128,59 GHz,
73-74,6 MHz en las Regiones 1 y 3, 10,6-10,68 GHz, 129,23-129,49 GHz,
150,05-153 MHz en la Región 1, 14,47-14,5 GHz, 130-134 GHz,
322-328,6 MHz, 22,01-22,21 GHz, 136-148,5 GHz,
406,1-410 MHz, 22,21-22,5 GHz, 151,5-158,5 GHz,
608-614 MHz en las Regiones 1 y 3, 22,81-22,86 GHz, 168,59-168,93 GHz,
1 330-1 400 MHz, 23,07-23,12 GHz, 171,11-171,45 GHz,
1 610,6-1 613,8 MHz, 31,2-31,3 GHz, 172,31-172,65 GHz,
1 660-1 670 MHz, 31,5-31,8 GHz en las Regiones 1 y 3, 173,52-173,85 GHz,
1 718,8-1 722,2 MHz, 36,43-36,5 GHz, 195,75-196,15 GHz,
2 655-2 690 MHz, 42,5-43,5 GHz, 209-226 GHz,
3 260-3 267 MHz, 48,94-49,04 GHz, 241-250 GHz,
3 332-3 339 MHz, 76-86 GHz, 252-275 GHz
3 345,8-3 352,5 MHz, 92-94 GHz,
4 825-4 835 MHz, 94,1-100 GHz,

tomen todas las medidas posibles para proteger el servicio de radioastronomía contra la
interferencia perjudicial. Las emisiones desde estaciones a bordo de vehículos espaciales o
aeronaves pueden constituir fuentes de interferencia particularmente graves para el servicio de
radioastronomía (véanse los números 4.5 y 4.6 y el Artículo 29). (CMR-07)
5.150 Las bandas:
13 553-13 567 kHz (frecuencia central 13 560 kHz),
26 957-27 283 kHz (frecuencia central 27 120 kHz),
40,66-40,70 MHz (frecuencia central 40,68 MHz),
902-928 MHz en la Región 2 (frecuencia central 915 MHz),
2 400-2 500 MHz (frecuencia central 2 450 MHz),
5 725-5 875 MHz (frecuencia central 5 800 MHz) y
24-24,25 GHz (frecuencia central 24,125 GHz)
están designadas para aplicaciones industriales, científicas y médicas (ICM). Los servicios de
radiocomunicación que funcionan en estas bandas deben aceptar la interferencia perjudicial
resultante de estas aplicaciones. Los equipos ICM que funcionen en estas bandas estarán sujetos a
las disposiciones del número 15.13.
5.152 Atribución adicional: en Armenia, Azerbaiyán, China, Côte d'Ivoire, Federación de
Rusia, Georgia, Irán (República Islámica del), Kazajstán, Uzbekistán, Kirguistán, Tayikistán,
Capítulo 4 33

Turkmenistán y Ucrania, la banda 14 250-14 350 kHz está también atribuida, a título primario, al
servicio fijo. La potencia radiada por las estaciones del servicio fijo no deberá exceder
de 24 dBW. (CMR-03)

18 030-23 350 kHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


18 068-18 168 AFICIONADOS
AFICIONADOS POR SATÉLITE
5.154
...
21 000-21 450 AFICIONADOS
AFICIONADOS POR SATÉLITE

5.154 Atribución adicional: en Armenia, Azerbaiyán, Federación de Rusia, Georgia,


Kazajstán, Kirguistán, Tayikistán, Turkmenistán y Ucrania, la banda 18 068-18 168 kHz está
también atribuida, a título primario, al servicio fijo para utilización dentro de sus fronteras
respectivas con una potencia máxima en la cresta de la envolvente de 1 kW. (CMR-03)

23 350-27 500 kHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


24 890-24 990 AFICIONADOS
AFICIONADOS POR SATÉLITE

27,5-47 MHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


28-29,7 AFICIONADOS
AFICIONADOS POR SATÉLITE

5.162A Atribución adicional: en Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia y Herzegovina, China,


Vaticano, Dinamarca, España, Estonia, Federación de Rusia, Finlandia, Francia, Irlanda, Islandia,
Italia, Letonia, la ex República Yugoslava de Macedonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo,
Mónaco, Montenegro, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rep. Checa, Reino Unido, Serbia,
Eslovenia, Suecia y Suiza, la banda 46-68 MHz también está atribuida al servicio de
radiolocalización a título secundario. Dicha utilización se limita a las operaciones de radares de
perfil del viento, de conformidad con la Resolución 217 (CMR-97). (CMR-12)
34 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

47-75,2 MHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


47-68 47-50 47-50
RADIODIFUSIÓN FIJO FIJO
MÓVIL MÓVIL
RADIODIFUSIÓN
5.162A
50-54
AFICIONADOS
5.162A 5.166 5.167 5.167A 5.168 5.170
54-68 54-68
RADIODIFUSIÓN FIJO
Fijo MÓVIL
Móvil RADIODIFUSIÓN
5.162A 5.163 5.164 5.165
5.169 5.171 5.172 5.162A

5.163 Atribución adicional: en Armenia, Belarús, Federación de Rusia, Georgia, Hungría,


Kazajstán, Letonia, Moldova, Uzbekistán, Kirguistán, Tayikistán, Turkmenistán y Ucrania, las
bandas 47-48,5 MHz y 56,5-58 MHz están también atribuidas, a título secundario, a los servicios
fijo y móvil terrestre. (CMR-12)

5.164 Atribución adicional: en Albania, Argelia, Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia y


Herzegovina, Botswana, Bulgaria, Côte d'Ivoire, Dinamarca, España, Estonia, Finlandia, Francia,
Gabón, Grecia, Irlanda, Israel, Italia, Jordania, Líbano, Libia, Liechtenstein, Lituania,
Luxemburgo, Madagascar, Malí, Malta, Marruecos, Mauritania, Mónaco, Montenegro, Nigeria,
Noruega, Países Bajos, Polonia, República Árabe Siria, Eslovaquia, Rep. Checa, Rumania, Reino
Unido, Serbia, Eslovenia, Suecia, Suiza, Swazilandia, Chad, Togo, Túnez y Turquía, la banda
47-68 MHz, en Sudafricana (Rep.) la banda 47-50 MHz y en Letonia la banda de 48,5-56,5 MHz,
están también atribuidas, a título primario, al servicio móvil terrestre. Sin embargo, las estaciones
del servicio móvil terrestre de los países mencionados que utilicen cada una de las bandas que
figuran en la presente nota no deben causar interferencia perjudicial a las estaciones de
radiodifusión existentes o en proyecto de países distintos de los mencionados en esta nota para
cada una de estas bandas, ni reclamar protección frente a ellas. (CMR-12)

5.165 Atribución adicional: en Angola, Camerún, Congo (Rep. del), Madagascar,


Mozambique, Níger, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzanía y Chad, la banda 47-68 MHz está
también atribuida, a título primario, a los servicios fijo y móvil, salvo móvil aeronáutico. (CMR-12)

5.166 Atribución sustitutiva: en Nueva Zelandia, la banda 50-51 MHz está atribuida, a título
primario, a los servicios fijo y móvil; la banda 53-54 MHz está atribuida, a título primario, a los
servicios fijo y móvil. (CMR-12)

5.167 Atribución sustitutiva: en Bangladesh, Brunei Darussalam, India, Irán (República


Islámica del), Pakistán, Singapur y Tailandia, la banda 50-54 MHz está atribuida, a título primario,
a los servicios fijo, móvil y de radiodifusión. (CMR-07)

5.167A Atribución adicional: en Indonesia, la banda 50-54 MHz también está atribuida a los
servicios fijo, móvil y de radiodifusión a título primario. (CMR-07)
Capítulo 4 35

5.168 Atribución adicional: en Australia, China y Rep. Pop. Dem. de Corea, la banda
50-54 MHz está también atribuida, a título primario, al servicio de radiodifusión.
5.169 Atribución sustitutiva: en Botswana, Lesotho, Malawi, Namibia, Rep. Dem. del
Congo, Rwanda, Sudafricana (Rep.), Swazilandia, Zambia y Zimbabwe, la banda 50-54 MHz está
atribuida, a título primario, al servicio de aficionados. En Senegal, la banda 50-51 MHz está
atribuida al servicio de aficionados a título primario. (CMR-12)
5.170 Atribución adicional: en Nueva Zelandia, la banda 51-53 MHz está también
atribuida, a título primario, a los servicios fijo y móvil.
5.171 Atribución adicional: en Botswana, Lesotho, Malawi, Malí, Namibia, Rep. Dem. del
Congo, Rwanda, Sudafricana (Rep.), Swazilandia, Zambia y Zimbabwe, la banda 54-68 MHz está
también atribuida, a título primario, a los servicios fijo y móvil, salvo móvil aeronáutico. (CMR-12)

137,175-148 MHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


144-146 AFICIONADOS
AFICIONADOS POR SATÉLITE
5.216
146-148 146-148 146-148
FIJO AFICIONADOS AFICIONADOS
MÓVIL salvo móvil FIJO
aeronáutico (R) MÓVIL
5.217 5.217

5.216 Atribución adicional: en China, la banda 144-146 MHz está también atribuida, a
título secundario, al servicio móvil aeronáutico (OR).
5.217 Atribución sustitutiva: en Afganistán, Bangladesh, Cuba, Guyana e India, la
banda 146-148 MHz está atribuida, a título primario, a los servicios fijo y móvil.

220-335,4 MHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


220-225
223-230 AFICIONADOS 223-230
RADIODIFUSIÓN FIJO FIJO
Fijo MÓVIL MÓVIL
Móvil Radiolocalización 5.241 RADIODIFUSIÓN
5.243 5.246 5.247 5.250

5.241 En la Región 2, no podrán autorizarse nuevas estaciones del servicio de


radiolocalización en la banda 216-225 MHz. Las estaciones autorizadas antes del 1 de enero de
1990 podrán continuar funcionando a título secundario.
36 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

5.243 Atribución adicional: en Somalia, la banda 216-225 MHz está también atribuida, a
título primario, al servicio de radionavegación aeronáutica, a reserva de no causar interferencia
perjudicial a las estaciones de radiodifusión existentes o previstas en otros países.

5.246 Atribución sustitutiva: en España, Francia, Israel y Mónaco, la banda 223-230 MHz
está atribuida a título primario a los servicios móvil terrestre y de radiodifusión (véase el
número 5.33) teniendo en cuenta que al preparar los planes de frecuencias, el servicio de
radiodifusión tendrá prioridad en la elección de frecuencias; también está atribuida a título
secundario a los servicios fijo y móvil, salvo móvil terrestre. Sin embargo, las estaciones del
servicio móvil terrestre no deben causar interferencia perjudicial a las estaciones de radiodifusión
existentes o previstas en Marruecos y Argelia, ni solicitar protección frente a dichas estaciones.

5.247 Atribución adicional: en Arabia Saudita, Bahrein, Emiratos Árabes Unidos, Jordania,
Omán, Qatar y República Árabe Siria la banda 223-235 MHz está también atribuida, a título
primario, al servicio de radionavegación aeronáutica.

5.250 Atribución adicional: en China, la banda 225-235 MHz está también atribuida, a
título secundario, al servicio de radioastronomía.

410-460 MHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


420-430 FIJO
MÓVIL salvo móvil aeronáutico
Radiolocalización
5.269 5.270 5.271
430-432 430-432
AFICIONADOS RADIOLOCALIZACIÓN
RADIOLOCALIZACIÓN Aficionados
5.271 5.272 5.273 5.274
5.275 5.276 5.277 5.271 5.276 5.278 5.279
432-438 432-438
AFICIONADOS RADIOLOCALIZACIÓN
RADIOLOCALIZACIÓN Aficionados
Exploración de la Tierra por satélite Exploración de la Tierra por satélite (activo) 5.279A
(activo) 5.279A
5.138 5.271 5.272 5.276
5.277 5.280 5.281 5.282 5.271 5.276 5.278 5.279 5.281 5.282
438-440 438-440
AFICIONADOS RADIOLOCALIZACIÓN
RADIOLOCALIZACIÓN Aficionados
5.271 5.273 5.274 5.275
5.276 5.277 5.283 5.271 5.276 5.278 5.279
440-450 FIJO
MÓVIL salvo móvil aeronáutico
Radiolocalización
5.269 5.270 5.271 5.284 5.285 5.286

5.269 Categoría de servicio diferente: en Australia, Estados Unidos, India, Japón y Reino
Unido, la atribución de las bandas 420-430 MHz y 440-450 MHz al servicio de radiolocalización
es a título primario (véase el número 5.33).
Capítulo 4 37

5.270 Atribución adicional: en Australia, Estados Unidos, Jamaica y Filipinas, las


bandas 420-430 MHz y 440-450 MHz están también atribuidas, a título secundario, al servicio de
aficionados.
5.271 Atribución adicional: en Belarús, China, India, Kirguistán y Turkmenistán, la banda
420-460 MHz está también atribuida, a título secundario, al servicio de radionavegación
aeronáutica (radioaltímetros). (CMR-07)
5.272 (SUP - CMR-12)

5.273 (SUP - CMR-12)

5.274 Atribución sustitutiva: en Dinamarca, Noruega, Suecia y Chad, las bandas 430-432 MHz
y 438-440 MHz están atribuidas, a título primario, a los servicios fijo y móvil, salvo móvil
aeronáutico. (CMR-12)
5.275 Atribución adicional: en Croacia, Estonia, Finlandia, Libia, la ex República Yugoslava
de Macedonia, Montenegro, Serbia y Eslovenia, las bandas 430-432 MHz y 438-440 MHz están
también atribuidas, a título primario, a los servicios fijo y móvil, salvo móvil aeronáutico. (CMR-07)
5.276 Atribución adicional: en Afganistán, Argelia, Arabia Saudita, Bahrein, Bangladesh,
Brunei Darussalam, Burkina Faso, Djibouti, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Ecuador, Eritrea,
Etiopía, Grecia, Guinea, India, Indonesia, Irán (República Islámica del), Iraq, Israel, Italia,
Jordania, Kenya, Kuwait, Libia, Malasia, Níger, Nigeria, Omán, Pakistán, Filipinas, Qatar,
República Árabe Siria, Rep. Pop. Dem. de Corea, Singapur, Somalia, Sudán, Suiza, Tanzanía,
Tailandia, Togo, Turquía y Yemen, la banda 430-440 MHz está también atribuida, a título
primario, al servicio fijo y las bandas 430-435 MHz y 438-440 MHz están también atribuidas, a
título primario, al servicio móvil, salvo móvil aeronáutico. (CMR-12)
5.277 Atribución adicional: en Angola, Armenia, Azerbaiyán, Belarús, Camerún, Congo (Rep.
del), Djibouti, Federación de Rusia, Georgia, Hungría, Israel, Kazajstán, Malí, Mongolia,
Uzbekistán, Polonia, Rep. Dem. del Congo, Kirguistán, Serbia, Eslovaquia, Rumania, Rwanda,
Tayikistán, Chad, Turkmenistán y Ucrania, la banda 430-440 MHz está también atribuida, a título
primario, al servicio fijo. (CMR-12)
5.278 Categoría de servicio diferente: en Argentina, Colombia, Costa Rica, Cuba, Guyana,
Honduras, Panamá y Venezuela, la atribución de la banda 430-440 MHz al servicio de aficionados
es a título primario (véase el número 5.33).
5.279 Atribución adicional: en México las bandas 430-435 MHz y 438-440 MHz están también
atribuidas, a título primario, al servicio móvil terrestre, a reserva de obtener el acuerdo indicado
en el número 9.21.
5.279A La utilización de esta banda por sensores del servicio de exploración de la Tierra por
satélite (activo) será conforme con la Recomendación UIT-R RS.1260-1. Además, el servicio de
exploración de la Tierra por satélite (activo) en la banda 432-438 MHz no causará interferencia
perjudicial al servicio de radionavegación aeronáutica en China. Las disposiciones de esta nota no
derogan de ningún modo la obligación del servicio de exploración de la Tierra por satélite (activo)
de funcionar en calidad de servicio secundario de conformidad con los números 5.29
y 5.30. (CMR-03)
5.280 En Alemania, Austria, Bosnia y Herzegovina, Croacia, la ex República Yugoslava de
Macedonia, Liechtenstein, Montenegro, Portugal, Serbia, Eslovenia y Suiza, la banda
433,05-434,79 MHz (frecuencia central 433,92 MHz) está designada para aplicaciones
industriales, científicas y médicas (ICM). Los servicios de radiocomunicación de estos países que
funcionan en esta banda deben aceptar la interferencia perjudicial resultante de estas aplicaciones.
38 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

Los equipos ICM que funcionen en esta banda estarán sujetos a las disposiciones del
número 15.13. (CMR-07)

5.281 Atribución adicional: en los Departamentos y colectividades franceses de Ultramar de la


Región 2, y en India, la banda 433,75-434,25 MHz está también atribuida, a título primario, al
servicio de operaciones espaciales (Tierra-espacio). En Francia y en Brasil esta banda se encuentra
atribuida, a título secundario, al mismo servicio.

5.282 El servicio de aficionados por satélite podrá explotarse en las bandas 435-438 MHz, 1 260-
1 270 MHz, 2 400-2 450 MHz, 3 400-3 410 MHz (en las Regiones 2 y 3 solamente), y 5 650-5 670
MHz, siempre que no cause interferencia perjudicial a otros servicios explotados de conformidad
con el Cuadro (véase el número 5.43). Las administraciones que autoricen tal utilización se
asegurarán de que toda interferencia perjudicial causada por emisiones de una estación del servicio
de aficionados por satélite sea inmediatamente eliminada, en cumplimiento de lo dispuesto en el
número 25.11. La utilización de las bandas 1 260-1 270 MHz y 5 650-5 670 MHz por el servicio
de aficionados por satélite se limitará al sentido Tierra-espacio.

5.283 Atribución adicional: en Austria, la banda 438-440 MHz está también atribuida, a título
primario, a los servicios fijo y móvil, salvo móvil aeronáutico.

5.284 Atribución adicional: en Canadá, la banda 440-450 MHz está también atribuida, a título
secundario, al servicio de aficionados.

5.285 Categoría de servicio diferente: en Canadá, la atribución de la banda 440-450 MHz al


servicio de radiolocalización es a título primario (véase el número 5.33).

5.286 La banda 449,75-450,25 MHz puede utilizarse por el servicio de operaciones espaciales
(Tierra-espacio) y el servicio de investigación espacial (Tierra-espacio), a reserva de obtener el
acuerdo indicado en el número 9.21.

5.317A Las partes de la banda 698-960 MHz en la Región 2 y de la banda 790-960 MHz en las
Regiones 1 y 3 atribuidas al servicio móvil a título primario se han identificado para su utilización
por las administraciones que deseen introducir las Telecomunicaciones Móviles Internacionales
(IMT) – Véanse las Resoluciones 224 (Rev.CMR-12) y 749 (Rev.CMR-12), según proceda.
La identificación de estas bandas no excluye que se utilicen para otras aplicaciones de los servicios
a los que están atribuidas y no implica prioridad alguna en el Reglamento de
Radiocomunicaciones. (CMR-12)

5.322 En la Región 1, en la banda 862-960 MHz, las estaciones del servicio de radiodifusión
serán explotadas solamente en la Zona Africana de Radiodifusión (véanse los números 5.10 a
5.13), con exclusión de Argelia, Burundi, Egipto, España, Lesotho, Libia, Marruecos, Malawi,
Namibia, Nigeria, Sudafricana (Rep.), Tanzanía, Zimbabwe y Zambia, a reserva de obtener el
acuerdo indicado en el número 9.21. (CMR-12)
Capítulo 4 39

890-1 300 MHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


890-942 890-942
FIJO FIJO
MÓVIL salvo móvil MÓVIL 5.317A
aeronáutico 5.317A RADIODIFUSIÓN
RADIODIFUSIÓN 5.322 Radiolocalización
Radiolocalización

902-928
FIJO
Aficionados
Móvil salvo móvil
aeronáutico 5.325A
Radiolocalización
5.150 5.325 5.326
5.323 5.327
...
1 240-1 300 EXPLORACIÓN DE LA TIERRA POR SATÉLITE (activo)
RADIOLOCALIZACIÓN
RADIONAVEGACIÓN POR SATÉLITE (espacio-Tierra)
(espacio-espacio) 5.328B 5.329 5.329A
INVESTIGACIÓN ESPACIAL (activo)
Aficionados
5.282 5.330 5.331 5.332 5.335 5.335A

5.325 Categoría de servicio diferente: en Estados Unidos, la atribución de la banda


890-942 MHz al servicio de radiolocalización es a título primario, a reserva de obtener el acuerdo
indicado en el número 9.21 (véase el número 5.33).
5.325A Categoría de servicio diferente: en Cuba, la banda 902-915 MHz está atribuida a título
primario al servicio móvil terrestre. (CMR-2000)
5.326 Categoría de servicio diferente: en Chile, la atribución de la banda 903-905 MHz al
servicio móvil, salvo móvil aeronáutico, es a título primario, a reserva de obtener el acuerdo
indicado en el número 9.21.
5.327 Categoría de servicio diferente: en Australia, la atribución de la banda 915-928 MHz al
servicio de radiolocalización es a título primario (véase el número 5.33).
5.327A La utilización de la banda de frecuencias 960-1 164 MHz por el servicio móvil
aeronáutico (R) se limita a los sistemas que funcionan en conformidad con las normas aeronáuticas
internacionales reconocidas. Dicha utilización deberá ser conforme con la
Resolución 417 (Rev.CMR-12). (CMR-12)
5.328A Las estaciones del servicio de radionavegación por satélite en la banda 1 164-1 215 MHz
funcionarán de conformidad con las disposiciones de la Resolución 609 (Rev.CMR-07) y no
reclamarán protección contra las estaciones del servicio de radionavegación aeronáutica en la
banda 960-1 215 MHz. No se aplican las disposiciones del número 5.43A. Se aplicarán las
disposiciones del número 21.18. (CMR-07)
5.328B La utilización de las bandas 1 164-1 300 MHz, 1 559-1 610 MHz y 5 010-5 030 MHz por
los sistemas y redes del servicio de radionavegación por satélite sobre los cuales la Oficina de
40 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

Radiocomunicaciones haya recibido la información de coordinación o notificación completa,


según el caso, después del 1 de enero de 2005 está sujeta a las disposiciones de los números 9.12,
9.12A y 9.13. Se aplicará igualmente la Resolución 610 (CMR-03). Ahora bien, en el caso de las
redes y sistemas del servicio de radionavegación por satélite (espacio-espacio), esta Resolución
sólo se aplicará a las estaciones espaciales transmisoras. De conformidad con el número 5.329A,
para los sistemas y redes del servicio de radionavegación por satélite (espacio-espacio) en las
bandas 1 215-1 300 MHz y 1 559-1 610 MHz, las disposiciones de los números 9.7, 9.12, 9.12A
y 9.13 sólo se aplicarán con respecto a los otros sistemas y redes del servicio de radionavegación
por satélite (espacio-espacio). (CMR-07)

5.329 La utilización por el servicio de radionavegación por satélite de la banda


1 215-1 300 MHz estará sujeta a la condición de no causar interferencias perjudiciales al servicio
de radionavegación, autorizado en el número 5.331 ni reclamar protección con respecto al mismo.
Además, la utilización del servicio de radionavegación por satélite en la banda 1 215-1 300 MHz
estará sujeta a la condición de no causar interferencia perjudicial al servicio de radiolocalización.
No se aplica el número 5.43 en relación con el servicio de radiolocalización. Se aplicará la
Resolución 608 (CMR-03). (CMR-03)

5.329A La utilización de sistemas del servicio de radionavegación por satélite (espacio-espacio)


que funcionan en las bandas 1 215-1 300 MHz y 1 559-1 610 MHz no está prevista para
aplicaciones de los servicios de seguridad, y no deberá imponer limitaciones adicionales a los
sistemas del servicio de radionavegación por satélite (espacio-Tierra) o a otros servicios que
funcionen con arreglo al Cuadro de atribución de bandas de frecuencias. (CMR-07)

5.330 Atribución adicional: en Angola, Arabia Saudita, Bahrein, Bangladesh, Camerún, China,
Djibouti, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Eritrea, Etiopía, Guyana, India, Indonesia, Irán
(República Islámica del), Iraq, Israel, Japón, Jordania, Kuwait, Nepal, Omán, Pakistán, Filipinas,
Qatar, República Árabe Siria, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Chad, Togo y Yemen, la banda
1 215-1 300 MHz está también atribuida, a título primario, a los servicios fijo y móvil. (CMR-12)

5.331 Atribución adicional: en Argelia, Alemania, Arabia Saudita, Australia, Austria, Bahrein,
Belarús, Bélgica, Benin, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Burkina Faso, Burundi, Camerún, China,
Corea (Rep. de), Croacia, Dinamarca, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Estonia, Federación de
Rusia, Finlandia, Francia, Ghana, Grecia, Guinea, Guinea Ecuatorial, Hungría, India, Indonesia,
Irán (República Islámica del), Iraq, Irlanda, Israel, Jordania, Kenya, Kuwait, la ex República
Yugoslava de Macedonia, Lesotho, Letonia, Líbano, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo,
Madagascar, Malí, Mauritania, Montenegro, Nigeria, Noruega, Omán, Pakistán, Países Bajos,
Polonia, Portugal, Qatar, República Árabe Siria, Rep. Pop. Dem. de Corea, Eslovaquia,
Reino Unido, Serbia, Eslovenia, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Sri Lanka, Sudafricana (Rep.),
Suecia, Suiza, Tailandia, Togo, Turquía, Venezuela y Viet Nam, la banda 1 215-1 300 MHz está
también atribuida, a título primario, al servicio de radionavegación. En Canadá y Estados Unidos,
la banda 1 240-1 300 MHz está también atribuida al servicio de radionavegación, y la utilización
del servicio de radionavegación está limitada al servicio de radionavegación aeronáutica. (CMR-12)

5.332 En la banda 1 215-1 260 MHz los sensores activos a bordo de vehículos espaciales de los
servicios de exploración de la Tierra por satélite y de investigación espacial no causarán
interferencia perjudicial o impondrán limitaciones al funcionamiento o al desarrollo del servicio
de radiolocalización, el servicio de radionavegación por satélite y otros servicios que cuentan con
atribuciones a título primario, ni reclamarán protección contra éstos. (CMR-2000)

5.334 Atribución adicional: en Canadá y en Estados Unidos, la banda 1 350-1 370 MHz está
también atribuida, a título primario, al servicio de radionavegación aeronáutica. (CMR-03)
Capítulo 4 41

5.335 En Canadá y Estados Unidos en la banda 1 240-1 300 MHz, los sensores activos a bordo
de vehículos espaciales de los servicios de exploración de la Tierra por satélite y de investigación
espacial no causarán interferencia o impondrán limitaciones a la explotación o al desarrollo del
servicio de radionavegación aeronáutica ni reclamarán protección contra él. (CMR-97)

5.335A En la banda 1 260-1 300 MHz los sensores activos a bordo de vehículos espaciales de los
servicios de exploración de la Tierra por satélite y de investigación espacial no deberán causar
interferencias perjudiciales ni imponer limitaciones al funcionamiento o al desarrollo del servicio
de radiolocalización y otros servicios que cuentan con atribuciones a título primario, mediante
notas, ni reclamarán protección con relación a los mismos. (CMR-2000)

2 170-2 520 MHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


2 300-2 450 2 300-2 450
FIJO FIJO
MÓVIL 5.384A MÓVIL 5.384A
Aficionados RADIOLOCALIZACIÓN
Radiolocalización Aficionados
5.150 5.282 5.395 5.150 5.282 5.393 5.394 5.396

5.384A Las bandas 1 710-1 885 MHz, 2 300-2 400 MHz y 2 500-2 690 MHz, o partes de esas
bandas, se han identificado para su utilización por las administraciones que deseen introducir las
Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT) de conformidad con la Resolución 223
(Rev.CMR-07). Dicha identificación no excluye su uso por ninguna aplicación de los servicios
a los cuales están atribuidas y no implica prioridad alguna en el Reglamento de
Radiocomunicaciones. (CMR-07)

5.393 Atribución adicional: en Canadá, Estados Unidos, India y México, la banda


2 310-2 360 MHz está también atribuida a título primario al servicio de radiodifusión por satélite
(sonora) y al servicio de radiodifusión sonora terrenal complementario. Su utilización está limitada
a la radiodifusión sonora digital y sujeta a las disposiciones de la Resolución 528 (Rev.CMR-03)
con excepción del resuelve 3 en lo que respecta a la limitación impuesta a los sistemas del servicio
de radiodifusión por satélite en los 25 MHz superiores. (CMR-07)

5.394 En Estados Unidos, el uso de la banda 2 300-2 390 MHz por el servicio móvil aeronáutico
para la telemedida tiene prioridad sobre otros usos por los servicios móviles. En Canadá, el uso de
la banda 2 360-2 400 MHz por el servicio móvil aeronáutico para la telemedida tiene prioridad
sobre otros usos por los servicios móviles. (CMR-07)

5.395 En Francia y Turquía, la utilización de la banda 2 310-2 360 MHz por el servicio móvil
aeronáutico para telemedida tiene prioridad sobre las demás utilizaciones del servicio
móvil. (CMR-03)

 Nota de la Secretaría: Esta Resolución ha sido revisada por la CMR-12.


42 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

5.396 Las estaciones espaciales del servicio de radiodifusión por satélite en la banda
2 310-2 360 MHz, explotadas de conformidad con el número 5.393, que puedan afectar a los
servicios a los que esta banda está atribuida en otros países, se coordinarán y notificarán de
conformidad con la Resolución 33 (Rev.CMR-97)*. Las estaciones del servicio complementario
de radiodifusión terrenal estarán sujetas a coordinación bilateral con los países vecinos antes de su
puesta en servicio.

2 700-4 800 MHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


3 300-3 400 3 300-3 400 3 300-3 400
RADIOLOCALIZACIÓN RADIOLOCALIZACIÓN RADIOLOCALIZACIÓN
Aficionados Aficionados
Fijo
Móvil
5.149 5.429 5.430 5.149 5.149 5.429
3 400-3 600 3 400-3 500 3 400-3 500
FIJO FIJO FIJO
FIJO POR SATÉLITE FIJO POR SATÉLITE FIJO POR SATÉLITE
(espacio-Tierra) (espacio-Tierra) (espacio-Tierra)
Móvil 5.430A Aficionado Aficionado
Radiolocalización Móvil 5.431A Móvil 5.432B
Radiolocalización 5.433 Radiolocalización 5.433
5.282 5.282 5.432 5.432A
5.431

5.429 Atribución adicional: en Arabia Saudita, Bahrein, Bangladesh, Brunei Darussalam,


Camerún, China, Congo (Rep. del), Corea (Rep. de), Côte d'Ivoire, Egipto, Emiratos Árabes
Unidos, India, Indonesia, Irán (República Islámica del), Iraq, Israel, Japón, Jordania, Kenya,
Kuwait, Líbano, Libia, Malasia, Omán, Uganda, Pakistán, Qatar, República Árabe Siria,
Rep. Dem. del Congo, Rep. Pop. Dem. de Corea y Yemen, la banda 3 300-3 400 MHz está también
atribuida, a título primario, a los servicios fijo y móvil. Los países ribereños del Mediterráneo
no reclamarán protección de sus servicios fijo y móvil contra el servicio de
radiolocalización. (CMR-12)
5.430 Atribución adicional: en Azerbaiyán, Mongolia, Kirguistán y Turkmenistán, la
banda 3 300-3 400 MHz está también atribuida, a título primario, al servicio de
radionavegación. (CMR-12)
5.431 Atribución adicional: en Alemania, Israel y Reino Unido, la banda 3 400-3 475 MHz está
también atribuida, a título secundario, al servicio de aficionados. (CMR-03)
5.432 Categoría de servicio diferente: en Corea (Rep. de), Japón y Pakistán, la atribución de
la banda 3 400-3 500 MHz al servicio móvil, salvo móvil aeronáutico, es a título primario (véase
el número 5.33). (CMR-2000)
5.432A En Corea (Rep. de), Japón y Pakistán, la banda 3 400-3 500 MHz está identificada para
las Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT). Esta identificación no impide la
utilización de esta banda por cualquier aplicación de los servicios a los que está atribuida, ni
establece prioridad alguna en el Reglamento de Radiocomunicaciones. En la etapa de coordinación

*
Nota de la Secretaría: Esta Resolución ha sido revisada por la CMR-03.
Capítulo 4 43

también se aplican las disposiciones de los números 9.17 y 9.18. Antes de que una administración
ponga en servicio una estación (de base o móvil) del servicio móvil en esta banda, deberá
garantizar que la densidad de flujo de potencia (dfp) producida a 3 m sobre el suelo no supera el
valor de −154,5 dB(W/(m2  4 kHz)) durante más del 20% del tiempo en la frontera del territorio
de cualquier otra administración. Este límite puede rebasarse en el territorio de cualquier país cuya
administración así lo acepte. Para garantizar que se satisface el límite de dfp en la frontera del
territorio de cualquier otra administración, deben realizarse los cálculos y verificaciones
correspondientes, teniendo en cuenta toda la información pertinente, con el mutuo acuerdo de
ambas administraciones (administración responsable de la estación terrenal y administración
responsable de la estación terrena), y con la asistencia de la Oficina si así se solicita. En caso de
desacuerdo, el cálculo y la verificación de la dfp los realizará la Oficina teniendo en cuenta la
información antes indicada. Las estaciones del servicio móvil en la banda 3 400-3 500 MHz no
reclamarán contra las estaciones espaciales más protección que la que figura en el Cuadro 21-4 del
Reglamento de Radiocomunicaciones (Edición de 2004). (CMR-07)

5.432B Categoría de servicio diferente: en Bangladesh, China, Colectividades francesas de


Ultramar de la Región 3, India, Irán (República Islámica del), Nueva Zelandia y Singapur, la
banda 3 400-3 500 MHz está atribuida al servicio móvil, salvo móvil aeronáutico, a título primario,
a reserva de obtener el acuerdo con otras administraciones de conformidad con el número 9.21, y
está identificada para las Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT). Esta identificación
no impide la utilización de esta banda por cualquier aplicación de los servicios a los que está
atribuida, ni establece prioridad alguna en el Reglamento de Radiocomunicaciones. En la etapa de
coordinación también se aplican las disposiciones de los números 9.17 y 9.18. Antes de que una
administración ponga en servicio una estación (de base o móvil) del servicio móvil en esta banda,
deberá garantizar que la densidad de flujo de potencia (dfp) producida a 3 m sobre el suelo no
supera el valor de 154,5 dB(W/(m2  4 kHz)) durante más del 20% del tiempo en la frontera del
territorio de cualquier otra administración. Este límite puede rebasarse en el territorio de cualquier
país cuya administración así lo acepte. Para asegurar que se satisface el límite de dfp en la frontera
del territorio de cualquier otra administración, deberán realizarse los cálculos y verificaciones
correspondientes, teniendo en cuenta la información pertinente, con el acuerdo mutuo de ambas
administraciones (administración responsable de la estación terrenal y administración responsable
de la estación terrena), y con la asistencia de la Oficina si así se solicita. En caso de desacuerdo,
el cálculo y la verificación de la dfp los realizará la Oficina, teniendo en cuenta la información
antes indicada. Las estaciones del servicio móvil en la banda 3 400-3 500 MHz no reclamarán
contra las estaciones espaciales más protección que la que figura en el Cuadro 21-4 del Reglamento
de Radiocomunicaciones (Edición de 2004). Esta atribución entrará en vigor el 17 de noviembre
de 2010. (CMR-12)

5.433 En las Regiones 2 y 3, la banda 3 400-3 600 MHz se atribuye al servicio de


radiolocalización a título primario. Sin embargo, se insta a todas las administraciones que explotan
sistemas de radiolocalización en esta banda a que cesen de hacerlo antes de 1985; a partir de este
momento, las administraciones deberán tomar todas las medidas prácticamente posibles para
proteger el servicio fijo por satélite, sin imponerse a este último servicio condiciones en materia
de coordinación.
44 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

5 570-7 250 MHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


5 650-5 725 MÓVIL salvo móvil aeronáutico 5.446A 5.450A
RADIOLOCALIZACIÓN
Aficionados
Investigación espacial (espacio lejano)
5.282 5.451 5.453 5.454 5.455
5 725-5 830 5 725-5 830
FIJO POR SATÉLITE RADIOLOCALIZACIÓN
(Tierra-espacio) Aficionados
RADIOLOCALIZACIÓN
Aficionados
5.150 5.451 5.453 5.455 5.456 5.150 5.453 5.455
5 830-5 850 5 830-5 850
FIJO POR SATÉLITE RADIOLOCALIZACIÓN
(Tierra-espacio) Aficionados
RADIOLOCALIZACIÓN Aficionados por satélite (espacio-Tierra)
Aficionados
Aficionados por satélite
(espacio-Tierra)
5.150 5.451 5.453 5.455 5.456 5.150 5.453 5.455
5 850-5 925 5 850-5 925 5 850-5 925
FIJO FIJO FIJO
FIJO POR SATÉLITE FIJO POR SATÉLITE FIJO POR SATÉLITE
(Tierra-espacio) (Tierra-espacio) (Tierra-espacio)
MÓVIL MÓVIL MÓVIL
Aficionados Radiolocalización
Radiolocalización
5.150 5.150 5.150

5.446A La utilización de las bandas 5 150-5 350 MHz y 5 470-5 725 MHz por las estaciones del
servicio móvil, salvo móvil aeronáutico, se ajustará a lo dispuesto en la
Resolución 229 (Rev.CMR-12). (CMR-12)
5.450 Atribución adicional: en Austria, Azerbaiyán, Irán (República Islámica del), Kirguistán,
Rumania, Turkmenistán y Ucrania, la banda 5 470-5 650 MHz está también atribuida, a título
primario, al servicio de radionavegación aeronáutica. (CMR-12)
5.450A En la banda 5 470-5 725 MHz, las estaciones del servicio móvil no reclamarán protección
contra los servicios de radiodeterminación. Los servicios de radiodeterminación no impondrán al
servicio móvil, basándose en las características del sistema y en los criterios de interferencia,
criterios de protección más estrictos que los previstos en la Recomendación
UIT-R M.1638. (CMR-03)
5.450B En la banda de frecuencias 5 470-5 650 MHz, las estaciones del servicio de
radiolocalización, excepto los radares en tierra utilizados con fines meteorológicos en la banda
5 600-5 650 MHz, no causarán interferencia perjudicial a los sistemas de radares del servicio de
radionavegación marítima, ni reclamarán protección contra ellos. (CMR-03)
5.451 Atribución adicional: en el Reino Unido, la banda 5 470-5 850 MHz está también
atribuida, a título secundario al servicio móvil terrestre. En la banda 5 725-5 850 MHz son
aplicables los límites de potencia indicados en los números 21.2, 21.3, 21.4 y 21.5.
Capítulo 4 45

5.452 Los radares instalados en tierra, que funcionan en la banda 5 600-5 650 MHz para las
necesidades de la meteorología, están autorizados a funcionar sobre una base de igualdad con las
estaciones del servicio de radionavegación marítima.
5.453 Atribución adicional: en Arabia Saudita, Bahrein, Bangladesh, Brunei Darussalam,
Camerún, China, Congo (Rep. del), Corea (Rep. de), Côte d'Ivoire, Djibouti, Egipto, Emiratos
Árabes Unidos, Gabón, Guinea, Guinea Ecuatorial, India, Indonesia, Irán (República Islámica del),
Iraq, Israel, Japón, Jordania, Kenya, Kuwait, Líbano, Libia, Madagascar, Malasia, Níger, Nigeria,
Omán, Uganda, Pakistán, Filipinas, Qatar, República Árabe Siria, Rep. Pop. Dem. de Corea,
Singapur, Sri Lanka, Swazilandia, Tanzanía, Chad, Tailandia, Togo, Viet Nam y Yemen, la
banda 5 650-5 850 MHz está también atribuida, a título primario, a los servicios fijo y móvil. En
este caso no se aplican las disposiciones de la Resolución 229 (Rev.CMR-12). (CMR-12)
5.454 Categoría de servicio diferente: en Azerbaiyán, Federación de Rusia, Georgia,
Kirguistán, Tayikistán y Turkmenistán, la atribución de la banda 5 670-5 725 MHz al servicio de
investigación espacial es a título primario (véase el número 5.33). (CMR-12)
5.455 Atribución adicional: en Armenia, Azerbaiyán, Belarús, Cuba, Federación de Rusia,
Georgia, Hungría, Kazajstán, Moldova, Mongolia, Uzbekistán, Kirguistán, Tayikistán,
Turkmenistán y Ucrania, la banda 5 670-5 850 MHz está también atribuida, a título primario, al
servicio fijo. (CMR-07)
5.456 Atribución adicional: en Camerún, la banda 5 755-5 850 MHz está también atribuida, a
título primario, al servicio fijo. (CMR-03)

10-11,7 GHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


10-10,45 10-10,45 10-10,45
FIJO RADIOLOCALIZACIÓN FIJO
MÓVIL Aficionados MÓVIL
RADIOLOCALIZACIÓN RADIOLOCALIZACIÓN
Aficionados Aficionados
5.479 5.479 5.480 5.479
10,45-10,5 RADIOLOCALIZACIÓN
Aficionados
Aficionados por satélite
5.481

5.479 La banda 9 975-10 025 MHz está también atribuida, a título secundario, al servicio de
meteorología por satélite para ser utilizada por los radares meteorológicos.
5.480 Atribución adicional: en Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, Cuba, El Salvador,
Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Paraguay, Antillas Neerlandesas, Perú y Uruguay la
banda 10-10,45 GHz está también atribuida, a título primario a los servicios fijo y móvil. En
Venezuela, la banda 10-10,45 GHz está también atribuida al servicio fijo a título
primario. (CMR-07)
5.481 Atribución adicional: en Alemania, Angola, Brasil, China, Costa Rica, Côte d'Ivoire,
El Salvador, Ecuador, España, Guatemala, Hungría, Japón, Kenya, Marruecos, Nigeria, Omán,
Uzbekistán, Pakistán, Paraguay, Perú, Rep. Pop. Dem. de Corea, Rumania, Tanzanía, Tailandia y
46 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

Uruguay, la banda 10,45-10,5 GHz está también atribuida, a título primario, a los servicios fijo y
móvil. (CMR-12)

22-24,75 GHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


24-24,05 AFICIONADOS
AFICIONADOS POR SATÉLITE
5.150
24,05-24,25 RADIOLOCALIZACIÓN
Aficionados
Exploración de la Tierra por satélite (activo)
5.150

40-47,5 GHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


47-47,2 AFICIONADOS
AFICIONADOS POR SATÉLITE

66-81 GHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


76-77,5 RADIOASTRONOMÍA
RADIOLOCALIZACIÓN
Aficionados
Aficionados por satélite
Investigación espacial (espacio-Tierra)
5.149
77,5-78 AFICIONADOS
AFICIONADOS POR SATÉLITE
Radioastronomía
Investigación espacial (espacio-Tierra)
5.149
78-79 RADIOLOCALIZACIÓN
Aficionados
Aficionados por satélite
Radioastronomía
Investigación espacial (espacio-Tierra)
5.149 5.560
79-81 RADIOASTRONOMÍA
RADIOLOCALIZACIÓN
Aficionados
Aficionados por satélite
Investigación espacial (espacio-Tierra)
5.149
Capítulo 4 47

5.560 La banda 78-79 GHz puede ser utilizada, a título primario, por los radares situados en
estaciones espaciales del servicio de exploración de la Tierra por satélite y del servicio de
investigación espacial.

5.561 En la banda 74-76 GHz, las estaciones de los servicios fijo, móvil y de radiodifusión no
causarán interferencias perjudiciales a las estaciones del servicio fijo por satélite o del servicio de
radiodifusión por satélite que funcionen de conformidad con las decisiones de la conferencia
encargada de elaborar un plan de adjudicación de frecuencias para el servicio de radiodifusión por
satélite. (CMR-2000)
119,98-151,5 GHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


122,25-123 FIJO
ENTRE SATÉLITES
MÓVIL 5.558
Aficionados
5.138
134-136 AFICIONADOS
AFICIONADOS POR SATÉLITE
Radioastronomía
136-141 RADIOASTRONOMÍA
RADIOLOCALIZACIÓN
Aficionados
Aficionados por satélite
5.149

200-248 GHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


241-248 RADIOASTRONOMÍA
RADIOLOCALIZACIÓN
Aficionados
Aficionados por satélite
5.138 5.149

248-3 000 GHz

Atribución a los servicios

Región 1 Región 2 Región 3


248-250 AFICIONADOS
AFICIONADOS POR SATÉLITE
Radioastronomía
5.149
275-3 000 (No atribuida) 5.565
48 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

5.565 Se han identificado las siguientes bandas de frecuencias en la gama 275-1 000 GHz
para que las administraciones las utilicen en aplicaciones de servicios pasivos:

– servicio de radioastronomía: 275-323 GHz, 327-371 GHz, 388-424 GHz,


426-442 GHz, 453-510 GHz, 623-711 GHz, 795-909 GHz y 926-945 GHz;

– servicio de exploración de la Tierra por satélite (pasivo) y servicio de


investigación espacial (pasivo): 275-286 GHz, 296-306 GHz, 313-356 GHz,
361-365 GHz, 369-392 GHz, 397-399 GHz, 409-411 GHz, 416-434 GHz,
439-467 GHz, 477-502 GHz, 523-527 GHz, 538-581 GHz, 611-630 GHz,
634-654 GHz, 657-692 GHz, 713-718 GHz, 729-733 GHz, 750-754 GHz,
771-776 GHz, 823-846 GHz, 850-854 GHz, 857-862 GHz, 866-882 GHz,
905-928 GHz, 951-956 GHz, 968-973 GHz y 985-990 GHz.

La utilización de frecuencias de la gama 275-1 000 GHz por los servicios pasivos no excluye la
utilización de esta gama por los servicios activos. Se insta a las administraciones que deseen poner
a disposición las frecuencias en la gama 275-1 000 GHz para aplicaciones de los servicios activos
a que adopten todas las medidas posibles para proteger los citados servicios pasivos contra la
interferencia perjudicial hasta la fecha en que se establezca el Cuadro de atribución de frecuencias
en la gama de frecuencias 275-1 000 GHz antes mencionada.

Todas las frecuencias en la gama 1 000-3 000 GHz pueden ser utilizadas por los servicios activos
y pasivos. (CMR-12)
Capítulo 4 49

ARTÍCULO 19

Identificación de las estaciones

Sección I – Disposiciones generales

19.1 § 1 Todas las transmisiones deben poder ser identificadas por medio de señales de
identificación o por otros medios1.
19.2 § 2 1) Quedan prohibidas todas las transmisiones con señales de identificación falsas o
que puedan inducir a engaño.
19.3 2) Siempre que sea posible y en los servicios adecuados, las señales de identificación
se transmitirán automáticamente de conformidad con las Recomendaciones UIT-R pertinentes.
19.4 3) Excepto en los casos previstos en los números 19.13 a 19.15, las transmisiones de
los servicios siguientes deben llevar señales de identificación:
19.5 a) servicio de aficionados;
...
19.12 6) Las señales de identificación que se transmitan deberán ajustarse a las
disposiciones de este Artículo.
...
19.18 § 5 Las señales de identificación tendrán en lo posible una de las formas siguientes:
19.19 a) señales vocales, utilizando modulación simple de amplitud o de frecuencia;
19.20 b) señales de código internacional Morse transmitidas a velocidad manual;
19.21 c) señales emitidas en un código telegráfico compatible con el equipo convencional de
impresión;
19.22 d) cualquier otra forma recomendada por el Sector de Radiocomunicaciones.
19.23 § 6 En la medida de lo posible, la transmisión de señales de identificación deberá
efectuarse de acuerdo con las Recomendaciones UIT-R pertinentes.
...

1
19.1.1 Sin embargo, se reconoce que, en el estado actual de la técnica, para ciertos sistemas radioeléctricos no
siempre es posible la transmisión de señales de identificación (por ejemplo en la radiodeterminación, en los sistemas
de relevadores radioeléctricos y en los sistemas espaciales).
50 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

Sección III – Formación de los distintivos de llamada

19.45 § 21 1) Para formar los distintivos de llamada, podrán emplearse las veintiséis letras
del alfabeto, así como cifras en los casos que se especifican a continuación. Quedan excluidas las
letras acentuadas.

19.46 2) No obstante, no deberán emplearse como distintivos de llamada las


combinaciones siguientes:
19.47 a) las que puedan confundirse con señales de socorro o con otras de igual naturaleza;
19.48 b) las combinaciones definidas en la Recomendación UIT-R M.1172 están
reservadas para las abreviaturas que han de emplearse en los servicios de
radiocomunicación. (CMR-03)
19.49 (SUP - CMR-03)

19.50 § 22 Los distintivos de llamada de las series internacionales se forman como se indica
en los números 19.51 a 19.71. Los dos primeros caracteres serán dos letras o una letra seguida de
una cifra o una cifra seguida de una letra. Los dos primeros caracteres o, en ciertos casos, el primer
carácter de un distintivo de llamada constituyen la identificación de la nacionalidad4

...

19.67 Estaciones de aficionado y estaciones experimentales

19.68 § 30 1)
– un carácter (a condición de que se trate de las letras B, F, G, I, K, M, N, R o W) y una
sola cifra, distinta de 0 ó 1, seguidos de un grupo de cuatro caracteres como máximo,
el último de los cuales será una letra, o
– dos caracteres y una sola cifra, distinta de 0 ó 1, seguidos de un grupo de cuatro
caracteres como máximo, el último de los cuales será una letra5. (CMR-03)

19.68A 1A) En casos especiales y para uso temporal, las administraciones podrán autorizar
el uso del distintivo de llamada con más de los cuatro caracteres indicados en el
número 19.68. (CMR-03)

19.69 2) No obstante, la prohibición de utilizar las cifras 0 ó 1 no se aplicará a las


estaciones de aficionado.

4 19.50.1 Para la identificación de la nacionalidad de las series de distintivos de llamada que comienzan por B,
F, G, I, K, M, N, R, W y 2 sólo se requiere el primer carácter. En el caso de medias series (esto es cuando los dos
primeros caracteres se atribuyan a más de un Estado Miembro) se requieren los tres primeros caracteres para la
identificación de la nacionalidad. (CMR-03)
5 19.68.1 En el caso de medias series (es decir, cuando los dos primeros caracteres están asignados a más de un
Estado Miembro) se necesitan los tres primeros caracteres para la identificación de la nacionalidad. En tales casos, el
distintivo de llamada consistirá en tres caracteres seguidos de una sola cifra y un grupo de no más de tres caracteres,
el último de los cuales deberá ser una letra. (CMR-07)
Capítulo 4 51

ARTÍCULO 25

Servicios de aficionados

Sección I – Servicio de aficionados

25.1 § 1 Se permitirán las radiocomunicaciones entre estaciones de aficionado de países


distintos, a menos que la administración de cualquiera de los países interesados notifique su
oposición. (CMR-03)
25.2 §2 1) Las transmisiones entre estaciones de aficionado de países distintos se
limitarán a las comunicaciones relativas al objeto del servicio de aficionados, como se define en
el número 1.56, y a las observaciones de carácter puramente personal. (CMR-03)

25.2A 1A) No se codificarán las transmisiones entre estaciones de aficionado de


distintos países para ocultar su significado, salvo las señales de control intercambiadas entre las
estaciones terrenas de control y las estaciones espaciales del servicio de aficionados por
satélite. (CMR-03)
25.3 2) Las estaciones de aficionado se pueden utilizar para transmitir
comunicaciones internacionales en nombre de terceros sólo en situaciones de emergencia o de
socorro en casos de desastre. Una administración puede determinar la aplicabilidad de esta
disposición para las estaciones de aficionado que se encuentran bajo su jurisdicción. (CMR-03)

25.4 (SUP - CMR-03)

25.5 §3 1) Las administraciones determinarán si es necesario o no que una persona


que solicite una licencia para operar una estación de aficionado tenga que demostrar su aptitud
para el envío y recepción de textos en señales de código Morse. (CMR-03)

25.6 2) Las administraciones comprobarán las capacidades operativa y técnica de


toda persona que desee operar una estación de aficionado. La versión más reciente de la
Recomendación UIT-R M.1544 indica las calificaciones mínimas. (CMR-03)
25.7 §4 Las administraciones interesadas fijarán la potencia máxima de las estaciones
de aficionado. (CMR-03)

25.8 §5 1) Todos los Artículos o disposiciones de la Constitución, el Convenio y el


presente Reglamento se aplicarán a las estaciones de aficionado. (CMR-03)

25.9 2) Durante sus emisiones, las estaciones de aficionado transmitirán sus


distintivos de llamada a cortos intervalos.
25.9A § 5A Se insta a las administraciones a que tomen las medidas necesarias para que
las estaciones de aficionado se preparen para establecer las comunicaciones necesarias en apoyo
de las operaciones de socorro. (CMR-03)

25.9B § 5B Una administración puede determinar si permite o no a una persona, a quien


otra administración le ha concedido una licencia para operar una estación de aficionado, operar
una estación de aficionado mientras se encuentre temporalmente en su territorio, sujeto a las
condiciones o restricciones que se le puedan imponer. (CMR-03)
52 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

Sección II – Servicio de aficionados por satélite

25.10 § 6 Las disposiciones de la Sección I del presente Artículo se aplicarán, si ha lugar,


igualmente al servicio de aficionados por satélite.

25.11 §7 Las administraciones que autoricen estaciones espaciales del servicio de


aficionados por satélite tomarán las medidas del caso para que antes del lanzamiento estén
instaladas estaciones terrenas de control en número suficiente para garantizar la supresión
inmediata de toda interferencia perjudicial que causen las emisiones de una estación del servicio
de aficionados por satélite (véase el número 22.1). (CMR-03)
Capítulo 4 53

APÉNDICE 42 (Rev.CMR-12)

Cuadro de atribución de series internacionales


de distintivos de llamada

(Véase el Artículo 19)

Series de Atribuidas a
distintivos
AAA-ALZ Estados Unidos de América
AMA-AOZ España
APA-ASZ Pakistán (República Islámica del)
ATA-AWZ India (República de la)
AXA-AXZ Australia
AYA-AZZ Argentina (República)
A2A-A2Z Botswana (República de)
A3A-A3Z Tonga (Reino de)
A4A-A4Z Omán (Sultanía de)
A5A-A5Z Bhután (Reino de)
A6A-A6Z Emiratos Árabes Unidos
A7A-A7Z Qatar (Estado de)
A8A-A8Z Liberia (República de)
A9A-A9Z Bahrein (Reino de)

BAA-BZZ China (República Popular de)

CAA-CEZ Chile
CFA-CKZ Canadá
CLA-CMZ Cuba
CNA-CNZ Marruecos (Reino de)
COA-COZ Cuba
CPA-CPZ Bolivia (República de)
CQA-CUZ Portugal
CVA-CXZ Uruguay (República Oriental del)
CYA-CZZ Canadá
C2A-C2Z Nauru (República de)
C3A-C3Z Andorra (Principado de)
C4A-C4Z Chipre (República de)
C5A-C5Z Gambia (República de)
C6A-C6Z Bahamas (Commonwealth de las)
*C7A-C7Z Organización Meteorológica Mundial
C8A-C9Z Mozambique (República de)

DAA-DRZ Alemania (República Federal de)


DSA-DTZ Corea (República de)
DUA-DZZ Filipinas (República de)
D2A-D3Z Angola (República de)
D4A-D4Z Cabo Verde (República de)
D5A-D5Z Liberia (República de)
D6A-D6Z Comoras (Unión de las)
D7A-D9Z Corea (República de)
54 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

Series de Atribuidas a
distintivos
EAA-EHZ España
EIA-EJZ Irlanda
EKA-EKZ Armenia (República de)
ELA-ELZ Liberia (República de)
EMA-EOZ Ucrania
EPA-EQZ Irán (República Islámica del)
ERA-ERZ Moldova (República de)
ESA-ESZ Estonia (República de)
ETA-ETZ Etiopía (República Democrática Federal de)
EUA-EWZ Belarús (República de)
EXA-EXZ República Kirguisa
EYA-EYZ Tayikistán (República de)
EZA-EZZ Turkmenistán
E2A-E2Z Tailandia
E3A-E3Z Eritrea
E4A-E4Z Autoridad palestina1
E5A-E5Z Nueva Zelandia – Islas Cook (CMR-07)
E6A-E6Z Nueva Zelandia – Niue2
E7A-E7Z Bosnia y Herzegovina (CMR-07)

FAA-FZZ Francia

GAA-GZZ Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

HAA-HAZ Hungría (República de)


HBA-HBZ Suiza (Confederación)
HCA-HDZ Ecuador
HEA-HEZ Suiza (Confederación)
HFA-HFZ Polonia (República de)
HGA-HGZ Hungría (República de)
HHA-HHZ Haití (República de)
HIA-HIZ Dominicana (República)
HJA-HKZ Colombia (República de)
HLA-HLZ Corea (República de)
HMA-HMZ República Popular Democrática de Corea
HNA-HNZ Iraq (República del)
HOA-HPZ Panamá (República de)
HQA-HRZ Honduras (República de)
HSA-HSZ Tailandia
HTA-HTZ Nicaragua
HUA-HUZ El Salvador (República de)
HVA-HVZ Ciudad del Vaticano (Estado de la)
HWA-HYZ Francia
HZA-HZZ Arabia Saudita (Reino de)
H2A-H2Z Chipre (República de)
H3A-H3Z Panamá (República de)
H4A-H4Z Salomón (Islas)
H6A-H7Z Nicaragua
H8A-H9Z Panamá (República de)

IAA-IZZ Italia

1 De conformidad con la Resolución 99 (Rev. Guadalajara 2010) de la Conferencia de


Plenipotenciarios. (CMR-2012)
2 Añadido el 3 de agosto de 2012 después de la impresión del RR2012.
Capítulo 4 55

Series de Atribuidas a
distintivos
JAA-JSZ Japón
JTA-JVZ Mongolia
JWA-JXZ Noruega
JYA-JYZ Jordania (Reino Hachemita de)
JZA-JZZ Indonesia (República de)
J2A-J2Z Djibouti (República de)
J3A-J3Z Granada
J4A-J4Z Grecia
J5A-J5Z Guinea-Bissau (República de)
J6A-J6Z Santa Lucía
J7A-J7Z Dominica (Commonwealth de)
J8A-J8Z San Vicente y las Granadinas

KAA-KZZ Estados Unidos de América

LAA-LNZ Noruega
LOA-LWZ Argentina (República)
LXA-LXZ Luxemburgo
LYA-LYZ Lituania (República de)
LZA-LZZ Bulgaria (República de)
L2A-L9Z Argentina (República)

MAA-MZZ Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

NAA-NZZ Estados Unidos de América

OAA-OCZ Perú
ODA-ODZ Líbano
OEA-OEZ Austria
OFA-OJZ Finlandia
OKA-OLZ República Checa
OMA-OMZ República Eslovaca
ONA-OTZ Bélgica
OUA-OZZ Dinamarca

PAA-PIZ Países Bajos (Reino de los)


PJA-PJZ Países Bajos (Reino de los) – Antillas Neerlandesas
PKA-POZ Indonesia (República de)
PPA-PYZ Brasil (República Federativa del)
PZA-PZZ Suriname (República de)
P2A-P2Z Papua Nueva Guinea
P3A-P3Z Chipre (República de)
P4A-P4Z Países Bajos (Reino de los) – Aruba
P5A-P9Z República Popular Democrática de Corea

RAA-RZZ Federación de Rusia


56 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

Series de Atribuidas a
distintivos
SAA-SMZ Suecia
SNA-SRZ Polonia (República de)
SSA-SSM Egipto (República Árabe de)
SSN-STZ Sudán (República del)
SUA-SUZ Egipto (República Árabe de)
SVA-SZZ Grecia
S2A-S3Z Bangladesh (República Popular de)
S5A-S5Z Eslovenia (República de)
S6A-S6Z Singapur (República de)
S7A-S7Z Seychelles (República de)
S8A-S8Z Sudafricana (República)
S9A-S9Z Santo Tomé y Príncipe (República Democrática de)

TAA-TCZ Turquía
TDA-TDZ Guatemala (República de)
TEA-TEZ Costa Rica
TFA-TFZ Islandia
TGA-TGZ Guatemala (República de)
THA-THZ Francia
TIA-TIZ Costa Rica
TJA-TJZ Camerún (República de)
TKA-TKZ Francia
TLA-TLZ Centroafricana (República)
TMA-TMZ Francia
TNA-TNZ Congo (República del)
TOA-TQZ Francia
TRA-TRZ Gabonesa (República)
TSA-TSZ Túnez
TTA-TTZ Chad (República del)
TUA-TUZ Côte d'Ivoire (República de)
TVA-TXZ Francia
TYA-TYZ Benin (República de)
TZA-TZZ Malí (República de)
T2A-T2Z Tuvalu
T3A-T3Z Kiribati (República de)
T4A-T4Z Cuba
T5A-T5Z Somalí (República Democrática)
T6A-T6Z Afganistán
T7A-T7Z San Marino (República de)
T8A-T8Z Palau (República de)

UAA-UIZ Federación de Rusia


UJA-UMZ Uzbekistán (República de)
UNA-UQZ Kazajstán (República de)
URA-UZZ Ucrania
Capítulo 4 57

Series de Atribuidas a
distintivos
VAA-VGZ Canadá
VHA-VNZ Australia
VOA-VOZ Canadá
VPA-VQZ Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
VRA-VRZ China (República Popular de) – Hong Kong
VSA-VSZ Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
VTA-VWZ India (República de la)
VXA-VYZ Canadá
VZA-VZZ Australia
V2A-V2Z Antigua y Barbuda
V3A-V3Z Belice
V4A-V4Z Saint Kitts y Nevis (Federación de)
V5A-V5Z Namibia (República de)
V6A-V6Z Micronesia (Estados Federados de)
V7A-V7Z Marshall (República de las Islas)
V8A-V8Z Brunei Darussalam

WAA-WZZ Estados Unidos de América

XAA-XIZ México
XJA-XOZ Canadá
XPA-XPZ Dinamarca
XQA-XRZ Chile
XSA-XSZ China (República Popular de)
XTA-XTZ Burkina Faso
XUA-XUZ Camboya (Reino de)
XVA-XVZ Viet Nam (República Socialista de)
XWA-XWZ Lao (República Democrática Popular)
XXA-XXZ China (República Popular de) - Macao (CMR-07)
XYA-XZZ Myanmar (Unión de)

YAA-YAZ Afganistán
YBA-YHZ Indonesia (República de)
YIA-YIZ Iraq (República del)
YJA-YJZ Vanuatu (República de)
YKA-YKZ República Árabe Siria
YLA-YLZ Letonia (República de)
YMA-YMZ Turquía
YNA-YNZ Nicaragua
YOA-YRZ Rumania
YSA-YSZ El Salvador (República de)
YTA-YUZ Serbia (República de) (CMR-07)
YVA-YYZ Venezuela (República Bolivariana de)
Y2A-Y9Z Alemania (República Federal de)

ZAA-ZAZ Albania (República de)


ZBA-ZJZ Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
ZKA-ZMZ Nueva Zelandia
ZNA-ZOZ Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
ZPA-ZPZ Paraguay (República del)
58 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

Series de Atribuidas a
distintivos
ZQA-ZQZ Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
ZRA-ZUZ Sudafricana (República)
ZVA-ZZZ Brasil (República Federativa del)
Z2A-Z2Z Zimbabwe (República de)
Z3A-Z3Z La ex República Yugoslava de Macedonia
Z8A-Z8Z Sudán del Sur (República de)3

2AA-2ZZ Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

3AA-3AZ Mónaco (Principado de)


3BA-3BZ Mauricio (República de)
3CA-3CZ Guinea Ecuatorial (República de)
3DA-3DM Swazilandia (Reino de)
3DN-3DZ Fiji (República de)
3EA-3FZ Panamá (República de)
3GA-3GZ Chile
3HA-3UZ China (República Popular de)
3VA-3VZ Túnez
3WA-3WZ Viet Nam (República Socialista de)
3XA-3XZ Guinea (República de)
3YA-3YZ Noruega
3ZA-3ZZ Polonia (República de)

4AA-4CZ México
4DA-4IZ Filipinas (República de)
4JA-4KZ Azerbaiyana (República)
4LA-4LZ Georgia
4MA-4MZ Venezuela (República Bolivariana de)
4OA-4OZ Montenegro (CMR-07)
4PA-4SZ Sri Lanka (República Socialista Democrática de)
4TA-4TZ Perú
*4UA-4UZ Naciones Unidas
4VA-4VZ Haití (República de)
4XA-4XZ Israel (Estado de)
4WA-4WZ Timor-Leste (República Democrática de) (CMR-03)
*4YA-4YZ Organización de la Aviación Civil Internacional
4ZA-4ZZ Israel (Estado de)

5AA-5AZ Libia
5BA-5BZ Chipre (República de)
5CA-5GZ Marruecos (Reino de)
5HA-5IZ Tanzanía (República Unida de)
5JA-5KZ Colombia (República de)
5LA-5MZ Liberia (República de)
5NA-5OZ Nigeria (República Federal de)
5PA-5QZ Dinamarca
5RA-5SZ Madagascar (República de)
5TA-5TZ Mauritania (República Islámica de)
5UA-5UZ Níger (República del)
5VA-5VZ Togolesa (República)
5WA-5WZ Samoa (Estado Independiente de)
5XA-5XZ Uganda (República de)
5YA-5ZZ Kenya (República de)

3 Añadido inmediatamente después de la impresión del RR2012.


Capítulo 4 59

Series de Atribuidas a
distintivos
6AA-6BZ Egipto (República Árabe de)
6CA-6CZ República Árabe Siria
6DA-6JZ México
6KA-6NZ Corea (República de)
6OA-6OZ Somalí (República Democrática)
6PA-6SZ Pakistán (República Islámica del)
6TA-6UZ Sudán (República del)
6VA-6WZ Senegal (República del)
6XA-6XZ Madagascar (República de)
6YA-6YZ Jamaica
6ZA-6ZZ Liberia (República de)

7AA-7IZ Indonesia (República de)


7JA-7NZ Japón
7OA-7OZ Yemen (República del)
7PA-7PZ Lesotho (Reino de)
7QA-7QZ Malawi
7RA-7RZ Argelia (República Argelina Democrática y Popular)
7SA-7SZ Suecia
7TA-7YZ Argelia (República Argelina Democrática y Popular)
7ZA-7ZZ Arabia Saudita (Reino de)

8AA-8IZ Indonesia (República de)


8JA-8NZ Japón
8OA-8OZ Botswana (República de)
8PA-8PZ Barbados
8QA-8QZ Maldivas (República de)
8RA-8RZ Guyana
8SA-8SZ Suecia
8TA-8YZ India (República de la)
8ZA-8ZZ Arabia Saudita (Reino de)

9AA-9AZ Croacia (República de)


9BA-9DZ Irán (República Islámica del)
9EA-9FZ Etiopía (República Democrática Federal de)
9GA-9GZ Ghana
9HA-9HZ Malta
9IA-9JZ Zambia (República de)
9KA-9KZ Kuwait (Estado de)
9LA-9LZ Sierra Leona
9MA-9MZ Malasia
9NA-9NZ Nepal (República Democrática Federal de)
9OA-9TZ República Democrática del Congo
9UA-9UZ Burundi (República de)
9VA-9VZ Singapur (República de)
9WA-9WZ Malasia
9XA-9XZ Rwanda (República de)
9YA-9ZZ Trinidad y Tabago

* Serie atribuida a una organización internacional.


60 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

RESOLUCIÓN 641 (Rev.HFBC-87)

Utilización de la banda de frecuencias 7 000-7 100 kHz

La Conferencia Administrativa Mundial de Radiocomunicaciones para la planificación de las


bandas de ondas decamétricas atribuidas al servicio de radiodifusión (Ginebra, 1987),

considerando

a) que no es conveniente, y por tanto debe evitarse, la compartición de las bandas de


frecuencias por los servicios de radiodifusión y de aficionados;

b) que conviene que existan atribuciones mundiales exclusivas para estos servicios en la
banda 7;

c) que la banda 7 000-7 100 kHz está atribuida exclusivamente, con carácter mundial, al
servicio de aficionados,

resuelve

que se prohíba la utilización de la banda 7 000-7 100 kHz por el servicio de radiodifusión, y que
las estaciones de radiodifusión que trabajen en frecuencias de esta banda dejen de funcionar en
ellas,

insta

a las administraciones responsables de las estaciones de radiodifusión que funcionan en


frecuencias de la banda 7 000-7 100 kHz a tomar las medidas necesarias para el cese inmediato de
dicho funcionamiento,

encarga al Secretario General

que señale la presente Resolución a la atención de las administraciones.


Capítulo 4 61

RESOLUCIÓN 642

Relativa a la puesta en servicio de estaciones terrenas


del servicio de aficionados por satélite

La Conferencia Administrativa Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 1979),

reconociendo

que los procedimientos de los Artículos 9 y 11 son aplicables al servicio de aficionados por satélite,

reconociendo igualmente

a) que las características de las estaciones terrenas utilizadas en el servicio de aficionados


por satélite varían ampliamente;

b) que las estaciones espaciales del servicio de aficionados por satélite están destinadas
al acceso por estaciones terrenas de aficionado situadas en todos los países;

c) que la coordinación entre las estaciones de los servicios de aficionados y de


aficionados por satélite se efectúa sin que sean necesarios procedimientos formales;

d) que en cumplimiento de las disposiciones del número 25.11 la responsabilidad de


poner fin a cualquier interferencia perjudicial incumbe a la administración que autoriza una
estación espacial del servicio de aficionados por satélite,

observa

que algunas informaciones especificadas en el Apéndice 4 no pueden razonablemente


proporcionarse para las estaciones terrenas del servicio de aficionados por satélite,

resuelve

1 que cuando una administración (o la administración que actúe en nombre de un grupo


de administraciones designadas) se proponga establecer un sistema de satélites del servicio de
aficionados por satélite y desee publicar informaciones relativas a las estaciones terrenas de dicho
sistema, podrá:

1.1 comunicar a la Oficina de Radiocomunicaciones toda o parte de la información


enumerada en el Apéndice 4; la Oficina publicará dicha información en una Sección especial de
su BR IFIC, recabando las eventuales observaciones en un plazo de cuatro meses a partir de la
fecha de publicación;

1.2 notificar, en virtud de los números 11.2 a 11.8 toda o parte de la información
enumerada en el Apéndice 4; la Oficina procederá a su inscripción en una lista especial;

2 que esta información comprenda por lo menos las características de una estación
terrena tipo del servicio de aficionados por satélite que disponga de los medios necesarios para
transmitir señales a la estación espacial con el fin de iniciar, modificar o poner término a las
funciones de la estación espacial.
62 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

RESOLUCIÓN 644 (Rev.CMR-12)

Recursos de radiocomunicaciones para la alerta temprana, la mitigación


de los efectos de las catástrofes y las operaciones de socorro

La Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2012),

considerando
a) que se ha instado a las administraciones a que tomen todas las medidas posibles para
facilitar la rápida instalación y la utilización eficaz de los medios de telecomunicación destinados
a la alerta temprana, a la mitigación de los efectos de las catástrofes y las operaciones de socorro
en caso de catástrofe, reducir y, cuando sea posible, suprimir las barreras reglamentarias e
intensificar la cooperación mundial, regional y transfronteriza entre Estados;
b) que las modernas tecnologías de telecomunicaciones constituyen un instrumento
esencial para atenuar las consecuencias de las catástrofes y para las operaciones de socorro, así
como la función esencial de las telecomunicaciones y las TIC para la seguridad y la protección de
los socorristas en el terreno;
c) las necesidades particulares de los países en desarrollo y en especial las de las personas
que viven en zonas de alto riesgo expuestas a las catástrofes o en zonas remotas;
d) el trabajo que ha realizado el Sector de Normalización de las Telecomunicaciones para
normalizar el protocolo de alerta común (CAP) mediante la aprobación de una Recomendación
CAP específica;
e) que en el Plan Estratégico de la Unión para el periodo 2012-2015 «la necesidad de la
utilización eficaz de las telecomunicaciones/TIC y otras tecnologías modernas durante situaciones
críticas de emergencia como elemento indispensable de la previsión, detección, alerta temprana y
gestión de situaciones de catástrofe, de la atenuación de sus efectos y de las estrategias de socorro»
se considera una prioridad de la UIT en este periodo;
f) que, en las zonas afectadas la mayor parte de las redes terrenales ha resultado dañada
durante las catástrofes recientes,

reconociendo
a) el Artículo 40 de la Constitución «Prioridad de las telecomunicaciones relativas a la
seguridad de la vida humana»;
b) el Artículo 46 de la Constitución «Llamadas y mensajes de socorro»;
c) el número 91 de la Agenda de Túnez para la Sociedad de la Información adoptada en
la segunda Fase de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información y su disposición c):
«el rápido establecimiento de sistemas normalizados de vigilancia y alerta temprana en todo el
mundo vinculados a redes nacionales y regionales, así como la facilitación de actividades de
respuesta ante emergencias en todo el mundo, en particular en las regiones de alto riesgo»;
d) la Resolución 34 (Rev. Hyderabad, 2010) de la Conferencia Mundial de Desarrollo de
las Telecomunicaciones sobre la función de las telecomunicaciones/tecnologías de la información
y la comunicación en la preparación, la alerta temprana, el salvamento, las operaciones de socorro
y la respuesta en situaciones de catástrofe, y la atenuación de sus efectos así como la
Cuestión 22-1/2 del UIT-D «Utilización de las TIC para la preparación, mitigación y respuesta en
caso de catástrofe»;
Capítulo 4 63

e) la Resolución 36 (Rev. Guadalajara, 2010) de la Conferencia de Plenipotenciarios


sobre las telecomunicaciones y las tecnologías de la información y la comunicación al servicio de
la asistencia humanitaria;

f) la Resolución 136 (Rev. Guadalajara, 2010) de la Conferencia de Plenipotenciarios


sobre la utilización de las telecomunicaciones/tecnologías de la información y la comunicación en
el control y la gestión de situaciones de emergencia y catástrofes para la alerta temprana, la
prevención, la disminución de los efectos de las catástrofes y las operaciones de socorro;

g) la Resolución UIT-R 53 sobre la utilización de las Radiocomunicaciones para la


respuesta y las operaciones de socorro en caso de catástrofe;

h) la Resolución UIT-R 55 sobre estudios del UIT-R para la predicción y detección de


catástrofes, la atenuación de las consecuencias de las catástrofes y las operaciones de socorro,

observando

los numerosos puntos comunes entre esta Resolución y la Resolución 646 (Rev.CMR-12) sobre la
protección del público y el socorro en situaciones de catástrofes, y la Resolución 647
(Rev.CMR-12) sobre orientaciones para la gestión del espectro para las radiocomunicaciones en
emergencias y operaciones de socorro en casos de catástrofe, y la necesidad de coordinar las
actividades desarrolladas en aplicación de estas Resoluciones para evitar posibles duplicaciones,

resuelve

1 que el Sector de Radiocomunicaciones de la UIT (UIT-R) continúe estudiando, con


carácter de urgencia, los aspectos de las radiocomunicaciones/TIC relacionados con la alerta
temprana, la mitigación de los efectos de las catástrofes y las operaciones de socorro, tales como
los medios de telecomunicaciones descentralizados, apropiados y generalmente disponibles,
incluidos las instalaciones terrenales y de satélite de radioaficionados y los terminales de satélite
móviles y portátiles, así como la utilización de sistemas de detección pasivos espaciales;

2 instar a las Comisiones de Estudio del UIT-R, teniendo en cuenta el alcance de los
actuales estudios y actividades enumeradas en el Anexo a la Resolución UIT-R 55, a acelerar su
trabajo, particularmente en lo referente a la predicción y detección de catástrofes, la mitigación de
las consecuencias de las catástrofes y las operaciones de socorro,

encarga al Director de la Oficina de Radiocomunicaciones

1 que apoye a las administraciones en sus trabajos destinados a aplicar las


Resoluciones 36 (Rev. Guadalajara, 2010) y 136 (Rev. Guadalajara, 2010), así como el Convenio
de Tampere;

2 que colabore de la forma apropiada con el Grupo de Trabajo ad hoc sobre


Telecomunicaciones en Situaciones de Emergencia de las Naciones Unidas (WGET);

3 que participe y contribuya en las actividades del Grupo Especial de Coordinación de


las Telecomunicaciones para Operaciones de Socorro en Casos de Catástrofe (PCP-TDR);

4 que coordine las actividades desarrolladas en el contexto de la presente Resolución, la


Resolución 646 (Rev.CMR-12) y la Resolución 647 (Rev.CMR-12) para evitar posibles
duplicaciones.
64 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

CAPÍTULO 5

CUESTIONES DEL UIT-R RELATIVAS A LOS


SERVICIOS DE AFICIONADOS

CUESTIÓN UIT-R 48-6/5

Técnicas y utilización de frecuencias en los servicios de aficionados


y aficionados por satélite
(1978-1982-1990-1993-1998-2003-2007)

http://www.itu.int/pub/R-QUE-SG05.48

CUESTIÓN UIT-R 209-4/5

Utilización de los servicios móviles, de aficionados y de aficionados por satélite


para facilitar las radiocomunicaciones en casos de catástrofe
(1995-1998-2006-2007-2012)

http://www.itu.int/pub/R-QUE-SG05.209
Capítulo 6 65

CAPÍTULO 6

RECOMENDACIONES DEL UIT-R RELATIVAS A LOS


SERVICIOS DE AFICIONADOS

RECOMENDACIÓN UIT-R M.1041-2


Futuros sistemas de radiocomunicaciones de aficionados
(Cuestión UIT-R 48/8)
(1994-1998-2003)

Cometido
La presente Recomendación define los objetivos y características en materia de diseño que convendría tener
en cuenta en la elaboración de los futuros sistemas de los servicios de aficionados y de aficionados por satélite.
Se incluyen en ella consideraciones generales, de tipo técnico y de funcionamiento.

http://www.itu.int/rec/R-REC-M.1041/en

RECOMENDACIÓN UIT-R M.1042-3


Comunicaciones de los servicios de aficionados y aficionados
por satélite en situaciones de catástrofe
(Cuestión UIT-R 48/8)
(1994-1998-2003-2007)

Cometido
En la presente Recomendación se dan orientaciones sobre el desarrollo de redes de los servicios de aficionados
y aficionados por satélite que sustentan la preparación y las radiocomunicaciones durante operaciones de
socorro en situaciones de catástrofe.

http://www.itu.int/rec/R-REC-M.1042/en
66 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

RECOMENDACIÓN UIT-R M.1043-2


Utilización de los servicios de aficionados y de aficionados
por satélite en los países en desarrollo
(Cuestión UIT-R 48/8)
(1994-1998-2003)

Cometido
En la presente Recomendación se alienta a las administraciones a propiciar los servicios de aficionados y de
aficionados por satélite para incluir el desarrollo de las calificaciones de los operadores, la capacitación de los
técnicos y la instalación de estaciones de aficionado en áreas rurales y en situaciones de emergencia. Se
fomenta el recurso a los voluntarios y la adaptación a las necesidades específicas de los países en desarrollo

http://www.itu.int/rec/R-REC-M.1043/en

RECOMENDACIÓN UIT-R M.1044-2


Criterios de compartición de frecuencias en los servicios
de aficionados y de aficionados por satélite
(Cuestión UIT-R 48/8)
(1994-1998-2003)

Cometido
En la presente Recomendación se enumeran los servicios de radiocomunicaciones con los que pueden
compartir fácilmente frecuencias los servicios de aficionados y de aficionados por satélite, y aquellos servicios
con los que resultaría difícil compartir frecuencias. En ella se afirma que los servicios de aficionados operan
con señales relativamente débiles, y prevé procedimientos de reducción de la interferencia que facilitan la
compartición.

http://www.itu.int/rec/R-REC-M.1044/en

RECOMENDACIÓN UIT-R M.1172


Abreviaturas y señales diversas que habrán de utilizarse para
las radiocomunicaciones en el servicio móvil marítimo
(1995)
Rec. UIT-R M.1172

http://www.itu.int/rec/R-REC-M.1172/en
Capítulo 6 67

RECOMENDACIÓN UIT-R M.1544


Calificaciones mínimas de los radioaficionados
(Cuestión UIT-R 48/8)
(2001)

Cometido
En esta Recomendación se definen los niveles de conocimiento operativo y técnico mínimos que han de aplicar
las administraciones para comprobar las calificaciones de una persona que desee explotar una estación en los
servicios de aficionado.

http://www.itu.int/rec/R-REC-M.1544/en

RECOMENDACIÓN UIT-R M.1677-1


Código Morse Internacional
(2004-2009)

Cometido
Esta Recomendación confirma los caracteres del código Morse Internacional y las disposiciones operacionales
que se aplican a su utilización en los servicios de radiocomunicaciones.

http://www.itu.int/rec/R-REC-M.1677/en

RECOMENDACIÓN UIT-R M.1732-1


Características de los sistemas que funcionan en el servicio de aficionados y de
aficionados por satélite para utilizarlas en estudios de compartición
(Cuestión UIT-R 48-4/8)
(2005-2012)

Resumen
En esta Recomendación se recogen las características técnicas y de funcionamiento de los sistemas utilizados
en los servicios de aficionados y de aficionados por satélite con el fin de llevar a cabo estudios de compartición.
Se considera que los sistemas y sus características descritos en esta Recomendación son representativos de los
sistemas que funcionan en las bandas de frecuencias atribuidas a estos servicios entre 135,7 kHz y 81,5 GHz.

http://www.itu.int/rec/R-REC-M.1732/en
68 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

RECOMENDACIÓN UIT-R M.2034


Alfabeto telegráfico para comunicaciones de datos mediante modulación
por desplazamiento de fase a 31 baudios en los servicios de aficionados
y de aficionados por satélite
(Cuestiones UIT-R 48-6/5)

(2013)

Cometido
En esta Recomendación se establece un alfabeto y protocolos de transmisión mediante modulación por
desplazamiento de fase a 31 baudios en los servicios de aficionados y de aficionados por satélite.

http://www.itu.int/rec/R-REC-M.2034/en
Capítulo 7 69

CAPÍTULO 7

INFORMES DEL UIT-R RELATIVOS A LOS


SERVICIOS DE AFICIONADOS

INFORME UIT-R M.2085-1


Cometido de los servicios de aficionados y de aficionados por satélite
en la reducción de los efectos de las catástrofes y las
operaciones de socorro en caso de catástrofe
(Cuestión UIT-R 209-3/5)
(2006-2011)
http://www.itu.int/pub/R-REP-M.2085

INFORME UIT-R M.2117-1


Equipo radioeléctrico especificado por Software en los
servicios móvil terrestre, de radioaficonados y de
radioaficionados por satélite
(2012)
http://www.itu.int/pub/R-REP-M.2117

INFORME UIT-R M.2200


Características de las estaciones de radioaficionados en la gama de
frecuencias 415-526,5 kHz para estudios de compartición
(2010)
http://www.itu.int/pub/R-REP-M.2200
70 Servicios de aficionados y servicios de aficionados por satélite

INFORME UIT-R M.2203


Compatibilidad de las estaciones del servicio de aficionados con
los servicios existentes en la banda 415-526,5 kHz
(2010)
http://www.itu.int/pub/R-REP-M.2203

INFORME UIT -R M.2226


Descripción del servicio de aficionados y su funcionamiento
experimental entre 415 y 526,5 kHz en algunos países
(Cuestión UIT-R 48-6/5)
(2011)

http://www.itu.int/pub/R-REP-M.2203
Capítulo 8 71

CAPÍTULO 8

RECOMENDACIONES DEL UIT-D Y MANUALES RELATIVOS


A LOS SERVICIOS DE AFICIONADOS

Recomendaciones UIT-D http://www.itu.int/rec/D-REC-D/e

Manuales del UIT-D http://www.itu.int/pub/D-HDB

______________
MANUAL SOBRE
SERVICIOS DE AFICIONADOS Y
SERVICIOS DE AFICIONADOS
Unión Internacional de Telecomunicaciones
División de Ventas y Comercialización
ISBN978-92-61-14663-4
ISBN 978-92-61-14663-4SAP id
39094
POR SATÉLITE
Place des Nations
CH-1211 Ginebra 20
Suiza 9 789261 146634
Fax: +41 22 730 5194 Precio: 57 CHF
Tel.: +41 22 730 6141 Impreso en Suiza
E-mail: sales@itu.int Ginebra, 2014
E d i c i ó n d e 2 0 1 4
Web: www.itu.int/publications Derechos de las fotografías: UIT
Oficina de Radiocomunicaciones

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