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Reglamento Interno de La Junta Vecinal 14 de Abril
Reglamento Interno de La Junta Vecinal 14 de Abril
Reglamento Interno de La Junta Vecinal 14 de Abril
REGLAMENTO INTERNO
CAPITULO I
OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN
ARTÍCULO 1 (OBJETO).- El presente Reglamento Interno tiene por objeto de reglamentar al
Estatuto Orgánico de la JUNTA VECINAL BARRIO 14 DE ABRIL del Municipio de Yamparaéz
para el cumplimiento de sus objetivos y fines de dicha Junta Vecinal.
indirecta son todos los afiliados de la JUNTA VECINAL BARRIO 14 DE ABRIL del Municipio
Yamparaéz.
CAPITULO II
DE LOS AFILIADOS, ADMISIÓN Y PERDIDA DE AFILIACIÓN
ARTICULO 3 (DE LOS AFILIADOS).- Son afiliados de la JUNTA VECINAL BARRIO 14 DE ABRIL
los fundadores y los nuevos admitidos domiciliados en dicho barrio.
ARTICULO 4 (DE LA ADMISIÓN).-Los vecinos domiciliados en el barrio determinado, podrán ser
admitidos previa cumplimiento de requisitos.
ARTICULO 5 (REQUISITOS).- I. El vecino solicitante para ser admitido deberá cumplir los
siguientes requisitos:
a. Renuncia voluntaria
C.A.A.
2
b. Por Expulsión
c. Por Fallecimiento.
d. Por perdida de propiedad (transferencia, donación a terceras personas).
CAPITULO III
DERECHOS Y OBLIGACIONES
ARTÍCULO 9 (DE LOS DERECHOS).- Son derechos de los afiliados de la JUNTA VECINAL
BARRIO 14 DE ABRIL:
a. Cumplir y hacer cumplir fielmente las disposiciones del Estatuto, Reglamento Interno y las
Resoluciones legalmente aprobadas por la Asamblea General y el Directorio.
b. Concurrir de manera puntual a las Secciones de la Asamblea General cuando fuere
convocados legalmente.
c. Cumplir las delegaciones o comisiones asignadas por la asamblea general.
d. Cumplir las cuotas ordinarias y extraordinarias que se acuerden legalmente.
e. Desempeñar de manera eficaz y eficiente los cargos para los que fuere elegidos, salvo caso
de fuerza mayor o caso fortuito.
f. Intervenir activamente en las actividades que organice o se promuevan en el seno de
directorio.
g. Guardarse el debido respeto y consideraciones con todos los habitantes.
h. No dañar el buen nombre de la Junta Vecinal Barrio 14 de Abril y de su dirigente.
i. Cuidar los bienes de la Junta Vecinal Barrio 14 de Abril.
C.A.A.
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CAPITULO IV
DE LA ELECCION DEL DIRECTORIO
ARTICULO 11 (ELECCIÓN).- La Directiva cesante convocara a las elecciones de la nueva directiva
con anticipación de 45 días antes del día de elección y serán electos por simple mayoría de los
asamblea presentes. La elección procederá por aclamación o en su caso voto nominal según la
determinación de la Asamblea General Ordinaria.
ARTICULO 12 (REQUISITOS).- Para ser miembro del Directorio se debe cumplir con los siguientes
requisitos.
ARTICULO 13 (PERIODO DE FUNCIONES).- Los miembros del Directorio tendrán una duración
en sus funciones de dos años calendarios, a partir de su posesión, pudiendo ser elegidos por una
sola gestión consecutiva y discontinuamente sin límite alguno.
ARTÍCULO 15 (EX MIEMBROS DEL DIRECTORIO).- Los Miembros del Directorio se constituyen
automáticamente en comité asesor, quienes podrán ser convocados por el directorio en ejercicio
casos necesarios.
CAPITULO V
FALTAS Y SANCIONES
ARTÍCULO 18 (FALTAS).- Las faltas son las siguientes:
a) Faltas leves
C.A.A.
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b) Faltas graves.
c) Gravísimas.
ARTICULO 22 (SANCIONES FALTAS LEVES).- Las faltas leves serán pasibles a una multa de 5
bolivianos, en caso de incumplimiento se duplicarán las multas.
ARTÍCULO 23 (SANCIONES FALTAS GRAVES).- Las faltas graves serán sancionadas según su
gravedad;
a. Multa de 50 bolivianos
b. Dos días de Trabajos en beneficio de la Junta.
C.A.A.
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CAPITULO VI
DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO 27 (MODIFICACIONES Y REFORMAS).- Las modificaciones y reformas al presente
Reglamento Interno, podrán realizarse en consenso general de todos los afiliados de la junta vecinal
en forma parcial, o total conforme al siguiente procedimiento:
a. Por decisión de Asamblea, se elegirá a 5 personas de entre los afiliados activos y presentes,
para conformar la comisión revisora de Estatuto orgánico.
b. La comisión tendrá un plazo de trabajo de 15 días calendario, al cumplirse este plazo se
convocará a una asamblea ordinaria para su presentación, análisis y aprobación.
Es dado en el salón de reuniones de la Junta Vecinal del Barrio de 14 de Abril del Municipio
Yamparaéz a los 15 días del mes de septiembre de dos mil catorce años.
FIRMADO:
PRESIDENTE VICEPRESIDENTE
JUNTA VECINAL DEL BARRIO 14 DE ABRIL JUNTA VECINAL DEL BARRIO 14 DE ABRIL
C.A.A.
DELEGADO FED-JUVE VOCAL I
JUNTA VECINAL DEL BARRIO 14 DE ABRIL JUNTA VECINAL DEL BARRIO 14 DE ABRIL