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Ddu 413
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SANTIAGO,
1 2 SET. 2018
A SEGÚN DISTRIBUCIÓN.
2. Que , con fecha 15 de febrero del año en curso, fu e publi cada en el diario oficia l la
Ley 21. 078 , sobre Tran sparencia del Mercado de Sue lo e Impu est o al Aum ento de
Valor por Amp liación del Límite Urbano, esta blecie ndo en su artículo tran sitorio
que ésta come nza rá a regir seis meses despu és de su publicación .
Por ot ra parte, el artícu lo quinto de la menci on ad a Ley esta blece , en su inci so
prime ro , lo sig uiente :
"Artículo quinto. - Declárase, interpretando los artículos 183 y 184 del
decreto con fu erza de ley N° 4 58, de 1 975, del Ministerio de Vivienda y
Urb anismo, Ley Gene ra l de Urb anismo y Cons t r ucciones, que son válidos
los in centivos o condiciones que hubieran contemplado los Planes
Reguladores Intercomunales o Com una les con ante riorida d a la vigen cia de
la ley N° 2 0.958, qu e esta blece un siste ma de ap ortes al espacio público. "
3. Luego, la men cion ada Circular DD U 405, en su punto 6 indica: "La Ley 21.078
también agregó en su artículo Quinto, un a interpretación a los artículos 183 y
184, en el sent ido qu e se entienden válidos los in centivos o condiciones que
hubieran con te mpla do los PRI o PRC, interpretación qu e, en conform idad a la
disposición t ran sitoria a la qu e alude en el número 2 de esta Circ ula r, solo será
aplicable un a vez cump lido el plazo de seis m eses de publicada la Ley 21.078 en
el Diario Oficial. "
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! Ministerio de Vivienda y Urbanismo - Alam eda 924 - Santiago - Chile Página 1 de 2
4. En esa virtud, y dado que el artículo en cuestión comenzó a regir con fecha 15 de
agosto del año en curso, y conforme a su tenor literal, no cabe sino concluir que a
partir de la fecha señalada son válidos todos y cada uno de los incentivos y
condiciones contenidos en los planes reguladores intercomunales o metropolitanos
y en los planes reguladores comunales, siempre que hayan sido establecidos con
anterioridad a la vigencia de la Ley 20.958 que Establece un Sistema de Aportes
al Espacio Público, es decir antes del 15 de octubre de 2016.
R U IÓN:
Sr. Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Sr. Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.
Sr . Contralor General de la República .
Biblioteca del Congreso Nacional.
Sres. Intendentes Regiona les de todas las Regiones.
Sres . Jefes de División MINVU.
Contraloría Interna MINVU.
Sres. Secretarios Regionales Ministeriales MINVU.
Sres. Directores Regionales SERVIU.
Sres. Directores de Obras Mun icipales (a/c SEREMI MINVU) .
Sres . Asesores Urbanistas (a/c SEREMI MINVU) .
Sres. Secretarios Comunales de Planificación y Coordinación (a/c SEREMI MINVU).
Depto . de Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (GORE Metropolitano).
Sres. Jefes Depto. D.D.U.
Sres. Jefes Depto. D. U. e I. SEREMI Regionales.
Cámara Chilena de la Construcción.
Instituto de la Construcción.
Colegio de Arquitectos de Chile.
Asociac ión Chilena de Munic ipal idades.
Sr. Secretario Ejecutivo Consejo de Monumentos Nacionales.
Biblioteca MINVU
Mapoteca D.O.U.
OIRS .
Jefe SIAC.
Archivo DDU.
Oficina de Partes O.O.U.
Ofic ina de Partes MINVU Ley 20 .285 artículo 7 letra g.