Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Tema 1 - Diapositivas - Sieyès

Descargar como pdf o txt
Descargar como pdf o txt
Está en la página 1de 51

CLÁSICOS DEL

CONSTITUCIONALISMO

Emmanuel Joseph Sieyès

Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional


Emmanuel Joseph Sieyès

Retrato de Jacques- Louis David


Emmanuel Joseph Sieyès

“Elespíritu de Sieyès es el espíritu


mismo de la Revolución Francesa”

Paul Bastid
(Sieyès et sa pensèe)

2016
Emmanuel Joseph Sieyès

“Francia aún está en deuda con quien, sin


duda alguna, es el más importante de
los pensadores de la Revolución de
1789”

David Pantoja Morán


(Escritos políticos de Sieyès)

2016
Emmanuel Joseph Sieyès
“… habrá que reconocer en el abate Sieyès el
espíritu inmortal de la Revolución Francesa en
uno de sus aspectos más perdurables.
Comparados con él, desde ese punto de vista, los
demás protagonistas solo ocupan el lugar de
ejecutores y realizadores, cuando no de
corifeos.”

Carlos Sánchez Viamonte


(El Poder Constituyente)

2016
RESEÑA BIOGRÁFICA

 El 3 de marzo de 1748 vino al mundo en la


localidad de Fréjus, ubicada al sur de
Francia, Emmanuel Joseph Sieyès.
 El quinto de ocho hijos de la familia
formada por Honoré y Anne Sieyés,
quienes eran plebeyos, pero con cierto tinte
de sangre noble en sus venas y de
mentalidad conservadora.

2016
RESEÑA BIOGRÁFICA

 Hasta que cumplió los 14 años de edad fue


educado por un tutor, por los jesuitas y por los
regentes del Colegio de los Doctrinaires de
Draguignan, ingresando en 1762, a instancias
de sus padres, al Seminario de San Sulpice en
París, apoyado por Césargues, Vicario General
de Fréjus y amigo de su padre.
 Durante su preparación sacerdotal, que duró
diez años, hasta 1772, estudió filosofía y
teología, adquiriendo una reputación de hábil
estudiante.
2016
RESEÑA BIOGRÁFICA
 En 1773 fue ordenado sacerdote. Sobre su estancia en el
Seminario de San Sulpice en París, Pantoja comenta:

“Diez años pasa Sieyès en el seminario, no para estudiar teología,


ya que, contentándose con la licenciatura, desdeña el doctorado,
tampoco para cumplir con los deberes del ministerio sagrado, pues
ni ocupa el púlpito, ni imparte sacramentos, sino que su
confinamiento tiene como móvil su aislamiento del mundo para
dedicarse a la meditación. Sus superiores dejaron notas con
observaciones sobre él, que testimonian el presentimiento de lo que
algún día será: ‘el abate Sieyès, tan poco abate’, como lo concibe
Chevallier, o ‘el Descartes de la política’, como lo llamará Saint-
Beuve. Sin verdadera vocación para el ejercicio activo de su
ministerio, pero compelido por lo exiguo de su fortuna, Sieyès debía
encontrar sus medios de existencia en la profesión abrazada y, así,
se consagra a los aspectos administrativos del clero…”

2016
RESEÑA BIOGRÁFICA
 El 20 de octubre de 1774, a raíz de los pedidos hechos por
amigos influyentes y a la par con el ascenso de Luis XVI al
trono obtuvo la promesa de ser nombrado canónico en
Bretaña, pero tal honor no le trajo ventajas pecuniarias hasta
la muerte del titular. Recién a fines de 1775 recibió su primer
real empleo, como secretario del Monseñor Lubersac, Obispo
de Tréguier.

 En 1780 acompañó a Lubersac como su Vicario General,


quien fue transferido a la Diócesis de Chartres,
convirtiéndose con el tiempo en canónico de la catedral y en
Canciller de la Diócesis. Con este motivo vivió en París,
disfrutando de la alta estima de su orden debido a su
inteligencia y continuó con sus estudios filosóficos.

2016
RESEÑA BIOGRÁFICA
 Se tienen muy pocos datos de su vida durante los años
anteriores a la revolución, por lo que se presume que debe
haber estado ocupado en sus trabajos administrativos en
París y Chartres.
 Se sabe que en 1780 escribió destacando la importancia de
las asambleas provinciales -que venían fracasando-,
sosteniendo que eran las únicas asambleas de propietarios y
proponiendo su unificación, pergeñando las ideas que años
más tarde desarrollaría en defensa del Tercer Estado.
 Se conoce que 1787 fue un año de especial significación
para el abate, ya que en ese año fue consejero del
Parlamento de París e inició sus actividades políticas como
representante del clero en la Asamblea Provincial de
Orléanais, que sesionó solo un corto tiempo -del 17 de
noviembre al 22 de diciembre de dicho año.

2016
RESEÑA BIOGRÁFICA
 Entre los últimos meses del año siguiente, 1788, y los
primeros de 1789, a raíz de la convocatoria a los Estados
Generales realizada por el Rey Luis XVI, aparecieron en
Francia una gran cantidad de escritos con mensajes que
cuestionaban el orden existente y planteaban lo que sus
autores consideraban urgentes reformas para lograr salvar
Francia. Uno de aquellos folletos, el principal y que sin duda
alguna causó sensación, fue el elaborado por Sieyès bajo el
título ¿Qué es el Tercer Estado? (Qu’est-ce que le Tiers
Etat?).
 En la segunda etapa de su vida pública, el abate Sieyés se
convirtió en un personaje discutido al apoyar activamente a
Napoleón Bonaparte, llegando a ser uno de sus tres cónsules
provisionales y, posteriormente, senador; falleciendo el año
1836 a la edad de 88 años.

2016
EL TIEMPO DE SIEYÈS

Jacques-Louis David: “El Juramento del Juego de la Pelota: los


representantes del Tercer Estado dando a Francia una Constitución, 20 de
junio de 1789”
EL TIEMPO DE SIEYÈS

 Emmanuel Joseph Sieyès vivió entre 1748 y 1836.


Es decir, entre mediados del siglo XVIII y el primer
tercio del siglo XIX, que fue un periodo esencial en
el desarrollo de las ideas políticas y cambios
sociales para la humanidad, en lo que respecta al
mundo occidental.

 En este período se completa y consolida el paso


de la monarquía del derecho divino al inicio de la
democracia moderna, cambiando el eje de la
titularidad del poder político de Dios o la divinidad
al pueblo.
2016
EL TIEMPO DE SIEYÈS
 En el siglo XVII el régimen absolutista se fortaleció
en Francia, contrariamente a lo que aconteció en
Inglaterra, en la que se había ido debilitando.
 Sin embargo, tal fortalecimiento, que tuvo una
expresión importante en la política conquistadora
llevada a cabo en Europa por Luis XIV, valiéndole el
apelativo de “Rey Sol”, y que significó el
mantenimiento de numerosos enfrentamientos
armados, fue costoso y agravó la ya precaria
situación del pueblo; especialmente del Tercer
Estado o burguesía, que era la única obligada a
pagar tributos y a proporcionar soldados al ejército
francés.
2016
EL TIEMPO DE SIEYÈS
 A la muerte de Luis XIV, producida a inicios del siglo
XVIII, el pueblo francés se encontraba en una tremenda
pobreza, a diferencia de la nobleza y del clero que
vivían en la opulencia y en la abundancia.
 El Rey Luis XV consintió abiertamente y a vista de
todos la corrupción y el impudor de la nobleza y del
clero.
 En el gobierno de Luis XVI, que sucedió a Luis XV, el
empobrecimiento y la miseria aumentaron, se siguieron
fomentando los privilegios en las minorías y a ello se
sumó la debilidad del propio rey, quien lejos de
enfrentar y superar la crisis, en la práctica, entregó la
conducción de Francia a algunos de sus allegados de la
nobleza y a la Reina María Antonieta de Austria
revelando la adicional grave crisis de mando existente.
2016
EL TIEMPO DE SIEYÈS
 La nobleza y el clero poseían las dos terceras partes de
las tierras en Francia, no pagaban impuestos y recibían
pensiones y sinecuras, mientras que la burguesía, que
llevaba bajo sus hombros el peso de la crisis y el costo
del aparato productivo del país, poseía un mínimo de
las tierras, pagaba elevados tributos y sufragaba los
costos de las pensiones.
 A este preocupante escenario se sumó la reducción de
la producción agrícola de alimentos para la población y
de materias primas para la industria, a causa de
prolongadas sequías, lo que además provocó una gran
desocupación, que obligó al Rey Luis XVI a exigir a la
nobleza y al clero el pago de tributos, en decisión que
motivó resistencia y disgusto
2016
EL TIEMPO DE SIEYÈS
 A punto de un estallido social y político, los
Ministros Turgor, Necker y Brienne, que habían
propuesto la imposición de tributos a la nobleza y
al clero, recomendaron al rey que, como medida de
solución, procediera a convocar a los tres
estamentos de la sociedad francesa – la nobleza,
el alto clero y el estado llano o Tercer Estado – a
Estados o Asambleas Generales, que no se habían
reunido desde 1617, por la marcada tradición
absolutista francesa, que minimizaba todo atisbo
participacionista de la población. Luis XVI aceptó
la recomendación de sus ministros.

2016
EL TIEMPO DE SIEYÈS
 El rey, a fines de 1787 convocó a la nobleza, al alto
clero y al estado llano; decisión que implicaba que
se eligieran a los diputados de cada Estado
General.
 Llevadas a cabo las elecciones producidas al
efecto, la nobleza obtuvo 148 diputados, el alto
clero 247 y el Tercer Estado o burguesía 500.
 Sin embargo, en la reunión de los tres Estados
Generales cada estamento representaba un voto.
Vale decir, que la nobleza tenía un voto, el alto
clero un voto y la burguesía un voto, sin importar el
número de diputados de cada estamento, lo cual
colocaba siempre en desventaja al Tercer Estado.
2016
EL TIEMPO DE SIEYÈS
 El 5 de mayo de 1789 se reunieron los Estados
Generales en Versalles, oportunidad en la que los
diputados del Tercer Estado comprobaron que los
representantes de la nobleza y del alto clero traían
pre-acuerdos sobre la mayoría de las cuestiones
económicas que se someterían al pleno, con el
obvio propósito de asegurar la imposición de sus
decisiones; comprobación frente a la cual los
diputados del Tercer Estado propusieron que se
modificara el sistema a un voto por diputado y no
por Estado, recogiendo los planteamientos
formulados por el diputado Emmanuel Joseph
Sieyès.
2016
EL TIEMPO DE SIEYÈS
 El 17 de junio de 1789 los diputados del Tercer
Estado, haciendo eco de las ideas de Sieyés y
argumentando representar el noventa y cinco por
ciento de la Nación, se declararon en Asamblea
Nacional y se señalaron como tareas enfrentar y
resolver la grave crisis por la que atravesaba el
país.
 A pesar de los impedimentos de Luis XVI, quien
cerró Versalles, el 20 de junio de 1789, se
reunieron en la Sala del Juego de la Pelota de
Versalles y juraron “no separarse jamás hasta no
haber dado una Constitución a Francia”,
argumentando que la Nación requería un nuevo
contrato social.
2016
EL TIEMPO DE SIEYÈS
 Luego vendría un proceso revolucionario de varios
años, que comprendió tres etapas claramente
identificables:

a) Una primera etapa, que abarcó desde la transformación


de los Estados Generales en Asamblea Nacional hasta
la conclusión de los trabajos de la Asamblea Legislativa,
en la cual, entre otros episodios, se dio la famosa toma
de la Bastilla (el 14 de julio de 1789), la abolición de los
privilegios feudales (el 4 de agosto de 1789), la sanción
de la Declaración de los Derechos del Hombre y del
Ciudadano (el 26 de agosto de 1789) y la sanción de la
Constitución de 1791, que estableció una monarquía
constitucional;

2016
EL TIEMPO DE SIEYÈS
 Luego vendría un proceso revolucionario de varios
años, que comprendió tres etapas claramente
identificables:
b) Una segunda etapa, que comprendió la aceleración de la
revolución, la convocatoria a una Convención para revisar la
Constitución, la dictadura jacobina y el período de la llamada
“ley del Terror”; etapa en la cual, entre otros episodios, se
produjo el enfrentamiento del pueblo armado a los ejércitos
extranjeros y la ejecución sumaria de unas mil personas entre
el 2 y el 11 de setiembre de 1792, el procesamiento y la
ejecución de Luis XVI en la guillotina el 21 de enero de 1793,
el procesamiento y la ejecución de la Reina María Antonieta
en la guillotina en octubre de 1793 y la expedición de la
mencionada “ley del Terror”, que significó que entre setiembre
de 1793 y julio de 1794 fueran guillotinadas mas de dos mil
personas, acusadas de ser contrarrevolucionarias;
2016
EL TIEMPO DE SIEYÈS
 Luego vendría un proceso revolucionario de varios
años, que comprendió tres etapas claramente
identificables:
c) Una tercera etapa, de cierto deterioro de la
revolución, a partir del denominado golpe de
Termidor y el gobierno del Directorio, en la cual,
entre otros episodios, se dio el arresto de los
jacobinos, la aprobación de la Constitución de
1795 y el descubrimiento de la conspiración de los
iguales.

2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS

¿Que es el Tercer Estado?, panfleto de 1789


RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
 Antes de hacer referencia a la producción de Sieyès que
seguidamente se aborda de manera muy breve, es pertinente
efectuar algunas precisiones como lineamientos
bibliográficos. Debe distinguirse entre los escritos que se
imprimieron, que no son muchos, de los escritos que no se
imprimieron, comúnmente llamados manuscritos, que son
numerosos y no presentan un orden determinado; así como
entre los documentos protocolares, que se evacuaron por el
ejercicio de las funciones oficiales que le cupo desempeñar y
sus textos políticos, que son los realmente importantes, entre
los cuales existen algunos de su indiscutible autoría y otros
cuya paternidad se le puede atribuir fundadamente, por la
imputación de sus contemporáneos o las expresiones que lo
identifican. Son algunos de sus escritos políticos los que se
comentan a continuación, en estricto orden cronológico.

2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
CONSIDERACIONES SOBRE LOS MEDIOS DE
EJECUCIÓN DE LOS CUALES LOS REPRESENTANTES
DE FRANCIA PODRÁN DISPONER EN 1789.
El abate en sus posteriores trabajos hará numerosas referencias
a este texto, más que a ningún otro, en el cual da una fervorosa
respuesta a la declaración formulada por el Rey Luis XVI al
lanzar la convocatoria a los Estados Generales para Asamblea
Nacional, quien invocó como fundamento de su decisión la
tradición histórica francesa, lo cual para Sieyès era una burda
farsa, si se tiene en cuenta que los Estados Generales no se
habían reunido desde 1617 (desde hacía más de ciento doce
años) y que la nobleza y el clero eran abiertamente reacios a su
funcionamiento. Considera que la convocatoria se había dado
forzada por las circunstancias de crisis y caos por la que
atravesaba Francia, pero no por una intención sana y sincera,
que nunca existió.
2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
CONSIDERACIONES SOBRE LOS MEDIOS DE
EJECUCIÓN DE LOS CUALES LOS REPRESENTANTES
DE FRANCIA PODRÁN DISPONER EN 1789.
Sieyès, hábilmente, después de desenmascarar al rey en lo
que hace a sus verdaderas motivaciones para convocar a los
Estados Generales, que eran muy ajenas a tradición alguna
y, por el contrario, estaban referidas a la búsqueda
desesperada de una atenuación a la crisis existente,
utilizando coyunturalmente y sin reparos, la figura de los
Estados Generales, rescata su importancia y les atribuye un
rol salvador ante la crisis existente, sembrando esperanzas
en el pueblo francés y ofreciendo la fórmula a aplicar para
que se conviertan en órganos con verdadero poder y con
facultad de ejecución, a través del ejercicio libre y exclusivo
del derecho de legislación y el carácter coercitivo de sus
decisiones.
2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
ENSAYO SOBRE LOS PRIVILEGIOS.
En este ensayo Sieyès destruye los argumentos sostenidos
por los privilegiados a favor de la jerarquía social existente,
por ser incompatibles con los cambios que se venían dando.

Sieyès señala: “El pueblo cree, casi de buena fe, que no


tiene derecho más que a lo que está expresamente permitido
por la ley. Parece ignorar que la libertad es anterior a toda
sociedad, a todo legislador, y que los hombres no se han
asociado más que para poner sus derechos a cubierto de los
atentados de los malos y para entregarse, al abrigo de esta
seguridad, a un desarrollo más amplio, más enérgico y más
fecundo en el goce de sus facultades morales y físicas.”

2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
¿QUÉ ES EL TERCER ESTADO?
Según Pantoja: “Su argumento central consiste en asimilar a
la nación con el Tercer Estado como resultado de la
transformación social que acarreó el impulso a la industria y
al comercio y que implicó la destrucción de la sociedad
feudal. Se suceden cuatro ediciones en el mismo año, pero
solo la última lleva el nombre del autor.”

En el Sieyès formula y desarrolla tres preguntas y


respuestas: ¿qué es el tercer estado? todo; ¿qué representa
actualmente en el orden político? nada; y ¿qué pide? llegar a
ser algo.

2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
¿QUÉ ES EL TERCER ESTADO?

A partir de tales interrogantes y respuestas realiza un análisis


de la situación de la Francia de su tiempo y fundamenta las
razones por las cuales consideraba que el Tercer Estado
equivalía a la propia Francia. Lo era todo. Así, reivindicó a la
burguesía, que estaba constituida por una abrumadora
mayoría de franceses (el pueblo llano), que tenía bajo su
responsabilidad la carga del país, que era la única que
tributaba y que entregaba a sus jóvenes para que sirvieran
como soldados, frente a los otros dos estamentos de la
sociedad francesa (el alto clero y la nobleza), que
conformaban la aristocracia francesa.

2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
¿QUÉ ES EL TERCER ESTADO?

En ese análisis, Sieyés demuestra que las tres preguntas


formuladas eran justas, examina las medidas que se habían
tomado y propone las que debían adoptarse, a fin que el
Tercer Estado llegara a ser algo; desenmascarando a los
otros estamentos de la sociedad francesa (el alto clero y la
nobleza), sosteniendo que no aportaban nada significativo,
para proponer que, siendo el Tercer Estado la esencia de
Francia y su asamblea su auténtica representante, ésta se
convierta en Asamblea Nacional y asuma el poder.

2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
¿QUÉ ES EL TERCER ESTADO?
Su obra tiene seis capítulos.
 En el primero de ellos, el autor muestra que el Tercer Estado, por si
y en forma independiente de los otros estamentos, es una Nación
completa, para lo cual analiza el concepto mismo de Nación,
conforme se verá más adelante.
 En el segundo, trata de demostrar que el Tercer Estado ha sido
nada, por haberse dado una situación de servidumbre, coacción y
de humillación, reclamando un cambio.
 En el capítulo tercero, responde a la pregunta de ¿qué es lo que
pide el Tercer Estado para llegar a ser algo?, formulando tres
peticiones muy concretas: que sus representantes sean escogidos
entre los ciudadanos que verdaderamente pertenecen a él, que sus
diputados sean en número igual a los de los dos Estados
privilegiados y que los Estados Generales no voten por órdenes,
sino por cabezas.
2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
¿QUÉ ES EL TERCER ESTADO?
Su obra tiene seis capítulos.
 En el capítulo cuarto, realiza una revisión de lo que el
gobierno ha intentado y de lo que los privilegiados proponen
respecto del Tercer Estado, detallando en siete puntos cada
una de las propuestas y sus correspondientes críticas.
 En el capítulo quinto hace referencia a lo que hubiera debido
hacerse para lograr el objetivo propuesto, analizando los
principios que debieron tenerse en cuenta y realizando una
fundamentación inédita hasta esa fecha del poder
constituyente y del poder constituido.
 En el capítulo sexto, trata sobre lo que resta hacerse, con
énfasis en los principios que deben regir dicho accionar.

2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
SU IDEA DE NACIÓN

Según Sieyés, el concepto de Nación pertenece al ámbito del


derecho natural, desde que surge a partir de la sumatoria de
voluntades individuales que forman una voluntad común
nacional. Desde este punto de vista la Nación es anterior al
gobierno, el que se da una vez que la Nación ha concluido su
proceso formativo y ha creado su derecho positivo, que
comprende la normatividad que regula al propio gobierno y,
en general, a los individuos que conforman la Nación.

2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
SU IDEA DE CONSTITUCIÓN

Para Sieyés, la Constitución es la organización del poder,


desde que el cuerpo social llamado Nación - sumatoria de
voluntades individuales que conforman una voluntad común
nacional - no podría marchar sin organización, formas y leyes
propias, que hagan posible que cumpla sus funciones como
tal. Por consiguiente, la Constitución nace a partir de los
conceptos de Nación y de poder organizado y, en tal sentido,
solo el pueblo tiene la facultad de crear una Constitución. Es
más, Sieyés liga el concepto de Constitución al de Nación
libre y a la idea que ésta es dada por la voluntad de la
Nación, sobre la cual solo está el derecho natural. En tal
sentido, la Constitución es expresión de aquella voluntad.

2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
SU INÉDITA FORMULACIÓN TEÓRICA DEL CONCEPTO DE
PODER CONSTITUYENTE

De sus conceptos de Nación y de Constitución, Sieyés


decanta uno de sus aportes más importantes. La formulación
teórica, inédita hasta ese entonces, del concepto de poder
constituyente, que entiende como la facultad de la Nación
(que es el origen de todo y sobre la cual solo está el derecho
natural) de establecer o dictar su Constitución, fundada, en
forma exclusiva y excluyente, en la voluntad común nacional.
Es un poder fundacional, que crea una normatividad
constitucional, que es expresión de la voluntad de la Nación y
que establece el marco de desarrollo del poder constituido,
que actúa a partir, en razón de ser y por el poder
constituyente.
2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
SUS IDEAS GERMINALES SOBRE EL CONTROL
CONCENTRADO DE LA CONSTITUCIONALIDAD
 Sieyés construyó la formulación teórica del poder
constituyente y, en consecuencia, del poder constituido,
atribuyéndole al primero una calidad fundacional y reguladora
del segundo. Estableciendo, además, que el segundo debía
moverse “...según sus condiciones constitutivas.”, que
estaban determinadas por el primero.
 Ahora bien, para Sieyés tanto el poder constituyente como el
poder constituido traducen una capacidad normativa. En el
caso del poder constituyente, una capacidad normativa
nacida de la voluntad general nacional, que es fundacional,
reguladora, irrestricta e incondicionada. En el caso del poder
constituido, una capacidad normativa nacida del poder
delegado por el poder constituyente, que está restringida y
condicionada por las limitaciones establecidas por aquel.
2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
SUS IDEAS GERMINALES SOBRE EL CONTROL
CONCENTRADO DE LA CONSTITUCIONALIDAD

 De este raciocinio de Sieyés, se desprende que las normas


emanadas del poder constituido debían guardar armonía y
concordancia plena con las normas emanadas del poder
constituyente, que constituían su parámetro de acción,
desarrollo y medición. Por consiguiente, en la lógica de
Sieyés se dio la problemática de la constitucionalidad y la
preocupación manifiesta por resguardarla, a pesar que no
utilizó expresamente la palabra constitucionalidad. Sin
embargo, se refirió a las expresiones “orden constitucional”,
actos inconstitucionales” y “declaración de
inconstitucionalidad”.

2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
SUS IDEAS GERMINALES SOBRE EL CONTROL
CONCENTRADO DE LA CONSTITUCIONALIDAD

 Como puede colegirse del análisis del momento en el que Sieyés


desarrolló sus ideas (fines del siglo XVII), resultaba premonitoria su
preocupación por evitar que el poder constituido incurriera en
excesos, al dictar normas que transgredieran la Constitución;
preocupación que se vio incrementada por los desbordes
normativos del recién inaugurado Parlamento Francés y del propio
gobierno que se dieron a partir del estallido de la revolución
francesa, al punto que el propio abate sostuviera temer que la
Constitución “...no posea el grado de solidez para garantizarse así
misma...” y apreciar que faltaba en ella “...una garantía
indispensable y esencial; a saber la garantía de la Constitución
misma, que ha sido olvidada en todos los proyectos de todas las
épocas...” .

2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
SUS IDEAS GERMINALES SOBRE EL CONTROL
CONCENTRADO DE LA CONSTITUCIONALIDAD
 Tal preocupación lo llevó a reflexionar sobre la defensa de la
Constitución, al punto de llegar a construir una estructura bastante
completa sobre lo que, como ya se adelantó, Hans Kelsen después
de más de un siglo relanzara, remozado y perfeccionado, y que hoy
se conoce como Jurisdicción Constitucional Concentrada o Control
Concentrado de Constitucionalidad.
 En efecto, Sieyés se planteó el problema del desborde de la
normativa infraconstitucional por acción del parlamento y de la
desnaturalización de la Constitución por esa vía, diseñó un
mecanismo de control concentrado de la constitucionalidad, ideó el
ente de control, determinó sus facultades y precisó la naturaleza, así
como la calidad de sus fallos; dentro de una lógica que hasta hoy
mantiene plena vigencia y, es más, constituye del basamento de la
teoría de la soberanía de la Constitución y del Estado Constitucional
moderno.
2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE SIEYÉS

 Sieyès: “Si deseamos dotar de garantía y salvaguardar a la


Constitución de un freno saludable que contenga a cada
acción representativa sin desbordar los límites de su
procuración especial, debemos establecer un tribunal
constitucional en la forma que un día concretaremos.
 Sieyés: “Así, se requiere, ante todo un jury de constitución o,
a efectos de afrancesar el término jury, distinguiéndolo del
jurado, un tribunal constitucional. Esto es, un verdadero
cuerpo de representantes con la misión especial de juzgar las
reclamaciones contra todo incumplimiento de la
Constitución.”; “Un conservador, un guardián de la
Constitución a través del tribunal constitucional.”; “Que vigile
y guarde con fidelidad el depósito constitucional.”;
2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE SIEYÉS

 Sieyès: “Se constituirá, bajo el nombre de tribunal


constitucional, un cuerpo de representantes en
número de los 2/20 de la legislatura, con la misión
especial de juzgar y pronunciarse sobre las
denuncias de violación de la Constitución, dirigidas
contra los decretos de la legislatura.” ; y “Un taller
de proposiciones para las reformas que, con el
tiempo, exigirá el texto constitucional.”

2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
PRELIMINAR DE LA CONSTITUCIÓN. RECONOCIMIENTO Y
EXPOSICIÓN RAZONADA DE LOS DERECHOS DEL
HOMBRE Y DEL CIUDADANO
 Revelando un adecuado desarrollo de ideas y lo avanzado de
su pensamiento, en cuanto a la primacía de los derechos de
la persona en general y de los ciudadanos en particular, el
abate afirmó en la primera de las sesiones para la
elaboración de la Declaración de los Derechos del Hombre y
del Ciudadano: “Los representantes de la nación francesa, al
ejercer desde este momento las funciones de PODER
CONSTITUYENTE, consideran que toda unión social y, por
consiguiente, toda Constitución política no puede tener más
objeto que el de manifestar, ampliar y garantizar los
Derechos del Hombre y del Ciudadano. Y precisó: “Una
Declaración de los Derechos del Ciudadano no es una serie
de leyes, sino una serie de principios.”
2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
BREVES OBSERVACIONES SOBRE LOS BIENES
ECLESIÁSTICOS Y OPINIÓN SOBRE EL DECRETO
RELATIVO A LOS DIEZMOS
 Se trata, en puridad, de dos textos, que fueron publicados
seguidos, en un solo cuadernillo, editado en cumplimiento de
una disposición de la propia Asamblea Nacional. En ellos,
Sieyès asume la defensa del diezmo y se opone a las
medidas con relación a los bienes eclesiásticos.
 Sieyès: “Se ha afirmado que la nación es propietaria de los
bienes del clero, porque estos bienes sirven, al mismo
tiempo, de salario para los eclesiásticos. La idea más
sencilla, en lo que respecta a la propiedad, es la de que un
bien pertenece a aquel al que le ha sido dado, o que lo ha
adquirido. Los bienes eclesiásticos no han sido dados a la
nación, sino al clero, con ciertas condiciones y
obligaciones…”
2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
BREVES OBSERVACIONES SOBRE LOS BIENES
ECLESIÁSTICOS Y OPINIÓN SOBRE EL DECRETO
RELATIVO A LOS DIEZMOS
 “Pero, se ha dicho, la nación puede decretar que
ya no tiene necesidad de clero. (…) El ejercicio
eclesiástico es un servicio público; el cuerpo del
clero es uno de los cuerpos políticos cuyo conjunto
forma el gobierno. (…). Pero, como todos los
poderes públicos, está sujeto a la voluntad
nacional, a lo que llamamos poder constituyente, el
cual está capacitado, indiscutiblemente, para
suprimirlo por completo si lo juzga inútil…”

2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
PALABRAS SOBRE LA CUESTIÓN DEL VETO REAL
 Sieyès perfila su innovador pensamiento relacionado con
los mecanismos de compensación e intercontrol del poder,
apuntando a una mecánica que elimine la posibilidad que
el monarca pueda frenar las decisiones del legislativo y
constriñendo tal opción a favor del propio poder
constituyente.
 “Acabo de demostrar que la constitución del poder
ejecutivo y la prerrogativa real nada tienen que temer de
los decretos del poder legislativo, y que si los diferentes
poderes se dedican a invadirse unos a otros, el verdadero
remedio para tal desorden público no es el veto real, sino
una verdadera apelación al poder constituyente, cuya
convocatoria o delegación nacional tiene derecho a pedir,
entonces, la parte perjudicada.”
2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
OBSERVACIONES SOBRE EL INFORME DEL COMITÉ DE
CONSTITUCIÓN ACERCA DE LA NUEVA ORGANIZACIÓN
DE FRANCIA
 Se trata de las observaciones que en su calidad de
diputado de la Asamblea Nacional presenta al
Informe del Comité de Constitución acerca de la
nueva organización de Francia, en concreto a los
artículos I, II, III, IV y V propuestos, que se referían
a los tópicos referidos a la nueva división de
Francia y a la doble Constitución, municipal y
nacional.

2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
OPINIÓN SOBRE VARIOS ARTÍCULOS DE LOS TÍTULOS
IV Y V DEL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN

 El texto fue impreso por disposición de la


Convención Nacional y corresponde al discurso
pronunciado por Sieyès el 25 de julio de 1795 (2
termitor del año tercero) en su seno. “Contiene la
crítica al proyecto de Constitución elaborado por la
comisión encargada de sustituir a la constitución
jacobina, pero es un texto capital, pues es la única
ocasión en que el autor expone su concepción total
sobre las instituciones políticas.” (Pantoja)

2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
OPINIÓN SOBRE LAS ATRIBUCIONES Y LA
ORGANIZACIÓN DE LA JURY CONSTITUTIONNAIRE
 Sieyès: “Le pido a la jury constitutionnaire tres servicios: 1)
que vele fielmente por la guardia del depósito constitucional;
2) que se ocupe, al abrigo de las pasiones funestas, de todos
los pareceres que puedan servir para perfeccionar la
Constitución; 3) por último, que ofrezca a la libertad civil un
recurso de equidad natural en ocasiones graves en las que la
ley tutelar haya olvidado su justa garantía. En otras palabras,
considero a la jury constitutionnaire: 1) como tribunal de
casación en el orden constitucional; 2) como taller de
proposiciones para las enmiendas que el tiempo pudiese
exigir en la Constitución; 3) finalmente, como suplemento de
jurisdicción natural para los vacíos de la jurisdicción positiva.”

2016
RESUMEN DE SUS ESCRITOS
POLÍTICOS
EL SIGNIFICADO GENERAL DE SU OBRA
 Sieyès, analizado a la luz de las líneas matrices de su pensamiento, no
de aquellas situaciones coyunturales que se presentaron después de la
Revolución Francesa con motivo de su participación política, es uno de
los personajes de mayor valía en el desarrollo de las ideas políticas, en
la construcción de la democracia moderna y en el diseño de origen del
Estado Constitucional. Contribuyó a la destrucción del antiguo régimen y
a la creación de la nueva sociedad; desarrolló la teoría del gobierno
representativo; desentrañó el problema de la fuente de legitimidad para
gobernar; dio forma cabal al sistema representativo y a la naturaleza del
mando; solucionó la antinomia que presentaba el principio de la
indivisibilidad de la soberanía de Rousseau con el de la división de
poderes de Montesquieu; creó la teoría del poder constituyente, de los
poderes constituidos y del poder comitente; sistematizó los derechos del
hombre y del ciudadano; compatibilizó las nociones de Nación y de
poder constituyente con la de propiedad; y, como si todo esto fuera
poco, dio basamento sólido a la formación del Estado Constitucional.

2016
Emmanuel Joseph Sieyès

Sieyès, escultura de David d'Angers (1838)

También podría gustarte