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Notificacion de Sentencia Deslinde Judith Castillo

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NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA DE DESLINDE.

Acto No. / 2019. En el Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo,
República Dominicana, hoy día _____________________ ( ) del mes de
____________________ del Año Dos Mil Diez y Nueve (2019). Actuando a nombre y
requerimiento de la SRA. JUDITH CASTILLO PEÑA, Dominicana, Mayor de Edad,
Soltera, Portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-1335062-3, Domiciliada
y Residente en esta Ciudad de Santo Domingo, quien tiene como Abogado Constituido y
Apoderado Especial al LIC. ROBERTO FULGENCIO, Dominicano, Mayor de Edad,
Abogado de los Tribunales de la República Dominicana, Miembro Seccional del Colegio
de Abogados, Sección Distrito Nacional, Matricula No. 29891-03, Portador de la Cédula
de Identidad y Electoral No. 001-0744606-4, Domiciliado y Residente en esta ciudad, con
Estudio Profesional Abierto en la Calle México No. 88, 2da. Planta, del Sector de Buenos
Aires de Herrera, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, lugar
donde mi requeriente hace formal elección de domicilio para todos los fines y
consecuencias legales del presente acto. ==================================
YO, ANDY RIVERA, Alguacil Ordinario de la Sexta Sala del Tribunal de Tierras de
Jurisdicción Original del Distrito Nacional, Dominicano, Mayor de Edad, Portador de la
Cédula de Identidad y Electoral No. _____________________, Domiciliado y Residente
en la Calle ______________________________________________________________
debidamente nombrado, recibido y juramentado para el regular ejercicio de todos los actos
propios de mi ministerio. ========================================
EXPRESAMENTE, y en virtud del anterior requerimiento ME HE TRASLADADO,
dentro de los límites de mi jurisdicción: PRIMERO: A la Calle Respaldo Colón No. 01,
del Sector Buenos Aires de Herrera, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo
Domingo, Colindante NORTE, que es donde tiene su domicilio el SR. RAMÓN E.
GALVÁN y una vez allí, hablando personalmente con __________________________
quien me dijo ser_____________________ de mi requerido, persona con capacidad legal
para recibir actos de esta naturaleza; SEGUNDO: A la Calle Progreso No. 38, del Sector
Buenos Aires de Herrera, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo,
Colindante NORTE, que es donde tiene su domicilio la SRA. ESTERVINA TINEO
SÁNCHEZ, y una vez allí, hablando personalmente con_______________________
___________ quien me dijo ser________________________________ de mi requerido,
persona con capacidad legal para recibir actos de esta naturaleza; LES HE
NOTIFICADO a mis requeridos, que mi requeriente, por medio del presente acto,
dándole lectura a las personas con quienes dije haber hablado, mediante el cual mi
requeriente le notifica a mis requeridos copia en cabeza del presente acto, de la Sentencia
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Civil (De Deslinde) No. 215 / 2016, de fecha 29/07/2016, dictada por la magistrada
ROSANNA ISABEL VÁSQUEZ FEBRILLET, Juez Presidente de la Sexta Sala del
Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original, la cual copiada textualmente en su parte
dispositiva dice así: FALLA: PRIMERO: ACOGE las conclusiones formuladas en
audiencia en fecha 23 del mes de Junio del Año en curso, por el LIC. ROBERTO
FULGENCIO, en representación de la SEÑORA JUDITH CASTILLO PEÑA,
respecto a la aprobación de trabajos de deslinde hechos por la agrimensora YOARKY
LISSET RECIO SAMBOY, CODIA No. 22774; SEGUNDO: APRUEBA los trabajos
de deslinde presentados por la agrimensora YOARKY LISSET RECIO SAMBOY, en
relación a una porción de terreno con una extensión superficial de 203.95 metros
cuadrados, dentro de la Parcela No. 110-REF-780-A, del Distrito Catastral No. 04, del
Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, de lo que resultó la Parcela
No. 309472174313, ubicada en el Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo
Domingo, TERCERO: ORDENA al Registro de Títulos correspondiente, realizar las
siguientes operaciones: a)- Cancelar la constancia anotada en el Certificado de Titulo
Matricula No. 0100043986, que ampara el derecho de propiedad de JUDITH
CASTILLO PEÑA, sobre una porción de terreno de 206.47 metros cuadrados, dentro de
la Parcela No. 110-REF-780-A, del Distrito Catastral No. 04, del Municipio Santo
Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo; b)- Expedir el Certificado de Titulo que
ampare el derecho de propiedad de la Parcela resultante No. 309472174313, ubicada en el
Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, con una superficie de 203.45
metros cuadrados, a favor de la SEÑORA JUDITH CASTILLO PEÑA, Dominicana,
Mayor de Edad, Soltera, Portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-1335062-
3, Domiciliada y Residente en esta Ciudad; c)- Mantener cualquier carga inscrita sobre
esos derechos, que no haya sido presentada ante este Tribunal y que se encuentre a la fecha
registrada y requerir instrucciones si existe algún impedimento sobre los derechos en
atención a que no nos fue aportada certificación de estado jurídico sobre tales derechos.
CUARTO: ORDENA a la secretaria publicar la presente sentencia en la forma que prevé
la ley y sus Reglamentos complementarios y remitirla al Registro de Títulos; QUINTO:
INSTRUYE al Registro de Títulos correspondiente, a fin de que solicite a la parte
interesada cualquier documentación adicional necesaria, sea para la ejecución de esta
decisión ó para suplir datos que no consten en ella por error ó por no estar consignados en
la documentación aportada al Tribunal, siempre que esto fuere
necesario para dar cumplimiento a los criterios de especialidad, legalidad, legitimidad y
publicidad que deben caracterizar el registro del derecho inmobiliario; SEXTO:
COMUNÍQUESE esta decisión al Registro de Títulos correspondiente, para fines
ejecución y de cancelación de la inscripción originada con motivos de las disposiciones
contenidas en los artículos 135 y 136 del Reglamento de los Tribunales Superiores de
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Tierras y de Jurisdicción Original y a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, para
los fines de lugar, una vez adquiera la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada.
SÉPTIMO: COMISIONA para la notificación de la presente sentencia al Ministerial
ANDY RIVERA, Alguacil Ordinario de esta Sexta Sala del Tribunal de Tierras de
Jurisdicción Original del Distrito Nacional. Y por esta sentencia, así se ordena, manda y
firma. ROSANNA ISABEL VÁSQUEZ FEBRILLET; JUEZA VI SALA; Yo, ANA
EMILIA FELIZ ORTIZ, Secretaria Delegada de este Tribunal, certifico que: La
sentencia que antecede fue dada por este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original
del Departamento Central en la misma fecha indicada al inicio de esta decisión, de todo
lo que doy fe con mi firma y sello del Tribunal. ANA EMILIA FELIZ ORTIZ
Secretaria – Delegada. ADVIRTIÉNDOLES A MIS REQUERIDOS que disponen del
plazo que establece la ley para interponer cualquier recurso en contra de la presente
decisión, y una vez vencido el mismo, dicha sentencia adquirirá la autoridad de la cosa
irrevocablemente juzgada. ===========================================

BAJO LAS MÁS AMPLIAS RESERVAS DE DERECHOS Y ACCIONES.

Y para que mis requeridos no pretendan alegar ignorancia o desconocimiento del mismo, así se lo he notificado,
advertido y declarado, dejándole copia fiel y exacta del presente acto, el cual consta de Tres (03) fojas, escritas a
computadoras a espacio y medio, luego de haber hablado con la persona con quien dije haber hablado en el lugar de
mi traslado. Acto que ha sido Firmado, sellado y rubricado por mí, Alguacil Infrascrito que Certifico y Doy Fe.
======================================================

COSTO RD$ __________________

Doy Fe.

El Alguacil

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