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CAPITULO V : Señalización 21
CAPITULO I : Generalidades 31
Impreso por:
EDITORA GRÁFICA PERUANA S.R.L.Tda CAPITULO II : Condiciones Generales 32
R.U.C 20508332671
Jr. Anémonas 792 Las Flores - San Juan de Lurigancho CAPÍTULO III : Condiciones especiales según cada tipo de edificación de
Telf: (01) 621-7759 acceso público 55
E-mail: editoragraficaperuana@yahoo.es
CAPÍTULO IV: Condiciones de Accesibilidad en Edificaciones para
Enero del 2018 / Lima - Perú Vivienda 58
3,000 Ejemplares
CAPÍTULO V: Señalización 58
DIMENSIONES Y CONDICIONES REGLAMENTARIAS PARA DISEÑO
DE RAMPAS 61
NORMAS TÉCNICAS
PARA ADECUACIONES
URBANÍSTICAS
7
NORMAS TÉCNICAS DEL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES
D.S. 011-2006-VIVIENDA
MODIFICADA CON D.S. 010-2009-VIVIENDA (09.05.09)
ACCESIBILIDAD URBANÍSTICA
CAPITULO I
GENERALIDADES
Artículo 1° Objeto
La presente Norma establece las condiciones y especificaciones técnicas de diseño para
la elaboración de proyectos y ejecución de obras de edificación, y para la adecuación de
las existentes donde sea posible, con el fin de hacerlas accesibles a las personas con
discapacidad y/o adultas mayores.
Artículo 2° Alcances
La presente Norma será de aplicación obligatoria, para todas las edificaciones donde se
presten servicios de atención al público, de propiedad pública o privada.
2. a.- Para las edificaciones de servicios públicos
2. b.- Las áreas de uso común de los Conjuntos Residenciales y Quintas, así como los
vestíbulos de ingreso de los Edificios Multifamiliares para los que se exija ascensor.
Artículo 3° Definiciones
Para los efectos de la presente Norma se entiende por:
GUÍA DE ACCESIBILIDAD 9
• Señalización: Sistema de avisos que permite identificar los elementos y CAPITULO II
ambientes públicos accesibles dentro de una edificación, para orientación de CONDICIONES GENERALES
los usuarios.
• Señales de acceso: Símbolos convencionales utilizados para señalar la Artículo 4° Ambientes y Rutas Accesibles
accesibilidad a edificaciones y ambientes. Se deberán crear ambientes y rutas accesibles que permitan el desplazamiento y la
• Servicios de atención al público: Actividades en las que se brinde un servicio atención de las personas con discapacidad, en las mismas condiciones que el público
que pueda ser solicitado libremente por cualquier persona. Son servicios en general.
de atención al público, los servicios de salud, educativos, recreacionales, Las disposiciones de esta Norma se aplican para dichos ambientes y rutas accesibles.
judiciales, de los gobiernos central, regional y local, de seguridad ciudadana,
financieros, y de transporte.
• Ruta Accesible: Ruta libre de barreras urbanas que permite el traslado de las
personas con discapacidad por las calles y espacios de la ciudad de forma
autónoma y en condiciones de seguridad.
NOTA:
Los diseños que aparecen en los gráficos no son limitativos, solo son ejemplos de la
aplicación de las especificaciones de la Norma.
Escaleras: Pasos y
Contrapasos
Ingreso Principal
d) Los cambios de nivel hasta de 6mm, pueden ser verticales y sin tratamiento de Accesible con
Escalera y Rampa
bordes; entre 6 mm y 13 mm deberán ser biselados, con una pendiente no mayor de
1:2, y los superiores a 13 mm deberán ser resueltos mediante rampas.
b) El ingreso principal será accesible, entendiéndose como tal al utilizado por el público
en general. En las edificaciones existentes cuyas instalaciones se adapten a la presente
Norma, por lo menos uno de sus ingresos deberá ser accesible.
DESDE HASTA %
13 mm. 0.25 m. 12%
0.26 m. 0.75 m. 10%
DIFERENCIAS PENDIENTE
0.76 m. 1.20 m. 8%
DE NIVEL MÁXIMA
1.21 m. 1.80 m. 6%
c) En el caso de tramos paralelos, el descanso abarcará ambos tramos más el ojo o
1.81 m. 2.00 m. 4% muro intermedio, y su profundidad mínima será de 1.20m.
Mayor a 2.01 m. 2%
Las diferencias de nivel podrán sortearse empleando medios mecánicos. d) Cuando dos ambientes de uso público adyacentes y funcionalmente relacionados
tengan distintos niveles, deberá tener rampas para superar los desniveles y superar el
fácil acceso a las personas con discapacidad.
c) El cable que va desde el aparato telefónico hasta el auricular de mano deberá tener
por lo menos 75cm de largo.
d) Delante de los teléfonos colgados en las paredes deberá existir un espacio libre
de 75cm de ancho por 1.20 m de profundidad, que permita la aproximación frontal o
paralela al teléfono de una persona en silla de ruedas.
De 0 a 5 Ninguno
de 6 a 20 1 estacionamiento
de 21 a 50 2 estacionamientos
Cabina de 51 a 400 2 estacionamientos por cada 50
Telefónica
Más de 400 16 más 1 por 100 est. adicionales
e) Los obstáculos para impedir el paso de vehículos deberán estar separados por
una distancia mínima de 90 cm. y tener una altura mínima de 80 cm. No podrán tener
elementos salientes que representen riesgo para el peatón.
CAPÍTULO V
SEÑALIZACIÓN
c) Las dimensiones mínimas de los espacios de estacionamiento accesibles, serán de
3.80 m. x 5.00 m. Artículo 23° Señales de Acceso y Avisos
En los casos que se requieran señales de acceso y avisos, se deberá cumplir lo siguiente:
a) Los avisos contendrán las señales de acceso y sus respectivas leyendas debajo
de los mismos. La información de pisos, accesos, nombres de ambientes en salas de
espera, pasajes y ascensores, deberá estar indicada además en escritura Braille.
c) Los avisos soportados por postes o colgados tendrán, como mínimo, 40cm de ancho
y 60cm de altura, y se instalarán a una altura de 2.00 m medida a su borde inferior.
ACCESIBILIDAD URBANÍSTICA
Artículo 7°
Las características de las secciones de vías que conforman del sistema vial primario de
CAPITULO I
la ciudad serán establecidas por el Plan de Desarrollo Urbano y estarán constituidas por
GENERALIDADES
vías expresas, vías arteriales y vías colectoras.
Artículo 1°
Artículo 14°
Los componentes de diseño de una Habilitación Urbana son los espacios públicos y los
Las pendientes de las calzadas tendrán un máximo de 12%. Se permitirá pendientes de
terrenos aptos para ser edificados. Los espacios públicos están, a su vez, conformados
hasta 15% en zonas de volteo con tramos de hasta 50m. de longitud.
por las vías de circulación vehicular y peatonal, las áreas dedicadas a parques y plazas
de uso público. Los terrenos edificables comprenden los lotes de libre disposición del
Artículo 17°
propietario y los lotes que deben ser aportados reglamentariamente.
En casos que la topografía del terreno o la complejidad del sistema vial lo
exigieran, se colocarán puentes peatonales, muros de contención, muros de aislamiento,
Artículo 2°
parapetos, barandas y otros elementos que fueran necesarios para la libre circulación
Las habilitaciones urbanas deberán intercomunicarse con el núcleo urbano del que
vehicular y la seguridad de las personas.
forman parte, a través de una vía pública formalmente recepcionada o de hecho.
Cuando se trate de habilitaciones urbanas que se hayan desarrollado colindantes a
Artículo 18° VEREDAS
áreas consolidadas que no estén formalmente habilitadas, deberá formularse un
Las veredas deberán diferenciarse con relación a la berma o a la calzada, mediante un
Planeamiento Integral en el que se demuestre su integración al sistema vial previsto
cambio de nivel o elementos que diferencien la zona para vehículos de la circulación
para la zona.
de personas, de manera que se garantice la seguridad de estas. El cambio de nivel
recomendable es de 0.15m. a 0.20m. por encima del nivel de la berma o calzada.
Artículo 3°
Tendrán un acabado antideslizante. La berma podrá resolverse en un plano inclinado
Las servidumbres establecidas al amparo de disposiciones expresas, para cables de
entre el nivel de la calzada y el nivel de la vereda.
alta tensión, cursos de agua para regadío, ductos para petróleo y derivados, etc. forman
parte del diseño de la habilitación, debiendo coordinarse con las empresas prestadoras
Las veredas en pendiente tendrán descansos de 1.20m. de longitud, de acuerdo a lo
del servicio, para que en lo posible, sus recorridos se encuentren en vías públicas.
siguiente:
Artículo 47°
CAPITULO III En aquellos casos en que por restricciones propias de la topografía o complejidad vial
LOTIZACION se requiera la instalación de puentes, escaleras u otros elementos que impidan el libre
tránsito de personas con discapacidad, deberá señalizarse las rutas accesibles, de
Artículo 25° acuerdo a lo siguiente:
Las manzanas estarán conformadas por uno o más lotes y estarán delimitadas por vías
públicas, pasajes peatonales o parques públicos. a) Los avisos contendrán las señales de acceso y sus respectivas leyendas debajo de
los mismos.
Artículo 26°
Todos los lotes deben tener acceso desde una vía pública con tránsito vehicular o b) Los caracteres de las leyendas serán de tipo Helvético. Tendrán un tamaño
peatonal. En los casos de vías expresas y arteriales, lo harán a través de una vía auxiliar. adecuado a la distancia desde la cual serán leídos, con un alto o bajo relieve mínimo de
0.8mm. Las leyendas irán también en escritura Braille.
c) Las señales de acceso y sus leyendas serán blancas sobre fondo azul oscuro.
CAPITULO VI
MOBILIARIO URBANO Y SEÑALIZACION d) Las señales de acceso, en los avisos adosados a paredes o mobiliario urbano,
serán de 15cm. x 15cm. como mínimo. Estos avisos se instalarán a una altura de 1.40
Artículo 43° m. medida a su borde superior.
El mobiliario urbano que corresponde proveer al habilitador, está compuesto por:
luminarias, basureros, bancas, hidrantes contra incendios, y elementos de señalización. e) Los avisos soportados por postes o colgados tendrán, como mínimo, 40 cm.
de ancho y 60 cm. de altura.
Opcionalmente, el mobiliario urbano que puede ser instalado en las vías públicas,
previa autorización de la municipalidad es el siguiente: casetas de vigilantes, puestos f) Las señales de acceso ubicadas al centro de los espacios de estacionamiento
comerciales, papeleras, cabinas telefónicas, paraderos, servicios higiénicos, jardineras, vehicular accesible, serán de 1.60 m. x 1.60 m.
letreros con nombres de calles, placas informativas, carteleras, mapas urbanos, bancas,
juegos infantiles, semáforos vehiculares y peatonales.
NORMAS TÉCNICAS
PARA ADECUACIONES
ARQUITECTÓNICAS
29
NORMA TECNICA A.120
ACCESIBILIDAD ARQUITECTONICA
CAPITULO I
GENERALIDADES
Artículo 1° Objeto
La presente Norma establece las condiciones y especificaciones técnicas de diseño para
la elaboración de proyectos y ejecución de obras de edificación, y para la adecuación de
las existentes donde sea posible, con el fin de hacerlas accesibles a las personas con
discapacidad y/o adultas mayores.
Artículo 2° Alcances
La presente Norma será de aplicación obligatoria, para todas las edificaciones donde
se presten servicios de atención al público, de propiedad pública o privada.
2. a.- Para las edificaciones de servicios públicos
3. b.- Las áreas de uso común de los Conjuntos Habitacionales y Quintas, así como
los vestíbulos de ingreso de los Edificios Multifamiliares para los que se exija ascensor.
Artículo 3° Definiciones
Para los efectos de la presente Norma se entiende por:
• Persona con discapacidad: Aquella que, temporal o permanentemente,
tiene una o más deficiencias de alguna de sus funciones físicas, mentales ó
sensoriales que implique la disminución o ausencia de la capacidad de realizar
una actividad dentro de formas o márgenes considerados normales.
• Persona Adulto Mayor: De acuerdo al artículo 2 de la Ley N 28803 de las
Personas adultas mayores. Se entiende por Personas Adultas Mayores a
todas aquellas que tengan 60 o más años de edad.
• Accesibilidad: La condición de acceso que presta la infraestructura urbanística
y edificatoria para facilitar la movilidad y el desplazamiento autónomo de las
personas, en condiciones de seguridad.
• Ruta accesible: Ruta libre de barreras arquitectónicas que conectan los
elementos y ambientes públicos accesibles dentro de una edificación.
GUÍA DE ACCESIBILIDAD 31
• Barreras arquitectónicas: Son aquellos impedimentos, trabas u obstáculos b) Los pasos y contrapasos de las gradas de escaleras, tendrán dimensiones uniformes.
físicos que limitan o impiden la libertad de movimiento de personas con
discapacidad.
• Señalización: Sistema de avisos que permite identificar los elementos y
ambientes públicos accesibles dentro de una edificación, para orientación de
los usuarios.
• Señales de acceso: Símbolos convencionales utilizados para señalar la
accesibilidad a edificaciones y ambientes.
• Servicios de atención al público: Actividades en las que se brinde un servicio
que pueda ser solicitado libremente por cualquier persona. Son servicios
de atención al público, los servicios de salud, educativos, recreacionales,
judiciales, de los gobiernos central, regional y local, de seguridad ciudadana,
financieros, y de transporte. c) El radio del redondeo de los cantos de las gradas no será mayor de 13mm.
NOTA:
Los diseños que aparecen en los gráficos no son limitativos, solo son ejemplos de la
aplicación de las especificaciones de la Norma.
a) Los pisos de los accesos deberán estar fijos, uniformes y tener una superficie con
materiales antideslizantes.
Rejilla colocada en la acera o vereda b) El ingreso principal será accesible, entendiéndose como tal al utilizado por el público
en general. En las edificaciones existentes cuyas instalaciones se adapten a la presente
Norma, por lo menos uno de sus ingresos deberá ser accesible.
f) Los pisos con alfombras deberán ser fijos, confinados entre paredes y/o con platinas en
sus bordes. El grosor máximo de las alfombras será de 13mm, y sus bordes expuestos
deberán fijarse a la superficie del suelo a todo lo largo mediante perfiles metálicos o de
otro material que cubran la diferencia de nivel.
g) Las manijas de las puertas, mamparas y paramentos de vidrio serán de palanca con Ingreso Principal
una protuberancia final o de otra forma que evite que la mano se deslice hacia abajo. Accesible
La cerradura de una puerta accesible estará a 1.20 m. de altura desde el suelo, como
máximo.
c) Los pasadizos de ancho menor a 1.50 m. deberán contar con espacios de giro de una
silla de ruedas de 1.50 m. x 1.50 m., cada 25 m. En pasadizos con longitudes menores
debe existir un espacio de giro.
b) La sección de los pasamanos será uniforme y permitirá una fácil y segura sujeción;
d) Cuando dos ambientes de uso público adyacentes y funcionalmente relacionados debiendo los pasamanos adosados a paredes mantener una separación mínima de 3.5
tengan distintos niveles, deberá tener rampas para superar los desniveles y superar el cm. con la superficie de las mismas.
fácil acceso a las personas con discapacidad.
d) Los bordes de un piso transitable, abiertos o vidriados hacia un plano inferior con una
diferencia de nivel mayor de 30 cm., deberán estar provistos de parapetos o barandas
de seguridad con una altura no menor de 80 cm. Las barandas llevarán un elemento
corrido horizontal de protección a 15 cm. sobre el nivel del piso, o un sardinel de la
misma dimensión.
Borde de un piso
transitable, abierto
hacia un plano inferior
con diferencia de nivel
de 30 cms. Dimensiones Interiores Mínimas de un Ascensor en Edificaciones Públicas
o Privadas de Uso Público
f) En una de las jambas de la puerta deberá colocarse el número de piso en señal braille. c) Los interruptores y timbres de llamada, deberán estar a una altura no mayor a 1.35 m.
g) Señales audibles deben ser ubicadas en los lugares de llamada para indicar cuando d) Se deberán incorporar señales visuales luminosas al sistema de alarma de la
el elevador se encuentra en el piso de llamada. edificación.
e) El 3% del número total de elementos fijos de almacenaje de uso público, tales como
Artículo 12° Mobiliario en Zonas de Atención casilleros, gabinetes, armarios, etc. o por lo menos, uno de cada tipo, debe ser accesible.
El mobiliario de las zonas de atención deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Se habilitará por lo menos una de las ventanillas de atención al público, mostradores Artículo 13° Teléfonos Públicos
o cajas registradoras con un ancho de 80 cm. y una altura máxima de 80cm., así mismo Los teléfonos públicos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
deberá tener un espacio libre de obstáculos, con altura mínima de 75 cm.
a) El 10 % de los teléfonos públicos o al menos uno de cada batería de tres, debe ser
accesible. La altura al elemento manipulable más alto deberá estar ubicado a 1.30 m.
Batería de Teléfonos
Públicos
Cabina Telefónica
d) Delante de los teléfonos colgados en las paredes deberá existir un espacio libre
de 75cm de ancho por 1.20 m de profundidad, que permita la aproximación frontal o
paralela al teléfono de una persona en silla de ruedas.
a) Lavatorios
b) Inodoros
• Los lavatorios deben instalarse adosados a la pared o empotrados en un
• El cubículo para inodo-
tablero individualmente y soportar una carga vertical de 100 kgs.
ro tendrá dimensiones
• El distanciamiento entre lavatorios será de 90cm entre ejes.
mínimas de 1.50 m. por
• Deberá existir un espacio libre de 75cm x 1.20 m al frente del lavatorio para
2 m., con una puerta
permitir la aproximación de una persona en silla de ruedas.
de ancho no menor de
90cm y barras de apo-
yo tubulares adecuada-
mente instaladas, como
se indica en el gráfico.
• Deberá existir un espacio libre de 75cm por 1.20m al frente del urinario para d) Tinas
permitir la aproximación de una persona en silla de ruedas. • Las tinas se instalarán encajonadas entre tres paredes como se muestra en
• Deberán instalarse barras de apoyos tubulares verticales, en ambos lados del los gráficos.
urinario y a 30cm de su eje, fijados en la pared posterior, según el gráfico. • La longitud del espacio depende de la forma en que acceda la persona en
silla de ruedas, como se indica en los mismos gráficos. En todo caso, deberá
existir una franja libre de 75cms. de ancho, adyacente a la tina y en toda su
longitud, para permitir la aproximación de la persona en silla de ruedas. En uno
de los extremos de esta franja podrá ubicarse, de ser necesario, un lavatorio.
e) Los obstáculos para impedir el paso de vehículos deberán estar separados por
una distancia mínima de 90 cm. y tener una altura mínima de 80 cm. No podrán tener
elementos salientes que representen riesgo para el peatón.
c) Las dimensiones mínimas de los espacios de estacionamiento accesibles, serán de CAPITULO III
3.80 m. x 5.00 m. CONDICIONES ESPECIALES SEGÚN CADA TIPO DE EDIFICACION
DE ACCESO PÚBLICO
a) Donde existan probadores de ropa, por lo menos uno deberá cumplir con las
condiciones de accesibilidad, para lo cual el vano de acceso deberá tener un ancho
mínimo de 0.90m, sus dimensiones mínimas deberán considerar un espacio libre de
1.50 m de radio y estará provista de una banca de 0.65 m x 1.25 m, que podrá ser
rebatible, a una altura de 0.50 m del nivel del piso, fijada a la pared.
CAPÍTULO V
SEÑALIZACIÓN
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
DIMENSIONES Y CONDICIONES
REGLAMENTARIAS PARA
DISEÑO DE RAMPAS
60 GUÍA DE ACCESIBILIDAD 61
PROCEDIMIENTO
1. Primer paso: Medir la altura de la vereda que representa el nivel existente entre la acera
y la pista.
2. Segundo paso:
* En este ejemplo, la vereda tiene una altura de 15 cm.
* Según el rango de la pendiente máxima hasta 15 cm. debe ser del 12%
* Dividir: la altura de la vereda (15 cm.) entre la pendiente máxima (12%)
(15 entre 12 es igual a 1.25 mts.) El desarrollo de la rampa debe ser 1.25 mts. de longitud.
RECOMENDACIONES
C En el arranque y entrega de las rampas deben tener el piso con textura diferente
para advertir y facilitar la orientación de las personas con discapacidad visual.
Verificar el descanso mínimo: entre la línea de entrega y el borde interno de la
D
acera.
E El piso debe ser: estable, compacto y antideslizante sin resaltes.
F Las rampas deben estar dentro de las señalizaciones de los cruces peatonales.
Las rampas deben estar libre de obstáculos en toda su extensión y área de
G
aproximación.
GUÍA DE ACCESIBILIDAD 63
DIMENSIONES Y ESPECIFICACIONES TÉNICAS PARA DISEÑO DE RAMPAS DIMENSIONES Y ESPECIFICACIONES TÉNICAS PARA DISEÑO DE RAMPAS
DESNIVEL CON ALTURA DE 2 cm A 25 cm DESNIVEL CON ALTURA DE 26 cm A 75 cm
ALTURA DE DESNIVEL LONGITUD DE LA RAMPA PENDIENTE MÁXIMA ALTURA DE LONGITUD DE PENDIENTE ALTURA DE LONGITUD DE PENDIENTE
DESNIVEL LA RAMPA MÁXIMA DESNIVEL LA RAMPA MÁXIMA
2 cms. 17 cms. 11.76%
26 cm 2.60 mts. 10% 51 cm. 5.10 mts. 10%
3 cms. 26 cms. 11.54%
27 cm 2.70 mts. 10% 52 cm. 5.20 mts. 10%
4 cms. 34 cms. 11.76%
28 cm 2.80 mts. 10% 53 cm. 5.30 mts. 10%
5 cms. 42 cms. 11.90%
29 cm 2.90 mts. 10% 54 cm. 5.40 mts. 10%
6 cms. 50 cms. 12.00%
30 cm 3.00 mts. 10% 55 cm. 5.50 mts. 10%
7 cms. 60 cms. 11.67%
31 cm 3.10 mts. 10% 56 cm. 5.60 mts. 10%
8 cms. 67 cms. 11.94%
32 cm 3.20 mts. 10% 57 cm. 5.70 mts. 10%
9 cms. 75 cms. 12.00%
33 cm 3.30 mts. 10% 58 cm. 5.80 mts. 10%
10 cms. 84 cms. 11.90%
34 cm 3.40 mts. 10% 59 cm. 5.90 mts. 10%
11 cms. 92 cms. 11.96%
35 cm 3.50 mts. 10% 60 cm. 6.00 mts. 10%
12 cms. 1.00 cms. 12.00%
36 cm 3.60 mts. 10% 61 cm. 6.10 mts. 10%
13 cms. 1.09 cms. 11.93%
37 cm 3.70 mts. 10% 62 cm. 6.20 mts. 10%
14 cms. 1.17 cms. 11.97%
38 cm 3.80 mts. 10% 63 cm. 6.30 mts. 10%
15 cms. 1.25 cms. 12.00%
39 cm 3.90 mts. 10% 64 cm. 6.40 mts. 10%
16 cms. 1.34 cms. 11.94%
40 cm 4.00 mts. 10% 65 cm. 6.50 mts. 10%
17 cms. 1.42 cms. 11.97%
41 cm 4.10 mts. 10% 66 cm. 6.60 mts. 10%
18 cms. 1.50 cms. 12.00%
42 cm 4.20 mts. 10% 67 cm. 6.70 mts. 10%
19 cms. 1.60 cms. 11.88%
43 cm 4.30 mts. 10% 68 cm. 6.80 mts. 10%
20 cms. 1.67 cms. 11.98%
44 cm 4.40 mts. 10% 69 cm. 6.90 mts. 10%
21 cms. 1.75 cms. 12.00%
45 cm 4.50 mts. 10% 70 cm. 7.00 mts. 10%
22 cms. 1.84 cms. 11.96%
46 cm 4.60 mts. 10% 71 cm. 7.10 mts. 10%
23 cms. 1.92 cms. 11.98%
47 cm 4.70 mts. 10% 72 cm. 7.20 mts. 10%
24 cms. 2.00 cms. 12.00%
48 cm 4.80 mts. 10% 73 cm. 7.30 mts. 10%
25 cms. 2.09 cms. 11.96%
49 cm 4.90 mts. 10% 74 cm. 7.40 mts. 10%
50 cm 5.00 mts. 10% 75 cm. 7.50 mts. 10%
Recomendaciones:
Recomendaciones:
a) El ancho libre mínimo de la acerda o vereda será de 1.20 m. a) El ancho libre mínimo de la acerda o vereda será de 1.20 m.
b) El ancho libre mínimo de una rampa entre los muros que la limitan será de 90 cms. b) El ancho libre mínimo de una rampa entre los muros que la limitan será de 90 cms.
c) El paso libre entre la línea de entrega de la rampa y el borde interno de la acera: c) El paso libre entre la línea de entrega de la rampa y el borde interno de la acera: 90 cms.
90 cms. d) El piso debe ser estable, compacto, antideslizante y sin resaltes.
d) El piso debe ser estable, compacto, antideslizante y sin resaltes. e) En el arranque y la entrega de las rampas, deben tener el piso con textura diferente para advertir
y facilitar la orientación de las personas con discapacidad visual.
e) En el arranque y la entrega de las rampas, deben tener el piso con textura diferente
f) Las rampas ubicadas dentro de las acerdas deberán tener planos laterales inclinados.
para advertir y facilitar la orientación de las personas con discapacidad visual. g) Las rampas de longitud mayor a 3.00 mts. deberán tener parapetos o barandas en los lados
f) Las rampas ubicadas dentro de las acerdas deberán tener planos laterales inclinados. libres y pasamos en los lados confinados por paredes, a una altura de 80 cms.
78 cm 9.75 mts. 8% 1.00 mt. 12.50 mts. 8% 1.24 mts. 20.65 mts. 6% 1.54 mts. 25.65 mts. 6%
1.25 mts. 20.82 mts. 6% 1.55 mts. 25.82 mts. 6%
79 cm 9.87 mts. 8% 1.01 mts. 12.62 mts. 8%
1.26 mts. 21 mts. 6% 1.56 mts. 25.98 mts. 6%
80 cm 10.00 mts. 8% 1.02 mts. 12.75 mts. 8%
1.27 mts. 21.15 mts. 6% 1.57 mts. 26.15 mts. 6%
81 cm 10.12 mts. 8% 1.03 mts. 12.87 mts. 8% 21.32 mts. 6% 26.32 mts. 6%
1.28 mts. 1.58 mts.
82 cm 10.25 mts. 8% 1.04 mts. 13.00 mts. 8% 1.29 mts. 21.49 mts. 6% 1.59 mts. 26.49 mts. 6%
83 cm 10.37 mts. 8% 1.05 mts. 13.12 mts. 8% 1.30 mts. 21.65 mts. 6% 1.60 mts. 26.65 mts. 6%
84 cm 10.50 mts. 8% 1.06 mts. 13.25 mts. 8% 1.31 mts. 21.82 mts. 6% 1.61 mts. 26.82 mts. 6%
1.32 mts. 22.00 mts. 6% 1.62 mts. 26.98 mts. 6%
85 cm 10.62 mts. 8% 1.07 mts. 13.37 mts. 8%
1.33 mts. 22.15 mts. 6% 1.63 mts. 27.15 mts. 6%
86 cm 10.75 mts. 8% 1.08 mts. 13.50 mts. 8%
1.34 mts. 22.32 mts. 6% 1.64 mts. 27.32 mts. 6%
87 cm 10.87 mts. 8% 1.09 mts. 13.62 mts. 8% 1.35 mts. 22.49 mts. 6% 1.65 mts. 27.49 mts. 6%
88 cm 11.00 mts. 8% 1.10 mts. 13.75 mts. 8% 1.36 mts. 22.65 mts. 6% 1.66 mts. 27.65 mts. 6%
89 cm 11.12 mts. 8% 1.11 mts. 13.87 mts. 8% 1.37 mts. 22.82 mts. 6% 1.67 mts. 27.82 mts. 6%
1.38 mts. 23.00 mts. 6% 1.68 mts. 27.98 mts. 6%
90 cm 11.25 mts. 8% 1.12 mts. 14.00 mts. 8%
1.39 mts. 23.15 mts. 6% 1.69 mts. 28.15 mts. 6%
91 cm 11.35 mts. 8% 1.13 mts. 14.13 mts. 8%
1.40 mts. 23.32 mts. 6% 1.70 mts. 28.32 mts. 6%
92 cm 11.50 mts. 8% 1.14 mts. 14.25 mts. 8% 23.49 mts. 6% 1.71 mts. 28.49 mts.
1.41 mts.
93 cm 11.62 mts. 8% 1.15 mts. 14.38 mts. 8% 1.42 mts. 23.65 mts. 6% 1.72 mts. 28.65 mts.
94 cm 11.75 mts. 8% 1.16 mts. 14.50 mts. 8% 1.43 mts. 23.82 mts. 6% 1.73 mts. 28.82 mts.
95 cm 11.87 mts. 8% 1.17 mts. 14.62 mts. 8% 1.44 mts. 24.00 mts. 6% 1.74 mts. 28.98 mts.
1.45 mts. 24.15 mts. 6% 1.75 mts. 29.15 mts.
96 cm 12.00 mts. 8% 1.18 mts. 14.75 mts. 8%
1.46 mts. 24.32 mts. 6% 1.76 mts. 29.32 mts.
97 cm 12.12 mts. 8% 1.19 mts. 14.87 mts. 8%
1.47 mts. 24.49 mts. 6% 1.77 mts. 29.49 mts.
1.20 mts. 15.00 mts. 8%
Recomendaciones: 1.48 mts. 24.65 mts. 6% 1.78 mts. 29.65 mts.
a) Las rampas de longitud mayor a 15 mts. tendrán un ancho libre mínimo de 1.20 mts. 1.49 mts. 24.82 mts. 6% 1.79 mts. 29.82 mts.
b) El piso debe ser estable, compacto, antideslizante y sin resaltes. 1.50 mts. 24.98 mts. 6% 1.80 mts. 29.98 mts.
c) En el arranque y llegada de la rampa debe tener el piso con textura diferente para advertir y facilitar la
oriencación de las personas con discapacidad visual. Recomendaciones:
d) Las rampas con longitud mayor a 3 mts. deberán tener parapetos o barandas en ambos lados libres y a) Las rampas de longitud mayor a 15 mts. tendrán un ancho libre mínimo de 1.20 mts.
pasamanos en los lados confinados por paredes a una altura de 80 cms. medido verticalmente desde el piso de b) El piso debe ser estable, compacto, antideslizante y sin resaltes.
la rampa. c) En el arranque y llegada de la rampa debe tener el piso con textura diferente para advertir y facilitar la oriencación de las personas
con discapacidad visual.
e) La sección de los pasamos será uniforme y permitirá una fácil y segura sujeción debiendo los pasamanos
d) Las rampas con longitud mayor a 3 mts. deberán tener parapetos o barandas en ambos lados libres y pasamanos en los lados
adosados a paredes mantener una separación mínima de 3.5 cms. confinados por paredes a una altura de 80 cms. medido verticalmente desde el piso de la rampa.
f) Los pasamanos serán continuos, incluyendo los descansos intermedios y se prolongarán horizontalmente 45 e) La sección de los pasamos será uniforme y permitirá una fácil y segura sujeción debiendo los pasamanos adosados a paredes
cms. sobre los planos horizontales de arranque y entrega. mantener una separación mínima de 3.5 cms.
g) Los bordes de un piso transitable abierto hacia un plano inferior con una diferencia de nivel mayor a 30 cm. f) Los pasamanos serán continuos, incluyendo los descansos intermedios y se prolongarán horizontalmente 45 cms. sobre los
deberán estar provistos de parapetos o baranda de seguridad a una no menor a 80 cm. Las barandas llevarán planos horizontales de arranque y entrega.
g) Los bordes de un piso transitable abierto hacia un plano inferior con una diferencia de nivel mayor a 30 cm. deberán estar
un elemento corrido horizontal de protección a 15 cms. sobre el nivel del piso o un sardinel de igual medida.
provistos de parapetos o baranda de seguridad a una no menor a 80 cm. Las barandas llevarán un elemento corrido horizontal de
h) Las diferencias de nivel podrán sortearse empleando medios mecánicos, como salva escaleras o plataformas protección a 15 cms. sobre el nivel del piso o un sardinel de igual medida.
elevadoras. h) Las diferencias de nivel podrán sortearse empleando medios mecánicos, como salva escaleras o plataformas elevadoras.
i) Los descansos entre tramos de rampas consecutivas y los espacios horizontales de llegada tendrán una i) Los descansos entre tramos de rampas consecutivas y los espacios horizontales de llegada tendrán una longitud mínima de 1.20
longitud mínima de 1.20 m medidos sobre el eje de la rampa. m medidos sobre el eje de la rampa.
ALTURA DE DESNIVEL LONGITUD DE LA RAMPA PENDIENTE MÁXIMA ALTURA DE DESNIVEL LONGITUD DE LA RAMPA PENDIENTE MÁXIMA
Recomendaciones: Recomendaciones:
a) Las rampas de longitud mayor a 15 mts. tendrán un ancho libre mínimo de 1.20 mts. a) Las rampas de longitud mayor a 15 mts. tendrán un ancho libre mínimo de 1.20 mts.
b) El piso debe ser estable, compacto, antideslizante y sin resaltes. b) El piso debe ser estable, compacto, antideslizante y sin resaltes.
c) En el arranque y llegada de la rampa debe tener el piso con textura diferente para advertir y facilitar la c) En el arranque y llegada de la rampa debe tener el piso con textura diferente para advertir y facilitar la
oriencación de las personas con discapacidad visual. oriencación de las personas con discapacidad visual.
d) Las rampas con longitud mayor a 3 mts. deberán tener parapetos o barandas en ambos lados libres y d) Las rampas con longitud mayor a 3 mts. deberán tener parapetos o barandas en ambos lados libres y
pasamanos en los lados confinados por paredes a una altura de 80 cms. medido verticalmente desde el piso de pasamanos en los lados confinados por paredes a una altura de 80 cms. medido verticalmente desde el piso de
la rampa. la rampa.
e) La sección de los pasamos será uniforme y permitirá una fácil y segura sujeción debiendo los pasamanos e) La sección de los pasamos será uniforme y permitirá una fácil y segura sujeción debiendo los pasamanos
adosados a paredes mantener una separación mínima de 3.5 cms. adosados a paredes mantener una separación mínima de 3.5 cms.
f) Los pasamanos serán continuos, incluyendo los descansos intermedios y se prolongarán horizontalmente 45 f) Los pasamanos serán continuos, incluyendo los descansos intermedios y se prolongarán horizontalmente 45
cms. sobre los planos horizontales de arranque y entrega. cms. sobre los planos horizontales de arranque y entrega.
g) Los bordes de un piso transitable abierto hacia un plano inferior con una diferencia de nivel mayor a 30 cm. g) Los bordes de un piso transitable abierto hacia un plano inferior con una diferencia de nivel mayor a 30 cm.
deberán estar provistos de parapetos o baranda de seguridad a una no menor a 80 cm. Las barandas llevarán deberán estar provistos de parapetos o baranda de seguridad a una no menor a 80 cm. Las barandas llevarán
un elemento corrido horizontal de protección a 15 cms. sobre el nivel del piso o un sardinel de igual medida. un elemento corrido horizontal de protección a 15 cms. sobre el nivel del piso o un sardinel de igual medida.
h) Las diferencias de nivel podrán sortearse empleando medios mecánicos, como salva escaleras o plataformas h) Las diferencias de nivel podrán sortearse empleando medios mecánicos, como salva escaleras o plataformas
elevadoras. elevadoras.
i) Los descansos entre tramos de rampas consecutivas y los espacios horizontales de llegada tendrán una i) Los descansos entre tramos de rampas consecutivas y los espacios horizontales de llegada tendrán una
longitud mínima de 1.20 m medidos sobre el eje de la rampa. longitud mínima de 1.20 m medidos sobre el eje de la rampa.
CARACTERÍSTICAS
ANTROPOMÉTRICAS DE
PERSONAS CON
DISCAPACIDAD
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