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Explicación de Los Mecanismos de Participación Ciudadana

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Explicación de los mecanismos de participación ciudadana [1]

 El plebiscito: es el mecanismo de participación mediante el cual el Presidente de la República


convoca a la ciudadanía a que apoyen o rechacen una decisión del Ejecutivo puesta en cuestión
y que no requiera aprobación del Congreso, excepto las relacionadas con los estados de
excepción y el ejercicio de los poderes.

 El referendo: es la convocatoria mediante la cual los ciudadanos pueden participar en la


aprobación o derogación del proyecto de una norma jurídica o de una ya vigente, así como en la
creación o segregación de un municipio; en la derogación de una reforma constitucional o
sometan a aprobación un proyecto de reforma constitucional. El referendo puede ser nacional,
regional, departamental, distrital, municipal o local.

 El cabildo abierto: es la reunión pública del concejo distrital, municipal o juntas


administradoras locales, en la cual hay participación de los habitantes para discutir libremente
de manera directa y pública acerca de los asuntos de interés de la comunidad.

 La iniciativa popular: es un derecho político de participación ciudadana que consiste en la


posibilidad de que la ciudadanía pueda presentar proyectos de normas jurídicas ante el Congreso
de la República para que, dentro de la misma, sean debatidos y posteriormente, aprobados,
modificados o negados.

 La revocatoria del mandato: es un derecho político, por medio del cual la ciudadanía
mediante votación directa puede cesar de su cargo público a un funcionario electo, ya sea un
gobernador o a un alcalde y es clara al señalar que no aplica para otros funcionarios de elección
popular como congresistas, diputados, concejales, o Presidente de la República.

 La consulta popular: es el mecanismo de participación mediante el cual una pregunta de


carácter general sobre un tema de trascendencia nacional, departamental, distrital, municipal o
local, es sometida por el Presidente de la República, Gobernador o Alcalde, según sea el caso, a
consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto.

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