Evidencia 1 Asesoria Caso Exportacion
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3. Tenga presente que usted está brindando una asesoría de tipo profesional y de acuerdo a la
respuesta dada el exportador tomará una decisión. Por lo tanto, sea lo más profesional y
claro posible.
Exportación
La salida de mercancías del territorio aduanero nacional con destino a otro país o a una zona
franca industrial de bienes y servicios
DECRETO No. 2685 (28 de Diciembre de 1999)
Zona Franca
La Zona Franca es el área geográfica delimitada dentro del territorio nacional, en donde se
desarrollan actividades industriales de bienes y de servicios, o actividades comerciales,
bajo una normatividad especial en materia tributaria, aduanera y de comercio exterior.
• No se paga arancel e IVA
• Impuesto de renta 15%
Barreras Arancelarias
Arancel
Derecho de aduana que se cobra sobre las mercancías que ingresan en forma definitiva a un
país como importaciones ya sea con propósitos de protección o para la recaudación de renta.
Preferencia Arancelaria
Reducción o eliminación de los derechos de importación, concedida por un país a otro en el
marco de un acuerdo o de un
instrumento unilateral.
Desgravación Arancelaria:
Eliminación o reducción gradual o total de los aranceles de importación.
Barreras No Arancelarias
Medidas o instrumentos distintos de los aranceles que producen el efecto de favorecer a los
productores nacionales del país que las impone.
Requisitos técnicos o sanitarios - calidad
Normas burocráticas
Normas de origen
Política de compras públicas
Controles de cambios
Para localizar la subpartida arancelaria de su producto tiene dos opciones: 1) A través del
arancel de aduanas y 2) Con la ayuda informal que le brinda el Centro de Información
Empresarial ZEIKY y de la Biblioteca de Mincomercio. (Es importante aclarar que la DIAN
es el único Ente autorizado para determinar la clasificación arancelaria, según el Decreto
2685/99 Art.236 y la Resolución 4240/00 Art. 154 al 157 de la DIAN – División de arancel.
Tel. 6-079999 Ext. 2128/2129. Costo: Medio Salario Mínimo Legal Mensual).
Si se realiza a través de Agencia de Aduanas y/o Apoderado Especial se les debe dar un poder
autenticado, junto con certificado de Cámara de Comercio, RUT y fotocopia de la cédula del
representante legal y ellos elaboran la Declaración Juramentada. Se deben tener claras las
normas de origen del país al cual se va a exportar. Este criterio de origen tiene vigencia de dos
(2) años a partir de su aprobación.
Es importante que consulte si su producto requiere de vistos buenos y/o permisos previos para
la autorización de la exportación. Estos deben ser tramitados antes de presentar la declaración
de exportación (DEX) ante la DIAN.
Algunos ejemplos: ICA (Sanidad animal y vegetal), INVIMA (Medicamentos, Alimentos,
Productos Cosméticos), Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
(Preservación Fauna y Flora Silvestre), Secretaría de Ambiente (Madera y Semillas),
Ingeominas (Piedras Preciosas, Esmeraldas y Metales Preciosos), Ministerio de Cultura (Arte,
Cultura y Arqueología), etc. Otros productos están sujetos a cuotas como el azúcar y la panela
a Estados Unidos, o el banano y atún a la Unión Europea, entre otros.
Una vez tenga lista la mercancía verifique los términos de negociación (Incoterms) y si es el
caso utilice un Agente de Carga (Vía Aérea) o Agente Marítimo para la contratación del
transporte internacional. Diríjase al Aeropuerto y/o a la Avda. 68 No. 22–81, en Bogotá, para
solicitar clave de acceso al sistema informático de la DIAN para que diligencie la Solicitud de
Autorización de Embarque. Directamente si su exportación tiene un valor inferior a
USD$10.000. Si es superior a USD $10.000 debe realizar este procedimiento a través de una
agencia de aduanas, que esté autorizada por la DIAN. Este trámite debe hacerse ante la
Administración de Aduanas por donde se va a despachar la mercancía, anexando entre otros,
los siguientes documentos:
1. Factura Comercial
2. Lista de Empaque (si se requiere)
3. Registros Sanitarios o Vistos Buenos (sí lo requiere el producto)
4. Documento de Transporte
5. Otros documentos exigidos para el producto a exportar
Una vez presentados los documentos e incorporados al sistema informático aduanero, este
determina si se requiere inspección física, automática o documental, si es física se hace en las
bodegas del puerto de salida, la aerolínea o en el lugar habilitado por la DIAN. Terminada esta
diligencia y si todo esta bien, la mercancía puede ser embarcada y despachada al exterior.
Hecha esta operación y certificado el embarque por la empresa de transporte la Solicitud de
Autorización de Embarque se convierte en Declaración de Exportación -DEX.
7. Medios de pago
Es importante tener en cuenta la forma en que su cliente pagará la exportación. Para esto existen
diferentes instrumentos de pago internacional, como cartas de crédito, letras avaladas, garantías
Standby, entre otras, que le brindan seguridad en la transacción. ¡Asegúrese!
Lo invitamos a que contacte al asesor de Bancoldex en el Zeiky, para que de manera conjunta
estructuren cada uno de sus negocios de acuerdo con sus necesidades.
Toda exportación genera la obligación de reintegrar las divisas a través de los intermediarios
cambiarios (bancos comerciales y demás entidades financieras) por tanto los exportadores
deben efectuar la venta de las divisas a estos intermediarios, para lo cual se debe reclamar y
diligenciar ante dicha entidad el formulario Declaración de Cambio No 2.