Trabajo Monografico de Filosofia Del Derecho 2018
Trabajo Monografico de Filosofia Del Derecho 2018
Trabajo Monografico de Filosofia Del Derecho 2018
TEMA:
TRABAJO MONOGRAFICO DE IMPORTANCIA DE FILOSOFÍA
DEL DERECHO
CURSO :
DOCENTE :
ALUMNO :
CICLO :
AYACUCHO – PERÚ
2018
"En primer lugar mi gratitud a Dios por permitir reencontrarme con muchas personas
desde mi infancia con mis mejores amigos y amigas. Con el mayor afecto a las
personas que me alentaron en todo aspecto, para que no pueda rendirme tan
fácilmente. A los profesionales docentes de la Universidad que me cobijó en su
seno, para desempeñarme como un profesional íntegro en el campo del Derecho y
Ciencias Políticas.
CAPÍTULO I
1.1 Concepto.-………………………………………………………………….….. 07
CAPÍTULO II
2.4. El panlogismo………………………..……………………….…………...….. 12
2.7. El positivismo…………….………………..…………………………….....….. 14
2.7.1. Características..….………………..…………………………….....….. 14
Conclusión
Bibliografía
1.1. Concepto.-
B) Ontología jurídica: habla de fijar el ser del derecho, es decir cuál será el
objeto sobre el que se va a filosofar; note que este objeto es anterior al
conocimiento que se le aplica, es decir, tiene una realidad propia antes de
ser estudiado. La ontología jurídica obtendrá un concepto del derecho que
servirá como base para una reflexión filosófica posterior.
Hacia la edad moderna. fue uno de los primeros que trato de la ciencia
política con el espíritu de los nuevos tiempos; fundándose sobre la
observación histórica y psicológica, fuera de toda preocupación
dogmática. Era un hombre de acción: solo al retirarse de
los negocios del Estado a la vida privada, fue cuando compuso sus obras
principales, entre las cuales se encuentran: Él príncipe" (1513) y
"Los discursos sobre la primera década de Tito Livio". Se preguntaba por
cuales sean las causas que aseguran la estabilidad de un gobierno; y
trata de sacar enseñan.
2.4. El panlogismo.
A) Derecho.
Fuera del hombre, para Hegel existe una realidad espiritual que no es de
ninguna persona individualmente considerada, sino que está
B) Moralidad.
C) Eticidad.
Es la verdad del espíritu subjetivo y del espíritu objetivo; los contiene a ambos,
pero superándolos y corrigiéndolos. Hegel traza una línea divisoria entre
Estado y sociedad civil: "La familia y la sociedad civil son formas finitas del
espíritu objetivo; pero el estado se revela en forma infinita".
2.7. El positivismo
Concepto.
2.7.1. Características.
d) Positivismo Jurídico.
Comprende:
La izquierda Hegeliana
Pensador y economista político alemán, fundador, junto con Karl Marx, del
socialismo científico o comunismo. Nació en Barmen (en la actualidad
Wuppertal) en el seno de una rica familia protestante. Desde joven estuvo
influido por los trabajos del poeta radical Heinrich Heine y del filósofo Georg
Wilhelm Friedrich Hegel y en 1839 empezó a escribir artículos literarios y
filosóficos para distintas revistas y publicaciones. En 1842 se hizo partidario
de las ideas comunistas gracias al socialista alemán Moses Hess.
Ese mismo año conoce a Karl Marx, quien le inicia en el cartismo, que
abogaba por el derecho de voto de los trabajadores. En estos años inicia la
carrera de Economía política, sin dejar de colaborar en distintas
publicaciones. Los conocimientos que adquiere le llevan a la conclusión de
que la evolución económica era la base de la historia y que
la propiedad privada era la raíz de todos los males. A juicio de Engels, sólo
el enfrentamiento entre las clases y la creación de un estado comunista
acabarían con estos problemas. La línea ideológica de su pensamiento se
resume en "La situación de la clase obrera en Inglaterra", que publica en
1844.
El marxismo.
El socialismo científico.
Con el Capital, Marx deja claro que la política económica dirigida por
el capitalismo no llevará a nada bueno, lo cual es una crítica radical al
capitalismo y la sociedad burguesa. Afirma que el trabajador nunca recibe la
totalidad del valor de su trabajo. Aborda el tema de lo que Marx denomina
plusvalía, resultado de la explotación del trabajador por parte del capitalista
o dueños de los medios de producción. Esto provocará inevitablemente
Iuspositivismo
El Historicismo Jurídico.
3.2. Precursores.
Uno de sus pensamientos reza: "La filosofía debe levantar y dirigir al hombre
caído y débil; no retorcer su naturaleza ni abandonarlo en su corrupción".
Vico dedicó más de cuarenta años de su vida a la enseñanza privada, siendo
nombrado historiador del Rey en 1734.
Está formada principalmente por los discípulos directos de Hegel y por los
pensadores que han aceptado y desarrollado, en filosofía y teología, el
elemento conservador de la especulación hegeliana. Mantienen una actitud
conservadora, de los valores tradicionales, sobre cuatro puntos
fundamentales:
"Es un fenómeno mental originado sólo por la esencia interna del individuo
cognoscente, dejando al pensamiento humano una función que no es la de
penetrar en la esencia de las cosas y de los fenómenos".
Por la intuición captamos lo absoluto que es impulso vital que se abre camino
persistentemente a través de la materia inerte, animándola, convirtiéndola
en vida.
La Filosofía del derecho, en sentido amplio, existe desde muy antiguo. Y existe
desde que algunos pensadores comenzaron a preguntarse por la esencia de las
relaciones e instituciones jurídicas, que desde un principio estaban asociadas con
los conceptos de ley, derecho y poder político. Luego, toda la reflexión jurídica
occidental, desde la Grecia Clásica, pasando por la filosofía latino-medieval, y
hasta el siglo XVIII, se realizó, como han dicho los positivistas, bajo el paraguas de
la doctrina del derecho natural: filosofía del derecho y derecho natural eran, sin
más, una misma cosa. De esta manera, si la filosofía del derecho se ha presentado
como equivalente a la doctrina del derecho natural, y ésta, a su vez, como
equiparable a la propuesta del derecho a priori, dos serían, a nuestro modo de
entender, los objetivos o temas fundantes de toda meditación filosófica del
problema de la justicia.
A lo largo de toda nuestra carrera, ya sea que hoy, en nuestra actual condición de
estudiantes, o ya sea que en el futuro nos veamos en el ejercicio del Derecho,
Donde sea posible discrepar, distar y disentir no habrá forma ni manera de constituir
una verdad verdadera, una verdad absoluta. Clarificar una conclusión de todos los
temas que hemos investigado, es tarea difícil. Sin embargo, podemos concluir
diciendo que la "la verdad es abstracta".