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Anexo 3 Requisitos de HSEQ para Contratacion

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INSTRUCTIVO 3.02.P04.

I28
REQUISITOS DE HSEQ PARA Revisión: 0
CONTRATISTAS

CONTENIDO

1.0 OBJETIVO.................................................................................................................2
2.0 ALCANCE .................................................................................................................2
3.0 DEFINICIONES Y SIGLAS........................................................................................2
4.0 RESPONSABILIDADES ...........................................................................................2
5.0 DESCRIPCIÓN ..........................................................................................................3
6.0 REFERENCIAS .........................................................................................................5
7.0 ANEXO ......................................................................................................................5

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REQUISITOS DE HSEQ PARA Revisión: 0
CONTRATISTAS

1.0 OBJETIVO

Establecer los lineamientos para la implementación de los Requisitos HSEQ para


Contratistas en MSC.

2.0 ALCANCE

Aplica a los contratos de servicios adquiridos por MSC, con excepción de los contratos de
servicios de consultoría.

3.0 DEFINICIONES Y SIGLAS

5.1 DEFINICIONES

Requisitos de HSEQ para contratistas: Documento Adjunto al Contrato que contiene las
obligaciones y responsabilidades en HSEQ de la contratista y de MSC durante la
ejecución de los servicios.

Contratista: Persona natural o jurídica, que debidamente contratada por MSC en virtud a
un acuerdo legal, contrae la obligación de ejecutar una obra o entregar servicios,
conforme a los requerimientos y especificaciones convenidas.

Contrato: Es un acuerdo suscrito entre MSC y un contratista, mediante el cual MSC


formaliza la aceptación de la oferta y le encomienda la ejecución de una obra o servicio,
en términos y condiciones que se mencionan en el mismo instrumento privado y en los
anexos que forman parte integrante del mismo.

Servicio de Consultoría: Estudio y/o asesoría efectuada por una persona natural o
jurídica.

5.2 SIGLAS

HSEQ: Salud, Seguridad, Medio Ambiente y Calidad (Health, Safety, Environment and
Quality)
MSC: Minera San Cristóbal S.A.
RSC: Responsabilidad Social Corporativa

4.0 RESPONSABILIDADES

Superintendente de Contratos

Incluir en los contratos de servicio Requisitos de HSEQ para contratistas.

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Supervisor del contrato

Definir el nivel de exigencia en HSEQ del contrato, en la etapa de solicitud del servicio
en coordinación con personal de HSEQ.
Analizar y en caso pertinente solicitar variaciones los Requisitos de HSEQ para
contratistas, para aquellos casos en que los contratos posean particularidades
especiales, la solicitud es efectuada a las Gerencias de HSE.
Evaluar si se deben adecuar los contratos suscritos antes de la aprobación de este
documento.
Efectuar el seguimiento al cumplimiento de las exigencias de HSEQ establecidas en el
contrato y en este documento.
Coordinar con personal de HSEQ reuniones periódicas con la contratista para el
seguimiento a la implementación de los requisitos especificados en este documento.

Gerente HS – Gerente de RSC&MA

Gestionará las siguientes actividades a través del personal de su Gerencia:

Asesorar a los Supervisores del contrato en la definición del nivel de exigencia los
Requisitos de HSEQ para contratistas.
Aprobar cambios en el contenido de los Requisitos de HSEQ para contratistas en caso
de contratos con particularidades especiales.
Solicitar algún elemento complementario a lo exigido en los Requisitos de HSEQ para
contratistas en caso de requerirse y en función al impacto que pueda tener sobre la
gestión de HSEQ de MSC.
Aprobar los planes de HSEQ antes del inicio de actividades.
Colaborar en el seguimiento al cumplimiento de las exigencias definidas en los
Requisitos de HSEQ para contratistas.

Contratista

Presentar los requisitos especificados por los Requisitos de HSEQ para contratistas
previa a la ejecución de actividades y en función al nivel de exigencia del contrato.
Iniciar actividades cuando los planes de HSEQ hayan sido aprobados por la Gerencia
de HSE.

5.0 DESCRIPCIÓN

En aquellos casos en que los servicios a ser contratados por MSC posean
particularidades tales que obstaculicen por algún motivo significativo, la utilización de
parte de los Requisitos de HSEQ para contratistas, el mismo podrá ser adaptado por el
Gerente/Supervisor del contrato para mejor entendimiento de las necesidades
específicas, debiendo ser evaluado por la Gerencia de HSE.

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5.1 NIVEL DE EXIGENCIA DE HSEQ

El nivel de exigencia en HSEQ es determinado mediante el análisis de los siguientes


elementos:

Conocimiento del negocio e impactos en los resultados y HSEQ

Duración del contrato

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De acuerdo al resultado del análisis anterior es definido el nivel de exigencia a través del
cruce de variables

Los requerimientos generales y específicos en función al nivel de exigencia identificado


son descritos en el Anexo 1.

6.0 REFERENCIAS

OHSAS 18001-2007: Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional –


Requisitos.
ISO 14001-2004: Sistema de Gestión Medio Ambiental – Requisitos con Orientación para
su Uso
ISO 9001-2008: Sistema de Gestión de la Calidad – Requisitos

7.0 ANEXO

ANEXO 1: ANEXO DE SALUD OCUPACIONAL, SEGURIDAD INDUSTRIAL, MEDIO


AMBIENTE Y CALIDAD PARA CONTRATISTAS.

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ANEXO 1: ANEXO DE SALUD OCUPACIONAL, SEGURIDAD INDUSTRIAL, MEDIO


AMBIENTE Y CALIDAD PARA CONTRATISTAS.

1. OBJETIVO

Definir obligaciones, responsabilidades, orientaciones, procedimientos y las directrices


concernientes a las actividades de Seguridad Industrial, Salud Ocupacional, Medio
Ambiente y Calidad de la CONTRATISTA y MINERA SAN CRISTOBAL S.A. durante la
ejecución de los servicios, buscando la seguridad y salud de la fuerza de trabajo, así
como la protección del medio ambiente, el control de pérdidas en general y la Calidad
de los servicios prestados.

2. ALCANCE

Este ANEXO DE CALIDAD, SEGURIDAD INDUSTRIAL, MEDIO AMBIENTE Y SALUD


OCUPACIONAL aplica a todos los contratos de prestación de servicios suscritos por
MINERA SAN CRISTOBAL S.A., estando estas actividades ligadas directa o
indirectamente asociadas al contrato.

3. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

3.1. De manera enunciativa y no limitativa, el CONTRATISTA deberá cumplir con las


políticas, manuales, normas, planes, programas, procesos e instructivos de calidad,
seguridad, medio ambiente y salud ocupacional de MINERA SAN CRISTOBAL S.A.,
vigentes en el momento de la firma del contrato, así como también las que pudieran ser
aprobadas durante la vigencia del contrato.

3.2. El CONTRATISTA no podrá alegar desconocimiento de las normas y legislación


boliviana aplicable a los Servicios, así como desconocimiento de las políticas, los
manuales, normas, planes, programas, procesos e instructivos de calidad, seguridad,
medio ambiente y salud ocupacional de MINERA SAN CRISTOBAL S.A., aunque los
mismos no formen parte del presente documento. Estos documentos de MINERA SAN
CRISTOBAL S.A. (políticas, manuales, normas, planes, programas, procedimientos e
instructivos de calidad, seguridad, medio ambiente y salud ocupacional) estarán
disponibles para consulta del CONTRATISTA con el Supervisor del contrato de MINERA
SAN CRISTOBAL S.A.

4. DEFINICIONES Y SIGLAS
4.1 DEFINICIONES

Calidad: Grado en el que un conjunto de características inherentes cumple con los


requisitos.

Contrato: Es un acuerdo suscrito entre Minera San Cristobal S.A. y un contratista,


mediante el cual MSC formaliza la aceptación de la oferta y le encomienda la ejecución

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de una obra o servicio, en términos y condiciones que se mencionan en el mismo


instrumento privado y en los anexos que forman parte integrante del mismo.

Contratista: Persona natural o jurídica, que debidamente contratada por MINERA SAN
CRISTOBAL S.A. en virtud a un acuerdo legal, contrae la obligación de ejecutar una obra
o entregar servicios, conforme a los requerimientos y especificaciones convenidas.

Cliente: Minera San Cristóbal S.A.

No Conformidad: Incumplimiento de un requisito.

Plan de Calidad: Documento que especifica que procedimientos y recursos asociados


deben aplicarse, quien debe aplicarlos y cuando deben aplicarse a un proyecto, proceso,
producto o contrato específico.

Proceso: Conjunto de actividades mutuamente relacionadas o que interactúan, las cuales


transforman elementos de entrada en resultados.

Proyecto: Proceso único consistente en un conjunto de actividades coordinadas y


controladas con fechas de inicio y finalización, llevadas a cabo para lograr un objetivo
conforme con los requisitos específicos, incluyendo las limitaciones de tiempo, costos y
recursos.

Requisito: Necesidad o expectativa establecida, generalmente implícita u obligatoria.

Subcontratista: Persona natural o jurídica propuesta por el contratista, para ejecutar, con
la autorización previa del administrador del contrato, parte de las obras o servicios del
contrato. La relación contractual es de exclusiva responsabilidad del contratista, pudiendo
MINERA SAN CRISTOBAL S.A. intervenir en resguardo del cumplimiento de las leyes y
normativas vigentes.

4.2 SIGLAS

EPP: Equipo de Protección Temporal.

MSC: Minera San Cristóbal S.A.

HSEQ: Calidad, Salud, Seguridad y Medio Ambiente (Quality, Health, Safety and
Environment).

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5. REQUERIMIENTOS LEGALES

5.1- Para la ejecución de los Servicios objeto de este Contrato, el CONTRATISTA


deberá cumplir con la legislación boliviana vigente en el momento de la firma de este
Contrato, así como toda nueva norma aplicable que pudiera ser aprobada o revisada
durante la vigencia del mismo y garantizar que sus SUB-CONTRATISTAS también
cumplan.

5.2- En la ejecución de los servicios de transporte terrestre, el CONTRATATISTA


debe cumplir con lo previsto por el Código de Transito Boliviano y reglamento de
sustancias peligrosas y sustancias controladas aprobadas por la autoridad
gubernamental correspondiente.

5.3- El CONTRATISTA es responsable por los actos de sus empleados y de los


empleados de sus SUBCONTRATISTAS, así como cualquier consecuencia civil y
criminal consecuente del incumplimiento de cualquier Ley, Normas y Reglamentos de
Calidad, Seguridad en el Trabajo, Medio Ambiente y Salud Ocupacional, vigentes en
Bolivia.

5.4- Cualquier multa o suspensión impuesta al CONTRATISTA por la falta de


observación de leyes, procedimientos, instructivos o de otras determinaciones legales,
no eximen a la misma de obligaciones y penalidades especificadas en las Cláusulas del
presente Contrato, referentes a plazos y multas.

6. REQUERIMIENTOS GENERALES

6.1 General

6.1.1. Todo y cualquier servicio debe ser planeado, asegurando las condiciones de
seguridad, salud, medio ambiente y calidad de la actividad. Para ello, puede ser necesaria
la realización de reuniones de coordinación, involucrando a supervisores, operadores y/o
ejecutantes, tanto de MINERA SAN CRISTOBAL S.A. como del CONTRATISTA, sin
cargos financieros por parte de MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

6.1.2. En las áreas de riesgo industriales los empleados del CONTRATISTA deberán
poseer calificación que les permita leer e interpretar las placas y advertencias de
seguridad existentes, además de estar capacitados y habilitados para ejecutar los
servicios.

6.2 Obligaciones y Responsabilidades MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

6.2.1 MINERA SAN CRISTOBAL S.A. tendrá disponible información sobre los riesgos
potenciales existentes en sus instalaciones y productos, para orientar al CONTRATISTA
sobre los riesgos del área donde va a transitar y/o ejecutar sus actividades. El

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CONTRATISTA debe utilizar estas informaciones para la elaboración de programas


específicos sobre Salud, Seguridad y Medio Ambiente.

6.2.2. MINERA SAN CRISTOBAL S.A. especificará de manera clara los requisitos de
calidad a ser cumplidos por el CONTRATISTA.

6.2.3. Proveer entrenamiento de Inducción para los empleados del CONTRATISTA y sus
SUBCONTRATISTAS antes del inicio del servicio.

6.2.4. Designar personal de Calidad, Salud, Seguridad y Medio Ambiente a las


actividades como interlocutores con conocimiento y autoridad para orientar, aclarar y
tomar decisiones relativas a aspectos de Calidad, Salud, Seguridad y Medio Ambiente
que permitan la continuidad segura de los trabajos.

6.2.5. Comunicar al CONTRATISTA las nuevas exigencias establecidas debido la


constatación de nuevos riesgos o la alteración de las Políticas, Manuales, Planes,
Procesos o Instructivos de MINERA SAN CRISTOBAL S.A., relativas a Calidad, Salud,
Seguridad y Medio Ambiente.

6.2.6. Suministrar capacitaciones de seguridad y respuesta en casos de emergencias en


las áreas operacionales de MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

6.2.7. Coordinar la realización de las Reuniones Mensuales de HSEQ., la periodicidad


podrá varian en función a las características del contrato.

6.3 Obligaciones y Responsabilidades del Contratista

6.3.1. General
6.3.1.1. El CONTRATISTA debe entregar al Supervisor del Contrato de MINERA SAN
CRISTOBAL S.A. antes del inicio de los trabajos (Reunión Inicial) los documentos
solicitados en este Contrato relacionados con Calidad, Salud, Seguridad y Medio
Ambiente, para la aprobación de MINERA SAN CRISTOBAL S.A. (Coordinación con
HSEQ), incluyendo y no limitando:

- Plan de Salud Ocupacional


- Plan de Seguridad Industrial.
- Plan Medio Ambiental.
- Plan de Contingencias (Respuesta a Emergencias).
- Plan de Calidad

6.3.1.2. Los Planes deben estar en conformidad con los ítems 16, 17, 18,19 y 20.

6.3.1.3 El inicio de los trabajos estará condicionado a la aprobación de los documentos


del ítem 6.3.1.1.

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6.3.1.4 El personal del CONTRATISTA debe estar con uniforme que permita
distinguirlos de las demás empresas, y también del personal de MINERA SAN
CRISTOBAL S.A.

6.3.1.5 Los vehículos del CONTRATISTA deben cumplir con todos los requisitos
exigidos para los vehículos liviano, semipesado y pesado según el ítem 21.

6.3.1.6 El CONTRATISTA debe conocer y divulgar a sus empleados y subcontratistas


las Políticas y documentos de MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

6.3.1.7 Cumplir con las metas establecidas para el servicio.

6.3.1.8 Esta Prohibido FUMAR en lugares cerrados (oficinas, dormitorios, comedores,


vehículos, áreas de recreación, etc.) y en aquellos en los que esté señalizado.

6.3.1.9 El Contratista debe ejecutar las charlas diarias de HSEQ y estas :


a) Deben estar enfocados:
o En los riesgos de la actividad del día,
o Posibles impactos en los resultados de las actividades
o Elementos que influyen en la calidad de los servicios: Material, equipos,
procedimientos, atención de solicitudes y requisitos, entre otros
b) Deben ser realizados por el encargado o supervisor del equipo de trabajo,
c) Deben ser realizados en el inicio del turno de trabajo,
d) Deben de contar con un registro escrito de realización que incluya: identificación del
tema desarrollado, fecha, carga horaria y los nombres de los participantes. Las charlas en
la medida de lo posible deben ser proactivas, participativas y motivadoras.

6.3.1.10 El CONTRATISTA debe presentar antes del inicio de las actividades a la


Supervisión el contrato de MINERA SAN CRISTOBAL S.A. el nombre(s) de la persona(s)
responsable(s) por las actividades de HSEQ del CONTRATISTA para iniciar la
programación de trabajo. Esta persona debe tener su currículo aprobado anticipadamente
por Gerencias de HSEQ de MINERA SAN CRISTOBAL S.A. o por quien el designe.

6.3.1.11 El personal de HSEQ del CONTRATISTA, en su cuadro de funcionarios debe


estar involucrado en las actividades de HSEQ y solamente en estas, para que promuevan
la diseminación de la cultura de HSEQ en sus actividades e instalaciones. La cantidad de
empleados y la calificación para cada lugar de trabajo debe ser mínima como se describe
en el ítem 15. Las tablas pueden ser alteradas a criterio de MINERA SAN CRISTOBAL
S.A.

6.3.1.12 Los profesionales de HSEQ del CONTRATISTA deben tener sus currículums
documentados aprobados por la fiscalización de MINERA SAN CRISTOBAL S.A. antes
del inicio de las actividades, siendo:

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- Inspector de HSE: Profesional con escolaridad mínima de “Técnico” con experiencia


mínima en HSE en empresa del rubro de 3 años o Profesional con Licenciatura (de
preferencia) en Ingeniería con experiencia mínima en gestión de HSE de 1 año en
empresas del ramo y/o proyectos de envergadura.

- Supervisor de HSE: Ingeniero en Seguridad Industrial, Ingeniero Industrial, Ambiental o


ramas afines, con diplomados o maestría en HSE con experiencia mínima en HSE en
empresas del rubro de 3 años y/o proyectos de envergadura.

- Supervisor de Seguridad: Ingeniero en Seguridad Industrial o Ingeniero Industrial, civil


o ramas afines, con diplomados o maestría en Seguridad Industrial con experiencia
mínima en HSE en empresas del rubro de 3 años y/o proyectos de envergadura.

-Supervisor Ambiental: Profesional con Licenciatura en “Ingeniería Ambiental” y


experiencia mínima en gestión ambiental de 1 años o Profesional con Graduación
relacionada al área ambiental con experiencia mínima en gestión ambiental de 3 años en
empresas del ramo.

-Inspector de Calidad: Profesional técnico o con licenciatura, con experiencia mínima de


2 años relacionada al control de calidad de la actividad y/o servicio prestado.

-Supervisor de Calidad: Profesional técnico o con licenciatura, con experiencia mínima


de 2 años relacionada a la gestión de calidad (ISO 9001) y control de calidad de la
actividad y/o servicio prestado.

-Coordinador de Calidad: Profesional con licenciatura y post-grado en sistemas de


gestión de calidad, con experiencia mínima de 3 años relacionada a la gestión de calidad
(ISO 9001) en empresas de actividades del ramo.

-Responsable Salud: En caso de que la cantidad de trabajadores exceda las 200


personas, debe ser un Profesional con de Título Medico Cirujano Título en provisión
nacional con especialidad en cualquier rama quirúrgica, experiencia de 5 años en centros
de emergencias. En caso de que la cantidad de trabajadores sea menor a las 200
personas, debe ser un Profesional Licenciado en Enfermería con experiencia de 3 años
en centros de emergencias.

Nota: El profesional de Salud será exigido en aquellas situaciones en que la contratista


habite fuera del área de influencia del servicio de salud de MSC.

Gerente HSEQ: Licenciado en Ingeniería o ramas afines, con postgrado en gestión


HSEQ con experiencia mínima de 3 años como Gerente en HSEQ en empresas de
actividades del ramo y 5 años en actividades relacionadas con HSEQ.

6.3.1.13 La eventual sustitución de los profesionales de HSEQ durante la vigencia del


contrato implicará la necesidad del CONTRATISTA de presentar anticipadamente los

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currículums de los nuevos profesionales para sustitución, quiénes serán evaluados por la
Gerencia de HSEQ de MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

6.3.1.14 Se considera como falta grave, pasible de sanción contractual e interrupción de


los servicios, la ausencia de los profesionales de HSEQ establecidos en el contrato.

6.3.1.15 El CONTRATISTA debe proporcionar todo el entrenamiento necesario y


suficiente en calidad, seguridad, medio ambiente y salud a sus empleados y mantener un
registro de entrenamientos realizados con el contenido programado, el cronograma de
capacitación será validado por MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

6.3.1.16 El CONTRATISTA debe realizar reuniones periódicas (internas) de HSEQ donde


son discutidos los indicadores de desempeño, las tendencias estadísticas y son definidos
los planes de acción para correcciones, asuntos específicos de HSEQ del período deben
ser discutidos tales como no conformidades, incidentes y resultados de sus
averiguaciones, análisis de simulacros de emergencia, campañas de motivación, etc.
Deben participar: equipo de HSEQ, Jefes, supervisores y otros invitados.

6.3.1.17 El CONTRATISTA debe señalizar de forma clara todas las áreas que estén bajo
su responsabilidad o donde tengan personas trabajando.

6.3.1.18 Realizar mantenimiento continuo de sus instalaciones y equipos ofreciendo a sus


empleados un ambiente de trabajo saludable y seguro

6.3.1.19 El CONTRATISTA debe asegurar y suministrar que todo el personal


(empleados, subcontratados, etc.) que estén a servicio del presente contrato, tenga
transporte adecuado hasta las instalaciones de MINERA SAN CRISTOBAL S.A., los
vehículos deben cumplir con las exigencias para vehículos de transporte de personal.

6.3.1.20 El CONTRATISTA debe asegurar y suministrar que todo el personal


(empleados, subcontratados, etc.) que esté a servicio del presente contrato, tenga una
alimentación adecuada.

6.3.1.21 El CONTRATISTA en el sistema de turno del personal no deberá exceder de 28


días continuos en el lugar de trabajo teniendo como mínimo 7 días de descanso continuos
fuera de la faena. En el caso que la contratista no cuente con un sistema de turno
determinado podrá adoptar el régimen de MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

En el caso que el contrato no excediera los 45 días, el personal NO podrá permanecer


más de este tiempo sin uso de día de descanso fuera del sitio de trabajo.

6.3.2 Seguridad del Trabajo

6.3.2.1 El CONTRATISTA tiene la responsabilidad y el deber de entregar el Elemento


de Protección Personal (EPP) gratuitamente a sus empleados y SUBCONTRATISTAS de

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acuerdo con la actividad, con las peculiaridades del área de trabajo y conforme la
legislación, incluyendo un stock mínimo de 10% adicional.

6.3.2.2 El CONTRATISTA debe tener reglas de sustitución en caso de pérdida, extravío


u otros del EPP. Estas reglas deben estar bien definidas y divulgadas.

6.3.2.3 El CONTRATISTA debe garantizar que toda actividad sea ejecutada con su
personal utilizando el Equipo de Protección Personal (EPP).

6.3.2.4 Los EPP deben estar normados según las normas IBNORCA (Bolivia), ANSI y/o
ASTM (Estados Unidos), IRAM (Argentina), NR-INmetro (Brasil) u otra entidad aprobada
por la fiscalización de MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

6.3.2.5. El CONTRATISTA es responsable por el suministro mínimo de 02 (dos)


conjuntos de uniforme (identificados con el nombre o logotipo de el CONTRATISTA) para
sus empleados, cuyo uso será obligatorio, la dotación podrá ser mayor en función a las
características de la actividad.

6.3.2.4 En los lugares de trabajo en que se realice trabajos en caliente, el


CONTRATISTA debe tener los equipos necesarios para el combate de principios de
incendio y derrames.

6.3.3 Medio Ambiente.

6.3.3.1 Informar a la Superintendencia de Medio Ambiente previamente sobre cualquier


descarte de residuo peligroso que el CONTRATISTA desee efectuar. El CONTRATISTA
no podrá efectuar ningún tipo de descarte de residuo peligroso sin la previa autorización
escrita de MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

6.3.3.2 Seleccionar y acondicionar de manera adecuada los residuos a ser generados,


para disposición final en las áreas de MINERA SAN CRISTOBAL S.A. o para reciclaje,
conforme proceso de la misma.

6.3.3.3 En caso de contar con la autorización de la Superintendencia de Medio Ambiente


para efectuar una disposición o reciclaje de residuos fuera del sitio del proyecto, el
CONTRATISTA debe presentar los documentos legales y comprobantes del destino de
los residuos removidos.

6.3.3.4 Asumir los costos de transporte y disposición final de materiales y/o residuos, así
como también la indemnización a MINERA SAN CRISTOBAL S.A. de todos los costos y
servicios necesarios para la recuperación del medio ambiente resultante de impactos
causados por el CONTRATISTA, debido a dolo o culpa de sus empleados o sus
subcontratistas.

6.3.3.5 El CONTRATISTA debe disponer el manejo y descarte de los residuos sépticos


de forma adecuada y en conformidad con la legislación vigente.

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6.3.4 Higiene y Salud Ocupacional

6.3.4.1 Cuando el CONTRATISTA no utiliza las instalaciones de MINERA SAN


CRISTOBAL S.A el Campamento del CONTRATISTA debe atender a la legislación
vigente en cuanto a su dimensión, confort, higiene y limpieza. En el Campamento debe
haber disponible agua potable para los trabajadores, así como camas con colchones
adecuados conforme a orientación médica.

6.3.4.2 Cuando el CONTRATISTA no utiliza las instalaciones sanitarias de MINERA


SAN CRISTOBAL S.A., el CONTRATISTA deberá disponer instalaciones sanitarias
propias, obedeciendo la legislación vigente en cuanto a la cantidad, separación por sexo,
etc. En los vestuarios deben estar previsto armarios para guardar las pertenencias
personales.

6.3.4.3 Cuando por la naturaleza o modalidad del trabajo que se realiza, los trabajadores
se vean precisados a consumir alimentos en el sitio de trabajo, se dispondrá de un
comedor para este propósito, el que estará completamente aislado de las áreas de trabajo
y de cualquier fuente de contaminación ambiental y será reservado para comer. El
CONTRATISTA deberá adoptar las medidas necesarias para mantenerlo en condiciones
higiénicas adecuadas.

El comedor estará provisto con mesas y sillas con cubierta de material lavable y piso de
material sólido y de fácil limpieza, deberá contar con sistemas de protección que impidan
el ingreso de animales y estará dotado con agua potable para el aseo de manos y cara.
Además, dicho comedor deberá contar con un medio de refrigeración, cocinilla, lavaplatos
y sistema de energía eléctrica si el caso lo requiere.

6.3.4.4 En caso que sea abastecida la comida a los trabajadores, el CONTRATISTA


debe garantizar la supervisión de un Nutricionista o personal del área Médica en la
preparación de la misma, así como la supervisión también de la higiene de las
instalaciones donde se prepara.

6.3.4.5 Donde no sea necesario el abastecimiento de alimentación por el


CONTRATISTA:
 No permitir que los trabajadores se alimenten (almuerzo, cena, desayuno)
alrededor de las instalaciones MINERA SAN CRISTOBAL S.A. de forma
inapropiada.
 CONTRATISTA y MINERA SAN CRISTOBAL S.A. deben establecer el local
adecuado para la alimentación (almuerzo, cena, desayuno).

6.3.4.6 Correr con los costos de asistencia médica laboral y de emergencia de su


personal y sus SUBCONTRATISTAS.

6.3.4.7 Presentar a MINERA SAN CRISTOBAL S.A. (mensualmente) el carné de


asegurado al día respecto a hospitales y clínicas con los que el CONTRATISTA mantiene

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convenio para atención de sus empleados, SUBCONTRATISTA y accidentados e


informar en 48 horas cualquier alteración.

6.3.4.8 Presentar antes del inicio de los trabajos a MINERA SAN CRISTOBAL S.A. los
carné de las vacunas contra el tétano y enfermedades endémicas de la región y del área
de procedencia de su personal vinculado al objeto de la presente contratación con
anticipación mínima de quince (15) días del ingreso a las áreas de operación MINERA
SAN CRISTOBAL S.A., coordinar este aspecto con la Unidad Médica de MSC.

6.3.4.9 Presentar a MINERA SAN CRISTOBAL S.A. el carné sanitario expedido por la
Secretaria Departamental de Salud (actualizado en forma semestral), en los casos en que
el empleado manipule alimentos y desarrolle actividades de catering.

6.3.4.10 Proceder a la inmediata sustitución de sus empleados, cuyas condiciones de


salud no sean consideradas satisfactorias por MINERA SAN CRISTOBAL S.A. o
CONTRATISTA.

6.3.4.11 Presentar antes del inicio de los trabajos a MINERA SAN CRISTOBAL S.A. los
Certificados de Salud Ocupacional (CSO) realizados por un Ente Gestor de Salud de su
personal vinculado al objeto de la presente contratación.

6.3.4.12 En cuanto a los Certificados de Salud Ocupacional (CSO):


Para cada examen médico ocupacional, el Médico emitirá el Certificado de Salud
Ocupacional - CSO, que quedará archivado en el local de trabajo del trabajador, a la
disposición de MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

6.3.4.10 De acuerdo con la actividad desarrollada o exposición al riesgo por el empleado


del CONTRATISTA o SUBCONTRATISTA, deberán ser realizados los siguientes
exámenes complementarios:

EXPOSICIÓN AL RIESGO
PERIOCIDAD DEL
O ACTIVIDAD A EXAMEN COMPLEMENTARIO
EXAMEN (PADRÓN)
EJECUTAR
Ruido Audiometría De Admisión y anual
Placa PA de tórax, Espirometría,
Altura Perfil lipídico, ECG, Pruebas de De admisión y anual
esfuerzo
Aerodispersoides Telerradiografía de Tórax
De Admisión y anual
Fibrogénicos Espirometría
Aerodispersóides No Telerradiografía de Tórax
De admisión y bienal
Fibrogénicos Espirometría
Radiografías de articulaciones cojo-
Condiciones Hiperbáricas De admisión y bienal
femorales y escápulo humerales
Hemograma completo y conteo de
Radiaciones Ionizantes De admisión y bienal
plaquetas
Benceno Hemograma completo y plaquetas De admisión y anual
Actividades de catering RPR – Reacción Plasmática Rápida De admisión y semestral

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Coproparasitologico
Prueba de Widal
Electroencefalograma
Trabajos en altura De admisión y semestral
Análisis psicológicos
Electroencefalograma
Operadores de vehículos y
Evaluación oftalmológica De admisión y semestral
equipos pesados
Audiometría
Dosificación del ácido hipúrico en la
orina
Tintas, solventes y
Dosificación del ácido metil hipúrico De admisión y anual
barnices
en la orina
Dosificación del fenol de la orina

6.3.4.11 La falta de estos exámenes será motivo de separación del empleado de sus
tareas hasta que regularice su situación con los exámenes requeridos.

6.3.4.12 Prohibir a sus empleados trabajar o ejecutar cualquier tarea bajo la influencia
de drogas (estupefacientes) o alcohol.

6.3.5 Plan de Contingencia

6.3.5.1 El Plan de Contingencia debe abarcar todas las actividades del Contrato

6.3.5.2 El Plan de Contingencia del CONTRATISTA debe estar alineado con el Plan de
Contingencia MINERA SAN CRISTOBAL S.A. (ver ítem 20).

6.3.5.3 En caso de que los trabajos sean realizados en el interior de las instalaciones
de MSC el plan a ser aplicado es el de MSC.

6.3.6 Plan de Calidad

La CONTRATISTA debe presentar un plan de calidad enfocado a las características del


servicio a prestar y en función del nivel definido. (ver ítem 17)., con el detalle de los
aspectos a implementar para el eficaz cumplimiento de los requisitos establecidos por
MINERA SAN CRISTOBAL S.A.
En el plan de calidad se deben identificar los elementos técnico – administrativos
necesarios, identificando entre otros los siguientes:
 Objetivos para el proyecto los cuales estarán alineados a los objetivos y
política de calidad de la CONTRATISTA y política de gestión de MINERA SAN
CRISTOBAL S.A.

 Detalle de las actividades operativas y cronograma de las mismas

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 Procedimientos operativos para el desarrollo de las actividades, los cuales


deben ser liberados (revisados y aprobados) por el supervisor del contrato
antes de su aplicación.

 Normas técnicas a emplear para el desarrollo del servicio.

 Normas legales a cumplir (si aplica)

 Responsabilidades de ejecución, medición y seguimiento de las actividades

 Identificación de los equipos críticos para el desarrollo de las actividades,


presentando los correspondientes comprobantes de mantenimiento y/o
calibración.

 Identificación de los materiales que afecten a la calidad del producto,


presentando los correspondientes certificados de calidad y/o metodología de
identificación y trazabilidad.

El contenido detallado del plan de calidad a ser presentado por la CONTRATISTA estará
en función a:
 Elementos de la norma ISO 9001
 Nivel de exigencia de HSEQ del contrato

La CONTRATISTA debe reportar cualquier No Conformidad identificada en el desarrollo


de las actividades que pueda afectar o haya afectado a la calidad del producto / servicio
prestado.

7 COMUNICACIÓN E INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES

7.1 COMUNICACIÓN DE ACCIDENTES

7.1.1 Los Incidentes deberán ser comunicado a Sala de Control y HSE de MINERA SAN
CRISTOBAL S.A. e investigado de acuerdo a proceso 4.04.P01: Investigación de
Incidentes o procedimiento de la contratista (previamente validado).

7.1.2 Las comunicaciones a HSE MINERA SAN CRISTOBAL S.A. deben ser hechas en
el formulario de Informe de investigación de incidente hasta 24 hrs. de ocurrido el
accidente.

7.1.3 En caso de ser un “Accidente con Tiempo Perdido” o “Accidente fatal” se deben
seguir también las orientaciones descritas en 7.2 y 7.3.

7.1.4 El CONTRATISTA deberá entregar todas las informaciones solicitadas para la


investigación.

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7.2 ACCIDENTES CON TIEMPO PERDIDO

7.2.1 MINERA SAN CRISTOBAL S.A. evaluará si debe o no tener un representante en


la Comisión de Investigación del CONTRATISTA.

7.2.2 El CONTRATISTA deberá presentar a la gerencia MINERA SAN CRISTOBAL


S.A., a quién corresponde la gestión del contrato, los resultados de la investigación del
accidente y las acciones correctivas y/ o preventivas establecidas. El informe debe
contener como lo mínimo lo establecido por el proceso 4.04.P01 Investigación de
Incidentes

7.3 ACCIDENTES FATALES EN LAS ÁREAS DE MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

7.3.1 En el caso que durante la vigencia del contrato ocurra un accidente fatal con algún
empleado (s) del CONTRATISTA, esta deberá:

 Comunicar inmediatamente lo ocurrido a Sala de control y HSE MINERA


SAN CRISTOBAL S.A. y la Autoridad Policial competente, para las
providencias legales.
 Notificar a los familiares del accidentado lo ocurrido con máxima urgencia,
ofreciendo el debido apoyo social;
 Crear, formalmente, en un tiempo no mayor a 48 horas después de lo
ocurrido el accidente, una Comisión de Investigación y Análisis del
Accidente.

7.3.2. La Comisión de Investigación y Análisis del Accidente del CONTRATISTA tendrá


autoridad y autonomía suficiente para que se lleven a cabo las investigaciones sin
restricción alguna.

7.3.3 En esta Comisión puede, a criterio de MINERA SAN CRISTOBAL S.A., participar
por lo menos un representante de MINERA SAN CRISTOBAL S.A., designado por la
Gerencia involucrada.

7.3.4 Concluidos los trabajos de la Comisión, el CONTRATISTA deberá entregar el


informe de la investigación a la Gerencia respectiva MINERA SAN CRISTOBAL S.A. con
la cual tenga contrato.

7.2.3 El proceso de investigación se gestionará de acuerdo al proceso 4.04.P01


Investigación de Incidentes

8. PERMISO DE TRABAJO

8.1 La ejecución de servicios de mantenimiento, montaje, transporte, desmontaje,


construcción, inspección y reparación de equipos, o sistemas que involucren riesgos de

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accidentes con lesión personal, daños a la salud, daños materiales, agresión al medio
ambiente o discontinuidad operacional, estará condicionada a la emisión de una
autorización por escrito denominada "Permiso de Trabajo” conforme Procesos de
MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

9. SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS

9.1 El CONTRATISTA podrá ser suspendida de cualquier trabajo, en el cual se


evidencie inminente amenaza a la calidad del servicio, medio ambiente, la seguridad y la
salud de las personas o riesgo para las instalaciones o equipos (pertenecientes a
MINERA SAN CRISTOBAL S.A., CONTRATISTA o a la comunidad), siendo motivo para
la aplicación de penalidades estipuladas en Contrato.
9.2 La Supervisión tanto de HSEQ como cualquier empleado de MINERA SAN
CRISTOBAL S.A. puede suspender cualquier trabajo en el que se observe un riesgo
inminente a la salud o a la seguridad de los trabajadores, a los equipos, las instalaciones,
medio ambiente o a la calidad del producto/servicio. Las actividades podrán reanudarse
una vez se haya subsanado el problema identificado.
9.3 El incumplimiento de cualquier ítem de estas instrucciones, implicará la
interrupción de los trabajos sin perjuicio para MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

10. INSPECCIONES Y AUDITORIAS

10.1 El CONTRATISTA, deberá permitir la amplia y total fiscalización de las


instalaciones y servicios contratados, sea por funcionarios propios, o por auditores
independientes delegados por MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

10.2 MINERA SAN CRISTOBAL S.A. realizará inspecciones y/o auditorias periódicas
de HSEQ a las instalaciones y al personal del CONTRATISTA. Los desvíos serán
registradas en informes, en conformidad con el proceso establecido por MINERA SAN
CRISTOBAL S.A. Las Auditorias e inspecciones pueden ser realizadas con la
participación del personal de la CONTRATISTA.

10.3 Una vez constatados los desvíos, hay que realizar el tratamiento adecuado con
acciones preventivas y correctivas, incluyendo las recomendaciones efectuadas por
MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

10.4 El CONTRATISTA debe establecer y mantener un procedimiento y programa de


inspecciones y auditorias de HSEQ. El procedimiento debe contener, por lo menos, el
objetivo, la frecuencia, la metodología, las responsabilidades y el formato de presentación
de los resultados.

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11. ENTRENAMIENTO Y CAPACITACIÓN

11.1 El CONTRATISTA debe desarrollar un programa de capacitación y/o


entrenamiento en HSEQ para su personal, incluyendo subcontratados, de acuerdo con las
actividades y exposiciones a riesgos y características del trabajo.

11.2 Debe ser implementado un mecanismo de acompañamiento de los


entrenamientos, con un indicador de desempeño, conteniendo por lo menos el porcentual
realizado versus lo programado.

11.3 La programación de las capacitaciones y/o entrenamientos deben entregarse a


MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

11.4 El CONTRATISTA debe mantener el archivo disponible con una copia de las listas
de asistencias de las capacitaciones y/o entrenamientos para fiscalización inmediata de
MINERA SAN CRISTOBAL S.A.

11.5 La contratista efectuará charlas diarias de HSEQ con su personal y en el área de


trabajo.

12 INDICADORES DE CALIDAD, MEDIO AMBIENTE, SEGURIDAD Y SALUD:

12.1 El CONTRATISTA deberá registrar y entregar a MINERA SAN CRISTOBAL S.A. la


documentación requerida de HSEQ por contrato hasta el día 02 de cada mes.

13. EVALUACIÓN DE LAS CONTRATISTAS

13.1 La evaluación de desempeño de empresas CONTRATISTAS podrá desarrollarse


siguiendo los criterios establecidos en el proceso 3.03.P01 Evaluación y Re-evaluación de
Proveedores

14. DISPOSICIONES FINALES

14.1 MINERA SAN CRISTOBAL S.A. se reserva el derecho de alterar este los
Requisitos de HSEQ para contratistas, de forma de adecuarlo a las nuevas instrucciones
legales que puedan ser formuladas, considerando la calidad del producto/servicio, la
protección de los empleados, de los equipos y del medio ambiente a la vez.

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15. CANTIDAD DE PERSONAL DE HSEQ EN FUNCIÓN AL NIVEL DE EXIGENCIA

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16. PLAN DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO

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17. PLAN DE CALIDAD

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18. PLAN DE MEDIO AMBIENTE

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19. PLAN DE SALUD OCUPACIONAL

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20. PLAN DE CONTINGENCIA

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21. REQUERIMIENTO PARA VEHÍCULOS Y MAQUINARIA EN MSC

1. VEHÍCULO LIVIANO

Pértiga 4 mt de altura. (Sólo Ingreso a áreas de MINA)


Baliza Color Ámbar (Naranja) estroboscópica (Sólo Ingreso a áreas de
MINA)
Banderín (Pértiga) Color Rojo o Naranja (Ingreso a áreas de MINA)
Barra anti vuelco Interna o externa, si es interna tiene que ser acolchada, de 2
pulgadas de ancho, si es externa 3 pulgadas de espesor.
Cinturón En todos los asientos del vehículo. NO HECHIZOS
Extintor Para vehículo. (2 Kg.)
Identificación de la Logo con el nombre de la empresa en las puertas laterales del
Empresa (Logo) chofer y del acompañante. Número interno en las laterales de la
cajuela.
Alarmas Alarma de retro
Iluminación Todo el sistema de iluminación tiene que estar en buen estado
Botiquín De acuerdo a requerimiento de Unidad Médica.
Triángulos Par de Triángulos.
Herramientas Llave de Rueda, Gata, Barrote de Gata, Llaves Mecánicas
(Destornillador, alicate, Llave Crecen, Llaves Combinadas, Llave
Bujía).
Llantas Las llantas tienen que estar en buenas condiciones incluyendo la
de repuesto.

2. EQUIPO SEMIPESADO (Cisternas, Volquetas)

Pértiga 4 mt de altura. (Sólo Ingreso a áreas de MINA)


Baliza Color Ámbar (Naranja) (Sólo Ingreso a áreas de MINA)
Banderín (Pértiga) Color Rojo o Naranja (Sólo Ingreso a áreas de MINA)
Cinturón En todos los asientos del vehículo. NO HECHIZOS
Extintor De acuerdo a las características del equipo
Identificación de la Logo con el nombre de la empresa en las puertas laterales del
Empresa (Logo) chofer y del acompañante. Número interno.
Alarmas Alarma de retro
Iluminación Todo el sistema de iluminación tiene que estar en buen estado
Botiquín De acuerdo a requerimiento de Unidad Médica.
Triángulos o Conos Un par.
señalización reflectivos
Herramientas Llave de Rueda, Gata, Barrote de Gata, Llaves Mecánicas
(Destornillador, alicate, Llave Crecen, Llaves Combinadas, Llave
Bujía).
Llantas Las llantas tienen que estar en buenas condiciones incluyendo la
de repuesto.

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3. EQUIPO PESADO

Baliza Color Ámbar (Naranja) estroboscópica


ROP Cabina o protección antivuelco.
Cinturón En todos los asientos del vehículo. NO HECHIZOS.
Extintor De acuerdo a las características del equipo
Identificación de la Logo con el nombre de la empresa en las puertas laterales del
Empresa (Logo) chofer y del acompañante. Número interno.
Alarmas Alarma de retro
Iluminación Todo el sistema de iluminación tiene que estar en buen estado
Botiquín De acuerdo a requerimiento de Unidad Médica.
Conos de señalización Mínimo 4 por equipo.
reflectivos.
Herramientas Dependiendo del equipo.
Llantas (si corresponde) Las llantas tienen que estar en buenas condiciones incluyendo la
de repuesto.

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