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TDR Inspector de Obra Puente Peatonal

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PALLPATA ESPINAR – CUSCO

SUB GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA, DESARROLLO URBANO Y RURAL

TERMINOS DE REFERENCIA - TDR


INSPECTOR DE OBRA PARA LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PALLPATA – ESPINAR – CUSCO
PROYECTO: “ CREACIÓN DEL PUENTE PEATONAL EN LA AVENIDA MANUEL
PRADO DEL CENTRO POBLADO HÉCTOR TEJADA DEL DISTRITO DE PALLPATA –
ESPINAR – CUSCO ”

1. INTRODUCCION
La Municipalidad Distrital de Pallpata, con R.U.C. N° 20222360677, con domicilio legal en la
plaza de armas N° 100 Distrito de Pallpata, Provincia de Espinar, Región Cusco, dentro del
Componente de proyectos de inversión tiene programado ejecutar “ CREACIÓN DEL PUENTE
PEATONAL EN LA AVENIDA MANUEL PRADO DEL CENTRO POBLADO HÉCTOR
TEJADA DEL DISTRITO DE PALLPATA – ESPINAR – CUSCO ” Meta Presupuestaria 0091,
ha programado para el ejercicio fiscal 2018 la ejecución del Proyecto mencionado; para tal fin, se
requiere del concurso de un ingeniero Civil para desempeñarse como Inspector de Obra, que
permita a la Sub Gerencia de Infraestructura de Obras, cumplir con los objetivos y metas
trazadas.
2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
El servicio será ejecutado en la siguiente ubicación: Región - Cusco
Provincia : ESPINAR
Distrito : PALLPATA
Comunidad : PALLPATA

3. OBJETO
La contratación de los servicios de un ingeniero Inspector de Obra, es para Inspeccionar, técnica
– económica – administrativa, la ejecución del proyecto: “ CREACIÓN DEL PUENTE
PEATONAL EN LA AVENIDA MANUEL PRADO DEL CENTRO POBLADO HÉCTOR
TEJADA DEL DISTRITO DE PALLPATA – ESPINAR – CUSCO ”.
4. BASE LEGAL

D.S. Nº 350-2015-EF Reglamento del D.L Nº 30225 que aprobó la Ley de Contrataciones del
Estado.
Todas las normas técnicas relacionadas a Obras de Públicas.
Norma de Control Nº 400-02 de la Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG,
Norma de Control Nº 700-03 de la Resolución de Contraloría Nº 123-2012-CG
Selección para el Ingreso y Progresión Laboral del Personal.

5. REQUERIMIENTO MINIMO DEL PROFESIONAL

NIVEL DE FORMACIÓN: Ingeniero Civil, con habilidad vigente, contar con Registro
Nacional de Proveedores (RNP) vigente.

EXPERIENCIA: Con Experiencia mínima dos (02) años en el sector Público o privado, con
conocimientos de haber desempeñado (Acreditado con: Contratos, constancias,
certificados o cualquier otro documento que de manera fehaciente, demuestre la
experiencia del profesional propuesto).
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6. SERVICIOS A REALIZAR
Inspeccionar técnica - económica – administrativa, la ejecución de la obra, de conformidad con
la Directiva N° 001-2015-MDP/A, procedimiento para la ejecución y supervisión de Obras
Públicas Por Administración Directa; las funciones del Contratado sin ser limitativas, están
establecidos en el ítem 1.8 de la Citada Directiva, según el siguiente detalle:
6.1. Inspector del proyecto en el marco de los sistemas administrativos y normas técnicas
vigentes.
Evaluar y revisar minuciosamente la memoria descriptiva, especificaciones técnicas, planos
de ejecución conformantes del Expediente Técnico, con la finalidad de verificar que guarde
relación con los metrados, presupuesto de obra, terreno y tipo de suelo donde se ejecutará
la obra. Así mismo emitir su pronunciamiento de conformidad y/o observaciones al
expediente técnico para su corrección en un plazo de 15 días útiles, recomendando a la
entidad de ser el caso, las medidas que deban adoptarse en resguardo de la calidad y
buena ejecución de los trabajos, que permitan el mejor cumplimiento de las metas
propuestas.

6.2. Conocer perfectamente el expediente técnico de la obra y la normatividad de la


municipalidad Distrital de Pallpata.
6.3. Inspector del aspecto técnico del proyecto y cumplimiento estricto del expediente técnico
aprobado por la institución, debiendo adoptar las medidas pertinentes y oportunas para
culminar la obra, así como de la calidad y funcionamiento de la misma.
6.4. Autorizar el gasto la obra de acuerdo a lo indicado en el presupuesto analítico, calendario de
insumos aprobados y márgenes normados para la mano de obra, equipo, materiales y otros.
Cautelando permanentemente la racionalidad de la administración presupuestal.
6.5. Fiscalizar que los insumos que se adquiere para la obra, se use único y exclusivamente
para la ejecución de la obra conforme al Expediente Técnico aprobado hasta la entrega
correspondiente.
6.6. Aprobar y verificar la cantidad de materiales, mano de obra y servicios necesarios para
garantizar el cumplimiento del calendario de obra y la cantidad de los trabajos hasta la
terminación y entrega de la obra.
6.7. Controlar que el personal que labora en la obra sea el número y especialidad previsto en el
expediente técnico.
6.8. Permanecer en la obra en forma permanente y/o realizar actividades inherentes a la
ejecución de la obra, de acuerdo al coeficiente de participación.
6.9. Una vez concluida la obra, de acuerdo al expediente técnico y modificaciones aprobadas
por la municipalidad Distrital de Pallpata, el supervisor de obra consignará este hecho en el
cuaderno de obra. De contar conforme la obra, con el visto bueno de la jefatura de la Unidad
de Infraestructura y obras Públicas, solicitará al área y las instancias correspondientes para
suscribir el acta de recepción de obra. En el caso de existir observaciones, estos deberán
ser totalmente levantados en el plazo indicado por el supervisor de obra.
6.10. Del cuaderno de obra:
El cuaderno de obra, legalizado por Notario Público o Juez de Paz, tendrá un (01) original y
tres (03) copias, será sellado y visado en todas sus páginas, por el Residente y por el
Inspector de Obras.
Abrir el Cuaderno de Obra el mismo día de la recepción del terreno, registrando las
condiciones en que se recibe el terreno.
Todas las anotaciones en el Cuaderno de Obra tendrán numeración correlativa, empezando
por el número de la anotación, el día, la fecha y “Del Residente”, o “Del Supervisor”. La
numeración correlativa de las anotaciones será única independientemente de quien efectúe
la anotación.
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Solo el Residente y el Supervisor están autorizados a efectuar anotaciones en el Cuaderno


de Obra.
6.11. Anotar en el Cuaderno de Obra, la fecha de inicio y término de los trabajos, las variaciones
y/o modificaciones autorizadas, los avances mensuales físicos y financieros, los controles
diarios de ingresos y salida de materiales y de personal, las horas-máquina trabajadas por
los equipos propios y alquilados, los partes diarios de máquinas, los jornales semanales
insumidas en la obra por el personal obrero, así como los problemas que pudieran afectar el
cumplimiento del cronograma establecido. Del mismo modo deberá registrar en el
Cuaderno de Obra, después de cada valorización de avance:
- El porcentaje y monto del avance (físico) de la obra, parcial
- El porcentaje y monto del avance financiero de la obra, parcial y acumulado.
- La ratio: Avance físico/Avance financiero.
6.12. Verificar que la ubicación de los Bench Marks (hitos, fijos o monumentados) que establecen
los niveles, delimitan el terreno y los puntos geométricos de referencia, coincidan con los
establecidos en los planos.
6.13. De los Informes:
- Presentar el Calendario de Inicio de Obra
- Presentar el informe mensual de la obra dentro de los tres (5) días siguientes de vencido
cada mes, informe que tendrá el esquema establecido en la directiva 001 Obras Públicas
MDP en el anexo respectivo.
- Presentar informes especiales: además del informe mensual, el Supervisor deberá
presentar, cada vez que se le requiera los informes especiales sobre situaciones
específicas que pudieran presentarse durante la ejecución de las obras. Dichos informes
especiales deberán ser presentados dentro de los plazos solicitados por la Sub Gerencia
de Infraestructura, o quién haga sus veces, referentes a pronunciamientos sobre:
Prórrogas, gastos generales, mayores metrados, Adicionales, deductivos, cambio de
especificaciones y/o diseño, reprogramación de obra, avance acelerado de obra, etc.

6.14. Ajustar el Diagrama de Red. (CPM, método de las precedencias, o similar) a la fecha de
inicio de la ejecución de la obra.

6.15. Ajustar el calendario de Adquisición de materiales e insumos de la obra, necesarios para su


ejecución, valorizado mensualmente y debidamente armonizado con el calendario
valorizado de Avance de Obra.
6.16. Evaluar y aprobar los expedientes técnicos; documentadamente, en su oportunidad, todas
las variaciones y/o modificaciones que, a su criterio, deben realizarse al expediente técnico
original.

6.17. Evaluar y Aprobar el Diagrama de Red, el Calendario Valorizado de Avance de Obra


fechado y el Calendario de Adquisición de materiales presentados por el residente de obra,
cada vez que se produzcan variaciones y/o modificaciones a las condiciones
preestablecidas en el expediente técnico original, que repercutan y modifiquen el plazo
original.

6.18. Controlar la obra dentro del plazo oficial, actualizado y vigente (con las ampliaciones de
plazo autorizadas, es decir aprobadas oficialmente por la máxima autoridad administrativa
de la Entidad).

6.19. De los requerimientos que debe hacerse a la Oficina de Abastecimientos, con la aprobación
previa del Supervisor de obra.
- Todos los insumos, materiales, servicios, etc., necesarios para la ejecución de la obra
deben ser formulados por el Residente y presentados a la Oficina de Abastecimiento, o
quién haga sus veces, por el Supervisor, inmediatamente después de su aprobación.
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- Todos los requerimientos deben hacerse con la debida anticipación, señalando, en el


formato respectivo, la fecha máxima para su entrega a pie de obra.

a. Monitorear y Verificar la recepción de los insumos (materiales, equipos y demás


recursos) que remita a obra la Entidad, verificando previamente su cantidad, calidad
y que cumplan con las especificaciones técnicas respectivas.

b. Rechazar los recursos que no cumplan con la calidad y especificaciones técnicas


requeridas, ni con la provisión oportuna de los mismos, anotando en la guía de
remisión las observaciones.

c. Elaborar, conjuntamente con el Residente, las planillas de los metrados realmente


ejecutados, que respalden a las correspondientes valorizaciones.

d. La valorización periódica de avance. Se adjuntarán las planillas que sustenten los


metrados.

e. Controlar y verificar la elaboración de los ensayos de los materiales con la debida


anticipación, y las pruebas de control de calidad de laboratorio y de campo, de los
trabajos y de los materiales y verificar que el resultado de los mismos esté de
acuerdo a las exigencias del Expediente Técnico, caso contrario disponer los
correctivos.

Los resultados de los ensayos deben informarse darse a conocer mediante los
informes mensuales, así como en los informes técnicos, y presentados a la
Comisión de Recepción y Liquidación de la Obra.

f. Pronunciarse respecto a los diseños de mezclas de concretos alcanzadas por el


residente de obra en el tiempo oportuno.

g. Verificar el funcionamiento de las instalaciones y equipos instalados que formarán


parte integrante de la obra, conforme a las especificaciones técnicas
correspondientes y a las recomendaciones de los fabricantes.

h. Administrar confidencialmente todos los documentos relativos a la obra.

i. Entregar a la entidad todo el acervo documentario producido durante la ejecución de


la obra, debidamente ordenado por asuntos, foliados y encuadernados entregados a
supervisor por el residente de obra con la respectiva revisión y pronunciamiento.

j. Asesorar al Comité de Recepción y Liquidación de obras en la etapa de recepción


de los trabajos.

k. Revisar y pronunciarse respecto al informe de la pre-liquidación técnica y financiera


final de la obra, como máximo a quince (15) días de la fecha del acta de recepción
de los trabajos, para entregar al Comité de Recepción y Liquidación.

7. MONTO, FORMA DE PAGO Y FINANCIAMIENTO.

7.1. Monto:
EL PROYECTO abonará al "EL CONTRATADO", como contraprestación del servicio, la suma de
S/. 6,000.00 (Seis mil y 00/100 Soles), el cual incluye todos los impuestos y cualquier otro
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concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio, a excepción de lo mencionado
en el último párrafo del presente numeral.

7.2. Forma de pago:


El pago se realizará en una (01) armada, previa presentación del informe correspondiente del
Ingeniero Inspector de la Obra, el mismo que deberá ser aprobado por la Sub Gerencia de
Infraestructura de Obras.

Los Recibos por Honorarios se emitirán en moneda nacional a nombre del MDP, con todos los
requisitos exigidos por la entidad. "EL CONTRATADO" presentará su registro nacional de
proveedores (RNP), la autorización de suspensión del Impuesto a la Renta, debe adjuntar en
cada pago el formulario emitido por la SUNAT.
7.3. Financiamiento:

La Fuente de Financiamiento: 18
7.4. Meta Presupuestal:

Meta: 0091

8. TIEMPO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO

El plazo de ejecución del servicio es de un (01) mes

9. NATURALEZA DEL CONTRATO


El contrato será de naturaleza civil, por lo tanto "EL CONTRATADO" no estará sujeto a relación
de dependencia frente a “EL PROYECTO”, no generando por tanto vínculo laboral entre las
partes, derecho a compensación por tiempo de servicios, ni beneficio social alguno y se
enmarcará en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado y su Reglamento aprobados.
10. REQUISITOS
 Título Profesional de Ingeniero Civil Colegiado y Habilitado.
 Poseer experiencia profesional mínima de 02 años.
 Estar autorizado por la SUNAT a emitir comprobantes de pago electrónico si fuera el caso
 Estar inscrito en el RNP.

Pallpata, Noviembre del 2018.

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