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Régimen Financiero Guatemalteco

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Régimen Financiero Guatemalteco.

El régimen financiero guatemalteco se refiere a un mercado financiero organizado y se


define como el conjunto de instituciones que generan, recogen, administran y dirigen tanto
el ahorro como la inversión, dentro de una unidad política-económica, y cuyo
establecimiento se rige por la legislación que regula las transacciones de activos
financieros y por los mecanismos e instrumentos que permiten la transferencia de esos
activos entre ahorrantes, inversionistas ó los usuarios del crédito. El régimen financiero en
general comprende la oferta y la demanda de dinero y de valores de toda clase, en
moneda nacional y extranjera. En un país la función del sistema financiero es la creación,
intercambio, transferencia y liquidación de activos y pasivos financieros. No es más que
una rama económica adicional, que en vez de producir bienes, produce servicios
demandados por la población. El sistema financiero de Guatemala tiene dos segmentos.
El sector financiero formal (regulado), que está conformado por instituciones cuya
autorización es de carácter estatal, bajo el criterio de caso por caso, y que están sujetas a
la supervisión de la Superintendencia de Bancos, órgano facultado para tal fin. Este sector
abarca un sistema bancario y uno no bancario. El primero incluye a los bancos
comerciales y a las sociedades financieras, estas últimas, definidas por ley como
instituciones especializadas en operaciones de banca de inversión (no captan depósitos y
sus operaciones activas son de largo plazo). Por su parte, el sistema financiero no
bancario se rige por leyes específicas y está conformado por los Almacenes Generales de
Depósito, Companías de Seguros, Compañías de Fianzas, Casas de Cambio; además,
por el Instituto de Fomento Municipal (INFOM) y el Instituto de Fomento de Hipotecas
Aseguradas (FHA). Asimismo, existen instituciones que realizan intermediación financiera
cuya autorización responde a una base legal genérica (Código de Comercio) y que no se
encuentran bajo la vigilancia y supervisión de la Superintendencia de Bancos. Los
intermediarios financieros que conforman este sector, usualmente innovadores,
proporcionan los servicios que, por ley, les era prohibido prestar a las entidades
reguladas. Entre estos intermediarios puede mencionarse a la "Bolsa de Valores”, que
surge la oferta y demanda de valores; así también las asociaciones de crédito,
cooperativas de ahorro y crédito, organizaciones no gubernamentales (ONG´s) y otros
tipos de cooperativas que proporcionan diversos servicios financieros en las áreas rurales.
Tributos Actuales en Guatemala.

Tributos Actuales en Guatemala


En la entrada anterior se hizo una breve reseña acerca del origen de los tributos en
Guatemala, ahora continuamos con este tema y en la entrada actual trataremos el tema
de cuáles son los tributos actuales en Guatemala.
Actualmente en Guatemala existen tres tipos de tributos:

 Impuestos
 Tasas
 Contribuciones

Impuestos:

Los impuestos pueden definirse como un tributo monetario exigido por el Estado, debido
a que el mismo posee potestad de imperio (puede exigir), el mismo es establecido por la
ley, y se impone a las personas individuales y colectivas de acuerdo con el principio de
capacidad de pago. Los impuestos que son cobrados por el Estado sirven para satisfacer
gastos públicos que son establecidos mediante presupuesto.
El artículo 135 de la Constitución Política de la República de Guatemala, literal e)
establece que es obligación de todos los ciudadanos contribuir con los gastos públicos,
ya sea por razones de nacionalidad o economía.

En una ocasión un estudiante de la carrera de economía de la universidad estatal de


Guatemala, hizo la siguiente pregunta:

¿Por qué le dieron el nombre de IMPUESTO a los impuestos?

La respuesta del catedrático fue práctica:

PORQUE ES UN COBRO QUE EL ESTADO NOS HACE A LA FUERZA, NO


PAGAMOS VOLUNTARIAMENTE SINO QUE NOS IMPONEN LOS PAGOS.
Teniendo en cuenta lo anterior pasaremos a ver las características de los impuestos.
Características de los Impuestos
a) La principal es que los impuestos son Coercitivos, porque como mencionamos
anteriormente, el Estado exige el cumplimiento.
b) No se recibe nada a cambio, es decir No existe Contraprestación para el
contribuyente, porque el Estado no le da nada a cambio ningún servicio personal o
individual.
c) Algo que ya se había mencionado, es que los impuestos Están Destinados a
Financiar el Presupuesto de Egresos del Estado. Debido a que el Estado está obligado
a satisfacer las necesidades colectivas como servicios públicos que la población necesita,
por ejemplo pueden mencionarse la construcción de carreteras, mantener la salud pública
a través de hospitales y dispensarios; dar seguridad a la población a través de la policía
nacional civil; dar educación construyendo escuelas e institutos públicos y al mismo
tiempo pagar los sueldos y salarios de los docentes.
d) Los impuestos constituyen una cuota privada, porque generalmente la pagan los
particulares.

Tasas:

Las tasas son ingresos que percibe el Estado o un ente público, como pago de un servicio
público especial y divisible en el cual, el beneficiario es quien lo paga pero al mismo
tiempo, beneficia a la sociedad.
Las tasas se diferencian de los impuestos en que se pagan voluntariamente.
Normalmente este tipo de tributos gravan la prestación de un servicio recibido, es decir, si
se recibe una ventaja, entonces deben pagarse las tasas.

Características de las Tasas


a) Las Tasas son pagadas voluntariamente a cambio de un servicio.

b) Los servicios son prestados por el Estado o las municipalidades.

c) La tasa debe ser proporcional al costo del servicio adquirido.

Tipos de Tasas
A continuación se enumeran los distintos tipos de tasas que se manejan en Guatemala.
a) Por autorización de documentos públicos.
b) Por servicio de instrucción pública.
c) Por servicio de energía eléctrica y alumbrado público.
d) Por peaje. (En el caso de la autopista de Escuintla)
e) Por el registro de propiedades.
f) Boleto de ornato que se paga cada año a las municipalidades.
Contribuciones Especiales:

Las contribuciones especiales son fijadas unilateralmente por el Estado o las


municipalidades con carácter de obligatoriedad, las mismas son impuestas a uno o varios
sectores de la población y el objetivo normalmente, es satisfacer parcialmente el costo de
una obra que será de uso público.

Características de las Contribuciones Especiales


a) La contribución es obligatoria porque la impone el Estado o las municipalidades.
b) La contribución la pagan obligatoriamente los particulares, pero a diferencia de
los impuestos, reciben un beneficio directo e inmediato.
c) El pago que realiza el particular, es equivalente al beneficio que obtiene con
motivo de la ejecución de una obra pública.

Clasificación de las Contribuciones Especiales

a) Contribuciones por mejoras. Este tipo es ocasional, debido a que no se


impone periódicamente a los contribuyentes. La misma se solicita a los vecinos
de determinada comunidad para el financiamiento una obra que desea
construirse, como ejemplo pueden mencionarse: pavimentar calles, construir
pasos a desnivel y puentes entre otros.

b) Contribución por Seguro Social. Generalmente para que exista este tipo de
contribución debe existir una relación laboral. En Guatemala condiciona a los
Empresarios que tengan más de 3 empleados; y las contribuciones las realizan
patronos y empleados, las mismas se pagan al Instituto Guatemalteco de
Seguridad Social para financiar el servicio de previsión social.
Finalidad de la tributación.

La finalidad básica que fundamenta la imposición de tributos es la de obtener ingresos


(finalidad recaudatoria) para financiar las actividades del Estado. La diferencia entre
tributo y las multas, radica en la conexión entre tributo y necesidad pública, ya que la
finalidad básica de las multas y sanciones es intimidar y castigar en relación con un
determinado comportamiento. Mientras que el tributo no constituye nunca la sanción de
un comportamiento ilícito. La doctrina moderna reconoce ampliamente que los tributos, no
solo atienden a la finalidad recaudatoria, sino a otras finalidades no recaudatorias o extra
fiscales. De hecho, es raro encontrar actualmente figuras tributarias en que el elemento
fiscal y el extra fiscal no aparezcan en una u otra medida entremezclados. A efectos
clasificatorios, podemos identificar las finalidades extra fiscales de los tributos en las
siguientes categorías: Redistributivas: Atribuyen al sistema tributario la función de influir
en la relación comparativa de las situaciones patrimoniales de los individuos, de modo
que ésta resulte modificada al observar las situaciones antes y después de la aplicación
del tributo.. Promoción de Comportamientos: Atribuyen al sistema tributario la funci6n de
orientar los Comportamientos de los contribuyentes en un sentido que no se seguiría, o se
seguiría en menor intensidad, en ausencia del tributo. Esta función modernamente se liga
a Comportamientos de carácter económico, de modo que se busca alterar las decisiones
económicas de los contribuyentes en relación a cómo resultarían del mero juego de
mercado. Así, se alientan los Comportamientos queridos mediante la concesión de tratos
tributarios favorables, comúnmente llamados “incentivos fiscales” para promover la
inversión en determinadas actividades. Ya en esta modalidad de uso extra fiscal del
tributo nos encontramos con una cierta relación de contradicción entre la finalidad extra
fiscal y la recaudatoria: la exención disminuye la recaudación al tiempo que intenta
maximizar la consecución del fin extra fiscal.
Necesidad de los Tributos.

La tributación consiste en realizar las aportaciones que exige el Estado para la


financiación de las necesidades colectivas de orden público. Existen tres clases
principales de tributos. Los impuestos, como el IVA, son exigidos por el Estado sin que
exista ninguna contraprestación específica. Las contribuciones, como el IBI, se dan
cuando se produce un aumento en el valor de un determinado bien como contraprestación
de una obra o servicio público. Finalmente, las tasas son tributos que se exigen para el
aprovechamiento privativo de un dominio o servicio público. La tributación es de suma
importancia para el Estado, pues permite que se pueda proporcionar a la población los
servicios básicos que ésta requiere. El cobro de los tributos se realiza en base a la fuerza
de las leyes tributarias y apelando a la razón mediante una cultura tributaria y de
conciencia colectiva adecuada. En cualquier caso, el Estado está en disposición, a través
de la SAT, de asegurar el correcto percibimiento de los tributos; sin embargo, es de gran
importancia para los contribuyentes el estímulo o desestimulo que supone el conocimiento
del destino de los fondos recaudados por el Estado. Para favorecer la formación de una
cultura tributaria adecuada es necesario que la población adquiera conciencia colectiva de
bienestar social y se le facilite el acceso a toda la información referente a la tributación
para que pueda concienciarse de la importancia que ésta tiene para el buen
funcionamiento del Estado. La tributación se debe establecer como un vínculo de ayuda
recíproca entre el Estado y el ciudadano. El Estado debe proporcionar al ciudadano los
servicios y necesidades que constituyen el estado de bienestar y el ciudadano debe
cumplir con su obligación tributaria para que el Estado pueda financiar las necesidades
colectivas.
Origen de los Impuestos.

Un domingo de 1983 el Jefe de Estado general Efraín Ríos Montt, anunció al país la
modificación de impuestos y creación del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), con
esto pretendía enfrentar la crisis económica, pero también cumplir las condiciones del
Fondo Monetario Internacional, sobre un préstamo de estabilización concedido un año
atrás. El IVA fue del diez por ciento (72-83/julio 11/1983). Días después el general Ríos
fue relevado del cargo por el general Mejía Víctores, que redujo el IVA al siete por ciento.
Él también intento mejorar los ingresos para corregir el déficit fiscal (Decretos 25-85 y 30-
85 8/abril/1985), que incluyeron impuestos específicos a la exportación del café,
gravamen selectivo al consumo, reformas al impuesto sobre la renta, etcétera. Al final
fueron derogados por presiones sectoriales y para el gobierno era más importante
asegurar la transición. El licenciado Vinicio Cerezo asumió la Presidencia (1986) y ejecutó
el Programa de Reordenamiento Económico y Social (PRES). Un año después puso en
práctica la Reorganización Tributaria incorporando parte de los decretos derogados en
1985. Posteriormente el IVA se modificó al diez por ciento (1994) y al 12 por ciento
(2001). Álvaro Colom (2010) consideró una reforma fiscal. El Instituto Centroamericano de
Estudios Fiscales (Icefi) propuso al respecto “Diez claves para un pacto fiscal”:

1. Aprovechar oportunidades de cambios en la correlación de fuerzas internas para


impulsar un pacto social sobre política fiscal.

2. Contar con una organización o arreglo institucional bien definido para impulsar el
proceso, con credibilidad técnica y política…

3. Incluir, desde el principio, a los partidos políticos y al poder Legislativo en el proceso


de negociación,…

4. Fundamentar el proceso en un enfoque holístico y de largo plazo,…

5. Definir una estrategia de consulta bien definida y clara que no solo asegure tomar en
cuenta diversos intereses sino también darle legitimidad al proceso…

6. Establecer una relación positiva, de aliados con los medios de comunicación para
apoyar el proceso.

7. Socializar la información y estudios sobre el tema,…

8. Implementar técnicas de negociación flexibles,…

9. Compensar las asimetrías en la capacidad de negociación mediante mayor acceso a


información,…

10. Asignar suficiente tiempo para la construcción de capacidades y para la negociación…


Conclusión 1.

El régimen financiero guatemalteco, es un tema muy extenso lo que nos oportunidad de


aprender sobre los orígenes del tema financiero y saber de dónde surgen los tributos y
aprender a cumplir con nuestras obligaciones de pagos.
Conclusión 2.

Los impuestos pueden definirse como un tributo monetario exigido por el Estado, debido a
que el mismo posee potestad de imperio donde es establecido por ley donde se impone a
las personas individuales o colectivas de acuerdo con el principio de capacidad de pago.
Los impuestos que son cobrados por el Estado sirven para satisfacer gastos públicos que
son establecidos.
Introducción.

Sistema Financiero Guatemalteco se refiere a un mercado financiero organizado y se


define como el conjunto de instituciones que generan, recogen, administran y dirigen el
ahorro y en inversión, dentro de una unidad política-económica, y cuyo establecimiento se
rige por la legislación que regula las transacciones de activos financieros, podremos ver
que los tributos y sus características tienen mucho que ver con el tema.
Recomendación 1.

Debido a que es prioridad el pago de los impuestos, tanto para elevar los ingresos
como para contribuir al combate contra la corrupción. Lo anterior significa que es
“fundamental” enfocarse en la administración y las dificultades operativas que en la
actualidad contiene. Aunque el sistema financiero guatemalteco es estable, los impuestos
recomienda a las autoridades bancarias mantener una vigilancia continua basada en
riesgos para evitar posibles choques externos y el manejo eficiente de los ingresos para
las necesidades que el pueblo valga la redundancia necesita.
Recomendación 2.

Es importante el conocimiento de todo este tipo de tributos, impuestos así mismo


podremos diferenciar los tributos y los impuestos, ya que son de una misma estructura y
sirven para el Estado.
Egrafía.

1. https://es.wikipedia.org/wiki/Sistema_Financiero_Guatemalteco

2. https://portal.sat.gob.gt/portal/preguntas-frecuentes/principales-impuestos-guatemala/

3. https://www.econlink.com.ar/eficiencia-equidad/tributos

4. https://www.tributos.net/tributacion-337/amp/

5. https://elperiodico.com.gt/opinion/2016/08/11/la-historia-de-los-impuestos/

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