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Trabajo Practico 2

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DIPLOMADO TRIBUTACIÓN ADUANERA Y TRIBUTACIÓN MINERA

TRABAJO PRÁCTICO # 2

1. La empresa "D" (Bolivia) importa tela mezclilla de la Marca "Paramount" de la Empresa "E"
de China, por un importe FOB Shanghai de $15.000, no se cuenta con documentación que
respalde el gasto correspondiente al tramo marítimo del Puerto de Origen Shanghai al
Puerto de destino Iquique, ni del tramo terrestre desde el Puerto de Iquique hasta Tambo
Quemado. La prima del seguro por ambos tramos asciende a $200.

Se Pide: Determinar el valor en aduana y liquidación de tributos considerando para el GA 40%.

R:

Considerando que no se cuenta con documentación que respalde el gasto correspondiente a


los tramos señalados precedentemente, se procedió a adicionar el 5% al Valor FOB de las
mercancías para los dos tramos que no están debidamente sustentados conforme lo establece
el Artículo 20 del Reglamento a la Ley General de Aduanas.

DETERMINACION DEL
VALOR CIF

VALOR FOB
15.000
USD
X
6,96
104.400
Bs.
DIPLOMADO TRIBUTACIÓN ADUANERA Y TRIBUTACIÓN MINERA

FLETES (I Y II)
750
USD
X
6,96
5.220
Bs.
SEGURO
200
USD
X
6,96
1.392
Bs.
OTROS GASTOS
DIPLOMADO TRIBUTACIÓN ADUANERA Y TRIBUTACIÓN MINERA

0
USD
X
6,96
0
Bs.
VALOR CIF (BASE
IMPONIBLE DEL GA)
111.012
Bs.

LIQUIDACION DE LOS
IMPUESTOS
DIPLOMADO TRIBUTACIÓN ADUANERA Y TRIBUTACIÓN MINERA

G.A.
111.012
X
40%
=
44.405
Bs.

I.C.E.
155.417
X
0%
DIPLOMADO TRIBUTACIÓN ADUANERA Y TRIBUTACIÓN MINERA

=
0
Bs.

I.V.A.
155.417
X
14,94%
=
23.219
Bs.
TOTAL IMPUESTOS A
PAGAR
67.624
DIPLOMADO TRIBUTACIÓN ADUANERA Y TRIBUTACIÓN MINERA

Bs.
DETERMINACIÓN DEL VALOR CIF
VALOR FOB 15.000,00 USD x 6,96 104.400,00 Bs.
FLETE (I) (5% S/$15.000) 750,00 USD x 6,96 5.220,00 Bs.
FLETE (II) (5% S/$15.000) 750,00 USD x 6,96 5.220,00 Bs.
SEGURO 200,00 USD x 6,96 1.392,00 Bs.
VALOR CIF (BASE IMPONIBLE DEL GA) 116.232,00 Bs.

LIQUIDACIÓN DE LOS IMPUESTOS


G.A 116.232,00 x 40% = 46.493,00 Bs.
BASE IMP. I.V.A (116.232 + 46.493)
I.V.A 162.725,00 x 14,94% = 24.311,00 Bs.
TOTAL IMPUESTOS A PAGAR 70.804,00 Bs.

2. La empresa nacional "AP" en Bolivia ha adquirido de la empresa "MS" desde Inglaterra, un


horno de última generación para fundición de metales; del contrato de compraventa
internacional y documentación presentada ante la Administración Tributaria, se obtiene la
siguiente información:

 El monto acordado de venta es de $35.000 en términos FCA puerto de Londres;


 El Flete consignado en el Bill of Lading asciende a $3.500;
 El Flete consignado en el documento de transporte terrestre asciende a $720;
 La prima del seguro según póliza es de $140.

Asimismo, en base a las investigaciones efectuadas se evidenciaron los siguientes gastos en la


transacción comercial
DIPLOMADO TRIBUTACIÓN ADUANERA Y TRIBUTACIÓN MINERA

 Información sobre un acuerdo para el pago del corretaje que debe realizar el
comprador y vendedor de manera compartida (50% paga cada uno) por los servicios
de corretaje pagado a "LC", quien cobró el 2% del precio acordado por sus servicios.

Se Pide: Liquidación de tributos considerando para el GA 5%

R:

El pago por el servicio de corretaje forma parte del valor en aduana, por tanto el valor en
aduana comprenderá: Precio en la Factura Comercial que incluye el 50% del gasto de corretaje
pagado por el vendedor.

DETERMINACIÓN DEL VALOR CIF


VALOR FCA (35.000 + 350) 35.350,00 USD x 6,96 246.036,00 Bs.
FLETES (I y II) ($3.500 + $720) 4.220,00 USD x 6,96 29.371,00 Bs.
SEGURO 140,00 USD x 6,96 974,00 Bs.
CORRETAJE (($35.000*50%)*2%) 350,00 USD x 6,96 2.436,00 Bs.
VALOR CIF (BASE IMPONIBLE DEL GA) 278.817,00 Bs.

LIQUIDACIÓN DE LOS IMPUESTOS


G.A 278.817,00 x 5% = 13.941,00 Bs.
BASE IMP. I.V.A (278.817 + 13.941)
I.V.A 292.758,00 x 14,94% = 43.738,00 Bs.
TOTAL IMPUESTOS A PAGAR 57.679,00 Bs.

3. En una declaración de importación de mercancías, el importador ha declarado un precio


de $ 65.000 por un laminador de acero de segunda mano. La documentación soporte
presentada por el importador muestra que es un laminador de acero completo
desmontado.

Una investigación complementaria demuestra, que el exportador ha vendido el laminador


desmontado en el estado y en el lugar en que se encontraban. Debido a que el costo de la
mano de obra era mayor en el país de exportación, el importador envió desde el país de
importación al de exportación, a un técnico y a tres obreros que no solo han construido las
pesadas cajas de madera, sino que también se han encargado de embalar el laminador en
las cajas. Asimismo, el importador ha comprado también los materiales de embalaje en el
país de exportación, la operación ha durado 15 días.
DIPLOMADO TRIBUTACIÓN ADUANERA Y TRIBUTACIÓN MINERA

Coste del viaje de ida y vuelta (técnico y 3 obreros) $4.750 Gastos de hospedaje (técnico y
3 obreros) $3.500 Viáticos y sueldo por 15 días (técnico y 3 obreros) $4.400 Costo del
material de embalaje $1.300

El Gasto del transporte (marítimo $2300 y terrestre $720) y el costo del seguro ascienden
a $3.020 y $600.

Se Pide: Determinar el valor en aduana y liquidación de tributos considerando para el GA


15%

R: En este caso debemos adicionar por aplicación del Artículo 8.1 a) incisos ii) y iii) del Acuerdo
general sobre aranceles aduaneros y comercio de 1994, el costo de los envases y embalajes
que, a efectos aduaneros, se consideran como formando un todo con las mercancías que se
están valorando y los gastos de embalaje, tanto por concepto de mano de obra como de
materiales:

DETERMINACIÓN DEL VALOR CIF


VALOR EXW 65.000,00 USD x 6,96 452.400,00 Bs.
PASAJE IDA Y VUELTA 4.750,00 USD x 6,96 33.060,00 Bs.
HOSPEDAJE 3.500,00 USD x 6,96 24.360,00 Bs.
VIÁTICOS Y SUELDO 4.400,00 USD x 6,96 30.624,00 Bs.
COSTO EMBALAJE 1.300,00 USD x 6,96 9.048,00 Bs.
FLETES (I y II) 3.020,00 USD x 6,96 21.019,00 Bs.
SEGURO 600,00 USD x 6,96 4.176,00 Bs.
VALOR CIF (BASE IMPONIBLE DEL GA) 574.687,00 Bs.

LIQUIDACIÓN DE LOS IMPUESTOS


G.A 574.687,00 x 15% = 86.203,00 Bs.
BASE IMP. I.V.A (574.687 + 86.203)
I.V.A 660.890,00 x 14,94% = 98.737,00 Bs.
TOTAL IMPUESTOS A PAGAR 184.940,00 Bs.
4. La empresa "A" (Bolivia) importa ropa deportiva de la cierta marca desde la India, por un
importe de $12.000 y contrata el transporte marítimo cuyo gasto señalado en BilI of
Lading con destino al Puerto de Iquique, asciende a $2.100, el gasto correspondiente al
tramo terrestre desde el Puerto de Iquique hasta Pisiga es de $800 y paga la prima del
seguro por ambos tramos que asciende a $240.

Se Pide: Determinar el valor en aduana y liquidación de tributos considerando para el GA


40%

R:

DETERMINACIÓN DEL VALOR CIF


DIPLOMADO TRIBUTACIÓN ADUANERA Y TRIBUTACIÓN MINERA

VALOR FOB 12.00,00 USD x 6,96 83.520,00 Bs.


FLETES (I y II) ($2.100 + $800) 2.900,00 USD x 6,96 20.184,00 Bs.
SEGURO 240,00 USD x 6,96 1.670,00 Bs.
VALOR CIF (BASE IMPONIBLE DEL GA) 105.374,00 Bs.

LIQUIDACIÓN DE LOS IMPUESTOS


G.A 105.374,00 x 40% = 42.150,00 Bs.
BASE IMP. I.V.A (105.374 + 42150)
I.V.A 147.524,00 x 14,94% = 22.040,00 Bs.
TOTAL IMPUESTOS A PAGAR 64.190,00 Bs.

5. La empresa "C" (Bolivia) importa zapatillas de cierta Marca desde Taiwán, por un importe
de $7.000. La empresa "C" contrata el transporte marítimo cuyo gasto señalado en BilI of
Lading con destino al Puerto de Anca, asciende a $2.200. Asimismo, no se cuenta con
documentación que respalde el gasto correspondiente al tramo terrestre desde el Puerto
de Anca hasta Tambo Quemado. La prima del seguro por ambos tramos asciende a $100.

Se Pide: Determinar el valor en aduana y liquidación de tributos considerando para el GA


20%

R:

Considerando que no se cuenta con documentación que respalde el gasto correspondiente a


los tramos señalados precedentemente, se procedió a adicionar el 5% al Valor FOB de las
DIPLOMADO TRIBUTACIÓN ADUANERA Y TRIBUTACIÓN MINERA

mercancías para los dos tramos que no están debidamente sustentados conforme lo establece
el Artículo 20 del Reglamento a la Ley General de Aduanas.

DETERMINACIÓN DEL VALOR CIF


VALOR FOB 7.000,00 USD x 6,96 48.720,00 Bs.
FLETES (I y II) ($2.200 + (5% s/$7000)) 2.550,00 USD x 6,96 17.748,00 Bs.
SEGURO 100,00 USD x 6,96 696,00 Bs.
VALOR CIF (BASE IMPONIBLE DEL GA) 67.164,00 Bs.

LIQUIDACIÓN DE LOS IMPUESTOS


G.A 67.164,00 x 20% = 13.433,00 Bs.
BASE IMP. I.V.A (67.164 + 13.433)
I.V.A 84.597,00 x 14,94% = 12.041,00 Bs.
TOTAL IMPUESTOS A PAGAR 25.474,00 Bs.

6. La empresa "Zeta" (Bolivia) importa celulares de la Empresa "Efe" de Estados Unidos, por
un importe de FCA Miami $4.000. La empresa "Zeta" contrata el transporte aéreo cuyo
gasto según Air Waybill con destino al Aeropuerto Internacional Viru-Viru, asciende a
$1.200. La prima del seguro asciende a $150.

Se Pide: ¿Cuál es el valor en aduana de la mercancía importada?.

R:

La Ley General de Aduanas, señala que cuando el medio de transporte sea aéreo, el gasto
del flete corresponde al veinticinco por ciento (25%) de/importe efectivamente pagado
DIPLOMADO TRIBUTACIÓN ADUANERA Y TRIBUTACIÓN MINERA

DETERMINACIÓN DEL VALOR CIF


VALOR FCA 4.000,00 USD x 6,96 27.840,00 Bs.
FLETES I (25% S/ $ 1.200) 300,00 USD x 6,96 2.088,00 Bs.
SEGURO 150,00 USD x 6,96 1.044,00 Bs.
VALOR CIF (BASE IMPONIBLE DEL GA) 30.972,00 Bs.

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