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Tecnovigilancia. Zhenia Solis PDF
Tecnovigilancia. Zhenia Solis PDF
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Titulares de
registro /
CRR/ CRI
Certificado de
Registro
Establecimientos
Laboratorios /
IPSDM
IADM de Salud Publico y Farmacia/ Boticas
Droguerías
privados
IADM
INCIDENTE ADVERSO
“Cualquier evento no deseado que causa un daño
al paciente, usuario, operario u otros, o que
supone un riesgo de daño, que puede o no estar
asociado causalmente con uno o más dispositivos
médicos. Está relacionado con la identidad,
calidad, durabilidad y seguridad de los mismos.
Incluye errores, eventos adversos prevenibles y
riesgos.”
Decreto Supremo 016-2011-SA, Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos
Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios; Anexo N°01 Glosario de Términos y Definiciones
1.-Incidentes Adversos Leves: Incidente que no modifica la calidad de vida del afectado
ni sus actividades diarias normales. Se considera como un incidente no serio.
3.-Incidentes Adversos graves: Incidente que ocasiona uno o más de los siguientes
supuestos: Pone en peligro la vida o causa la muerte del paciente; Hace necesario
hospitalizar o prolongar la estancia hospitalaria; Es causa de invalidez o de incapacidad
permanente o significativa; Provoca una perturbación, riesgo o muerte fetal; Causa una
anomalía congénita. Se considera como un incidente serio.
NOTIFICACIÓN DE SOSPECHA DE
INCIDENTE ADVERSO
Decreto Supremo 016-2011-SA, Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos,
Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios; Anexo N°01 Glosario de Términos y Definiciones
ACCIONES CORRECTIVAS DE
SEGURIDAD EN CAMPO
Es una acción emprendida por el Fabricante para reducir el riesgo de
muerte o de deterioro grave del estado de salud asociado con el uso de
un dispositivo medico que ya ha sido comercializado.
Puede incluir:
MODELO DE LLENADO DE
FORMATO
INSTRUCCIONES PARA UN ADECUADO
LLENADO DEL FORMATO DE INCIDENTES
ADVERSOS
Los datos del paciente como sexo y edad son de llenado obligatorio en los reportes siempre
debe existir “paciente/usuario identificado” al que se le ha sometido a un daño o riesgo de daño
para ser considerado como Tecnovigilancia.
En los datos del dispositivo médico no debe faltar el registro sanitario del dispositivo medico
involucrado en el incidente adverso.
Los datos consignados en la sospecha del incidente adverso al dispositivo médico en la
descripción de sospecha de incidente adverso debe realizarse indicando de modo específico como
sucedió el incidente:
-Si fue antes , durante o después del uso del DM
-Si hubo daño o no al paciente, y si hubo daño que tipo de daño.
-La posible causa del incidente adverso.
INSTRUCCIONES PARA UN ADECUADO
LLENADO DEL FORMATO DE INCIDENTES
ADVERSOS
Los reportes son entregados de forma física al comité de FCV y TV o al responsable de FCV y
TV ( Farmacia) e iniciar las acciones establecidas RM N°539-2016/MINSA (NTS que regula las
Actividades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia de Productos Farmacéuticos , Dispositivos
Médicos y Productos Sanitarios ).
Enviar los reportes con el informe respectivo de las acciones tomadas al CRR / CRI