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Preguntas-Frecuentes CABYS

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PREGUNTAS FRECUENTES

CONSULTAS GENERALES

1. ¿Qué es el Catálogo de bienes y servicios (Cabys)?

2. ¿Por qué se construyó el Cabys?

3. ¿Dónde puedo acceder al Cabys?

4. ¿Cuáles contribuyentes están sujetos a la aplicación del Cabys?

5. ¿A partir de qué fecha será obligatoria la aplicación del Cabys?

6. ¿Cuál es la institución encargada de atender consultas del Cabys?

CLASIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

7. ¿Qué hacer cuando busco un bien o servicio y no lo encuentro?

8. ¿Cómo puedo identificar los bienes con impuesto diferenciado?

9. ¿Qué sucede si se utiliza de manera incorrecta un código Cabys?

IMPLICACIONES RELACIONADAS CON LOS COMPROBANTES ELECTRÓNICOS

10. ¿Cúal es el campo asignado en un comprobante electrónico para el código


Cabys?

11. ¿El Cabys reemplaza el código de producto utilizado por cada contribuyente
en comprobantes electrónicos?

12. ¿El detalle de la mercancía o servicio prestado debe ser igual a la descripción
del Cabys?

13. ¿Qué debo hacer si considero que un código Cabys tiene una tarifa de
impuesto diferente a lo establecido en la Ley No. 9635?

Banco Central de Costa Rica Ministerio de Hacienda


Atención al cliente Centro de Información tributaria
Horario de atención: 9:00 a.m. a 5:00 p.m. Horario de atención: 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
2243-3333 2539-4000
atencionalcliente@bccr.fi.cr infoyasistencia@hacienda.go.cr
PREGUNTAS FRECUENTES

CONSULTAS REFERENTES AL ARTÍCULO 119 DEL CÓDIGO DE NORMAS Y

PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS

14. ¿En qué circunstancia aplica la presentación de una consulta fundamentada


en el artículo 119 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios?

15. ¿Cómo debe presentarse la consulta fundamentada en el artículo 119 del


Código de Normas y Procedimientos Tributarios y cuál es el mecanismo?

16. ¿Cuál es el plazo que dispone la Adminsitración Tributaria para dar respuesta
a las consultas sobre el artículo 119?

BUSCADOR WEB

17. ¿Cómo se usa el buscador web?

18. ¿Por qué el clasificador está disponible en el sitio web del Banco Central?

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PREGUNTAS FRECUENTES

1. ¿Qué es el Catálogo de bienes y servicios (Cabys)?


El Cabys es un catálogo desarrollado por el Banco Central de Costa Rica y el Ministerio de Hacienda
para la codificación de los bienes y servicios que se comercializan en Costa Rica.

Agrupa los bienes y servicios en categorías jerarquizadas y les asigna un código a cada uno, inicia
con 10 categorías generales y se va ampliando a más de 20.000 productos. El código de las
categorías generales está compuesto por 1 dígito, el de la siguiente por 2 dígitos, y así
sucesivamente hasta llegar a los productos, identificados por 13 dígitos.

Las primeras cinco categorías, con excepción de prendas de vestir y medicamentos, responden al
clasificador internacional denominado Clasificación Central de Productos (CCP), publicado por
Naciones Unidas, con el respaldo de organizaciones estadísticas internacionales tales como
Eurostat y OCDE. La CCP mantiene una correspondencia con la Clasificación Industrial
Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU) y con el Sistema Armonizado de
Designación y Codificación de Mercancías, base del Sistema Arancelario Centroamericano (SAC).

2. ¿Por qué se construyó el Cabys?


Con la entrada en vigencia de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, el Ministerio de
Hacienda se ha enfocado en mejorar los mecanismos de control y fiscalización tributaria. En este
contexto surgen las siguientes necesidades:

 Identificar los bienes y servicios con impuesto diferenciado.


 Agrupar los bienes y servicios en categorías que faciliten la trazabilidad.
 Analizar la congruencia de la información declarada por los contribuyentes.
 Ejercer mayor control sobre las transacciones comerciales mediante la congruencia entre la
clasificación de los productos sujetos al comercio exterior y los de venta local.

Además, agrupar los bienes y servicios en categorías facilita la comparabilidad, cálculo y análisis de
las estadísticas económicas que elabora el Banco Central de Costa Rica.

3. ¿Dónde puedo acceder al Cabys?


El Cabys está disponible en el sitio web del Banco Central de Costa Rica, puede encontrarlo en el
siguiente vínculo:

Catálogo de bienes y servicios

4. ¿Cuáles contribuyentes están sujetos a la aplicación del Cabys?


Son sujetos de aplicación todos los contribuyentes que utilicen los comprobantes electrónicos para
facturar los bienes y servicios comercializados.

5. ¿A partir de qué fecha será obligatoria la aplicación del Cabys?


El Cabys será de aplicación obligatoria en los comprobantes electrónicos a partir del 1 de diciembre
de 2020.

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PREGUNTAS FRECUENTES

6. ¿Cuál es la institución encargada de atender consultas del Cabys?


Las consultas serán atendidas por el Banco Central de Costa Rica y el Ministerio de Hacienda, para
lo cual los contribuyentes tienen a disposición los siguientes medios:

Banco Central de Costa Rica


Sitio web: https://atencionalcliente.bccr.fi.cr/Sitio/
Correo electrónico: atencionalcliente@bccr.fi.cr
Teléfono: 2243-3333

Ministerio de Hacienda
Correo electrónico: infoyasistencia@hacienda.go.cr
Teléfono: 2539-4000 ext. 01

7. ¿Qué hacer cuando busco un bien o servicio y no lo encuentro?


El Catálogo contiene todos los bienes y servicios comercializados en la economía costarricense. En
caso de que un producto no se encuentra con la especificación deseada se recomienda utilizar
sinónimos o recurrir a los niveles jerárquicos que ofrece el clasificador, o bien contactar al Banco
Central de Costa Rica por los medios indicados previamente.

8. ¿Cómo puedo identificar los bienes y servicios con impuesto


diferenciado?
Los bienes y servicios con impuesto diferenciado pueden consultarse en las “Listas” disponibles en
el sitio web del Banco Central de Costa Rica. Estas listas se visualizan con la siguiente
desagregación:

 Insumos agropecuarios
 Bienes y servicios con IVA del 1%
 Bienes y servicios con IVA del 2%
 Bienes y servicios con IVA del 4%
 Bienes y servicios exentos

9. ¿Qué sucede si se utiliza de manera incorrecta un código Cabys?


Si el contribuyente utiliza de manera incorrecta un código Cabys con tarifa diferenciada o asigna un
código inexistente, el Ministerio de Hacienda podrá rechazar el comprobante electrónico y el emisor
deberá generarlo nuevamente, sin perjuicio de las facultades de control asignadas legal y
reglamentariamente a la Dirección General de Tributación.

Asimismo, si el contribuyente identifica un error antes de ser notificado, debe eliminar el


comprobante electrónico por medio de una nota de crédito y emitir uno nuevo haciendo referencia
al comprobante que está sustituyendo.

10. ¿Cúal es el campo asignado en un comprobante electrónico para el


código Cabys?
El contribuyente debe colocar el código Cabys en el campo denominado “Código de
Producto/Servicio”, tal como se establece a partir de la versión 4.3 de las Especificaciones técnicas
y formatos de comprobantes electrónicos.

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PREGUNTAS FRECUENTES

11. ¿El Cabys reemplaza el código de producto utilizado por cada


contribuyente en comprobantes electrónicos?
No. Los comprobantes electrónicos disponen de un campo para el código comercial y otro para el
código Cabys (Código de Producto/Servicio).

12. ¿El detalle de la mercancía o servicio prestado debe ser igual a la


descripción del Cabys?
No. El campo “Detalle de la mercancía transferida o servicio prestado” debe contener una
descripción amplia de los bienes y servicios. La descripción del Catálogo es una guía para realizar
la clasificación y no tiene que ser igual a la incorporada en el comprobante electrónico.

13. ¿Qué debo hacer si considero que un código Cabys tiene una tarifa de
impuesto diferente a lo establecido en la Ley No. 9635?
En estos casos es necesario realizar la consulta por escrito al Ministerio de Hacienda y remitirla por
medio del correo electrónico infoyasistencia@hacienda.go.cr.

14. ¿En qué circunstancia aplica la presentación de una consulta


fundamentada en el artículo 119 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios?
La consulta fundamentada en el artículo 119 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios
debe presentarse cuando hay diferencias en la interpretación de la ley entre la Administración y el
contribuyente. Antes de realizar este tipo de consulta, se recomienda plantear la situación al correo
electrónico infoyasistencia@hacienda.go.cr.

En temas relacionados con el Cabys se puede utilizar cuando el contribuyente considera que alguno
de sus productos no está contemplado explícitamente en las listas de bienes y servicios con
impuesto diferenciado.

15. ¿Cómo debe presentarse la consulta fundamentada en el artículo 119


del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y cuál es el
mecanismo?
La consulta debe hacerse por escrito, en formato físico o por correo electrónico, detallando
claramente los aspectos que sustentan los argumentos expuestos.

En el caso de que se realice por correo electrónico debe firmarse digitalmente y remitirse a la
siguiente dirección consultaart119@hacienda.go.cr. Las consultas realizadas por otro medio deben
presentarse en las oficinas del Ministerio de Hacienda.

16. ¿Cuál es el plazo que dispone la Adminsitración Tributaria para dar


respuesta a las consultas sobre el artículo 119?
La Administración Tributaria cuenta con un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles a partir del
día siguiente de su presentación para dar respuesta a la consulta tributaria. En caso de no emitir
respuesta opera el silencio positivo, es decir, se entiende como aprobada la interpretación del
contribuyente.

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PREGUNTAS FRECUENTES

17. ¿Cómo se usa el buscador web?


Para el buen uso del buscador web, el Banco Central de Costa Rica pone a disposición de los
usuarios la “Guía de uso” que se encuentra en el siguiente vínculo:

Guía de uso

18. ¿Por qué el Catálogo está disponible en el sitio web del Banco Central?
En procura del buen uso de los recursos públicos, el Banco Central de Costa Rica y el Ministerio de
Hacienda realizaron una alianza para desarrollar el Cabys. Su implementación le permite al Banco
Central contar con información adecuada y oportuna para el cálculo y análisis de estadísticas
nacionales.

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