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Memorial Divorcio Voluntario Listo
Memorial Divorcio Voluntario Listo
Memorial Divorcio Voluntario Listo
de Identificación con Código Único de Identificación, numero dos mil cuatrocientos doce
espacio cuarenta y seis mil quinientos tres espacio cero ciento tres (2412 46503
de Identificación con Código Único de Identificación, numero dos mil ciento dos espacio
treinta mil doscientos uno espacio cero ciento uno (2102 30201 0101), extendido por el
respetuosamente comparecemos y,
EXPONEMOS:
1. Que actuamos bajo la Dirección y Procuración del Abogado que nos auxilia
señalo como lugar para recibir citaciones y/o notificaciones veintidós calles siete
guion setenta y siete, edificios NOVALES, oficina trescientos dos zona uno centro
HECHOS:
1. Contrajimos matrimonio el treinta de abril del año dos mil diez, quedando inscrito
cuarenta (340) del libro doscientos (200) de Matrimonio Notariales del Registro Civil
de la Municipalidad de Guatemala departamento de Guatemala, del cual no
2. Que durante nuestro Matrimonio procreamos dos hijos, que responde a los
ESCOBAR REYES, de ocho años de edad y cinco años de edad, por lo que nos
la partida número numero ciento once (111), del folio ciento once (111), del libro
del año dos mil doce Y partida número ciento cuatro (104), del folio ciento cuatro
(104), del libro novecientos cuarenta y nueve N (949 N), del Registro Civil de las
inmuebles.
del vínculo matrimonial que nos une y para el efecto proponemos el siguiente
a) DE LOS ALIMENTOS:
I. El señor JUAN MANUEL ESCOBAR DOMINGUEZ se compromete a
cuenta Número cuatro guión ciento treinta y ocho guión cero seis mil
calidad de cónyuge, por contar con bienes propios que le bastan para
b) DE LA PATRIA POTESTAD.
pasará un fin de semana con el padre y el otro con la madre, fijando las
liquidación.
FUNDAMENTO DE DERECHO:
Del contenido de los artículos 153 y 154 del Código Civil se desprende clara e
persona así como el divorcio podrán declararse: 1º.- por mutuo acuerdo de los
cónyuges…” “el divorcio o la separación por mutuo consentimiento podrán pedirse ante el
señor Juez del domicilio conyugal siempre que hubiere transcurrido más de un año
contando desde la fecha en que se celebró el matrimonio.” que este puede ser declarado
por mutuo acuerdo de los cónyuges; articulo 163 del Código Civil “si la separación o el
divorcio se solicitare por muto acuerdo, los conyugues deberán presentar un proyecto de
convenio sobre los puntos siguientes: 1ro. A quien quedan confinados los hijos… 2do. Por
artículo 426.- del Código Procesal Civil y Mercantil, donde se establece que el divorcio por
mutuo consentimiento puede pedirse ante Juez del domicilio conyugal siempre que haya
Se instituyen los Tribunales de Familia con jurisdicción privativa para conocer en todos los
de Familia los asuntos y controversias cualquiera que sea su cuantía, relacionados con
PRUEBAS:
Guatemala;
2. Certificación de la partida de nacimiento de nuestra hija: CAROLINA LOURDES
ESCOBAR REYES, número partidas de nacimiento numero ciento once (111), del folio ciento
once (111), del libro seiscientos sesenta y ocho diagonal N (688/N) de Nacimientos del Registro
Civil de las Personas del Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala, del Registro
Nacional de las Personas de la República de Guatemala, de fecha nueve de enero del año dos
mil doce Y de nuestra hijo: GERMAN OMAR ESCOBAR REYES; según partida número ciento
cuatro (104), del folio ciento cuatro (104), del libro novecientos cuarenta y nueve N (949 N), del
Registro Civil de las Personas del Municipio de Mixco Departamento de Guatemala, del Registro
Nacional de las Personas de la República de Guatemala, de fecha once de febrero del año dos
mil catorce.
PETICIONES:
I) DE TRÁMITE:
el expediente respectivo.
2. Que se tome nota que actuamos bajo la dirección y procuración del abogado que nos
DIVORCIO VOLUNTARIO.
de este memorial.
proponemos.
en la que se declare:
ARQUIJAY;
2. DISUELTO el vínculo matrimonial que nos unía, dejándonos en libertad para contraer
nuevas nupcias;
numero trescientos cuarenta y uno (341), folio trescientos cuarenta (340), libro
5. Que previo a nuestras costas y con las demás formalidades de ley, nos sea
CITA DE LEYES:
Fundamentamos nuestra petición en los artículos ya citados y en los siguientes: 163, 169.-
y 283.- del Código Civil. 23.-,24.-,25.-,26.-, 29.-,31.-, 44.-, 50.-, 61.-,62.-, 63.-, 66.-, 77.-,
106.-, 107.-, 128.-, 177.-, 178.-, 186.-, 187.-, 401.-, 402.-, 403.-, 404.-, 405.-, 426.-, 428.-,
429.-, 430.-, 431.-, 433.-, del Código Procesal Civil y Mercantil; 9.-, 16.- de la Ley de
COPIAS, acompañamos tres copias del presente memorial y documentos indicados juntamente
con su duplicado.
F.
EN SU AUXILIO: