Business">
Analisis Art 61
Analisis Art 61
Analisis Art 61
El Estado facilita y vigila la libre competencia. Combate toda práctica que la limite
y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. Ninguna ley ni concertación
puede autorizar ni establecer monopolios.
El artículo 61 de la Constitución Política del Perú, aprobada en el año 1993, dispone que
el Estado deba facilitar y vigilar la libre competencia, además de combatir toda práctica
que la limite o genere el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. El artículo
regula para que no exista un desorden en el mercado y un mejor manejo en la libre
competencia. ¿Pero que es la libre competencia? Refiriéndose al derecho de libre
competencia, el Dr. Alfonso Miranda Londoño dice que “el derecho a la libre
competencia económica implica dos aspectos fundamentales: una parte garantizada la
libertad de los competidores para concurrir al mercado en busca de una clientela; y de la
otra implica la libertad de los consumidores para escoger y adquirir en el mercado,
bienes y servicios que se ofrezcan en condiciones de competencia” [ CITATION Alf07 \l
10250 ]
Bibliografía
GALLARDO, J. (1999). Disyuntivas en la teoría normativa. LIMA .