Promesa de Contrato Sociedad - J.a.T.M
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Entre los suscritos a saber, Jairo Alexander Tafur Mendieta, mayor de edad, domiciliado en
la ciudad de Ibagué Avenida Guabinal 79-00 Bosque Largo, identificado como aparece al pie
de su firma, nacionalidad Colombiana, Luigi Rodríguez Acosta, mayor de edad, domiciliado
en la ciudad de Ibagué Cra 9 #11-31 Pueblo Nuevo, identificado como aparece al pie de su
firma, de nacionalidad Colombiana y Ronaldo Aristizabal Luna, mayor de edad, domiciliada
en la ciudad de Ibagué Carrera 12 #34-23 Gaitan, identificado como aparece al pie de su firma,
nacionalidad Colombiana, hemos acordado celebrar un CONTRATO DE PROMESA DE
SOCIEDAD, conforme a lo previsto en la ley 80 de 1993 y los artículos 110 y 119 del Código
de Comercio, de conformidad con los siguientes términos:
En virtud de los anterior, nuestro apoderado cuenta con todas las facultades inherentes para el
ejercicio del presente poder, en especial las de recibir, transigir, sustituir, desistir, renunciar,
reasumir y todas aquellas que tiendan al buen cumplimiento de su gestión. Igualmente, se
encuentra facultada para representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad ante todas las
autoridades que así lo requieran.
PARÁGRAFO: Las partes acuerdan designar como primer suplente del Representante Legal
a Luigi Rodríguez Acosta, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Ibagué, identificado
como aparece al pie de su firma, al que, se le otorgan las mismas facultades que al
representante legal principal, pudiendo ejercerlas de manera separada e independiente.
Como constancia se firma en la ciudad de Ibagué a los tres (4) días del mes de septiembre del
año 2020, por los abajo relacionados.