Geoambiental
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Geoambiental
20-02965
Señor:
LUIS FELIPE ARDILA RODRIGUEZ
R/L GEOAMBIENTE DE CASANARE S.A.S
CRA 36 No 27ª-12 BARRIO SALOME
Email: feardila@hotmail.com
celular: 3112455419
Yopal-Casanare
Cordial saludo,
3. Las coordenadas del sitio de disposición final de RCD son las siguientes:
4. No se podrá recibir RCD, que se encuentren contaminados con residuos peligrosos y los que
tengan carácter de peligrosidad; estos se regirán por la normatividad ambiental especial
establecida para su gestión.
5. La zona destinada para la disposición final tendrá una capacidad de 22506 m 3 (veintidós mil
quinientos seis metros cúbicos), la cual se adecuará mediante una nivelación de terreno; no podrá
realizar la adecuación de terrazas adicionales para aumentar la capacidad y adicionalmente
deberá contar con una adecuada compactación del material el cual garantice su estabilidad
geotécnica.
6. Una vez se inicie la fase operativa del área destinada para la disposición final de RCD, se deberá
implementar las medidas de manejo ambientales presentadas para inscripción como gestor de
RCD.
7. Se deberá implementar obras de drenaje alrededor del área destinada para la disposición final de
RCD, la cual deberá contar con filtro para manejo de sedimentos.
8. Se deberá dejar una distancia mínima de 50 metros como ronda de protección a las fuentes
hídricas, contadas a partir de la cota máxima de inundación.
9. La vigencia para realizar las actividades como gestor de RCD serán hasta el día 31 de diciembre
de 2020 o hasta completar la capacidad Máxima de disposición autorizada de RCD y/o lo que
suceda primero.
10. Se deberán implementar las medidas establecidas para el control de material particulado.
11. Se deberá contar con la señalización adecuada para el ingreso y salida de los vehículos de carga
a la zona de disposición final de RCD.
12. Se deberá mantener las barreras para la disminución del impacto final hasta cuando se realice el
cierre y clausura del sitio de disposición final.
13. Se deberá presentar las planillas de los controles de pesaje de los vehículos que ingresen con
material al sitio de disposición final de RCD, las cuales al consolidarlas no deberán superar la
capacidad de disposición final.
14. Se deberá instalar una valla informativa visible, que contenga la información relevante del sitio de
disposición final de RCD.
15. Se deberá informar a esta autoridad ambiental las constancias emitidas por el gestor a los
diferentes generadores de RCD, de conformidad con el anexo 2 de la resolucion 472 de 2017, las
cuales deberán estar contenidas en el informe de manejo del sitio de disposición final.
16. No se podrá utilizar camiones tipo cisterna para manejo de agua que requiera utilizar para las
actividades de compactación de los RCD, hasta tanto se tenga la debida autorización de concesión
de agua ante esta autoridad ambiental.
17. Se deberá presentar un informe trimestral, en el cual se evidencie el buen manejo ambiental del
sitio de disposición final de RCD, de conformidad con lo establecido en el articulo 12 de la
resolucion 472 de 2017.
18. Se deberá presentar un informe final, el primer trimestre del año, posterior a la caducidad de la
vigencia de la autorización como gestor de RCD dando cumplimiento a todas las obligaciones que
trata la resolucion 472 de 2017 y el cumplimiento del plan de manejo ambiental presentado.
Es importante resaltar que, para hacer uso o aprovechamiento de los recursos naturales, es fundamental
adelantar previamente la solicitud del permiso ambiental correspondiente, tramite que se realiza ante
CORPORINOQUIA en la sede principal ubicada en Yopal Casanare. El uso y/o aprovechamiento de los
recursos naturales sin la debida autorización será objeto de procedimiento sancionatorio, de acuerdo con
lo establecido en la Ley 1333 de 2009, por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental
y se dictan otras disposiciones.
Finalmente le comunicamos que estamos atentos a brindarle cualquier información relacionada con el
asunto a través de los siguientes medios: sitio web de la entidad –www.corporinoquia.gov.co (ATENCION
USUARIO – Buzón de “PQRS”); Chat institucional; e–mail: atencionusuarios@corporinoquia.gov.co a
través de la línea telefónica directa (8) 6358588 Telefax (8) 6322623 o acercándose a la sede Principal,
ubicada en la carrera 23 No. 18 - 31 de Yopal-Casanare, de lunes a viernes en horario de 8:00am a
12:00pm – 2:00pm a 5:00pm.