Del Estado de Derecho Al Estado Social
Del Estado de Derecho Al Estado Social
Del Estado de Derecho Al Estado Social
El estado de derecho evoluciono de un estado liberal democrático a uno social también democrático, con el propósito de
que los presupuestos materiales de la libertad y la igualdad para todos están efectivamente asegurados, producto de las
ideas socialistas, la tradición liberal y el pensamiento cristiano.
Estas ideas guían las tareas del estado con el fin de corregir las desigualdades, promover la inclusión y la participación y
garantizar a las personas en situación de desventaja el goce efectivo de sus derechos fundamentales.
El estado social de derecho no es lo mismo que el estado de bienestar, el estado de bienestar es compatible con el estado
social de derecho, pero no es única manifestación institucional
Trasciende las contradicciones que aquel evidenció históricamente después que tomó fuerza en el siglo pasado la necesidad
de adoptar leyes sociales de protección a las personas frente a situaciones de grave y urgente necesidad y que vino integrar
en la configuración del Estado Solo hasta después de las dos guerras mundiales en el siglo pasado.
Estado de bienestar
1. Países escandinavos
2. Modelo anglosajón
3. Modelo europeo
Modelo de política social fundamentado en el logro personal, resultado laboral, modelo corporativista del estado de
bienestar
De modelo sustentado en los derechos de la ciudadanía a otro en el que, junto a los derechos, aparece estrechamente
ligadas ciertas obligaciones, como la obligación de tener un empleo. De un contrato social apoyado en los derechos, se pasa
a otro sustentado en el ámbito de la responsabilidad individual.
El proceso de globalización se lo acusan de destruir tal Estado de bienestar, favorecer las desigualdades económicas y
aniquilar las identidades culturales.
Esta situación estaría generando un efecto de agudización de desigualdades económicas, nuevas formas de desigualdad
social y no sólo una seria amenaza, sino un daño a las identidades culturales.
La vigilancia tecnológica masiva no es consecuente con políticas públicas de un estado benefactor, ni le interesa la justicia
social, no tiene control político ni regulación jurídica y plantea un desafío antidemocrático porque ataca precisamente los
presupuestos constitutivos de la democracia liberal como son la igualdad y la seguridad.
ESTADO DE DERECHO
Concepto: El estado de derecho refiere un modelo político y jurídico que postula un modelo de realización de la dignidad de
la persona de ahí que se garantice a esa una actuación sin cortapisas dentro de ciertos espacios y que se limiten las
potestades estatales.
El estado de derecho limita el poder en tres sentidos que se complementan entre sí:
La voluntad general. Considera que la norma parlamentaria no es más que la expresión de la voluntad general, la
participación del ciudadano en la creación de las leyes.
División de poderes
Concepto de la ley
Principio de la legalidad en la administración
Garantía de los derechos fundamentales
1. Imperio de la ley. Por ley debe entenderse la formalmente creada por el órgano popular representativo (congreso,
parlamento o asamblea nacional)
2. División de poderes. Debe ser entendido como una distribución o división de funciones y poderes, necesariamente
relacionadas y controladas mutuas y recíprocamente. Pretende evitar una concentración de los mismos.
3. Legalidad de la administración. Es la exigencia de sometimiento de la administración a la ley, se manifiesta a través
de un sistema de control y responsabilidad de la administración realizado primordialmente a través de los jueces.
4. El principio de legalidad.
El profesor Ángel Garronera estima que el principio de legalidad es al mismo tiempo:
Un principio de legitimación (fundamento)
Un principio de limitación formal o jurídica (condicionamiento).
5. Sistema de vinculación positiva. Los poderes del Estado sólo pueden obrar con el respaldo de una previa base legal.
Por lo tanto, legalidad es la conformidad y no sólo la contrariedad con la ley.
6. La necesidad de un juez o un tribunal independiente que dirima los conflictos. No hay ni puede clasificarse un estado
como de derecho si no posee una serie de órganos que administren el poder judicial de manera independiente,
imparcial y objetiva que como consecuencia le permitan a los hombres tener un árbitro (juez) y un criterio (ley) para
resolver sus conflictos de forma pacífica.
7. Estado garantista de los derechos y libertades fundamentales. El objetivo del Estado de derecho y de sus
instituciones básicas se centra en la pretensión de lograr suficiente garantía y seguridad de los derechos y libertades
fundamentales de la persona humana.
ESTADO SOCIAL
Concepto:
1. Se refiere a la estructura del poder público en las sociedades capitalistas altamente industrializadas y de
Constitución democrática, el cual implica la concesión de medios para cubrir determinadas carencias de los
colectivos en situación social más desventajosa, lo que conlleva, a que incluso, el estado social mejor estructurado
será siempre una formación inestable en alto grado en razón a sus contenidos, lo que hace difícil de caracterizar.
Características.