El derecho a la salud en Colombia tiene una naturaleza dual como derecho constitucional y servicio público. Es un derecho fundamental irrenunciable que busca el mayor goce de salud física y mental para todas las personas a través de principios de eficiencia, universalidad y solidaridad garantizados por el Estado. La acción de tutela protege el derecho a la salud cuando está conectado a otros derechos fundamentales amenazados. La Corte Constitucional considera la historia clínica como un documento privado amparado por la intimidad, pero puede ser acc
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El derecho a la salud en Colombia tiene una naturaleza dual como derecho constitucional y servicio público. Es un derecho fundamental irrenunciable que busca el mayor goce de salud física y mental para todas las personas a través de principios de eficiencia, universalidad y solidaridad garantizados por el Estado. La acción de tutela protege el derecho a la salud cuando está conectado a otros derechos fundamentales amenazados. La Corte Constitucional considera la historia clínica como un documento privado amparado por la intimidad, pero puede ser acc
El derecho a la salud en Colombia tiene una naturaleza dual como derecho constitucional y servicio público. Es un derecho fundamental irrenunciable que busca el mayor goce de salud física y mental para todas las personas a través de principios de eficiencia, universalidad y solidaridad garantizados por el Estado. La acción de tutela protege el derecho a la salud cuando está conectado a otros derechos fundamentales amenazados. La Corte Constitucional considera la historia clínica como un documento privado amparado por la intimidad, pero puede ser acc
El derecho a la salud en Colombia tiene una naturaleza dual como derecho constitucional y servicio público. Es un derecho fundamental irrenunciable que busca el mayor goce de salud física y mental para todas las personas a través de principios de eficiencia, universalidad y solidaridad garantizados por el Estado. La acción de tutela protege el derecho a la salud cuando está conectado a otros derechos fundamentales amenazados. La Corte Constitucional considera la historia clínica como un documento privado amparado por la intimidad, pero puede ser acc
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Análisis Jurisprudencial sobre el Derecho a la Salud
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Legislación en Salud y Sistema de Seguridad Social
Fundación Universitaria del Área Andina
Especialización: Auditoria en Salud
2
Bogotá, septiembre 2019
1. Explique en qué consiste la naturaleza dual del derecho a la salud
La naturaleza dual del derecho a la salud se refiere a que la salud es
considerada como un derecho constitucional y a la vez un servicio público, según los artículos 44 a 49 de la constitución de nuestro país. Adicionalmente es un servicio que se debe garantizar a todos los habitantes del territorio nacional, se encuentra a cargo del estado y es un derecho irrenunciable.
2. ¿De acuerdo a lo analizado por parte del grupo de trabajo, exponga el
concepto actual del derecho a la salud? Según el material revisado y teniendo en cuenta como base fundamental la constitución política de Colombia, podemos definir que el derecho a la salud es un derecho humano, que busca que toda persona tenga el mayor goce posible de salud física y mental, con principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, garantizado por el estado. Es decir que el derecho a la salud es inherente a las personas pues debe prestarse sin distingo de raza, clase social, etnia, género, religión y cumple con el atributo de ser irrenunciable.
3. ¿Determine en que eventos procede la acción de tutela para la
salvaguarda del derecho a la salud?
La acción de Tutela procede para salvaguardar el derecho a la salud cuando
se encuentra en conexidad con un derecho fundamental y estos se encuentran amenazados, vulnerados o violados por acción u omisión, o en los casos de poblaciones especiales como los niños. Se califica la salud como un derecho fundamental a la salud por conexidad cuando la salud se encuentra íntimamente relacionada con alguno de los derechos fundamentales y en ausencia del primero se afecta el segundo; un ejemplo claro es 3
cuando el derecho a la vida de una persona se encuentra amenazado por la
desatención de los servicios de salud en caso de una enfermedad. 4. ¿Cuáles son las consideraciones de la Corte Constitucional frente a Historia Clínica? La corte constitucional hace énfasis en el carácter reservado de la historia clínica, tratándose este de un documento de carácter privado que se encuentra ligado al derecho fundamental de la intimidad descrito en el artículo 15 de la constitución nacional. Quiere decir que la historia clínica solo podrá ser entregada al usuario, o a la persona que el usuario autorice, de acuerdo con el artículo 13 de la Resolución 1995. Para efectos del acceso por parte de una familiar a la información de la historia clínica de un usuario fallecido, la Corte Constitucional en la Sentencia T-1051 de 2008 en donde la demandante solicita el acceso a la historia clínica de su esposo y de su hija, analizan lo siguiente: …, se aprecia la confrontación de cuatro derechos fundamentales: intimidad, verdad, información y acceso a la administración de justicia. Los tres últimos se encuentran en cabeza de los demandantes, que eran los titulares del derecho a la intimidad…
Según esto resuelve tutelar los derechos a la verdad, a la información y al
acceso a la administración de justicia y conceder el acceso a la historia clínica.
5. ¿Qué visión tiene el grupo de trabajo respecto a la interpretación que la
Corte Constitucional propone sobre Consentimiento Informado? Según la corte constitucional, todo paciente tiene el derecho a ser informado sobre los tratamientos y procedimientos a los cuales va a ser sometido y a su vez el usuario de manera libre puede dar el consentimiento para la intervención médica.
Teniendo en cuenta que la medicina tiene como principio el cuidado de la
salud y la curación de la enfermedad, la corte constitucional faculta al Galeno en los casos de emergencia no solicitar el consentimiento informado, sin embargo, en condiciones normales tiene la obligación de brindar una información clara sobre el manejo, siendo el paciente autónomo, de tomar una decisión, seleccionar el procedimiento según las opciones médicas y aceptar o no el tratamiento. 4
6. ¿Cuál ha sido el impacto de la tutela en materia de Derecho a Salud?
Con la constitución política de 1991, regula en el artículo 86 la acción de tutela y se reglamenta mediante el decreto 2591 de 1991. La acción de Tutela garantiza el derecho a la salud siempre y cuando esté relacionado con la vulneración o afectación de uno o más de los derechos fundamentales como el derecho a la vida o cuando se trate de una población con protección especial como los niños. Esta es manera en la que el estado promueve la protección del derecho a la salud y los ciudadanos de a pie, logran acceder a tratamientos, procedimientos, viáticos, tecnologías médicas, asignación de citas, entre otros, por tal tazón las tutelas han ido en aumento y para finales del 2018 en promedio se abrían realizado 539 tutelas diarias. 5
Referencias
Gañan, J.L. (febrero de 2011) De la naturaleza jurídica del derecho a la salud en
Colombia. Jaime León Gañán Ruiz Obtenido de: http://bibliotecadigital.udea.edu.co/dspace/bitstream/10495/2266/1/De%20la%20n aturaleza%20jur%C3%ADdica%20del%20derecho%20a%20la%20salud%20en%2 0Colombia.pdf Sarralde Duque (febrero 04 de 2019) 10 años después, tutelas en salud siguen creciendo en vez de reducirse REDACCIÓN JUSTICIA @MSarralde obtenido de: https://www.eltiempo.com/justicia/investigacion/balance-de-tutelas-por- servicios-de-salud-del-2018-311250 Corte Constitucional. (2008). Sentencia T-1051 de 2008 Corte Constitucional. (2008). Sentencia T-826 de 2011 Corte Constitucional. (2008). Sentencia C-454 de 2008