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Nic 23 Costo Por Prestamo

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“UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTA MARÍA”

Escuela Profesional de Contabilidad


CURSO:

PLANEAMIENTO TRIBUTARIO

TRABAJO:

NIC 23

DOCENTE:

CASTRO SUCAPUCA, LUIS

ALUMNOS:

 AGUILAR CORNEJO, FERNANDO


 AMPUERO CRESPO, CRISTIAN
 SOTO ROMERO, DANIEL
 URQUIZO PINTO, CLAUDIA
 VALENCIA ROMAN, MARIA

AREQUIPA – PERU

2020
Contenido
Objetivos.....................................................................................................................................2
Costos por préstamos...............................................................................................................2
Activo Apto.............................................................................................................................3
Inicio de la Capitalización.....................................................................................................4
Suspensión de la Capitalización..........................................................................................5
Fin de la Capitalización.........................................................................................................5
Préstamo en diferentes tasas de interés............................................................................5
Limite en la deducción de gastos por intereses................................................................5
¿Cuándo un interés es reconocido como gasto?..............................................................6
Ejercicio 1...................................................................................................................................8
Ejercicio N°2.............................................................................................................................13
Ejercicio 3.................................................................................................................................16
Ejercicio 4.................................................................................................................................19
Conclusiones:...........................................................................................................................21
Bibliografía:..............................................................................................................................22
Resumen:
Los objetivos son Identificar cuando podemos reconocer los costos por
préstamos, Identificar si los intereses de activos pueden ser capitalizados y
que incidencias tributarias conlleva respecto a impuesto a la renta, podria
generar un diferencia temporaria llevar a capitalizarlos, determinar si existe un
límite para la deducción de gastos por intereses que nos indique la ley del
impuesto a la renta.

La metodología aplicada incluye un diseño que se realizó una revisión


sistemática de documentos mediante la investigación documental de tipo
documental, nivel explicativo en dimensión seccional. La estrategia de
búsqueda llevó a cabo una búsqueda en Google Académico de documentos
indexados publicados por diferentes profesionales e investigadores de la
materia.Se tomó en consideración únicamente a los documentos indexados
que tuvieran un número considerable de citaciones y que su promedio de factor
de impacto como límite menor sea 2. Se seleccionaron 4 estudios originales y
2 artículos, en los cuales aparecía información relevante. Para proceder a la
selección se revisaron los abstracts. La información analizada fue leída
analizada y luego se extrajo las partes que pudieran dar dirección a los
objetivos del estudio.

El resultado nos ha permitido concluir que los costos por préstamos son
reconocidos cuando un activo es apto dependiendo si se ha incurrido en estos
en el presente ejercicio. Según la LIR los intereses no deben formar parte del
costo del activo adquirido. El préstamo debe ser dirigido a obtener un activo
apto si se busca su capitalización. Los intereses si pueden ser capitalizados al
inicio de obra y dejaran de ser capitalizados cuando estén listos para la venta

1
Objetivos
-Indentificar cuando podemos reconocer los costos por prestamos
-Identificar si los intereses de activos pueden ser capitalizados y que
incidencias tributarias conlleva respecto a impuesto a la renta, podria generar
un diferencia temporaria llevar a capitalizarlos
-Determinar si existe un límite para la deducción de gastos por intereses que
-nos indique la ley del impuesto a la renta.

Costos por préstamos


Según NIC 23

Los costos por prestamos son los intereses y otros costos en los que la entidad
incurre, que están relacionados con los préstamos que obtuvo o con la
obligación de pago al crédito.

Contadores & Empresas (2014) indica que “los costos por préstamos que sean
directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un
activo apto forman parte del costo de dichos activos. Los demás costos por
préstamos se reconocen como gastos” (p.298).

Los costos por préstamos que se atribuyen directamente a la adquisición,


construcción, producción de un activo apto van a formar parte del activo mismo,
mientras que los demás, es decir, los que no se relacionan con los activos
aptos, serán considerados como gastos en el periodo en que se haya incurrido
en ellos. Los costos que forman parte del activo, deben capitalizarse, siempre y
cuando sea probable que estos le den un beneficio económico futuro a la
entidad y que se puedan medir confiablemente.

Los costos por préstamos incluyen:

- Los gastos por intereses calculados , para el cálculo se utiliza la tasa de


interés efectiva
- Las cargas financieras relativas a los arrendamientos financieros
- Las diferencias de cambio que provienen de préstamos en moneda
extranjera, en la medida en que se consideren ajustes de los costos por
intereses.

2
La NIC 23 nos da un tratamiento contable de los costos en los que la empresa
debe de incurrir por préstamos, pero para el punto de vista tributario el
tratamiento es distinto. Según la NIC, debemos reconocer los intereses de los
costos por préstamos que se den en la producción, adquisición y construcción
de un activo apto y hacerlos formar parte del activo mismo; mientras que en la
Ley del impuesto a la renta, dicta lo siguiente:

…”Por costo computable de los bienes enajenados, se entenderá el costo de


adquisición, producción o construcción o, en su caso, el valor de ingreso al
patrimonio o valor en el último inventario determinado conforme a ley, más los
costos posteriores incorporados al activo de acuerdo con las normas contables,
ajustados de acuerdo a las normas de ajuste por inflación con incidencia
tributaria, según corresponda. En ningún caso los intereses formarán parte
del costo computable” Art 20 TUO de la Ley del Impuesto a la Renta

Entonces, desde el punto de vista tributario, los intereses no forman parte del
costo computable, lo que contradice totalmente a la NIC. En la norma tributaria
no se menciona tampoco los activos aptos, solo se hace referencia a bienes
enajenados y a su costo de producción, adquisición o producción.

Como en la norma tributaria no se consideran los intereses como parte del


costo, sino que lo reconoce como gasto, esto ocasionara que exista un
impuesto a la renta diferido, por la diferencia que existirá entre el costo
computable contable y tributario.

Activo Apto
Según (Salinas Buestán, V. C., & Tapia Banegas, J. F. Costos por préstamos
según NIC 23 POST 2007) “Un activo apto, es aquel que requiere
necesariamente de un periodo sustancial antes de estar listo para el uso al que
está destinado. Se debe aplicar el juicio profesional para determinar qué es
período sustancial de tiempo.”
Según (Parr.5 de la NIC 23) “Un activo apto es aquel que requiere,
necesariamente, de un periodo sustancial antes de estar listo para el uso al que
está destinado o para la venta, no se consideran los activos biológicos ya que
están sujetos al valor razonable”.

3
Primero para definir lo que es un activo apto tenemos que saber lo que es un
periodo sustancial. Él periodo sustancial vendría a ser el periodo que requiere
el activo para que este esté listo para su disposición o su venta y para que se
considera activo apto va de la mano de este concepto.
El periodo de un activo apto comienza cuando se realiza el primer desembolso
de dinero para la adquisición, construcción o producción del activo apto.
Tenemos como activos aptos:
 Construcción de una planta, porque su proceso y culminación tomara un
periodo para que esté lista.
 Maquinaria naves, aeronaves en construcción
 Activos Intangibles

Inicio de la Capitalización
Según (Párr. 17NIC 23)” El inicio de la capitalización por los costos por
prestamos como parte de un activo apto empieza en la fecha que la empresa
cumple con ciertos requisitos como:
 Desembolsos en relación con el activo,
 Costos por préstamos,
 lleve a cabo las actividades necesarias para preparar el activo para el
uso al que está destinado o para su venta”.
Para que se inicie la capitalización de los costos por préstamos por parte de
costos de un activo apto la entidad debe incurrir en ciertas condiciones que nos
señala la NIC 23, pero a parte de estos costos existen algunos costos
adicionales como trabajos técnicos administrativos previos al comienzo de la
construcción esto cuando no es objeto de producción o desarrollo puede
cambiar la condición del activo, por otro lado los terrenos también se
capitalizan en la etapa que se prepara el terreno, pero si están inactivos no se
puede capitalizar.
Ejemplo:
Se realizará la construcción de un activo apto por un tercero, los costos de los
préstamos efectuados por la entidad a la financiación de los pagos anticipados
de un activo apto se capitalizan sobre la misma según sea el costo de los
préstamos realizados por los activos construidos por la entidad

4
El primer paso se realiza al incurrirse el pago de los gastos en el activo por
anticipado, el costo por el préstamo cuando se obtiene y para que se considere
el tercer paso se debe verificar que ya se haya iniciado la construcción y se
prepare el terreno en caso de que este inactivo no se procederá al inicio de la
capitalización.
Suspensión de la Capitalización
La suspensión de la capitalización de los costos por prestamos durante los
ejercicios en los que se haya suspendido el desarrollo de las actividades del
activo apto. En el caso sea de carácter temporal se procederá a la suspensión.
Fin de la Capitalización
El fin de la capitalización se dará cuando todas las actividades para preparar el
activo apto hayan cesado ya sea para su uso por la su venta, en caso de que
sea una construcción de un activo apto por partes y esa parte ya se pueda
utilizar por separado su capitalización cesara cuando estén terminadas,
también debemos de revelar el importe de los costos por prestamos
capitalizados durante el periodo, así como la tasa de capitalización utilizada
para la determinación del importe.
Préstamo en diferentes tasas de interés
Si los fondos para la construcción o producción del activo apto proceden de
varios préstamos a diferente tasa de interés y no es posible identificar
específicamente cada uno, la tasa de capitalización será el promedio
ponderado de los costos por préstamos aplicables a los préstamos recibidos
por la empresa que han estado vigentes en el periodo, y son diferentes de los
específicamente acordados para financiar un activo apto. El importe de los
costos por préstamos que se capitaliza durante el periodo no debe exceder del
total de costos por préstamos en que se ha incurrido durante ese mismo
periodo (Véase párrafos 10 al 15, NIC 23)

Limite en la deducción de gastos por intereses


Cuando el importe en libros o el costo final del activo apto excedan a su
importe recuperable o a su valor neto realizable, el importe en libros se reducirá
o se dará de baja de acuerdo con las exigencias de otras normas. En ciertos
casos, el importe reducido o dado de baja se recupera y se puede reponer, de
acuerdo con las citadas normas. (Párr. 16, NIC 23)

5
Valor en libros de activo No debe exceder de su Si se excede,
calificado EXISTENCIAS VALOR NETO aplicar la NIC 2

Valor en libros de activo No debe exceder de su Si se excede,


calificado ACTIVO FIJO IMPORTE RECUPERABLE. aplicar la NIC 36

PCGE. En los comentarios de las cuentas 21,23,31,33 se señala que en tanto


contengan los costos de financiación, se conviene en que, ante una
desvalorización, el componente de costo de financiación activado es el primero
que se afecta hasta agotarlo y luego al costo de producción o construcción
invertido

¿Cuándo un interés es reconocido como gasto?


Los costos por préstamos que no sean directamente atribuibles a la
adquisición, construcción o producción de activos aptos, deben reconocerse
como gastos en el periodo en que se haya incurrido en ellos, (Véase párr. 8,
NIC 23)

Tratamiento tributario

Son deducibles para determinar el impuesto a la renta los intereses de deudas


y los gastos originados por la constitución, renovación o cancelación de las
mismas siempre que hayan sido contraídas para adquirir bienes o servicios
vinculados con la obtención o producción de rentas gravadas en el país o
mantener su fuente productora, con las limitaciones previstas en los párrafos
siguientes.

Límite para la deducción

Solo son deducibles los intereses a que se refiere el párrafo anterior en la parte
que excedan el monto de los ingresos por intereses exonerados e inafectos.
Para tal efecto no se computaran los intereses exonerados e inafectos
generados por valores cuya adquisición haya sido efectuada en cumplimiento
de una norma legal o disposiciones del Banco Central de Reserva del Perú, ni
los generados por valores que reditúen una tasa de interés, en moneda
nacional, no superior al cincuenta por ciento (50%) de la tasa activa de

6
mercado promedio mensual en moneda nacional (TAMN) que publique la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones.

Serán deducibles los intereses provenientes de endeudamientos de


contribuyentes con partes vinculadas cuando dicho endeudamiento no exceda
del resultado de aplicar el coeficiente que se determine mediante decreto
supremo sobre el patrimonio del contribuyente; los intereses que se obtengan
por el exceso de endeudamiento que resulte de la aplicación del coeficiente no
serán deducibles.

También serán deducibles los intereses de fraccionamientos otorgados


conforme al Código Tributario.

Base Legal: inc. A) del art. 37 del TUO de la LIR

Los gastos por intereses contabilizados que exceden el límite que se establece
en el inciso a) del TUO de la LIR no son deducibles en el ejercicio de su cálculo
ni en otro ejercicio, por lo tanto, constituyen diferencias permanentes que no
requieren aplicación de la NIC 12

Ferrer, A. (2012).“Revisando las NIIF: NIC 23 costos por prestamos”,


Actualidad Empresarial. Perú. Menciona en el siguiente párrafo que los costos
por financiamiento son:

“Intereses de sobregiros, prestamos bonos, descuentos en obtención de


préstamos, primas de bonos colocados, gastos financieros por leasing,
diferencia de cambio por ajuste a los intereses, comisiones y otros incurridos
en obtención de préstamos”

También menciona que la capitalización de costo de financiamiento es: “La


capitalización debe coincidir con el tiempo sustancial de adquisición,
producción o construcción del activo calificado o apto para estar listo para su
venta o uso”

Ayala, P. (2011). “NIC 23 Costos de Financiamiento”, Actualidad Empresarial.


Perú. Menciona en el siguiente párrafo que los costos por financiamiento según
la NIC 23 establece: “El párrafo 8 de la NIC establece que una entidad
capitalizará los costos por préstamos que sean directamente atribuibles a la
7
adquisición, construcción o producción de activos aptos, como parte del costo
de dichos activos. Una entidad deberá reconocer otros costos por préstamos
como un gasto en el período en que se haya incurrido en ellos. Asimismo, el
párrafo 10 de la NIC establece que son costos por préstamos directamente
atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo apto, son
aquellos costos por préstamos que podrían haberse evitado si no se hubiera
efectuado un desembolso en el activo correspondiente.” “Cuando una entidad
toma fondos prestados que destina específicamente a la obtención de un activo
apto, los costos por préstamos relacionados con este pueden ser fácilmente
identificados”

Ejercicio 1
Intereses por préstamos para la construcción de inmueble destinado para la
venta

La empresa constructora CONSTRUCTORES S.A.C inicia un proyecto para


construir un condominio conformado por 4 edificios de seis pisos cada uno
luego serán vendidos. El proyecto tiene un costo de S/ 900,000 y demorara 18
meses para la construcción. Para financiar esta obra CONSTRUCTORES
S.A.C obtiene un préstamo bancario por el integro a la tasa del 12% anual que
se pagara en 24 cuotas mensuales a partir de abril de 2019. El préstamo fue
desembolsado por la entidad financiera el 1 de abril del 2019.

Para la construcción se realizaron los siguientes desembolsos:

Material de construcción 450 000

Mano de obra 210 000

Gastos indirectos 240 000

CRONOGRAMA DE PAGO

8
MES Y SALDO INTERESES CUOTA AMORTIZACIONES
AÑO CONSTANTE

9
abr-19 900 8,54 42,109 33,569
,000 0
mayo-19 866 8,22 42,109 33,888
,431 1
jun-19 832 7,90 42,109 34,209
,543 0
jul-19 798 7,57 42,109 34,533
,334 5
ago-19 763 7,24 42,109 34,861
,801 8
sep-19 728 6,91 42,109 35,192
,940 7
oct-19 693 6,58 42,109 35,526
,748 3
nov-19 658 6,24 42,109 35,863
,222 6
dic-19 622 5,90 42,109 36,204
,359 5
ene-20 586 5,56 42,109 36,547
,155 2
feb-20 549 5,21 42,109 36,894
,609 5
mar-20 512 4,86 42,109 37,244
,715 5
abr-20 475 4,51 42,109 37,597
,471 2
mayo-20 437 4,15 42,109 37,954
,874 5
jun-20 399 3,79 42,109 38,314
,921 5
jul-20 361 3,43 42,109 38,677
,607 1
ago-20 322 3,06 42,109 39,044
,929 4
sep-20 283 2,69 42,109 39,415
,885 4
oct-20 244 2,32 42,109 39,789
,470 0
nov-20 204 1,94 42,109 40,167

10
,681 2
dic-20 164 1,56 42,109 40,548
,514 1
ene-21 123 1,17 42,109 40,932
,967 6
feb-21 8 7 42,109 41,321
3,034 88
mar-21 4 3 42,109 41,713
1,713 96
110,61 1,010,610 900,000
1

En el párrafo 17 de la NIC 23 indica que comenzara la capitalización de los


costos por préstamo como parte de los costó de un activo apto en la fecha de
inicio de la obra. En el párrafo 22 establece que cesara la capitalización de los
costos por préstamos cuando se hayan completado todas o prácticamente
todas las actividades necesarias para preparar al activo apto para el uso que va
destinado o para la venta.

Según los datos el término de la obra será en septiembre del 2020. En este
sentido, los intereses devengados hasta esta fecha formaran parte del costo de
los edificios, que asciende a S/ 102 427

En septiembre del 2020 tendremos los edificios y se trasladara como un


producto terminado destinado para la venta.

Material de construcción 450 000

Mano de obra 210 000

Gastos indirectos 240 000

Intereses del préstamo 102 427

TOTAL COSTO 1 002 427

Tratamiento tributario

El artículo 20 de la Ley del Impuesto a la Renta señala que

“En ningún caso los intereses formaran parte del costo computable.”

11
Esta prohibición tributaria hace que se genere una diferencia temporaria
cuando para fines financieros por aplicación de la NIC 23, los intereses integran
el costo de los inventarios.

Determinamos el IR AL 31-12-2019

EXISTENCIAS CONTABLE TRIBUTARIO DIFERENCIA


TEMPORARIA
Costo de 900000 900000
producción
(+) Intereses 102427
capitalizados
1002427 900000 102427

En este caso la deducción como gasto de los intereses en la D.J ANUAL del
2020 cuando de vendan los departamentos.

Diferencia Tasa Pasivo


temporari 29.5 tributario
a diferido
102427 29.50% 30215.965

Suponiendo que en el año 2019 CONSTRUCTORES S.A.C obtuvo una utilidad


de S/ 1 000 000 y aun no vende el conjunto habitacional veremos que
tributariamente se pagara un menor impuesto a la renta en este ejercicio.

CONTABLE TRIBUTARI
O
Utilidad contable 1,000,000. 1,000,000.
00 00
Deducciones (102,427)
Renta imponible 1,000,000. 897,573.
00 00
I.R 295,000. 264,784.
00 04

Reversión de la diferencia temporaria

12
En el año 2020 se vende todos los departamentos a un valor de S/ 1 500 000

CONTABLE TRIBUTARI DIFERNCI IMPUEST


O A O
DIFERID0
VENTA 1,500,000. 1,500,000.
00 00
COSTO (1,002,427) (900,000)
I.R 497,573. 600,000. (102,427) (30,216)
00 00

Contablemente el costo de venta es mayor al costo tributario, ya que contiene


los intereses capitalizados. Por lo tanto, se pagara un mayor impuesto a la
renta revirtiéndose de este modo la diferencia temporaria.

En el año 2020 obtuvo una utilidad de 1 200 000, veremos que pago un mayor
I.R

CONTABLE TRIBUTARI
O
Utilidad 1,200,000. 1,200,000.
contable 00 00
Adicción 102,427
Renta 1,200,000. 1,302,427.
imponible 00 00
I.R 354,000. 384,215.
00 97

Ejercicio N°2
Gastos por intereses provenientes de endeudamientos con vinculadas

El 1 de agosto del 2019 la empresa LOMAS S.A recibe un préstamo de una


empresa vinculada por S/ 890 000. Se devolverá el préstamo en un año
mediante cuotas fijas mensuales al 10% de tasa de interés efectiva anual. A
partir de septiembre se iniciaron los pagos de las cuotas.

Su patrocinio de LOMAS S.A será el siguiente:

Capital 110 000

13
Reserva 29 000

Revaluación 25 000

Resultados acumulados 36 000

200 000

Datos adicionales: Factor de recuperación de capital: 0.087716

Determinaremos el monto deducible para la empresa

1. Determinaremos el limite máximo de endeudamiento entre vinculadas

COMPUTABLE
Capital 110000 110000
Reserva 29000 29000
Revaluació 25000
n
Resultados 36000 36000
acumulados
200000 175000
Máximo endeudamiento= patrimonio del año anterior x 3

El quinto párrafo del inciso a) del referido artículo artículo37, establece que
“serán deducibles los intereses provenientes de endeudamientos de
contribuyentes con sujetos o empresas vinculadas cuando dicho
endeudamiento no exceda el resultado de aplicar el coeficiente que se
determine mediante decreto supremo sobre el patrimonio del contribuyente; los
intereses que se obtengan por el exceso de endeudamiento que resulte de la
aplicación del coeficiente no serán deducibles.”

El numeral 6 del inciso a) del artículo 21° del Reglamento, se dispone que “el
monto máximo de endeudamiento con sujetos o empresas vinculadas se
determinará aplicando un coeficiente de tres (3) al patrimonio neto del
contribuyente al cierre del ejercicio anterior ”.

El excedente de revaluación no tiene efectos tributarios y por lo tanto no se


considera en la determinación del monto del patrimonio

Máximo de endeudamiento= 175 000 x 3 = 525 000

14
MES Y SALDO INTERESES CUOTA AMORTIZACIONES
AÑO CONSTANTE
sep-19 89 7, 78,067 70,970
0,000 097
oct-19 81 6, 78,067 71,536
9,030 531
nov-19 74 5, 78,067 72,106
7,494 961
dic-19 67 5, 78,067 72,681
5,388 386
ene-20 60 4, 78,067 73,261
2,706 806
feb-20 52 4, 78,067 73,845
9,445 222
mar-20 45 3, 78,067 74,434
5,600 633
abr-20 38 3, 78,067 75,028
1,166 039
mayo-20 30 2, 78,067 75,626
6,139 441
jun-20 23 1, 78,067 76,229
0,513 838
jul-20 15 1, 78,067 76,837
4,284 230
ago-20 7 78,067 77,449
7,447 618
46, 936,804 890,000
802

Los intereses devengados de septiembre a diciembre son de S/ 24 974

2. Calculo considerando el monto máximo deducible


Cuota fija = 525 000 x 0.087716 = 46 051

MES Y SALDO INTERESES CUOTA AMORTIZACIONES


AÑO CONSTANTE
sep-19 52 4, 46,051 41,865
5,000 186

15
oct-19 48 3, 46,051 42,198
3,135 853
nov-19 44 3, 46,051 42,535
0,937 516
dic-19 39 3, 46,051 42,874
8,402 177
14, 184,204 169,472
732

La diferencia de los interés no deducibles proveniente con vinculadas será


entre los intereses en libros contables y los interés del monto máximo
deducible.

INTERESES INTERES DIFERENCI


DEVENGADOS SEGÚN A
MAXIMO
INTERESES 24,97 1 10,24
NO 4 4,732 2
DEDUCIBL
E

Ejercicio 3
Intereses por prestamos que forman parte del costo de las existencias

La empresa Komex SAC , se dedica a la produccion de vinos , cueta con un


lote de vinos cuya elaboracin se inicio el 01-01-15 y culmino el 31-12-15 , para
financiar esta produccion se contrato un prestamo bancario por un año (del 01-
01 al 31-12 del 2015) por S/. 200,000 a una tasa de interes del 12% anual.

Al termino de produccion el costo total acumulado del lote de vinos fue de S/.
360,000 (materia prima , mano de obra y gastos indirectos.

En el año 2016 , se vende el lote de vinos por S/. 600,000)

Se pide tratamiento tributario y contable

1.- Tratamiento contable

a) Capitalizacion de intereses

16
La NIC 2 indica que en la NIC 23 costos por prestamos se identifican las
limitadas circunstancias en las que los costos financieros se incluyen en el
costo de los iventario.

Un activo apto es aquel que requiere de un tiempo considerable para estar en


condiciones de venta o para su uso esperado , como edificios , puentes , vinos
de calidad , quesos , etc.

En este caso Komex SAC cumple la definicion de activo apto ya que su tiempo
de produccion es de un año, es por eso que sus intereses de prestamo que
estan relacionados se incluiran como parte del costo.

b) Calculo de los intereses

PRESTAMO TASA DE INTERES INTERESES S/.


ANUAL
200,000.00 12% 24,000.00

C) Costo de produccion de vinos

Costo 360,000
Interees capitalizados 24,000
Total Costo 384,000. total

Asiento contable

21 PRODUCTOS TERMINADOS 24,000


45 OBLIGACIONES FINANCIERAS 24,000
Por el registro de los intereses por el prestamo como
parte del costo de inventario

Tratamiento Tributario

El art. 20 del TUO de la LIR señala que , en ningun coso los intereses forman
parte del costo computable , esta prohibicion tributaria hace que se genere una

17
diferencia temporaria , cuando para fines financieros , por aplicación de la nic
23 y la nic 2 , lo intereses por prestamos integran el costo de los inventario.

a) Determinacion del impuesto a la renta diferido 31-12-15

EXISTENCIAS CONTABLE TRIBUTARIO DIFERENCIA


TEMPORARIA
Costo de 360,000 360,000
produccion
(+) Intereses 24,000
capitalizados
384,000 360,000 24,000

b) Indentificacion de la tasa del IR para calcular el impuesto diferido


El parrafo 47 de la NIC 12 establece que los impuestos diferidos , sean
activos o pasivos deben medirse empleando las tasas fiscales que se
espera sean de aplicación en el periodo que el activo se realice o el
pasivo se cancele , tomando en cuenta las tasas que al final del periodo
se calculara con la tasa del IR que se encuentre vigente cuando se
revierta el impuesto diferido , en este caso la deduccion como gasto de
los intereses DJ anual del IR del 2015 genera una diferencia temporaria
que se revertira en el 2016 cuando se vendan las existencias, por lo
tanto la tasa del IR que se aplicara para determinar el pasivo tributario
diferido sera del 28% que se encontra vigente en el 2016.

DIFEENCIA TASA DEL IR DEL PASIVO TRIBUTARIO


TEMPORARIA 2016 DIFERIDO
24,000 28% 6,720

Suponiendo que la empresa en el 2015 obtuvo una utilidad de S/. 1,000,000


veremos que triibutariamente se pagara un menos impuesto a la renta en este
ejercicio.

CONTABLE TRIBUTARIO
Utilidad Contable 1,000,000 1,000,000
Deducciones
(24,000)

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Interes del prestamo
Renta neta Imponible 1,000,000 976,000
I. a la renta (28%) 280,000 273,280

ASIENTOS

88 IMPUESTO A LA RENTA 280,000


40 T. CONTAPRESTACIONES Y APORTES AL.. 273,280
49 PASIVO DIFERIDO 6,720
Por el reconocimiento del impuesto diferido

Ejercicio 4
GASTOS POR INTERESES MAYORES A LOS INGRESOS POR INTERESES EXONERADOS E
INAFECTOS

Durante el 2015 la empresa NICSA SAC contabilizo gastos financieros por


intereses pagados por prestamos bancario por S/. 15,000 y por compras a
credito a proveedores S/. 22,000.

Los Ingresos financieros devengados afectos al impuesto a la renta en el año


ascienden a S/. 13,240 , mientras que obtuvo intereses exonerados por
creditos de fomento por S/. 3200

Se pide determinar los gastos por intereses deducibles para fines del IR

Solucion : Limite tributario para la deduccion de gastos por intereses

De acuerdo con el inciso A) del art, 37 TUO de la LIR , los intereses de deudas
y los gastos originados por la constitucion renovacion o cancelacion de las
mismas siempre que hayan sido contraidas para adquirir bienes o servicios
vincualdos con la obtencion o produccion de rentas gravadas en el pais o
mantener su fuente producciotara solo son deducibles los intereses a que se

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refiere al parrafo anterior en la parte que excedan el monto de los ingresos por
intereses exonerados e inafectos.

a) Calculo de los Intereses deducibles

GASTOS FINANCIEROS A
Intereses por prestamos 15,000
Intereses por compras al credito 22,000
Total Gastos Financieros 37,000

INGRESOS FINANCIEROS
Afectos al IR
Intereses por cuentas por cobrar comerciales 13,420
Exonerados e inafectos del IR
Intereses exonerados por creditos de fomento 3,200
TOTAL INGRESOS FINANCIEROS 16,620

Determinamos el moento que excede los intereses exonerados :

Gastos que exceden los intereses C = (A-B) 33,800 (DEDUCIBLE)


exonerados
Monto no deducible (A-C) 3,200

En el total de gastos contabilizados durante el 2015 es S/. 37,000 pero según el


calculo anterior solo es deducible el importe de S/. 33,800 , por lo tanto , debe
agregarse en la DJ anual del IR 2015 el importe de S/. 3,200 , esto constituye
una diferencia permanente y no requiere aplicación de la NIC 12 , ya que el
monto no aceptado en el 2015 tampoco se aceptara en otro ejercicio.

Se adicionara en el DJ del 2019

Conclusiones:
En el análisis realizado sobre la NIC 23 podemos concluir que los costos por
préstamos son reconocidos cuando un activo es apto dependiendo si se ha

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incurrido en estos en el presente ejercicio. Los costos por préstamos presentan
requisitos para que considerados en materia a un activo bajo la denominación
de activos aptos. Según la LIR los intereses no deben formar parte del costo
del activo adquirido. El préstamos debe ser dirigido a obtener un activo apto si
se busca su capitalización. También podemos considerar que los costos por
préstamos pueden ser cargas financieras por arrendamientos financieros,
diferencias de cambios de intereses por préstamos e intereses utilizando la
tasa de interés efectiva.

Se ha determinado mediante los casos prácticos que los intereses si pueden


ser capitalizados al inicio de obra y dejaran de ser capitalizados cuando estén
listos para la venta, en cuanto a su incidencia tributaria la LIR no admite los
intereses como parte del costo por lo cual genera una discordancia como un
pasivo tributario diferido.

Solo seran deducibles los intereses que excedan el monto de los ingresos por
intereses exonerados e inafectos. Los costos por préstamos que no sean
atribuibles a la adquisición, construcción o producción de activos aptos,
deberán reconocerse como gastos en el periodo que se haya incurrido en ellos.

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Bibliografía:
Manuel Cajo Siguas. (2016). Manuel practico de las NIIF tratamiendo contable
tributario. Lima: Actualidad empresarial.

Cajo, J. (2016). Manual Práctico de las NIIF Tratamiento Contable Tributario-


Tomo I. Lima:

Instituto Pacífico.

Ministerio de Economía y Finanzas. Normas contables vigentes. Recuperado

de:https://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/23_
NIC.pdf

Ministerio de Economía y Finanzas. Ley del impuesto a la renta. Recuperado

de: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/ley/fdetalle.pdf

Gil Rivera, E., & Guerrero Loyola, M. G. (2017). Propuesta de mejora en el


tratamiento de los intereses con aplicación de la NIC 23 costos por préstamos
para incrementar la utilidad neta de Corporación Infinity SAC, lIMA, 2016.

Salinas Buestán, V. C., & Tapia Banegas, J. F. Costos por préstamos según
NIC 23 POST 2007.

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