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CÓDIGO NACIONAL DE
ELECTRICIDAD
(SUMINISTRO 2011)

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS 2011


www.minem.gob.pe
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CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD (SUMINISTRO 2011)


ÍNDICE GENERAL

SECCIÓN DESCRIPCIÓN PÁGINA

Sección 1 Introducción al Código Nacional de Electricidad Suministro 1


Sección 2 Terminología Básica 8
Sección 3 Métodos de Puesta a Tierra para Instalaciones de Suministro 22
Eléctrico y Comunicaciones

PARTE 1. REGLAS PARA LA INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE


ESTACIONES DE SUMINISTRO ELÉCTRICO Y EQUIPOS
Sección 10 Objetivo y Alcance de las Reglas 41
Sección 11 Medidas de Protección en las Estaciones de Suministro Eléctrico 42
Sección 12 Instalación y Mantenimiento de Equipos 54
Sección 13 Equipo Rotativo 69
Sección 14 Baterías de Acumuladores 71
Sección 15 Transformadores y Reguladores 73
Sección 16 Conductores 75
Sección 17 Interruptores automáticos, Interruptores, Reconectadores, 77
Seccionadores y Fusibles
Sección 18 Dispositivos de maniobra y Barra bajo envolvente metálica 80
Sección 19 Pararrayos (Protección contra Sobretensiones) 84

PARTE 2. REGLAS DE SEGURIDAD PARA LA INSTALACIÓN Y


MANTENIMIENTO DE LINEAS AEREAS DE SUMINISTRO
ELÉCTRICO Y COMUNICACIONES
Sección 20 Objetivo, Alcance y Aplicación de las Reglas 86
Sección 21 Requerimientos Generales 88
Sección 22 Relaciones entre las Diversas Clases de Líneas y Equipos 107
Sección 23 Distancias de Seguridad 116
Sección 24 Grados de Construcción 205
Sección 25 Cargas para los Grados B y C 213
Sección 26 Requerimientos de Resistencia 224
Sección 27 Aislamiento de la Línea 241

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SECCIÓN DESCRIPCIÓN PÁGINA

PARTE 3. REGLAS DE SEGURIDAD PARA LA INSTALACIÓN Y


MANTENIMIENTO DE LÍNEAS SUBTERRÁNEAS DE
SUMINISTRO ELÉCTRICO Y COMUNICACIONES
Sección 30 Objetivo, Alcance y Aplicación de las Reglas 247
Sección 31 Requerimientos Generales que se aplican a las Líneas 248
Subterráneas
Sección 32 Sistemas de Conductos 253
Sección 33 Cable de Suministro 262
Sección 34 EL Cable en las Estructuras Subterráneas 264
Sección 35 Cable Directamente Enterrado 268
Sección 36 Subida de cables 278
Sección 37 Terminales o Terminaciones del Cable de Suministro 280
Sección 38 Equipo 282
Sección 39 Instalación en Túneles 285

PARTE 4. REGLAS PARA LA OPERACIÓN DE LÍNEAS DE SUMINISTRO


ELÉCTRICO Y COMUNICACIONES Y EQUIPOS
Sección 40 Objetivo y Alcance de las Reglas 287
Sección 41 Sistemas de Suministro y Comunicaciones – Reglas para las 288
Empresas
Sección 42 Reglas Generales para los Trabajadores 292
Sección 43 Reglas Adicionales para los Trabajadores de Comunicaciones 303
Sección 44 Reglas Adicionales para los Trabajadores de Suministro 305

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CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD (SUMINISTRO 2011)
SECCIÓN 1: INTRODUCCIÓN

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Sección 1

Introducción al Código Nacional de Electricidad Suministro

010. Objetivo

El objetivo del Código Nacional de Electricidad Suministro, es establecer


las reglas preventivas que permitan salvaguardar a las personas (de la
concesionaria, o de las contratistas en general, o terceros o ambas) y las
instalaciones, durante la construcción, operación y/o mantenimiento de las
instalaciones tanto de suministro eléctrico como de comunicaciones, y sus
equipos asociados, cuidando de no afectar a las propiedades públicas y
privadas, ni el ambiente, ni el Patrimonio Cultural de la Nación.

Estas reglas contienen criterios básicos que son considerados necesarios


para la seguridad del personal propio (de la empresa concesionaria, de las
contratistas y subcontratistas) y del público, durante condiciones
especificadas. Este Código no es un compendio de especificaciones de
diseño ni manual de instrucciones.

011. Alcances y obligatoriedad de uso

011.A. Estas reglas se aplican a las instalaciones de suministro eléctrico y de


comunicaciones, equipos y métodos de trabajo utilizados por los titulares
de empresas de servicio público y privado de suministro eléctrico, de
comunicaciones, ferroviarias y compañías que cumplen funciones similares
a las de una empresa de servicio público. Estas reglas también se aplican
a sistemas similares bajo el control de personal calificado, tales como los
sistemas asociados a líneas particulares, sistemas asociados a un
complejo industrial; o sistemas interactivos con una empresa de servicio
público.

Las instalaciones de suministro comprenden las instalaciones de


generación, transmisión, distribución y utilización (este último en lo que
competa).

En el caso de las instalaciones de comunicaciones deberá consultarse


normas técnicas adicionales de las autoridades correspondientes.

011.B. Estas reglas no se aplican a instalaciones en embarcaciones, equipo


ferroviario rodante, aeronaves, equipo automotriz, o instalación eléctrica
del usuario, excepto lo indicado en las Partes 1 y 3. El Código Nacional de
Electricidad Utilización cubre los requerimientos de instalaciones eléctricas
del usuario en edificaciones.

011.C. Este Código es de uso obligatorio en todo el Perú.


Todo proyecto o ejecución de obras eléctricas, de comunicaciones o
ambas; así como la operación y mantenimiento deberá realizarse de
acuerdo a este Código y a las normas complementarias.

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SECCIÓN 1: INTRODUCCIÓN

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011.D. La Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas es


la autoridad para atender las consultas que se formulen en cuanto a la
interpretación, modificación, o ambas, de este Código.

011.E. El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería


(OSINERGMIN) es el organismo encargado de fiscalizar y hacer cumplir
este Código, a través de ingenieros electricistas o mecánicos electricistas
especializados que estén habilitados por el Colegio de Ingenieros del Perú.

011.F. Los documentos y planos de proyectos eléctricos en su concepción


general (proyectos, estudios, obras, etc.), de cualquier naturaleza deberán
ser firmados por un ingeniero electricista o mecánico electricista
especializado que esté reconocido y habilitado por el Colegio de Ingenieros
del Perú.

011.G. Estas reglas se complementan con las Normas de la Dirección General de


Electricidad del Ministerio de Energía y Minas; y con las emitidas por otras
autoridades relacionadas al tema, y cuyo cumplimiento se haga necesario
para lograr lo indicado en la Regla 010.

012. Reglas generales

012.A. Todas las líneas de suministro eléctrico y de comunicaciones así como el


equipo eléctrico asociado serán diseñadas, construidas, operadas y
mantenidas cumpliendo con los requerimientos de estas reglas. Deberá
tenderse a disponer de instalaciones en armonía con el medio ambiente,
tratando de mantener –en lo práctico posible- el equilibrio con el ornato en
particular, y cumplir con las demás normas técnicas y recomendaciones de
las entidades gubernamentales competentes según corresponda, siempre
y cuando no se contraponga con el marco legal vigente.

012.B. El Titular es responsable frente al Estado y ante terceros respecto al


cumplimiento de este Código, sea que lo haga por sí mismo o mediante
Contratistas (o subcontratistas). El Contratista responde frente al Titular
por el cumplimiento de este Código.

En caso de incumplimientos originados por violaciones posteriores


causados por terceros, el afectado deberá recurrir al uso de los
dispositivos legales, y comunicar la transgresión al OSINERGMIN y a otras
autoridades pertinentes involucradas en el tema en particular.

012.C. Con respecto a los detalles no incluidos en estas reglas, el diseño, la


construcción, operación y el mantenimiento deberán ser efectuados de
conformidad con métodos aprobados y reconocidos apropiados a las
condiciones locales y serán informados con debida anterioridad a los
responsables de la aprobación, supervisión, construcción o del
mantenimiento de las líneas de suministro eléctrico o de comunicaciones y
de los equipos.

012.D. El personal instalador o trabajador especializado deberá ser calificado y


competente; y, los responsables de la supervisión, construcción,
operación, mantenimiento o fiscalización, deberán verificar su calidad de
mano de obra.

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