Cesacion de Prision Preventiva.
Cesacion de Prision Preventiva.
Cesacion de Prision Preventiva.
EXPEDIENTE : Nro. N°
CUADERNO : PRISION PREVENTIVA
ESCRITO : 01
SUMILLA : SOLICITA LIBERTAD POR VENCIMIENTO DE
PRISION PREVENTIVA.
I.- PETITORIO
2.3. El artículo 273º del NCPP, señala que “AI vencimiento del plazo, sin
haberse dictado sentencia de primera instancia, el Juez de oficio o a
solicitud de las partes decretará la inmediata libertad del imputado, sin
perjuicio de dictar concurrentemente las medidas necesarias para
asegurar su presencia en las diligencias judiciales, incluso las restricciones
a que se refieren los numerales 2) al 4) del artículo 288”.
2.5. En tal sentido señor Juez, al haberse vencido el plazo dictado por su
despacho, reiteramos nuestro pedido de que su Despacho ordene
nuestra inmediata libertad. Nos reservamos nuestro derecho de
recurrir a otras instancias judiciales y constitucionales.
POR LO EXPUESTO:
I.- PETITORIO
POR LO EXPUESTO: