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Organización de Los Juzgados de Policía Local

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Organización de los Tribunales de Policía

Local
OBJETIVOS DEL MODULO

• Conocer y comprender la estructura orgánica de los Juzgados


de Policía Local

• Analizar los cuestionamientos en cuanto a la falta de


imparcialidad que genera tal orgánica
Regulación

• Regulada en la Ley Nº 15.231 de 1978 que establece Organización


y atribuciones de los los Juzgados de Policía Local
Distribución territorial

• Existen en ciudades cabeceras de región y comunas con una


entrada anual superior a 30 sueldos vitales anuales
• En las restantes, el Alcalde ejerce las funciones
• Territorio jurisdiccional: la respectiva comuna. Exc.:
• - 2 o más municipalidades vecinas acuerdan la creación de
un JPL
• - comuna tuviere más de un Juzgado de Policía Local,
Naturaleza, y estatuto aplicable al Juez de Policía
Local:
• El Juez de Policía Local es un funcionario municipal. Sin
embargo, la ley le garantiza independencia en su función de
toda autoridad municipal.
• Ello lleva a que se encuentre sometido a un estatuto mixto:
a. En lo jurisdiccional, a pesar que no integra el PJ está sujeto a
la supervigilancia directiva y correccional de la CA y el
Alcalde no puede inmiscuirse en el ejercicio de su función
b. En el aspecto económico, está sujeto al Municipio, por ser
funcionario municipal cuyo cargo se encuentra en la planta
del municipio respectivo.
Designación e instalación del Juez de Policía Local:

• Los jueces de estos tribunales poseen las calidades y


requisitos necesarios para ser Juez de Letras de comuna o
agrupación de comunas
• El Juez de Policía Local es designado por la Municipalidad a
propuesta en terna de CA respectiva
• Una vez designado el Juez deberá prestar juramento ante el
alcalde
Prerrogativas y Facultades disciplinarias

• Se les dará el trato de su Señoría y gozan de inamovilidad en


su cargos.
• Podrán reprimir y castigar las faltas o abusos que se
cometieren dentro de la sala de su despacho.
a. Amonestación verbal e inmediata
b. Multa a la parte, a su mandatario o a su abogado
c. Arresto que no exceda de 24 horas
• Igualmente podrá reprimir y castigar las faltas de respeto en
los escritos usando los medios señalados en el COT
Obligaciones e incompatibilidades

• Deberán tener su domicilio dentro de la provincia a que


corresponda la comuna donde prestaran sus servicios
• Deben remitir cada 3 meses a la CA respectiva un informe de
la gestión del Tribunal para efecto de calificaciones
• El cargo de JPL es incompatible con cualquier otro cargo
municipal
Personal del Juzgado de Policía Local

• Los Juzgados de Policía Local, cuentan con un Secretario


“nombrado por el alcalde”, además de ser ministro de fe
subroga al juez siempre que sea abogado.
• Además cuentan con una planta de personal subalterno para
el cumplimiento eficaz y eficiente de sus funciones.
Críticas en relación a la falta de imparcialidad de
los JPL respecto de la Municipalidad

1.- El Juez depende económicamente de la Municipalidad


2.- El destino de las multas de los Tribunales de Policía Local
serán a beneficio de la Comuna
3.- Informe municipal de la apreciación de el o los Jueces de
Policía Local de su jurisdicción
4.- El nombramiento del secretario corresponde al Alcalde
5.- El Secretario depende en el aspecto funcionario del Alcalde.
Críticas a los casos que el Alcalde ejerce las
funciones de los Juzgados de Policía Local

1.- Convertirse en juez y parte en casos en que el municipio


tenga interés, como el pago de multas y otras sanciones
pecuniarias a favor de las arcas municipales.
2.- No se encuentra supeditado a la superintendencia directiva
correccional y económica de la Corte Suprema
Inconvenientes prácticos: Calificación por las CA, remoción por
mal comportamiento, procedencia del recurso de queja
3.- Escaso conocimiento jurídico sobre las materias que
conozca.
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