Diego Alejandro Ahumada Escobar, abogado, solicita al juez amparo de pobreza para no ver menoscabado su derecho al acceso a la justicia. Ahumada no puede sufragar los gastos del proceso judicial ordenados por el juez contra el Banco BBVA. El abogado cita la jurisprudencia de la Corte Constitucional que establece que el amparo de pobreza busca garantizar que el derecho esté del lado de quien tenga la razón y no de quien pueda costear el proceso.
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Diego Alejandro Ahumada Escobar, abogado, solicita al juez amparo de pobreza para no ver menoscabado su derecho al acceso a la justicia. Ahumada no puede sufragar los gastos del proceso judicial ordenados por el juez contra el Banco BBVA. El abogado cita la jurisprudencia de la Corte Constitucional que establece que el amparo de pobreza busca garantizar que el derecho esté del lado de quien tenga la razón y no de quien pueda costear el proceso.
Diego Alejandro Ahumada Escobar, abogado, solicita al juez amparo de pobreza para no ver menoscabado su derecho al acceso a la justicia. Ahumada no puede sufragar los gastos del proceso judicial ordenados por el juez contra el Banco BBVA. El abogado cita la jurisprudencia de la Corte Constitucional que establece que el amparo de pobreza busca garantizar que el derecho esté del lado de quien tenga la razón y no de quien pueda costear el proceso.
Diego Alejandro Ahumada Escobar, abogado, solicita al juez amparo de pobreza para no ver menoscabado su derecho al acceso a la justicia. Ahumada no puede sufragar los gastos del proceso judicial ordenados por el juez contra el Banco BBVA. El abogado cita la jurisprudencia de la Corte Constitucional que establece que el amparo de pobreza busca garantizar que el derecho esté del lado de quien tenga la razón y no de quien pueda costear el proceso.
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DIEGO ALEJANDRO AHUMADA ESCOBAR
ABOGADO
Señ or JUEZ CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE VILLAVICENCIO E. S. D.
REF. 2010 - 54900
DTE: DIEGO ALEJANDRO AHUMADA ESCOBAR DDO: BANCO BBVA
DIEGO ALEJANDRO AHUMADA ESCOBAR, abogado en ejercicio, vecino
de esta ciudad, identificado civil y profesionalmente como aparece al pie de mi correspondiente firma, obrando como accionante dentro del proceso de referencia, por medio del presente escrito, bajo la gravedad de juramento y atendiendo a las reglas del artículo 151 del Có digo General del Proceso manifiesto que debido a lo ordenado por su despacho en el auto de fecha 21 de abril del añ o en curso, me encuentro en imposibilidad econó mica de sufragar los respectivos gastos del proceso ni el valor de las de los certificados de libertad y tradició n que allí se solicitan. Ruego a su despacho conceder en los términos que la ley establece dicho amparo de pobreza con el objetivo de no ver menoscabado mi derecho al acceso a la administració n de justicia y se ordene la expedició n de los certificados requeridos dentro del auto mencionado a la entidad competente. Como respaldo a esta solicitud me permito citar lo manifestado por la Corte Constitucional en la Sentencia T – 114 de 2007: “La importancia del amparo de pobreza radica en hacer posible que quien atraviese serias dificultades económicas y se vea involucrado en un litigio, no encuentre por ello frustrado su derecho de acceder a la administración de justicia, bien sea como demandante, como demandado o como tercero interviniente, para ventilar allí, en pie de igualdad con los otros, las situaciones cuya solución requiera un pronunciamiento judicial”. Carrera 28ª #4ª-35 SUR – Casa 20. Villavicencio TEL 311-213-4123 E-mail DiegoAlejandroAhumadaABG@Gmail.com AlejoAE19@Gmail.com DIEGO ALEJANDRO AHUMADA ESCOBAR ABOGADO
“Gracias a este instrumento procesal, los inopes no tendrán que verse
privados de defensa técnica, representación adecuada e igualdad de oportunidades. En otras palabras, el amparo de pobreza busca garantizar que el derecho esté del lado de quien tenga la razón y no de quien esté en capacidad económica de sobrellevar el proceso”.
Del señ or Juez,
DIEGO ALEJANDRO AHUMADA ESCOBAR
C.C. 1121856786 de Villavicencio. T.P. 250.409 del C.S. de la Judicatura.
Carrera 28ª #4ª-35 SUR – Casa 20. Villavicencio TEL 311-213-4123