Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Portafolio

Descargar como docx, pdf o txt
Descargar como docx, pdf o txt
Está en la página 1de 22

Institución Educativa

“MIXTO NIEVA”

Contaminación del agua por acumulación de residuos sólidos


en los ríos Marañón y Nieva

Profesor
Saldaña Terán, Antonio Juan Diego

Integrantes
Álvarez Núñez, José Manuel
Arévalo Meléndez, Yahaira Elizabeth
Becerra Rojas, Rosseli
Huamán Girón, Regina Briggit
Silva Coronel, Anita Hemelyc Edith

Condorcanqui – Perú
2018
Dedicatoria

Dedicado a nuestros padres,


compañeros y docentes de
nuestra institución educativa
por el apoyo que nos han
brindado durante el proceso de
desarrollo y planificación de
nuestro proyecto ciudadano.
Índice
Introducción

Como es bien conocido, en los últimos 150 años el planeta ha cambiado la estructura
natural de su atmósfera y su hidrósfera más que en todo el tiempo, millones de años, que
tiene de existencia. Se necesitan cambios drásticos y normas muy estrictas. Debemos
participar en forma activa en la creación de leyes y reglamentos que tengan un impacto
benéfico para el ambiente, nuestra salud y la economía.
Con los problemas a los que nos enfrentamos en la actualidad, problemas de tipo
político, económico, social y hasta deportivos, dejamos de lado uno con el que tenemos
contacto más cercano, el problema de la contaminación, un problema que nosotros
creamos e incrementamos de forma gradual todos los días. Se sabe que es fácil y con
frecuencia inútil, caer en la interminable enumeración de problemas y catástrofes
ambientales que soporta nuestro planeta.
La historia de nuestra provincia de Condorcanqui, primeramente, debemos decir que
está íntimamente ligado a la historia de los pueblos indígenas Awajun -Wampis
perteneciente a la familia etno lingüística jibaro asentado entre ambos lados de la
frontera del Perú y Ecuador. La familia etno lingüística jíbaro antiguamente se
extendían desde la sierra de Ayabacay sierra del sur del Ecuador hasta la ceja de los ríos
de Santiago y Marañón.
Pasado muchos años, con la gestión de las instituciones públicas y privados se crea
nuestra provincia de Condorcanqui en la fecha 18 de mayo 1984 con la Ley N° 23832
con su capital Santa María de Nieva. El congreso de la república lo bautiza con el
nombre de “Don José Gabriel Condorcanqui (Túpac Amaru II)”.
Actualmente los pobladores de la provincia de Condorcanqui, nos han informado que la
contaminación de los ríos Nieva y Marañón podría haber empezado a contaminarse en
los años ochenta, tras la fundación de la capital Santa Maria de Nieva, a consecuencia
del desarrollo de las distintas actividades económicas y crecimiento demográfico que se
produce en el pueblo de Nieva. Por esta razón decidimos investigar el problema de la
“Contaminación del agua por acumulación de residuos sólidos en los ríos marañón
y nieva, en el distrito de nieva, provincia de Condorcanqui, región Amazonas”
Objetivos:
1. General:
 Crear una política pública que favorezca el cuidado y la protección de los
ríos Nieva y Marañón

2. Específicos:
 Incentivar a la población, estudiantes y docentes al cuidado y reciclaje de
residuos sólidos, evitando la contaminación de los ríos
 Participar en marchas y limpieza general de las riberas de los principales
ríos de la provincia de Condorcanqui
Marco teórico:
Contaminación del agua por residuos sólidos

1. Contaminación Hídrica en los ríos Nieva y Marañón


Con el pasar del tiempo; la contaminación del agua ha ido aumentando haciendo prevalecer un
sinfín de condiciones negativas para todos los seres vivos; pues es uno de los elementos naturales
más susceptibles y que con el aumento de la población ha tenido una progresión más crítica.

1.1. ¿Qué es la contaminación del agua?


Este tipo de contaminación puede definirse de muchas formas, una de ellas y la más común es
que hace referencia a la acumulación de una o más sustancias ajenas al agua que se han
recolectado hasta tal magnitud que van generando una gran cantidad de consecuencias; entre
las cuales se incluye el desequilibrio en la vida de seres vivos como animales, plantas e incluso
personas susceptibles de distintas enfermedades.
La contaminación del agua como su nombre lo indica va resaltándose en todos los tipos de agua
del planeta, desde océanos, hasta lagos; ríos, entre otros tipos de aguas dulces y saladas que se
encuentran en diferentes regiones.
Por su parte, es necesario recordar que el agua es uno de los elementos indispensables para la
vida dentro del Planeta Tierra; ya que constituye el 75% de toda la superficie además de ser
utilizada para una inmensa cantidad de fines.

1.2. ¿Por qué es importante cuidar el agua?


El agua se usa para los humanos, en principio para la toma; para la alimentación y la higiene,
mientras que también es esencial para mantener vivas todas las especies de plantas y animales;
ya que es su fuente vital durante cada día que pasa.
El planeta dentro de sus mares y océanos, el 97% de sus aguas pertenecen a aguas saladas,
mientras que el porcentaje que sobra es de agua dulce dada en los ríos; arroyos, lagos y
lagunas. Justamente ese 3% es el único que queda para la sobrevivencia de todos los habitantes
del mundo; es decir la consumible.
Es entonces cuando se resume que la contaminación del agua es cualquier modificación tanto
química como física o biológica que altera la calidad del agua en todos sus contextos y que por
lo tanto va describiendo un gran efecto dañino en quienes la consumen; como los humanos, las
plantas y todas las especies de la fauna.
Por ende, hay infinidades de consecuencias dadas por la utilización de agua contaminada para
el consumo; inclusive haciendo desaparecer muchos tipos de especies animales; debido al
cambio natural del ecosistema saludable.
Los residuos contaminantes; de igual modo van creando una especie de nutrición para
componentes que nacen a partir de este mismo ciclo, por ejemplo, las algas invasoras; haciendo
que sea mucho más complejo evadirlas y preparar un entorno saludable curando todas las
aguas.
Las algas que aparecen tras la contaminación hídrica acaparan tanto el oxígeno como el espacio
que las rodea lo que implica que quienes se acerquen a ellas; difícilmente tendrán o la calidad
de vida o la vida para enfrentarlas.

1.3. Causas de la contaminación del agua

1.3.1. Actividades Humanas


Por lo general, este tipo de contaminación es generada en su mayoría ante las distintas
actividades del ser humano; ya que son fuentes agregan elementos contaminantes a las reservas
hídricas. No obstante, existen dos clases de contaminación que refleja al hombre:
1.3.2. Fuentes puntuales
Estas fuentes son las que van descargando agentes contaminantes de distinta severidad en las
diferentes localizaciones de cualquier país; estas normalmente van abarcando tuberías o
alcantarillas en el agua superficial. Dentro de los ejemplos citados en estas fuentes se encuentran
las fábricas; las plantas de tratamiento para las aguas negras o aguas residuales; pozos de
petróleo y buques de petróleo.
1.3.3. Fuentes difusas
A diferencia de las anteriores; estas fuentes contaminantes son las que a ciencia cierta no pueden
especificarse con determinación y exactitud alguna. Los ejemplos que caben dentro de este tipo
de fuentes son el tráfico; los agentes contaminantes desplazados a través de los ríos; agentes
contaminantes que entran por medio de las aguas subterráneas y se sabe que son difusas ya que
no puede controlarse su origen al ser totalmente descentralizado.
1.3.4. Aguas residuales
Otro de los causantes comunes de la contaminación del agua son los desperdicios y desechos
sólidos u orgánicos como las heces, la orina; así como los residuos de lavandería, requiriendo un
buen tratamiento para aguas negras y estableciéndolo como una prioridad para la vida.
La eliminación de las aguas residuales es un contexto que muchas organizaciones han empezado
a emprender. Sin embargo, esto se complica en los países desarrollados debido a que muchos
habitantes no tienen la accesibilidad a todas las condiciones sanitarias que para la vida se
requiere.
Este tipo de aguas, no son más que causas de muchos problemas, uno de ellos la extensión de la
contaminación hídrica ya que son las zonas donde todos suelen depositar cualquier agente
contaminante; productos químicos y también sustancias farmacéuticas que dañan por completo la
estructura higiénica del agua generando otros problemas.
1.3.5. Desechos industriales
Las industrias representan a una importante fuente de contaminación para el agua, dado a que
provoca resultados realmente perjudiciales y muchos de ellos permanentes en el medio ambiente.
Por su parte, muchas empresas de trabajo industrial con agua dulce van vertiendo cada uno de los
residuos de la planta en sitios naturales como los ríos y los océanos; lo que provoca acumulación
de todos sus desechos químicos utilizados.
Con frecuencia los desechos industriales se basan en Amianto, plomo; mercurio, nitratos; azufre
y aceites; componentes que dañan la composición del agua inmediatamente y a la vez; las
especies marinas que se encuentran debajo de estas superficies.

1.4. Consecuencias de la contaminación del agua


1.4.1. Cadáveres de animales en el agua
Con la contaminación extensa de las aguas de todo tipo, mares; océanos y ríos; los animales
tanto marinos como las aves que se alimentan de esa agua van quedando muertos flotando sobre
la superficie.
Sin embargo, las consecuencias se hacen más notorias con respecto a los animales marinos, ya
que son los peces; los cangrejos y los delfines los que muchas veces se aprecian muertos sobre el
agua, dado a que la contaminación del agua es tan intensa que termina dañando por el completo;
el ecosistema de su hábitat personal.
1.4.2. Interrupción de la cadena alimentaria
Al cambiar las condiciones y el estado general del agua en los mares y en todas sus fuentes, se va
alterando progresivamente la efectividad de la cadena alimenticia natural, pues se encuentran
diversos contaminantes como el plomo y el cadmio, sustancias que los animales pequeños van
consumiendo dentro de la superficie.
El problema radica, cuando los animales grandes, se comen a los pequeños que ya están muertos
por la toma de estas sustancias nocivas, lo que provoca el mismo efecto en ellos y luego en los
humanos, cuando los pescan, respectivamente. Se va aminorando la cadena alimenticia de
manera importante, haciéndose más notorio con el paso de los años.
1.4.3. Destrucción de los tipos de ecosistemas
Como consecuencia de la intensa contaminación del agua; la mayoría de los ecosistemas en el
planeta se van afectando pues hacen cambiar tanto la vegetación como su clima y todo lo que
hace que las especies que se encuentra dentro de este medio sobrevivan.
Por tanto, al verse modificados; la vida de los animales y los diferentes tipos de vegetación se va
deteriorando cada vez más; pues al mismo tiempo deben cambiar los hábitos a los que estaban
acostumbrados para poder sobrevivir dentro de ese entorno natural.
Debido a la contaminación del agua, muchos ecosistemas pueden ser modificados o destruidos;
ya que los animales se mueren o modifican sus hábitos para sobrevivir. Esta contaminación está
producida por el descuido de los humanos al desechar residuos contaminados en las aguas.
1.4.4. Lluvia ácida
La contaminación de las aguas con diversos productos químicos no lleva a más que la alteración
del ph de las aguas; además de generar otras alteraciones lo que conduce a que los vapores de
agua creados desde estas aguas se condensen en las nubes; provocando la descarga de lluvia
ácida.
Con este tipo de agua; no solo se va afectando cualquier superficie terrestre; sino que va
deteriorando la flora y la fauna; haciéndose un ciclo de afectación que radica en la acidificación
sin que pueda curarse fácilmente y esté disponible para su utilización por parte de todos los seres
vivos expuestos.
1.5. Soluciones para la contaminación del agua
1.5.1. Reivindicación industrial
Como es bien sabido, la industria ha tenido la mayor porción de culpabilidad con relación a la
contaminación del agua; así como otros tipos de contaminaciones. Por ende; es el momento de
que la reivindicación de esta parte de las actividades humanas haga un esfuerzo en la
recuperación del planeta.
Por tanto, ahora se han aprobado leyes que forzan a que las industrias empiecen a limpiar los
desperdicios que van dejando en el entorno; incluyendo aguas y superficies terrestres; de manera
de reducir los agentes contaminantes que progresivamente se van haciendo parte del ciclo vital
del agua.
1.5.2. Medios de Transporte
Después de seleccionar automóviles eléctricos, automáticamente los habitantes empezarán a
reducir la proporción de contaminación del agua; pues no hay gases que afecten la atmósfera, no
hay nubes con vapor de agua acidificado y con ello; no hay lluvias ácidas, que son una de las
principales formas de contaminar el líquido vital.
Al no tener aceites de motor, anticongelantes ni productos químicos para autos que son
contaminantes para el agua, se disminuirá enormemente la contaminación hídrica que se ha
sustentado de ellos durante largos años.
Así mismo, debes darle mantenimiento al vehículo para que los desperdicios no sean arrojados al
ambiente o desechados a las afluencias de agua, puesto que sin duda van dejando un impacto que
perjudica enormemente la vitalidad del medio ambiente.
1.5.3. Propuestas agrícolas
En parte, las actividades agrícolas también han dejado muchas consecuencias en el maltrato de la
salubridad del agua, por lo que se han propuesto algunas soluciones en cuanto al sistema agrícola
de todo el mundo.
Esas soluciones van reduciendo la cantidad de contaminación en los distintos tipos de aguas;
como océanos, ríos o arroyos. Las propuestas se centran en abandonar la gran cantidad por una
cantidad suficiente de fertilizantes, pesticidas, entre otros. Cada uno de estos químicos al usarse
constantemente se van añadiendo al ciclo del agua, lo que garantice que la salubridad se afecte y
con ello, se dé lugar a todas sus consecuencias.
1.5.4. Atención a los residuos
Al desechar de forma adecuada los desperdicios de productos u objetos que se van usando día a
día; resulta mucho más fácil hacer que el agua esté desprovista de contaminación.
Igualmente, el manejo adecuado de los residuos que han sido desechados ayudará de gran forma
a controlar el ingreso de agentes externos al ciclo del agua; pues son los que en principio van
afectando toda la superficie hídrica en cualquiera de sus formas.
Todo radica en evitar almacenar residuos en el cauce del agua, así como también controlar el
escurrimiento a donde los desperdicios del día suelen llegar; así se evitará la contaminación
enormemente.

1.5.5. Filtrar el agua


Son varias las soluciones que existen para prevenir la contaminación del agua. Gran parte de
ellas se basan en filtrar el agua; de forma que la misma siga su curso sin obstáculos o sin agentes
externos que se integren a su composición y llegue a contaminar todo el espacio con el paso del
tiempo.
Lleva a cabo cada una de estas propuestas de cuidado para el ambiente e impide que la
contaminación siga avanzando hasta acabar con la vida del planeta y todos sus seres vivos.

Los estudiantes del segundo año “A” de la Institución Educativa “Mixto Nieva” primeramente,
hemos recolectado la información necesaria sobre los principales conceptos de Contaminación
Hídrica, para posteriormente evaluar las normas legales existentes en nuestro país que sancionan
a personas e instituciones que no cumplan con el cuidado, protección o que no eviten la
contaminación de los ríos existentes en nuestro país. Después de una evaluación exhaustiva, los
antecedentes demostraron que uno de los principales causantes de contaminación de los ríos en
Amazonas, ha sido ocasionado por derrame de petróleo, desagües que desembocan en los ríos y
por el arrojo de residuos sólidos en los ríos. A continuación, presentamos las normas legales
evaluadas durante el proceso de investigación:
2. LAS POLÍTICAS AMBIENTALES EN EL PERÚ

2.1. Marcos Legales y Institucionales

Constitución Política del Perú

La Constitución Política del Perú: Promulgada el 29.dic.1993 y Ratificada en el


Referéndum del 31.dic.1993 hay pasado por varias reformas. Constitución Política del
Perú - Título III, Capítulo II: Del  Ambiente y los Recursos Naturales.

La Constitución establece que Los recursos naturales, renovables y no renovables, son


patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento.

Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a


particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal.
El Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de
sus recursos naturales y está obligado a promover la conservación de la diversidad
biológica y de las áreas naturales protegidas. El Estado promueve el desarrollo
sostenible de la Amazonía con una legislación adecuada.

Código de Medio Ambiente y los Recursos Naturales y substitución pela Ley


General del Ambiente

Perú ha pasado por varios cambios en su legislación ambiental. En septiembre de 1990,


se promulgó el Código de Medio Ambiente y los Recursos Naturales (D.LEG. Nº 613,
de 07/09/90), el primer intento por instituir un sistema legal e institucional que
promueva la preservación del medio ambiente. Este código dedica una sección a los
recursos mineros (CAPITULO XII) y establece mecanismos de fijación y control de
estándares, pautas y plazos para las diferentes actividades mineras. Introdujo
instrumentos de gestión ambiental como los Estudios de Impacto Ambiental EIA y
normas vinculados con la contaminación ambiental (el Ministerio de Energía y Minas
empieza a promover la minería o que genera un serie de conflictos institucionales).

Posteriormente, el D.L. 757 (Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada


Decreto Legislativo Nº 757),  redujo algunos estándares, por considerarlos excesivos y
no concordantes con la realidad peruana, porque implicaban un aumento de los costos.
Antes de las reformas de los 90, la carencia de un marco legal adecuado trajo como
consecuencia que algunas empresas mineras generasen efluentes contaminantes en
cantidades que provocaron el deterioro de diversos ecosistemas. Si bien antes de la
década de 1990 existían normas ambientales, no se proponían acciones específicas para
mitigar impactos y/o adecuar los procesos tecnológicos. Asimismo, no existían
entidades encargadas de la fiscalización. En términos generales, existía un ambiente de
indefinición respecto a las acciones concretas y los responsables de garantizar niveles
aceptables de protección ambiental. A inicios de la década pasada aumenta la
preocupación por la protección ambiental. El Código del Medio Ambiente de 1990 fijó
los lineamientos de la política ambiental nacional, aunque fue posteriormente
modificado a través de una serie de leyes de promoción de la inversión privada, que
eliminaron lo que consideraron como una excesiva severidad en el Código.
Posteriormente el Código de Medio Ambiente fue derogado pela Ley General del
Ambiente, Ley Nº 28611, de 2005.

Leyes y Normas Ambientales

Con el objetivo de lograr un desarrollo sostenible, lo País cría una serie de Leyes y
instrumentos de gestión ambiental para lograr la protección del Medio Ambiente.

 El Código Penal, promulgado en 1991 (Decreto Legislativo No. 635), establece


los delitos contra la salud pública (Título XII, Capítulo III) y los Delitos Contra
la Ecología (Título XIII). La inclusión de este tipo de delitos en el Código Penal
es un avance muy importante para la sanción de infracciones.
 En 1997 se cría la Ley Orgánica para el Aprovechamiento de los Recursos
Naturales (Ley Nº 26821).
 En 1997-2004 Decreto Supremo Nº 056-97-PCM y 061-97-PCM – Casos en que
aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental y Programas de Adecuación
de Manejo Ambiental requerirán la opinión técnica del Instituto Nacional de
Recursos Naturales (INRENA).
 En 2000 se cría la Ley General de Residuos Sólidos (Ley Nº 27314)
 En 2001, se cría la Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto
Ambiental, Ley Nº 27446 con un sistema único y coordinado para la Evaluación
de Impactos Ambientales en conformidad con el Código del Medio Ambiente.
El Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental establecido en la Ley
Nº 27446, tiene por finalidad la creación de un sistema único y coordinado de
identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los
impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas
por medio de proyectos de inversión, así como el establecimiento de un proceso
uniforme que comprenda los requerimientos, etapas y alcances de las EIA y el
establecimiento de los mecanismos que aseguren la participación ciudadana en
el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental.
 Se dictó en 2004, la Ley Nº 28245, que creó el Sistema Nacional de Gestión
Ambiental, e su Reglamento (Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM), fue
promulgado el 28 de enero de 2005. El objetivo de la Política Nacional
Ambiental es el mejoramiento continuo de la calidad de vida de las personas,
mediante la protección y recuperación del ambiente y el aprovechamiento
sostenible de los recursos naturales, garantizando la existencia de ecosistemas
viables y funcionales en el largo plazo. La Política Nacional Ambiental
constituye el conjunto de lineamientos, objetivos, estrategias, metas, programas
e instrumentos de aplicación de carácter público; que tiene como propósito
definir y orientar el accionar de las entidades del gobierno nacional, del gobierno
regional y del gobierno local; del sector privado y de la sociedad civil, en
materia de protección del ambiente y conservación de los recursos naturales,
contribuyendo a la descentralización y a la gobernabilidad del país. Según
propone el marco jurídico vigente, la gestión ambiental es un proceso
permanente y continuo, orientado a administrar los intereses, expectativas y
recursos relacionados con los objetivos de la Política Nacional Ambiental y
alcanzar así, una mejor calidad de vida para la población, el desarrollo de las
actividades económicas, el mejoramiento del ambiente urbano y rural, y la
conservación del patrimonio natural del país. La política ambiental nacional está
definida en el capítulo de los derechos fundamentales de la persona de la
Constitución Política del Perú de 1993, que en su artículo 2º, inc. 22º señala que
“toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al
desarrollo de su vida”. El Artículo 66º, clasifica los recursos naturales como
renovables y no renovables y los considera patrimonio de la Nación. El marco
general de la política ambiental en el Perú se rige por disposición constitucional
en su artículo 67º, que señala que el Estado Peruano determina la política
nacional ambiental y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales. La
Política Nacional Ambiental se propone desde la Ley General del Ambiente, Ley
No. 28611 (Aprobada el 15 de octubre del 2005). precisando en su artículo 8°
que “la política nacional ambiental constituye el conjunto de lineamientos,
objetivos, metas, programas e instrumentos de carácter público, que tienen
como propósito definir y orientar el accionar de las entidades del gobierno
nacional, regional, como del sector privado y la sociedad civil, en materia
ambiental”. Estas normas son el punto de apoyo del proceso de fortalecimiento
de la gestión ambiental y de los mecanismos de coordinación y acción conjunta
de las distintas entidades públicas y no públicas avocadas involucradas en la
misma.
 La promulgación de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, en octubre de
2005 culmina estos esfuerzos por mejorar el marco normativo general de la
gestión ambiental en el Perú, y abre una etapa de mejora continua a partir de los
lineamientos establecidos. Finalmente, la inclusión de una sección ambiental
dentro del Plan Nacional de Competitividad fortalece las conexiones entre la
política nacional del ambiente y el desarrollo del país. Otro logro es lo avanzado
en descentralización. El CONAM ha promovido, en coordinación con los
Gobiernos Regionales y Locales, la aprobación de políticas, agendas y sistemas
de gestión ambiental regionales y locales. Actualmente, junto con el Consejo
Nacional de Descentralización se está buscando ordenar el proceso de
transferencia de funciones ambientales a cargo de los distintos sectores del
Poder Ejecutivo.
 Proceso de Evaluación del EIA para las operaciones mineras nuevas - La Ley
General del Ambiente establece la presentación de un EIA para las operaciones
mineras nuevas. A nivel sectorial la legislación que regula la presentación del
EIA es el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades Mineras,
aprobado a través del D.S. 016-93-EM modificado por D.S. 059-93-EM En este
reglamento se establece como obligatoria la presentación de un EIA para
operaciones nuevas, así como para las operaciones con más del 50 por ciento de
la ampliación de su producción. Además establece la estructura general de un
EIA, que es explicada en detalle en la Guía para Elaborar Estudios de Impacto
Ambiental aprobada por el Ministerio de Energía y Minas. La estructura del
Resumen Ejecutivo se describe en la Resolución Ministerial Nº 596-2002-
EM/DM, Reglamento de Consulta y Participación Ciudadana en el
Procedimiento de Aprobación de los Estudios Ambientales en el Sector Energía
y Minas. De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 053-99-EM, Disposición
destinada a Uniformizar Procedimientos Administrativos ante la DGAA,
aprobado por D.S.N° 053-1999-EM. Establecen Disposiciones Destinadas a
Uniformizar Procedimientos Administrativos ante la Dirección General de
Asuntos Ambientales, la autoridad competente para el sector minas en asuntos
ambientales es el Ministerio de Energía y Minas a través de la Dirección General
de Asuntos Ambientales.
 Normas Técnicas Ambientales - Las normas Técnicas establecen los niveles de
calidad y seguridad y son un medio óptimo para facilitar la transparencia en el
mercado, y en elemento fundamental para competir. “CATÁLOGO DE
NORMAS TÉCNICAS PERUANAS SOBRE MEDIO AMBIENTE”.

Fortalecimiento de la Institucionalidad Ambiental del País

Consejo Nacional del Ambiente:

En 1994 se cría el CONAM. La creación del Consejo Nacional del Ambiente


(CONAM), ente rector de la política ambiental, ha significado un importante avance en
términos de transectorialización de la dimensión ambiental y concertación entre
instituciones públicas y privadas a nivel regional para la formulación de planes y
agendas ambientales.

En Perú el CONAM es la autoridad ambiental Nacional. Tiene por finalidad planificar,


promover, coordinar, controlar y velar por el ambiente y el patrimonio natural de la
Nación. Fue creado mediante Ley Nº 26410, publicada el 22 de diciembre de 1994.
Tiene como objetivo promover la conservación del ambiente a fin de coadyuvar al
desarrollo integral de la persona humana sobre la base de garantizar una adecuada
calidad de vida, propiciando el equilibrio entre el desarrollo socioeconómico, el uso
sostenible de los recursos naturales y la conservación del ambiente. Constituye un
organismo público descentralizado adscrito al ámbito de la Presidencia del Consejo de
Ministros. Las autoridades ambientales son el CONAM, como autoridad Ambiental
Nacional, las autoridades sectoriales., los gobiernos regionales y los gobiernos locales.

Fondo Nacional del Ambiente:

En 1997 se creó mediante Ley N 26793 el Fondo Nacional del Ambiente (FONAM),
institución de derecho privado, sin fines de lucro y de interés público y social, destinada
a promover la inversión pública y privada en el desarrollo de planes, programas,
proyectos y actividades orientadas al mejoramiento de la calidad ambiental, el uso
sostenible de los recursos naturales, y el fortalecimiento de las capacidades para una
adecuada gestión ambiental. FONAM promueve la inversión en proyectos medio
ambientales calificados como prioritarios en seis áreas: Mecanismo de Desarrollo
Limpio, Energía, Bosques y Servicios Ambientales, Transporte, Pasivos Ambientales
Mineros, Agua y Residuos.

Desarrollo de Instrumentos de Gestión Ambiental

El Perú ha venido completando el conjunto de instrumentos de gestión ambiental


necesarios para alcanzar los objetivos de política ambiental en el marco del Sistema
Nacional de Gestión Ambiental, con la aplicación de instrumentos de gestión ambiental,
privilegiando los de prevención y producción limpia.

 Ordenamiento Ambiental del Territorio


Se ha aprobado el Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica (ZEE), el cual
sirve de instrumento técnico base para el Ordenamiento Territorial.

 Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA)

Se ha presentado a la Presidencia de Consejo de Ministros el Proyecto de Reglamento


de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación Ambiental, para su aprobación. Proyecto
de Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental
(Julio 2006).

 Estándares de Calidad Ambiental y Límites Máximos Permisibles:

Mediante decretos supremos se han aprobado los ECAs de Aire, Ruido, Radiaciones no
Ionizantes; y el CONAM, mediante Decreto de Consejo Directivo, ha aprobado el
Reglamento para la aplicación de ECA para Radiaciones no Ionizantes.

Límites Máximos Permisibles (LMP): Se han aprobado LMP en los siguientes sectores:

En Minería y Energía: LMP para efluentes líquidos para las actividades minero
metalúrgicas, para efluentes líquidos producto de actividades de explotación y
comercialización de hidrocarburos líquidos y sus productos derivados, para efluentes
líquidos producto de las actividades de generación, transmisión y distribución de
energía eléctrica; y de elementos y compuestos presentes en emisiones gaseosas
provenientes de las unidades minero metalúrgicas.

- Resolución Ministerial Nº 011-96-EM (13/Ene/96) "Aprueban los niveles máximos


permisibles para efluentes líquidos para las actividades minero- metalúrgicas"
- Resolución Directorial Nº 030-96-EM/DGAA(07/nov/96) "Aprueban niveles máximos
permisibles para efluentes líquidos producto de actividades de explotación y
comercialización de hidrocarburos líquidos y sus productos derivados"
- Resolución Directorial Nº 008-97-EM/DGAA(17/mar/97) "Aprueba niveles máximos
permisibles para efluentes líquidos producto de actividades de generación , transmisión
y distribución de energía eléctrica"
- Resolución Ministerial Nº 315-96-EM/VMM(19/jul/96) "Aprueba niveles máximos
permisibles de elementos y compuestos presentes en emisiones gaseosas provenientes
de las unidades minero metalúrgicas"

 Programa Nacional de Residuos Sólidos:

Planes Integrales de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS):

 Calidad del aire - Planes “A Limpiar el Aire”:

Se han conformado grupos técnicos ambientales de la calidad del aire, con la finalidad
de formular y evaluar los planes de acción para el mejoramiento de la calidad del aire en
las 13 zonas prioritarias del país. Se han aprobado los Planes a Limpiar el Aire de
Arequipa, Cusco, Huancayo, Iquitos, Piura, La Oroya y Lima-Callao.

 Sistema Nacional de Información Ambiental:


El SINIA es un sistema de alcance nacional, capaz de recopilar información con el fin
de ponerla a disposición de organismos gubernamentales, no gubernamentales y público
en general. Tiene como finalidad garantizar el acceso, difusión e intercambio de la
información ambiental generada en el país y el Sistemas de Información Ambiental
Regional (SIAR).

Programas Nacionales

Perú hay desarrollada varios Programas Nacionales en las áreas


de Biodiversidad,  Biocomercio, Bioseguridad, Cambio Climático, Calidad Ambiental
del Ruído,  Biocombustible, Educación Ambiental, Producción Limpia y muchos otros.
En la página Web de CONAM se encuentran todas las informaciones de la política y de
la gestión ambiental en Perú. Es un excelente canal de información.

Análisis de las políticas públicas existentes


Ordenanza Municipal

Ordenanza que regula las buenas prácticas ambientales en los ríos del distrito de Nieva,
Provincia de Condorcanqui, Región Amazonas

ORDENANZA N° 362-2018-MDA
Nieva, 30 de octubre de 2018.

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2° numeral 22) de la Constitución Política del Perú, establece que toda
persona tiene derecho a: “…la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al
descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su
vida”;
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II
del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece
que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia; dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico.
Asimismo, el artículo 195° de nuestra Carta Magna, dispone que los gobiernos locales
promueven el desarrollo y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad,
siendo competentes para regular actividades en materia de salud, medio ambiente,
recreación, entre otros, conforme a ley;
Que, el artículo 46° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que
las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las
sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las
responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. En tal sentido, las ordenanzas
determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus
disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta,
así como la imposición de sanciones no pecuniarias;
Que, el artículo 80°, numeral 3) de la mencionada norma, precisa que las
municipalidades distritales, en materia de saneamiento, salubridad y salud, tiene entre
otras como función específica exclusiva, regular y controlar el aseo, higiene y
salubridad en los establecimientos comerciales, ríos, playas y otros lugares públicos
locales;
Que, el artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente,
establece que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente
saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de
contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente;
Que, la Ley N° 26842, Ley General de Salud, en su artículo 103° señala que la
protección del ambiente es responsabilidad del Estado y de las personas naturales y
jurídicas, los que tienen la obligación de mantenerlo dentro de los estándares que, para
preservar la salud de las personas, establece la Autoridad de Salud competente;
Que, conforme a la Ley Nº 26856, las playas del litoral de la República son de dominio
y uso público, inalienables, imprescriptibles considerándose como zona de dominio
restringido a la franja de 200 metros ubicada a continuación de la franja de 50 metros de
ancho paralela a la línea de la marea; y asimismo señala que las zonas de dominio
restringido serán dedicadas a playas públicas para el uso de la población;
Que, la referida ordenanza metropolitana establece en su artículo 9° que: “Las
Municipalidades Distritales son responsables de mantener limpias las playas ubicadas
en su jurisdicción, libres de residuos sólidos orgánicos e inorgánicos generados por la
propia naturaleza del mar o malas prácticas de las personas; además son responsables
del control y sanciones a los infractores conforme al último párrafo del artículo 38° de
la citada Ordenanza;
Que, es finalidad de la presente Ordenanza mantener y preservar los ríos del distrito de
Nieva en condiciones aptas para el goce y disfrute de los usuarios, regulando las buenas
prácticas ambientales, la protección de la salud pública y buenas costumbres, entre
otros, promoviendo que el espacio público de las playas sea un lugar donde las personas
puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, de ocio, de encuentro
y de recreo, con pleno respeto a la dignidad y a los derechos de los demás y a la
pluralidad de expresiones y de formas de vida diversas existentes en nuestro distrito;

ORDENANZA QUE REGULA LAS BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES EN


LAS PLAYAS DEL DISTRITO DE NIEVA
Artículo 1°. - ÁMBITO DE APLICACIÓN
La presente ordenanza será de aplicación en todos los ríos de la jurisdicción del distrito
de Nieva.
Artículo 2°. - OBJETIVO
La presente ordenanza tiene como objetivo regular las buenas prácticas ambientales en
los ríos del distrito de Nieva, implementado medidas de control y sanciones ante su
incumplimiento.
Artículo 3º.- APOYO DE OTRAS UNIDADES ORGÁNICAS MUNICIPALES Y
AUXILIO POLICIAL
Todas las unidades orgánicas que integran la Municipalidad de Condorcanqui están
obligadas a prestar apoyo técnico, logístico y de personal para la realización del
cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, de acuerdo a las competencias
establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad. De ser
necesario, la unidad de fiscalización de la Gerencia de Administración Tributaria y
Rentas, solicitará el apoyo de la Policía Nacional del Perú, y otras dependencias de la
administración pública de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de
Municipalidades y normas correspondientes
Artículo 4°: APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
Las infracciones que se deriven de la inobservancia de la presente ordenanza, serán
sancionadas de conformidad con el procedimiento sancionador establecido en la
Ordenanza N° 315-2015-MDA modificada por la Ordenanza N° 322-2015-MDA,
debiendo adecuarse las mismas a las citadas ordenanzas.
Artículo 5°. - RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
Si, el infractor responsable, es menor de edad, la infracción será aplicada a los padres o
tutores, quienes tendrán que cumplir con el pago de la multa y la ejecución de la medida
complementaria de ser el caso.
Artículo 6°. - PROHIBICIONES
Está prohibido en todos los ríos del Distrito de Nieva, incluido las calzadas y el
malecón, lo siguiente:
1. Llevar alimentos preparados, comidas preparadas y similares.
2. Consumir alimentos preparados, comidas preparadas y similares.
3. Preparar alimentos para su consumo.
4. Llevar mascotas y/o cualquier animal doméstico, salvo los perros guías, guardianes o
salvavidas con su debida distinción y acompañados de su instructor.
5. Portar armas de fuego o blanca, salvo los casos permitidos por ley.
6. Consumir bebidas alcohólicas y sustancias tóxicas.
7. Satisfacer necesidades fisiológicas.
8. Realizar cualquier acto que genere contaminación ambiental, ya sea del suelo, del
aire, del agua o acústica, en particular arrojar o depositar residuos sólidos.
Artículo 7°. - DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
Autorizar la imposición de multas según el detalle de la descripción de las infracciones
contenidas en los siguientes cuadros:
LINEA DE ACCIÓN 03: MORAL Y ORDEN PÚBLICO
3.2 INFRACCIONES CONTRA EL PÚBLICO EN GENERAL

MONTO DE
INFRACCIÓN LA MULTA MEDIDA
CÓDIGO
COMPLEMENTARIA
UIT
0.05
03-0216 Por satisfacer necesidades
fisiológicas en los ríos. (5%)
0.50
03-0217 Por consumir sustancias DECOMISO.
tóxicas en los ríos. (50%)

LÍNEA DE ACCIÓN 07: CONTAMINACIÓN AMBIENTAL – MEDIO AMBIENTE


7.6 Ríos de Nieva

CÓDIGO INFRACCIÓN MONTO DE MEDIDA


LA MULTA
COMPLEMENTARIA
UIT
Por llevar alimentos preparados, comidas
preparadas y similares, a los ríos del
0.10
07-0613 distrito de Nieva, incluido el malecón; DECOMISO.
(10%)
y/o preparar alimentos para su consumo
en ellas.
Por llevar mascotas y/o cualquier animal 0.10
07-0614
doméstico a la playa. (10 %)

DISPOSICIONES FINALES
Primera. - Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las
disposiciones complementarias que resulten necesarias para una adecuada y mejor
aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza.
Segunda.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza, a las unidades orgánicas
competentes de la Municipalidad Distrital de Condorcanqui

Propuesta de Política Pública


Durante el proceso de planificación y desarrollo del Proyecto Ciudadano 2018, los
estudiantes del Colegio “Mixto Nieva”, creyeron conveniente el siguiente plan de
acción:
1. Los estudiantes de la Institución Educativa “Mixto Nieva” durante las
sesiones de aprendizaje elaboraron la propuesta que permitió generar la
ordenanza regional sobre las buenas prácticas ambientales en los ríos Nieva
y Marañón del Distrito de Nieva.

2. Los estudiantes promovieron y promueven actitudes que fortalezcan sus


capacidades de incidencia política a fin de lograr el éxito de la propuesta. En
este proceso se dio la participación de todos los estudiantes del segundo año
A y B de educación secundaria, quienes contribuyeron con sus ideas, y
planes para llevar a cabo este proyecto.

3. Promueven la creación de grupos en favor de la protección de la ribera de


los ríos Nieva y Marañón utilizando las redes sociales.

4. Creación de paneles y afiches utilizados durante la marcha en las principales


calles del Distrito de Nieva, contribuyendo al cuidado y la protección de los
ríos Nieva y Marañón. Teniendo el apoyo de la municipalidad de
Condorcanqui, de la comunidad en general y de las principales autoridades
de la Institución “Mixto Nieva”
5. Organización de grupos de trabajo: reciclaje y limpieza de las riberas del rio
Nieva realizado por alumnos del segundo grado de educación secundaria.

Conclusiones

 La población de Santa Maria de Nieva consumen agua no potable, provenientes de los ríos
Marañón y Nieva.

 El aumento de la contaminación de los ríos Marañón y Nieva se debe a que los desagües de
la ciudad de Nieva desembocan en sus principales ríos anteriormente mencionados.

 La contaminación de los ríos del Distrito de Nieva va en aumento porque la mayoría de


pobladores arrojan sus desechos y residuos sólidos en las riberas de los ríos.

 La contaminación de los ríos del Distrito de Nieva, y el consumo del agua no potable, a
traído como consecuencia el aumento de enfermedades como la tifoidea afectando a la
población Awajun, Wampis y Mestizos erradicados en la ciudad.

 Desde la perspectiva de la población, ellos concluyen que existe actualmente un cambio


drástico en el clima de la provincia de Condorcanqui a causa de la contaminación ambiental
presente desde los inicios de los años ochenta.
Bibliografía y Linkografía

 Escobar, J. (2002). La contaminación de los ríos y sus efectos en las zonas costeras y el
mar. Publicación de las Naciones Unidas. Santiago de chile.
 Guzmán, Martha. (2007). La contaminación de los suelos y las aguas. Secretaria de
publicaciones de la Universidad de Sevilla. Sevilla.
 Hernández, Abelardo. (2000). El cuidado del medio ambiente: análisis, propuestas,
reseñas, crónicas, tesis, concepciones y paradigmas. Universidad Autónoma del Estado
de México. México Distrito Federal
 www.ispch.cl/saludambiental/ambiente/quimica_ambiental/contaminacion
 http://www.lineaverdehuelva.com/lv/consejos-ambientales/contaminantes/Que-es-la-
contaminacion-ambiental.asp.
 https://cnnespanol.cnn.com/tag/contaminacion-ambiental/
 twenergy.com › Ecología y reciclaje › Contaminación
 https://www.paho.org › Inicio › PWR Uruguay General › Noticias

También podría gustarte