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Apersonamiento Civil

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EXPEDIENTE N°: 01693-2019-0-1401-JP-FC-02

ESPECIALISTA : Reina Antonia Tipismana Hernandez

SUMILLA : Apersonamiento y otros.

AL 2do JUZGADO DE PAZ LETRADO- SEDE CENTRAL:

LOZANO FASABI EMIGDIO con D.N.I


N°43591871 con domicilio real en Jr. Cuzco 615
Dpto. C, en los seguidos por ALIMENTOS, A
Ud., respetuosamente digo:

Que, vengo ante su judicatura a fin de


apersonarme a su despacho designando como mi abogado defensor a los letrados EDWIN
ENRIQUE BENDEZU DONAYRE con Reg. C.A.I 4683 Y JAVIER GUSTAVO VERA
BELLI con Reg. C.A.I 1027 quienes asumirán mi patrocinio en el presente proceso, quien
podrá presentar los recursos y escritos necesarios de conformidad con el Art. 290 de la
L.O.P.J., para lo cual cumplo con señalar como domicilio Procesal en esta ciudad, en Calle
Piura 206 (Plaza Barranca)y Casilla electrónica N° 44349, lugar donde se me hará llegar
las notificaciones y providencias que recaigan en el proceso.

ANEXO:

-Adjunto Tasa por Ofrecimiento de Prueba.

-Adjunto Cedula de Notificación.

POR LO TANTO:

A usted pido tener presente lo expuesto.

OTROSIDIGO: Que, vengo a adjuntar Acta de Nacimiento y copia de D.N.I de mi menor


hijo de nombre JERRY MATT ARNOLD LOZANO COAQUIRA, cuya pertinencia,
relevancia y conducencia es acreditar que tengo otra obligación alimentaria, razón por la
cual vuestra judicatura debe tener en consideración al momento de emitir sentencia en el
presente Expediente.

Ica, 22 de enero del 2020.


PETITORIO:

Que vengo de hacer de su conocimiento con respecto al cumplimiento de las


Medidas de Protección que se ha concedido a la señora EBELUZ LUJAN UMAREDA
con la Res. N° 01 de fecha 04 de Diciembre del año 2019, que con fecha 14 de
diciembre de 2019 ha hecho abandono y se ha retirado del hogar sito en Yaurilla-
Los Aquijes AP4. Lote 2 Llaxta- Los Aquijes de la provincia de Ica. Conforme lo
acredito con copia de denuncia policial sobre la ocurrencia del abandono y retiro
del hogar donde convivíamos; por lo que SOLICITO, tener presente el abandono y
retiro del hogar de la Sra. EBELUZ LUJAN UMAREDA.
los depósitos efectuados por concepto de aumento de alimentos del
expediente en cuestión, por lo que solicito tenga en cuenta para futuras
liquidaciones, para ello adjunto el escrito de observación de fecha 22 de agosto del
2019 al expediente 0033-2014, conjuntamente con la copias de los depósitos
efectuados a la demandante; el escrito con Registro N°41833-2019 presentado por
YALLICO RAYMUNDO BRENDA GIANINA al expediente 0033-2014-0-15401-JP-
FC-02 , así como la Resolución N°19 del expediente antes mencionado del nueve
de diciembre del 2019, donde se dio por absuelto el conocimiento puesto a la
demandante respecto a los depósitos efectuados por mi patrocinado en el Banco
Continental y Banco de Crédito del Perú en donde señala que los depósitos
corresponde a la deuda por aumento de alimentos del expediente 2179-2017.

POR LO TANTO:

Pido a Ud., señor juez admitir la presente y resolver conforme a ley.

ADJUNTO:

- Copia del Escrito de Observación al Exp 0333-2014-0-1401-JP-FC-02.


- Copia del Escrito con Registro N°41833-2019 de Yallico Raymundo Brenda
Gianina.
- Copia de la Resolución N°19. Exp. 0333-2014-0—1401-JP-FC-02.
Que, vengo ante vuestra judicatura con la finalidad de presentar Alegatos:

Srta. Magistrada el demandado pretende sorprender a vuestra embestidura así


como a la demandante al querer ofrecer un monto mínimo con el argumento que
se encuentra desempleado, teniendo trabajos eventuales, siendo la verdad que es
operario de construcción civil teniendo ingresos semanales en la suma de S/700.00
SOLES, haciendo un total mensual aprox. S/. 3,000.00 SOLES en la obra de
construcción del Nuevo penal de la provincia sito en Distrito de Santiago, arreglado
a ley tendría que contribuir para con su hija un monto de hasta S/. 40% que
equivalente soles a la suma de S/. 1,200.00 soles, dicho monto serviría para dar una
buena calidad a de vida. Así mismo hacemos de su conocimiento que el demandado
actuando de manera inapropiada solicito prestamos bancario dejando como prenda
hipotecaria el inmueble que le pertenece al padre de la demandante, en caso de
incumplimiento se estaría embargando dicho inmueble dejando sin residencia a toda
la familia de esta así como a la menor hija alimentista en el presente expediente.

POR LO EXPUESTO:

Pido a Ud., señorita juez solicitamos declarar fundada en todos los extremos la
presente demanda en la suma de S/. 1,300.00 soles.

OTROSI DIGO: Que, adjunto a la presente COPIAS CRONOGRAMAS DE PAGO DE


CAJA MUNICIPAL DE ICA; titular SOLIS VENTURA PABLO ALBERTO. HOJA DE
RESUMEN DE CREDITO PYMES/ CONSUMO titular; FERNANDEZ OLIVERA
ARIANA LIZETH CAJA MUNICIPAL DE AREQUIPA.

Ica, 07 de enero del 20129.

EXPEDIENTE N°: 01862-2019-0-1401-JP-FC-01

ESPECIALISTA : Judith Yarma Mendoza

SUMILLA : solicito se deduzca liquidación.

AL JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE CENTRAL

EDWIN ENRIQUE BENDEZU DONAYRE, abogado en defensa de CORREA


ARIAS YADIR LEONARDO, en la demanda de ALIMENTOS, a Ud.,respetuosamente
digo:

Que, habiendo tomado conocimiento de la resolución N°10 de fecha 24 de


diciembre del año 2019, acudo a vuestro despacho con la finalidad de consignar los
siguientes depósitos judiciales:

- Depósito judicial a la cuenta alimentista N°04601630465, de fecha 27 de


noviembre del año 2019, por las suma de S/.425.00 soles.
- Depósito judicial a la cuenta alimentista N°04601630465, de fecha 28 de
diciembre del año 2019, por las suma de S/.425.00 soles.

Deposito que deberán ser deducidos por su despacho en la suma de S/. 850.00 soles
quedando un saldo deudor del recurrente en la suma de S/.186.37 soles.

POR LO EXPUESTO:

Pido a Ud., señor juez admitir la presente y resolver conforme a ley.

OTROSI DIGO: Que, adjunto a la presente dos Boucher de depósito judicial y


cedulas de notificación en número suficiente.

Ica, 07 de enero del 20129.


EXPEDIENTE N°: 1250-2016

ESPECIALISTA : Candelaria Retamoso Avalos

SUMILLA : Vario domicilio.

AL 2do JUZGADO DE PAZ LETRADO- SEDE CENTRAL:

GOMEZ CHOQUE ALICIA ANGELICA con


D.N.I N°46564291 con domicilio real en AA.HH
LOS POLLITOS MZNA G-38, en los seguidos
por ALIMENTOS, A Ud., respetuosamente digo:

Que, vengo ante su respetable despacho a fin de


solicitar se tenga por variado domicilio procesal cito en la Calle PIURA N° 206 (Esquina
entre las calles Unión y Piura), y domicilio electrónico en la CASILLA N° 44349-
SINOE único lugar donde se me harán llegar las ulteriores notificaciones que emanen de la
secuela de la presente investigación.

POR LO TANTO:

A usted pido tener presente lo expuesto.

OTROSIDIGO: Que, vengo a designar como mi


abogado defensor a los letrados EDWIN ENRIQUE BENDEZU DONAYRE con Reg.
C.A.I 4683 Y JAVIER GUSTAVO VERA BELLI con Reg. C.A.I 1027 quienes asumirán
mi patrocinio en el presente proceso, quien podrá presentar los recursos y escritos
necesarios de conformidad con el Art. 290 de la L.O.P.J.

ANEXO:

-Copia de D.N.I de la recurrente.

Ica, 12 de febrero del 2020.

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