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Diagrama Responsabilidad Civil

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Con el conocimiento de lo regulado en los artículos 49 al 54, 60, 85, 338 cuarto párrafo

numeral 3, 432 al 440 del Código Procesal Penal, elabora un diagrama del
Procedimiento para deducir la responsabilidad civil derivada de un delito, adicionando
un análisis del proceso y subirlo al portal de la clase.
El resumen deberá de ser realizado por un grupo de 03 integrantes.

Valor: 03%

Análisis del Proceso

La Acción para deducir responsabilidad civil, se ejerce por hechos punibles y solo puede ser
ejercitada ya sea por el perjudicado o herederos, así también podrá ejercitar esta acción la
Procuraduría General de la República en los delitos que afecten al Estado o en representación de un
particular cuando no pueda demandar por su situación económica o por no tener un representante
legal. La Acción para deducir la responsabilidad civil será sin perjuicio de las medidas de seguridad.

Los juzgados de jurisdicción penal serán los competentes para conocer de los delitos y faltas, los que
resolverán y ejecutarán sus sentencias. Los jueces de ejecución conocerán de las demandas en que
se exija la responsabilidad civil proveniente de los delitos.

En el proceso penal, la responsabilidad civil puede definirse como la obligación que tiene el autor
de un delito o falta de reparar económicamente los daños y perjuicios causados o derivados de su
infracción. El objetivo de la responsabilidad civil es compensar a la víctima por los daños causados
por lo que persigue un interés privado.

Para poder deducir la responsabilidad penal civil derivada de un delito se deben cumplir los
siguientes pasos plasmados en el código procesal penal

1. Procedencia. podrá solicitar al Juez de Ejecución por la vía de apremio ordene la restitución,
la reparación de los daños materiales o morales y la indemnización de perjuicios, en los
casos en que proceda
2. Demanda. La demanda deberá ser dirigida contra los condenados, contra los responsables
civilmente
3. Contenido de la demanda. La demanda deberá contener datos de identidad de la persona
demandante y de las personas a quienes se demande, el fundamento de derecho que se
invoca, La expresión concreta de la restitución, reparación o indemnización que pretende,
Las pruebas que hayan de practicarse para acreditar los daños y perjuicios
4. Admisibilidad. El juez examinará la demanda y si falta algún requisito dará un plazo de 5 días
para su corrección
5. Orden Provisional de Restitución, Reparación o Indemnización. Admitida la demanda, el
juez dictará resolución motivada ordenando provisionalmente la restitución, reparación o
indemnización conforme a lo solicitado.
6. Objeción. El demandado sólo podrá objetar la legitimación del demandante y la cuantía de
la reclamación.
7. Audiencia. El día y horas señalados, el juez realizará la audiencia, procurará la conciliación
de las partes, se producirá la prueba ofrecida y oirá el fundamento de las pretensiones.
8. Prescripción. La acción para deducir la responsabilidad civil por medio de éste
procedimiento especial, prescribirá a los cinco años de haber adquirido el carácter de firme
la respectiva sentencia condenatoria.
9. Repetición. Los terceros demandados deberán cumplir la resolución sin perjuicio del
derecho de repetición contra los directamente obligados, en juicio ordinario civil posterior.

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